Visto el expediente de indulto de doña María Dolores González Caparrós, condenada por la Audiencia Provincial de Murcia, sección tercera, en sentencia de 11 de febrero de 2010, como autora de un delito de tráfico de drogas, a la pena de dos años, tres meses y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 4.000.000 de euros, más otra multa de 4.000.000 de euros, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de junio de 2012,
Vengo en conmutar a doña María Dolores González Caparrós la pena privativa de libertad impuesta por otra de veinte meses de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 22 de junio de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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