Visto el expediente de indulto de don Ferney Clavijo Noreña, instado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Madrid número 1, en base al artículo 206 del Reglamento Penitenciario, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección vigesimosexta, en sentencia de 18 de noviembre de 2009, revisada por auto de dicha Audiencia Provincial de 24 de noviembre de 2010, con efecto a partir del día 23 de diciembre de 2010, como autor de un delito de tráfico de drogas, a la pena de seis años y ocho meses de prisión y multa de 165.652,63 euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de octubre de 2012,
Vengo en indultar a don Ferney Clavijo Noreña ocho meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 29 de octubre de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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