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Documento BOE-A-2019-15595

Resolución de 17 de octubre de 2019, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, para la colaboración en la selección de imágenes de fotografía científica Fotciencia durante el año 2019, 17ª edición.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 30 de octubre de 2019, páginas 120787 a 120797 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2019-15595

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio el 14 de octubre de 2019, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Para que conste a los efectos oportunos se firma.

Madrid, 17 de octubre de 2019.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., Rosa Menéndez López.

ANEXO
Convenio entre la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para la colaboración en la selección de imágenes de fotografía científica Fotciencia durante el año 2019, 17.ª edición

REUNIDOS

De una parte, doña Paloma Domingo García, como directora general de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P., (en adelante, FECYT), con sede en Alcobendas, calle Pintor Murillo, 15, C.P 28100, Alcobendas, NIF G-82999871, actuando en nombre y representación de la FECYT, en virtud de las competencias atribuidas a su favor en escritura pública de poder, otorgada el día 9 de abril de 2018, ante el notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, Don José Ortiz Rodriguez, con el número 1.626 de su protocolo,

Y de otra, doña Rosina López-Alonso Fandiño, vicepresidenta de Organización y Relaciones Institucionales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), que actúa en ejercicio de la competencia que, en materia de Convenios, tiene delegada por resolución de la presidencia del CSIC (art. undécimo), de 20 de abril de 2017 (BOE de 23 de mayo). Entidad con sede central y domicilio institucional en Madrid (C.P. 28006), calle de Serrano, 117, y con NIF Q2818002D.

Ambas partes, actuando en ejercicio de las competencias que respectivamente tienen atribuidas y reconociéndose mutua capacidad para la celebración de este acto,

EXPONEN

Primero.

Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, regula, en su artículo 34.1, la posibilidad de que los agentes públicos de financiación o ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidas las Administraciones Públicas, las universidades públicas, los organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado, los consorcios y fundaciones participadas por las administraciones públicas, los organismos de investigación de otras administraciones públicas, y los centros e instituciones del Sistema Nacional de Salud, puedan suscribir Convenios sujetos al derecho administrativo, y que estos Convenios los celebren los propios agentes públicos entre sí, o con agentes privados que realicen actividades de investigación científica y técnica, nacionales, supranacionales o extranjeros, para la realización conjunta de actividades, entre otras, de divulgación científica y tecnológica.

Segundo.

Que la FECYT es una fundación del sector público estatal, adscrita al Ministerio de Ciencia, Investigación y Universidades, que persigue como fin fundacional fomentar la investigación científica de excelencia, así como el desarrollo y la innovación tecnológica, necesarios para incrementar la competitividad de la industria española y la mejora de la calidad de vida de la ciudadanía, propiciando para ello la colaboración entre los agentes implicados en actividades de I+D+i y la difusión y comunicación de los resultados y actuaciones realizadas en investigación e innovación.

Tercero.

Que el CSIC es un organismo público de investigación (OPI) adscrito al Ministerio de Ciencia, Investigación y Universidades a través de la Secretaría General de Coordinación de Política Científica, que tiene por objeto el fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión de la investigación científica y tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin de contribuir al avance de conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en estas materias.

El CSIC tiene entre sus funciones, de acuerdo con el artículo 5, letra h), de su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, «Fomentar la cultura científica en la sociedad».

Cuarto.

Que ambas entidades comparten objetivos e intereses comunes y, por ello, manifiestan su voluntad de colaborar en la organización y desarrollo de actuaciones conjuntas, que contribuyan a la divulgación y comunicación de la ciencia, la tecnología y la innovación por todo el territorio español, con el objetivo de aumentar el conocimiento de la ciencia y la innovación en la sociedad, así como incrementar la interacción entre el mundo científico, la innovación y la sociedad, fomentando la participación pública en la dinámica científica y tecnológica, desarrollando formatos y canales innovadores de promoción de la cultura científica, fomentando las vocaciones científicas y contribuyendo a proyectar internacionalmente la ciencia e innovación española como generadora de ideas y oportunidades.

Quinto.

Que el CSIC y la FECYT vienen colaborando con carácter anual desde el año 2006 en la selección de un conjunto de imágenes científicas, Fotciencia, con el fin de editar un catálogo y organizar una exposición itinerante de gran singularidad que cada año se presenta en los principales museos, centros de la ciencia, universidades y centros culturales del país, con gran éxito de público y repercusión en medios de comunicación.

Esta repercusión comienza desde el mismo momento en que se dan a conocer las fotografías seleccionadas, presentadas por los medios como las mejores fotografías científicas del año en todas las noticias que se hacen eco del resultado de la selección, hasta el momento de la inauguración de la exposición en cada una de las localidades en las que hace escala.

Además, las imágenes seleccionadas desde el comienzo de esta colaboración están disponibles a través de la web www.fotciencia.es, siendo por tanto una de las más relevantes bases de datos de imágenes científicas a disposición de la ciudadanía de nuestro país.

El objetivo último de todo el proceso es impulsar y fomentar el desarrollo de la cultura científica en España, así como la difusión y la divulgación de la ciencia, la tecnología y la innovación.

Teniendo en cuenta los resultados obtenidos y la experiencia acumulada en ediciones anteriores, ambas partes manifiestan su interés en colaborar en la selección anual de imágenes de fotografía científica Fotciencia durante 2019.

Por todo lo anteriormente expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto y finalidad.

El objeto del presente Convenio es regular la colaboración de las partes en la selección anual de imágenes de fotografía científica, certamen Fotciencia, correspondiente a la decimoséptima edición (año 2019).

Con Fotciencia se pretende acercar la ciencia a los ciudadanos mediante una visión artística y estética sugerida a través de imágenes científicas que son acompañadas de un comentario escrito del hecho científico que ilustran. Con ello, se pretende además promover entre la comunidad científica la importancia de divulgar su trabajo al conjunto de la sociedad.

El presupuesto de este proyecto se detalla en el Anexo del presente Convenio.

Segunda. Vigencia.

De conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), el presente Convenio se perfeccionará con el consentimiento de las partes manifestado mediante su firma, y desplegará sus efectos una vez sea inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y haya sido publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Permanecerá en vigor hasta la finalización de las acciones objeto del Convenio y del cumplimiento de las obligaciones de las partes y, en todo caso, hasta el 31 de mayo de 2020.

Tercera. Compromisos asumidos por las partes.

Para la ejecución de las tareas objeto del presente Convenio, las partes se comprometen a la realización de las siguientes tareas:

Por parte de la FECYT:

1. Organización del proceso de selección de imágenes, realizando labores de secretaría de Fotciencia17.

2. Actualización y mantenimiento de la aplicación informática necesaria para la eficaz gestión de las imágenes recibidas.

3. Actualización y mantenimiento de la página web de acceso al público: www.fotciencia.es.

En dicha página, entre otras informaciones, se publicarán los objetivos y normas del proceso de selección de imágenes, las notificaciones y resoluciones, así como información de los diferentes lugares en los que se desarrollará la exposición, acceso directo a la aplicación informática de gestión de imágenes, etc.

4. Diseño del Catálogo Fotciencia17, así como la impresión de 1.000 ejemplares. La FECYT se compromete a entregar al CSIC 500 ejemplares del mismo.

5. Gestionar y financiar el alojamiento y desplazamiento de los autores de las imágenes seleccionadas que asistan a la inauguración de la exposición. Sólo se cubrirán desplazamientos nacionales.

6. Adquisición de las imágenes seleccionadas en todas las modalidades. A estos efectos, la FECYT tramitará con los autores los contratos de adquisición de las imágenes seleccionadas por el comité.

7. Gestión y difusión de Fotciencia17 en los medios de comunicación.

Por parte del CSIC:

1. Apoyar a la FECYT en las labores de secretaría de Fotciencia17.

2. Diseño de los folletos y carteles, así como la impresión y distribución por sus canales habituales de 1.000 carteles y 10.000 folletos.

3. Gestionar y financiar los gastos de alojamiento, desplazamiento y manutención de los miembros del comité de selección que no sean personal FECYT o CSIC.

4. Gestionar la logística del acto de inauguración de la exposición, así como la financiación del mismo.

5. Producción y preparación de dos ejemplares de la Exposición Fotciencia17 para la itinerancia (incluyendo cajas). Asimismo, gestionará y financiará los gastos de almacenamiento de las exposiciones ocasionados durante el periodo de tiempo en el que no se estén exhibiendo.

6. En relación con la itinerancia de la exposición, también realizará las tareas de seguimiento vinculadas (gestión de propuestas recibidas, calendarios y coordinación del transporte con las entidades solicitantes) y elaborará un dossier final con toda la itinerancia de la exposición para informar a la Comisión de Dirección a la que se refiere la cláusula quinta del presente Convenio.

Conforme a la presente colaboración y, en concreto, a la edición del catálogo y la realización de la exposición itinerante, la FECYT cederá al CSIC los derechos de explotación de dichas imágenes, comprendiendo éstos el uso de las imágenes adquiridas y las seleccionadas, sin fines lucrativos, pudiendo por tanto el CSIC, libremente y sin otra contraprestación económica, proceder a su reproducción, distribución, comunicación pública y transformación en cualquier medio, formato o soporte conocidos o no en la actualidad conforme a los términos del proceso de selección que se expresan en el presente Convenio.

Asimismo, ambas entidades se comprometen a participar en la redacción de las normas del proceso de selección de imágenes, en la selección de los miembros del comité de selección y a participar en el acto de inauguración de la exposición, así como a mantenerse mutuamente informadas del uso que se haga de las imágenes participantes para la consecución de una adecuada difusión de las actividades propias de cada entidad.

Cuarta. Proceso de selección.

Las bases del proceso de selección serán las siguientes:

Introducción. El fomento de la cultura y la educación científicas resulta fundamental en la sociedad actual, no sólo para el fomento de las vocaciones en el área de las ciencias, sino también como competencia fundamental para toda la sociedad.

Fotciencia es una iniciativa organizada por la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), cuyo objetivo es acercar la ciencia a los ciudadanos mediante una visión artística y estética sugerida a través de fotografías científicas que son expuestas junto con una descripción o comentario escrito del hecho científico que ilustran. Es también objetivo de esta iniciativa promover entre la comunidad científica la importancia de divulgar su trabajo al conjunto de la sociedad.

La exposición de fotografías científicas itinerante producida en el marco de esta iniciativa se presenta cada año en los principales museos, centros de la ciencia, universidades y centros culturales del país, con gran éxito de público y repercusión en medios de comunicación.

Las imágenes de Fotciencia se incluyen también en un catálogo y en la página web del proyecto, como recurso público para la divulgación de la ciencia.

Para la selección de las imágenes que formarán parte de la 17.ª edición de Fotciencia, la FECYT pone en marcha el presente proceso público de selección de las mejores imágenes científicas.

A. Participación. La participación está abierta a cualquier persona mayor de edad que presente imágenes propias que no hayan sido seleccionadas en concursos o procesos de selección similares, y que se incluyan en la temática mencionada más adelante.

Además, para fomentar la participación del alumnado de educación secundaria y de formación profesional a través de su profesorado, éstos podrán hacerlo en la modalidad «La ciencia en el aula».

B. Temática. La temática de las imágenes deberá ser la ciencia y la tecnología. Las imágenes deberán estar relacionadas con la investigación científica y sus aplicaciones tecnológicas e industriales, reflejando el objeto de estudio de la actividad científica, las personas que la realizan, su instrumentación e instalaciones o las tecnologías que resultan del avance científico.

Áreas de conocimiento: Agricultura y Ganadería | Arquitectura | Biología molecular y celular y genética | Biología vegetal y animal | Ciencia y tecnología de los alimentos | Ciencia y tecnología de materiales | Ciencias de la tierra | Ciencias sociales | Economía | Filología y Filosofía | Física y Ciencias del espacio | Historia, Arte y Arqueología | Ingeniería | Matemáticas | Medicina, Fisiología y Farmacología | Medio Ambiente y Ecología | Nuevas tecnologías | Psicología y Ciencias de la Educación | Química.

C. Formalización y presentación de propuestas.

a. Plazo. El plazo de presentación de las fotografías se extenderá durante cinco semanas a partir de la fecha de apertura.

b. Modalidades. Únicamente se admitirán imágenes en formato digital, debiendo ir acompañadas de un texto que permita interpretar su interés científico o tecnológico.

Las imágenes se presentarán a una de las siguientes modalidades:

Micro: cuando la dimensión real del objeto fotografiado sea menor o igual a 1 mm. o la imagen haya sido obtenida mediante un instrumento de micrografía (óptica o electrónica) o técnicas de difracción.

General: cuando la dimensión real del objeto fotografiado sea mayor a 1 mm.

Ya sean Micro o General, los autores podrán adscribir su imagen, además, a modalidades específicas sobre Agricultura sostenible o sobre Alimentación y nutrición. Se establece un apartado especial «La ciencia en el aula» para fomentar la participación del alumnado de educación secundaria y de formación profesional. Los alumnos/as deberán retratar motivos científicos en su centro de estudios, y acompañar las imágenes con un texto explicativo.

c. Presentación de fotografías. La presentación de las imágenes y sus correspondientes textos se realizarán a través de un formulario disponible en la página web www.fotciencia.es.

Cada participante deberá registrarse y cumplimentar sus datos personales, así como facilitar información sobre la/s fotografía/s que presente identificando para cada caso la modalidad en la que participa y el título de la imagen. Se admitirá un máximo de tres fotos por autor/a.

En el caso de «La ciencia en el aula» serán los docentes quienes presenten las fotografías en nombre de los alumnos/as, previo consentimiento de los mismos y sus tutores. Cada docente podrá presentar hasta tres fotografías. Los alumnos/as deberán retratar motivos científicos en su centro de estudios, y acompañar las imágenes con un texto explicativo.

Para todas las modalidades el texto correspondiente a cada fotografía tendrá una extensión comprendida entre 500 y 1.000 caracteres contados sin espacios. Se presentará en castellano o en cualquier otra lengua oficial española siempre que se incluya la correspondiente versión en castellano. Las fotografías se valorarán de forma individual, por lo que cada imagen deberá tener un texto independiente.

En el caso de que en la fotografía se pudiera identificar a alguna persona se deberá contar con su consentimiento, haciéndose responsable de dicho consentimiento el propio autor/a de la fotografía.

La imagen, el texto explicativo o el título no deben hacer referencia al autor, ni a una institución, proyecto o centro, si no es imprescindible para comprender la fotografía.

d. Requisitos. Las fotografías, en alta calidad, se enviarán en archivos con formato JPG a través del mismo formulario. Las imágenes de la modalidad General y La ciencia en el aula deberán tener un tamaño mínimo de 1.800 x 1.800 píxeles, y las de la categoría Micro un tamaño mínimo de 1.200 x 1.200 píxeles. En cualquiera de los casos, el archivo no deberá superar los 5 MB de tamaño.

Las imágenes presentadas no pueden haber sido seleccionadas en concursos o procesos de selección similares. El autor deberá informar a la FECYT de tal circunstancia en cuanto tenga constancia de ello.

Las imágenes que no cumplan estos requisitos no serán admitidas. La FECYT podrá decidir si una imagen debe adscribirse a una u otra modalidad (General o Micro) y si la calidad y contenido se adecuan a los criterios establecidos.

Los autores/as garantizan que la imagen es original, que son los legítimos titulares de todos los derechos inherentes a la misma y que la imagen no vulnera los derechos de terceros. La FECYT y el CSIC no se hacen responsables de los perjuicios que pudiera acarrear el incumplimiento de la anterior garantía, pudiendo ejercitar las acciones legales oportunas con vistas a reparar los daños y perjuicios ocasionados a las mismas.

A estos efectos, los participantes deberán garantizar que las imágenes presentadas han sido obtenidas con el consentimiento de las personas que pudieran identificarse en las imágenes y de los permisos pertinentes para la toma de las mismas en lugares o centros que así lo requieran.

e. Selección. El comité que asesorará en la selección de las imágenes estará compuesto por personas dedicadas a la investigación, gestión, divulgación de la ciencia o a la fotografía, que serán seleccionadas por la organización de Fotciencia. En concreto, para la selección de las imágenes pertenecientes a las modalidades sobre Agricultura sostenible y sobre Alimentación y nutrición se contará con expertos del CSIC adscritos al Instituto de Agricultura Sostenible (CSIC) y al Instituto de Agroquímica y Tecnología de Alimentos (CSIC), respectivamente.

El comité de selección procederá a la emisión del resultado conforme a los siguientes criterios:

– Imagen: se valorará su contenido científico, su capacidad para transmitir investigaciones, procesos tecnológicos y sociales, su dificultad técnica, novedad, originalidad y calidad artística.

– Texto: se valorará su carácter divulgativo, su originalidad y su claridad expositiva.

El comité de selección elegirá por un lado las imágenes más impactantes y que mejor reflejen el objetivo indicado en este proceso de selección, y por otro, preseleccionará otra serie de imágenes y sus respectivos textos con el fin de completar el catálogo (edición no venal) y la exposición itinerante. La selección final de las imágenes que formarán parte del catálogo y la exposición corresponderá a la organización.

Teniendo en cuenta lo anterior, de entre las fotografías presentadas se seleccionarán las dos mejores imágenes de las modalidades General y Micro y una imagen por cada modalidad específica sobre Agricultura sostenible, sobre Alimentación y nutrición y La ciencia en el aula.

La FECYT, como contraprestación a la cesión de derechos, retribuirá a los autores de las dos imágenes seleccionadas en la categoría General y las dos de la categoría Micro con una cantidad de 1.500 € para cada imagen, y el resto de las modalidades con un importe de 600 € para cada una de ellas. Estas contraprestaciones quedarán sometidas a las retenciones correspondientes conforme a la legislación fiscal aplicable y vigente. En caso de coautoría, si una imagen resulta seleccionada, y sin perjuicio de los derechos que les corresponden a los coautores, la contraprestación se repartirá proporcionalmente entre todos ellos.

Los autores de las imágenes retribuidas participarán en la inauguración de la exposición y presentación del catálogo. Podrán delegar en otra persona, comunicándolo con la antelación suficiente a la organización. La organización cubrirá los gastos de desplazamiento y alojamiento en caso necesario.

Los autores de estas seis imágenes, y el centro escolar del profesor/a responsable del grupo en el caso de La ciencia en el aula, formalizarán un contrato de cesión de derechos en el que, de conformidad con lo previsto en la Ley de Propiedad Intelectual, sin perjuicio de los derechos morales que les corresponden a los autores, cederán a la FECYT con carácter exclusivo hasta el 31 de diciembre de 2020, y en el ámbito mundial, los derechos de explotación de dichas imágenes. Dichos derechos comprenden el uso de las imágenes seleccionadas sin fines lucrativos, pudiendo la FECYT, libremente y sin otra contraprestación económica, proceder a su reproducción, distribución, comunicación pública y transformación en cualquier medio, formato o soporte conocidos o no en la actualidad. Transcurrido este periodo, los derechos patrimoniales de explotación podrán ser ejercitados por el autor así como por la FECYT.

El resto de imágenes que completen el catálogo y la exposición itinerante no recibirán ningún tipo de contraprestación económica si bien será reconocida su importancia al formar parte de dicho catálogo y exposición itinerante, que serán ampliamente difundidos.

Sin perjuicio de lo anterior, la FECYT compartirá con el CSIC, o con cualquier otro colaborador o patrocinador de Fotciencia, los derechos de explotación de dichas imágenes para los mismos fines y periodo.

La FECYT podrá utilizar, siempre mencionando su autoría y sin contraprestación económica alguna, las fotografías participantes en Fotciencia para su inclusión en otras actividades propias o en colaboración con terceros, realizadas en cumplimiento de sus objetivos generales. Asimismo, la FECYT podrá ceder las imágenes para actividades propias o para cualquier actividad realizada en colaboración con el CSIC o un tercero, siempre a través de la licencia «Creative Commons 2.5 España».

El uso público por terceros de las imágenes participantes en Fotciencia, excepto las seleccionadas, se ejercitará a través de la licencia «Creative Commons 2.5 España», siempre y cuando:

– Se trate de un uso no comercial.

– Haya un reconocimiento explícito del nombre del autor y Fotciencia.

– Las obras producidas con las imágenes de Fotciencia sólo pueden distribuirse bajo los términos de una licencia idéntica a ésta.

Las fotografías participantes en Fotciencia podrán ser exhibidas a través de la CIENCIATK del CSIC (www.cienciatk.csic.es) y el Servicio de Información y Noticias Científicas (SINC) de la FECYT (www.agenciasinc.es).

El consentimiento de los participantes deberá ser expreso y fehaciente, y se extenderá, en todo caso, a todos y cada uno de los derechos de uso, y publicación de imágenes, así como de tratamiento de información y datos por parte de FECYT o de cualquier tercero.

En todas las imágenes que formen parte de la exposición y el catálogo se indicará la autoría de la imagen, y el autor/a podrá solicitar que se emita un certificado de que la obra ha sido seleccionada para la exposición y catálogo de Fotciencia 17.

D. Publicidad e información. Las presentes normas serán publicadas en la página web www.fotciencia.es y en aquellos otros medios que se considere necesario a los efectos de garantizar su adecuada publicidad y difusión.

De conformidad con lo establecido en la legislación aplicable en materia de protección de datos, en concreto, el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), se informa de que la FECYT, como responsable del tratamiento, tratará los datos recogidos con la finalidad de llevar a cabo: la gestión de servicios a la comunidad científica y tecnológica y a la sociedad. Gestión de participantes. Gestión de actividades. Gestión de inscritos. Gestión de consultas. Estudios de satisfacción.

El tratamiento se basa en el consentimiento de los participantes, que podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación del tratamiento y portabilidad, así como consultar el aviso legal de protección de datos a través del enlace (pd.fecyt.es/protecciondatos/036-02es.pdf).

Quinta. Comisión de Dirección.

De conformidad con lo establecido en el artículo 49.f de la LRJSP, se creará una Comisión de Dirección de carácter paritario, formada por un máximo de dos representantes de cada una de las partes.

Por parte del CSIC participará el Jefe del Área de Cultura Científica o persona en quien delegue, y por parte de la FECYT la Directora del Departamento de Cultura Científica y de la Innovación o persona en quien delegue.

Esta comisión tendrá entre sus funciones canalizar y supervisar las actividades que se realicen como consecuencia o en cumplimiento de este Convenio, velar por el buen desarrollo del mismo y resolver las dudas y controversias que puedan surgir en su aplicación e interpretación.

Sexta. Aspectos financieros.

Cada una de las partes viene obligada a financiar la ejecución de las actividades que deben llevar a cabo conforme lo dispuesto en la cláusula tercera, así como al otorgamiento de los premios establecidos en dicha cláusula.

El presupuesto total de Fotciencia17 se estima en un total de 31.600 euros conforme al presupuesto establecido que se adjunta como Anexo al presente Convenio.

La valoración económica de la aportación del CSIC al Convenio se establece en 12.600 euros de conformidad con el presupuesto incluido en el anexo del presente Convenio, cantidad que se imputará a la aplicación presupuestaria del Programa presupuestario 463A «Investigación Científica» del ejercicio presupuestario actual.

La valoración económica de la aportación de la FECYT al Convenio se establece en 19.000 euros de conformidad con los fondos asignados en el Anexo al proyecto Fotciencia, si bien de este importe una cuantía de 10.000 euros proviene de una aportación de fondos realizada por la Fundación Jesus Serra y que se destinará a las partidas presupuestarias comprometidas por la FECYT conforme se establece en la cláusula tercera del presente Convenio.

La obtención de fondos adicionales que las partes pudieran obtener mediante contratos de patrocinio o donaciones será aprobada por la Comisión de Dirección, no afectando a los compromisos y obligaciones económicos del presente Convenio, y los mismos se destinarán a la financiación de la siguiente edición del proyecto.

En cualquier caso, ambas partes consensuarán previamente a través de la Comisión de Dirección la aceptación de las entidades patrocinadoras y la visibilidad de la imagen del patrocinador en el proyecto, así como la forma de traspaso de los fondos.

Séptima. Publicidad y difusión.

Ambas partes se comprometen a destacar su mutua colaboración en cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión de las acciones objeto del presente Convenio, respetando en todo caso el logotipo o las directrices de imagen externa que se indiquen por ambas partes.

Adicionalmente, se comprometen a dar la máxima difusión posible al proceso y al resto de las actividades a través de sus canales habituales y, en especial, a través de Internet u otros soportes electrónicos y la utilización de los enlaces en las páginas web de ambas instituciones.

En concreto, el CSIC autoriza a la FECYT a difundir Fotciencia dentro de su programa de micromecenazgo para la obtención de donaciones conforme a sus condiciones particulares.

Cualquier iniciativa de informar a los medios de comunicación sobre actividades, conclusiones o resultados relacionados con la naturaleza de este Convenio, deberá ser planificada y ejecutada con pleno conocimiento de la Comisión de Dirección.

Las actividades objeto del presente Convenio, así como cualquier actividad de difusión y divulgación de la misma deberán utilizar los logotipos identificativos del CSIC y la FECYT, en lugar, forma y tamaño que deberán ser objeto de validación previa por los responsables de comunicación de las entidades firmantes de este Convenio.

Octava. Garantía de confidencialidad y protección de datos.

Cada una de las partes se compromete a guardar la máxima confidencialidad durante la vigencia del presente Convenio, y una vez finalizado, respecto a la información y/o documentación pertenecientes a la otra parte a las que haya podido tener acceso durante su vigencia y a hacer que esta obligación sea respetada por todas las personas que participan en la ejecución del mismo.

El tratamiento automatizado de datos de carácter personal que pudiera ser necesario realizar como consecuencia del desarrollo del presente Convenio se regirá conforme a lo establecido en la legislación vigente.

Las partes se comprometen a observar y adoptar las medidas de seguridad necesarias para garantizar la integridad de los datos a los que pudieran tener acceso, evitando así su alteración, pérdida o tratamiento o acceso no autorizado a los mismos, de conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos. Así mismo, se comprometen a destruir o devolver todos los datos de carácter personal y confidencial utilizados en el cumplimiento del presente Convenio.

Novena. Modificación y extinción.

9.1 El presente Convenio podrá ser modificado por acuerdo expreso de las partes firmantes, de conformidad con los procedimientos que exija la normativa vigente.

9.2 El Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

9.3 Son causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

d) La decisión judicial declaratoria de nulidad del Convenio.

e) Cualquier otra causa prevista en la legislación vigente.

Las partes vendrán obligadas a comunicarse por escrito la acreditación de la concurrencia de la causa invocada, con una antelación mínima de un mes a la fecha de su efectividad.

En el caso de incumplimiento previsto en el apartado c), la otra parte podrá notificar a la parte incumplidora, a través del responsable del seguimiento del Convenio, un requerimiento para que en el plazo de 15 días naturales cumpla con las obligaciones o compromisos incumplidos. Si transcurrido dicho plazo persistiera el incumplimiento, la parte que lo detectó notificará a la incumplidora la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio con eficacia del mismo día de la recepción de la notificación. Dicha terminación no perjudicará cualquier otro derecho o reclamación que la parte afectada pueda ostentar o tener con respecto de la parte infractora.

9.4 Cuando concurra alguna causa de resolución del Convenio, si existen actuaciones en curso de ejecución, se podrá acordar la continuación y finalización de éstas en un plazo improrrogable, transcurrido el cual el Convenio deberá liquidarse. Dicho plazo será fijado por las partes cuando se resuelva el Convenio, de conformidad con el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Décima. Naturaleza y jurisdicción.

El presente Convenio, cuya naturaleza es administrativa, queda sometido al régimen jurídico de Convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cualquier controversia que pudiera suscitarse sobre la interpretación o ejecución del presente Convenio se resolverá por mutuo acuerdo de las partes a través de la Comisión de Dirección. Si no fuera posible alcanzar un acuerdo, las diferencias podrán ser sometidas a los órganos del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo.

Undécima. Régimen jurídico. Transparencia.

El presente Convenio se sujeta a lo dispuesto en materia de Convenios por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se podrá poner a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la FECYT, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Y en prueba de conformidad, firman las partes por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en Madrid a 14 de octubre de 2019.–La directora general de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P, Paloma Domingo García.–La vicepresidenta de Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., Rosina López-Alonso Fandiño.

ANEXO
17.ª Edición Fotciencia (año 2019)

Presupuesto

A continuación se detallan las actividades a desarrollar por cada una de las entidades convocantes para la puesta en marcha del proyecto. Se indica, en su caso, una estimación del coste asociado a la realización de la actividad y que forma parte integrante del presupuesto al que se comprometen ambas entidades.

Presupuesto:

Fotciencia17  Euros
CSIC  
Diseño folletos/carteles/lona. 1.600 €
Impresión de folletos/cartel (1.000 carteles y 10.000 folletos). 1.200 €
Distribución carteles 1.000 y 10.000 folletos. 1.200 €
Desplazamiento y alojamiento Jurado (excepto personal CSIC/FECYT). 600 €
Acto entrega de premios. 2.000 €
Exposición - Preparación 2 ejemplares para itinerancia + cajas. 6.000 €
 Total CSIC. 12.600 €
FECYT  
Aplicación informática gestión y diseño web público. 1.200 €
Dotación derechos de fotografías. 7.800 €
Catálogo. Diseño e impresión de 1.000 ejemplares.* 8.000 €
Desplazamiento y alojamiento.* 2.000 €
 Total FECYT. 19.000 €

* Estos gastos se financiarán con cargo a los fondos aportados a la FECYT por la Fundación Jesús Serra.

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