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Documento BOE-A-2014-8271

Resolución CLT/1604/2014, de 20 de junio, por la que se archiva el expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, a favor del yacimiento de la villa romana de L'Espelt, en Òdena, y se incoa expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, a favor de la villa romana de L'Espelt, en Òdena, y se abre un periodo de información pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 31 de julio de 2014, páginas 61501 a 61501 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2014-8271

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución del consejero de Cultura de 5 de octubre de 1995 (DOGC núm. 2123, de 3 de noviembre de 1995), se incoó expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, a favor del yacimiento de la villa romana de L’Espelt, en Òdena.

Teniendo en cuenta los estudios profundizados llevados a cabo en el transcurso de los años posteriores, el 26 de mayo de 2014 la Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio emitió informe favorable al archivo del expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, del yacimiento de la villa romana de L’Espelt, en Òdena, y a la incoación del expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, a favor de la villa romana de L’Espelt, en Òdena, y la apertura de un periodo de información pública.

Visto lo que dispone la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

1. Archivar el expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, a favor del yacimiento de la villa romana de L’Espelt, en Òdena, y en consecuencia, dejar sin efectos la Resolución, de 5 de octubre de 1995, por la que se incoaba el expediente mencionado.

2. Incoar expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, a favor de la villa romana de L’Espelt, en Òdena (Anoia).

3. Notificar esta Resolución a las personas interesadas, dar traslado de la misma al Ayuntamiento de Òdena, y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar las obras que sea manifiesto que no perjudican a los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente Resolución.

4. Abrir un período de información pública, de acuerdo con lo que prevé el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán. Durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta Resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», el expediente estará a disposición de quienes quieran examinarlo en la sede del Departamento de Cultura, Palau Moja, c/. Portaferrissa, 1, 08002 Barcelona, y también en la sede de los Servicios Territoriales de la Cataluña Central, plaza Major, 37, 08500 Vic. Durante este plazo se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre el mencionado expediente.

5. Comunicar esta Resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional para su anotación preventiva y dar traslado de la misma al Registro general de bienes de interés cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 20 de junio de 2014.–El Consejero de Cultura, Ferran Mascarell i Canalda.

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