Habiéndose declarado firmes en vía administrativa las sanciones impuestas a la entidad Pescanova, S.A., y a su Presidente, don Manuel Fernández de Sousa-Faro, por la Comisión de una infracción muy grave tipificada en la letra ñ) del artículo 99 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, se procede a publicar, conforme a lo establecido en los artículos 102 y 105 de dicho texto legal, las sanciones impuestas mediante Orden ministerial de fecha 17 de diciembre de 2013 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:
Imponer a Pescanova, S.A., por la Comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 99, letra ñ), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por la remisión a la CNMV y su difusión al Mercado, el 14 de marzo de 2013, de un hecho relevante, conteniendo datos inexactos, no veraces y engañosos sobre Pescanova, S.A., una multa por importe de 100.000 euros (cien mil euros).
Imponer a don Manuel Fernández de Sousa-Faro, por la Comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 99, letra ñ), de la Ley 24/1998, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por la remisión a la CNMV y su difusión al Mercado, el 14 de marzo de 2013, de un hecho relevante, conteniendo datos inexactos, no veraces y engañosos sobre Pescanova, S.A., una multa por importe de 200.000 euros (doscientos mil euros).
La resolución que impone las sanciones indicadas en la presente publicación, únicamente es firme en vía administrativa, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, competente para conocer de los recursos que en su caso se hayan interpuesto o pudieran interponerse.
Madrid, 20 de febrero de 2014.–La Presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, María Elvira Rodríguez Herrer.
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