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Documento BOE-A-2011-11920

Orden SPI/1917/2011, de 22 de junio, por la que se clasifica la Fundación Healthy Ways y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 11 de julio de 2011, páginas 76688 a 76689 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2011-11920

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Healthy Ways resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la Fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación. Fundación Healthy Ways.

Fines: Son fines de la Fundación:

1. Financiar/promover proyectos de desarrollo en materia sanitaria, asistencia médica, productos farmacéuticos para contribuir a la mejora de la salud y la calidad de vida de los ciudadanos, promoviendo los beneficios que la Tecnología Sanitaria aporta a la sociedad y el uso adecuado de las tecnologías sanitarias, así como del desarrollo de las metodologías, con el objetivo de mejorar la seguridad de profesionales y pacientes.

2. Impulsar las posibilidades de formación y docencia continuada en el ámbito médico o sanitario, o en relación a las ciencias de la salud, realizando todo tipo de estudios, así como fomentar, promocionar y apoyar la investigación científica.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la Fundación radica en la calle Roger de Lauria, número 19, 3.º, local 3 A, de Valencia, CP 46002, con ámbito de actuación nacional.

Fundadores: La mercantil «Dorsia Central Compras, S. L.».

Dotación inicial: Treinta mil euros, aportados por la entidad fundadora.

Escritura pública de constitución. Otorgada ante el Notario de Valencia, don Eduardo Lluna Aparisi, el 18 de abril de 2011, con el número 426 de su protocolo, incorpora el texto íntegro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don José Manuel Fernández Navarro.

Vicepresidente: Don Javier Rodrigo Fernández Navarro.

Secretario: Don Jorge Antonio Fernández Navarro.

Fundamentos de derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Healthy Ways cuyos fines de interés general son sanitarios y de investigación, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, bajo el número 46-0201.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato así como la aceptación de sus cargos, tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 22 de junio de 2011.–La Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, P.D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, Luis Pedro Villameriel Presencio.

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