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Documento BOE-A-2019-18340

Resolución de 11 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de Pesca, por la que se actualiza el censo de embarcaciones autorizadas a ejercer la pesca marítima profesional en la reserva marina del Levante de Mallorca - Cala Rajada.

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 20 de diciembre de 2019, páginas 139234 a 139236 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2019-18340

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, apartados 1 y 4, de la Orden APM/690/2018, de 19 de junio, por la que se regula la reserva marina de interés pesquero del Levante de Mallorca – Cala Rajada y se definen su delimitación y usos permitidos, y en uso de las facultades conferidas por el citado artículo, que faculta a la Secretaría General de Pesca para elaborar y actualizar el censo de las embarcaciones de pesca marítima profesional con derecho a faenar en el ámbito de la reserva marina, esta Secretaría General, oído el sector interesado, y consultada la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, resuelve lo siguiente:

1. Publicar, como anexo I a la presente Resolución, el censo actualizado de embarcaciones en activo autorizadas a faenar, desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021, en aguas de la reserva marina a que se refiere la citada Orden APM/690/2018.

2. En el anexo II, se indican los buques excluidos y los motivos de exclusión cada uno de los buques.

3. Aquellas embarcaciones que hayan sido excluidas podrán ser autorizadas de forma provisional hasta una nueva actualización del censo si acreditan actividad en la reserva marina en el periodo 2020-2021, y aportan la información de esfuerzo pesquero correspondiente.

4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.4 de la citada Orden APM/690/2018, mantener la contingentación del censo según lo establecido en el punto 2 de la resolución de 20 de marzo de 2014, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica el censo de embarcaciones autorizadas a ejercer la pesca marítima profesional en la reserva marina del Levante de Mallorca – Cala Rajada, en un total de 50 embarcaciones, con una potencia total máxima de 2.883,21 CV y GT máximas de 164,11.

5. Que las embarcaciones incluidas en el censo de la reserva marina anteriormente publicado y que en estos momentos no se encuentran en activo en el Censo de la Flota Pesquera Operativa podrán ser autorizadas a ejercer la pesquería en el ámbito de la reserva, a petición del armador, una vez sean reactivadas.

6. Que las embarcaciones incluidas en el censo que no cumplan las obligaciones establecidas en el artículo 4.2.a) de la citada Orden APM/690/2018 durante un periodo de tres meses, podrán ser excluidas del mismo.

7. Que no ejercer la actividad pesquera en el ámbito de la reserva marina durante un periodo de un año sin causa justificada, podrá suponer la baja de la embarcación en el censo de la reserva marina, según lo establecido en el artículo 8.10 de la citada Orden APM/690/2018, procediéndose a su baja definitiva en el censo especifico (artículo 23.4.º de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado).

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 11 de diciembre de 2019.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.

ANEXO I
Censo de las embarcaciones autorizadas a faenar en la reserva marina del Levante de Mallorca-Cala Rajada

Puerto base: Cala Rajada

N.º Nombre Matricula y folio C.F.P.O.
1 BALOAN. 3.ª-PM-1-2-96 23740
2 ES CLIMENTS. 3.ª-PM-1-8-99 24656
3 ES LLAMP. 3.ª-PM-1-2-99 24553
4 ES VIROT. 3.ª-PM-1-5-99 24500
5 FERRASSA. 3.ª-PM-1-2-98 23895
6 GOGA. 3.ª-PM-1-4-97 23907
7 HISPANIOLA DOS MIL. 3.ª-PM-1-4-00 24772
8 NA LLOBRIGA. 3.ª-PM-1-4-08 27313
9 NOVA PRINCESA. 3.ª-PM-1-8-03 25905
10 VIMA. 3.ª-PM-1-1938 8640

Puerto base: Porto Cristo

N.º Nombre Matricula y folio C.F.P.O.
1 BALOAN DOS. 3.ª-PM-1-4-01 25345
2 CALA BONA SEGUNDA. 3.ª-PM-1-1816 3597
3 JAIMITO IV. 3.ª-PM-1-1976 13786
4 NOU DOS JOANS. 3.ª-PM-2-6-05 26734
5 RACONET. 3.ª-PM-1-1968 13497

Puerto base: Alcudia

N.º Nombre Matricula y folio C.F.P.O.
1 AGUILEÑO. 3.ª-PM-4-336 14599
2 ALGI. 3.ª-PM-1-1974 13788
3 BIEL PRIMERO. 3.ª-PM-2-3-05 26646
4 BRIBONA SEGUNDO. 3.ª-PM-1-3-95 23273
5 CAP FERRUTX. 3.ª-PM-2-439 22170
6 CHIRTA. 3.ª-PM-1-1711 6586
7 EOLO TERCERO. 3.ª-PM-1-3-94 23300
8 ES BATLETS. 3.ª-PM-2-106 26750
9 ES PUETES NOU. 3.ª-PM-2-2-02 25693
10 GAVELLA. 3.ª-PM-1-1-12 27468
11 HERMANOS SERRA. 3.ª-PM-1-1594 3457
12 KIJUANA TERCERO. 3.ª-PM-2-437 22302
13 LACHA. 3.ª-PM-2-2-98 24154
14 MARIMAR. 3.ª-PM-1-1991 14611
15 MARO. 3.ª-PM-1-1990 14510
16 MAR Y VENT. 3.ª-PM-1-1802 3578
17 NADAL PRIMER. 3.ª-PM-2-1-99 24530
18 NOAH. 3.ª-PM-2-2-06 27119
19 NOU PATRASH. 3.ª-PM-2-4-05 26607
20 NOU VISTA ALEGRE. 3.ª-PM-2-1-98 23936
21 PETIT FUAT. 3.ª-PM-2-2-05 26375
22 SANIRAL. 3.ª-PM-2-1-91 22341
23 TIZONA. 3.ª-PM-2-1-93 22598
24 TONI CUARTO. 3.ª-PM-1-2042 22074
25 VIRGINIA. 3.ª-PM-2-424 14438
26 SIRVIOLA. 3.ª-PM-2-436 21834

Puerto base: Pollensa

N.º Nombre Matricula y folio C.F.P.O.
1 CAP DE PINAR. 3.ª-PM-1-2038 22003
ANEXO II
Embarcaciones excluidas del censo de la reserva marina del Levante de Mallorca – Cala Rajada

Puerto base: Cala Rajada

N.º Nombre Matricula y folio C.F.P.O. Motivo exclusión
1 NA CORP. 3.ª-PM-1-2-92 22567 Cambio de puerto base a Ibiza.

Puerto base: Alcudia

N.º Nombre Matricula y folio C.F.P.O. Motivo exclusión
1 MARIVENT CUARTO. 3.ª-PM-1-1988 14351 Desguace.
2 PUNTA BECA. 3.ª-PM-1-1727 3549 Desguace.
3 S'ENTERROSSAI. 3.ª-PM-1-1915 3587 Desguace.
4 TINA. 3.ª-PM-1-1751 3539 Situación de baja provisional.

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