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Documento BOE-A-2011-3417

Resolución de 9 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se cambia la titularidad y se renueva la autorización de modelo para su uso e instalación en la red de los interruptores automáticos magnetotérmicos marca "Legrand" a Legrand Group España, S.L.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 21 de febrero de 2011, páginas 20231 a 20233 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2011-3417

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.–Por Resolución de 18 de mayo de 1999, de la Dirección General de la Energía, del Ministerio de Industria y Energía, se autoriza el uso de los interruptores automáticos magnetotérmicos marca «Legrand», a favor de Legrand Española, Sociedad Anónima.

Segundo.–Legrand Española, Sociedad Anónima, fue absorbida por su matriz Bticino Quitela, S.L., empresa ésta última que al mismo tiempo de la absorción se cambió de nombre por el de Legrand Española, S.L., y más tarde, cambió su denominación por la de Legrand España, S.L. Posteriormente, en un proceso de fusión por la que Legrand España, S.L. absorbe a otras dos empresas, vuelve a cambiar nuevamente su denominación por la actual de Legrand Group España, S.L.

Tercero.–Legrand Group España, S.L. adquiere, a título de sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones de las sociedades anteriormente mencionadas.

Cuarto.–Legrand Group España, S.L., con domicilio social en la calle Hierro, n.º 56, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid), formula petición, para la renovación de la autorización de modelo para su uso e instalación en la red de los interruptores automáticos magnetotérmicos marca «Legrand».

Quinto.–Adjunta a dicha solicitud, se aportan los siguientes documentos:

1. Declaración de conformidad.

2. Informe de ensayos emitido por el laboratorio acreditado CEIS.

3. Certificado AENOR de Producto de conformidad de los interruptores con la norma UNE 20317 en vigor.

Se realiza el estudio de dicha documentación comprobando que se cumplen los requisitos establecidos. Se han seguido los trámites reglamentariamente exigidos.

Fundamentos de derecho

Primero.–El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, establece, en su artículo 8.8, que los interruptores de control de potencia requerirán autorización de modelo para su uso o instalación en la red por la administración competente exigiéndose fundamentalmente certificado de ensayos de conformidad del aparato con la norma UNE establecida, que en este caso es la norma UNE-EN 20317, o norma que la sustituya.

Segundo.–La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, reformado por Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio, y el Decreto 25/2009, de 18 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, en relación con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones concordantes.

Tercero.–Del examen de la documentación que obra en el expediente, se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa citada anteriormente.

Vistos los preceptos legales citados y demás legislación que le fuera de aplicación; esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de sus atribuciones, resuelve:

Primero.–Cambiar la titularidad y renovar la autorización de modelo para su uso e instalación en la red de los interruptores de control de potencia (ICP-M) unipolares, unipolares con neutro, bipolares, tripulares y tetrapolares; con intensidades nominales de 5-7,5-10-15-20-25-30-35-40-45 y 50 A, y poder de corte de 6.000 A, a favor de la empresa «Legrand Group España, S.L.», con las siguientes referencias:

Referencia

N.º Polos

Intensidad asignada

Tensión asignada

Poder de cortocircuito asignado

6030 03

1P

5 A

230/400 V

6.000 A

6030 04

1P

7,5 A

230/400 V

6.000 A

6030 05

1P

10 A

230/400 V

6.000 A

6030 06

1P

15 A

230/400 V

6.000 A

6030 07

1P

20 A

230/400 V

6.000 A

6030 08

1P

25 A

230/400 V

6.000 A

6030 09

1P

30 A

230/400 V

6.000 A

6030 10

1P

35 A

230/400 V

6.000 A

6030 11

1P

40 A

230/400 V

6.000 A

6030 12

1P

45 A

230/400 V

6.000 A

6030 13

1P

50 A

230/400 V

6.000 A

6030 18

1P+N

5 A

230 V

6.000 A

6030 19

1P+N

7,5 A

230 V

6.000 A

6030 20

1P+N

10 A

230 V

6.000 A

6030 21

1P+N

15 A

230 V

6.000 A

6030 22

1P+N

20 A

230 V

6.000 A

6030 23

1P+N

25 A

230 V

6.000 A

6030 24

1P+N

30 A

230 V

6.000 A

6030 25

1P+N

35 A

230 V

6.000 A

6030 26

1P+N

40 A

230 V

6.000 A

6030 27

1P+N

45 A

230 V

6.000 A

6030 28

1P+N

50 A

230 V

6.000 A

6030 33

2P

5 A

400 V

6.000 A

6030 34

2P

7,5 A

400 V

6.000 A

6030 35

2P

10 A

400 V

6.000 A

6030 36

2P

15 A

400 V

6.000 A

6030 37

2P

20 A

400 V

6.000 A

6030 38

2P

25 A

400 V

6.000 A

6030 39

2P

30 A

400 V

6.000 A

6030 40

2P

35 A

400 V

6.000 A

6030 41

2P

40 A

400 V

6.000 A

6030 42

2P

45 A

400 V

6.000 A

6030 43

2P

50 A

400 V

6.000 A

6030 48

3P

5 A

400 V

6.000 A

6030 49

3P

7,5 A

400 V

6.000 A

6030 50

3P

10 A

400 V

6.000 A

6030 51

3P

15 A

400 V

6.000 A

6030 52

3P

20 A

400 V

6.000 A

6030 53

3P

25 A

400 V

6.000 A

6030 54

3P

30 A

400 V

6.000 A

6030 55

3P

35 A

400 V

6.000 A

6030 56

3P

40 A

400 V

6.000 A

6030 57

3P

45 A

400 V

6.000 A

6030 58

3P

50 A

400 V

6.000 A

6030 78

4P

5 A

400 V

6.000 A

6030 79

4P

7,5 A

400 V

6.000 A

6030 80

4P

10 A

400 V

6.000 A

6030 81

4P

15 A

400 V

6.000 A

6030 82

4P

20 A

400 V

6.000 A

6030 83

4P

25 A

400 V

6.000 A

6030 84

4P

30 A

400 V

6.000 A

6030 85

4P

35 A

400 V

6.000 A

6030 86

4P

40 A

400 V

6.000 A

6030 87

4P

45 A

400 V

6.000 A

6030 88

4P

50 A

400 V

6.000 A

Segundo.–Previamente a su instalación, los instrumentos objeto de esta Resolución tendrán que superar el control de verificación en origen realizado por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado.

Tercero.–Esta autorización tiene carácter provisional, debiendo el solicitante obtener la aprobación de modelo correspondiente, en el plazo de un año desde la entrada en vigor del Reglamento metrológico específico del instrumento autorizado, una vez se dicte y sin perjuicio de obtener prorrogas que esta Dirección General estime oportunas.

Cuarto.–Sin perjuicio de lo establecido en la anterior condición, esta autorización se otorga por un plazo de validez de 5 años, renovables sucesivamente, previa solicitud presentada por el titular de la misma, tres meses antes de la fecha de vencimiento.

Quinto.–Los interruptores de control de potencia correspondientes a la presente Autorización de Modelo para su Uso e Instalación en la Red llevarán, obligatoriamente, como mínimo, de manera visible e indeleble, las indicaciones reflejadas en la normativa de aplicación, en particular, en la norma UNE-EN 20317, así como la identificación de la autorización de uso y verificación en origen.

Contra esta Resolución, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, 9 de septiembre de 2010.–El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

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