Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Camboya Sonríe resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña Alejandra Borrel Buisan en virtud de las escrituras otorgadas por el notario de Barcelona don Jaime Agustín Justribó el 3 de noviembre de 2015 con el número 2067 de su protocolo rectificadas por otras otorgadas por el Notario de Barcelona don Pedro Ángel Casado Martin los días 2 de febrero18 de abril y 18 de octubre de 2017 números de protocolo 248, 890, y 2257 respectivamente.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en calle La Marina, n.º 4-10, planta baja 2.ª, 08870 Sitges ( Barcelona) y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000,00 euros). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada en un 56,67 % (17.000 euros) tal y como consta en certificación bancaria debiéndose aportar la cantidad restante trece mil euros (13.000 euros) dentro de los cinco años siguientes a la escritura de constitución.
La Dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.
Colaborar en la mitigar los efectos y combatir determinadas causas de la pobreza extrema en Camboya promoviendo los derechos humanos a la educación básica, así como, todas formas disponibles de la educación secundaria y superior y fomentando el derecho al trabajo digno y a recibir un salario que contribuya a un estándar de vida adecuado.
Don Jorge Borrel Martí, doña Patricia Borrel Buisan, doña Elvira Marti Peinado, doña Alejandra Borrel Buisan y don Magín Borrel Portabella.
Cargos:
Presidente: Don Jorge Borrel Martí.
Vicepresidente: Doña Patricia Borrel Buisan.
Secretario: Doña Elvira Marti Peinado.
Vocales: Doña Alejandra Borrel Buisan y don Magín Borrel Portabella.
Directivos:
Director General: Doña Alejandra Borrel Buisan.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 30 de octubre de 2016.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones la «Fundación Camboya Sonríe» su Patronato y cargos dentro del mismo.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 14 de diciembre de 2017.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
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