Está Vd. en

Documento BOE-A-2016-7431

Resolución de 19 de julio de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre condiciones de venta y retributivas para el sorteo extraordinario del Cupón de la ONCE del 15 de agosto de 2016, derivado de lo dispuesto en el XV Convenio colectivo de la ONCE y su personal.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 2 de agosto de 2016, páginas 54357 a 54358 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2016-7431
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/07/19/(8)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acuerdo de 27 de mayo de 2016, sobre condiciones de venta y condiciones retributivas para el sorteo extraordinario de «Cupón de la ONCE» del 15 de agosto de 2016, acuerdo derivado de lo dispuesto en el XV Convenio colectivo de la ONCE y su personal (código de convenio núm. 90003912011984), publicado en el «BOE» de 5 de septiembre de 2013, acuerdo que fue suscrito, de una parte, por los designados por la Dirección de dicha empresa, en representación de la misma, y, de otra, por el sindicato UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre («BOE» del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de julio de 2016.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL XV CONVENIO COLECTIVO DE LA ONCE Y SU PERSONAL

En Madrid, a 27 de mayo de 2016, en los locales de la Dirección General de la ONCE, calle Prado, 24, se reúnen las representaciones de la Empresa y de los trabajadores, constituidas en Comisión Negociadora del XV Convenio Colectivo de la ONCE y su Personal, convocada a estos efectos, de conformidad con el artículo 88 del Estatuto de los Trabajadores.

El Consejo General de la ONCE, en su Sesión celebrada el 21 de enero de 2016, adoptó el Acuerdo CEP.2/2016 - 3.1, aprobando la realización de un sorteo de producto extraordinario de la modalidad de lotería «Cupón de la ONCE», a celebrar el día 15 de agosto de 2016, al amparo de lo establecido en el Acuerdo General con el Gobierno de la Nación.

Es preciso pactar las condiciones retributivas de este Sorteo, según lo dispuesto en el XV Convenio Colectivo.

La ONCE y el sindicato UGT adoptan este Acuerdo por mayoría, con el mismo valor de lo pactado en Convenio Colectivo:

Condiciones de venta para el Sorteo de Producto Extraordinario de «Cupón de la ONCE» del 15 de agosto de 2016

1. La venta para el sorteo de producto extraordinario de la modalidad de lotería «Cupón de la ONCE» del lunes 15 de agosto de 2016, se efectuará de forma anticipada por los puntos de venta autorizados, y por toda la plantilla activa de agentes vendedores y vendedoras que realicen la venta durante parte o la totalidad del intervalo de fechas en que se comercializa, simultaneando su venta con la del resto de productos.

2. La comisión a percibir sobre las ventas del cupón para el Sorteo de Producto Extraordinario del 15 de agosto de 2016 queda establecida en el 12% (doce por ciento) a partir del primer cupón vendido para el personal vendedor cuyas ventas totales de este producto sean inferiores a 600 (seiscientos) euros.

3. La comisión a percibir sobre las ventas del cupón para el Sorteo de Producto Extraordinario del 15 de agosto de 2016 queda establecida en el 13 % (trece por ciento) a partir del primer cupón vendido para el personal vendedor cuyas ventas totales de este producto sean iguales o superiores a 600 (seiscientos) euros e inferiores a 1.644 (mil seiscientos cuarenta y cuatro) euros.

4. La comisión a percibir sobre las ventas del cupón para el Sorteo de Producto Extraordinario del 15 de agosto de 2016 queda establecida en el 15 % (quince por ciento) a partir del primer cupón vendido para el personal vendedor cuyas ventas totales de este producto sean iguales o superiores a 1.650 (mil seiscientos cincuenta) euros e inferiores a 2.544 (dos mil quinientos cuarenta y cuatro) euros.

5. La comisión a percibir sobre las ventas del cupón para el Sorteo de Producto Extraordinario del 15 de agosto de 2016 queda establecida en el 17 % (diecisiete por ciento) a partir del primer cupón vendido para el personal vendedor cuyas ventas totales de este producto sean iguales o superiores a 2.550 (dos mil quinientos cincuenta) euros.

6. Las comisiones por las ventas de este producto se percibirán por el personal vendedor en las condiciones previstas en la Circular 6/2015, de 30 de abril, y normativa interna.

7. Estas normas entrarán en vigor, y comenzarán a surtir efectos, a partir de la fecha de firma de este Acuerdo.

8. Se faculta a la Dirección General de la ONCE para que dicte las instrucciones de desarrollo que considere más oportunas, para garantizar la correcta aplicación de este Acuerdo.

Don Jorge Iniguez Villanueva (ONCE).–Don Diego Sayago Sánchez (UGT).–Don Rafael Herranz Castillo (Secretario).

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/07/2016
  • Fecha de publicación: 02/08/2016
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 20 de agosto de 2013 (Ref. BOE-A-2013-9375).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Organización Nacional de Ciegos

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid