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Documento BOE-A-2019-2847

Decreto 166/2018, de 27 de diciembre, por el que se declara bien de interés cultural el paisaje cultural de la Ribeira Sacra.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 2019, páginas 19548 a 19660 (113 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-2019-2847

TEXTO ORIGINAL

La Convención sobre la protección del patrimonio mundial cultural y natural de la Unesco, firmada en 1972 y aceptada por España el 4 de mayo de 1982, tiene por objeto la protección, conservación y transmisión del patrimonio cultural, compuesto por monumentos, sitios y lugares, entendidos como obras de la humanidad o la obra conjunta de la humanidad y la naturaleza.

La legislación estatal (Ley 16/1985, de 26 de junio, del patrimonio histórico español, en adelante LPHE) y la primera ley autonómica (Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia) que desarrollaron sus principios con posterioridad, introdujeron la figura del territorio histórico como una figura de componente territorial, sin tener entrada, en ese momento, el concepto del paisaje cultural.

Convención, el Comité del Patrimonio Mundial de la Unesco aprobó unas directrices operativas para la aplicación de la convención del patrimonio mundial. Estas directrices evolucionan a lo largo de los años, pero especialmente en el año 1994, dentro del marco de una estrategia y estudios complementarios para conseguir una Lista del patrimonio mundial que resultara más equilibrada y representativa. En este momento se crea la figura o categoría del paisaje cultural como la múltiple variedad de manifestaciones de la interacción de la humanidad con su entorno natural, y que puede clasificarse en: paisajes concebidos o creados intencionalmente, paisajes que evolucionaron orgánicamente (sean estos fósiles o vivos) y paisajes asociativos.

Así, el paisaje cultural vivo, orgánicamente desarrollado, es el que preserva una función social activa en la sociedad contemporánea, muy ligada al modo de vida tradicional, y en el que continúa el proceso evolutivo. Al mismo tiempo, presenta una evidencia material manifiesta de su evolución a lo largo del tiempo. La Ribeira Sacra evolucionó en los últimos tiempos en la confirmación de su identidad. Como unidad de paisaje y características geológicas y morfológicas, existen claras evidencias de su identidad diferenciada, sustentadas en unas muestras del patrimonio cultural que resultan también destacables tanto por su marco cronológico cómo por la densidad y condiciones propias de desarrollo.

En relación a la presencia de lugares destinados al culto religioso, que en su mayoría tenían antecedente en una vida monástica en comunidad y que eran también el resultado de una ocupación previa ya en época muy antigua de eremitas y de vidas cenobíticas primitivas, y las huellas de esta interpretación del territorio como un lugar sagrado, en el que cada rincón toma un nombre y es el contenido de una manifestación con alma, se compara el vigor y el sacrificio de la construcción de un terreno de cultivo en pendientes riberas, y una serie de construcciones específicas derivadas de estas condiciones, de los materiales, de la presencia de los cursos de agua y de la naturaleza de los materiales del campo sostenido a lo largo de los siglos como complemento o forma de vida de comunidades que, ante los permanente cambios, reaccionaron manteniendo su contacto con la tierra, de la que a veces, como en los procesos de inundaciones del último siglo para producir energía eléctrica, fueron expulsados de forma traumática.

Sin embargo la Ribeira Sacra sigue evolucionando orgánicamente, adaptándose a las circunstancias y a los cambios que se producen, tanto a su alrededor como en sus tierras, identificando la existencia de múltiples valores singulares, tanto el sagrado como la construcción del paisaje, que tienen fundamentos para ser reconocidos.

Alrededor de 1990 se realizaron los primeros trabajos para la gestión conjunta de la Ribeira Sacra, por medio de la identificación y valoración del patrimonio cultural, a través de un estudio piloto promovido por la Dirección General do Patrimonio Cultural. En el año 1996 se incluyó la candidatura de la Ribeira Sacra de Lugo y Ourense como un bien de la lista indicativa española del patrimonio cultural y natural, si bien esta candidatura no había perfilado su categoría como paisaje cultural sino más bien como el conjunto de obras románicas presentes en las iglesias y monasterios de la zona. En el año 2004 la Xunta de Galicia promovió una importante publicación denominada Ribeira Sacra. Esencia de espiritualidad de Galicia, en la que se recogía la obra de reputados autores y especialistas que desarrollaban temas concretos del patrimonio cultural de este ámbito y que confirman su valor singular, tanto en aspectos concretos como en conjunto.

En el año 2007 España ratifica el Convenio europeo del paisaje, que había sido firmado en el año 2000. Este hito corroboró la importancia del reconocimiento del concepto del paisaje como una creación y una interpretación humana, y de su importancia en el bienestar de las personas y de la sociedad en general, y que todos deben implicarse en su protección y gestión.

Fue a partir del año 2013 en el que se recupera el ánimo por la identificación y reconocimiento del valor cultural de la Ribeira Sacra en su conjunto, si bien los primeros esfuerzos fueron dirigidos hacia la documentación de los monumentos y de los bienes materiales más tradicionales, enseguida se toma conciencia de que el valor excepcional de este ámbito reside precisamente en la confluencia de muchos otros valores, especialmente aquellos residentes en las comunidades que siguen habitando el territorio y que han sufrido al igual que la propia tierra, grandes transformaciones y grandes esfuerzos.

En el marco de esta nueva identidad patrimonial, el paisaje, y con la toma de conciencia del deber legal de su reconocimiento y protección, la Ley 5/2016, del patrimonio cultural de Galicia (LPCG), incorpora entre las categorías del patrimonio cultural la de paisaje cultural.

El paisaje cultural en el artículo 10.1.h) de la LPCG es el «lugar identificable por un conjunto de cualidades culturales materiales e inmateriales singulares, obras combinadas de la naturaleza y el ser humano, que es el resultado del proceso de la interacción e interpretación que una comunidad hace del medio natural que lo sustenta y que constituye el soporte material de su identidad».

La perspectiva de la valoración del patrimonio cultural de la Ribeira Sacra no queda solo en lo excepcional y profuso de su románico; ni en las primeras y pioneras muestras de la vida eremítica en occidente; ni en lo abundante de su patrimonio antropológico custodiado y mantenido con vida por las propias comunidades, ni en la impresionante geografía conformada por la orogenia antigua y los extremos valles fluviales ni en las también pioneras y osadas muestras de ingeniería. Su valor excepcional se muestra en el mantenimiento de todas esas muestras en el territorio, en la conservación y uso que de ellas hacen las comunidades locales y la voluntad firme de que sean reconocidas y mantenidas en el tiempo.

Para la propuesta de delimitación del paisaje cultural de la Ribeira Sacra como bien de interés cultural se comenzó el trabajo sobre el resultado principal de cuatro procesos: El estudio piloto de la Ribeira Sacra promovido por la Dirección General do Patrimonio Cultural en los primeros años 90; los trabajos realizados para la publicación en 2004 del libro Ribeira Sacra. Esencia de espiritualidad de Galicia; el conjunto de trabajos y estudios previos del patrimonio arquitectónico, del análisis territorial y paisajístico, del patrimonio industrial, de la situación socioeconómica y otros promovidos por las Diputaciones Provinciales de Lugo y de Ourense desde 2014 y llevados a cabo por un grupo de profesores universitarios coordinados por la oficina del Defensor del Pueblo de Galicia, y es también de relevancia para la contextualización e identificación del ámbito territorial, la determinación de las grandes áreas y comarcas paisajísticas que entre el 2012 y el 2015 promovidas por el Instituto de Estudios del Territorio (IET) de la Xunta de Galicia.

Sobre el conjunto de esta información, y con la perspectiva de la identificación de una delimitación de paisaje cultural que por una parte permitiera reconocer todos los aspectos relevantes de una zona de estudio más amplia, así como integrar un régimen de protección específico de aplicación directa que no dificultara la normal actividad agrícola y ganadera en la zona, la Dirección General do Patrimonio Cultural promovió unos nuevos trabajos de síntesis.

Estos trabajos para la delimitación del bien de interés cultural además serían el sustento para identificar las singularidades que el territorio muestra como paisaje cultural evolutivo y vivo que permitían distinguirlo de otros paisajes de nuestro contexto cultural y geográfico. La información y la documentación avanza la existencia de un complejo agrario antiguo que evolucionó repetidamente para adaptarse a cambios estructurales y sociales de gran importancia y escala territorial, con muestras singulares y excepcionales especialmente ligadas a la espiritualidad en la concepción del territorio y en las relaciones de las personas con él.

Con estos fundamentos, se incoó un procedimiento que resulta novedoso e incomparable con cualquier otro que se haya realizado con antelación tanto en Galicia como en el resto del Estado, que pretende el reconocimiento del máximo valor cultural para una extensión de unos 180 km2 con un régimen de protección específico.

Este régimen propuesto se fundamenta en la necesidad de combinar la protección integral de aquellas manifestaciones relevantes del patrimonio cultural construido con medidas de salvaguarda de las manifestaciones más relevantes del patrimonio cultural inmaterial, y la conservación y mantenimiento de las características de un paisaje construido que tiene una funcionalidad que se quiere conservar, promover y difundir, incidiendo en sus aspectos generales o territoriales de forma compatible con una economía basada en una actividad agrícola ganadera y de recursos culturales y turísticos complementarios sostenibles.

La directora general del Patrimonio Cultural resolvió el 21 de diciembre de 2017 incoar el procedimiento para declarar bien de interés cultural a paisaje cultural de la Ribeira Sacra, que fue publicado en el DOG de 29 de diciembre, y se abrió un período de información pública de tres meses. La resolución también fue publicada en el BOE de 8 de enero de 2018, por lo que el período de información pública fue extendido hasta el 8 de mayo de 2018, y en consecuencia el período de consulta e información del expediente y el plazo para presentar alegaciones estuvo abierto cuatro meses y diez días.

Dada la complejidad, la novedad, el alcance y la dimensión de esta propuesta de delimitación y de elementos relacionados se estableció un período información pública extendida, que supuso un aumento considerable sobre el mes previsto en el artículo 17.2 de la LPCG.

Durante este período se realizaron diversas reuniones temáticas y abiertas para informar y recoger información sobre el proceso. Se celebraron reuniones con todos los Ayuntamientos del área general de estudio (22 Ayuntamientos), las Diputaciones Provinciales de Lugo y Ourense, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, el Consorcio de Turismo de la Ribeira Sacra, la denominación de origen de la Ribeira Sacra, la Dirección General do Patrimonio Natural, el Instituto de Estudios del Territorio, la Dirección General de Ordenación Forestal, la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Alimentarias y responsables del desarrollo de la figura de protección como reserva de la biosfera. También se celebraron reuniones con agentes económicos y culturales de la zona, en especial asociaciones de protección y difusión del patrimonio y responsables de empresas del sector turístico y hostelería.

El proceso supuso la presentación de un total de 30 documentos, de los que 29 eran alegaciones de mayor o menor entidad y uno de ellos adjuntaba información que estimaban podría ser de interés para el procedimiento.

Entre el conjunto de 29 alegaciones, 6 tenían como conclusión la necesidad de reiniciar el expediente para formular un nuevo proceso de definición y de participación. Estas alegaciones fueron desestimadas por no corresponder con la realidad ni con la definición legal del procedimiento ni con sus trámites sucesivos.

Por otra parte, 11 de las alegaciones hacen referencia a los estándares para la protección y usos de las bodegas de guardia. Las solicitudes se dirigen a confeccionar unos parámetros para el régimen definitivo que se ajusten mejor las condiciones de construcción y uso ajustadas a la realidad de las personas que las trabajan en la actualidad y que permitan su adaptación a los condicionantes legales y de confort.

Se estima justificado favorecer el uso por parte de las comunidades de estas edificaciones de carácter tradicional con las garantías para su integración ambiental. Además se pretende incorporar un régimen y directrices de carácter general para aquellas intervenciones nuevas, de modificación o ampliación de instalaciones de mayor tamaño y carácter más industrializado para la explotación agrícola y ganadera.

Muchas del resto de las alegaciones tenían por objeto definir un listado complementario de bienes que ampliase el total de inmuebles recogidos como bien de interés cultural en la declaración definitiva. En el referido a la incorporación de nuevos bienes, todas las aportaciones se estimaron de interés para el expediente, pero debe tomarse en cuenta que la inclusión como bienes de interés cultural no excluye al resto de bienes clasificados de su participación en la creación del paisaje cultural. Principalmente se hizo notar la ausencia de templos religiosos y de alguna construcción defensiva y arqueológica o del patrimonio industrial.

La conclusión referida a la inclusión de nuevos bienes en el expediente es favorable. El expediente de declaración como paisaje cultural de la Ribeira Sacra puede expresar su valor con mejor precisión incluyendo el listado de todos los bienes que colaboran a crear un rico panorama en el referido a las diferentes tipologías del patrimonio cultural construido. La recogida de un listado limitado de bienes como bien de interés cultural pudo llevar al equívoco de que solo se ponía el foco sobre esos elementos. No era este el objetivo de la resolución de incoación, sino seleccionar de entre la multitud de bienes con valor cultural clasificados existentes en el área de estudio (2.724 según el último cómputo revisado) los que pudieran resultar más representativos de cada período histórico relevante y que permitiera mostrar con claridad, e identificar en cada uno de ellos, las bases de ese paisaje cultural orgánicamente evolucionado y vivo.

Por lo tanto y con el objeto de mejorar la justificación de la declaración, se incorporan a los listados los bienes que en el ámbito del área de estudio ya disponen en la actualidad de la condición de bien de interés cultural, y que en su mayor parte está constituida por las construcciones o lugares que ocuparon las fortificaciones y torres medievales.

También se incluirán el lugar del antiguo núcleo de Portomarín y los restos de sus puentes, pesqueras, caneiros y demás construcciones, ahora inundados bajo el Miño, porque se estima que, de la misma forma que su templo de San Nicolao, como los de Santo Estevo de Chouzán y San Xoán de A Cova en Carballedo, son ejemplos de los efectos del traslado de las poblaciones locales y de la potencialidad como recurso para la interpretación del paisaje y como hito identitario de las comunidades que permanecen ligadas a su territorio.

Al mismo tiempo se incluirán los listados completos de los bienes clasificados en el ámbito del paisaje cultural (zonas declaradas de interés cultural y de amortiguamiento) y del patrimonio cultural de carácter sagrado o religioso de toda el área de estudio constituida por los 22 Ayuntamientos de la Ribeira Sacra.

Con esta inclusión se da respuesta al reconocimiento que solicitaron los participantes en el período de información pública y se amplía la perspectiva de la valoración cultural, además de ofrecer unas referencias más precisas para la futura gestión del territorio.

Respecto al reconocimiento adicional para otros bienes del patrimonio cultural, en especial el referido a los ejemplos de la arquitectura románica en las múltiples iglesias localizadas en el ámbito, como para alguno de los poblados industriales o para los ejemplos de arte sagrado que atesora el museo de Santa Clara de Monforte, es necesario indicar que se han aportado argumentos que permiten valorar el inicio de sus propios expedientes de declaración. Esta circunstancia no impide que se siga la tramitación de la declaración del paisaje cultural de la Ribeira Sacra y puedan realizarse las actuaciones administrativas necesarias tanto para la documentación precisa como las comunicaciones y notificaciones a los respectivos interesados en dichos procedimientos.

Otras alegaciones hacen mención al ámbito de delimitación, que en general consideran fundamentado en exceso en criterios de carácter geográfico y que no recogen toda la extensión que podría ser mereciente de ser protegida. En este sentido no se estiman las alegaciones puesto que se acredita en el expediente que la mayor singularidad que debe ser sometida a un especial régimen de protección es aquella en la que se combinan tanto los aspectos geográficos, los ejemplos singulares del patrimonio cultural y la estructura de organización de las comunidades, con una continuidad y unos criterios de identificación objetivos. Todos ellos fueron expuestos en la resolución de incoación del procedimiento de declaración. Es necesario indicar en este sentido que las propias directrices en materia de patrimonio mundial establecen que la extensión de un paisaje cultural que se proponga inscribir «está delimitada por su funcionalidad e inteligibilidad. En todo caso, el ejemplo elegido debe ser sustancialmente suficiente como para representar a la totalidad del paisaje cultural que ilustra».

La delimitación por lo tanto no tiene por objeto limitar o diferenciar los límites culturales de la Ribeira Sacra, que resulta obvio y patente que son más amplios, sino que la delimitación debe definir un ámbito homogéneo elegido entre todo el del paisaje en el que se representen los valores de forma sustancial y que puedan suponer un ámbito manejable en funcionalidad y gestión. Por tal motivo existen las referencias a los límites geográficos, a las propias infraestructuras hidráulicas, y a una limitación estricta para la aplicación de un régimen de protección allá donde se encuentran los elementos más sensibles y más relevantes.

Toda el área de estudio es Ribeira Sacra, tanto el área de amortiguamiento como el resto de parroquias de la bocarribera y de las laderas de las montañas, las tierras de Caldelas, Trives y Lemos. Pero la declaración de un paisaje cultural no es solo el reconocimiento de un valor cultural, sino la identificación de ámbitos coherentes en los que serán de aplicación medidas de protección y conservación orientadas hacia una gestión responsable y sostenible.

Esta delimitación no califica en exclusiva la pertenencia a la Ribeira Sacra sino que representa una zonificación para su protección y régimen de conservación. En el ámbito delimitado quedan representados todos los elementos característicos que representan la pluralidad y variedad de valores e intereses culturales con una continuidad y criterios de delimitación homogéneos. Por tal motivo, excepto pequeñas modificaciones de carácter muy puntual, no se varía la delimitación de la incoación.

En lo referido al régimen de protección y a la vista del contenido de las alegaciones, se ha procurado una mayor claridad en la exposición y en la sistemática de su recogida. La incoación del procedimiento tenía la dificultad de tener que avanzar tanto la propuesta de régimen de protección como el régimen provisional que debería regir en tanto que el proceso se desarrollaba, si bien apenas 30 expedientes fueron tramitados durante el período de incoación y no todos ellos estaban afectados por la suspensión de licencias.

El régimen en el ámbito bien de interés cultural y en la zona de amortiguamiento, en lo referido a las condiciones de implantación territorial, mantiene su contenido esencialmente ya que responde a las previsiones de la legislación vigente tanto en materia de suelo y ordenación del territorio como en la propia de la protección del patrimonio cultural. Serán los futuros planes de gestión con carácter general o los documentos de ordenación del territorio o planeamiento urbanístico que se prevén en los artículos 59 y 60 de la LPCG los que puedan introducir aspectos más concretos y específicos que superan a la esta disposición. La declaración de bien de interés cultural no puede avanzar ni puede prescribir más que directrices de carácter general y aplicación directa, puesto que su detalle solo puede ser propuesto con la precisión necesaria a través de los documentos que planifican el territorio. Son estos documentos, como está previsto en la LPCG, los que contendrán la caracterización de la estructura territorial y los criterios para mantenerla, el catálogo exhaustivo de todos los bienes que lo conforman, y las directrices generales para la protección del patrimonio cultural.

Esta declaración establece las consideraciones específicas y relevantes de aplicación general y directa sobre los aspectos más significativos del ámbito que se delimita, y que tienen que ver con la necesaria continuidad del uso agrícola ganadero de forma compatible con los valores culturales del paisaje y los elementos del patrimonio cultural.

Sólo a través del análisis y planificación específico y según los procedimientos y garantías legales vigentes será viable establecer prohibiciones o limitaciones no previstas en la legislación con todas las garantías para su valoración y eficacia.

Como resultado del procedimiento y a la vista de las diferentes aportaciones tanto de la información pública cómo de la participación, la Dirección General do Patrimonio Cultural amplió la realización de estudios sobre cuestiones particulares que se evidenciaron de la máxima relevancia para completar el sentido y la amplitud de la valoración cultural del territorio. En concreto se estimó preciso ampliar la información disponible tanto en el referido al patrimonio cultural fluvial, una de las cuestiones recurrentes en alguna de las alegaciones, como de las diversas manifestaciones del patrimonio etnológico y antropológico. También se amplió la información científica referida tanto a la construcción material de las terrazas y su antigüedad; a las construcciones y vida eremítica y cenobítica en los períodos tardoantiguo y altomedieval como posible origen de la construcción de dicho paisaje aterrazado; la influencia en el territorio y en el exterior de los Condes de Lemos o la impronta en la estructura del territorio de la gestión económica y social derivada de la cultura de los pazos y su formalización específica en la Ribeira Sacra.

También se ha realizado un análisis particular de la toponimia y microtoponimia de la Ribeira Sacra como fuente de información y recogida de un valor cultural excepcional, se amplió la información relativa a recursos turísticos y culturales y sus actividades así como información relativa a las diferentes figuras de protección sectorial con efectos en el ámbito, todo ello para incorporar y evaluar en los futuros planes de gestión de la Ribeira Sacra con la base de una información actualizada y extensiva a todos los sectores. Se estima que de este modo se amplía el sentido del valor cultural y su complejidad.

Después de todo ello, y como establece el artículo 18.2 de la LPCG, se solicitó el informe de varios de los órganos consultivos previstos en el artículo 7 de la misma.

El 17 de octubre de 2018 la Real Academia de Bellas Artes de Galicia emite un informe favorable a la declaración por el reconocimiento del valor cultural singular de la Ribeira Sacra como paisaje cultural de Galicia, incidiendo en los aspectos relativos al reconocimiento a la responsabilidad de las comunidades locales y a la necesidad de recoger un régimen específico que no suponga para ellas unas dificultad adicional que resulte contraproducente como medida de fomento de sus valores.

El 5 de diciembre de 2018 se recibe el informe del Consejo de Cultura de Galicia, que también concluye que debe procederse a la aprobación del procedimiento para declarar bien de interés cultural la Ribeira Sacra en la categoría de paisaje cultural.

Este informe establece en su análisis del procedimiento y del contenido del expediente incoado unas recomendaciones, tanto a los efectos de la conceptualización del paisaje como para su futura gestión. También incluye una serie de aspectos de interés de cara el proyecto de candidatura de la Ribeira Sacra como bien de la Lista del patrimonio mundial de la Unesco. En especial, se destacan cómo de mayor relevancia los siguientes aspectos:

– Necesidad de elaborar un plan de dinamización socioeconómica de la Ribeira Sacra, fundamentado en la recuperación económica y demográfica.

– La gestión unitaria bajo el concepto de parroquia.

– Ampliar el ámbito de la delimitación a las zonas próximas para incluirlas también en el plan de dinamización.

Como se indicó en los apartados anteriores, el establecimiento de un régimen de protección específico no es limitativo ni incompatible con la extensión de las medidas de dinamización, tal y como las denomina el Consejo de Cultura, a un ámbito más extenso. Ya se reiteró repetidamente que el objeto del reconocimiento es suministrar de las herramientas administrativas adecuadas para la protección de las manifestaciones culturales más singulares de forma compatible con los modos de vida tradicionales y su normal desarrollo.

No tiene sentido ni es una medida proporcionada para la gestión del territorio aplicar unas medidas previstas para la protección de ámbitos concretos (terrazas muradas, zonas arqueológicas, monumentos y conjuntos) a otra localizaciones que, estando íntimamente ligadas por las comunidades, no responden a las mismas características ni de implantación geográfica ni de características formales o materiales.

La parroquia, así se pretendió recoger en la descripción del paisaje cultural, es una entidad organizativa real no regulada. Es en sí misma un atributo excepcional en el que las comunidades de Galicia se reconocen y organizan en todos los sentidos.

Por tal motivo las medidas de dinamización de carácter económico y demográfico no pueden limitarse a las parroquias con un régimen específico derivado del valor singular de los elementos, sino a todos los términos municipales del área de estudio en función de los criterios de priorización que resulten apropiados.

También se hace referencia en el informe a la ponderación de la valoración de los efectos de los embalses sobre el paisaje. Reconociendo los argumentos empleados en el informe, así como en varias de las alegaciones del procedimiento de información pública, se matizó el relato descriptivo para incluir aspectos de su instalación y efectos derivados, sin desdeñar tampoco la importancia que como recurso estratégico en una economía sostenible y ambientalmente responsable supone la energía hidroeléctrica para el propio territorio.

Como conclusión, a la vista del contenido de los propios informes realizados, de la información de los órganos consultivos y de los interesados y de la reflexión que se produce de la comprensión de todo el proceso, de cara el futuro del conocimiento de la Ribeira Sacra, se estima que serán precisos, además de lo ya señalado en lo referido a la ordenación del territorio y la determinadas declaraciones específicas, medidas específicas de dinamización económica y demográfica no solo del paisaje cultural declarado, sino del conjunto de comunidades que conforman la Ribeira Sacra, entendida ésta como la totalidad de los Ayuntamientos que la conforman.

Es obvio que un proyecto de tal dimensión es un proyecto de carácter integral que debe comprometer a todas las instituciones, y no solo las locales o autonómica, sino también a las de carácter nacional e internacional, ya que las medidas que se apliquen y puedan tener éxito serían extensibles a muchos lugares que, especialmente en toda la Europa agrícola, están en una peligrosa tendencia al abandono.

Además, serán precisos algunos trabajos adicionales conducentes a la recogida sistemática de la información del territorio en sistemas de información geográfica, especialmente orientada a la colaboración con el tejido agroganadero y la recuperación de los terrenos históricos en desuso; inventario de las muestras de arquitectura tradicional y del patrimonio cultural inmaterial, de forma sistemática y geolocalizada y trabajos arqueológicos de prospección específica orientados al contraste de las muestras de la vida eremítica y los primeros cenobios.

Se evaluará la posibilidad de que toda la información pueda ser incorporada a los medios digitales corporativos de información institucional para que puedan servir de ayuda y herramienta tanto para los agentes que operan en el territorio, como para los interesados en general, y para el desarrollo de las idóneas herramientas de la gestión de la protección.

A la vista de las consideraciones antedichas, y después de finalizar la instrucción del expediente administrativo, a propuesta del conselleiro de Cultura e Turismo y después de la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del 27 de diciembre de 2018, dispongo:

Primero.

Declarar bien de interés cultural la Ribeira Sacra con la categoría de paisaje cultural, según la descripción general recogida en el anexo IV y los criterios de delimitación y planimetría que acompaña al expediente y que se exponen en el anexo VII.

Segundo.

Incluir como bienes de interés cultural integrantes del paisaje cultural de la Ribeira Sacra la relación de muebles, inmuebles y manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial que se recogen en el anexo I de este decreto, tanto en el ámbito de la delimitación del bien de interés cultural y su zona de amortiguamiento, como en el resto de los términos municipales que conforman el territorio de la Ribeira Sacra, sin perjuicio de que, en procedimientos futuros, puedan ser relacionados otros bienes muebles e inmuebles y manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, a la medida que se documente y justifique su relación, según los trámites administrativos que correspondan.

Tercero.

Incluir como bienes catalogados integrantes del paisaje cultural de la Ribeira Sacra, tanto en el ámbito delimitado bien de interés cultural como en su zona de amortiguamiento, la relación de bienes inmuebles que se recogen en el anexo II de este decreto, sin perjuicio de que, en procedimientos futuros, puedan ser clasificados otros bienes a través de procedimientos específicos o conjuntos, o a través del desarrollo de los catálogos de los instrumentos urbanísticos o de ordenación del territorio que puedan aprobarse.

Cuarto.

Incorporar la relación de bienes inmuebles de carácter sagrado y religioso clasificados de la totalidad del territorio de los términos municipales que conforman la Ribeira Sacra recogidos en el anexo III, por su especial vinculación a los valores culturales específicos del paisaje cultural, sin perjuicio de que, en procedimientos futuros, puedan ser relacionados otros bienes adicionales, en la medida que se documente y justifique su relación, o modificada su clasificación segundo los trámites administrativos que correspondan.

Quinto.

Aplicar el régimen de protección general establecido en el anexo V para los bienes declarados de interés cultural y los bienes catalogados, sus contornos de protección y la zona de amortiguamiento del paisaje cultural, con las excepciones e interpretaciones recogidas en la Instrucción de 8 de noviembre de 2017 relativa al trámite de autorizaciones en materia de patrimonio cultural en los bienes inmuebles catalogados y declarados de interés cultural, sus contornos de protección y las zonas de amortiguamiento.

Sexto.

Aplicar el régimen de protección específico recogido en el anexo VI en el ámbito del paisaje cultural delimitado, sin perjuicio del definido en el punto anterior para los bienes clasificados y su contorno de protección.

Séptimo.

Publicar este decreto en el «Diario Oficial de Galicia» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Octavo.

Recoger en la web de la Consellería de Cultura e Turismo, www.cultura.gal, la información relativa al régimen de protección y la planimetría de detalle de la delimitación del paisaje cultural en el plazo de tres meses desde su entrada en vigor.

Noveno.

Notificar este decreto a las personas interesadas y a los Ayuntamientos de Carballedo, Castro Caldelas, Chantada, Esgos, Montederramo, Nogueira de Ramuín, Pantón, Parada de Sil, Paradela, Monforte de Lemos, A Peroxa, A Pobra de Brollón, A Pobra de Trives, Portomarín, Quiroga, Ribas de Sil, San Xoán de Río, O Saviñao, Sober, Taboada, A Teixeira y Xunqueira de Espadanedo, en las condiciones establecidas en el artículo 21.1 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, así como a los propietarios de los bienes muebles y las comunidades reconocidas cómo portadoras de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial.

Disposición última.

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».

Santiago de Compostela, 27 de diciembre de 2018.–El Presidente, Alberto Núñez Feijóo.–El Consejero de Cultura y Turismo, Román Rodríguez González.

ANEXO I
Bienes de interés cultural en el ámbito de la Ribeira Sacra

Este anexo recoge la relación de muebles, inmuebles y manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial específicamente declarados en el ámbito del paisaje cultural (delimitación del bien de interés cultural y su zona de amortiguamiento, identificados con el código PC), como en la totalidad del territorio de los Ayuntamientos que conforman la Ribeira Sacra. Asimismo, se recoge la figura por la que se determina su contorno de protección, indicando los que son delimitados por medio de este decreto con la referencia Decreto RS.

Esta relación no recoge los bienes inmuebles que con carácter genérico pueden tener la consideración de bien de interés cultural, en tanto que la información disponible sobre de ellos confirme o no las condiciones y criterios para acreditar el dicho reconocimiento segundo establece la vigente Ley 5/2016, de 4 de mayo, del Patrimonio Cultural de Galicia (LPCG).

El listado que compone este anexo y los de los anexos II y III que lo complementan no tienen un carácter cerrado, y se reconocerá la pertenencia o relación a la conformación de los valores culturales de la Ribeira Sacra a otros bienes muebles, inmuebles y manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial en la medida en que se desarrolle su estudio particularizado según los trámites administrativos que correspondan.

En el referido a los bienes inmuebles, la consideración como bien de interés cultural alcanzará a todas sus partes integrantes y elementos pertenecientes, por lo que serán parte del bien declarado bien de interés cultural las dependencias o edificaciones anexas que tengan relación con sus valores culturales, en especial las iglesias y capillas, las edificaciones residenciales, las construcciones auxiliares de carácter significativo o funcional y los muros de cierre de los predios inmediatos.

Esta circunstancia no implica que, por medio de las herramientas legales previstas, en concreto los planes directores o proyectos generales o específicos de conservación o restauración, no deba hacerse un ejercicio crítico sobre la materialidad y razón de cada uno de ellos y, en caso de que así se concluya, determinar su intervención y mismo eliminación en el caso de resultar incompatibles con su conservación o la protección de su valor cultural.

ANEXO I.1
BIC Inmuebles

RBIC

Denominación

Categoría

Ayuntamiento

X

Y

Entorno

PC

BIC.000.013

Monasterio de Santo Estevo de Ribas de Sil.

Monumento.

Nogueira de Ramuín.

608.149

4.696.949

Decreto RS.

PC

BIC.000.016

Monasterio de San Pedro de Rocas.

Monumento.

Esgos.

605.987

4.688.555

Decreto 49/1999.

BIC.000.032

Iglesia de San Nicolao de Portomarín.

Monumento.

Portomarín.

613.193

4.740.399

Decreto RS.

BIC.000.034

Iglesia y rectoral de San Paio de Diomondi.

Monumento.

O Saviñao.

605.660

4.716.577

Decreto RS.

PC

BIC.000.035

Iglesia de Santo Estevo de Ribas de Miño.

Monumento.

O Saviñao.

606.052

4.719.188

Decreto 262/2008.

PC

BIC.000.043

Puente Bibei.

Monumento.

Quiroga-A Pobra de Trives.

647.096

4.688.380

Decreto RS.

BIC.000.070

Núcleo antiguo de Portomarín (inundado).

Zona arqueológica.

Portomarín.

613.475

4.739.786

38 LPCG.

BIC.000.081

Iglesia de San Xoán da Cova.

Monumento.

Carballedo.

605.999

4.705.061

Decreto RS.

PC

BIC.000.082

Iglesia de Santa María de Pesqueiras.

Monumento.

Chantada.

604.228

4.720.566

Decreto 277/1995.

PC

BIC.000.083

Iglesia de Santo Estevo de Chouzán.

Monumento.

Carballedo.

604.790

4.708.073

Decreto 273/1995.

PC

BIC.000.086

Monasterio de Santa María de Montederramo.

Monumento.

Montederramo.

623.536

4.681.326

Decreto RS.

BIC.000.102

Iglesia de San Miguel de Eiré.

Monumento.

Pantón.

611.069

4.708.207

Decreto RS.

BIC.000.122

Conjunto histórico de Monforte de Lemos.

Conjunto histórico.

Monforte de Lemos.

622.151

4.708.813

Decreto 187/2005.

BIC.000.325

Iglesia de San Pedro de Bembibre.

Monumento.

Taboada.

602.113

4.731.149

Decreto RS.

BIC.000.328

Monasterio de Santa María de Ferreira de Pantón.

Monumento.

Pantón.

613.380

4.707.168

Decreto RS.

BIC.000.329

Iglesia de Santo Estevo de Atán.

Monumento.

Pantón.

606.554

4.706.164

Decreto 232/2004.

PC

BIC.000.343

Iglesia de San Fiz de Cangas.

Monumento.

Pantón.

611.680

4.704.693

Decreto RS.

BIC.000.351

Monasterio de Xunqueira de Espadanedo.

Monumento.

Xunqueira de Espadanedo.

612.978

4.686.018

Decreto 28/1998.

BIC.000.362

Iglesia de San Facundo de Ribas de Miño.

Monumento.

Paradela.

612.330

4.736.647

Decreto 278/1995.

BIC.000.449

Lugar de la torre de San Romao de Campos.

Yacimiento arqueológico.

Carballedo.

602.101

4.702.404

38 LPCG.

PC

BIC.000.450

Torre de la Grixoá.

Monumento.

Carballedo.

604.799

4.707.090

38 LPCG.

PC

BIC.000.461

Lugar de la torre del Pacio de Líncora.

Yacimiento arqueológico.

Chantada.

603.256

4.721.911

38 LPCG.

PC

BIC.000.462

Torre de Arcos.

Monumento.

Chantada.

596.613

4.722.620

38 LPCG.

BIC.000.463

Lugar de la torre de Vilar de Eiriz.

Yacimiento arqueológico.

Chantada.

595.849

4.717.468

38 LPCG.

BIC.000.464

Lugar de la fortaleza de Pereira.

Yacimiento arqueológico.

Chantada.

598.915

4.714.225

38 LPCG.

BIC.000.465

Lugar de la torre de Vilaúxe.

Yacimiento arqueológico.

Chantada.

602.481

4.713.865

38 LPCG.

PC

BIC.000.480

Fortaleza de Monforte de Lemos.

Monumento.

Monforte de Lemos.

622.195

4.708.941

Decreto 187/2005.

BIC.000.481

Casa fuerte de San Salvador de Moreda.

Monumento.

Monforte de Lemos.

614.873

4.711.003

38 LPCG.

BIC.000.493

Casa fuerte de la Bastida.

Monumento.

Pantón.

618.053

4.705.659

38 LPCG.

BIC.000.494

Castelo de Ferreira o de Maside.

Monumento.

Pantón.

613.662

4.706.460

38 LPCG.

BIC.000.496

Castelo de Torrenovaes o de Sequeiros.

Monumento.

Quiroga.

644.042

4.702.298

20 NSP 1995.

BIC.000.502

Torre de Candaira.

Monumento.

O Saviñao.

607.326

4.720.831

38 LPCG.

PC

BIC.000.503

Casa fuerte de Moreda en Vilaescura.

Monumento.

Sober.

614.786

4.703.258

126 PGOM 2009.

BIC.000.504

Casa fuerte de Santa Mariña de Moreda.

Monumento.

Taboada.

599.868

4.729.363

72 NSP 1994.

BIC.000.515

Fortaleza de Castro Caldelas.

Monumento.

Castro Caldelas.

630.424

4.692.748

PEPRI 1995.

PC

BIC.000.521

Castelo de A Peroxa.

Monumento.

A Peroxa.

599.766

4.698.696

54 PGOM 1999.

BIC.000.522

Lugar de la fortaleza de Fontearcada.

Yacimiento arqueológico.

A Peroxa.

599.049

4.699.202

56 PGOM 1999.

BIC.000.523

Casa fuerte de Cinconogueiras.

Monumento.

A Peroxa.

597.880

4.700.292

27 PGOM 1999.

BIC.000.562

Conjunto histórico de Castro Caldelas.

Conjunto histórico.

Castro Caldelas.

630.445

4.692.659

Decreto 30/1998.

PC

BIC.000.582

Monasterio de Santa Cristina de Ribas de Sil.

Monumento.

Parada de Sil.

616.183

4.694.704

Decreto 78/2009.

PC

BIC.000.698

Bodegas de Vilachá.

Lugar de valor etnológico.

A Pobra do Brollón.

632.476

4.703.353

Decreto RS.

PC

BIC.000.699

Penalonga o Ciudadela de Santa María.

Yacimiento arqueológico.

A Pobra de Trives.

645.878

4.690.670

Decreto RS.

BIC.000.700

Iglesia de Santa María de Temes.

Monumento.

Carballedo.

602.395

4.701.930

Decreto RS.

PC

BIC.000.701

Capilla de A Pena o del Poblado de Os Peares.

Monumento.

Carballedo.

604.768

4.701.994

Decreto RS.

PC

BIC.000.702

Monasterio de San Paio de Abeleda.

Monumento.

Castro Caldelas.

627.693

4.694.184

Decreto RS.

PC

BIC.000.703

Iglesia de Santa María de Nogueira de Miño.

Monumento.

Chantada.

605.571

4.712.349

Decreto RS.

PC

BIC.000.704

Edificio de oficinas del embalse de Belesar.

Monumento.

Chantada.

605.490

4.720.194

Decreto RS.

PC

BIC.000.705

Monasterio de San Salvador de Asma.

Monumento.

Chantada.

601.459

4.717.310

Decreto RS.

BIC.000.706

Pazo de Tor.

Monumento.

Monforte de Lemos.

617.547

4.713.915

Decreto RS.

BIC.000.707

Santuario de la virgen de Guadalupe.

Monumento.

O Saviñao.

604.977

4.723.933

Decreto RS.

BIC.000.708

Iglesia de Santa María de Seteventos.

Monumento.

O Saviñao.

613.265

4.716.475

Decreto RS.

BIC.000.709

Iglesia y rectoral de San Vicenzo de Pombeiro.

Monumento.

Pantón.

606.662

4.700.345

Decreto RS.

PC

BIC.000.710

La fábrica de la luz del río Mao.

Lugar de valor etnológico.

Parada de Sil.

623.176

4.692.132

Decreto RS.

PC

BIC.000.711

Necrópolis de San Vítor de Barxacova.

Zona arqueológica.

Parada de Sil.

623.272

4.692.357

Decreto RS.

PC

BIC.000.712

Capilla de Santa María de Loio y necrópolis del antiguo monasterio.

Monumento.

Paradela.

614.563

4.738.278

Decreto RS.

BIC.000.713

Poblado de Os Covallos.

Conjunto histórico.

Quiroga.

647.335

4.694.759

Decreto RS.

BIC.000.714

Explotación minera de Montefurado.

Zona arqueológica.

Quiroga.

648.140

4.695.285

Decreto RS.

BIC.000.715

Molinos del Xábrega o de Os Chancís.

Lugar de valor etnológico.

Sober.

612.684

4.697.155

Decreto RS.

PC

ANEXO I.2
BIC Muebles

RBIC

Denominación

Origen

Localización

BIC.000.716

Crismón de Quiroga.

A Ermida (Quiroga).

Museo Diocesano de la Catedral de Lugo.

BIC.000.717

Lauda fundacional de San Pedro de Rocas.

Rocas (Esgos).

Museo Provincial Arqueológico de Ourense.

BIC.000.718

Pie de altar de San Pedro de Rocas.

Rocas (Esgos).

Museo Provincial Arqueológico de Ourense.

ANEXO I.3
BIC Inmateriales

RBIC

Denominación

Organización

Marco temporal

Marco territorial

BIC.000.719

Os Fachós de Castro Caldelas.

Concello de Castro Caldelas.

Noche del 19-20 enero.

Castro Caldelas.

BIC.000.720

Folión de Fachas de Vilelos.

Asociación de Vecinos de San Martiño de Vilelos.

Noche del último viernes de septiembre.

Castro de A Besta o de Vilelos (O Saviñao).

BIC.000.721

Queima de Fachas de Castelo.

Asociación Cultural As Fachas.

Noche del 7-8 septiembre.

Castro de Castelo (Taboada).

BIC.000.722

Entroido de Santiago de Arriba.

Asociación de Amigos do Entroido Ribeirao.

Carnaval.

Parroquia de Santiago de Arriba (Chantada).

BIC.000.723

Entroido de Salcedo.

Asociación de Veciños de Salcedo.

Carnaval (Lunes O Oso).

San Xoán de Salcedo (A Pobra de Brollón).

BIC.000.724

Entroido de Esgos.

Asociación Cultural-Etnográfica Felos y Madamas de Esgos.

Carnaval.

Todas las parroquias del término municipal.

BIC.000.725

Alfarería de Gundivós.

Centro Oleiro de Gundivós Elías González.

Parroquia de Santiago de Gundivós (Sober).

BIC.000.726

Alfarería de Niñodaguia.

Asociación de Amigos del Barro de Niñodaguia. Alfarería de Agustín y José Vázquez.

Parroquia de Santa María de Niñodaguia (Xunqueira de Espadanedo).

BIC.000.727

Folión de Carros de Chantada.

Asociación Amigos do Folión.

Noche del cuarto sábado de agosto.

Chantada.

ANEXO II
Bienes inmuebles clasificados en el paisaje cultural de la Ribeira Sacra

Este anexo recoge la relación de todos los bienes inmuebles clasificados en el ámbito del paisaje cultural de la Ribeira Sacra, tanto en el ámbito delimitado bien de interés cultural como en la zona de amortiguamiento, que corresponde con el listado de las 76 parroquias del paisaje cultural clasificado según la descripción y los criterios de delimitación establecidos en los anexos de este decreto.

Estos bienes corresponden con los bienes identificados en los catálogos de los diferentes instrumentos de planeamiento vigentes en los Ayuntamientos que conforman la Ribeira Sacra, y que de forma sintetizada se recogen en el plan básico autonómico, aprobado por el Decreto 83/2018, de 26 de julio, por lo que se aprueba el plan básico autonómico de Galicia (DOG número 162, 27 de agosto).

A los efectos de la coherencia entre las diferentes normativas de protección, los bienes inmuebles integrantes del paisaje cultural de la Ribeira Sacra se recogen con el número que les corresponde en el anexo IX.II del dicho plan básico autonómico. Para establecer el contorno de protección, en virtud de la interpretación integrada de la prelación de las diferentes normas, se remite a la normativa del planeamiento urbanístico vigente o, en caso de carecer ella, al artículo 38 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del Patrimonio Cultural de Galicia (LPCG), en el que se recogen los contornos de protección subsidiarios.

Asimismo, se identifica su categoría con los acrónimos de las figuras establecidas en el artículo 10 de dicha LPCG: MON (monumento) ARQ (zona o yacimiento arqueológica) CON (conjunto histórico) ETN (lugar de valor etnológico) y VIA (vía cultural)

Los bienes inmuebles que con carácter genérico pueden tener la consideración de bien de interés cultural, en tanto que la información no confirme las condiciones y criterios para acreditar el dicho reconocimiento segundo establece la LPCG, se recogen identificados con un * al lado de su categoría, a los efectos de aplicar las cautelas necesarias en lo relativo al régimen general de protección indicado en el apartado quinto de esta resolución.

ANEXO II.1
Bienes inmuebles clasificados en el paisaje cultural en Carballedo

PBA

Denominación

Parroquia

Lugar

X

Y

CAT.

Entorno

18.786

Mámoa de O Penedo Grande 1.

A Cova (San Xoán).

Tourón.

603.902

4.705.555

ARQ

Art. 38 LPCG.

18.787

Mámoa de O Penedo Grande 2.

A Cova (San Xoán).

Tourón.

603.940

4.705.603

ARQ

Art. 38 LPCG.

18.788

Mámoa de O Penedo Grande 3.

A Cova (San Xoán).

Tourón.

603.977

4.705.645

ARQ

Art. 38 LPCG.

18.789

O Castro de San Cristovo.

A Cova (San Xoán).

San Cristovo.

605.820

4.704.190

ARQ

Art. 38 LPCG.

18.791

Petróglifos de O Cotillón.

A Cova (San Xoán).

Tourón.

603.844

4.706.169

ARQ*

Art. 38 LPCG.

18.792

Petróglifo de O Monte Fabeiro.

A Cova (San Xoán).

Tourón.

604.216

4.705.400

ARQ*

Art. 38 LPCG.

18.873

Embalse de Os Peares.

Oleiros (San Miguel).

A Pena.

604.913

4.702.207

MON

Art. 38 LPCG.

18.874

Iglesia y rectoral de San Miguel de Oleiros.

Oleiros (San Miguel).

San Miguel.

603.769

4.703.260

MON

Art. 338 NSP 1991.

18.876

Capilla de San Miguel da Granxa.

Oleiros (San Miguel).

A Granxa.

604.149

4.701.172

MON

Art. 338 NSP 1991.

18.770

Castro da Roda.

San Romao de Campos (San Romao).

San Romao.

602.015

4.703.215

ARQ

Art. 38 LPCG.

18.761

Mámoa de A Queimada.

Veascós (Santa Mariña).

San Breixo.

603.765

4.710.060

ARQ

Art. 38 LPCG.

18.762

Iglesia de Santa Mariña de Veascós.

Veascós (Santa Mariña).

Veascós.

602.314

4.708.427

MON

Art. 338 NSP 1991.

ANEXO II.2
Bienes inmuebles clasificados en el paisaje cultural en Castro Caldelas

PBA

Denominación

Parroquia

Lugar

X

Y

CAT.

Entorno

31.881

Necrópolis de A Cortiña de Atrás.

Alais (San Pedro).

Madanela.

632.169

4.694.071

ARQ

Art. 24.7.2 PXOM 1999.

31.882

Castriño de A Cerca.

Alais (San Pedro).

Grazán.

632.185

4.694.945

ARQ

Art. 38 LPCG.

31.883

Iglesia de San Pedro de Alais.

Alais (San Pedro).

A Eirexa.

629.332

4.694.472

MON

Art. 24.5 PXOM 1999.

31.884

Casa rectoral de Alais.

Alais (San Pedro).

A Eirexa.

629.314

4.694.492

MON

Art. 24.5 PXOM 1999.

31.885

Molino de O Bao.

Alais (San Pedro).

Casfarexa.

631.216

4.691.993

ETN

Art. 24.5 PXOM 1999.

31.886

Puente de A Boga.

Alais (San Pedro).

O Couto.

628.830

4.693.874

MON

Art. 24.5 PXOM 1999.

53.902

Mámoa de Seoane.

Alais (San Pedro).

Seoane.

631.595

4.693.425

ARQ

Art. 38 LPCG.

31.900

Molino de A Ponte.

Castro Caldelas (San Sebastián).

Casfarexa.

631.198

4.692.480

ETN

Art. 24.5 PXOM 1999.

31.901

Casa grande en O Real da Pousa.

Castro Caldelas (San Sebastián).

O Real da Pousa.

629.953

4.691.953

MON

Art. 24.5 PXOM 1999.

31.902

Iglesia de Santa Isabel de Castro Cadelas.

Castro Caldelas (San Sebastián).

O Castro de Caldelas.

630.414

4.692.909

MON

Art. 24.5 PXOM 1999.

31.903

Santuario de Os Remedios.

Castro Caldelas (San Sebastián).

O Castro de Caldelas.

630.531

4.692.574

MON

Art. 24.5 PXOM 1999.

31.905

Cruceiro del santuario de Os Remedios.

Castro Caldelas (San Sebastián).

O Castro de Caldelas.

630.522

4.692.586

ETN*

Art. 24.5 PXOM 1999.

31.910

Mamoiñas de Ruídos 1.

Mazaira (Santa María).

Ruídos.

632.732

4.695.403

ARQ

Art. 24.7.2 PXOM 1999.

31.911

Mamoiñas de Ruídos 2.

Mazaira (Santa María).

Ruídos.

632.713

4.695.599

ARQ

Art. 24.7.2 PXOM 1999.

31.912

Mamoiñas de Ruídos 3.

Mazaira (Santa María).

A Eirexa.

632.985

4.696.110

ARQ

Art. 24.7.2 PXOM 1999.

31.913

Mamoiñas de Ruídos 4.

Mazaira (Santa María).

A Eirexa.

633.000

4.696.235

ARQ

Art. 24.7.2 PXOM 1999.

31.914

Mamoiñas de O Pastizal 1.

Mazaira (Santa María).

Alende.

633.315

4.696.470

ARQ

Art. 24.7.2 PXOM 1999.

31.915

Mamoiñas de O Pastizal 2.

Mazaira (Santa María).

Alende.

633.438

4.696.623

ARQ

Art. 24.7.2 PXOM 1999.

31.916

Mamoiñas de O Pastizal 3.

Mazaira (Santa María).

Alende.

633.450

4.696.702

ARQ

Art. 24.7.2 PXOM 1999.

31.917

Mamoiñas de O Pastizal 4.

Mazaira (Santa María).

Alende.

633.480

4.696.815

ARQ

Art. 24.7.2 PXOM 1999.

31.918

Mamoiñas de O Pastizal 5.

Mazaira (Santa María).

Alende.

633.750

4.697.305

ARQ

Art. 24.7.2 PXOM 1999.

31.919

Mamoiñas de A Cabaña 1.

Mazaira (Santa María).

Quintela.

634.705

4.696.520

ARQ

Art. 24.7.2 PXOM 1999.

31.920

Mamoiñas de A Cabaña 2.

Mazaira (Santa María).

Quintela.

634.675

4.696.605

ARQ

Art. 24.7.2 PXOM 1999.

31.921

Mamoiñas de A Cabaña 3.

Mazaira (Santa María).

Toutelle.

634.625

4.696.745

ARQ

Art. 24.7.2 PXOM 1999.

31.922

Mamoiñas de A Cabaña 4.

Mazaira (Santa María).

Toutelle.

634.365

4.696.805

ARQ

Art. 24.7.2 PXOM 1999.

31.923

Iglesia de Santa María de Mazaira.

Mazaira (Santa María).

A Eirexa.

633.373

4.695.814

MON

Art. 24.5 PXOM 1999.

31.924

Casa rectoral de Mazaira.

Mazaira (Santa María).

A Eirexa.

633.358

4.695.807

MON

Art. 24.5 PXOM 1999.

31.925

Horno de O Espiñeiro.

Mazaira (Santa María).

Os Espiñeiros.

632.919

4.695.103

ETN

Art. 24.5 PXOM 1999.

31.926

Horno de Ruídos.

Mazaira (Santa María).

Ruídos.

633.095

4.695.343

ETN

Art. 24.5 PXOM 1999.

53.903

Mamoíñas de O Pastizal 6.

Mazaira (Santa María).

Alende.

633.763

4.697.203

ARQ

Art. 24.5 PXOM 1999.

53.904

Mamoíñas de O Pastizal 7.

Mazaira (Santa María).

Alende.

633.816

4.697.247

ARQ

Art. 24.5 PXOM 1999.

31.927

O Castro de Sequeiro.

Paradela (San Vicenzo).

O Castro.

628.405

4.695.210

ARQ

Art. 24.7.2 PXOM 1999.

31.928

Iglesia de San Vicenzo de Paradela.

Paradela (San Vicenzo).

Lugar de Arriba.

628.957

4.696.058

MON

Art. 24.5 PXOM 1999.

38.702

Casa grande de Couto.

San Paio de Abeleda (San Paio).

O Couto.

628.439

4.693.727

MON

Art. 24.5 PXOM 1999.

38.703

Iglesia de Santa Tegra de Abeleda.

Santa Tegra de Abeleda (Santa Tegra).

O Souto.

627.517

4.693.831

MON

Art. 24.5 PXOM 1999.

38.704

Casa rectoral de Abeleda.

Santa Tegra de Abeleda (Santa Tegra).

O Campo.

627.323

4.694.061

MON

Art. 24.5 PXOM 1999.

33.614

Capilla de San Vitorino de Vilarellos.

Tronceda (Santiago).

Vilarellos.

630.947

4.696.295

MON

Art. 24.5 PXOM 1999.

39 PXOM

Iglesia vieja de Santiago de Tronceda (ruínas).

Tronceda (Santiago).

As Carballeiras.

631.879

4.697.581

MON

Art. 24.5 PXOM 1999.

54 PXOM

Casa rectoral vieja de Tronceda (ruínas).

Tronceda (Santiago).

As Carballeiras.

631.877

4.697.598

MON

Art. 24.5 PXOM 1999.

ANEXO II.3
Bienes inmuebles clasificados en el paisaje cultural en Chantada

PBA

Denominación

Parroquia

Lugar

X

Y

CAT.

Entorno

17.258

Iglesia de San Vicenzo de A Sariña.

A Sariña (San Vicente).

Soutariz.

603.906

4.713.671

MON

Art. 38 LPCG.

17.722

Capilla en A Ermida.

Belesar (San Bartolomeu).

A Ermida.

604.080

4.716.380

MON

Art. 38 LPCG.

17.728

Iglesia de Santa María de Camporramiro.

Camporramiro (Santa María).

A Cancela.

602.589

4.716.266

MON

Art. 38 LPCG.

17.729

Iglesia de San Bartolomeu de Belesar.

Camporramiro (Santa María).

Belesar.

604.536

4.716.112

MON

Art. 38 LPCG.

17.730

Casa de Cabreiros.

Camporramiro (Santa María).

Cabreiros.

603.427

4.715.065

MON

Art. 38 LPCG.

17.731

Casa de O Bañal.

Camporramiro (Santa María).

O Bañal.

603.067

4.715.693

MON

Art. 38 LPCG.

17.732

Puente Belesar.

Camporramiro (Santa María).

Belesar.

604.568

4.716.174

MON

Art. 38 LPCG.

17.868

Castro da Eirexa.

Líncora (San Pedro).

A Eirexe.

603.615

4.717.606

ARQ

Art. 38 LPCG.

17.869

Castro San Pedro.

Líncora (San Pedro).

San Pedro.

604.043

4.717.246

ARQ

Art. 38 LPCG.

17.870

Iglesia de San Pedro de Líncora.

Líncora (San Pedro).

Rubiás.

603.193

4.716.975

MON

Art. 38 LPCG.

17.203

O Castro de Lagariza.

Nogueira de Miño (Santa María).

Lagariza.

606.435

4.712.625

ARQ

Art. 38 LPCG.

17.205

Ermita en Goimil.

Nogueira de Miño (Santa María).

Goimil.

606.898

4.712.499

MON

Art. 38 LPCG.

17.206

Casa de Campelo.

Nogueira de Miño (Santa María).

Nogueira de Arriba.

605.640

4.712.442

MON

Art. 38 LPCG.

17.207

Casa de Suárez.

Nogueira de Miño (Santa María).

Nogueira de Abaixo.

605.738

4.712.001

MON

Art. 38 LPCG.

17.208

Casa de O Pedrido.

Nogueira de Miño (Santa María).

Pedrido.

605.940

4.712.826

MON

Art. 38 LPCG.

17.209

Casa con escudo en Nogueira de Arriba.

Nogueira de Miño (Santa María).

Nogueira de Arriba.

605.540

4.712.279

MON

Art. 38 LPCG.

17.209

Escudo en casa de Nogueira de Arriba.

Nogueira de Miño (Santa María).

Nogueira de Arriba.

605.540

4.712.279

MON*

Art. 38 LPCG.

17.210

Casa de Randolfe.

Nogueira de Miño (Santa María).

Souto.

606.235

4.711.947

MON

Art. 38 LPCG.

17.225

Castro de Airoá.

Pesqueiras (Santa María).

A Airoá.

603.141

4.721.029

ARQ

Art. 38 LPCG.

17.226

Petróglifo de Airoá.

Pesqueiras (Santa María).

A Airoá.

602.913

4.721.260

ARQ*

Art. 38 LPCG.

17.227

Iglesia parroquial de Santa María de Pesqueiras.

Pesqueiras (Santa María).

A Chabola.

603.454

4.720.762

MON

Art. 38 LPCG.

17.228

Capilla de Soilán.

Pesqueiras (Santa María).

O Piñeiro.

603.641

4.719.964

MON

Art. 38 LPCG.

17.229

Casa de Nogueira.

Pesqueiras (Santa María).

A Nogueira.

603.343

4.720.958

MON

Art. 38 LPCG.

17.230

Casa de Saa.

Pesqueiras (Santa María).

O Piñeiro.

603.982

4.720.245

MON

Art. 38 LPCG.

17.231

Pazo de O Piñeiro.

Pesqueiras (Santa María).

Soilán.

603.392

4.719.926

MON

Art. 38 LPCG.

17.237

Casa de O Pacio en Fondo de Vila.

Sabadelle (Santa María).

Fondo de Vila.

603.255

4.721.914

MON

Art. 38 LPCG.

17.239

Iglesia de Santa María de Sabadelle.

Sabadelle (Santa María).

A Eirexe.

602.985

4.722.236

MON

Art. 38 LPCG.

17.240

Capilla de O Fondo da Vila.

Sabadelle (Santa María).

Fondo de Vila.

603.415

4.722.012

MON

Art. 38 LPCG.

17.241

Capilla de Vilameá.

Sabadelle (Santa María).

Carral Travesa.

602.699

4.721.990

MON

Art. 38 LPCG.

17.242

Capilla de Santa Rosa.

Sabadelle (Santa María).

A Santa Rosa.

601.989

4.721.720

MON

Art. 38 LPCG.

17.243

Carral Travesa.

Sabadelle (Santa María).

A Eirexe.

603.015

4.722.100

MON

Art. 38 LPCG.

17.244

Casa de O Fidalgo.

Sabadelle (Santa María).

Carballedo.

601.491

4.721.738

MON

Art. 38 LPCG.

17.245

Cruceiro de Carral Travesa.

Sabadelle (Santa María).

Carral Travesa.

602.860

4.722.116

ETN*

Art. 38 LPCG.

17.704

Castro de San Fiz.

San Fiz de Asma (San Fiz).

As Cerdeiriñas.

605.019

4.719.426

ARQ

Art. 38 LPCG.

17.705

Castro da Ribada.

San Fiz de Asma (San Fiz).

O Castro.

604.827

4.717.883

ARQ

Art. 38 LPCG.

17.706

A Roda.

San Fiz de Asma (San Fiz).

Meixide Grande.

603.636

4.718.687

ARQ

Art. 38 LPCG.

17.707

Iglesia de San Fiz de Asma.

San Fiz de Asma (San Fiz).

O Campo da Eirexe.

604.970

4.719.818

MON

Art. 38 LPCG.

17.708

Capilla de Tarrío.

San Fiz de Asma (San Fiz).

Tarrío.

604.121

4.718.897

MON

Art. 38 LPCG.

17.709

Casa Grande de Meixide.

San Fiz de Asma (San Fiz).

Meixide Grande.

603.361

4.718.764

MON

Art. 38 LPCG.

17.710

Casa Grande de San Fiz.

San Fiz de Asma (San Fiz).

A Casa Grande.

604.825

4.719.708

MON

Art. 38 LPCG.

17.711

Casa de Tarrío.

San Fiz de Asma (San Fiz).

Tarrío.

604.135

4.718.897

MON

Art. 38 LPCG.

17.712

Cruceiro de San Fiz.

San Fiz de Asma (San Fiz).

O Campo da Eirexe.

604.929

4.719.782

ETN*

Art. 38 LPCG.

17.701

Castro de Cabreiros.

Santiago de Arriba (Santiago).

Cabreiros.

603.411

4.714.663

ARQ

Art. 38 LPCG.

17.702

A Pedra de As Mentiras.

Santiago de Arriba (Santiago).

Vilar de O Mato.

602.761

4.714.362

ARQ

Art. 38 LPCG.

17.703

Iglesia de Santiago de Arriba.

Santiago de Arriba (Santiago).

A Iglesia.

604.019

4.714.533

MON

Art. 38 LPCG.

17.253

Castro de Mundín.

Vilaúxe (San Salvador).

Mundín.

601.881

4.714.638

ARQ

Art. 38 LPCG.

17.254

Cancela do Castro.

Vilaúxe (San Salvador).

Sabadón.

602.830

4.713.197

ARQ

Art. 38 LPCG.

17.255

Iglesia de San Salvador de Vilaúxe.

Vilaúxe (San Salvador).

A Eirexe.

601.927

4.713.769

MON

Art. 38 LPCG.

17.256

Capilla de San Gregorio.

Vilaúxe (San Salvador).

A Lagoa.

601.282

4.712.107

MON

Art. 38 LPCG.

17.257

Casa con escudo en A Eirexe.

Vilaúxe (San Salvador).

A Eirexe.

601.894

4.713.835

MON

Art. 38 LPCG.

17.257

Escudo en Casa da Eirexe.

Vilaúxe (San Salvador).

A Eirexe.

601.894

4.713.835

MON*

Art. 38 LPCG.

53.774

Mámoa de A Lagoa 1.

Vilaúxe (San Salvador).

Sandiás.

601.595

4.712.255

ARQ

Art. 38 LPCG.

53.775

Mámoa de A Lagoa 2.

Vilaúxe (San Salvador).

A Lagoa.

601.560

4.712.192

ARQ

Art. 38 LPCG.

53.776

Mámoa de A Lagoa 3.

Vilaúxe (San Salvador).

A Lagoa.

601.571

4.712.167

ARQ

Art. 38 LPCG.

53.777

Mámoa dos Agros de Sandiás 1.

Vilaúxe (San Salvador).

Sandiás.

602.249

4.712.122

ARQ

Art. 38 LPCG.

53.778

Mámoa dos Agros de Sandiás 2.

Vilaúxe (San Salvador).

Sandiás.

602.291

4.712.109

ARQ

Art. 38 LPCG.

53.779

Mámoa dos Agros de Sandiás 3.

Vilaúxe (San Salvador).

Sandiás.

602.421

4.712.048

ARQ

Art. 38 LPCG.

53.780

Mámoa dos Agros de Sandiás 4.

Vilaúxe (San Salvador).

Sandiás.

602.449

4.711.999

ARQ

Art. 38 LPCG.

ANEXO II.4
Bienes inmuebles clasificados en el paisaje cultural en Monforte de Lemos

PBA

Denominación

Parroquia

Lugar

X

Y

CAT.

Entorno

23.747

O Castro da Reguenga.

Marcelle (San Miguel).

A Reguenga.

623.883

4.701.236

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.748

Castro Feixóo.

Marcelle (San Miguel).

As Minas de Freixo.

623.375

4.701.537

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.749

Túmulo de As Rozas.

Marcelle (San Miguel).

As Rozas.

625.575

4.701.025

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.750

Iglesia de San Miguel de Marcelle.

Marcelle (San Miguel).

A Reguenga.

624.303

4.701.090

MON

Art. 38 LPCG.

23.751

Capilla do Freixo.

Marcelle (San Miguel).

Freixo.

622.328

4.702.612

MON

Art. 38 LPCG.

23.752

Capilla de Vilar de Mouros.

A Reguenga.

624.295

4.701.121

MON

Art. 38 LPCG.

23.490

O Castro de Rozabales.

Rozavales (Santa María).

Penedo.

630.101

4.704.785

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.491

Iglesia de Santa María de Rozavales.

Rozavales (Santa María).

A Fonte.

630.424

4.705.125

MON

Art. 38 LPCG.

23.519

Castro de Pena da Mura.

Vilamarín (San Fiz).

Cima de Vila.

628.115

4.703.825

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.520

Iglesia de San Fiz de Vilamarín.

Vilamarín (San Fiz).

A Veliña.

628.579

4.705.017

MON

Art. 38 LPCG.

23.521

Capilla de Froxende.

Vilamarín (San Fiz).

Froxende.

630.743

4.699.117

MON

Art. 38 LPCG.

23.522

Capilla de Caneda.

Vilamarín (San Fiz).

Candeda.

628.237

4.700.814

MON

Art. 38 LPCG.

ANEXO II.5
Bienes inmuebles clasificados en el paisaje cultural en Nogueira de Ramuín

PBA

Denominación

Parroquia

Lugar

X

Y

CAT.

Entorno

35.974

Iglesia de Santiago de Cerreda.

Cerreda (Santiago).

Cerreda.

612.541

4.693.507

MON

Art. 38 LPCG.

35.975

Capilla de San Xoán de Vilouxe.

Cerreda (Santiago).

Vilouxe.

613.274

4.692.549

MON

Art. 38 LPCG.

35.976

Cruceiro de A Alberguería.

Cerreda (Santiago).

A Alberguería.

612.174

4.693.864

ETN*

Art. 38 LPCG.

35.977

Peto de ánimas de Vilouxe.

Cerreda (Santiago).

Vilouxe.

613.419

4.692.590

ETN*

Art. 38 LPCG.

35.978

Alvariza nas Escadas.

Cerreda (Santiago).

Cachaldora.

612.998

4.693.460

ETN

Art. 38 LPCG.

35.979

Hórreo I en A Alberguería.

Cerreda (Santiago).

A Alberguería.

612.042

4.693.758

ETN*

Art. 38 LPCG.

35.980

Hórreo II en A Alberguería.

Cerreda (Santiago).

A Alberguería.

612.091

4.693.738

ETN*

Art. 38 LPCG.

35.981

Hórreo III en A Alberguería.

Cerreda (Santiago).

A Alberguería.

612.082

4.693.747

ETN*

Art. 38 LPCG.

35.982

Casa rectoral de Cerreda.

Cerreda (Santiago).

Cerreda.

612.523

4.693.502

MON

Art. 38 LPCG.

33.902

Iglesia de San Xoán de Moura.

Moura (San Xoán).

Cinseiro.

605.249

4.699.307

MON

Art. 38 LPCG.

33.903

Puente de la N-120 en Os Peares.

Moura (San Xoán).

O Torrón.

604.509

4.700.987

MON

Art. 38 LPCG.

33.904

Mámoa de As Cabanas 1.

Moura (San Xoán).

Biduedo.

605.510

4.697.375

ARQ

Art. 10.6.2 PXOM 2001.

33.905

Mámoa de As Cabanas 2.

Moura (San Xoán).

Biduedo.

605.510

4.697.410

ARQ

Art. 10.6.2 PXOM 2001.

33.906

Mámoa de As Cabanas 3.

Moura (San Xoán).

Biduedo.

605.515

4.697.465

ARQ

Art. 10.6.2 PXOM 2001.

33.907

Mámoa de As Cabanas 4.

Moura (San Xoán).

Biduedo.

605.460

4.697.430

ARQ

Art. 10.6.2 PXOM 2001.

33.908

Mámoa de As Cabanas 5.

Moura (San Xoán).

Biduedo.

605.490

4.697.455

ARQ

Art. 10.6.2 PXOM 2001.

33.909

Mámoa de As Cabanas 6.

Moura (San Xoán).

Monteverde.

605.477

4.697.488

ARQ

Art. 10.6.2 PXOM 2001.

33.910

Mámoa de As Cabanas 7.

Moura (San Xoán).

Monteverde.

605.450

4.697.465

ARQ

10.6.2 PXOM 2001.

33.911

Os Penedos do Castro de Paradela.

Moura (San Xoán).

Paradela.

606.295

4.697.915

ARQ

Art. 38 LPCG.

33.912

Casa rectoral de Moura.

Moura (San Xoán).

Cinseiro.

605.232

4.699.328

MON

Art. 38 LPCG.

33.913

Conjunto de hórreos e eira en O Alcouce.

Moura (San Xoán).

Cinseiro.

605.361

4.699.313

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.914

Central hidroeléctrica de San Pedro.

Moura (San Xoán).

Amandi.

605.800

4.700.743

MON

Art. 38 LPCG.

33.915

Cruz (base) de Fiscal.

Moura (San Xoán).

Fiscal.

604.462

4.700.139

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.940

Capilla de Nuestra Señora de las Nieves en Pombar.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Pombar.

607.511

4.696.168

MON

Art. 38 LPCG.

33.941

Capilla de San Lourenzo en Biduedo.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Biduedo.

606.256

4.696.863

MON

Art. 38 LPCG.

33.942

Casa da Audiencia o antigua Cárcel.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Santo Estevo de Ribas de Sil.

608.069

4.696.848

MON

Art. 38 LPCG.

33.943

Casa do Médico en Santo Estevo de Ribas de Sil.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Santo Estevo de Ribas de Sil.

608.042

4.696.825

MON

Art. 38 LPCG.

33.943

Escudo en la casa do Médico en Santo Estevo de Ribas de Sil.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Santo Estevo de Ribas de Sil.

608.042

4.696.825

MON*

Art. 38 LPCG.

33.944

Fuente de mina I o «Fonte vella» en Pombar.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Pombar.

607.560

4.696.126

ETN

Art. 38 LPCG.

33.945

Conjunto de hórreos en Pombar.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Pombar.

607.486

4.696.176

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.946

Os Penedos do Castro de Santo Estevo.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Santo Estevo de Ribas de Sil.

607.579

4.696.673

ARQ

Art. 10.6.2 PXOM 2001.

33.947

Capilla de San Xoán de Cachón.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

San Cosmede.

607.535

4.697.765

ARQ

Art. 10.6.2 PXOM 2001.

33.949

Cruz (restos) entre Pombar e o mosteiro.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Santo Estevo de Ribas de Sil.

608.181

4.696.586

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.950

Cruz I do camiño dos Peares ao mosteiro.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Santo Estevo de Ribas de Sil.

607.694

4.696.591

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.951

Cruz II (restos) do camiño dos Peares ao mosteiro.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Santo Estevo de Ribas de Sil.

607.863

4.696.690

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.952

Cruceiro do mosteiro de Santo Estevo de Ribas.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Santo Estevo de Ribas de Sil.

608.085

4.696.923

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.953

Cruceiro da Cruz.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Santo Estevo de Ribas de Sil.

608.486

4.696.493

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.954

Conjunto de hórreos en Biduedo.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Biduedo.

606.258

4.696.830

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.955

Hórreo I en Santo Estevo de Ribas de Sil.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Santo Estevo de Ribas de Sil.

608.042

4.696.838

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.956

Hórreo II en Santo Estevo de Ribas de Sil.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Santo Estevo de Ribas de Sil.

608.205

4.696.772

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.957

Eira do Pombar.

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo).

Pombar.

607.485

4.696.158

ETN

Art. 38 LPCG.

33.969

Iglesia de Santa Baia de Vilar de Cerreda.

Vilar de Cerreda (Santa Baia).

Vilar.

611.061

4.695.025

MON

Art. 38 LPCG.

33.970

Mámoa de Lamagorzos 1.

Vilar de Cerreda (Santa Baia).

Parada Seca.

609.403

4.693.834

ARQ

Art. 10.6.2 PXOM 2001.

33.971

Capilla do poboado de Saltos do Sil en A Rasa.

Vilar de Cerreda (Santa Baia).

A Rasa.

610.692

4.695.822

MON

Art. 38 LPCG.

33.972

Poblado en A Rasa.

Vilar de Cerreda (Santa Baia).

A Rasa.

610.955

4.695.802

MON

Art. 38 LPCG.

33.973

Central hidroeléctrica de Santo Estevo.

Vilar de Cerreda (Santa Baia).

A Rasa.

610.812

4.696.666

MON

Art. 38 LPCG.

33.974

Cruceiro de Parada de Arriba.

Vilar de Cerreda (Santa Baia).

Parada Seca.

610.793

4.693.717

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.975

Cruceiro I de Vilar de Cerreda.

Vilar de Cerreda (Santa Baia).

Vilar.

610.931

4.694.957

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.976

Cruceiro II de Vilar de Cerreda.

Vilar de Cerreda (Santa Baia).

Vilar.

611.153

4.694.852

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.977

Casa rectoral de Vilar de Cerreda.

Vilar de Cerreda (Santa Baia).

Vilar.

611.035

4.695.031

MON

Art. 38 LPCG.

33.978

Hórreo I en Vilar de Cerreda.

Vilar de Cerreda (Santa Baia).

Vilar.

610.961

4.694.928

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.979

Hórreo II en Vilar de Cerreda.

Vilar de Cerreda (Santa Baia).

Vilar.

610.996

4.695.067

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.980

Hórreo III en Vilar de Cerreda.

Vilar de Cerreda (Santa Baia).

Vilar.

611.000

4.695.055

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.981

Hórreo IV en Vilar de Cerreda.

Vilar de Cerreda (Santa Baia).

Vilar.

611.014

4.694.751

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.982

Hórreo V en Vilar de Cerreda.

Vilar de Cerreda (Santa Baia).

Vilar.

611.068

4.694.724

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.983

Palomar en A Rasa.

Vilar de Cerreda (Santa Baia).

A Rasa.

610.832

4.695.903

ETN

Art. 38 LPCG.

33.984

Ermita da Costrea en Pena do Chao.

Viñoás (Santa María).

Pena do Chao.

603.332

4.699.530

MON

Art. 38 LPCG.

33.985

Iglesia de Santa María de Viñoás.

Viñoás (Santa María).

Viñoás.

603.587

4.698.383

MON

Art. 38 LPCG.

33.986

Capilla de Santa María Magdalena en Borraxos.

Viñoás (Santa María).

Borraxos.

602.940

4.697.996

MON

Art. 38 LPCG.

33.987

Casas tradicionales (2) en Viñoás.

Viñoás (Santa María).

Viñoás.

603.538

4.698.289

MON

Art. 38 LPCG.

33.988

Casa rectoral antigua de Viñoás en Casanova.

Viñoás (Santa María).

Casanova.

603.564

4.698.045

MON

Art. 38 LPCG.

33.989

Hórreo en Bertelo.

Viñoás (Santa María).

Bertelo.

603.764

4.698.171

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.990

Hórreo en A Pereira.

Viñoás (Santa María).

A Pereira.

602.652

4.698.420

ETN*

Art. 38 LPCG.

33.991

Casa en A Pereira.

Viñoás (Santa María).

A Pereira.

602.662

4.698.424

MON

Art. 38 LPCG.

33.992

Molino en Vertelo.

Viñoás (Santa María).

Bertelo.

603.708

4.698.080

ETN

Art. 38 LPCG.

33.993

Casa rectoral de Viñoás.

Viñoás (Santa María).

Viñoás.

603.582

4.698.361

MON

Art. 38 LPCG.

ANEXO II.6
Bienes inmuebles clasificados en el paisaje cultural en Pantón

PBA

Denominación

Parroquia

Lugar

X

Y

CAT.

Entorno

23.527

Capilla de la Virgen de la Presentación de Budián.

Acedre (San Romao).

Budián.

611.687

4.700.552

MON

Art. 38 LPCG.

23.528

Iglesia de San Romao de Acedre.

Acedre (San Romao).

San Romao.

612.263

4.701.297

MON

Art. 38 LPCG.

23.529

Túmulo do Monte de San Romao.

Acedre (San Romao).

Aúde.

610.547

4.701.886

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.530

Petróglifo do Monte de San Romao 1.

Acedre (San Romao).

Aúde.

610.524

4.701.880

ARQ*

Art. 38 LPCG.

23.531

Petróglifo do Monte de San Romao 2.

Acedre (San Romao).

Aúde.

610.512

4.701.860

ARQ*

Art. 38 LPCG.

23.532

Petróglifo do Monte de San Romao 3.

Acedre (San Romao).

Aúde.

610.512

4.701.851

ARQ*

Art. 38 LPCG.

23.533

Petróglifo do Monte de San Romao 4.

Acedre (San Romao).

Aúde.

610.506

4.701.863

ARQ*

Art. 38 LPCG.

23.534

Petróglifo do Monte de San Romao 5.

Acedre (San Romao).

Aúde.

610.546

4.701.752

ARQ*

Art. 38 LPCG.

23.535

Petróglifo do Monte de San Romao 6.

Acedre (San Romao).

Aúde.

610.515

4.701.742

ARQ*

Art. 38 LPCG.

23.536

Mámoa de Budián.

Acedre (San Romao).

Budián.

611.185

4.700.225

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.537

Casa de Marce en Budián.

Acedre (San Romao).

Budián.

611.750

4.700.463

MON

Art. 38 LPCG.

23.538

Capilla rupestre de O Cotillón.

Acedre (San Romao).

O Cotillón.

612.471

4.700.904

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.540

Capilla de Seoane.

Atán (Santo Estevo).

Seoane.

605.823

4.706.869

MON

Art. 38 LPCG.

23.541

Casa de Cicerón en Cabo de Vila.

Atán (Santo Estevo).

Cabo de Vila.

605.739

4.707.168

MON

Art. 38 LPCG.

23.542

Corneda do Castro.

Atán (Santo Estevo).

Cima de Atán.

606.435

4.706.927

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.543

Mámoa de Guítara 13.

Atán (Santo Estevo).

Segade.

608.018

4.706.298

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.544

Mámoa de Pesqueiras (Mámoa de Guítara 18).

Atán (Santo Estevo).

Vilamirón.

608.584

4.704.692

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.545

Mámoa de Guítara 8.

Atán (Santo Estevo).

Segade.

608.094

4.706.675

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.546

Capilla de Pesqueiras.

Atán (Santo Estevo).

Pesqueiras.

607.125

4.704.965

MON

Art. 38 LPCG.

23.547

Hórreo da casa de Cicerón en Cabo de Vila.

Atán (Santo Estevo).

Cabo de Vila.

605.760

4.707.162

ETN*

Art. 38 LPCG.

23.548

Mámoa de Guítara 21/ Mámoa de As Chairas 2.

Atán (Santo Estevo).

Segade.

607.600

4.707.191

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.549

Mámoa de Guítara 22/ Mámoa de As Chairas 1.

Atán (Santo Estevo).

Cima de Atán.

607.483

4.707.171

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.550

Mámoa de Guítara 23/ Mámoa da Pereira 1.

Atán (Santo Estevo).

Segade.

607.458

4.706.176

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.551

Mámoa de Guítara 24/ Mámoa da Pereira 2.

Atán (Santo Estevo).

Segade.

607.549

4.706.038

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.552

Mámoa de Guítara 25/ Mámoa de As Allanadas.

Atán (Santo Estevo).

Segade.

607.594

4.705.834

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.553

Mámoa de Guítara 13.

Atán (Santo Estevo).

Segade.

608.018

4.706.513

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.559

Capilla do Barrio.

Cangas (Santiago).

O Barrio.

612.278

4.703.593

MON

Art. 38 LPCG.

23.560

Casa do Barrio en Santiago de Cangas.

Cangas (Santiago).

O Barrio.

612.301

4.703.607

MON

Art. 38 LPCG.

23.561

Iglesia de Santiago de Cangas.

Cangas (Santiago).

Güiande.

612.186

4.702.412

MON

Art. 38 LPCG.

23.562

Casa del Priorato de Cangas.

Cangas (Santiago).

Cangas.

612.031

4.703.458

MON

Art. 38 LPCG.

23.563

Casa de Pardo.

Cangas (Santiago).

Cangas.

612.050

4.703.453

MON

Art. 38 LPCG.

23.612

Lugar del Monasterio de San Miguel do Canal.

Frontón (San Xoán).

Amorín.

609.195

4.697.485

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.613

Iglesia de San Xoán de Frontón.

Frontón (San Xoán).

O Outeiro.

609.599

4.700.164

MON

Art. 38 LPCG.

23.787

Capilla da Piúca.

Pombeiro (San Vicente).

A Piúca.

606.677

4.702.156

MON

Art. 38 LPCG.

23.788

Capilla da Torre de Vilamirón.

Pombeiro (San Vicente).

A Torre de Vilamirón.

607.950

4.702.751

MON

Art. 38 LPCG.

23.789

Capilla de Santo Antonio en Amandi.

Pombeiro (San Vicente).

Barreiro.

606.506

4.700.917

MON

Art. 38 LPCG.

23.790

Capilla de Santa Isabel en Bazal.

Pombeiro (San Vicente).

Bazal.

605.526

4.701.926

MON

Art. 38 LPCG.

23.791

Capilla de Ribas do Sil.

Pombeiro (San Vicente).

Ribas de Sil.

606.387

4.700.247

MON

Art. 38 LPCG.

23.792

Capilla de San Cosmede.

Pombeiro (San Vicente).

San Cosmede.

607.598

4.698.367

MON

Art. 38 LPCG.

23.793

Casa rectoral de San Vicenzo de Pombeiro.

Pombeiro (San Vicente).

A Touza.

606.638

4.700.357

MON

Art. 38 LPCG.

23.794

Castro de Bazal.

Pombeiro (San Vicente).

Bazal.

605.360

4.701.715

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.795

Castro de Vilamirón.

Pombeiro (San Vicente).

Vilamirón.

607.755

4.703.805

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.796

O Castriño.

Pombeiro (San Vicente).

Vilamirón.

607.647

4.703.333

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.797

Mámoa de As Paramias.

Pombeiro (San Vicente).

A Torre de Vilamirón.

607.717

4.703.047

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.798

Cruz do adro da igrexa de San Vicenzo de Pombeiro.

Pombeiro (San Vicente).

A Touza.

606.672

4.700.335

ETN*

Art. 38 LPCG.

23.799

Sartegos do Preguntoiro.

Pombeiro (San Vicente).

O Souto.

606.875

4.699.664

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.800

Cruz do monte Pombeiro.

Pombeiro (San Vicente).

O Souto.

607.354

4.699.701

ETN*

Art. 38 LPCG.

23.801

Capilla de la Virgen de las Nieves en O Regueiro.

Pombeiro (San Vicente).

Moredo.

606.658

4.701.746

MON

Art. 38 LPCG.

23.802

Hórreo I en Cibrisqueiros.

Pombeiro (San Vicente).

O Souto.

606.856

4.700.259

ETN*

Art. 38 LPCG.

23.803

Hórreo II en Cibrisqueiros.

Pombeiro (San Vicente).

Cibrisqueiros.

606.873

4.700.357

ETN*

Art. 38 LPCG.

23.804

Mámoa de Guítara 20/ Mámoa de O Monte.

Pombeiro (San Vicente).

Vilamirón.

609.407

4.703.712

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.805

Lugar da Torre de Quitapesares.

Pombeiro (San Vicente).

A Torre de Vilamirón.

607.950

4.702.750

MON*

Art. 38 LPCG.

23.806

O Preguntoiro/ San Xoán Degolado.

Pombeiro (San Vicente).

O Souto.

606.895

4.699.675

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.807

Iglesia de Santo André de Ribeiras do Miño.

Ribeiras de Miño (Santo André).

O Bacelo.

607.055

4.711.614

MON

Art. 38 LPCG.

23.808

Petróglifo Pena da Virxe.

Ribeiras de Miño (Santo André).

Eirexe.

607.545

4.710.390

ARQ*

Art. 38 LPCG.

23.831

Capilla de San Marcos en Marce.

Vilar de Ortelle (Santiago).

Marce.

606.564

4.708.207

MON

Art. 38 LPCG.

23.832

Iglesia de Santiago de Vilar de Ortelle.

Vilar de Ortelle (Santiago).

Eirexe.

608.033

4.710.261

MON

Art. 38 LPCG.

23.833

Petróglifo da Pena da Cima da Costa.

Vilar de Ortelle (Santiago).

A Casanova.

607.320

4.709.848

ARQ*

Art. 38 LPCG.

23.834

Castro de Vilar de Ortelle.

Vilar de Ortelle (Santiago).

Eirexe.

607.862

4.710.244

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.835

Castro de Amboade.

Vilar de Ortelle (Santiago).

Rachelo.

607.263

4.709.508

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.836

Castro de Marce.

Vilar de Ortelle (Santiago).

Adegas.

605.565

4.708.564

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.837

Torre de Marce.

Vilar de Ortelle (Santiago).

Marce.

606.552

4.708.165

MON*

Art. 38 LPCG.

23.838

Mámoa da Mora 1.

Vilar de Ortelle (Santiago).

San Romao.

609.355

4.711.395

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.839

Cruceiro da igrexa de Vilar de Ortelle.

Vilar de Ortelle (Santiago).

Eirexe.

608.009

4.710.253

ETN*

Art. 38 LPCG.

23.841

Mámoa da Morá 3.

Vilar de Ortelle (Santiago).

A Morá.

608.995

4.710.862

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.842

Mámoa da Morá 7.

Vilar de Ortelle (Santiago).

San Romao.

609.353

4.711.496

ARQ

Art. 38 LPCG.

23.843

Casa de Lagariza.

Vilar de Ortelle (Santiago).

A Lagariza.

606.919

4.710.040

MON

Art. 38 LPCG.

ANEXO II.7
Bienes inmuebles clasificados en el paisaje cultural en Parada de Sil

PBA

Denominación

Parroquia

Lugar

X

Y

CAT.

Entorno

33.322

Castro de Santa Cristina de Caxide.

Caxide (Santa Cristina).

Castro.

616.075

4.694.205

ARQ

Art. 38 LPCG.

33.323

Neveiros de Cabeza da Meda.

Caxide (Santa Cristina).

Pardeconde.

612.941

4.689.944

ETN

Art. 38 LPCG.

33.324

Iglesia de Santa Cristina de Caxide.

Caxide (Santa Cristina).

Caxide.

616.332

4.692.577

MON

Art. 38 LPCG.

33.325

Ermita de Santo Antonio en Castro.

Caxide (Santa Cristina).

Castro.

616.033

4.694.234

MON

Art. 38 LPCG.

33.326

O Castelo/ O Gurugú.

Chandrexa (Santa María).

A Casalta.

619.667

4.692.807

ARQ

Art. 38 LPCG.

33.327

Lugar de Rabacallos.

Chandrexa (Santa María).

Rabacallos.

619.710

4.693.320

ARQ

Art. 38 LPCG.

33.328

A Telleira.

Chandrexa (Santa María).

A Casalta.

619.486

4.692.674

ARQ

Art. 38 LPCG.

33.329

Iglesia de Santa María de Chandrexa.

Chandrexa (Santa María).

A Casalta.

619.588

4.692.664

MON

Art. 38 LPCG.

33.330

Capilla de San Roque nos Friós.

Chandrexa (Santa María).

Os Fiós.

618.500

4.690.703

MON

Art. 38 LPCG.

33.336

Os Castrullos.

Forcas (San Mamede).

Cortiñas.

620.755

4.691.095

ARQ

Art. 38 LPCG.

33.337

Pena da C ruz.

Forcas (San Mamede).

A Senra.

621.779

4.691.075

ARQ

Art. 38 LPCG.

33.338

Pena da Espada.

Forcas (San Mamede).

Forcas.

623.014

4.690.591

ARQ

Art. 38 LPCG.

33.339

Iglesia de San Mamede de Forcas.

Forcas (San Mamede).

Forcas.

622.494

4.690.610

MON

Art. 38 LPCG.

33.575

Iglesia de Santa Mariña de Parada de Sil.

Parada de Sil (Santa Mariña).

Parada de Sil.

617.797

4.693.282

MON

Art. 38 LPCG.

33.576

Capilla de San Brais de Requián.

Parada de Sil (Santa Mariña).

Requián.

617.121

4.691.811

MON

Art. 38 LPCG.

33.577

Capilla de San Pedro de Teimende.

Parada de Sil (Santa Mariña).

Teimende.

617.613

4.691.655

MON

Art. 38 LPCG.

33.580

Iglesia de San Martiño de Sacardebois.

Sacardebois (San Martiño).

O Val.

621.739

4.692.712

MON

Art. 38 LPCG.

33.582

Lugar de San Miguel.

San Lourenzo de Barxacova (San Lourenzo).

San Lourenzo.

623.318

4.692.798

ARQ

Art. 38 LPCG.

33.583

Lugar de San Salvador.

San Lourenzo de Barxacova (San Lourenzo).

San Lourenzo.

623.348

4.691.971

ARQ

Art. 38 LPCG.

33.585

Iglesia de San Lourenzo de Barxacova.

San Lourenzo de Barxacova (San Lourenzo).

San Lourenzo.

623.087

4.692.823

MON

Art. 38 LPCG.

33.335

Puente Conceliñas.

Forcas (San Mamede)/Pedrafita (San Martiño).

Río Mao.

622.680

4.689.349

MON

Art. 103 POMR 2001.

ANEXO II.8
Bienes inmuebles clasificados en el paisaje cultural en A Peroxa

PBA

Denominación

Parroquia

Lugar

X

Y

CAT.

Entorno

33.598

Iglesia de Santa María de Beacán.

Beacán (Santa María).

Casgutierre.

603.037

4.700.359

MON

47 PXOM 1999.

33.599

Casa rectoral de Casgutierre.

Beacán (Santa María).

Casgutierre.

603.052

4.700.346

MON

52 PXOM 1999.

33.600

Portas de Casgutierre.

Beacán (Santa María).

Casgutierre.

602.893

4.700.340

ETN

48 PXOM 1999.

33.605

Castro da Coroa.

Beacán (Santa María).

O Outeiro de Beacán.

603.163

4.699.922

ARQ

GA32059005 PXOM 1999.

53.320

Lugar de San Marcos.

Beacán (Santa María).

Casgutierre.

602.958

4.700.723

ARQ

Art. 38 LPCG.

33.606

Castro Monte dos Castros.

Celaguantes (San Xulián).

Vilanova.

600.360

4.700.565

ARQ

GA32059006 PXOM 1999.

33.607

Iglesia de San Xulián de Celaguantes.

Celaguantes (San Xulián).

Celaguantes.

602.314

4.700.378

MON

43 PXOM 1999.

33.608

Casa rectoral de Celaguantes.

Celaguantes (San Xulián).

Celaguantes.

602.343

4.700.374

MON

53 PXOM 1999.

33.610

Bodega en Costa.

Celaguantes (San Xulián).

Santa Baia.

602.681

4.699.739

ETN

45 PXOM 1999.

33.611

Casa de Feixóo.

Celaguantes (San Xulián).

Santa Baia.

602.815

4.699.711

MON

46 PXOM 1999.

54.175

Porto da Costria.

Celaguantes (San Xulián).

Santa Baia.

603.079

4.699.629

ARQ

Art. 38 LPCG.

54.273

Cerreta da Cima.

Celaguantes (San Xulián).

Lamas.

601.316

4.701.264

ARQ

Art. 38 LPCG.

54.274

O Pedrouzo.

Celaguantes (San Xulián).

A Enfonxa.

601.480

4.701.219

ARQ

Art. 38 LPCG.

44 PXOM

Hórreo en A Lamiña.

Celaguantes (San Xulián).

A Lamiña.

601.889

4.700.311

ETN*

44 PXOM 1999.

31.679

Puente del ferrocarril de Os Peares.

Os Peares (Nosa Señora do Pilar).

Os Peares.

604.336

4.701.004

MON

57 PXOM 1999.

31.680

Lugar de útiles líticos.

Os Peares (Nosa Señora do Pilar).

Os Peares.

604.014

4.700.883

ARQ

GA32059011 PXOM 1999.

31.681

Iglesia da Nuestra Señora del Pilar en Os Peares.

Os Peares (Nosa Señora do Pilar).

Os Peares.

604.127

4.700.829

MON

51 PXOM 1999.

ANEXO II.9
Bienes inmuebles clasificados en el paisaje cultural en A Pobra de Brollón

PBA

Denominación

Parroquia

Lugar

X

Y

CAT.

Entorno

28.566

A Pedriñeira.

Vilachá (San Mamede).

A Covela.

631.230

4.701.485

ARQ

Art. 38 LPCG.

28.567

Iglesia de San Mamede de Vilachá.

Vilachá (San Mamede).

A Eirexa.

632.152

4.703.652

MON

Art. 38 LPCG.

ANEXO II.10
Bienes inmuebles clasificados en el paisaje cultural en Quiroga

PBA

Denominación

Parroquia

Lugar

X

Y

CAT.

Entorno

26.603

Explotación minera de As Covas.

Augas Mestas (Santiago).

As Covas.

636.015

4.701.996

ARQ

Art. 6.7.2 NSP 1995.

26.604

Explotación minera de Currais de Abaixo.

Augas Mestas (Santiago).

Parada.

635.797

4.702.462

ARQ

Art. 6.7.2 NSP 1995.

26.605

Castro de Augas Mestas.

Augas Mestas (Santiago).

Augas Mestas.

635.404

4.701.915

ARQ

Art. 6.7.2 NSP 1995.

26.606

Explotación minera de Augas Mestas.

Augas Mestas (Santiago).

Augas Mestas.

635.440

4.701.796

ARQ

Art. 6.7.2 NSP 1995.

26.607

Explotación minera de Fuluxento.

Augas Mestas (Santiago).

Augas Mestas.

635.461

4.702.130

ARQ

Art. 6.7.2 NSP 1995.

26.608

Explotación minera de A Cunca.

Augas Mestas (Santiago).

Parada.

635.599

4.702.349

ARQ

Art. 6.7.2 NSP 1995.

ANEXO II.11
Bienes inmuebles clasificados en el paisaje cultural en Ribas de Sil

PBA

Denominación

Parroquia

Lugar

X

Y

CAT.

Entorno

23.517

Capilla da Covela.

Torbeo (Santa María).

A Covela.

631.048

4.699.627

MON

A12 PXOM 2009.

23.518

A Covela.

Torbeo (Santa María).

A Covela.

630.978

4.699.591

ARQ

A30 PXOM 2009.

26.726

Lugar de la antigua abadía de Torbeo.

Torbeo (Santa María).

Paredes.

633.297

4.699.691

ARQ

GA27052014 PXOM 2009.

26.727

Iglesia de Santa María de Torbeo.

Torbeo (Santa María).

Paredes.

633.327

4.699.711

MON

A11 PXOM 2009.

26.728

Casa en Torbeo.

Torbeo (Santa María).

Paredes.

633.283

4.699.823

MON

A42 PXOM 2009.

26.729

Pazo de Casanova.

Torbeo (Santa María).

Paredes.

633.191

4.699.775

MON

A17 PXOM 2009.

26.732

Casa en San Lourenzo.

Torbeo (Santa María).

A Ventosa.

634.443

4.700.202

MON

A53 PXOM 2009.

ANEXO II.12
Bienes inmuebles clasificados en el paisaje cultural en San Xoán de Río

PBA

Denominación

Parroquia

Lugar

X

Y

CAT.

Entorno

40.057

Mámoa de As Mamas 1.

Vilardá (Santa María).

Cambela.

638.814

4.697.091

ARQ

Art. 38 LPCG.

40.058

Mámoa de As Mamas 2.

Vilardá (Santa María).

Cambela.

638.577

4.697.058

ARQ

Art. 38 LPCG.

40.059

Mámoa de Areal.

Vilardá (Santa María).

Cambela.

637.842

4.698.015

ARQ

Art. 38 LPCG.

40.060

Iglesia de Santa María de Vilardá.

Vilardá (Santa María).

Vilardá.

635.929

4.696.856

MON

Art. 38 LPCG.

ANEXO II.13
Bienes inmuebles clasificados en el paisaje cultural en O Saviñao

PBA

Denominación

Parroquia

Lugar

X

Y

CAT.

Entorno

28.667

Iglesia de San Martiño da Cova.

A Cova (San Martiño).

O Priorado.

608.662

4.712.937

MON

Art. 38 LPCG.

28.673

Capilla de Santo Antón en Bexán.

Diomondi (San Paio).

Bexán.

605.143

4.715.463

MON

Art. 38 LPCG.

28.674

Capilla da Casa en A Casanova.

Diomondi (San Paio).

A Casanova.

606.480

4.716.912

MON

Art. 38 LPCG.

28.675

Capilla en As Cortes.

Diomondi (San Paio).

As Cortes.

605.523

4.717.025

MON

Art. 38 LPCG.

28.676

Casa con escudo nas Cortes.

Diomondi (San Paio).

As Cortes.

605.525

4.717.008

MON

Art. 38 LPCG.

28.676

Escudo en la casa con escudo nas Cortes.

Diomondi (San Paio).

As Cortes.

605.525

4.717.008

MON*

Art. 38 LPCG.

28.677

Casa do Bento en Buxán.

Diomondi (San Paio).

Santo Estevo.

606.162

4.718.736

MON

Art. 38 LPCG.

28.677

Escudo en la casa do Bento en Buxán.

Diomondi (San Paio).

Santo Estevo.

606.162

4.718.736

MON*

Art. 38 LPCG.

28.678

Iglesia antigua de Montecelo.

Diomondi (San Paio).

Montecelo.

605.786

4.716.166

MON

Art. 38 LPCG.

28.681

Cruceiro de la Iglesia de Montecelo.

Diomondi (San Paio).

Montecelo.

605.797

4.716.170

ETN*

Art. 38 LPCG.

28.682

Peto de ánimas de A Portela.

Diomondi (San Paio).

A Portela.

605.481

4.716.341

ETN*

Art. 38 LPCG.

28.683

Necrópolis de San Pedro de Cela.

Diomondi (San Paio).

Outeiro.

606.000

4.715.661

ARQ

Art. 38 LPCG.

28.683

Capilla de San Pedro de Cela.

Diomondi (San Paio).

Outeiro.

606.000

4.715.661

ARQ

Art. 38 LPCG.

28.684

Codos de Belesar.

Diomondi (San Paio).

A Portela.

605.189

4.716.180

VIA

Art. 38 LPCG.

28.685

Castro de Portela.

Diomondi (San Paio).

A Portela.

605.284

4.716.401

ARQ

Art. 38 LPCG.

28.688

Casa con escudo en Arxeriz.

Fión (San Lourenzo).

Arxeriz.

609.441

4.712.755

MON

Art. 38 LPCG.

28.688

Escudo en la casa con escudo en Arxeriz.

Fión (San Lourenzo).

Arxeriz.

609.441

4.712.755

MON*

Art. 38 LPCG.

28.689

Casa con escudo en Lamaquebrada.

Fión (San Lourenzo).

Lamaquebrada.

609.669

4.712.144

MON

Art. 38 LPCG.

28.689

Escudo en la casa con escudo en Lamaquebrada.

Fión (San Lourenzo).

Lamaquebrada.

609.669

4.712.144

MON*

Art. 38 LPCG.

28.690

Casa de Nemesio en Fión.

Fión (San Lourenzo).

Fión.

609.368

4.713.198

MON

Art. 38 LPCG.

28.690

Escudo en la casa de Nemesio en Fión.

Fión (San Lourenzo).

Fión.

609.368

4.713.198

MON*

Art. 38 LPCG.

28.691

Iglesia de San Lourenzo de Fión.

Fión (San Lourenzo).

San Mamede.

609.240

4.713.309

MON

Art. 38 LPCG.

28.692

Cruceiro de Fión.

Fión (San Lourenzo).

Fión.

609.360

4.713.311

ETN*

Art. 38 LPCG.

28.693

O Mosteiro.

Fión (San Lourenzo).

Mazarelos.

608.850

4.713.710

ARQ

Art. 38 LPCG.

28.694

Castro de Aira da Vila.

Fión (San Lourenzo).

Aira da Vila.

610.610

4.713.185

ARQ

Art. 38 LPCG.

28.695

Castro de Fión.

Fión (San Lourenzo).

O Castro.

609.300

4.712.910

ARQ

Art. 38 LPCG.

54.075

Vilares.

Fión (San Lourenzo).

San Mamede.

609.775

4.713.815

ARQ

Art. 38 LPCG.

28.709

Capilla del Pazo de Fraguas en Buxán.

Louredo (Santiago).

Buxán.

606.242

4.718.650

MON

Art. 38 LPCG.

28.710

Iglesia de Santiago de Louredo.

Louredo (Santiago).

Eirexe.

607.086

4.717.531

MON

Art. 38 LPCG.

27.927

Casa con escudo en Torno.

Mourelos (San Xulián).

Torno.

605.906

4.714.522

MON

Art. 38 LPCG.

27.927

Escudo en la casa con escudo en Torno.

Mourelos (San Xulián).

Torno.

605.906

4.714.522

MON*

Art. 38 LPCG.

27.928

Iglesia de San Xulián de Mourelos.

Mourelos (San Xulián).

Mourelos.

606.232

4.714.414

MON

Art. 38 LPCG.

27.929

Cruceiro do adro de San Xulián de Mourelos.

Mourelos (San Xulián).

Mourelos.

606.213

4.714.400

ETN*

Art. 38 LPCG.

27.930

Peto de ánimas do Cerdeiro.

Mourelos (San Xulián).

O Cerdeiro.

607.801

4.715.285

ETN*

Art. 38 LPCG.

27.931

Castro de Mourelos.

Mourelos (San Xulián).

O Castro.

605.425

4.714.447

ARQ

Art. 38 LPCG.

27.949

Iglesia de Santalla de Rebordaos.

Rebordaos (Santalla).

A Chousa.

607.125

4.721.027

MON

Art. 38 LPCG.

27.982

Iglesia de Santa Mariña de Rosende.

Rosende (Santa Mariña).

Santa Mariña.

608.381

4.714.526

MON

Art. 38 LPCG.

27.983

Castro de Corbeixe.

Rosende (Santa Mariña).

Mularedo.

608.665

4.715.346

ARQ

Art. 38 LPCG.

27.965

Iglesia de Santa Cruz de Vilelos.

Santo Estevo de Ribas de Miño (Santo Estevo).

Santa Cruz.

607.725

4.720.350

MON

Art. 38 LPCG.

27.966

Capilla de Porto.

Santo Estevo de Ribas de Miño (Santo Estevo).

Santo Estevo.

606.024

4.719.186

MON

Art. 38 LPCG.

27.967

Casa da Abadía.

Santo Estevo de Ribas de Miño (Santo Estevo).

A Abadía.

606.493

4.719.559

MON

Art. 38 LPCG.

ANEXO II.14
Bienes inmuebles clasificados en el paisaje cultural en Sober

PBA

Denominación

Parroquia

Lugar

X

Y

CAT.

Entorno

28.202

Capilla de San Pedro.

Amandi (Santa María).

San Pedro.

623.875

4.695.635

MON

002 PXOM 2009.

28.203

A Castrela.

Amandi (Santa María).

O Pacio.

623.156

4.694.632

ARQ

195 PXOM 2009.

30.481

Iglesia de Santa María de Amandi.

Amandi (Santa María).

Amandi.

622.132

4.695.177

MON

001 PXOM 2009.

30.486

Casa tradicional en Amandi.

Amandi (Santa María).

Amandi.

622.138

4.695.140

MON

045 PXOM 2009.

28.204

Iglesia de Santo Estevo de Anllo.

Anllo (Santo Estevo).

Pacios de Anllo.

613.339

4.699.828

MON

003/199 PXOM 2009.

28.205

Capilla de O Cabarco.

Anllo (Santo Estevo).

Castinande.

612.757

4.699.655

MON

004 PXOM 2009.

28.206

Capilla de A Barca.

Anllo (Santo Estevo).

A Barca.

610.104

4.697.752

MON

005 PXOM 2009.

28.207

Casa rectoral de Santo Estevo de Anllo.

Anllo (Santo Estevo).

A Mogueira.

612.986

4.699.462

MON

047 PXOM 2009.

28.208

Priorato de Portizó.

Anllo (Santo Estevo).

Portizó.

613.672

4.700.364

MON

048 PXOM 2009.

28.209

Núcleo rural de O Arroxó.

Anllo (Santo Estevo).

O Arroxó.

612.460

4.697.577

CON

049 PXOM 2009.

28.210

Casa tradicional en Hortás.

Anllo (Santo Estevo).

Hortás.

613.072

4.699.901

MON

050 PXOM 2009.

28.211

Puente en Portizó.

Anllo (Santo Estevo).

Portizó.

613.705

4.700.438

MON

051 PXOM 2009.

28.212

Pontiña O Rego da Boca I.

Anllo (Santo Estevo).

O Arroxó.

612.435

4.696.441

ETN

052 PXOM 2009.

28.213

Pontiña O Rego da Boca II.

Anllo (Santo Estevo).

O Arroxó.

612.638

4.696.953

ETN

053 PXOM 2009.

28.214

Pasal O Rego da Boca.

Anllo (Santo Estevo).

O Arroxó.

612.913

4.697.437

ETN

054 PXOM 2009.

28.215

Fuente «O Paso do Blanco».

Anllo (Santo Estevo).

O Arroxó.

612.727

4.697.053

ETN

055 PXOM 2009.

28.216

Molino de O Barroso.

Anllo (Santo Estevo).

Portizó.

613.791

4.700.323

ETN

127 PXOM 2009.

28.217

Molino de Merdeiros.

Anllo (Santo Estevo).

Portizó.

613.794

4.700.321

ETN

128 PXOM 2009.

28.218

Molino de Fermín de Portizó.

Anllo (Santo Estevo).

Portizó.

613.818

4.700.312

ETN

129 PXOM 2009.

28.236

Refugio en Souto Novo.

Anllo (Santo Estevo).

Souto Novo.

613.390

4.699.950

ETN

150 PXOM 2009.

28.237

Peto de ánimas de Portizó.

Anllo (Santo Estevo).

Portizó.

613.687

4.700.394

ETN*

152 PXOM 2009.

28.238

Buzón antiguo en A Burdalla.

Anllo (Santo Estevo).

A Burdalla.

613.104

4.698.822

ETN

151 PXOM 2009.

28.240

Petróglifo do Regueiro.

Anllo (Santo Estevo).

Nogueira.

611.564

4.698.827

ARQ*

197 PXOM 2009.

28.241

Castro de Castinandi.

Anllo (Santo Estevo).

Castinande.

612.644

4.699.943

ARQ

196 PXOM 2009.

28.242

Camiño Real.

Anllo (Santo Estevo).

A Mogueira.

612.896

4.699.464

VIA

194 PXOM 2009.

28.243

Castro da Xábrega o Cotarro do Castro.

Anllo (Santo Estevo).

O Arroxó.

612.402

4.696.265

ARQ

261 PXOM 2009.

28.244

O Pear da Ponte (inundado).

Anllo (Santo Estevo).

A Rasa.

612.000

4.696.206

ARQ

264 PXOM 2009.

28.247

Casa grande de Cobarco.

Anllo (Santo Estevo).

O Cobarco.

613.125

4.698.960

MON

046 PXOM 2009.

28.277

Iglesia de San Xoán de Barantes.

Barantes (San Xoán).

A Cal.

616.882

4.697.321

MON

008 PXOM 2009.

28.278

Casa rectoral de A Cal.

Barantes (San Xoán).

A Cal.

616.863

4.697.343

MON

068 PXOM 2009.

28.279

Casa tradicional en A Riba.

Barantes (San Xoán).

A Riba.

617.353

4.696.808

MON

069 PXOM 2009.

28.280

Molino en A Presa.

Barantes (San Xoán).

Santa Marta.

616.705

4.697.912

ETN

154 PXOM 2009.

28.281

Castro de Vilanova o Os Castros.

Barantes (San Xoán).

A Riba.

617.190

4.696.474

ARQ

201 PXOM 2009.

28.282

Lugar del hallazgo de A Cabeza da Pereira.

Barantes (San Xoán).

A Cal.

616.907

4.697.384

ARQ

202 PXOM 2009.

30.396

Iglesia de Santa María de Bolmente.

Bolmente (Santa María).

Suairexa.

616.057

4.697.637

MON

009 PXOM 2009.

30.397

Casa con inscripción en dintel en Viloriz.

Bolmente (Santa María).

Viloriz.

615.148

4.697.506

MON

070 PXOM 2009.

30.398

Molino de O Sindo do Taro.

Bolmente (Santa María).

O Piñeiro.

614.076

4.696.173

ETN

158 PXOM 2009.

30.399

Molino de escalera de Vales.

Bolmente (Santa María).

O Piñeiro.

614.051

4.696.233

ETN

157 PXOM 2009.

30.400

Molino de O Sindo do Falarán II.

Bolmente (Santa María).

O Piñeiro.

614.036

4.696.280

ETN

156 PXOM 2009.

30.401

Molino de O Sindo de Falarán I.

Bolmente (Santa María).

O Piñeiro.

614.029

4.696.320

ETN

155 PXOM 2009.

30.402

Cruceiro de Bolmente.

Bolmente (Santa María).

A Cruz.

615.681

4.697.356

ETN*

160 PXOM 2009.

30.403

Cotarro das Rodas.

Bolmente (Santa María).

Vilouxe.

614.243

4.694.344

ARQ

205 PXOM 2009.

30.404

Castro da Cividade.

Bolmente (Santa María).

Vilouxe.

614.161

4.694.182

ARQ

204 PXOM 2009.

30.405

Cotarro do Castro.

Bolmente (Santa María).

Castro.

614.341

4.694.658

ARQ

203 PXOM 2009.

52.914

Petróglifo Laxa da Carreira.

Bolmente (Santa María).

O Outeiro.

616.001

4.696.061

ARQ*

Art.38 LPCG.

52.917

Petróglifo de A Paxota.

Bolmente (Santa María).

Cimadevila.

615.364

4.698.170

ARQ*

Art.38 LPCG.

159 PXOM

Cruceiro en el adro de Bolmente.

Bolmente (Santa María).

Suairexa.

616.057

4.697.637

ETN*

159 PXOM 2009.

30.406

Agro do Castro o Castro de San Marcos.

Bolmente (Santa María)/San Martiño de Anllo.

O Couto.

614.091

4.697.993

ARQ

260 PXOM 2009.

30.425

Iglesia de San Martiño de Doade.

Doade (San Martiño).

Doade.

624.873

4.697.071

MON

013 PXOM 2009.

30.426

Capilla de Vilachá.

Doade (San Martiño).

Vilachá.

623.068

4.697.217

MON

014 PXOM 2009.

30.427

Capilla de Vilar de Mouros.

Doade (San Martiño).

Vilar de Mouros.

629.550

4.699.106

MON

015 PXOM 2009.

30.428

Casa bodega en Doade.

Doade (San Martiño).

Francos.

625.500

4.697.322

MON

074 PXOM 2009.

30.429

Conjunto de casas tradicionales I en Doade.

Doade (San Martiño).

Doade.

625.017

4.697.010

MON

075 PXOM 2009.

30.430

Conjunto de casas tradicionales II en Doade.

Doade (San Martiño).

Doade.

624.962

4.696.991

MON

076 PXOM 2009.

30.431

Conjunto de casas tradicionales III en Doade.

Doade (San Martiño).

Doade.

624.940

4.697.003

MON

077 PXOM 2009.

30.432

Conjunto de casas tradicionales.

Doade (San Martiño).

Doade.

624.975

4.696.963

MON

078 PXOM 2009.

30.433

Casa tradicional en Doade.

Doade (San Martiño).

Doade.

624.915

4.696.972

MON

079 PXOM 2009.

30.434

Conjunto de casas tradicionales I en Francos.

Doade (San Martiño).

Francos.

625.676

4.697.773

MON

080 PXOM 2009.

30.435

Conjunto de casas tradicionales II en Francos.

Doade (San Martiño).

Francos.

625.686

4.697.720

MON

081 PXOM 2009.

30.436

Conjunto de casas tradicionales III en Francos.

Doade (San Martiño).

Francos.

625.707

4.697.717

MON

082 PXOM 2009.

30.437

Conjunto de casas tradicionales IV en Francos.

Doade (San Martiño).

Francos.

625.668

4.697.686

MON

083 PXOM 2009.

30.438

Conjunto de casas tradicionales V en Francos.

Doade (San Martiño).

Francos.

625.690

4.697.686

MON

084 PXOM 2009.

30.439

Casa tradicional en Francos.

Doade (San Martiño).

Francos.

625.674

4.697.627

MON

085 PXOM 2009.

30.440

Fuente en Doade.

Doade (San Martiño).

Doade.

625.143

4.696.969

ETN

086 PXOM 2009.

30.441

Pozo en Vilachá.

Doade (San Martiño).

Vilachá.

623.281

4.696.859

ETN

167 PXOM 2009.

30.442

Cruceiro de Doade.

Doade (San Martiño).

Doade.

624.979

4.697.234

ETN*

166 PXOM 2009.

30.443

Lugar del hallazgo de un bessalis en el Camiño Real.

Doade (San Martiño).

Francos.

625.972

4.697.014

ARQ

218 PXOM 2009.

30.444

Castro das Borreas.

Doade (San Martiño).

San Pedro.

624.853

4.695.823

ARQ

215 PXOM 2009.

30.445

Lugar del hallazgo del sexalquel de Santa Baia.

Doade (San Martiño).

Vilachá.

623.311

4.697.408

ARQ*

217 PXOM 2009.

30.446

Castro do Escalleiro.

Doade (San Martiño).

Castro.

623.898

4.696.924

ARQ

216 PXOM 2009.

30.447

Pena do Castelo.

Doade (San Martiño).

Doade.

626.061

4.696.716

ARQ

214 PXOM 2009.

30.448

Petouto dos Mouros.

Doade (San Martiño).

Monforte de Lemos.

629.216

4.697.859

ARQ

213 PXOM 2009.

30.449

Castro da Coroa o A Medorra.

Doade (San Martiño).

Castro.

624.375

4.696.825

ARQ

212 PXOM 2009.

53.876

Mámoa de O Cadaval o dos Cousos.

Doade (San Martiño).

Mourentán.

624.253

4.698.792

ARQ

Art.38 LPCG.

268 PXOM

Souto de Valguaire.

Doade (San Martiño).

Doade.

625.641

4.697.133

ETN

268 PXOM 2009.

30.482

Iglesia de San Xillao de Lobios.

Lobios (San Xillao).

Lobios.

620.852

4.696.115

MON

022 PXOM 2009.

30.483

Capilla de A Carballeda.

Lobios (San Xillao).

Carballeda.

622.689

4.696.679

MON

023 PXOM 2009.

30.484

Capilla de A Raíña do Campo.

Lobios (San Xillao).

Lobios.

620.895

4.696.044

MON

024 PXOM 2009.

30.485

Capilla de Casar de Cima.

Lobios (San Xillao).

Casar de Cima.

620.450

4.695.268

MON

025 PXOM 2009.

30.487

Casa con inscripción en Viladime de Arriba.

Lobios (San Xillao).

Viladime de Arriba.

621.715

4.696.427

MON

094 PXOM 2009.

30.488

Conjunto de casas tradicionales en Lamas de Brosmos.

Lobios (San Xillao).

Lamas de Brosmos.

620.497

4.694.994

CON

095 PXOM 2009.

30.489

Cruceiro de Lobios.

Lobios (San Xillao).

Lobios.

620.836

4.696.054

ETN*

176 PXOM 2009.

30.504

Iglesia de San Vicente de Pinol.

Pinol (San Vicente).

O Campo.

619.357

4.695.876

MON

030 PXOM 2009.

30.505

Santuario de la Virgen de Cadeiras.

Pinol (San Vicente).

Cimadevila.

619.180

4.695.106

MON

031 PXOM 2009.

30.506

Capilla de Portobrosmos.

Pinol (San Vicente).

Portabrosmos.

620.805

4.693.867

MON

032 PXOM 2009.

30.507

Ermita en Sampil.

Pinol (San Vicente).

Sampil.

619.804

4.694.641

MON

033 PXOM 2009.

30.508

Palomar en Vilariño.

Pinol (San Vicente).

Vilariño.

619.368

4.696.524

ETN

179 PXOM 2009.

30.509

Cruceiro do Outeiro.

Pinol (San Vicente).

O Campo.

619.340

4.695.914

ETN*

180 PXOM 2009.

30.510

Petróglifo de As Laxas do Campo.

Pinol (San Vicente).

Pipín de Arriba.

619.623

4.697.123

ARQ*

Art.38 LPCG.

30.511

Lugar del antiguo Portabrosmos.

Pinol (San Vicente).

Portabrosmos.

620.512

4.693.590

ARQ

241 PXOM 2009.

30.512

Lugar de Souto Chanteiro.

Pinol (San Vicente).

Portabrosmos.

620.739

4.693.845

ARQ

235 PXOM 2009.

30.513

O Castriño.

Pinol (San Vicente).

Sampil.

619.882

4.694.159

ARQ

234 PXOM 2009.

30.514

Petróglifo de Monte de Valderraña.

Pinol (San Vicente).

Cimadevila.

619.517

4.695.178

ARQ*

239 PXOM 2009.

30.515

Petróglifo do Agro I.

Pinol (San Vicente).

Sampil.

620.004

4.694.601

ARQ*

237 PXOM 2009.

30.516

Petróglifo do Agro II.

Pinol (San Vicente).

Sampil.

620.034

4.694.496

ARQ*

238 PXOM 2009.

30.517

Santuario de A Pedra da Virxe.

Pinol (San Vicente).

Sampil.

619.216

4.695.009

ARQ

240 PXOM 2009.

30.518

Petróglifo do Barcal.

Pinol (San Vicente).

Sampil.

619.918

4.694.571

ARQ*

236 PXOM 2009.

30.519

Fuente de O Castro.

Pinol (San Vicente).

Cimadevila.

619.212

4.695.457

ETN

100 PXOM 2009.

23.523

Puente en Areas.

Rosende (San Miguel).

O Celeirón.

612.676

4.701.214

MON

114 PXOM 2009.

23.524

Molinos de Area II.

Rosende (San Miguel).

O Celeirón.

612.717

4.701.066

ETN

184 PXOM 2009.

23.525

Molino de Area I.

Rosende (San Miguel).

O Celeirón.

612.719

4.701.053

ETN

183 PXOM 2009.

23.526

Molino en Ribas.

Rosende (San Miguel).

O Celeirón.

612.666

4.701.226

ETN

185 PXOM 2009.

28.248

Casa do Fidalgo.

Rosende (San Miguel).

O Campo de Naz.

614.507

4.700.664

MON

109 PXOM 2009.

30.589

Iglesia de San Miguel de Rosende.

Rosende (San Miguel).

A Airexa.

613.730

4.701.730

MON

040 PXOM 2009.

30.590

Pazo de Ribas.

Rosende (San Miguel).

Ribas.

613.596

4.702.158

MON

107 PXOM 2009.

30.591

Casa grande de Rosende.

Rosende (San Miguel).

Rosende.

613.427

4.701.397

MON

108 PXOM 2009.

30.592

Fuente pozo de A Lama dos Campos.

Rosende (San Miguel).

O Areeiro.

613.900

4.700.770

ETN

116 PXOM 2009.

30.593

Casa tradicional en Albarán.

Rosende (San Miguel).

Albarán.

613.517

4.701.432

MON

113 PXOM 2009.

30.594

Casa tradicional en Areas.

Rosende (San Miguel).

O Celeirón.

612.843

4.701.149

MON

112 PXOM 2009.

30.595

Casa típica en O Outeiro.

Rosende (San Miguel).

Outeiro.

613.124

4.701.645

MON

111 PXOM 2009.

30.596

Casa rectoral en Airexa.

Rosende (San Miguel).

A Lama do Sobrado.

613.749

4.701.722

MON

110 PXOM 2009.

30.597

Fuente en Naz de Arriba.

Rosende (San Miguel).

O Campo de Naz.

614.550

4.700.700

MON

115 P XOM 2009.

30.598

Palco de la fiesta.

Rosende (San Miguel).

A Airexa.

613.590

4.701.710

ETN

Art.38 LPCG.

30.599

Pozo en A Aeirexa.

Rosende (San Miguel).

A Lama do Sobrado.

613.755

4.701.718

ETN

186 PXOM 2009.

30.600

Castro de Outeiro.

Rosende (San Miguel).

A Lama do Outeiro.

613.308

4.701.910

ARQ

259 PXOM 2009.

28.245

Iglesia de San Martiño de Anllo.

San Martiño de Anllo (San Martiño).

San Martiño.

614.377

4.699.934

MON

041 PXOM 2009.

28.246

Ermita de San Vitorio en Vixilde.

San Martiño de Anllo (San Martiño).

Vixilde.

614.033

4.697.997

MON

042 PXOM 2009.

28.249

Pontiña en San Martiño.

San Martiño de Anllo (San Martiño).

San Martiño.

614.272

4.699.894

MON

117 PXOM 2009.

28.250

Fuente en Fervenza.

San Martiño de Anllo (San Martiño).

Fervenza.

614.387

4.700.249

ETN

118 PXOM 2009.

28.252

Molino do Cotolovio.

San Martiño de Anllo (San Martiño).

Os Ferreiros.

614.683

4.699.946

ETN

189 PXOM 2009.

28.253

Molino do Carpaceiro II.

San Martiño de Anllo (San Martiño).

San Martiño.

614.246

4.699.925

ETN

188 PXOM 2009.

28.254

Molino do Carpaceiro I.

San Martiño de Anllo (San Martiño).

San Martiño.

614.332

4.699.898

ETN

187 PXOM 2009.

28.255

Lugar del hallazgo de O Campo de Anllo.

San Martiño de Anllo (San Martiño).

O Xuncal.

613.347

4.699.053

ARQ

198 PXOM 2009.

28.256

Trisquel I de Arxemil.

San Martiño de Anllo (San Martiño).

Vixilde.

613.809

4.698.122

ARQ*

262 PXOM 2009.

28.257

Trisquel II de Arxemil.

San Martiño de Anllo (San Martiño).

Vixilde.

613.821

4.698.130

ARQ*

263 PXOM 2009.

28.258

Lugar da cepa de Naz de Arriba.

San Martiño de Anllo (San Martiño).

Naz de Arriba.

614.570

4.700.655

ETN

269 PXOM 2009.

30.601

Iglesia de San Xurxo de Santiorxo.

Santiorxo (San Xurxo).

Santiorxo.

618.048

4.696.445

MON

043 PXOM 2009.

30.602

Casa con inscripción en Paradela.

Santiorxo (San Xurxo).

A Fonte.

618.165

4.696.276

MON

119 PXOM 2009.

30.603

Casa en Veliños.

Santiorxo (San Xurxo).

Veliños.

619.093

4.697.403

MON

120 PXOM 2009.

30.604

Casa tradicional en Os Hortos.

Santiorxo (San Xurxo).

Os Hortos.

617.918

4.696.702

MON

121 PXOM 2009.

30.605

Cruceiro de Santiorxo.

Santiorxo (San Xurxo).

Santiorxo.

618.022

4.696.517

ETN*

190 PXOM 2009.

30.606

Castro das Medorras o das Caldeiras.

Santiorxo (San Xurxo).

San Paio.

618.732

4.695.268

ARQ

233 PXOM 2009.

30.607

Agro de As Medorras.

Santiorxo (San Xurxo).

A Vilerma.

618.415

4.696.743

ARQ

265 PXOM 2009.

30.608

Petróglifo do Preguiceiro.

Santiorxo (San Xurxo).

A Lama.

619.040

4.697.865

ARQ*

266 PXOM 2009.

52.912

Petróglifo da Ferrada.

Santiorxo (San Xurxo).

Veliños.

619.158

4.697.244

ARQ*

Art.38 LPCG.

52.913

Petróglifo do Val.

Santiorxo (San Xurxo).

Barreiros.

618.388

4.697.305

ARQ*

Art.38 LPCG.

52.916

Petróglifos de O Toutileiro.

Santiorxo (San Xurxo).

Vilar.

619.092

4.696.923

ARQ*

Art.38 LPCG.

54.237

Petróglifo de Amido.

Santiorxo (San Xurxo).

Pinol de Abaixo.

618.767

4.696.494

ARQ*

Art.38 LPCG.

ANEXO II.15
Bienes inmuebles clasificados en el paisaje cultural en A Teixeira

PBA

Denominación

Parroquia

Lugar

X

Y

CAT.

Entorno

39.434

Iglesia de Santa María de Abeleda.

A Abeleda (Santa María).

Nogueira.

628.387

4.694.821

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.435

Capilla de Santa María de Abeleda.

A Abeleda (Santa María).

Cofra.

628.571

4.694.878

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.436

Casa rectoral de Abeleda.

A Abeleda (Santa María).

Cofra.

628.671

4.694.926

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.440

Pena do Castelo.

Cristosende (Santa María).

Pedra do Sol.

624.262

4.692.306

ARQ

Art. 103 POMR 2001.

39.441

Iglesia de San Salvador de Cristosende.

Cristosende (Santa María).

Cristosende.

624.425

4.693.768

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.442

Capilla de San Caetano de Cristosende.

Cristosende (Santa María).

Quintairos.

624.393

4.693.604

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.443

Casa rectoral de Cristosende.

Cristosende (Santa María).

Cristosende.

624.385

4.693.723

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.444

Casa en Cristosende.

Cristosende (Santa María).

Cristosende.

624.549

4.693.812

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.445

Pazo en Cristosende.

Cristosende (Santa María).

O Barrio.

624.657

4.693.573

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.446

Iglesia de San Martiño de Fontao.

Fontao (San Bartolomeu).

Fontao.

626.936

4.695.735

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.447

Iglesia de San Salvador de Lumeares.

Lumeares (San Salvador).

Soutelo.

626.625

4.694.539

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.448

Capilla de Santa Catuxa de Lumeares.

Lumeares (San Salvador).

A Teixeira.

625.568

4.694.344

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.449

Cruceiro de Lumeares.

Lumeares (San Salvador).

A Cruz.

626.514

4.694.657

ETN*

Art. 103 POMR 2001.

39.450

Altar con Ángel de la Guardia de Lumeares.

Lumeares (San Salvador).

A Cruz.

626.497

4.694.558

ETN

Art. 103 POMR 2001.

39.451

Casa rectoral de Lumeares.

Lumeares (San Salvador).

Soutelo.

626.606

4.694.503

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.452

Puente sobre o Río Vaos.

Lumeares (San Salvador).

O Río.

626.802

4.693.874

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.453

Iglesia de Santa Mariña de Montoedo.

Montoedo (Santa Mariña).

Xirás.

625.403

4.692.707

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.454

Casa rectoral de Montodeo.

Montoedo (Santa Mariña).

Xirás.

625.450

4.692.758

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.549

Medoña de Veiga das Cruces.

Pedrafita (San Martiño).

Alende.

623.808

4.689.709

ARQ

Art. 103 POMR 2001.

39.552

Iglesia de San Martiño de Pedrafita.

Pedrafita (San Martiño).

Parafita.

623.885

4.690.568

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.553

Capilla de San Ramón de Celeirós.

Pedrafita (San Martiño).

Celeirós.

624.672

4.691.168

MON

Art. 103 POMR 2001.

39.554

Casa rectoral de Pedrafita.

Pedrafita (San Martiño).

Alende.

624.178

4.690.283

MON

Art. 103 POMR 2001.

ANEXO III
Bienes inmuebles de carácter sagrado en el territorio de la Ribeira Sacra

En virtud de los especiales valores del territorio de la Ribeira Sacra singularmente caracterizados por la presencia desde muy antiguo de eremitas y primeras comunidades religiosas de convivencia regulada y posteriores órdenes religiosas, se recogen como bienes inmuebles integrantes de la Ribeira Sacra aquellos otros bienes del territorio de los Ayuntamientos que conforman a Ribeira Sacra recogidos en el anexo III.

Esta relación que completa y complementa la de los anexos I (BIC en todo el territorio) y II (bienes inmuebles catalogados en el ámbito del paisaje cultural), en procedimientos futuros, podrá ser completada con bienes adicionales, en la medida que se documente y justifique su relación, o modificada su clasificación y declarados BIC con los trámites administrativos que correspondan.

PBA

Inmueble

Ayuntamiento

Parroquia

Lugar

X

Y

CAT.

19.448

Iglesia de Santa Baia de Aguada.

Carballedo.

Aguada (Santa Baia).

A Eirexe.

592.000

4.708.122

MON

19.449

Capilla de San Roque en Aguada de Arriba.

Carballedo.

Aguada (Santa Baia).

Aguada de Arriba.

591.097

4.708.223

MON

18.768

Iglesia de San Miguel de Buciños.

Carballedo.

Buciños (San Miguel).

O Barrio.

594.212

4.710.197

MON

18.769

Casa rectoral de Buciños.

Carballedo.

Buciños (San Miguel).

O Barrio.

594.225

4.710.177

MON

18.773

Iglesia de Santa María de Carballedo.

Carballedo.

Carballedo (Santa María).

Carballedo.

596.158

4.708.318

MON

18.774

Casa rectoral de Santa María de Carballedo.

Carballedo.

Carballedo (Santa María).

Carballedo.

596.146

4.708.337

MON

18.776

Iglesia de Santo Estevo de Cartelos.

Carballedo.

Cartelos (Santo Estevo).

Cartelos.

594.338

4.713.137

MON

18.777

Casa rectoral de Santo Estevo de Cartelos.

Carballedo.

Cartelos (Santo Estevo).

Cartelos.

594.338

4.713.154

MON

18.781

Iglesia de San Cristovo de Castro.

Carballedo.

Castro (San Cristovo).

Castro.

599.752

4.709.513

MON

18.859

Iglesia de San Gregorio de Furco.

Carballedo.

Furco (San Gregorio).

Furco.

590.233

4.713.961

MON

18.860

Casa rectoral de San Gregorio de Furco.

Carballedo.

Furco (San Gregorio).

Furco.

590.168

4.713.899

MON

18.862

Iglesia de San Cristovo de Lobelle.

Carballedo.

Lobelle (San Cristovo).

Lobelle de Abaixo.

596.942

4.711.603

MON

18.863

Casa rectoral de San Cristovo de Lobelle.

Carballedo.

Lobelle (San Cristovo).

Lobelle de Abaixo.

596.944

4.711.587

MON

18.866

Iglesia de Santiago de Lousada.

Carballedo.

Lousada (Santiago).

Lousada de Arriba.

597.500

4.709.509

MON

18.867

Casa rectoral de Santiago de Lousada.

Carballedo.

Lousada (Santiago).

Lousada de Arriba.

597.489

4.709.493

MON

18.868

Iglesia de Santa María de Marzás.

Carballedo.

Marzás (Santa María).

Marzás.

599.662

4.705.402

MON

18.869

Iglesia de San Xoán de Milleirós.

Carballedo.

Milleirós (San Xoán).

Milleirós.

598.990

4.711.517

MON

18.878

Iglesia de Santiago de Pradeda.

Carballedo.

Pradeda (Santiago).

Pradeda de Arriba.

597.820

4.712.783

MON

18.879

Capilla de Santiago no Barrio de Puga.

Carballedo.

Pradeda (Santiago).

O Barrio de Puga.

598.011

4.711.916

MON

18.864

Iglesia de San Mamede de Lousada.

Carballedo.

San Mamede de Lousada (San Mamede).

San Mamede.

599.302

4.708.362

MON

18.764

Iglesia de Santa Baia de Búbal.

Carballedo.

Santa Baia de Búbal (Santa Baia).

Santa Baia.

597.429

4.706.242

MON

18.765

Casa rectoral de Santa Baia de Búbal.

Carballedo.

Santa Baia de Búbal (Santa Baia).

Santa Baia.

597.451

4.706.253

MON

18.759

Iglesia de Santa Cristina de Asma.

Carballedo.

Santa Cristina de Asma (Santa Cristina).

Santa Cristina.

591.817

4.713.144

MON

18.760

Casa rectoral de Santa Cristina de Asma.

Carballedo.

Santa Cristina de Asma (Santa Cristina).

Santa Cristina.

591.802

4.713.123

MON

18.784

Iglesia de Santa Mariña do Castro.

Carballedo.

Santa Mariña do Castro (Santa Mariña).

Santa Mariña.

593.161

4.712.289

MON

17.591

Iglesia de Santa María de Vilaquinte.

Carballedo.

Vilaquinte (Santa María).

Vilaquinte.

602.493

4.705.817

MON

17.592

Casa rectoral de Santa María de Vilaguinte.

Carballedo.

Vilaquinte (Santa María).

Vilaquinte.

602.480

4.705.817

MON

31.890

Capilla de San Martiño.

Castro Caldelas.

Camba (San Xoán).

San Martiño.

630.473

4.689.614

MON

31.891

Capilla de Santa María en Piñeiroá.

Castro Caldelas.

Camba (San Xoán).

Piñeiroá.

630.410

4.690.374

MON

31.893

Capilla de San Xulián.

Castro Caldelas.

Camba (San Xoán).

San Xulián.

628.751

4.690.699

MON

31.894

Iglesia de San Xoán de Camba.

Castro Caldelas.

Camba (San Xoán).

O Real da Pousa.

630.911

4.691.407

MON

31.895

Necrópolis do Lameiro Grande.

Castro Caldelas.

Camba (San Xoán).

Montemaior.

632.165

4.690.977

ARQ

31.908

Iglesia de Santiago de Folgoso.

Castro Caldelas.

Folgoso (Santiago).

Folgoso.

635.364

4.693.747

MON

38.699

Iglesia de San Pedro do Burgo.

Castro Caldelas.

O Burgo (San Pedro).

O Burgo.

631.612

4.690.101

MON

38.700

Capilla de San Pedro.

Castro Caldelas.

O Burgo (San Pedro).

San Pedro.

633.003

4.689.869

MON

38.701

Casa rectoral do Burgo.

Castro Caldelas.

O Burgo (San Pedro).

O Burgo.

631.644

4.690.092

MON

31.931

Casa rectoral de Pedrouzos.

Castro Caldelas.

Pedrouzos (San Mamede).

Pousa.

628.854

4.687.715

MON

31.932

Iglesia de San Mamede de Pedrouzos.

Castro Caldelas.

Pedrouzos (San Mamede).

Pousa.

628.876

4.687.742

MON

31.935

Iglesia de San Xoán de Poboeiros.

Castro Caldelas.

Poboeiros (San Xoán).

O Outeiriño.

627.340

4.692.871

MON

31.936

Casa rectoral de Poboeiros.

Castro Caldelas.

Poboeiros (San Xoán).

O Outeiriño.

627.374

4.692.879

MON

33.612

Casa rectoral de San Pedro Fiz de Sas de Penelas.

Castro Caldelas.

Sas de Penelas (San Fiz).

Penelas.

635.972

4.692.326

MON

33.613

Iglesia de San Pedro Fiz de Sas de Penelas.

Castro Caldelas.

Sas de Penelas (San Fiz).

Sas de Penelas.

635.619

4.691.953

MON

31.938

Capilla de Santo Antonio en Condelle.

Castro Caldelas.

Trabazos (Santa Olaia).

Condelle.

632.048

4.692.056

MON

31.939

Iglesia de Santa Olaia de Trabazos.

Castro Caldelas.

Trabazos (Santa Olaia).

Trabazos.

634.198

4.693.284

MON

38.708

Iglesia de Santa María de Vilamaior de Caldelas.

Castro Caldelas.

Vilamaior de Caldelas (Santa María).

Vilamaior.

634.408

4.690.280

MON

38.709

Casa rectoral de Vilamaior.

Castro Caldelas.

Vilamaior de Caldelas (Santa María).

Vilamaior.

634.454

4.690.019

MON

38.710

Cruceiro de Vilamaior.

Castro Caldelas.

Vilamaior de Caldelas (Santa María).

Vilamaior.

634.232

4.690.256

ETN*

33.617

Iglesia de San Xoán de Vimieiro.

Castro Caldelas.

Vimieiro (San Xoán).

Vimieiro.

636.110

4.693.957

MON

17.605

Iglesia de San Vicenzo da Grade.

Chantada.

A Grade (San Vicente).

Quintá.

593.508

4.715.428

MON

17.861

Peto de ánimas de Penasillás.

Chantada.

A Laxe (San Xoán).

Penasillás.

594.307

4.719.858

ETN*

17.862

Iglesia de San Xoán da Laxe.

Chantada.

A Laxe (San Xoán).

Seoane.

595.059

4.718.648

MON

17.863

Capilla de Carballizos.

Chantada.

A Laxe (San Xoán).

Carballizos.

594.542

4.717.610

MON

17.864

Capilla de Penasillás.

Chantada.

A Laxe (San Xoán).

Penasillás.

594.330

4.719.845

MON

17.865

Capilla de Río Pedroso.

Chantada.

A Laxe (San Xoán).

Río Pedroso.

596.161

4.718.340

MON

17.866

Cruceiro do adro de San Xoán da Laxe.

Chantada.

A Laxe (San Xoán).

Seoane.

595.060

4.718.676

ETN*

17.867

Cruceiro de Penasillás.

Chantada.

A Laxe (San Xoán).

Seoane.

594.784

4.718.956

ETN*

17.601

Iglesia de Santa Baia de Adá.

Chantada.

Adá (Santa Baia).

Adá.

594.250

4.724.229

MON

17.602

Peto de ánimas de Adá.

Chantada.

Adá (Santa Baia).

Adá.

594.239

4.724.229

ETN*

17.603

Cruceiro de Adá.

Chantada.

Adá (Santa Baia).

Adá.

594.239

4.724.199

ETN*

17.690

Iglesia de Santa María de Arcos.

Chantada.

Arcos (Santa María).

Arcos.

597.707

4.723.698

MON

17.691

Capilla de Casteda.

Chantada.

Arcos (Santa María).

Casteda.

599.130

4.722.915

MON

17.692

Capilla de Elfe.

Chantada.

Arcos (Santa María).

Río.

598.115

4.724.002

MON

17.693

Capilla do Pazo de Suatorre.

Chantada.

Arcos (Santa María).

Outeiro.

596.785

4.722.614

MON

17.699

Iglesia de San Vicenzo de Argozón.

Chantada.

Argozón (San Vicente).

San Vicente.

592.588

4.723.717

MON

17.700

Capilla de Gordón.

Chantada.

Argozón (San Vicente).

Gordón.

592.822

4.721.963

MON

17.723

Iglesia de Santa María de Bermún.

Chantada.

Bermún (Santa María).

Bermún de Arriba.

592.086

4.714.652

MON

17.724

Cruceiro de Bermún de Arriba.

Chantada.

Bermún (Santa María).

Bermún de Arriba.

592.074

4.714.654

ETN*

17.726

Iglesia de San Salvador de Brigos.

Chantada.

Brigos (San Salvador).

Brigos de Abaixo.

598.903

4.716.806

MON

17.727

Peto de ánimas de Brigos de Abaixo.

Chantada.

Brigos (San Salvador).

Brigos de Abaixo.

598.901

4.716.769

ETN*

17.593

Iglesia de Santa Mariña de Chantada.

Chantada.

Chantada (Santa Mariña).

Chantada.

600.934

4.718.060

MON

17.594

Capilla de Basán.

Chantada.

Chantada (Santa Mariña).

O Peto.

600.741

4.719.090

MON

17.733

Iglesia de Santa Mariña de Esmeriz.

Chantada.

Esmeriz (Santa Mariña).

Santa Mariña.

592.438

4.716.889

MON

17.851

Iglesia de San Xillao de Esmoriz.

Chantada.

Esmoriz (San Xillao).

Esmoriz.

593.120

4.714.624

MON

17.852

Sartego de Fornas.

Chantada.

Fornas (San Cristovo).

Fornas de Abaixo.

599.622

4.720.263

ARQ

17.854

Iglesia de San Cristovo de Fornas.

Chantada.

Fornas (San Cristovo).

Ansoar.

600.371

4.719.874

MON

17.873

Iglesia de San Martiño de Mariz.

Chantada.

Mariz (San Martiño).

Mariz.

598.418

4.721.424

MON

17.883

Iglesia de Santo Tomé de Merlán.

Chantada.

Merlán (San Tomé).

A Eirexe.

601.770

4.719.842

MON

17.884

Capilla de Meixide.

Chantada.

Merlán (San Tomé).

Meixide Pequeno.

602.607

4.718.631

MON

17.885

Capilla de San Cibrao.

Chantada.

Merlán (San Tomé).

A Torre.

601.443

4.719.691

MON

17.890

Peto de ánimas de Vilela.

Chantada.

Merlán (San Tomé).

Vilela.

601.222

4.719.711

ETN*

17.129

Iglesia de San Cristovo de Mouricios.

Chantada.

Mouricios (San Cristovo).

San Cristovo.

595.000

4.720.719

MON

17.131

Iglesia de San Paio de Muradelle.

Chantada.

Muradelle (San Paio).

San Paio.

596.097

4.721.288

MON

17.132

Capilla de Santo Antonio.

Chantada.

Muradelle (San Paio).

San Paio.

596.137

4.721.562

MON

17.879

Iglesia de San Xillao do Mato.

Chantada.

O Mato (San Xillao).

A Carballeira.

597.035

4.717.697

MON

17.880

Ermita de San Lucas en Abral.

Chantada.

O Mato (San Xillao).

Abral.

597.590

4.718.512

MON

17.127

Iglesia de San Miguel do Monte.

Chantada.

O Monte (San Miguel).

San Miguel.

592.318

4.724.579

MON

17.214

Iglesia de Santa Baia de Pedrafita.

Chantada.

Pedrafita (Santa Baia).

Mosteiro.

602.117

4.723.243

MON

17.215

Capilla de San Xillán.

Chantada.

Pedrafita (Santa Baia).

Xillán.

602.834

4.723.546

MON

17.216

Priorato de Oseira.

Chantada.

Pedrafita (Santa Baia).

Paracostoira.

601.262

4.722.997

MON

17.220

Peto de ánimas da Lama.

Chantada.

Pedrafita (Santa Baia).

Paracostoira.

600.979

4.722.918

ETN*

17.223

Iglesia de San Mamede de Pereira.

Chantada.

Pereira (San Mamede).

Pereira de Arriba.

598.970

4.714.221

MON

17.233

Iglesia de Santaigo de Requeixo.

Chantada.

Requeixo (Santiago).

Fontela.

593.096

4.718.460

MON

17.234

Ermita de Faro en Caíbe.

Chantada.

Requeixo (Santiago).

Caíbe.

590.820

4.719.734

MON

17.235

Cruceiro de Pereiroá.

Chantada.

Requeixo (Santiago).

Alence.

592.670

4.717.731

ETN*

17.236

Cruceiro do adro de Santiago de Requeixo.

Chantada.

Requeixo (Santiago).

Fontela.

593.091

4.718.538

ETN*

17.248

Iglesia de San Pedro de Viana.

Chantada.

San Pedro de Viana (San Pedro).

Axulfe.

594.313

4.716.157

MON

17.249

Capilla de San Roque.

Chantada.

San Pedro de Viana (San Pedro).

As Casas.

593.862

4.716.732

MON

17.260

Iglesia de San Xurxo de Asma.

Chantada.

San Xurxo de Asma.

Centulle.

599.668

4.718.986

MON

17.250

Iglesia de Santa Cruz de Viana.

Chantada.

Santa Cruz de Viana (Santa Cruz).

Santa Cruz.

594.989

4.714.718

MON

17.251

Cruceiro de Viana.

Chantada.

Santa Cruz de Viana (Santa Cruz).

Viana.

594.523

4.715.188

ETN*

17.720

Iglesia de Santa Uxía de Asma.

Chantada.

Santa Uxía de Asma (Santa Uxía).

A Eirexe.

596.753

4.714.771

MON

17.721

Peto de ánimas da Eirexe.

Chantada.

Santa Uxía de Asma (Santa Uxía).

A Eirexe.

596.733

4.714.770

ETN*

17.246

Iglesia de San Xoán de Veiga.

Chantada.

Veiga (San Xoán).

Veiga.

600.014

4.721.255

MON

17.247

Crucerio do adro de San Xoán da Veiga.

Chantada.

Veiga (San Xoán).

Veiga.

600.047

4.721.266

ETN*

35.752

Cruceiro I de Esgos.

Esgos.

Esgos (Santa María).

Esgos.

607.342

4.686.658

ETN*

35.755

Cruceiro II de Esgos.

Esgos.

Esgos (Santa María).

Esgos.

607.349

4.686.731

ETN*

35.762

Iglesia de Santa María de Esgos.

Esgos.

Esgos (Santa María).

Esgos.

607.473

4.686.710

MON

35.763

Casa rectoral de Esgos.

Esgos.

Esgos (Santa María).

Esgos.

607.432

4.686.693

MON

35.776

Peto de ánimas de San Pedro de Rocas.

Esgos.

Esgos (Santa María).

Mosteiro de Rocas.

606.072

4.687.631

ETN*

35.787

Peto de ánimas das Raposas.

Esgos.

Loña do Monte (San Salvador).

As Raposas.

606.208

4.690.949

ETN*

35.794

Capilla de la Virxe do Monte de Xaravedra.

Esgos.

Os Pensos (San Pedro).

Xaravedra.

609.610

4.690.541

MON

35.799

Casa rectoral antigua de Os Pensos.

Esgos.

Os Pensos (San Pedro).

Os Pensos.

610.059

4.689.269

MON

35.801

Iglesia de San Pedro dos Pensos.

Esgos.

Os Pensos (San Pedro).

Os Pensos.

610.118

4.689.259

MON

35.802

Casa rectoral dos Pensos.

Esgos.

Os Pensos (San Pedro).

Os Pensos.

610.142

4.689.259

MON

35.806

Cruz votiva de Pardeconde.

Esgos.

Os Pensos (San Pedro).

Pardeconde.

610.694

4.689.159

ETN*

35.822

Cruceiro da Casa Coutada.

Esgos.

Rocas (San Pedro).

San Pedro de Rocas.

605.701

4.688.430

ETN*

35.824

Capilla de San Xoán Bautista na Cernada.

Esgos.

Rocas (San Pedro).

A Cernada.

606.327

4.689.209

MON

35.827

Cruceiro na Cernada.

Esgos.

Rocas (San Pedro).

A Cernada.

606.246

4.689.161

ETN*

35.839

Iglesia de San Bieito de Rocas.

Esgos.

Rocas (San Pedro).

Quinta do Monte.

607.341

4.688.455

MON

35.724

Peto de ánimas de Cachamuíña.

Esgos.

Santa Olaia de Esgos (Santa Olaia).

Cachamuíña.

608.127

4.686.104

ETN*

35.728

Cruz da Lama.

Esgos.

Santa Olaia de Esgos (Santa Olaia).

A Lama.

607.709

4.686.006

ETN*

35.731

Capilla de San Cornelio en Guimarás.

Esgos.

Santa Olaia de Esgos (Santa Olaia).

Guimarás.

609.306

4.686.668

MON

35.739

Iglesia de Santa Olaia de Esgos.

Esgos.

Santa Olaia de Esgos (Santa Olaia).

Soutelo.

607.705

4.685.791

MON

35.740

Casa rectoral de Quinta.

Esgos.

Santa Olaia de Esgos (Santa Olaia).

Soutelo.

607.717

4.685.805

MON

35.741

Cruceiro da Quinta.

Esgos.

Santa Olaia de Esgos (Santa Olaia).

Soutelo.

607.733

4.685.820

ETN*

35.742

Peto de ánimas da Quinta.

Esgos.

Santa Olaia de Esgos (Santa Olaia).

A Quinta.

607.979

4.685.438

ETN*

35.848

Capilla da Virxe das Neves en Lobaces.

Esgos.

Triós (San Pedro).

Lobaces.

605.110

4.690.454

ARQ

35.851

Cruceiro de Lobaces.

Esgos.

Triós (San Pedro).

Lobaces.

605.120

4.690.453

ETN*

35.856

Iglesia de Santa María de Vilar de Ordelles.

Esgos.

Vilar de Ordelles (Santa María).

Vilar de Ordelles.

604.436

4.686.089

MON

35.857

Casa rectoral do Pinto.

Esgos.

Vilar de Ordelles (Santa María).

Vilar de Ordelles.

604.459

4.686.075

MON

35.858

Cruceiro do Pinto.

Esgos.

Vilar de Ordelles (Santa María).

O Pinto.

604.355

4.685.872

ETN*

35.868

Cruceiro de Vilar de Ortelle.

Esgos.

Vilar de Ordelles (Santa María).

Vilar de Ordelles.

604.541

4.686.188

ETN*

35.873

Capilla de San Pedro en Folgoso.

Esgos.

Vilar de Ordelles (Santa María).

Folgoso.

603.695

4.685.341

MON

35.887

Cruceiro de Folgoso.

Esgos.

Vilar de Ordelles (Santa María).

Folgoso.

603.843

4.685.452

ETN*

23.766

Iglesia de Santa María da Parte.

Monforte de Lemos.

A Parte (Santa María).

A Parte.

625.235

4.713.877

MON

23.767

Capilla de Proveiros en Ribas Pequenas.

Monforte de Lemos.

A Parte (Santa María).

Probeiros.

625.895

4.715.689

MON

23.768

Iglesia de San Mateo da Parte.

Monforte de Lemos.

A Parte (Santa María).

A Parte.

625.246

4.713.879

MON

23.477

Iglesia de Santa María da Penela.

Monforte de Lemos.

A Penela (Santa María).

A Veiga.

625.075

4.704.996

MON

23.516

Iglesia de San Cibrao da Vide.

Monforte de Lemos.

A Vide (San Cibrao).

O Quintairo.

618.323

4.709.623

MON

23.762

Iglesia de Santo Estevo das Nocedas.

Monforte de Lemos.

As Nocedas (San Estevo).

A Iglesia.

624.243

4.705.167

MON

23.704

Iglesia de Santa María de Baamorto.

Monforte de Lemos.

Baamorto (Santa María).

As Devesas.

619.852

4.714.236

MON

23.705

Capilla de Feixoo.

Monforte de Lemos.

Baamorto (Santa María).

Pallares.

620.134

4.714.797

MON

23.706

Capilla de Pol.

Monforte de Lemos.

Baamorto (Santa María).

Pol.

619.006

4.714.573

MON

23.707

Capilla de Espinosa.

Monforte de Lemos.

Baamorto (Santa María).

As Pereiras.

619.273

4.713.125

MON

23.710

Priorato de Baamorto.

Monforte de Lemos.

Baamorto (Santa María).

As Devesas.

619.823

4.714.242

MON

23.712

Capilla de San Caetano en Reboredo.

Monforte de Lemos.

Baamorto (Santa María).

Reboredo.

619.871

4.714.206

MON

23.719

Iglesia de Santalla de Caneda.

Monforte de Lemos.

Caneda (Santalla).

A Fonte.

626.437

4.707.734

MON

23.720

Capilla de San Paio no Sobrado.

Monforte de Lemos.

Caneda (Santalla).

O Sobrado.

626.721

4.707.028

MON

23.728

Iglesia de San Xoán de Chavaga.

Monforte de Lemos.

Chavaga (San Xoán).

O Cotelo.

628.753

4.710.557

MON

23.731

Iglesia de Santo André de Distriz.

Monforte de Lemos.

Distriz (Santo André).

A Eirexe.

618.980

4.706.840

MON

23.733

Cruz de Pedra.

Monforte de Lemos.

Distriz (Santo André).

O Cruceiro.

619.359

4.707.245

ETN*

23.737

Iglesia de San Cosmede de Fiolleda.

Monforte de Lemos.

Fiolleda (San Cosmede).

Fiolleda.

619.482

4.715.684

MON

23.738

Capilla da Virxe en Vilamaior.

Monforte de Lemos.

Fiolleda (San Cosmede).

Vilamaior.

620.359

4.716.612

MON

23.739

Capilla de San Roque en Fiolleda.

Monforte de Lemos.

Fiolleda (San Cosmede).

Fiolleda.

619.293

4.716.357

MON

23.740

Capilla da Xunqueira en Fiolleda.

Monforte de Lemos.

Fiolleda (San Cosmede).

Xunqueira.

619.860

4.718.116

MON

23.741

Capilla de San Mamede en Fiolleda.

Monforte de Lemos.

Fiolleda (San Cosmede).

San Mamede.

618.113

4.717.549

MON

23.745

Iglesia de Santo Acisclo de Gullade.

Monforte de Lemos.

Gullade (Santo Acisclo).

A Eirexe.

623.236

4.705.240

MON

23.746

Iglesia de Santa Lucía de Guntín.

Monforte de Lemos.

Guntín (Santa Lucía).

Santa Lucía.

622.502

4.703.723

MON

23.682

Capilla de San Pedro.

Monforte de Lemos.

Monforte de Lemos.

Monforte de lemos.

622.387

4.709.296

MON

23.683

Colexio da Compañía.

Monforte de Lemos.

Monforte de Lemos.

Monforte de lemos.

621.800

4.708.378

MON

23.684

Capilla de San Lázaro.

Monforte de Lemos.

Monforte de Lemos.

Monforte de lemos.

621.453

4.707.915

MON

23.686

Monasterio de San Vicenzo do Pino.

Monforte de Lemos.

Monforte de Lemos.

Monforte de lemos.

622.344

4.709.019

MON

23.688

Convento das Clarisas.

Monforte de Lemos.

Monforte de Lemos.

Monforte de lemos.

621.898

4.708.952

MON

23.689

Iglesia da Régoa.

Monforte de Lemos.

Monforte de Lemos.

Monforte de lemos.

622.153

4.708.917

MON

23.690

Convento de San Xacinto.

Monforte de Lemos.

Monforte de Lemos.

Monforte de lemos.

622.320

4.708.882

MON

23.691

Hospital do Sancti Spíritus.

Monforte de Lemos.

Monforte de Lemos.

Monforte de lemos.

622.411

4.708.895

MON

23.760

Iglesia de San Salvador de Moreda.

Monforte de Lemos.

Moreda (San Salvador).

Regueiro.

615.802

4.710.699

MON

23.725

Iglesia de San Ramón de Chao de Fabeiro.

Monforte de Lemos.

O Chao do Fabeiro (San Ramón).

A Encrucillada.

621.936

4.713.873

MON

23.726

Capilla de Fabeiro.

Monforte de Lemos.

O Chao do Fabeiro (San Ramón).

O Fabeiro.

621.421

4.713.421

MON

23.479

Iglesia de San Martiño de Piñeira.

Monforte de Lemos.

Piñeira (San Martiño).

A Eirexe.

620.576

4.707.007

MON

23.481

Cruceiro da Eirexe.

Monforte de Lemos.

Piñeira (San Martiño).

A Eirexe.

620.552

4.706.989

ETN*

23.483

Iglesia de San Salvador de Reigada.

Monforte de Lemos.

Reigada (San Salvador).

A Senra.

625.724

4.709.910

MON

23.487

Iglesia de San Pedro de Ribas Altas.

Monforte de Lemos.

Ribas Altas (San Pedro).

A Eirexa.

623.409

4.711.861

MON

23.488

Capilla de Bergazos.

Monforte de Lemos.

Ribas Altas (San Pedro).

Bergazos.

623.632

4.712.493

MON

23.489

Capilla de Río Seco.

Monforte de Lemos.

Ribas Altas (San Pedro).

A Eirexa.

623.387

4.711.828

MON

23.504

Iglesia de San Xiao de Tor.

Monforte de Lemos.

San Xiao de Tor (San Xiao).

A Eirexe.

616.699

4.712.546

MON

23.753

Iglesia de Santa Mariña do Monte.

Monforte de Lemos.

Santa Mariña do Monte (Santa Mariña).

A Lamela.

625.913

4.706.658

MON

23.495

Iglesia de San Salvador de Seoane.

Monforte de Lemos.

Seoane (San Salvador).

O Mato.

619.078

4.710.579

MON

23.497

Iglesia de San Pedro de Sindrán.

Monforte de Lemos.

Sindrán (San Pedro).

A Eirexa.

628.997

4.707.956

MON

23.499

Cruceiro do adro de San Pedro de Sindrán.

Monforte de Lemos.

Sindrán (San Pedro).

A Eirexa.

628.998

4.707.940

ETN*

23.501

Iglesia de San Xoán de Tor.

Monforte de Lemos.

Tor (San Xoán).

A Eirexe.

617.199

4.713.772

MON

23.503

Peto de ánimas de Tor.

Monforte de Lemos.

Tor (San Xoán).

O Campo.

617.275

4.713.606

ETN*

23.508

Iglesia de San Pedro de Valverde.

Monforte de Lemos.

Valverde (San Pedro).

Valverde.

624.493

4.714.424

MON

23.510

Priorato de Valverde.

Monforte de Lemos.

Valverde (San Pedro).

Valverde.

624.511

4.714.450

MON

23.713

Iglesia de San Martiño de Vascós.

Monforte de Lemos.

Vascós (San Martiño).

A Rectoral.

627.325

4.709.368

MON

23.715

Capilla de Outarelo.

Monforte de Lemos.

Vascós (San Martiño).

Outorelo.

627.105

4.709.083

MON

30.926

Iglesia de Santiago da Medorra.

Montederramo.

A Medorra (Santiago).

Santiago da Medorra.

626.309

4.686.889

MON

30.918

Iglesia de San Xoán das Chás.

Montederramo.

As Chás (San Xoán).

As Chás.

616.459

4.685.879

MON

30.919

Cruceiro das Chás.

Montederramo.

As Chás (San Xoán).

As Chás.

616.444

4.685.884

ETN*

33.619

Capilla de Santa Lucía no Peredo.

Montederramo.

Covas (San Xoán).

O Peredo.

619.581

4.681.741

MON

33.620

Iglesia de San Xoán de Covas.

Montederramo.

Covas (San Xoán).

Covas.

619.181

4.683.721

MON

30.920

Iglesia de San Pedro de Gabín.

Montederramo.

Gabín (San Pedro).

Gabín.

625.241

4.680.217

MON

30.922

Capilla de Marrubio.

Montederramo.

Marrubio (Santo André).

O Regueiro.

625.732

4.683.800

MON

30.923

Cruceiro de Marrubio.

Montederramo.

Marrubio (Santo André).

O Regueiro.

625.717

4.683.809

ETN*

30.924

Iglesia de Santo André de Marrubio.

Montederramo.

Marrubio (Santo André).

O Outeiro.

625.794

4.683.480

MON

33.320

Iglesia de Santa María de Montederramo.

Montederramo.

Montederramo (Santa María).

Sanfitoiro.

623.083

4.682.136

MON

31.809

Iglesia de Santa María de Nogueira.

Montederramo.

Nogueira (Santa María).

Nogueira.

622.483

4.683.567

MON

33.618

Iglesia de San Vicenzo dos Abeledos.

Montederramo.

Os Abeledos (San Vicente).

Os Abeledos.

624.689

4.685.845

MON

31.810

Iglesia de Santa María de Paredes.

Montederramo.

Paredes (Santa María).

Paredes.

627.165

4.680.559

MON

30.927

Iglesia de San Cosme de Montederramo.

Montederramo.

San Cosme de Montederramo (San Cosme).

A Lama.

623.165

4.680.355

MON

31.811

Iglesia de San Pedro de Sas do Monte.

Montederramo.

Sas do Monte (San Pedro).

Sas do Monte.

628.103

4.685.239

MON

33.316

Iglesia de San Xoán de Seoane Vello.

Montederramo.

Seoane Vello (San Xoán).

A Caseta.

622.094

4.686.468

MON

33.318

Iglesia de Santa María de Vilariño Frío.

Montederramo.

Vilariño Frío (Santa María).

Vilariño Frío.

620.213

4.686.062

MON

35.954

Capilla de Santa Bárbara en Covelas.

Nogueira de Ramuín.

A Carballeira (San Xosé).

Covelas.

602.208

4.697.212

MON

35.955

Iglesia de San Xosé da Carballeira.

Nogueira de Ramuín.

A Carballeira (San Xosé).

A Carballeira.

601.513

4.696.996

MON

35.962

Capilla do Pazo de Celeiros.

Nogueira de Ramuín.

A Carballeira (San Xosé).

Celeiros.

601.908

4.697.603

MON

35.963

Capilla do Pazo da Seara.

Nogueira de Ramuín.

A Carballeira (San Xosé).

A Seara do Río.

600.913

4.696.805

MON

35.965

Cruceiro da Iglesia de San Xosé da Carballeira.

Nogueira de Ramuín.

A Carballeira (San Xosé).

A Carballeira.

601.556

4.697.066

ETN*

35.968

Cruz de Santa Xusta.

Nogueira de Ramuín.

A Carballeira (San Xosé).

Santa Xusta.

601.035

4.696.093

ETN*

35.969

Capilla en Santa Xusta.

Nogueira de Ramuín.

A Carballeira (San Xosé).

Santa Xusta.

601.188

4.696.220

MON

35.910

Capilla de San Ramón en Armariz.

Nogueira de Ramuín.

Armariz (San Cristovo).

Armariz.

605.089

4.692.130

MON

35.911

Iglesia de San Cristovo de Armariz.

Nogueira de Ramuín.

Armariz (San Cristovo).

Ver de Miogo.

605.376

4.691.817

MON

35.912

Peto de ánimas de fonte de Ver de Cima.

Nogueira de Ramuín.

Armariz (San Cristovo).

Ver de Cima.

605.082

4.691.234

ETN*

35.915

Casa rectoral en Armariz.

Nogueira de Ramuín.

Armariz (San Cristovo).

Armariz.

605.104

4.692.088

MON

35.916

Casa rectoral de Armariz en Ver de Miogo.

Nogueira de Ramuín.

Armariz (San Cristovo).

Ver de Miogo.

605.375

4.691.799

MON

35.918

Peto de ánimas de Ver de Miogo.

Nogueira de Ramuín.

Armariz (San Cristovo).

Ver de Miogo.

604.902

4.691.538

ETN*

35.984

Casa rectoral de Faramontaos.

Nogueira de Ramuín.

Faramontaos (Santa María).

Requeixo.

603.075

4.692.061

MON

35.985

Peto de ánimas da Capilla de Eiradela.

Nogueira de Ramuín.

Faramontaos (Santa María).

Eiradela.

603.657

4.693.844

ETN*

35.990

Iglesia de Santa María de Faramontaos.

Nogueira de Ramuín.

Faramontaos (Santa María).

Requeixo.

603.133

4.692.061

MON

35.991

Capilla de Eiradela.

Nogueira de Ramuín.

Faramontaos (Santa María).

Eiradela.

603.664

4.693.850

MON

35.992

Peto de ánimas da Eiradela.

Nogueira de Ramuín.

Faramontaos (Santa María).

Eiradela.

603.778

4.693.708

ETN*

35.993

Cruceiro de Costela.

Nogueira de Ramuín.

Faramontaos (Santa María).

A Costela.

603.444

4.691.969

ETN*

35.997

Cruceiro con altar de Faramontaos.

Nogueira de Ramuín.

Faramontaos (Santa María).

Requeixo.

603.132

4.692.204

ETN*

33.891

Iglesia de San Salvador de Loña do Monte.

Nogueira de Ramuín.

Loña do Monte (San Salvador).

A Eirexa.

607.309

4.691.729

MON

33.895

Cruceiro en Loña do Monte.

Nogueira de Ramuín.

Loña do Monte (San Salvador).

Vilouriz.

607.225

4.691.881

ETN*

33.896

Cruz en Loña do Monte.

Nogueira de Ramuín.

Loña do Monte (San Salvador).

A Eirexa.

607.284

4.691.830

ETN*

33.897

Cruz da fonte na Eirexa.

Nogueira de Ramuín.

Loña do Monte (San Salvador).

A Eirexa.

607.273

4.691.636

ETN*

33.898

Cruceiro (restos) en Souto.

Nogueira de Ramuín.

Loña do Monte (San Salvador).

Souto.

607.602

4.692.318

ETN*

33.899

Casa rectoral de Loña do Monte.

Nogueira de Ramuín.

Loña do Monte (San Salvador).

A Eirexa.

607.287

4.691.721

MON

33.901

Capilla da Nosa Señora do Monte en Xaravedra.

Nogueira de Ramuín.

Loña do Monte (San Salvador).

Xaravedra.

609.594

4.690.553

MON

33.997

Capilla do Pilar de Mundín.

Nogueira de Ramuín.

Luíntra (Santa Baia).

Mundín.

605.183

4.695.578

MON

33.998

Iglesia de Santa Baia de Luíntra.

Nogueira de Ramuín.

Luíntra (Santa Baia).

Luíntra.

604.752

4.696.232

MON

33.999

Capilla de Santa Baia en Luíntra.

Nogueira de Ramuín.

Luíntra (Santa Baia).

Luíntra.

604.756

4.696.440

MON

34.001

Peto de ánimas de Mundín.

Nogueira de Ramuín.

Luíntra (Santa Baia).

Mundín.

605.163

4.695.592

ETN*

34.002

Cruceiro no Outeiro.

Nogueira de Ramuín.

Luíntra (Santa Baia).

Fontes.

604.022

4.696.395

ETN*

34.003

Cruz de Fontes.

Nogueira de Ramuín.

Luíntra (Santa Baia).

Fontes.

603.760

4.696.545

ETN*

33.916

Iglesia de San Martiño de Nogueira.

Nogueira de Ramuín.

Nogueira de Ramuín (San Martiño).

Nogueira.

602.943

4.697.030

MON

33.918

Casa rectoral de Nogueira.

Nogueira de Ramuín.

Nogueira de Ramuín (San Martiño).

Nogueira.

602.946

4.697.060

MON

33.919

Ermita de Santo Antonio en Fontefría.

Nogueira de Ramuín.

Nogueira de Ramuín (San Martiño).

Fontefría.

603.216

4.696.007

MON

33.920

Peto de ánimas de Liñares.

Nogueira de Ramuín.

Nogueira de Ramuín (San Martiño).

Liñares.

602.256

4.695.797

ETN*

33.926

Cruceiro de Lama Forcada.

Nogueira de Ramuín.

Nogueira de Ramuín (San Martiño).

Lama Forcada.

603.702

4.695.888

ETN*

33.930

Cruz de Nogueira.

Nogueira de Ramuín.

Nogueira de Ramuín (San Martiño).

Nogueira.

603.013

4.697.102

ETN*

33.931

Cruz en casa con patio en Nogueira.

Nogueira de Ramuín.

Nogueira de Ramuín (San Martiño).

Nogueira.

603.018

4.697.117

ETN*

33.933

Peto de ánimas no camiño real de Pacios.

Nogueira de Ramuín.

Nogueira de Ramuín (San Martiño).

Lama Forcada.

603.644

4.696.046

ETN*

35.936

Casa rectoral de San Miguel do Campo.

Nogueira de Ramuín.

San Miguel do Campo (San Miguel).

A Penela.

601.184

4.692.048

MON

35.937

Ermita da Nosa Señora do Carpazal en Malburguete.

Nogueira de Ramuín.

San Miguel do Campo (San Miguel).

Malburguete.

601.327

4.690.941

MON

35.938

Iglesia de San Miguel do Campo.

Nogueira de Ramuín.

San Miguel do Campo (San Miguel).

A Penela.

601.133

4.692.143

MON

35.939

Peto de ánimas na estrada entre San Miguel do Campo.

Nogueira de Ramuín.

San Miguel do Campo (San Miguel).

Gundiás.

600.590

4.691.846

ETN*

35.945

Cruceiro en San Miguel do Campo.

Nogueira de Ramuín.

San Miguel do Campo (San Miguel).

A Penela.

601.100

4.692.111

ETN*

35.952

Cruceiro de Dornas.

Nogueira de Ramuín.

San Miguel do Campo (San Miguel).

Cimadevila.

601.803

4.692.739

ETN*

33.958

Capilla de Santo Antonio en Rubiacós.

Nogueira de Ramuín.

Santa Cruz de Rubiacós (Santa Cruz).

Rubiacós.

606.751

4.693.562

MON

33.959

Iglesia de Santa Cruz de Rubiacós.

Nogueira de Ramuín.

Santa Cruz de Rubiacós (Santa Cruz).

Santa Cruz.

606.217

4.693.826

MON

33.964

Cruz sobre unha rocha en Santa Cruz.

Nogueira de Ramuín.

Santa Cruz de Rubiacós (Santa Cruz).

Santa Cruz.

606.423

4.693.861

ETN*

33.965

Cruz I nun outeiro preto de Santa Cruz.

Nogueira de Ramuín.

Santa Cruz de Rubiacós (Santa Cruz).

Santa Cruz.

606.444

4.693.892

ETN*

33.966

Cruz II nun outeiro preto de Santa Cruz.

Nogueira de Ramuín.

Santa Cruz de Rubiacós (Santa Cruz).

Santa Cruz.

606.445

4.693.897

ETN*

33.967

Casa rectoral de Rubiacós.

Nogueira de Ramuín.

Santa Cruz de Rubiacós (Santa Cruz).

Rubiacós.

606.718

4.693.485

MON

23.573

Capilla de Santo Antonio en Castillón.

Pantón.

Castillón (Santiago).

Castillón.

612.041

4.709.954

MON

23.577

Capilla de Ral.

Pantón.

Castillón (Santiago).

Ral.

611.672

4.708.552

MON

23.580

Iglesia de San Vicenzo de Deade.

Pantón.

Deade (San Vicente).

As Nogueiras.

613.030

4.706.001

MON

23.593

Iglesia de San Xulián de Eiré.

Pantón.

Eiré (San Xulián).

O Mosteiro.

610.745

4.708.100

MON

23.598

Capilla de San Bartolomeu en Guítara.

Pantón.

Eiré (San Xulián).

Guítara.

608.639

4.706.645

MON

25.288

Iglesia de Santo Estevo de Espasantes.

Pantón.

Espasantes (Santo Estevo).

Pacios.

613.206

4.703.641

MON

23.769

Iglesia de San Mamede de Mañente.

Pantón.

Mañente (San Mamede).

Outarelo.

617.035

4.706.522

MON

23.774

Iglesia de San Romao de Moreda.

Pantón.

Moreda (San Romao).

San Romao.

614.413

4.709.399

MON

23.779

Capilla de Augas Santas.

Pantón.

Pantón (San Martiño).

As Augas Santas.

615.154

4.707.976

MON

23.784

Iglesia de San Martiño de Pantón (San Martiño)n.

Pantón.

Pantón (San Martiño).

Pantón de Abaixo.

613.759

4.707.782

MON

23.555

Capilla de Guende.

Pantón.

San Fiz de Cangas (San Fiz).

Guende.

611.311

4.704.205

MON

23.558

Iglesia de San Fiz de Cangas.

Pantón.

San Fiz de Cangas (San Fiz).

Guende.

611.326

4.704.225

MON

23.564

Iglesia de San Vicenzo de Castillón.

Pantón.

San Vicente de Castillón (San Vicente).

San Vicente.

612.704

4.710.395

MON

23.565

Iglesia de Santiago de Castillón.

Pantón.

San Vicente de Castillón (San Vicente).

San Vicente.

612.570

4.710.266

MON

23.566

Cruceiro de San Vicente de Castillón.

Pantón.

San Vicente de Castillón (San Vicente).

San Vicente.

612.525

4.710.412

ETN*

23.571

Capilla da casa rectoral de San Vicenzo de Castillón.

Pantón.

San Vicente de Castillón (San Vicente).

San Vicente.

612.679

4.710.431

MON

23.826

Iglesia de Santalla de Toiriz.

Pantón.

Santalla de Toiriz (Santalla).

Santalla.

614.387

4.712.349

MON

23.772

Iglesia de Santo Estevo do Mato.

Pantón.

Santo Estevo do Mato (Santo Estevo).

Santo Estevo.

612.716

4.712.346

MON

23.809

Iglesia de Santo André de Següín.

Pantón.

Següín (Santo André).

Següín.

610.620

4.705.949

MON

23.811

Iglesia de Sasn Xulián de Serode.

Pantón.

Serode (San Xulián).

A Lama.

612.370

4.705.047

MON

23.813

Casa rectoral de Serode.

Pantón.

Serode (San Xulián).

A Lama.

612.349

4.705.065

MON

23.814

Iglesia de San Martiño de Siós.

Pantón.

Siós (San Martiño).

Campelos.

614.335

4.705.746

MON

23.822

Iglesia de Santa María de Toiriz.

Pantón.

Toiriz (Santa María).

Pacios.

615.151

4.713.429

MON

23.816

Iglesia de San Xoán de Toldaos.

Pantón.

Toldaos (San Xoán).

Toldaos de Arriba.

616.041

4.707.619

MON

23.818

Iglesia de San Martiño de Tribás.

Pantón.

Tribás (San Martiño).

Tribás.

612.859

4.714.318

MON

23.828

Iglesia de San Cibrao de Vilamelle.

Pantón.

Vilamelle (San Cibrao).

O Outeiro.

615.531

4.705.042

MON

33.333

Iglesia de Santiago da Hedrada.

Parada de Sil.

A Hedrada (Santiago).

A Hedrada.

619.633

4.687.718

MON

33.334

Capilla das Neves na Casa do Vento.

Parada de Sil.

A Hedrada (Santiago).

Guendón.

618.202

4.689.057

MON

33.578

Iglesia de Santa María das Paradellas.

Parada de Sil.

As Paradellas (Santa María).

As Paradellas.

616.032

4.688.667

MON

33.579

Iglesia de San Xiao de Pradomao.

Parada de Sil.

Pradomao (San Xiao).

Pradomao.

621.111

4.688.581

MON

21.355

Iglesia de Santiago da Laxe.

Paradela.

A Laxe (Santiago).

A Laxe.

617.126

4.738.117

MON

21.356

Capilla de Castrelo.

Paradela.

A Laxe (Santiago).

Castrelo.

618.226

4.739.164

MON

21.066

Iglesia de Santiago de Aldosende.

Paradela.

Aldosende (Santiago).

Aldosende.

611.623

4.733.656

MON

21.067

Capilla de San Vicente Ferrer no Colado.

Paradela.

Aldosende (Santiago).

O Colado.

613.898

4.734.371

MON

21.077

Iglesia de Santiago de Andreade.

Paradela.

Andreade (Santiago).

Andreade.

617.903

4.733.048

MON

21.080

Cruceiro de Andreade.

Paradela.

Andreade (Santiago).

O Lugar.

617.941

4.732.593

ETN*

21.323

Iglesia de San Salvador das Cortes.

Paradela.

As Cortes (San Salvador).

As Cortes.

614.486

4.738.606

MON

21.325

Casa rectoral de San Salvador das Cortes.

Paradela.

As Cortes (San Salvador).

As Cortes.

614.492

4.738.643

MON

21.095

Iglesia de San Pedro de Barán.

Paradela.

Barán (San Pedro).

San Pedro.

620.768

4.734.779

MON

21.098

Cruceiro de San Pedro.

Paradela.

Barán (San Pedro).

San Pedro.

620.645

4.734.784

ETN*

21.103

Iglesia de San Mamede de Castro.

Paradela.

Castro (San Mamede).

A Eirexe.

615.157

4.737.073

MON

21.294

Iglesia de Santa María de Castro de Rei de Lemos.

Paradela.

Castro de Rei de Lemos (Santa María).

A Enxamea.

616.814

4.729.892

MON

21.295

Capilla de San Roque de Feás.

Paradela.

Castro de Rei de Lemos (Santa María).

Feás.

612.674

4.730.737

MON

21.296

Capilla do Mazo.

Paradela.

Castro de Rei de Lemos (Santa María).

O Mazo.

617.804

4.730.830

MON

21.297

Capilla de San Xosé en Paredes.

Paradela.

Castro de Rei de Lemos (Santa María).

Paredes de Abaixo.

618.639

4.727.207

MON

21.298

Capilla das Neves en Cerxedo.

Paradela.

Castro de Rei de Lemos (Santa María).

Cerxedo.

619.729

4.730.063

MON

21.299

Capilla de Pereiro (ruínas).

Paradela.

Castro de Rei de Lemos (Santa María).

Pereiro.

617.177

4.728.401

MON

21.300

Capilla da Inmaculada en San Martiño.

Paradela.

Castro de Rei de Lemos (Santa María).

San Martiño.

619.113

4.728.144

MON

21.309

Cruceiro da Enxamea.

Paradela.

Castro de Rei de Lemos (Santa María).

A Enxamea.

616.903

4.729.817

ETN*

21.334

Iglesia de Santa María de Ferreiros.

Paradela.

Ferreiros (Santa María).

Mirallos.

619.687

4.737.835

MON

21.335

Capilla de Fruxinde.

Paradela.

Ferreiros (Santa María).

Fruxinde.

621.409

4.738.749

MON

21.336

Capilla da Parede de Delle.

Paradela.

Ferreiros (Santa María).

A Parede de Delle.

619.957

4.738.479

MON

21.337

Capilla de Eirexe.

Paradela.

Ferreiros (Santa María).

A Eirexe.

620.001

4.737.522

MON

21.338

Peto de ánimas de Mirallos.

Paradela.

Ferreiros (Santa María).

Mirallos.

619.453

4.737.883

ETN*

21.344

Iglesia de Santa María de Francos.

Paradela.

Francos (Santa María).

Francos.

618.044

4.737.145

MON

21.345

Casa rectoral de Santa María de Francos.

Paradela.

Francos (Santa María).

Francos.

618.038

4.737.128

MON

21.362

Iglesia de San Xoán de Loio.

Paradela.

Loio (San Xoán).

A Fonte da Agra.

613.159

4.739.148

MON

21.364

Capilla da Abelaira.

Paradela.

Paradela (San Miguel).

A Abelaira.

617.445

4.735.197

MON

21.365

Iglesia de San Miguel de Paradela.

Paradela.

Paradela (San Miguel).

Rodillón.

617.040

4.735.992

MON

21.367

Cruz no adro de San Miguel de Paradela.

Paradela.

Paradela (San Miguel).

Rodillón.

617.013

4.736.037

ETN*

21.368

Cruceiro no adro de San Miguel de Paradela.

Paradela.

Paradela (San Miguel).

Rodillón.

617.011

4.736.048

ETN*

21.369

Cruceiro de Pacios.

Paradela.

Paradela (San Miguel).

Pacios.

617.182

4.735.511

ETN*

24.717

Capilla de Santa Marta.

Paradela.

San Facundo de Ribas do Miño (San Facundo).

Santa Marta.

610.837

4.737.856

MON

24.718

Ermita de Santa María de Penarredonda no Lombao.

Paradela.

San Facundo de Ribas do Miño (San Facundo).

O Lombao.

612.103

4.736.075

MON

24.719

Casa rectoral de San Facundo de Ribas de Miño.

Paradela.

San Facundo de Ribas do Miño (San Facundo).

O Lombao.

612.321

4.736.638

MON

21.113

Iglesia de San Martiño de Castro.

Paradela.

San Martiño de Castro (San Martiño).

San Martiño.

612.724

4.737.535

MON

24.685

Iglesia de San Vicenzo de Paradela.

Paradela.

San Vicente de Paradela (San Vicente).

Pereiraboa.

614.968

4.735.408

MON

24.688

Capilla de Nai.

Paradela.

San Vicente de Paradela (San Vicente).

Nai.

614.622

4.733.993

MON

24.689

Casa rectoral de San Vicenzo de Paradela.

Paradela.

San Vicente de Paradela (San Vicente).

San Vicente.

614.888

4.735.471

MON

24.697

Cruceiro de San Vicente en Pereiraboa.

Paradela.

San Vicente de Paradela (San Vicente).

Pereiraboa.

615.085

4.735.581

ETN*

24.704

Capilla en Bermil.

Paradela.

Santa Cristina de Paradela (Santa Cristina).

Bermil.

617.164

4.733.997

MON

24.705

Iglesia de Santa Cristina de Paradela.

Paradela.

Santa Cristina de Paradela (Santa Cristina).

Santa Cristina.

616.553

4.734.161

MON

24.711

Iglesia de Santalla de Paradela.

Paradela.

Santalla de Paradela (Santalla).

Santalla.

613.455

4.736.314

MON

24.712

Casa rectoral de Santalla de Paradela.

Paradela.

Santalla de Paradela (Santalla).

Santalla.

613.441

4.736.333

MON

24.724

Iglesia de San Lourenzo de Suar.

Paradela.

Suar (San Lourenzo).

Suar.

616.440

4.737.388

MON

24.729

Iglesia de Santa Maria de Vilaragunte.

Paradela.

Vilaragunte (Santa María).

A Eirexe.

618.531

4.734.867

MON

24.730

Capilla de Santo Antonio en Vilar de Aldixe.

Paradela.

Vilaragunte (Santa María).

Vilar de Aldixe.

619.532

4.735.896

MON

24.731

Casa rectoral de Vilaragunte.

Paradela.

Vilaragunte (Santa María).

A Eirexe.

618.553

4.734.898

MON

31.686

Iglesia de Santiago da Peroxa.

A Peroxa.

A Peroxa (Santiago).

A Peroxa.

599.376

4.699.420

MON

33.595

Capilla do pazo de Ansariz.

A Peroxa.

Armental (San Salvador).

Ansariz.

595.791

4.702.177

MON

33.595

Cruceiro do pazo de Ansariz.

A Peroxa.

Armental (San Salvador).

Ansariz.

595.791

4.702.177

ETN*

33.596

Iglesia de San Salvador de Armental.

A Peroxa.

Armental (San Salvador).

Armental.

595.989

4.702.942

MON

33.602

Iglesia de Santiago de Carracedo.

A Peroxa.

Carracedo (Santiago).

Carracedo.

601.573

4.699.092

MON

33.603

Capilla da Virxe do Amparo en Barrás.

A Peroxa.

Carracedo (Santiago).

Barras.

601.197

4.698.704

MON

33.604

Casa rectoral de Carracedo.

A Peroxa.

Carracedo (Santiago).

Carracedo.

601.536

4.699.091

MON

31.669

Iglesia de San Vicenzo de Graíces.

A Peroxa.

Graíces (San Vicente).

Graíces.

599.597

4.697.321

MON

31.673

Iglesia de San Martiño de Gueral.

A Peroxa.

Gueral (San Martiño).

Gueral.

596.054

4.699.784

MON

31.674

Casa rectoral de Gueral.

A Peroxa.

Gueral (San Martiño).

Gueral.

596.076

4.699.789

MON

31.677

Iglesia de Santa María de Mirallos.

A Peroxa.

Mirallos (Santa María).

Mirallos.

599.273

4.702.892

MON

31.678

Capilla da Virxe da Saúde en San Nicolao.

A Peroxa.

Mirallos (Santa María).

San Nicolao.

599.988

4.703.522

MON

31.703

Iglesia de San Cristovo do Souto.

A Peroxa.

O Souto (San Cristovo).

Moreda.

601.786

4.704.518

MON

31.704

Casa rectoral de San Cristovo do Souto.

A Peroxa.

O Souto (San Cristovo).

Moreda.

601.815

4.704.535

MON

33.586

Iglesia de San Cibrao.

A Peroxa.

San Cibrao (San Cibrao).

San Cibrao.

594.751

4.702.566

MON

31.689

Iglesia de San Xés.

A Peroxa.

San Xes (San Xes).

San Xes.

598.577

4.698.326

MON

31.695

Casa rectoral de Xes.

A Peroxa.

San Xes (San Xes).

San Xes.

598.602

4.698.331

MON

31.821

Iglesia de Santiago de Toubes.

A Peroxa.

Toubes (Santiago).

Abedín.

596.571

4.701.748

MON

31.693

Cruceiro de Souto.

A Peroxa.

Vilarrubín (San Martiño).

O Souto.

597.323

4.699.335

ETN*

31.694

Capilla da Casa Grande de Souto.

A Peroxa.

Vilarrubín (San Martiño).

O Souto.

597.306

4.699.309

MON

31.827

Iglesia de San Martiño de Vilarrubín.

A Peroxa.

Vilarrubín (San Martiño).

Vilarrubín.

598.177

4.700.312

MON

31.828

Casa rectoral de Vilarrubín.

A Peroxa.

Vilarrubín (San Martiño).

Vilarrubín.

598.132

4.700.278

MON

31.831

Capilla da Milagrosa en Cinconogueiras.

A Peroxa.

Vilarrubín (San Martiño).

Cinconogueiras.

597.854

4.700.274

MON

36.108

Iglesia de Santo Antonio da Encomenda.

A Pobra de Trives.

A Encomenda (Santo Antonio).

A Encomenda.

643.698

4.686.433

MON

36.087

Iglesia do Santo Cristo da misericordia da Pobra de Trives.

A Pobra de Trives.

A Pobra de Trives (Santo Cristo da Misericordia).

A Pobra de Trives.

644.046

4.689.133

MON

36.078

Iglesia de San Xoán de Barrio.

A Pobra de Trives.

Barrio (San Xoán).

Barrio.

644.367

4.690.950

MON

34.370

Iglesia de Santiago de Cotarós.

A Pobra de Trives.

Cotarós (Santiago).

Cotarós.

640.730

4.686.410

MON

38.098

Iglesia de Santa María da Cova.

A Pobra de Trives.

Cova (Santa María).

Cova.

637.349

4.686.182

MON

38.100

Capilla de San Bartolomeu en Cova.

A Pobra de Trives.

Cova (Santa María).

Cova.

638.263

4.686.171

MON

35.337

Iglesia da Nosa Señora da Concepción de Mendoia.

A Pobra de Trives.

Mendoia (Nosa Señora da Concepción).

Mendoia.

645.831

4.688.212

MON

35.350

Iglesia de San Miguel de Navea.

A Pobra de Trives.

Navea (San Miguel).

A Eirexa.

643.941

4.693.252

MON

36.971

Iglesia de San Nicolao do Castro.

A Pobra de Trives.

O Castro (San Nicolao).

O Castro.

642.020

4.686.835

MON

35.529

Iglesia de Santo Antonio de Pareisás.

A Pobra de Trives.

Pareisás (Santo Antonio).

Pareisás.

639.575

4.687.744

MON

35.530

Capilla de San Víctor en Pareisás.

A Pobra de Trives.

Pareisás (Santo Antonio).

Pareisás.

640.152

4.688.270

MON

35.531

Iglesia de Santa María de Pena Folenche.

A Pobra de Trives.

Pena Folenche (Santa María).

Pena Folenche.

641.836

4.690.989

MON

35.533

Capilla da Encarnación ou da Orde de Malta na ponte Navea.

A Pobra de Trives.

Pena Folenche (Santa María).

A Ponte Navea.

640.930

4.689.907

MON

38.095

Iglesia de Santo Estevo de Pena Petada.

A Pobra de Trives.

Pena Petada (Santo Estevo).

Pena Petada.

639.789

4.685.369

MON

36.109

Iglesia de San Sebastián de Piñeiro.

A Pobra de Trives.

Piñeiro (San Sebastián).

Piñeiro.

644.925

4.689.366

MON

35.542

Iglesia de San Lourenzo de Trives.

A Pobra de Trives.

San Lourenzo de Trives (San Lourenzo).

Mosteiro.

641.399

4.687.972

MON

35.545

Iglesia de San Mamede de Trives.

A Pobra de Trives.

San Mamede de Trives (San Mamede).

San Mamede de Trives.

641.065

4.688.479

MON

35.546

Casa rectoral de San Mamede de Trives.

A Pobra de Trives.

San Mamede de Trives (San Mamede).

San Mamede de Trives.

641.047

4.688.492

MON

36.094

Iglesia e mosteiro de San Salvador de Sobrado de Trives.

A Pobra de Trives.

Sobrado (San Salvador).

Sobrado.

645.197

4.686.421

MON

36.101

Cruceiro de Sobrado de Trives.

A Pobra de Trives.

Sobrado (San Salvador).

Sobrado.

645.212

4.686.406

ETN*

35.538

Iglesia de San Miguel de Somoza.

A Pobra de Trives.

Somoza (San Miguel).

Somoza.

642.153

4.685.558

MON

36.103

Iglesia de Santa María de Trives.

A Pobra de Trives.

Trives (Santa María).

Trives.

643.643

4.689.638

MON

36.106

Cruceiro de Santa María de Trives.

A Pobra de Trives.

Trives (Santa María).

Trives.

643.491

4.689.713

ETN*

37.976

Iglesia de Santa María de Vilanova.

A Pobra de Trives.

Vilanova (Santa María).

Vilanova.

642.507

4.688.308

MON

34.371

Iglesia de San Pedro de Xunqueira.

A Pobra de Trives.

Xunqueira (San Pedro).

Sas de Xunqueira.

642.983

4.690.806

MON

28.827

Iglesia de San Martiño de Ferreirúa.

A Pobra do Brollón.

A Ferreirúa (San Martiño).

O Corral.

632.361

4.717.349

MON

28.828

Iglesia de San Martiño da Ferreirúa.

A Pobra do Brollón.

A Ferreirúa (San Martiño).

A Barxa.

632.368

4.717.351

MON

28.829

Capilla de Pacios en Ferreirúa.

A Pobra do Brollón.

A Ferreirúa (San Martiño).

Marcón.

632.591

4.718.133

MON

28.546

Iglesia de San Pedro da Pobra do Brollón.

A Pobra do Brollón.

A Pobra do Brollón (San Pedro).

A Pobra do Brollón.

632.072

4.712.920

MON

28.547

Iglesia de San Pedro da Pobra de Brollón.

A Pobra do Brollón.

A Pobra do Brollón (San Pedro).

A Pobra do Brollón.

632.072

4.712.917

MON

28.549

Peto de Santo Antón da Pobra de Brollón.

A Pobra do Brollón.

A Pobra do Brollón (San Pedro).

A Pobra do Brollón.

632.069

4.712.803

ETN*

28.797

Iglesia de San Xoán de Abrence.

A Pobra do Brollón.

Abrence (San Xoán).

A Casanova.

632.369

4.708.962

MON

28.792

Iglesia de Santa Mariña de Barxa de Lor.

A Pobra do Brollón.

Barxa de Lor (Santa Mariña).

A Ponte.

636.244

4.707.903

MON

28.799

Iglesia de San Miguel de Canedo.

A Pobra do Brollón.

Canedo (San Miguel).

A Eirexe.

630.067

4.719.979

MON

28.801

Peto de Barredo.

A Pobra do Brollón.

Canedo (San Miguel).

A Eirexe.

630.027

4.719.995

ETN*

28.802

Capilla de San Xoán en Canedo.

A Pobra do Brollón.

Canedo (San Miguel).

Telo.

630.330

4.720.190

MON

28.803

Cruceiro do adro de San Miguel de Canedo.

A Pobra do Brollón.

Canedo (San Miguel).

A Eirexe.

630.051

4.719.987

ETN*

28.805

Iglesia de Santiago de Castroncelos.

A Pobra do Brollón.

Castroncelos (Santiago).

Castroncelos.

633.130

4.711.614

MON

28.806

Capilla de Piñeiros.

A Pobra do Brollón.

Castroncelos (Santiago).

Piñeiros.

632.448

4.711.619

MON

28.813

Iglesia de Santa Mariña de Castrosante.

A Pobra do Brollón.

Castrosante (Santa Mariña).

Castrosante.

630.982

4.715.194

MON

28.816

Iglesia de San Pedro de Cereixa.

A Pobra do Brollón.

Cereixa (San Pedro).

A Albariza.

629.514

4.712.212

MON

28.817

Capilla de Nogueira en Cereixa.

A Pobra do Brollón.

Cereixa (San Pedro).

Nogueiras.

630.519

4.712.349

MON

28.821

Iglesia de Santa Comba de Fornelas.

A Pobra do Brollón.

Eixón (San Xurxo).

A Vila.

628.739

4.715.176

MON

28.822

Iglesia de San Xurxo de Eixón.

A Pobra do Brollón.

Eixón (San Xurxo).

A Vila.

628.747

4.715.181

MON

28.825

Iglesia de San Salvador de Ferreiros.

A Pobra do Brollón.

Ferreiros (San Salvador).

Cima de Vila.

633.172

4.717.018

MON

28.496

Iglesia de Santa Comba de Fornelas (Santa Comba).

A Pobra do Brollón.

Fornelas (Santa Comba).

A Corredoira.

627.691

4.713.783

MON

28.498

Iglesia de San Pedro de Lamaigrexa.

A Pobra do Brollón.

Lamaigrexa (San Pedro).

Lamaigrexa.

633.712

4.713.229

MON

28.524

Iglesia de San Cosme de Liñares (San Cosme).

A Pobra do Brollón.

Liñares (San Cosme).

Guariz.

631.382

4.706.459

MON

28.526

Capilla de Santiorxo en Liñares.

A Pobra do Brollón.

Liñares (San Cosme).

Santiorxo.

632.264

4.706.564

MON

28.530

Iglesia de Santa María de Óutara.

A Pobra do Brollón.

Óutara (Santa María).

Óutara.

632.279

4.722.130

MON

28.531

Capilla de Ferreirúa.

A Pobra do Brollón.

Óutara (Santa María).

Óutara.

632.311

4.722.127

MON

28.532

Capilla de Biduedo en Outara.

A Pobra do Brollón.

Óutara (Santa María).

Biduedo.

632.902

4.721.385

MON

28.535

Iglesia de Santa Einés de Parada dos Montes.

A Pobra do Brollón.

Parada dos Montes (Santa Einés).

Parada dos Montes.

641.775

4.714.883

MON

28.536

Ermita no Carballal.

A Pobra do Brollón.

Parada dos Montes (Santa Einés).

Parada dos Montes.

641.756

4.714.923

MON

28.537

Ermita en Ferreirúa.

A Pobra do Brollón.

Parada dos Montes (Santa Einés).

Parada dos Montes.

641.758

4.714.933

MON

28.538

Ermita en Rio dos Bois.

A Pobra do Brollón.

Parada dos Montes (Santa Einés).

Río de Bois.

640.433

4.715.032

MON

28.539

Iglesia Santa María de Pinel.

A Pobra do Brollón.

Pinel (Santa María).

A Eirexa.

630.787

4.709.034

MON

28.543

Iglesia de Santa María de Piño.

A Pobra do Brollón.

Piño (Santa María).

O Pacio.

628.768

4.717.086

MON

28.544

Capilla de Corral da Gándara.

A Pobra do Brollón.

Piño (Santa María).

Corral da Gándara.

628.469

4.716.776

MON

28.556

Iglesia de Santa María de Saa.

A Pobra do Brollón.

Saa (Santa María).

A Pousa.

633.316

4.715.589

MON

28.557

Capilla de Teixeira en Saa.

A Pobra do Brollón.

Saa (Santa María).

Covadelas.

636.359

4.717.599

MON

28.563

Iglesia de San Xoán de Salcedo.

A Pobra do Brollón.

Salcedo (San Xoán).

Salcedo.

636.430

4.711.869

MON

28.552

Iglesia de Santalla de Rei (Santalla).

A Pobra do Brollón.

Santalla de Rei (Santalla).

A Ribeira.

629.777

4.716.568

MON

28.564

Capilla de Santa María do Piño.

A Pobra do Brollón.

Veiga (San Xián).

Outeiro.

630.310

4.717.099

MON

28.565

Iglesia de San Xián da Veiga.

A Pobra do Brollón.

Veiga (San Xián).

O Campo.

630.319

4.717.056

MON

27.540

Capilla de San Marcos en Acevedo.

Portomarín.

Bagude (San Bartolomeu).

Acevedo.

606.147

4.740.243

MON

27.541

Iglesia de San Bartolomeu de Bagude.

Portomarín.

Bagude (San Bartolomeu).

Bagude.

607.761

4.738.572

MON

27.542

Cruceiro en Bagude.

Portomarín.

Bagude (San Bartolomeu).

Bagude.

607.726

4.738.558

ETN*

27.549

Iglesia de San Xulián de Caborrecelle.

Portomarín.

Caborrecelle (San Xulián).

A Eirexe.

609.760

4.743.355

MON

27.561

Iglesia de Santa María de Castromaior.

Portomarín.

Castromaior (Santa María).

Castromaior.

605.556

4.742.910

MON

27.562

Iglesia de Santa María de Cortapezas.

Portomarín.

Cortapezas (Santa María).

A Eirexe.

611.439

4.741.428

MON

27.564

Iglesia de San Lourenzo de Fiz de Rozas.

Portomarín.

Fiz de Rozas (San Lourenzo).

As Casas Novas.

612.365

4.744.977

MON

27.565

Iglesia de Santa María de Gonzar.

Portomarín.

Gonzar (Santa María).

Gonzar.

606.582

4.742.252

MON

27.569

Iglesia de San Martiño de León.

Portomarín.

León (San Martiño).

León.

612.001

4.743.189

MON

27.571

Iglesia de Santa María de Narón.

Portomarín.

Narón (Santa María).

O Vilar de Abaixo.

602.932

4.741.386

MON

27.572

Cruceiro en Narón.

Portomarín.

Narón (Santa María).

O Vilar de Abaixo.

602.905

4.741.295

ETN*

27.577

Iglesia de San Cibrao de Nespereira.

Portomarín.

Nespereira (San Cibrao).

Nespereira.

604.859

4.744.122

MON

27.554

Iglesia de San Martiño do Castro de Soengas.

Portomarín.

O Castro de Soengas (San Martiño).

O Castro.

603.925

4.739.302

MON

27.555

Cruceiro do Castro.

Portomarín.

O Castro de Soengas (San Martiño).

O Castro.

603.757

4.739.287

ETN*

27.617

Iglesia de San Pedro de Portomarín.

Portomarín.

Portomarín (San Nicolao).

Portomarín.

613.262

4.740.587

MON

27.622

Cruceiro de Portomarín.

Portomarín.

Portomarín (San Nicolao).

O Mulidao.

613.202

4.740.249

ETN*

27.628

Iglesia de San Pedro de Recelle.

Portomarín.

Recelle (San Pedro).

A Eirexe.

610.192

4.745.054

MON

27.629

Cruz do adro de San Pedro de Recelle.

Portomarín.

Recelle (San Pedro).

A Eirexe.

610.207

4.745.048

ETN*

27.638

Iglesia de San Salvador de Sabadelle.

Portomarín.

Sabadelle (San Salvador).

Sabadelle.

611.765

4.737.394

MON

27.639

Capilla en Seixón.

Portomarín.

Sabadelle (San Salvador).

Seixón.

610.501

4.738.211

MON

27.547

Iglesia de San Mamede de Belade.

Portomarín.

San Mamede de Belaz (San Mamede).

San Mamede.

609.900

4.739.716

MON

27.634

Iglesia de San Mamede do Río.

Portomarín.

San Mamede do Río (San Mamede).

San Mamede do Río.

603.245

4.742.999

MON

27.645

Iglesia de Santiago de Soengas.

Portomarín.

Soengas (Santiago).

Soengas de Abaixo.

604.486

4.738.079

MON

27.654

Iglesia de San Martiño de Vedro.

Portomarín.

Vedro (San Martiño).

San Martiño.

610.556

4.742.527

MON

27.657

Capilla da Casa dos Quiroga en Vilarbasín.

Portomarín.

Vilarbasín (San Pedro).

Vilarbasín.

609.794

4.735.986

MON

27.659

Iglesia de San Pedro de Vilarbasín.

Portomarín.

Vilarbasín (San Pedro).

A Covela.

608.907

4.735.973

MON

27.660

Iglesia de San Pedro de Vilaxuste.

Portomarín.

Vilaxuste (San Pedro).

A Eirexe.

607.795

4.746.689

MON

26.634

Capilla de San Xoán en Casa do Vello.

Quiroga.

Bustelo de Fisteus (Santa Bárbara).

Casa do Vello.

649.699

4.709.610

ARQ

27.339

Iglesia de San Miguel de Montefurado.

Quiroga.

Montefurado (San Miguel).

San Miguel de Montefurado.

648.369

4.695.314

MON

27.354

Capilla dos Casares.

Quiroga.

Montefurado (San Miguel).

Os Casares.

646.545

4.693.789

MON

27.330

Iglesia de San Xoán do Hospital.

Quiroga.

O Hospital (San Salvador).

Carballedo.

644.323

4.703.756

MON

26.664

Iglesia de Nosa Señora das Neves de Nogueira.

Ribas de Sil.

Nogueira (Nosa Señora das Neves).

O Barreiro.

637.221

4.701.558

MON

26.725

Ermita de San Cidre.

Ribas de Sil.

Nogueira (Nosa Señora das Neves).

Castro de Abaixo.

635.016

4.701.145

MON

26.730

Capilla de San Tirso de Vilariño.

Ribas de Sil.

Nogueira (Nosa Señora das Neves).

Vilariño.

637.080

4.699.309

MON

26.672

Iglesia de San Martiño de Peites.

Ribas de Sil.

Peites (San Martiño).

Peites.

645.672

4.695.499

MON

26.673

Capilla de Figueirido.

Ribas de Sil.

Peites (San Martiño).

Figueiredo.

645.541

4.697.122

MON

26.674

Casa rectoral en Peites.

Ribas de Sil.

Peites (San Martiño).

Peites.

645.650

4.695.521

MON

26.678

Capilla de Piñeira de Arriba.

Ribas de Sil.

Piñeira (San Cristovo).

Piñeira de Arriba.

645.403

4.698.676

MON

26.679

Iglesia de San Cristovo de Piñeira.

Ribas de Sil.

Piñeira (San Cristovo).

Piñeira de Arriba.

645.881

4.698.656

MON

26.684

Iglesia de Santa Lucía de Rairós.

Ribas de Sil.

Rairos (Santa Lucía).

Rairos.

638.037

4.701.956

MON

26.689

Capilla de Vilardedonas.

Ribas de Sil.

Ribas de Sil (San Clodio).

Vilanova.

640.849

4.701.326

MON

26.693

Capilla de San Pedro en Pousanova.

Ribas de Sil.

Ribas de Sil (San Clodio).

Pousanova.

642.041

4.701.753

MON

26.711

Capilla do poboado de Sequeiros.

Ribas de Sil.

Ribas de Sil (San Clodio).

A Escoleira.

643.812

4.701.596

MON

26.718

Iglesia de Santiago de Soutordei.

Ribas de Sil.

Soutordei (Santiago).

Moredo.

643.602

4.698.800

MON

40.043

Iglesia de San Paio das Cabanas.

San Xoán de Río.

As Cabanas (San Paio).

A Airexa.

642.373

4.694.602

MON

40.045

Capilla de Santiago do Monte en Cima da Vila.

San Xoán de Río.

Castrelo (Santa María).

Cima de Vila.

637.432

4.691.596

MON

40.046

Iglesia de Santa María de Castrelo.

San Xoán de Río.

Castrelo (Santa María).

O Pereiro.

635.988

4.690.986

MON

40.048

Iglesia de Santa Maria Madalena de Cerdeira.

San Xoán de Río.

Cerdeira (Santa María Madanela).

Cerdeira.

638.692

4.689.469

MON

40.050

Iglesia de Santa Mariña de Medos.

San Xoán de Río.

Medos (Santa Mariña).

Medos.

636.902

4.695.697

MON

40.041

Iglesia de San Silvestre de Argas.

San Xoán de Río.

San Silvestre de Argas (San Silvestre).

San Silvestre.

637.062

4.693.188

MON

40.051

Iglesia de San Xoán de Río.

San Xoán de Río.

San Xoán de Río (San Xoán).

O Campo.

640.132

4.692.353

MON

40.053

Capilla de San Antonio de Domecelle.

San Xoán de Río.

San Xoán de Río (San Xoán).

Domecelle.

640.486

4.691.645

MON

40.054

Capilla de Santiago de Mouruás.

San Xoán de Río.

San Xoán de Río (San Xoán).

Mouruás.

640.296

4.690.664

MON

40.055

Capilla de San Miguel.

San Xoán de Río.

San Xoán de Río (San Xoán).

San Miguel.

641.352

4.693.286

MON

40.056

Iglesia de Santa María da O de San Xurxo.

San Xoán de Río.

San Xurxo (Santa María da O).

Pacios de San Xurxo.

640.961

4.693.929

MON

40.040

Iglesia de San Xoán de Seoane de Argas.

San Xoán de Río.

Seoane de Argas (San Xoán).

Seoane.

638.158

4.694.232

MON

28.645

Capilla da Casa de Federico en Ourigo.

O Saviñao.

A Broza (San Tomé).

Ourigo.

614.011

4.722.811

MON

28.646

Capilla da Nosa Señora en Rebordondiego.

O Saviñao.

A Broza (San Tomé).

Rebordondiego.

617.799

4.723.951

MON

28.647

Capilla de Santa Mariña na Ribeira.

O Saviñao.

A Broza (San Tomé).

Ribela.

614.699

4.722.378

MON

28.648

Capilla de Santo Antón na Broza.

O Saviñao.

A Broza (San Tomé).

Xesto.

616.832

4.722.140

MON

28.649

Capilla de San Gregorio en Xixiriz.

O Saviñao.

A Broza (San Tomé).

Xixiriz.

616.675

4.725.760

MON

28.651

Iglesia de Santo Tomé da Broza.

O Saviñao.

A Broza (San Tomé).

A Broza.

616.342

4.723.243

MON

28.652

Cruceiro do adro de San Tomé da Broza.

O Saviñao.

A Broza (San Tomé).

A Broza.

616.361

4.723.256

ETN*

28.700

Iglesia de San Fiz da Laxe.

O Saviñao.

A Laxe (San Fiz).

San Fiz.

607.786

4.718.306

MON

28.668

Capilla da Casa Grande en Marzán.

O Saviñao.

Chave (San Sadurniño).

Marzán.

610.470

4.729.036

MON

28.670

Iglesia de San Sadurniño de Chave.

O Saviñao.

Chave (San Sadurniño).

Chave.

610.598

4.727.929

MON

28.672

Cruceiro de Chave.

O Saviñao.

Chave (San Sadurniño).

Chave.

610.542

4.727.919

ETN*

28.686

Iglesia de San Vicenzo de Eirexafeita.

O Saviñao.

Eirexafeita (San Vicente).

San Vicente.

611.764

4.723.449

MON

28.696

Iglesia de Santa Cecilia de Freán.

O Saviñao.

Freán (Santa Cecilia).

Freán.

607.999

4.716.735

MON

28.703

Capilla da Casa de Casadonas.

O Saviñao.

Licín (Santalla).

A Cavada.

611.039

4.714.132

MON

28.704

Iglesia de Santalla de Licín.

O Saviñao.

Licín (Santalla).

Licín.

611.678

4.714.861

MON

28.705

Cruceiro de Santalla.

O Saviñao.

Licín (Santalla).

Santalla.

611.640

4.714.897

ETN*

28.711

Iglesia de Santa María de Marrube.

O Saviñao.

Marrube (Santa María).

Eirexe.

610.050

4.716.460

MON

28.712

Cruceiro de Eirexe.

O Saviñao.

Marrube (Santa María).

Eirexe.

609.983

4.716.501

ETN*

27.934

Iglesia de Santa María de Ousende.

O Saviñao.

Ousende (Santa María).

A Casa do Mazo.

617.229

4.718.723

MON

27.942

Capilla de San Xoán na Casa do González en Vilamo.

O Saviñao.

Piñeiró (San Sadurniño).

Vilamor.

608.712

4.719.060

MON

27.944

Iglesia de San Sadurniño de Piñeiró.

O Saviñao.

Piñeiró (San Sadurniño).

San Sadurniño.

610.083

4.719.176

MON

27.945

Necrópolis de San Sadurniño de Piñeiro.

O Saviñao.

Piñeiró (San Sadurniño).

San Sadurniño.

610.085

4.719.176

ARQ

27.952

Capilla de Santo Antón en Teibel.

O Saviñao.

Reiriz (Santa María).

Teibel.

610.246

4.730.880

MON

27.954

Iglesia de Santa María de Reiriz.

O Saviñao.

Reiriz (Santa María).

A Eirexe.

608.704

4.731.335

MON

27.969

Iglesia de San Vitoiro de Ribas de Miño.

O Saviñao.

San Vitoiro de Ribas de Miño (San Vitoiro).

A Abadía.

606.117

4.724.380

MON

27.971

Cruceiro do Santuario de Guadalupe.

O Saviñao.

San Vitoiro de Ribas de Miño (San Vitoiro).

O Val.

605.000

4.723.928

ETN*

27.979

Capilla da Abadía.

O Saviñao.

San Vitoiro de Ribas de Miño (San Vitoiro).

A Abadía.

606.085

4.724.488

MON

27.981

Crucerio do adro de San Vitoiro de Ribas de Miño.

O Saviñao.

San Vitoiro de Ribas de Miño (San Vitoiro).

A Abadía.

606.115

4.724.389

ETN*

28.149

Iglesia de Santa María de Segán.

O Saviñao.

Segán (Santa María).

Segán de Arriba.

607.094

4.725.696

MON

28.153

Cruceiro do campo da festa de Seteventos.

O Saviñao.

Seteventos (Santa María).

Seteventos.

613.229

4.716.591

ETN*

28.155

Capilla da Inmaculada na Orxaínza.

O Saviñao.

Sobreda (San Xoán).

A Orxaínza.

614.347

4.726.799

MON

28.156

Iglesia de San Xoán de Sobreda.

O Saviñao.

Sobreda (San Xoán).

Sobreda.

615.239

4.725.088

MON

28.158

Capilla da casa rectoral de Vilacaíz.

O Saviñao.

Vilacaiz (San Xulián).

Vilacaíz.

612.106

4.728.718

MON

28.159

Iglesia de San Xulián de Vilacaíz.

O Saviñao.

Vilacaiz (San Xulián).

San Xulián.

612.509

4.728.319

MON

28.168

Iglesia de San Salvador de Vilaesteva.

O Saviñao.

Vilaesteva (San Salvador).

Vilaesteva.

609.642

4.724.510

MON

28.180

Iglesia antigua de Vilasante.

O Saviñao.

Vilasante (San Salvador).

Casadela.

612.291

4.715.368

MON

28.181

Cruceiro de Vilasante.

O Saviñao.

Vilasante (San Salvador).

Casadela.

612.238

4.715.370

ETN*

28.183

Iglesia antigua de Escairón.

O Saviñao.

Vilasante (San Salvador).

Escairón.

611.429

4.715.607

MON

28.189

Iglesia de San Xoán de Vilatán.

O Saviñao.

Vilatán (San Xoán).

Vilatán.

608.656

4.717.884

MON

28.190

Cruceiro de Vilatán.

O Saviñao.

Vilatán (San Xoán).

Vilatán.

608.677

4.717.883

ETN*

28.194

Capilla de Santa Lucía en Pedras.

O Saviñao.

Vilelos (San Martiño).

Pedras.

609.184

4.720.796

MON

28.196

Iglesia de San Martiño de Vilelos.

O Saviñao.

Vilelos (San Martiño).

San Martiño.

608.312

4.720.649

MON

28.197

Cruceiro de San Martiño.

O Saviñao.

Vilelos (San Martiño).

San Martiño.

608.376

4.720.688

ETN*

28.200

Iglesia de Santiago de Xuvencos.

O Saviñao.

Xuvencos (Santiago).

Xuvencos.

610.334

4.721.377

MON

28.259

Iglesia de San Martiño de Arroxo.

Sober.

Arroxo (San Martiño).

San Martiño.

616.615

4.702.505

MON

28.274

Cruceiro de Sober.

Sober.

Arroxo (San Martiño).

Sober.

616.319

4.701.939

ETN*

30.407

Iglesia de Santa Cruz de Brosmos.

Sober.

Brosmos (Santa Cruz).

Casaniño.

621.166

4.697.643

MON

30.408

Cruz de Casaniño.

Sober.

Brosmos (Santa Cruz).

Casaniño.

621.213

4.697.626

ETN*

30.409

Cruz de Sanmil.

Sober.

Brosmos (Santa Cruz).

Sanmil.

621.907

4.698.453

ETN*

30.411

Iglesia de San Pedro de Bulso.

Sober.

Bulso (San Pedro).

O Campo.

620.008

4.697.826

MON

30.413

Cruceiro do Campo.

Sober.

Bulso (San Pedro).

O Campo.

619.978

4.697.767

ETN*

30.414

Iglesia de San Pedro de Canaval.

Sober.

Canaval (San Pedro).

San Pedro.

616.240

4.704.308

MON

30.417

Cruceiro de Canaval.

Sober.

Canaval (San Pedro).

San Pedro.

616.163

4.704.254

ETN*

30.418

Peto de ánimas da Ponte.

Sober.

Canaval (San Pedro).

Santa Baia.

615.506

4.704.291

ETN*

30.450

Iglesia de San Salvador de Figueroá.

Sober.

Figueiroá (San Salvador).

Suairexa.

617.379

4.698.760

MON

30.452

Casa rectoral en Suairexa.

Sober.

Figueiroá (San Salvador).

Suairexa.

617.344

4.698.772

MON

30.460

Iglesia de Santiago de Gundivós.

Sober.

Gundivós (Santiago).

A Airexa.

620.049

4.700.423

MON

30.461

Capilla de Vilapedre.

Sober.

Gundivós (Santiago).

Vilapedre.

621.158

4.699.434

MON

30.462

Capilla de Santa Mariña.

Sober.

Gundivós (Santiago).

Santa Mariña.

619.545

4.700.521

MON

30.463

Capilla de Carboeiro.

Sober.

Gundivós (Santiago).

Carboeiro.

621.241

4.699.736

MON

30.469

Cruceiro da Eirexa.

Sober.

Gundivós (Santiago).

A Airexa.

619.991

4.700.396

ETN*

30.476

Necrópolis de Gundivós.

Sober.

Gundivós (Santiago).

A Airexa.

620.057

4.700.433

ARQ

30.477

Iglesia de San Martiño de Liñarán.

Sober.

Liñarán (San Martiño).

A Pousa.

618.173

4.700.832

MON

30.479

Capilla de Santa Catalina e San Roque.

Sober.

Liñarán (San Martiño).

A Pousa.

618.537

4.700.668

ARQ

30.490

Iglesia de San Nicolao de Millán.

Sober.

Millán (San Nicolao).

Os Ferreiros.

615.414

4.701.981

MON

30.491

Capilla de Santo André.

Sober.

Millán (San Nicolao).

As Abelairas.

615.018

4.701.353

MON

30.492

Casa rectoral nos Ferreiros.

Sober.

Millán (San Nicolao).

Os Ferreiros.

615.425

4.701.968

MON

30.493

Cruz dos Ferreiros.

Sober.

Millán (San Nicolao).

O Campo da Vila.

615.442

4.702.023

ETN*

30.495

Iglesia de San Salvador de Neiras.

Sober.

Neiras (San Salvador).

Suairexa.

619.087

4.703.209

MON

30.496

Capilla da Vaqueriza.

Sober.

Neiras (San Salvador).

A Vacariza.

619.013

4.705.021

MON

30.497

Casa rectoral en Suareixa.

Sober.

Neiras (San Salvador).

Suairexa.

619.058

4.703.190

MON

30.499

Cruz da Suareixa.

Sober.

Neiras (San Salvador).

Suairexa.

619.007

4.703.179

ETN*

30.501

Necrópolis das Pedras.

Sober.

Neiras (San Salvador).

Campo Rairo.

617.968

4.705.151

ARQ

30.520

Iglesia de Santa María de Proendos.

Sober.

Proendos (Santa María).

O Campo.

616.486

4.700.899

MON

30.521

Capilla de Barrio.

Sober.

Proendos (Santa María).

As Laxas.

617.057

4.701.682

MON

30.522

Capilla de Mer.

Sober.

Proendos (Santa María).

Mer.

617.308

4.700.095

MON

30.523

Capilla de San Xillao.

Sober.

Proendos (Santa María).

Francos de Proendos.

615.835

4.701.070

MON

30.524

Ermita en Castaxúa.

Sober.

Proendos (Santa María).

Castaxúa.

615.361

4.699.912

MON

30.528

Casa rectoral en Proendos.

Sober.

Proendos (Santa María).

O Campo.

616.478

4.700.920

MON

30.539

Necrópolis de Proendos.

Sober.

Proendos (Santa María).

O Campo.

616.503

4.700.971

ARQ

30.545

Iglesia de Santo Estevo de Refoxo.

Sober.

Refoxo (Santo Estevo).

A Pousada.

617.609

4.702.389

MON

30.609

Iglesia de Santa María de Vilaescura.

Sober.

Vilaescura (Santa María).

Vilaescura.

614.059

4.702.840

MON

30.615

Peto de ánimas de Pena de Miro nos Condes.

Sober.

Vilaescura (Santa María).

Os Condes.

614.349

4.702.732

ETN*

30.616

Cruceiro de Pena de Miro.

Sober.

Vilaescura (Santa María).

Os Condes.

614.349

4.702.731

ETN*

26.356

Iglesia de San Mamede da Torre.

Taboada.

A Torre (San Mamede).

San Mamede.

600.932

4.732.985

MON

25.507

Cruceiro de Santo Estevo.

Taboada.

Ansar (Santo Estevo).

Santo Estevo.

596.572

4.730.275

ETN*

25.508

Iglesia de Santo Estevo de Ansar.

Taboada.

Ansar (Santo Estevo).

O Bouzal.

596.649

4.730.411

MON

25.690

Iglesia de San Paio de Arxiz.

Taboada.

Arxiz (San Paio).

San Paio.

599.146

4.734.776

MON

25.698

Capilla de San Roque.

Taboada.

Bembibre (San Pedro).

San Roque.

601.372

4.730.784

MON

25.699

Capilla de Deilás.

Taboada.

Bembibre (San Pedro).

Deilás.

603.236

4.730.631

MON

25.701

Iglesia de San Xoán de Bouzoa.

Taboada.

Bouzoa (San Xoán).

Bouzoa.

593.635

4.727.840

MON

25.703

Capilla de Balboa.

Taboada.

Bouzoa (San Xoán).

Bouzoa.

593.642

4.727.838

MON

25.704

Sartegos de Campo.

Taboada.

Campo (San Xián).

Abelairas.

600.495

4.727.436

ARQ

25.706

Iglesia de San Xián de Campo.

Taboada.

Campo (San Xián).

Abelairas.

600.516

4.727.409

MON

25.707

Cruceiro do adro de San Xián do Campo.

Taboada.

Campo (San Xián).

Abelairas.

600.501

4.727.430

ETN*

25.708

Casa rectoral de San Xián de Campo.

Taboada.

Campo (San Xián).

Abelairas.

600.541

4.727.398

MON

25.709

Capilla de Buín.

Taboada.

Campo (San Xián).

Buín.

601.498

4.727.224

MON

25.715

Cruceiro con peto de ánimas en Airexe.

Taboada.

Castelo (Santa María).

Airexe.

602.639

4.727.768

ETN*

25.716

Capilla da Casa de Covas.

Taboada.

Castelo (Santa María).

Covas.

603.278

4.728.739

MON

25.723

Capilla de Perrelos.

Taboada.

Castelo (Santa María).

Perrelos.

601.833

4.728.313

MON

25.725

Iglesia de Santa María de Castelo.

Taboada.

Castelo (Santa María).

Airexe.

602.693

4.727.667

MON

25.734

Iglesia de Santa Mariña de Cerdeda.

Taboada.

Cerdeda (Santa Mariña).

Airexe.

595.725

4.728.707

MON

25.735

Capilla de Nogueira.

Taboada.

Cicillón (Santiago).

Nogueira de Asma.

599.568

4.724.229

MON

25.736

Capilla Casa Fidalgo.

Taboada.

Cicillón (Santiago).

Vidás.

600.470

4.724.511

MON

25.737

Iglesia de Santiago de Cicillón.

Taboada.

Cicillón (Santiago).

As Cargas.

599.600

4.725.426

MON

25.742

Iglesia de San Martiño de Couto.

Taboada.

Couto (San Martiño).

Iglesia.

599.674

4.731.805

MON

25.743

Capilla de Bandomil.

Taboada.

Couto (San Martiño).

Bandomil.

598.828

4.731.663

MON

25.744

Capilla do Cruceiro.

Taboada.

Couto (San Martiño).

O Cruceiro.

599.669

4.731.873

MON

26.257

Iglesia de Santiago de Esperante.

Taboada.

Esperante (Santiago).

Esperante.

596.509

4.725.443

MON

26.259

Cruceiro do adro de Santiago de Esperante.

Taboada.

Esperante (Santiago).

Esperante.

596.499

4.725.450

ETN*

26.260

Capilla de San Roque.

Taboada.

Esperante (Santiago).

Vila.

597.042

4.725.685

MON

26.261

Capilla de Espailde.

Taboada.

Esperante (Santiago).

Espaílde.

598.054

4.724.871

MON

26.262

Cruceiro do Mosteiro.

Taboada.

Esperante (Santiago).

Mosteiro.

596.676

4.724.832

ETN*

26.263

Iglesia de Santaigo de Frade.

Taboada.

Fradé (Santiago).

Airexe.

598.636

4.730.117

MON

26.265

Iglesia de San Lourenzo de Gondulfe.

Taboada.

Gondulfe (San Lourenzo).

San Lourenzo.

598.041

4.728.268

MON

26.266

Capilla da Cruz.

Taboada.

Gondulfe (San Lourenzo).

A Cruz.

597.321

4.727.754

MON

26.269

Iglesia de San Salavador de Ínsua.

Taboada.

Ínsua (San Salvador).

Toiriz.

605.122

4.729.543

MON

26.283

Iglesia de San Martiño de Mato.

Taboada.

Mato (San Martiño).

San Martiño.

595.012

4.725.942

MON

26.284

Cruceiro dos Campos.

Taboada.

Mato (San Martiño).

Campos.

594.135

4.726.177

ETN*

26.291

Iglesia de Santa Mariña de Meixonfrio.

Taboada.

Meixonfrío (Santa Mariña).

Meixonfrío.

602.516

4.736.583

MON

26.293

Cruceiro do adro de Santa Mariña de Meixonfrío.

Taboada.

Meixonfrío (Santa Mariña).

Meixonfrío.

602.527

4.736.600

ETN*

26.299

Cruceiro en Moreda de Arriba.

Taboada.

Moreda (Santa Mariña).

Moreda de Arriba.

599.898

4.729.584

ETN*

26.300

Iglesia de Santa Mariña de Moreda.

Taboada.

Moreda (Santa Mariña).

Moreda de Arriba.

599.894

4.729.378

MON

26.302

Iglesia de Santa María de Piñeira.

Taboada.

Piñeira (Santa María).

Mosteiro.

598.435

4.726.246

MON

26.274

Iglesia de San Xián de Ínsua.

Taboada.

San Xián de Ínsua (San Xián).

San Xián.

605.848

4.727.945

MON

26.305

Iglesia de Santiago de Sobrecedo.

Taboada.

Sobrecedo (Santiago).

Airexe.

602.254

4.724.802

MON

26.308

Iglesia de Santa María de Taboada dos Freires.

Taboada.

Taboada dos Freires (Santa María).

Taboada dos Freires.

596.590

4.727.988

MON

26.310

Cruceiro do adro de Santa María de Taboada dos Freires.

Taboada.

Taboada dos Freires (Santa María).

Taboada dos Freires.

596.584

4.727.986

ETN*

26.311

Capilla de Susa.

Taboada.

Taboada dos Freires (Santa María).

Amedo.

595.589

4.727.412

MON

26.363

Iglesia de Santa Mariña de Vilameñe.

Taboada.

Vilameñe (Santa Mariña).

Fonteboa.

601.951

4.732.018

MON

26.367

Capilla Vilar de Cabalos.

Taboada.

Vilar de Cabalos (Santa Eulalia).

Vilar de Cabalos.

603.642

4.732.098

MON

26.373

Capilla do Sitio de Iglesia.

Taboada.

Vilela (San Miguel).

Bispo.

601.032

4.725.807

MON

26.374

Iglesia de San Miguel de Vilela.

Taboada.

Vilela (San Miguel).

Bispo.

601.154

4.726.052

MON

26.375

Cruceiro do Fontao.

Taboada.

Vilela (San Miguel).

O Agro.

600.932

4.726.058

ETN*

26.389

Capilla de Vilasusa.

Taboada.

Xián (Santa María).

Mosteiro.

607.610

4.732.976

MON

26.391

Iglesia de Santa María de Xián.

Taboada.

Xián (Santa María).

Xián.

607.186

4.733.250

MON

26.392

Capilla de Figueiras.

Taboada.

Xián (Santa María).

Xián.

607.114

4.733.136

MON

39.437

Iglesia de Santa María Boazo.

Teixeira (A).

Boazo (Santa María).

Boazo.

626.545

4.692.107

MON

39.438

Vía Crucis de Santa María de Boazo.

Teixeira (A).

Boazo (Santa María).

Boazo.

626.557

4.692.102

ETN*

39.439

Casa rectoral de Santa María de Boazo.

Teixeira (A).

Boazo (Santa María).

Boazo.

626.536

4.692.220

MON

39.555

Iglesia de Santa María de Sistín.

Teixeira (A).

Sistín (Santa María).

A Eirexa.

624.830

4.688.461

MON

24.016

Iglesia de Santa María de Niñodaguia.

Xunqueira de Espadanedo.

Niñodaguia (Santa María).

A Eirexa.

610.731

4.684.803

MON

24.017

Casa rectoral de Niñodaguia na Eirexa.

Xunqueira de Espadanedo.

Niñodaguia (Santa María).

A Eirexa.

610.746

4.684.785

MON

24.024

Peto de ánimas de Paradela.

Xunqueira de Espadanedo.

Niñodaguia (Santa María).

Paradela.

610.248

4.686.669

ETN*

24.082

Iglesia de San Miguel de Ramil.

Xunqueira de Espadanedo.

Ramil (San Miguel).

San Miguel.

613.500

4.683.954

MON

24.083

Cruceiro das Mociñas.

Xunqueira de Espadanedo.

Ramil (San Miguel).

San Miguel.

613.498

4.683.965

ETN*

24.084

Cruz de Tumba.

Xunqueira de Espadanedo.

Ramil (San Miguel).

San Miguel.

613.505

4.683.968

ETN*

24.135

Cruceiro de Xunqueira de Espadañedo.

Xunqueira de Espadanedo.

Xunqueira de Espadanedo (Santa María).

Xunqueira de Espadanedo.

612.954

4.686.030

ETN*

ANEXO IV
Descripción del paisaje cultural de la Ribeira Sacra

El valor de la Ribeira Sacra como paisaje cultural evolutivo y vivo

La Ribeira Sacra es un ejemplo paradigmático y singular de paisaje cultural en el que se evidencia el significado de la creación conjunta de las personas y de la naturaleza. Sus manifestaciones materiales e inmateriales poseen un valor equivalente al de su sustrato geográfico natural y se evidencian de la misma manera singulares, y así son reconocidas por la comunidades que la habitan, por las personas que se acercan a ella de forma temporal o permanente y por las que dedican sus estudios e investigaciones a conocerla con mayor profundidad.

La Ribeira Sacra es un paisaje cultural que reúne las características para ser considerada de valor singular para la identidad del pueblo gallego a lo largo del tiempo. Pero además, por su amplio desarrollo evolutivo, la riqueza de sus manifestaciones y su estado de conservación, es además un ejemplo significativo de valor universal que testimonia el intercambio de valores que trascienden e interesan a toda la humanidad.

Las comunidades actuales conviven con la aportación realizada por sus ancestros, desde la huella prehistórica en asentamientos, necrópolis y grabados idealizados sobre la piedra; la explotación de los recursos minerales; el ascetismo, la contemplación y la vida natural de los eremitas y monjes; el asentamiento y asimilación de creencias religiosas y espirituales a través de los más hermosos y complejos monumentos; el cultivo intensivo de inclinadas pendientes para completar la economía familiar y la de la propia estructura de la comunidad; e incluso la explotación del potencial hídrico para la producción de energía imprescindible para el sostenimiento de los estándares de confort de la vida actual.

Todo el territorio está lleno de huellas que son un sistema de referencias y de contacto con la espiritualidad del paisaje.

Los túmulos, los grabados rupestres, los castros y las rocas y peñas conforman un primer sistema de referencias que se completa con una compleja red de caminos y pasos de barca, en un conjunto jerarquizado que une con los diferentes y lejanos centros de poder y decisión, y los cientos de lugares que, en algún momento también perdido en la memoria, ocuparon personas de santidad.

La interpretación mística y sagrada de este paisaje permanece viva, presente en cada metro del terreno, en las gentes que son herederas de cientos de miles de pequeños fincas que siguen usando y siendo sustento, y que hacen viable su vida en comunidad, porque de alguna forma las empinadas riberas y los lugares santos siguen causando una misma emoción que supera su impronta estética y remite a la memoria secular que todos participan en común. Porque no todos los lugares son iguales y algunos remiten a una memoria que se comparte, creada sobre esa espiritualidad y el propio dolor de la pérdida. Esa sensación que a lo largo de la historia, debido al ejercicio de un poder superior, alejado y desconocido, las personas sufrieron, para darle forma a las pendientes y para sacar de ellas un producto. Como el dolor de ver, más recientemente, desaparecer bajo de las aguas, las casas y los lugares de la memoria: pesqueras, puentes, casas, caminos y pasos, en favor de la producción de una energía que es la que hace mover el mundo a una velocidad y en un sentido que parece no ser el propio de este lugar.

Las personas de la Ribeira Sacra supieron adaptarse y conservar no solo sus monumentos, que fueron desplazados para su salvaguarda como medida pionera en la protección del patrimonio, sino también todo el conjunto de sus vidas, desde los fondos de los valles inundados a las mismas laderas.

Las terrazas, muchas de ellas abandonadas como consecuencia de los cambios sociales y económicos de escala mundial, cobraron un nuevo sentido y se mostraron de nuevo como una oportunidad única para la vida y el mantenimiento de su relación con el territorio y sus valores esenciales.

Una imagen icónica que es reconocible de inmediato: de la alta pendiente del cañón, amurallada, en la que crece la vid y el castaño, con el agua, ahora alta y calma, antes exuberante y escurridiza, permanente a lo largo de toda la historia de la comunidad, presente en sus recuerdos y también en sus vivencias actuales, y que puede comprenderse desde lo alto y el mirador como un hermoso panorama, pero también en cada una de las bodegas, de los peldaños de las escaleras, de los esgrafiados o de los capiteles labrados.

La Ribeira Sacra supone la oportunidad para un sistema sostenible y viable de la explotación tradicional de los recursos naturales, de forma que existe una identificación entre la persona y su trabajo, que permite la apropiación del recurso con el respeto a sus características y a su autenticidad, incluso siendo capaz de incorporar y valorar la existencia de grandes transformaciones, como supone el estancamiento del agua y la pérdida de los valiosos terrenos más bajos del valle. Y supone una oportunidad porque sus valores son excepcionales y se muestran tanto en la magnificencia de su trabajo arquitectónico y artístico, en la presencia a lo largo del tiempo prolongado y precoz de una vida espiritual compleja y un sistema agrícola que es un reto para la geografía y el esfuerzo humano, pero sigue siendo la forma más razonable y sostenible.

En ninguno otro lugar como en la Ribeira Sacra estas definiciones pueden encontrar una mejor materialización y una manifestación tan singular, impresionante y meritoria del esfuerzo de una comunidad a lo largo del tiempo en el mismo espacio, desde la prehistoria a la actualidad, por adaptar un territorio único, con sus extremas dificultades y con sus magníficas oportunidades, a los múltiples acontecimientos: al devenir complejo de la historia; al poder y a la convivencia doméstica; a la economía de un imperio y a la de un pequeño lugar y a la cavadura de unos cientos de metros; a los retos y abismos de las relaciones y adaptaciones cultural; a la energía de un pequeño artefacto y a la energía de todo un país del cual depende su confort y su modo de vida básico.

La Ribeira Sacra es el resultado de millares de años de adaptación paciente y resiliencia activa de generaciones de mujeres y hombres a un territorio singular, que en la actualidad son la mejor evidencia de una adaptación singular reconocible en sus formas, en sus construcciones y en sus productos. La delimitación más evidente de la Ribeira Sacra es la de las características propias de la naturaleza de su geografía, valles de bocarribeira que caen con vértigo en exageradas pendientes imposibles cuando superan el 100 %, las más elevadas de todos los valles cultivados, condiciones límites que convierten en heroicidad el trabajo. Trabajo, por otra parte, creado con el propio material que los fondos cañones del Sil, del Miño, del Búbal, del Cabe, del Mao, del Lor, del Bibei y de otros muchos ofrecen, la pequeña piedra, de granito o de pizarra, la mampostería o la losa, así como la propia tierra enriquecida con los restos vegetales y animales para ofrecer unas condiciones óptimas para una explotación exigua, un producto que es el reflejo del lugar en que se crea.

En la perspectiva actual existen muchos ejemplos construidos que son magníficas muestras de valor artístico e histórico, como las robustas cabeceras y portadas románicas repartidas por todo el territorio, como el delicado trabajo de excelencia en la arquitectura de Santo Estevo de Ribas de Sil o en las pinturas murales como las de Nogueira de Miño y muchas otras, la ingeniería romana del puente del Bibei o de la ingeniería del ferrocarril en Os Peares, la bóveda del embalse de Belesar o la boca del túnel de Montefurado, ingenios y hazañas técnicas que en su momento fueron concebidas como los productos más avanzados tecnológicamente y complejos de su tiempo.

Pero por encima de todos estos elementos singulares, e incluso por encima de su excepcional densidad, nada resulta más impresionante y magnífico que el gran telón de las laderas muradas, la construcción menuda, pausada e ininterrumpida, de los bancales de las laderas, de sus bodegas, de sus escalones volados, y de la propia tierra y la propia piedra, que todo lo envuelven y que persisten imperturbables mismo cuando son abandonadas y cubiertas por la vegetación, esperando el mejor momento para ser puestas de nuevo en servicio. El territorio de este paisaje cultural tiene su esencia en los cañones del Sil y el Miño, un territorio del curso medio de profundos valles y empinadas laderas, abruptas y pétreas, disuasorias para el visitante ocasional u oportunista, pero fértiles y protegidas por una climatología estable y apropiada para el cultivo de quien esté dispuesto a consagrar su vida al trabajo.

Sus límites geográficos son también límites históricos, enmarcados por hitos excepcionales. Al este por el Bibei y Montefurado, donde fue intensa la actividad de explotación aurífera en los primeros siglos del primero milenio y donde se consagró en el siglo V el altar hoy conocido como Crismón de A Ermida de Quiroga, pieza excepcional y única en el mundo con un mensaje universal también grabada en su borde: «El oro es vil para ti, las riquezas de plata se abaten. Más es lo que reluces por tu propia felicidad». Límite que supone también la entrada de los primeros eremitas que encuentran en las poblaciones rurales y diseminadas de estos lugares, un terreno fértil, acostumbrados a la vida en comunión con la naturaleza predicada por el priscilianismo, y la variante hacia Santiago por el Camino de Invierno, cuando los pasos de O Cebreiro permanecían inaccesibles.

Por el oeste el complejo de Temes, en Carballedo, en que se localiza el primer documento escrito de la cristianización de este territorio, con la inscripción pétrea en latín de sus virtudes teologales: fe, esperanza y caridad, junto con un frontal de mármol de origen romano del siglo IV, que detalla varias imágenes de animadas escenas de la Biblia: los Reyes Magos, Adán y Eva y Jonás y la ballena.

Al sur limitado por los monasterios y tierras de San Pedro de Rocas (fundado en el siglo VI), en los terrenos ocupados por el reino suevo, Montederramo (origen de la denominación) y Xunqueira de Espadanedo.

Por el norte limitaría con Portomarín y el Camino de Santiago francés, los cañones del río Miño limitados por las tierras del río Asma por el oeste, y por las tierras de Pesqueiras y Diomondi por el este.

El Miño y el Sil, al tiempo de dividir las dos provincias de Lugo y Ourense, también establecen los límites entre los polos urbanos de los conjuntos históricos de Monforte de Lemos, al norte, y Castro Caldelas, al sur; las tierras de Lemos y de Caldelas son las jurisdicciones civiles tradicionales de la Ribeira Sacra. En la actualidad, estos límites se ven reforzados por el propio aprovechamiento energético de las aguas de los ríos, con el embalse de Belesar como el límite norte en el Miño, y el de Os Peares como el límite sudoeste.

Todas las riquezas, el oro extraído de la tierra, la salvación del alma construida en los eremitorios primero y en los monasterios después, o la electricidad que ilumina los hogares, son alimentadas con el agua de los ríos. El vino y la castaña, como la cereza, el cereal y la carne también. Pero todo eso no sería nada sin el ingenio y el trabajo de las personas, transmitido de forma militante durante generaciones y vivo aún, amenazados por los cambios en los paradigmas de la supervivencia en un mundo continuamente en cambio.

La enseñanza del tiempo es que la Ribeira Sacra sabrá permanecer, obstinada, encontrando un lugar en el mundo con la base de su piedra, de su agua y del trabajo de sus gentes.

Como parte de ese trabajo es necesario el reconocimiento general de estos valores y de sus especiales características, de tal forma que los medios de la Administración también sean puestos a la disposición de su conservación y transmisión hacia el futuro.

Las características físicas del espacio natural

Desde un punto de vista morfológico los cañones del Sil y del Miño presentan unas singularidades cuantitativas que identifican un territorio de grandes contrastes y de magnitudes extremas. La primera de ellas es la brecha profunda que suponen los ríos en la roca granítica y metamórfica, con diferentes consecuencias, a lo largo de un extenso período de tiempo, desde el Terciario hasta la actualidad.

La segunda es la fuerte pendiente de sus valles, que en inclinaciones medias superiores a 30º (60 %); en muchas zonas superan los 80º (pendiente muy superior al 100 %) hasta los 88º e incluso paredes verticales, con alturas de ladera de unos 500 m. Estas laderas finalizan contra zonas llanas con pendientes inferiores al 16º y conforman el fértil paisaje de la bocarribeira.

En términos geológicos estas características remiten a tiempos de la orogenia Herciniana, que fragmentó el territorio gallego en bloques y los desplazó, mientras que las fracturas que determinan la expansión atlántica y la separación de las placas continentales durante el Jurásico o Cretácico tienen como consecuencia el hundimiento de los dichos bloques.

Las subsiguientes dinámicas de las placas determinan el hundimiento y levantamiento alternativo de los dichos bloques, mientras que los cursos fluviales tienden a encajarse de forma traumática en los bloques erguidos con tal intensidad que no puede ser explicada solo como resultado ni de las variaciones de sus caudales ni de las condiciones climáticas en general, sino que debe ser el resultado de la combinación de los movimientos lentos de las placas con la persistencia de la red fluvial sin grandes desviaciones de trazado.

De este modo se justifican estos profundos valles encajados rodeados de explanadas y depresiones ajenas a sus trazados. Un aislamiento y una configuración autónoma que proceden de las eras de formación geológica.

Tanto en el Sil como en el Miño se observa una división entre paisajes graníticas y metamórficas, graníticos en la parte occidental del Sil y norte del Miño y metamórficas en la oriental del Sil y sur del Miño, entre Belesar y Os Peares. El sustrato rocoso genera diferentes manifestaciones apreciables, en ocasiones verdaderas colecciones de piedra desnuda rodeada de pequeñas brechas intensamente vegetadas, de un alto valor ecológico y estético.

Estas condiciones especiales de los profundos valles de ribera suponen también la concreción de unas condiciones climáticas específicas y diferenciadas, con temperaturas superiores a los 20º en verano, de 8º en invierno, incluso más límites, con mínimas de – 5º y máximas superiores a los 40º. Las precipitaciones anuales son también escasas, alrededor de los 600 mm, y con fases de escasez hídrica.

La flora, por lo tanto, se adapta y favorece las especies de aspecto mediterráneo, en que de forma natural abundan el roble, la encina y el alcornoque, los madroños, los tojos, los brezos y las retamas. En las orillas de los ríos, los sauces y chopos. Entre la vegetación introducida, destacan principalmente el castaño y las vides.

En principio, las elevadas pendientes parecen poco favorables para desarrollar una actividad agro ganadera sostenible, pero un largo proceso de adaptación y transformación reforzada por las características específicas de estos terrenos con respeto a los de su alrededor sirvió para potenciar su singularidad. Entre estas condiciones ventajosas están la exposición a una más eficaz orientación al sol y la disponibilidad natural para crear un suelo artificial, con la modificación de su superficie natural, mezclando la capa superficial alterada con el recurso ilimitado de tojos, brezos y estiércol animal, distribuida en bancales empleando la misma piedra en pequeñas terrazas horizontales de apenas unas decenas de centímetros, lo que crea el sustrato ideal para desarrollar una agricultura de vides y olivos también favorables a las condiciones climáticas. Los asentamientos y viviendas también usan los mismos recursos, ya que eligen en un terreno accidentado aquellos lugares más propicios, sea próximos al fondo del valle o en las laderas en función de la posibilidad de las pendientes y de la orientación. Estas diferencias a la exposición al sol implican una diferencia y contraste en ocasiones entre las dos márgenes del río, con una zona expuesta extensa e intensamente humanizada y otras sombrías en que abundan los árboles densos y una vegetación.

El topónimo

La Ribeira Sacra es un topónimo reconocido que parece representar sus dos caracteres más singulares, lo del propio accidente geográfico de la ribera, que es la parte de los terrenos de valle más próximos al río, en este caso hipertrofiados en su pendiente y dimensión, y el de ser un amplio espacio consagrado a la vida espiritual. A la vista de la localización en los cañones formados por las riberas de los dos grandes ríos de Galicia, el Miño y el Sil, y del amplio y magnífico conjunto de monumentos y vestigios consagrados, el topónimo parece reafirmarse.

Sin embargo, en el ámbito documental, esta comarca debe su nombre a un lugar muy concreto denominado Rouoyra Sacrata, término que fue empleado en un documento datado el 21 de agosto de 1124 por Teresa de Portugal, reina desde el Océano hasta el río Raspalloso (habitualmente referido como el Bibei), hija de Afonso VI, y madre de Afonso Henriques, primer rey de Portugal, en una dotación o declaración al monasterio de San Xoán O Vello en un lugar de Montederramo. En este documento, que se tiene juzgado como una falsificación (histórica), se emplea una serie de referencias toponímicas y localizaciones ciertas, con una intención de justificación de derechos posesorios sobre un coto relativamente exiguo pero rico.

El término Rouoyra etimologicamente haría referencia a «roboira» antes que la «ribera», puesto que derivaría de «robur», el roble, y no de ripa, «ribera». Por lo tanto, describiría una robleda sagrada, un bosque simbólico, que en el siglo XII se encontraría en las tierras de Caldelas, un lugar asociado a ritos míticos relacionados con el mundo atlántico.

Aunque su localización es desconocida en la actualidad, parece probable su localización en el ámbito de la parroquia de Seoane Vello, en Montederramo.

Las referencias de este documento espurio resultan, por lo tanto, auténticas y esclarecedoras del carácter sagrado de un territorio y de la antigüedad de un sistema de control y gestión del territorio basado en donaciones y derechos sustentados en comunidades cenobíticas activas en la zona desde tiempos muy primitivos y en número muy abundante. Otros documentos, inscripciones lapidarias, necrópolis, elementos parciales incorporados a nuevas arquitecturas, son pruebas de la veracidad del contexto.

La identificación de la «reboira» con la «ribera» obedece a la interpretación que hizo Fray Antonio de Yepes en la Crónica General de la orden de San Benito, cuando transcribe Rouoyra Sacrata por Ribera Sagrada (en castellano), topónimo que definía un territorio sagrado por el alta concentración de monasterios y eremitorios que había en las márgenes del Miño y del Sil y que, desde primeros años del siglo XVII, encuentra fortuna en su difusión. Ribeira Sacra se impuso por la fuerza de su precisión al identificarse con esos valles encajados con fuertes pendientes en que se distribuyen las milenarias fundaciones monásticas y se cultiva la vid en bancales o muras, una manera de nueva Tebaida cristiana en los confines de occidente.

Pocos lugares como la Ribeira Sacra en el mundo, una comarca sin un límite administrativo, sin una jurisdicción común, sin una nobleza dirigente concreta, han asumido una personalidad única tan marcada y tan homogénea derivada de las características propias de su naturaleza física, de su biología y de sus comunidades y que, si bien pudo ser consciente de forma generalizada en tiempo reciente, ya su gente habría advertido y comprendido sus características propias y diferenciadas.

El uso histórico por los especialistas, primero, y por la generalidad de las personas, después, del término Ribeira Sacra desde los primeros años del XVII es la respuesta a una realidad que ya formaba parte del territorio, como muestra la pluralidad de topónimos que los habitantes de estas tierras emplearon para referirse a lugares cuyos restos físicos solo permanecían en la geografía de su memoria. Como indica Juan Carlos Rivas en Monasterios prerrománicos ourensanos en el Catálogo de la exposición Ribeira Sacra, esencia de la espiritualidad de Galicia, celebrada en 2004: «la adopción de esa feliz y apropiadísima denominación de Ribeira Sacra ha hecho ya arrolladora e inapelable fortuna aplicada a estas fascinantes y espectaculares tierras del curso final del río Sil y del central del Miño. Huelga pues toda discusión estéril. Además, no vamos a ir contra corriente de lo que la historia, la fe y el sacrificio de unos abnegados creyentes han confirmado a lo largo de muchos siglos como una hermosa e incuestionable realidad».

La ocupación histórica del territorio

La Ribeira Sacra es un territorio que presenta una ocupación humana documentada desde lo Paleolítico Inferior, porque siempre fue una zona estratégica de tránsito que aprovechaba la red fluvial del Miño y el Sil con sus afluentes. Los recientes sondeos arqueológicos en el yacimiento paleolítico de Pedras, parroquia de Vilelos, en el Ayuntamiento de O Saviñao, demuestran que la depresión de Monforte de Lemos es un área único en el Paleolítico del NW peninsular con ocupaciones desde lo Pleistoceno medio hasta momentos próximos al Holoceno.

Pero fue en el Neolítico cuando estos pueblos empezaron a intervenir en el paisaje, modificando sus formas, dejando su huella. De este período conocemos restos importantes tanto en la provincia de Lugo como en la de Ourense. En tierras lucenses son de destacar los túmulos conservados en tierras de O Saviñao, Pantón, A Pobra do Brollón o Sober, mientras que en tierras ourensanas destacan los yacimientos de los Ayuntamientos de Castro Caldelas, Nogueira de Ramuín y Parada de Sil.

Entre el final del megalitismo y el comienzo de la Edad de los Metales, en el III-II milenio a. C., las comunidades que ocupaban los valles del Miño y del Sil introdujeron un elemento más que cambió su paisaje, al transformar las rocas que coronaban las colinas en santuarios y lugares de peregrinación dotados de un carácter mágico, donde esas rocas se convertían en altares y lugares de culto.

Así, al igual que había ocurrido con las mámoas, los petróglifos se situaban en lugares estratégicos dentro del territorio, quizás marcando las zonas de caza, los lugares de paso, las comunidades que los habitaban o sus creencias, usos y ritos, pero en todo caso en lugares estratégicos en que es posible dominar amplias perspectivas del territorio, en una forma más de relacionarse con él y con su concepto de la naturaleza y del universo. Aunque en estos momentos el conocimiento de los petroglifos en la zona es parcial, puede confirmarse su relevancia como manifestación de una inquietud cultural relacionada con el conocimiento del medio. De especial interés por la complejidad de sus motivos y por la componente estética de sus juegos de formas y agrupaciones son los petroglifos de Cima da Costa (Vilar de Ortelle, Pantón), Regueiro/Tapado do Monte (Anllo, Sober), Pena do Xesta (Proendos, Sober), o el petroglifo exento de Atán (Pantón). También existen testimonios de la Edad del Bronce, hallazgos importantes como espadas, puntas de lanza y colgantes, como los de Forcas, Mouruás y Ribas de Sil, que aparecieron asociados al lecho del río o en cuevas, lo que es también muestra de la relación del hombre con el medio simbolizada en los instrumentos de su poder.

Durante la Edad del Hierro las poblaciones abandonan las tierras bajas, próximas a los ríos, y colonizan las zonas altas, donde construirán sus poblados fortificados, que conocemos con el nombre de castros. Se trata en general de recintos fortificados, con varias líneas de defensa, de tierra, piedra y probablemente empalizadas, localizados en la cumbre de las colinas, en posiciones estratégicas tanto de control territorial como de las rutas de paso, pero siempre dominando el río.

Ejemplos singulares de esta tipología son el Castro de Marce (Pantón), Vilacaíz y Abuíme (O Saviñao) o los de Arxeriz (O Saviñao), y San Lourenzo (A Cereza, A Pobra do Brollón), los únicos excavados en la Ribeira Sacra.

La huella de este tipo de asentamientos, que muestra la presencia en la geografía de la memoria de las gentes que habitan el territorio, está también en la prolífica toponimia relacionada con el castro, como Castro Caldelas, O Castro de Ferreira, Castro de Abuíme, Castro da Torre (Freán), Castro de Illón (Licín), Castro da Portela (Diomondi), Castro de Mourelos, Castro da Besta (Vilelos) o Penedos do Castro (Luintra), e incluso muchos otros topónimos y microtopónimos.

Los ríos cumplían una función esencial para las vías de comunicación, y resulta evidente la importancia de un sistema de relaciones entre zonas y territorios diferentes, por lo que en un contexto de tensiones relacionadas con la posesión y comercio de los recursos, los asentamientos fortificados, aprovechando las escarpadas laderas de los montes, de estas comunidades confería en una gran ventaja estratégica.

La cultura de estas comunidades que empleaban la tipología castreña para su residencia y defensa dejó una honda huella en este territorio. En muchos casos, estos castros colonizaron espacios simbólicos anteriores de las culturas del Calcolítico o del Megalitismo. En el continuo proceso de asimilación y transformación del paisaje, los castros conforman una nueva aportación a la fisonomía del territorio y a la comprensión de su estructura y de la forma de las actividades y relaciones entre las diferentes comunidades.

Estos asentamientos, que empezaron a levantarse a partir del siglo VIII a. C., tuvieron una larga ocupación, porque fueron romanizados y, en general, continuaron ocupándose hasta el siglo V o VI de nuestra era, y mismo hasta más tarde, cuando en tiempos convulsos, ante la amenaza externa, las gentes de la Ribeira Sacra abandonaban provisionalmente sus nuevos asentamientos y poblados de las tierras bajas para refugiarse en estas acrópolis, para proteger sus bienes, o como referencia para comprender su territorio.

Por lo que respecta a su tipología, estos presentan planta de forma oval, circular o bien elíptica, y su sistema defensivo se conforma a base de fosos y murallas. Son elementos que podemos apreciar en la configuración topográfica porque forman parte de la realidad paisajística o bien porque fueron la base de núcleos urbanos actuales, como es el caso de Monforte o de Castro Caldelas. La mayor parte de ellos mantuvieron su ocupación y se transformaron durante la época galaico romana, porque la presencia del Imperio en este territorio, rico en metales preciosos, llevó a un proceso de romanización intenso, pero en su crisis y paulatina retirada, los castros continuaron siendo de utilidad en tiempos de la inseguridad, derivada de las luchas de poder por parte de múltiples grupos locales, y volvieron a ser ocupados en el Alta Edad Media, lo que está siendo demostrado por las múltiples investigaciones recientes que contrarían el criterio habitual basado en su total abandono.

Una vez concluidas las Guerras Cántabras, se inicia la romanización del territorio y la explotación de sus recursos. La minería fue uno de los más intensamente explotados y que dejó una mayor huella en el territorio, con enormes transformaciones, algunas de ellas basadas en los trabajos tecnológicos más precisos y avanzados para la época. La explotación fue intensa en el río Sil, en el sistema que cómo en las Médulas, en el Bierzo, emplearon el sistema de ruina montium, en especial en Montefurado y en la Covela (Torbeo), por mencionar dos ejemplos de los más señalados, pero son abundantes las muestras de perfiles modificados por estas actividades. Junto a estos yacimientos auríferos primarios existen también otros secundarios, procedentes de su erosión, generalmente surgidos por el arrastre de las corrientes de los diversos ríos y depositados en sus terrazas a lo largo de millones de años, y de los que el río Sil es uno de los más fecundos y famosos, que posee amplios tramos con pequeñas concentraciones de oro explotadas a pequeña escala y de manera artesanal, donde eran habituales los trabajos de las aureanas y oureiros, que trabajaban cuando el caudal de este río bajaba considerablemente. Uno de los lugares más singulares de este tipo de explotación está también en Montefurado, donde en tiempo de la ocupación romana fue perforada la montaña con la finalidad de desviar el canal del río Sil y así lavar las arenas depositadas en el gran meandro que describe en esta zona.

Si bien es evidente que la explotación minera del Imperio Romano fue intensa, no existen pruebas tan firmes de que los cultivos generalizados del vino tuviesen origen romano en la Ribeira Sacra.

Dadas las características genéticas de las cepas gallegas, parece que existe una gran variedad y componente arcaica en su naturaleza que puede llevar a afirmar que la dominación romana favoreció el injerto y cultivo de la vid y, a partir de un momento de desarrollo, la producción de vinos.

Aunque no existen evidencias que permitan asegurar la transformación de las empinadas laderas en bancales productivos en época romana, sí es posible reconstruir la biografía de las especies más abundantes a lo largo de su historia, el castaño y la vid, hasta ese momento.

Las vías romanas construidas para el control del territorio y para el transporte de los recursos contribuyeron también de forma decisiva a la configuración del paisaje. La vía más importante fue la Vía Nova, que comunicaba Bracara Augusta con Asturica Augusta y que, desde Ourense, cruza el valle de Maceda, el alto de O Rodicio y llega a San Xoán de Camba y Castro Caldelas. A partir de esta arteria principal salían las que comunicaban con Chantada y Lugo, a través de Temes, o con Monforte.

La verdadera magnitud de la concepción de un territorio singular comienza a partir de la época romana tardía, de la que permanecen espléndidos vestigios arqueológicos en Proendos, Castillóns, Temes, Atán, San Xoán de Camba, Rocas, Montefurado y Licín, y aún de forma más relevante en el Alta Edad Media, que será cuando el territorio tome conciencia de su personalidad como la auténtica Tebaida de la antigua Gallaecia romano-visigótica. En la configuración del paisaje de la Ribeira Sacra un elemento esencial fue la presencia de los primeros cristianos, que probablemente llegaron y se instalaron en las cercanías de los castros habitados y en los asentamientos más o menos estables del ejército romano que se desplazó a la Gallaecia para controlar las explotaciones mineras, ya que en los primeros momentos es un culto gubernamental asociado a la vida urbana, que tiene dificultad para penetrar en los paganus (campesinos).

De esas fechas iniciales son los restos del sarcófago de Temes, que se encuentra sobre el arco triunfal del presbiterio de la iglesia de Santa María de Temes, que está muy próxima a la confluencia del Sil y del Miño y de una vía romana secundaria. Esta pieza procede de talleres italianos, está hecha en mármol blanco, representa el tema de la Epifanía, y es una testigo de la importancia que desde sus orígenes tuvo esta religión en el interior de Galicia. A mayores, contamos con otra pieza singular como es el Crismón de la ermita de Quiroga, localizado también en las riberas del Sil y que es una obra de referencia ineludible en la inicial cristianización del territorio y en la conformación de su identidad como espacio espiritual. Pocos otros ejemplos decorativos existen en todo el ámbito de la romanización galaica más intensa ligada a las explotaciones auríferas y al control del territorio a través de las vías y calzadas, entre los que hace falta destacar en la Ribeira Sacra el relieve en mármol, probablemente local, en la fábrica de la iglesia de Santaia de Licín, en el Saviñao, y que refiere a formas decorativas y significativas culturalmente romanas: una jarra de la que surgen motivos vegetales con una flor central, relacionado con cultos a la feminidad o a la muerte.

Pero, además de estas evidencias materiales y que son en sí piezas valiosas por su interés artístico y histórico, existen referencias a la importancia de este vasto territorio como un lugar de oración, de jubilación, de meditación y de penitencia desde los primeros tiempos del cristianismo, cuando las primeras comunidades de anacoretas se instalaron en una zona amplia que engloba los territorios del Bierzo y de la Ribeira Sacra, alrededor del Sil, en que estos cristianos renunciaban a las riquezas y vivían en la pobreza dedicados a la oración y a la gloria de Dios, rodeados de una naturaleza inalcanzable y monumental frente a la debilidad del hombre. En el límite más occidental del antiguo Imperio Romano nace, sobre las bases de un priscilianismo extendido entre las comunidades rurales y dispersas, en el final del siglo IV, una nueva Tebaida que, como su referencia egipcia, se convirtió en un desierto para la meditación y el sacrificio consagrado a una vida encaminada a la merecer la riqueza espiritual después de la muerte.

En parte, la relevancia y la singularidad de este espacio, en su vertiente berciana, ya fue reconocida mediante el Decreto 1244/1969 (BOE de 24 de junio) por el que se declaraba lugar pintoresco la llamada Tebaida Leonesa y, por lo tanto, disfruta en la actualidad de la consideración de bien de interés cultural, reconocimiento que, en justa medida y con la base de semejantes argumentos históricos también es extensible a la Ribeira Sacra, ya que en ese momento de la historia compartían una cierta identidad.

De la evidencia y de la importancia que este movimiento anacoreta tuvo en la Iglesia occidental quedaron algunas huellas singulares, como puede ser la de la monja Exeria, peregrina que diversos autores vinculan con el propio Prisciliano, y que, procedente de la Gallaecia interior, viajó entre 381-384 a Constantinopla, Asia Menor, Palestina, Sinaí, Egipto, Arabia y Siria y recogió todas sus experiencias para luego transmitírselas a su comunidad, y que se enmarca en esa vida de renuncia y de ascetismo riguroso que defendían los priscilianistas.

El papel de Exeria solamente puede entenderse en este contexto en que la mujer puede participar de la vida de iglesia casi en relación de igualdad con el hombre y en el que se reconoce su aportación, papel que no sería asumido por la posterior ortodoxia. El priscilianismo incorpora elementos de la espiritualidad pagana o precristiana que defendían el animismo o las romerías en lugares donde la naturaleza podía identificarse con las escenas del paraíso, limpio de todo pecado. Esas creencias, que buscaban el bien absoluto a través de la naturaleza como camino de llegar a identificarse con la propia divinidad, encontraron en la Ribeira Sacra un espacio ideal de ocupación.

El priscilianismo sigue a una interpretación rigorista del cristianismo, donde la ascesis cobra especial importancia y el bien se encarna en el espíritu mientras el mal se vincula con lo material, de ahí la búsqueda del bien a través de la ascesis y de la mística. En el concepto panteísta de la vida, la divinidad reside en todos los seres creados. El priscilianismo concibió comunidades de anacoretas dúplices, donde hombres y mujeres llevaban una vida de renuncia y penitencia, libre e independiente de reglas y convenciones de la ortodoxia de los primeros obispos. Consideraban importante en sus prácticas religiosas la música y la danza, comportamientos muy censurados por la Iglesia de Roma y más próximos a las prácticas, ritos y ceremonias de las comunidades rurales de la Ribeira Sacra. Las ideas del priscilianismo fueron condenadas en el Concilio de Caesaraugusta en el 380 y Prisciliano fue condenado por el papa Dámaso, junto a algunos de sus discípulos en Tréveris en 385, pero la huella que las tesis priscilianistas dejaron en esta región de la Gallaecia fueron muy profundas. La defensa de una vida ascética, rigorista, organizada en torno a comunidades, es un anuncio de la vida monacal, así como la apuesta por el papel de la mujer en esas primeras comunidades, en que podía participar en la lectura de Biblia, fue una cuestión problemática para la ortodoxia y por eso acabó en herejía. Pero en la Gallaecia, esas comunidades de primeros cristianos tuvieron su desarrollo y buscaron su lugar en paisajes inhóspitos, lejos de las principales villas y ciudades, como eran los valles del Miño y del Sil, y allí permanecieron. De hecho, en el I Concilio de Braga, que se celebró en el año 561, San Martiño de Dumio condenó explícitamente desde un punto de vista doctrinal y moral el priscilianismo y señaló que la ortodoxia defendida en el I Concilio de Nicea aún estaba seriamente amenazada en Galicia por la persistencia tenaz de la herejía priscilianista; por lo tanto, más de un siglo después de la desaparición de su fundador, sus seguidores seguían siendo considerados un problema en estas tierras.

El carácter animista del primer credo cristiano y del priscilianismo, en la búsqueda de paraísos naturales alejados de las riquezas del oro y de lo que puede ser comido por las breñas, no alterados por el hombre, la vida en armonía con la naturaleza, favorecerá la implantación de las comunidades en esta zona, que tendrán ya en el siglo VI una fuerte presencia. Estos asentamientos justificarían la importancia que el monacato llegará a tener en los siglos VI-X, en el Alta Edad Media.

En tiempos de la monarquía sueva (409-585) está documentada la importancia del eremitismo en este territorio, donde los anacoretas vivían alejados y celebraban sus ceremonias en cuevas. El mejor conocido es el monasterio de San Pedro de Rocas, santuario eremita. En el año 572 la Iglesia se vuelve a congregar en el II Concilio de Braga, y un año más tarde la comunidad de Rocas refunda el monasterio de acuerdo con la ortodoxia de la Iglesia romana. Así lo testimonia el pie de altar que se conserva en el Museo Arqueológico de Ourense y la inscripción que está en el templo, en que se puede leer: «+ HEREDITAS: N (ostrorum) / EVFRAXI: EVSANI / QVINEdI: EATI: FLAVI / RVVE: ERA: dª C. X La I:», que podría traducirse por: Esto (que estáis contemplando) es la herencia de todos nosotros, es decir, de Eufrasio, Eusano, Quinedo, Eato, Flavio y Rvve, (y consagrado en la) Era (hispánica) de 611 (año 573)», y que es interpretada como acta fundacional del monasterio antes de la anexión del reino suevo al reino visigodo.

Los reinos visigodos mantenían una continuidad, en decadencia del gobierno del Imperio en el resto de la Península, a través principalmente de su estructura de poder, sostenida en una poderosa iglesia, pero sometidos a múltiples y continuas luchas internas de poder. Pero su superioridad estratégica y de medios con respeto de los suevos era evidente. En el año 586 los visigodos vencen a los suevos y comienza una nueva etapa. Conquistan sus territorios y someten a los aurigenses y a los roucones, pueblos prerromanos que habían permanecido al margen del poder de Roma.

El rey suevo Miro (570-583) había intentado someterlos previamente y, con el pretexto de reducirlos, los ejércitos visigodos penetraron en la Gallaecia y, como consecuencia, anexionaron el reino suevo.

Visigodo era también Fructuoso de Braga, que desde el Bierzo penetra por el Sil en el siglo VII para asentar la suya Regula Monachorum y promover también nuevas fundaciones, antes de la llegada de los benedictinos y la generalización de su regla.

Pero también el reino visigodo es, a su vez, derrotado por los ejércitos omeyas del Califato de Damasco en las primeras décadas del siglo VIII, en que se somete a Lugo, capital del reino de la Gallaecia, y aunque consiguieron una rápida expansión política y de control de los recursos, la ocupación y el asentamiento no fueron regulares en todo el territorio de la Península. En el norte los asentamientos permanentes no resultaron efectivos y no correspondían con su estrategia, aunque las incursiones y saqueos resultaron muy frecuentes a lo largo de la segunda mitad del siglo VIII y principios del IX, especialmente durante lo reinado de Fruela (757-768) y Bermudo I (788-791), lo que favoreció, en especial en la Ribeira Sacra, que la población volviera a ocupar los antiguos castros como asentamientos dotados de mejor refugio.

En este contexto, al desaparecer el poder político de una monarquía, que estaba sometida a un poder lejano, la iglesia ocupó la gestión de la producción del territorio. Se consiguió de este modo una cierta independencia y alejamiento del control directo del poder, y aunque sometidos a él y a las luchas derivadas de sus diferentes estrategias, los núcleos situados alrededor de los monasterios desarrollaron un sistema exhaustivo y eficaz de gestión de las tierras.

El cambio del ejercicio del poder, la inestabilidad de las luchas y de los pillajes de la guerra llevaron a mucha población a huir de la parte meridional y central de la Península hacia zonas aisladas y lejanas, y asentarse en refugios protegidos y de difícil acceso, para, así, aumentar sus posibilidades de defensa.

El proceso de repoblación se inició en los años cuarenta del siglo VIII cuando el rey Afonso I encargó al obispo Odoario la reorganización de la diócesis de Lugo. La labor de este prelado es muy importante en relación con las comunidades asentadas en los valles del Sil y sobre todo en el Miño, en Atán o Diomondi, donde la huella del prelado fue relevante y aún es visible.

Fue entonces cuando comenzó a definirse la organización parroquial dentro de la reestructuración de la diócesis. Para definir los lindes y asegurar su conocimiento y eficacia se emplearon los elementos significativos del territorio, que en muchos casos eran elementos culturales preexistentes, lo que explica la habitual integración de los campos de túmulos, petroglifos o castros como límites reconocibles y consensuados de esas parroquias y que permanecen con escasas variaciones hasta el día de hoy.

En los siglos del Alta Edad Media, la presencia de anacoretas en este territorio fue relevante e intensa, como testimonian la necrópolis de Barxacova en Parada de Sil, uno de los mayores conjuntos funerarios rupestres conocidos, con decenas de tumbas antropomorfas dispuestas excavadas en la roca, o la inscripción localizada en un imponente farallón pétreo en la desembocadura del río Fiscaíño en el Bibei, en A Pobra de Trives.

Esta inscripción, recogida en una cartela de 4×7 m contiene: + IN NNE DNI / INCOAVIMVS / HANC OPVS FABRILE / IN. ERA. M. Ya / LOCO ESTO / VERE. OPIDV SCE / MARIE. DICITVR / que podemos desarrollar y traducir cómo: «En el nombre del Señor iniciamos la presente construcción en la era de 1010 (año 972), que se dice ser este lugar a auténtica ciudad de Santa María».

Son muestras de la sistemática repoblación promovida por los reyes cristianos en una época conflictiva y llena de enfrentamientos bélicos, con continuos avances y retrocesos, que confluye con el proceso de retirada espiritual de ascetas anacoretas que habían buscado en las quebradas abismales de los grandes ríos de la Ribeira Sacra no solo un lugar de jubilación, sino también un refugio de los peligros del mundo.

En el caso de la ciudadela de Santa María, muy próximo a la inscripción dicha, se conserva un lagar rupestre conformado dentro de una estructura rectangular. El pan y el vino eran los dos elementos imprescindibles para la celebración de la eucaristía cristiana.

El cultivo del cereal era el principal sustento de las comunidades, plantado en los terrenos más accesibles de la bocarribeira, en especial centeno o trigo. El cereal era uno de los productos fundamentales de la dieta y del pago de las rentas, por lo que ocupaba los mejores y más rentables terrenos.

El vino, por su parte, ocuparía los bancales, que se trabajarían con el fin de completar la dieta fundamental tanto para el cuerpo como para el espíritu. El territorio de las riberas del Miño y del Sil fue asumiendo el soporte de pan y vino de una extensa vida, fundamentalmente influenciada por los anacoretas, eremitas, incipientes comunidades de monjes, refugiados y repoblamientos promovidos por reyes cristianos en lucha por recuperar territorios para el su poder, lo que dotaba el lugar de una honda espiritualidad. Esta circunstancia favoreció la fundación de los primeros monasterios dúplices, promovidos por la nobleza local como lugar de acogimiento al final de su vida y como ofrenda para favorecer su juicio espiritual.

Estos primeros monasterios dúplices de comunidades femeninas y masculinas que compartían una pequeña iglesia o capilla no formaban parte de ninguna congregación más grande y eran células independientes bajo el control del abad, que actuaba como rector de la comunidad. La regla de Sano Fructuoso de Braga fue la que consiguió un mayor desarrollo en estos primeros tiempos.

Aunque no existe un patrimonio documental que reafirme la existencia pretérita de estas fundaciones prerrománicas, la profusión de fundaciones y donaciones en los primeros años del siglo X, junto con las muestras de la actividad anacoreta, son muestras suficientes. Cenobios primitivos como San Xoán de Camba, San Paio y Santa Trega de Abeleda (Castro Caldelas), Santa Marta de Fontao (A Teixeira), Santo Adrián de Sacardebois, San Lourenzo y San Vítor de Barxacova, Santa María de Chandrexa del Sil (Parada de Sil),... y muchos otros de los que se puede ir construyendo su geografía relacionada con el eremitismo, completada con inscripciones, yacimientos y toponimia que completan con rigor los argumentos. A esta importante presencia del anacoretismo y del monacato en el Alta Edad Media tendríamos que añadir la expansión en el siglo XI y XII de la orden de San Benito, inicialmente gracias al apoyo del rey Afonso VI y de su yerno Raimundo de Borgoña, que impulsaron la llegada de los monjes benedictinos.

Los monasterios dúplices dejaron paso a las abadías masculinas y femeninas entre las que destacan, sin ser exhaustivos: Santo Estevo y Santa Cristina de Ribas de Sil, San Salvador de Asma y Santo Estevo de Atán, en el caso de las masculinas, y Santa María de Pesqueiras, San Xoán da Cova, San Fiz de Cangas y San Miguel de Eiré en el caso de las femeninas.

Con los monjes regulares llegó una nueva forma de organizar el trabajo y la gestión del territorio. Introdujeron nuevos cultivos, entre ellos nuevas variedades de vides que convivieron con las existentes y probablemente mantuvieron el sistema de cultivo en bancales, aprovechando las mismas piedras del terreno para hacer los muros.

Este sistema de explotación de la tierra permitía aprovechar las laderas de fuerte pendiente para el cultivo tanto de la vid como de otros productos como legumbres, verduras, frutales, olivos o castaños. Aunque no se encontraron referencias escritas a las construcciones de bancales en estos momentos, se interpreta como muestra de que esta cuestión técnica no representaba una novedad ni en la gestión ni en la transmisión de derechos sobre las tierras o sus productos, por lo que pueden testimoniar su presencia en el territorio desde, cuando menos, las fundaciones y los repoblamientos.

Las nuevas comunidades regulares aprovecharon las fundaciones dúplices preexistentes para fundar sus abadías, manteniendo el locus sacratum, como podemos constatar en San Vicente de Pombeiro, Atán, Eiré o Rocas.

En el marco de la consolidación del poder de los reinos resistentes a la expansión del Califato, Alfonso IX (1188-1230) retoma en su reinado el modelo desarrollado por Alfonso III y Ramiro II, e impulsa una nueva repoblación del noroeste peninsular con la concesión de privilegios, cartas pueblas y foros que favorecieron el asentamiento de nuevos colonos en tierras poco pobladas. Especialmente importantes fueron, para este territorio, las cartas pueblas de Monforte de Lemos, Portomarín y Sarria, por las que nacieron nuevas poblaciones como A Pobra do Brollón y A Pobra de Trives, entre otras muchas.

A lo largo de los siglos XI y XII se erigen las principales iglesias románicas donde trabajan importantes talleres, algunos de ellos vinculados al maestro Mateo, como se puede apreciar en San Estevo de Ribas de Miño o en Santa María de Pesqueiras, o del taller de la Catedral de Ourense, como en San Estevo de Ribas de Sil. Estas relaciones operativas y de gestión de la construcción y renovación de los templos en la Ribeira Sacra están reforzadas por el paso de peregrinos que visitan las reliquias del apóstol Santiago por el Camino de Invierno. Esta ruta emplea una entrada al territorio gallego más favorable en determinadas épocas del año que la de la ruta francesa; aprovecha en gran parte el itinerario de las vías de comunicación anteriores y, en especial, las rutas romanas que desde Quiroga y A Pobra de Trives llevan para los vados del Miño en Chantada, bien siguiendo el Sil hasta Doade o bien a través de A Pobra do Brollón, para, desde Monforte de Lemos continuar, cara Compostela.

En la segunda mitad del siglo XII se difundió la reforma cisterciense por la Ribeira Sacra y algunas de las fundaciones se incorporaron a la reforma, como los monasterios de Montederramo y de Ferreira, que se convirtieron en las principales casas masculina y femenina de la comarca.

Durante la Baja Edad Media, el monacato vivió un período de profunda crisis en lo religioso, económico y social. Las comunidades religiosas confiaron su defensa y protección a los nobles, apareció así la figura del abad comendatario, un civil que a cambio de esa protección administraba las propiedades del monasterio, abadías seculares que tenían un ejercicio de control y supervisión económico de unos derechos que resultaba dificultoso administrar.

Tanto los monasterios como los nobles explotaban el territorio mediante un sistema de foro que en muchos casos vinculaba una familia por tres vidas prorrogables. En esos contratos no solo se explotaba la viña, la huerta o el soto, sino también la pesquera o el molino que estaba junto a la finca. El pago de las rentas se hacía mediante la entrega de una parte de la cosecha, que desde mediados del siglo XV, será en vino, centeno, forrajes o castañas fundamentalmente. Los aforados tenían que prestar algunos servicios extras anuales al monasterio o al señor, como «nossos vasalos sirvientes». Entre la labor que se les encargaba estaba el «arquear las cubas» o asistir con «fouciña» a trabajos en las viñas.

Esta expansión de la vid a partir del siglo XV queda documentada en los contratos de foro donde se obliga a los foreros a plantar las fincas o montes para producir vino blanco, mosto o tinto, «sin agoa et sin mao sabor» y, al mismo tiempo, se les obliga a construir pequeñas bodegas en la finca con sus cubas y todo el necesario para hacer el vino. A partir del siglo XV los monasterios construyen un número importante de bodegas para el almacenamiento del vino, desperdigadas por los distintos territorios donde tienen sus propiedades. Así, el monasterio de San Salvador de Asma en 1433 tiene documentadas siete bodegas, a las que se añadieron otras nuevas en los siglos XVI-XVIII.

La situación mudó con las políticas activas de los Reyes Católicos en el siglo XV, cuando impulsaron, con el apoyo del papa Alejandro VI, la reforma de las órdenes regulares. Todos los monasterios de la Ribeira Sacra fueron revisados y concentrados. Los benedictinos se incorporaron en la Congregación de San Benito de Valladolid y los cistercienses en la Congregación Observante de Castilla.

Este proceso de cambio llevó a una reorganización tanto del monacato cómo de la gestión del territorio y de los recursos. El número de fundaciones era tan elevado que resultaba poco eficaz y dificultaba su control, por lo que fueron reducidas; las casas más importantes conservaron la consideración de monasterios y las más modestas se convirtieron en prioratos. En esta reorganización, las fundaciones femeninas fueron prácticamente eliminadas, decayendo así el importante papel que habían tenido hasta entonces en la organización del territorio. Todas las religiosas de la orden benedictina fueron trasladadas a la fuerza al convento de San Paio de Antealtares, en Santiago de Compostela, mientras que solo la comunidad cisterciense de Ferreira de Pantón permaneció en la Ribeira Sacra. Pesqueiras, Eiré, Cangas o A Cova quedaron reducidos a simples granjas y prioratos dependientes de un poder lejano.

Los nuevos abades tenían entre sus objetivos mejorar el rendimiento de sus privilegios y explotar la riqueza del territorio mediante un sistema de foros y arrendamientos reforzados. Los nuevos requerimientos y la mejor organización produjeron el crecimiento de la explotación de las fincas y de sus cultivos y, en general, de todos los recursos disponibles, incluidos los productos de los ríos y la percepción del décimo.

Las rentas de los monasterios no dejaron de aumentar y se produjo también una renovación artística. En las principales abadías se acometen grandes reformas en las edificaciones, mobiliario y en los objetos litúrgicos, mientras que en las fundaciones más modestas, en que se mantuvieron las fábricas medievales, se impulsó una modernización estética mediante la decoración interior de los templos, con ciclos de pintura mural que, además, favorecían la catequización de los fieles. En la Ribeira Sacra, al contrario, que en la mayor parte del territorio gallego, aun se conservan muchos de estos grandes y hermosos paneles pictóricos que son un buen ejemplo de la plástica manierista o contrarreformista, entre los que destacan los de Nogueira de Miño, Seteventos, Pesqueiras, Proendos, Diomondi o Eiré. El crecimiento y la importancia estratégica que consiguieron los monasterios como gestores de este rico territorio durante los siglos XVII-XVIII resulta evidente a la vista de las grandes obras y construcciones de las fábricas de Santa María de Montederramo, Santa María de Ferreira de Pantón o Santo Estevo de Ribas de Sil. Buena parte de estas obras se costeó con la venta de las rentas y de los diezmos que los monasterios percibían.

A partir de fines del siglo XV y mayormente en el XVI y XVII esas rentas se pagaban en cereal, castañas, legumbres o vino y en los contratos de aforo se establecía la proporción que cada producto debía tener en la renta. La abundante documentación de estos privilegios permite conocer con precisión los cultivos más extendidos por estas parroquias.

El poder ejercido desde los monasterios tenía desde época medieval en este territorio el contrarresto del poder de la nobleza terrateniente personificado en los Condes de Lemos, que ejercían sus dominios desde el norte y el sur de las riberas del Sil en Monforte y en Castro Caldelas, o en los condes de Amarante desde el Castelo de Maceda.

Al mismo tiempo, otras casas señoriales tenían en la Ribeira Sacra sus pazos la sus propiedades como los Quiroga, los Somoza, los López de Lemos, los Camba, los Varela, los Temes o los Taboada.

Estas casas nobles también ejercían su poder con foros y arrendamientos, en especial en las zonas de bocarribeira, compartiendo el espacio limítrofe con las posesiones de los monasterios y entrando de cuando en cuando en conflicto por su gestión. Ejemplo de este poder agrícola derivado de los linajes guerreros medievales y de las riquezas de diverso origen son las magníficas casas y pazos que se conservan. En ellas la arquitectura y la naturaleza forman un microcosmos perdurable en el tiempo, como acontece en la fortaleza de Taboada, en los pazos de Perrelos, Buía y de Relás (Taboada), en el pazo de Tor (Monforte) o de Bóveda, así como en las casas grandes de Boán y del Pacio en Sabadelle (Chantada), en la casa grande de Touza (Carballedo), en la casa grande de la Lagariza (Pantón) o en el pazo de Cristosende (Teixeira), verdaderos centros de poder, factorías de transformación agrícola y cómodas residencias de ocio en que se mezclaban el trabajo del campo y la cultura.

Estos pazos eran células económicamente casi autosuficientes también como los monasterios, puesto que además de la explotación agropecuaria, regentaban los molinos, las pesqueras, las herrerías, los curtidurías... y más adelante, las fábricas de la luz.

Los pazos se organizaban para producir todo aquello que necesitaban para el desarrollo de la vida diaria pero, además, estas élites tuvieron un papel importante en los movimientos culturales de la época, ocupando en el siglo XVIII y XIX el lugar que habían dejado los monasterios; de ahí la importancia de algunas de las bibliotecas de estas casas, que conservan piezas únicas de nuestra literatura. Después del proceso reformador del Estado que llevó a las sucesivas desamortizaciones de las propiedades de las órdenes eclesiásticas en el siglo XIX, fueron estas familias las que en general se hicieron con las titularidades de los edificios exclaustrados de los que fueron expulsadas las comunidades religiosas, y principalmente todos los territorios productivos pasaron a sus propiedades. Mantenía así la población una cierta continuidad en su relación con la tierra, de la que hacía uso y producción a través de arrendamientos y pagos en especie que, en lugar de ir a las comunidades religiosas, pasaba a los señores que, por su parte, también sufrieron sus crisis para ser quien de gestionar los lugares, en una lenta decadencia acompañada de los radicales cambios sociales que cuestionaban cada vez más los derechos y el ejercicio del poder sobre las tierras que manejaban.

El territorio que había sido conformándose siglo a siglo con el trabajo continuo de las comunidades que en él residían, al servicio en general de un poder asentado en sus cercanías y ligado a él, se vio sometido a una honda transformación a mediados del siglo XX, en la década de los cuarenta, cuando su fisonomía se transformó de forma radical y vertiginosa.

El recurso que venía sosteniendo este territorio, el propicio valle, pendiente e inaccesible, de los cañones abancalados del Miño y del Sil, que ofrecía vino, castaña, fruta, cereal, salmón y lamprea, de pronto, como había sucedido dos mil años antes, queda en segundo lugar frente a una novedad tecnológica: el potencial de energía del agua acumulada para producir electricidad.

Como antes los romanos con el oro, la electricidad, moneda imprescindible para el sostenimiento del desarrollo industrial y de la vida urbana, requiere de una abundante y constante producción. Se construyeron en el Miño los embalses de Belesar y Los Peares y en el Sil los de San Martiño, Sequeiros, Santo Estevo y San Pedro. Estas nuevas infraestructuras, hechas con el diseño y dimensiones más avanzadas de la época, monumentales desde un punto de vista técnico y ejemplos singulares y singulares del patrimonio industrial, inundaron numerosas poblaciones, así como las tierras más fértiles de cultivo, que quedaron bajo las aguas.

En el momento de su construcción generaron un gran impacto visual y aun son visibles las huellas de las canteras necesarias para acumular el material de los cientos de miles de toneladas precisas para sujetar el empuje del agua. Mayor impacto supuso, sin embargo, la amortización de los valles que, desde aquella, permanecen como un paisaje fosilizada bajo el agua que brota, de vez en cuando, en los procesos de mantenimiento del sistema hidroeléctrico.

Por otra parte, más profundo que esta huella resulta el trauma de perder en vida el hogar por una fuerza y poder extraños para un uso que, en su momento, malamente podía ser comprendida, y por unas dimensiones que tampoco podían ser asimiladas por su inmensidad. El cambio de sistema de vida, del paso de barca, del puente, de la pesquera y del puerto, el traslado de los monumentos, de las viviendas y de los muertos del cementerio fue el resumen y el retrato de un cambio de paradigma a nivel mundial, una sociedad que pasaba del viejo complejo agrario a una comunidad de producción industrial que precisaba de mano de obra concentrada en los núcleos urbanos y que debía dejar su hogar.

La percepción del espacio, las comunicaciones, la forma de cultivo y la forma de vida del territorio se vieron sometidas a una profunda transformación. Sin embargo, las comunidades siguieron ligadas al territorio. Aunque amortizada bajo decenas de metros de agua permanece una parte del paisaje, sobre de ella emerge con fuerza la identidad de un lugar marcado por la pendiente, por las muras y por la orientación, aún lleno de vides, y también por la memoria de lo que fue arrebatado y de lo que aún permanece bajo el nivel de las aguas y se asoma de cuando en cuando con la memoria de los puentes, los pasos de barca, los caneiros y pesqueras, las casas y los enterramientos.

Los requerimientos de las actuales formas de vida, ligadas al consumo de energía para el alivio de los hogares y la capacidad de producción industrial, añadieron una nueva potencialidad a la Ribeira Sacra propiciada por la extrema geografía y el agua abundante, que es la ideal condición de los encajados valles para ser zonas productoras de energía hidroeléctrica. La necesidad de electricidad, que en su producción hidráulica se caracteriza por ser limpia y renovable, más allá de sus condiciones de implantación territorial, es una condición indispensable en un modelo de desarrollo sostenible y respetuoso con el medio a largo plazo. Sin embargo, los procesos de implantación y las consecuencias de su implantación permanecen en la memoria entre el trauma del abandono y el vértigo de los cambios. En la actualidad los valles de ribera, aunque con un nivel de aguas muy superior, mantienen una rica biodiversidad que permitió calificar las riberas del Sil, del Mao y del Miño como zonas de la Red Natura precisamente por estos valores. En la actualidad la visión y el panorama del conjunto no se ve impedida por la presencia del agua embalsada, que permite un uso también ligado a la propia percepción del paisaje fluvial, en un lugar en el que el río fue el centro de las vidas y la vía de comunicación más rápida y que permanece en la memoria de las comunidades y resulta uno de los recursos más relevantes para su idónea gestión.

La toponimia y la transmisión del conocimiento sobre los lugares

En los términos municipales del paisaje cultural de la Ribeira Sacra existen un total de 2.589 entidades (la suma de los lugares, parroquias y Ayuntamientos); que ascienden a 3.829 en la totalidad del territorio. De todos ellos más de 1.000 son topónimos únicos (solo existen una única vez en el nomenclátor gallego), lo que, aunque matizable, supone una proporción excepcional. La estimación, a falta de que puedan ser completados los trabajos de forma extendida a todo el territorio, es que puedan superarse los 30.000 microtopónimos en la Ribeira Sacra. Asimismo, en contraste al resto de Galicia, resultan más abundantes los topónimos de componente latino y menores los de origen prelatino, lo que muestra un mayor desarrollo relacionado con la construcción del territorio en los períodos tardo antiguo y alto medieval.

Sin embargo, existen auténticas reliquias indoeuropeas de atestación única. En un país tan abundante en ríos como Galicia, no es extraña una denominación donde los ríos se cruzan. Una de ellas es Augas Mestas (latín AQUAS MIXTAS), que se encuentra en Quiroga. Pero en Carballedo la forma es Ambas Mestas, donde se puede reconocer el celta amba «agua», y que demuestra que esa antigua forma indoeuropea se conservó como apelativo en esta área hasta el siglo XIII cuando menos. En Sober hay un lugar llamado Brosmos, que fue el nombre prerromano del cañón del Sil, y procede del superlativo de Ver- (uer-), «la orilla grande, la ribera grande», en plural.

Otra peculiaridad de esta área es la cantidad de topónimos formados con la palabra casa, seguidas de un nombre personal o de un apellido o apodo, algunos de ellos conteniendo la preposición de (Casdecide, Casdeguístola, Casdelope, Casdemiro, Casdequille, Casdomato, Casdoncende, Casdosteo), pero la mayoría no: Casbeiro, Cascarballo, Cascortés, Casebio, Casenando, Casfarexa, Casferreiro, Casfiel, Casgoíñas, Casguil, Casgutierre, Casixordo, Caspedro, Caspicón, Casqueixeiro, Casribeira, Castinande, Castomás, Caxerigo.

Un procedimiento peculiar en Galicia, consistía en nombrar núcleos a partir de nombres personales: el dueño de una pequeña explotación agropecuaria nombraba el lugar con su nombre en genitivo, que acabó consolidándose, precedido o no de la palabra villa. Este procedimiento fue más productivo entre los siglos VII y XI, coincidiendo con el definitivo fin del mundo tardorromano y el nacimiento del altomedieval, basado en poder locales y comunidades aldeanas, en un proceso global en toda Europa.

Después desapareció, por lo que podemos datar el arco cronológico aproximado del nacimiento de esas primitivas granjas, que después fueron creciendo hasta constituir núcleos de población. En esta área son especialmente frecuentes: constituyen un 20 % del total de los topónimos, lo que habla de la densidad de este tipo de asentamientos en aquella época, con una distribución equilibrada entre nombres germánicos y nombres latinos.

Son muy abundantes los topónimos referidos a la tierra y a sus formas y uso, a los cultivos y edificaciones singulares, pero de forma muy especial a lugares sagrados o olvidados, que hacen referencia a una intensa vida religiosa a lo mejor vista con una cierta distancia por los campesinos y ganaderos, acostumbrados a su presencia o a su recuerdo.

Existen lugares ligados a la forma de la tierra, la piedra y las aguas: Cova, Campos, Furco, Fornas, Loio, Loña, Monte, Penedo, Penas, Rocas, Lama, Mato; Porto, Portela ou Portizó...; a su uso: Adega, Alvariza, Fonte, Minas, Mazo, A Barca…; a los árboles: Carballo, Carballedo, Carballeira, Nogueira, Pereira, Mazaira, Soutelo, Pumar…

Pero es de destacar la abundante presencia de lugares y eventos del uso por eremitas, monjes y comunidades, y los lugares y soterramientos antiguos, como Abadía, Aira Vella, Airexa (Eirexe, Eirexa e outros), Alberguería, Convento, Cruz, Fonte dos Frades, Campos dos Frades, Mosteiro e Mosteiro Vello, Campos das Tombas, Oleiros, A Silla dos Freires, Adro Vello, Eirexa Vella, Capela, Val Sagrado, Priorato, O Penedo dos Penitentes, Cova do Santo, Castro da Virxe, Augas Santas,... o advocaciones de santuarios desaparecidos cómo San Vitorio, San Facundo, San Pedro, Seoane... todos ellos vivos en la memoria junto con las de los mouros y de los encantamientos en rincones y lugares.

También es abundante la presencia tanto visual como en la memoria de rocas decoradas con grabados y otras manifestaciones prehistóricas y históricas, como las mámoas, los castros y otros lugares despoblados, los marcos y mismo los restos de construcciones abandonadas.

La existencia de estos lugares y su identificación consciente por diferentes generaciones desencadena una serie de leyendas que tienen por objeto tanto transmitir esa geografía mental del territorio como incorporar los conocimientos de la vida y de la naturaleza, incluso del universo y de las relaciones humanas, integrados con las informaciones de todo tipo que conforman el conocimiento.

Así, se van realizando apropiaciones de los lugares de la memoria volviendo a inscribir símbolos, imágenes o cuentos actuales. Los paneles rupestres, los castros, las rocas son cristianizados y los ritos cristianos son humanizados y llevados a la historia de personas. Y, de vuelta en otro proceso continuo de adaptación y evolución, muchos lugares cobran nuevos significados.

Así permanecen presentes e identificados en el territorio Mámoa, Medorra, Modorra, Mama, Mamoíña, Medoña,… Castro, Castrelo, Castriño y Castros sin mayor identificación, o Castroncelos, Castrosante, Castromaior, Castrolázaro y otros múltiples Castros de Ribada, Lagariza, Candaz, Caldelas, Moreda, Morgade, Ferreira, da Virxe, da Roda, de Trasar, de Arriba e de Abaixo,… os Montes, Outeiros, Penas, Torres ou Cotos do Castro,…

También existen numerosos castros de advocaciones antiguas y primitivas ligadas con cristianización de cultos ligados a las aguas, a las piedras, al tiempo… como los Castros de Santa Mariña, San Cibrao, San Mamede, San Martiño, Santa Bárbara, Santa Andrea, Santa Águeda, Santo Estevo o San Cristovo así como muchos otros topónimos ligados también la infraestructuras de dominio histórico más próximo, como los múltiples Torre, Castelo, Castí, Castillóns, Marco, Coto,

Las mouras, la virgen y las brujas se mezclan en una amalgama de conocimientos sintéticos que tienen como fuente común las propias evidencias existentes en el territorio. Seres de la imaginación, seres del recuerdo y ser transmitido por la ortodoxia y por la enseñanza son los mismos seres que habitan los lugares, algunos amenazantes y peligrosos, otros llenos de promesas de salud y de riqueza, de lascivia o de oportunidad. En el equilibrio de las consecuencias está la libertad de elección. Las lecciones están grabadas en el paisaje por nuestros antepasados y se alimentan con la transmisión oral en lugares como el Vilar de Mouros, Castro de Mouros e Castro de Mourelos, Medorra da Moura, A Pena dos Mouros e O Penedo dos Mouros, O Boco da Moura, O Burato dos Mouros, O Teso dos Mouros, Petouto dos Mouros,… En la Ribeira Sacra existen muestras asociadas a este tipo de continuidad en el uso de lugares ligados a la transmisión oral y a la tradición, como la Pedra da Virxe del Santuario de Cadeiras (Sober) o la Virxe da Pena, en Pantón, donde las rocas grabadas en la prehistoria mantienen viva su relevancia cobrando en el sentidos religiosos, o las Penas da Pastora, da Raíña o da Moura en San Xoán de Río.

Los lugares mantienen su relevancia entretanto se complementa su asociación a personajes paradigmáticos o esquemáticos más comprensibles, que representan las concepciones sociales de las comunidades, asociadas en este caso también a la aparición de restos de pasados míticos, como la espada de Mouruás, además del propio valor estético de los propias peñas para las sensibilidades tanto actuales como pasadas.

La parroquia como unidad de la estructura del territorio

La parroquia es la unidad de estructuración social del territorio gallego. Más allá de la pervivencia o no de la estructura del parroquial suevo, que testimonia la antigüedad de este sistema, así como de la posible asimilación del ejercicio del control territorial y productivo heredado de la dominación romana, es evidente que en toda Galicia la pertenencia a la parroquia de una persona, de una familia, de una casa o lugar o de cualquier territorio no es cuestionable y forma parte de la identidad consciente. Las parroquias se valieron de los hitos del territorio, tanto naturales como de creación humana, para ser delimitadas, y marcan espacios de episodios relevantes para la vida de las personas y de las comunidades.

Por tal motivo se estimó que la división parroquial debe ser la que de hecho establezca la delimitación del paisaje pues aquella está concebida por la comunidad y no determinada por sus accidentes geográficos o políticos.

La estructura de la parroquia sí que permanece con claridad estable a lo largo de la historia de este territorio, cuando menos mucho más estable que cualquier otra figura o concepción. Incluso más estable que la propia fisonomía del paisaje y muy por encima de su funcionalidad religiosa. Apenas hay variaciones entre las parroquias existentes y mismo los núcleos de población ligados a los inicios de la explotación del territorio por las reglas monásticas que los actuales. En la actualidad sigue siendo una forma de gestión práctica, no solo basada en los lazos familiares, sino que la propia actividad económica y administrativa se regula en función de la propia estructura parroquial. Estas unidades de gestión, por sus dimensiones y por las relaciones existentes entre sus miembros, deben ser las unidades de gestión futura de la Ribeira Sacra.

Los bancales: La construcción de terrazas amuradas

En la Guía de Galicia, Otero Pedrayo en 1926 define así este paisaje: «una de las formas interesantes del cultivo es la de los «socalcos» o terrazas vitícolas que esculpen y decoran las rudas pendientes sobre el Sil, el Miño en ciertos tramos, el Bibei, el Navea, el Cabe, rectificando la labor destructora de los torrentes y ofreciendo un admirable ejemplo de la perseverancia secular de las generaciones labradoras, tratando en estilo inconscientemente artístico el paisaje».

La construcción más evidente del paisaje cultural de la Ribeira Sacra, la elaboración de un nuevo suelo artificial, rehaciendo la tierra con la mezcla del jabre, del tojo, de los brezos y del abono para ganar una precaria superficie llana de trabajo, a veces escasa para pasar de lado, y muy inclinada, que requiere las manos para pasar de bancal en bancal.

Frei Martín Sarmiento en su Colección de voces y frases de la lengua gallega de la segunda mitad del siglo XVII define el socalco: «En Galicia eres muy usada la voz socalco, que entienden muy bien los niños. Cuando se cultiva un montecillo para viñedo el frutales, porque en el si caiga la tierra, hacen en él monte el cuesta un género de gradillas como de monumento el valladares, que sostengan la tierra que está enzima, y la estas gradillas llaman socalcos, como que están debajo de lo que se pisa lo aprieta lo cultiva», por lo que su significado referiría precisamente a la construcción hecha para cultivar. Los diccionarios de Juan Manuel Pintos Villar: «El corte al zanja que se hace en un terreno costanero formando un caballete o lomo en la parte superior para que la tierra en el se corra al inferior, camellon, bancal», lo de Marcial de Valladares: «Muro que sostiene tierra en declive» en el siglo XIX finalizan por precisar el término para identificar al muro del bancal. Eladio Rodríguez y X.L. Franco Grande recogen el término también en su variante «sucalco» durante la segunda mitad del siglo XX.

La definición del Diccionario enciclopédico gallego-castellano recoge: «muro el albarrada que forma bancales en terrenos de mucha pendiente, para que las tierras en el sean arrastradas por las lluvias torrenciales. Él sistema de socalcos de emplea especialmente en él Ribeiro de Avia y en otras zonas vitícolas y labrantías de Galicia. Eres una forma de cultivo muy curiosa, aconsejada por la experiencia e impuesta por la necesidad de detener las tierras con muretes escalonados, que en toda la extensión de él pronunciado declive forman a modo de gradas el peldaños más lo menos altos. Él trabajo que esto impone a los trabajadores eres extraordinariamente penoso, pues tienen que conducir la hombro sobre sus espaldas los abonos por senderos estrechísimos».

La presencia y utilidad práctica de este elemento lleva a la recogida, en el ámbito del territorio de la Ribeira Sacra, de múltiples acepciones para el más relevante de sus elementos constructivos, siendo el de «muras» el más habitual y extendido en la actualidad, y el más repetido junto con el de «paredes» en la documentación histórica. Así se recogen: sucalcos o socalcos, pataos, pataus ou patais, muras ou muros, liños, bancadas, bancais, paredós, calzadas, poxadas… lo que es otra muestra de la riqueza lingüística y toponímica del lugar.

Las cavadas o cavaduras

Las cavadas son unidades de medida, específicas del lugar, que miden el trabajo diario de un hombre, superficie final que depende de la dificultad del terreno, accesibilidad y pendiente, y transforman la unidad de tiempo, en superficie, propiedad y forma.

La cavadura suele definirse como el buen trabajo de una jornada en la que se atienden cien cepas. La medida acostumbra equivaler en otro tipo de producción agrícola al ferrado y se puede dividir en media cavada, un cuarto de cavada, hasta contabilizar la propiedad por «regos», generando un parcelario, que en las pendientes de la Ribeira Sacra se hace protagonista, creando un tapiz múltiple de formas, que obedece a unas reglas hondamente asentadas en el tiempo y que se reflejan en el paisaje y la relación hombre-naturaleza. El estudio de la extensión del parcelario en el ámbito de la Ribeira Sacra revela que se está ante perante uno de los lugares en el que el minifundismo llegado al microfundismo es uno de los máximos exponentes.

Los núcleos de población

Las aldeas y los asentamientos de población de la Ribeira Sacra poseen características determinadas por las especiales condiciones orográficas y por los polos de atracción que supusieron los monasterios y las actividades de explotación agraria del territorio, en especial el vino. Las riberas del vino forman parte de territorios caracterizados por el dominio de la montaña, con grandes contrastes ambientales entre las tierras bajas y las de altas. En muchas ocasiones los cultivos del vino quedan alejados de la antigua aldea, con una intensiva transformación de las laderas mediante bancales de escaso fondo, huyendo las antiguas aldeas de las inclinaciones de los valles encajados. La distancia respeto de los cultivos y la dificultad del acceso conduce a edificar construcciones apoyadas en uno de los muros de los bancales para disponer el lagar y la bodega. Cuando existen plataformas más llanas, concentran la disposición de los núcleos combinadas con una mayor variedad de cultivos.

La incidencia del paisaje del vino como contorno de los asentamientos rurales tradicionales va a variar en toda la zona entre la cercanía de los cultivos, el mosaico de diferentes productos en núcleos con cosechas escasas, y la concentración de áreas específicas de vino en terrenos alejados de las aldeas, casi siempre rodeadas de un perímetro de monte bajo. La combinación de las surcos de arroyos cortos o farallones pétreos con claros o reductos dedicados al vino también caracteriza otras partes del territorio. En ocasiones, el conjunto de las antiguas aldeas del vino se sitúa en plataformas aplanadas por encima del curso fluvial, alejadas de la zona vitivinícola y en medio de un contorno agrario en que los núcleos aprovechan una mayor suavidad del relieve para colonizar los valles secundarios con pequeñas aldeas muy próximas entre ellas, formando agregaciones compactas. En otras zonas las antiguas aldeas avanzan aquí sobre salientes de la parte alta de las riberas y desarrollan amplios contornos de bancales en la pendiente de las laderas. A medida que el valle va dejando laderas en pendiente orientadas a mediodía, el aprovechamiento de las pendientes vuelve a mostrar un intensivo trabajo de modelado del terreno en estrechos bancales, que va a caracterizar buena parte de las riberas, donde las antiguas aldeas vuelven a quedar algo alejadas de los viñedos.

En conclusión, destaca la orientación hacia al mediodía y la adaptación a un lugar condicionado por la orografía, con aldeas de pequeño tamaño, compactas y densas, próximas entre ellas, que ocupan lugares propicios en contextos de grandes pendientes, en vértices salientes o pequeñas planicies, o bien en zonas altas del valle alto, rodeadas de campos y cultivos de cereal y pastos, donde se reducen las pendientes.

Pedro de Llano concluye que la casa de la Ribeira Sacra se agrupa en conjuntos cerrados de edificaciones apiñadas sin orden alrededor de los caminos, asentamientos polinucleares a media pendiente, por acumulación de pequeños núcleos o barrios que se van diseminando en la medida en que los valles se abren y lo permite la orografía, con la presencia de huertas y corrales. En general existe una proximidad de la casa a la plataforma de cultivo y una orientación hacia el mediodía. Los abundantes monasterios contribuyeron tanto a la difusión del cultivo del vino como a la concentración de las relaciones territoriales con ciertos núcleos vecinos, con agregaciones próximas a las construcciones religiosas o con crecimientos realizados a lo largo de los caminos. Un efecto similar producen las casas grandes o los pazos que gestionan grandes extensiones de terreno y provocan estructuras de asentamiento menos compactas y más irregulares.

También el ferrocarril estableció unas dinámicas que caracterizan la disposición de núcleos densos y compactos alineados a su trazado, como en Montefurado o Os Peares.

La casa tradicional

La casa rural de las cuencas del Miño y del Sil se caracteriza por una forma rectangular expuesta al sur a media pendiente, de dos alturas, alguna de ellas parcialmente enterrada con el objeto de obtener espacios óptimos para la conservación del vino, pero con múltiples variaciones y alteraciones producidas por la múltiple naturaleza de las singularidades da topografía. Los accesos habituales son por rellanos o corredores de escasa altura y de cierta amplitud que facilitan las funciones agrícolas y el acondicionamiento ante los extremos climáticos. Las casas tienen función de vivienda, bodega y establo, que se separan por gruesos muros estructurales y de exiguas aberturas. En el interior las divisiones son parcas, alguna pared para aislar la cocina, que en ocasiones se desplaza hacia el corredor en las viviendas más sencillas. Las más complejas se distribuyen con divisiones en cuartos, sala y cocina.

En los núcleos de mayores dimensiones son también habituales casas de tres pisos, los dos primeros parcialmente enterrados, con la planta terrena dedicada a la bodega, con un amplio portalón de dos hojas, y frecuentemente entre medianeras, que ejemplifica el crecimiento asociado a una explotación más sistemática del vino en los siglos XIX y XX. La planta primera será la del dormitorio principal y la sala, mientras que la última, que también tendrá acceso directo desde lo exterior por la parte posterior, acoge la cocina.

El material de construcción es variado y responde a la naturaleza del suelo. La presencia de piedra suele hacer innecesaria la cimentación y permite una ejecución rápida con el material accesible, sea pizarra de escasa calidad, con la introducción puntual de perpiaños de granito o cantos rodados, sea granito de buena calidad. Entre la heterogeneidad de materiales destaca, por lo general, la técnica de la piedra en seco de procedimientos más modestos.

Como se indicó, las aperturas y huecos suenen ser de pequeño tamaño, con cargaderos y dinteles precarios, marcos de madera o pequeños arcos de descarga de mampostería. El mayor de los huecos será la puerta de la bodega, en que también se disponen rejas practicables. Complementariamente destaca el uso de la paja y barro o de barrotillo de madera como técnica para la ejecución de tabiques o mismo de cerramientos exteriores no estructurales, que suelen coincidir con los corredores y las fachadas principales, y las técnicas de esgrafiado, con muestras fantasiosas de formas animales y orgánicas que decoran la piel exterior.

Las adegas y sequeiros

Es la propia vivienda a que suele recoger las funciones de bodega, cuadra, corral y granero. La disposición compleja sobre el terreno y la escasez general de terreno disponible justifican la acumulación de funciones en las casas localizadas en las riberas más empinadas.

Destaca, por el contrario, la construcción de bodegas de guardia en las propias viñas. Son construcciones ejecutadas con las mismas técnicas de uso de la mampostería y la piedra en seco, recogida del propio lugar y cimentada directamente sobre los bancales de las laderas y como continuidad de ellos.

Plantas rectangulares o cuadradas de un solo hueco de acceso, generoso, normalmente con una puerta de dos hojas, y algún pequeño hueco de ventilación sin contra y resguardado.

Las cubriciones, normalmente a un agua, siguen la caída de la pendiente y, en su posición parcialmente enterrada, pueden ponerse como ejemplo de integración en su ambiente.

En casos excepcionales, existen agrupaciones de estos conjuntos de bodegas, como el caso de Vilachá, o grandes bodegas retiradas de las pendientes, a medio camino de los núcleos de los valles altos que, siguiendo una tipología y funcionalidad semejante, alcanzan una dimensión mayor, o construcciones de tipo cueva, con una fachada y una cubierta que se extienden a la entrada de un espacio excavado en la tierra.

Estas dependencias pueden acoger los lagares, que en el caso de las casas grandes y de los pazos de la zona eran dependencias asociadas a la propia edificación principal, aunque también existen muestras de lagares rupestres, localizados en las propias laderas e inmediatos a las viñas, de los que apenas queda la huella sobre la roca al haber perdido su funcionalidad.

En relación con el uso de la castaña, también puede destacarse la presencia, al pie mismo de los castaños y alejados de los núcleos de población, de los sequeiros, construcciones de la misma tipología de piedra en seco destinadas a secar la castaña. Estas dependencias, como las bodegas de guardia de las viñas, podían acoger en las temporadas de trabajo la residencia provisional de las personas que las trabajaban.

En su interior se diferencian los espacios de una pequeña cuadra para cebar los cerdos con el producto sobrante, un almacén de leña y zona de paso y un hogar en que se hacía el fuego para secar la castaña en un cañizo, entramado de madera a altura del piso en que extender las castañas. En otros núcleos existen también agrupaciones de sequeiros, normalmente de pequeñas dimensiones y orientados a la entrada de los caminos.

El patrimonio fluvial

Una de las muestras de cambio y evolución más radical de las comunidades en su territorio es el que siguió a la construcción de los embalses e inundación de los valles del Miño y del Sil. El sistema comenzó a ejecutarse y funcionar hace aproximadamente unos 70 años, lo que implica que aún permanecen con vida algunas de las personas que sufrieron la transformación que afectó especialmente a los núcleos más próximos, que debieron ser trasladados en su conjunto, y de la que es la muestra más evidente la del propio Portomarín, en el límite norte de la Ribeira Sacra del Miño y el paso del Camino de Santiago, así como algunos significativos monumentos como las iglesias de Chouzán y A Cova. Sin embargo, una parte de esa memoria, en especial la relacionada con la propia producción de pescado en los ríos, permanece como relicta bajo el nivel de las aguas. Los ríos Miño y Sil, así como tramos del Cabe, Bibei, Navea, Soldón y Asma eran navegables, y este uso propició el desarrollo de hasta diez modelos de embarcaciones propias de la Ribeira Sacra que, algunas de las cuales, a través de procesos de recuperación de uso específico, muestran la capacidad de estos bienes de tener una utilidad en la recuperación e identidad de las comunidades locales.

Los pasos de barca eran la manera preferente de comunicación entre las riberas, ya que los pasos de puente eran limitados. Además, eran un recurso económico rentable para sus poseedores hasta la mitad del siglo XIX, aunque perduraron hasta mediados del siglo XX. Los principales pasos de barca estaban localizados en Portomarín, relacionado con el Camino de Santiago; en Pincelo (Taboada); en O Porto (O Saviñao); en Sernande (Chantada), que llegó en uso hasta los años 70; en Chouzán (Carballedo) y en Os Peares y Beacán (A Peroxa), documentada ya en el siglo X. Pero existían otros pasos y puertos de mayor o menor importancia, pero de forma estable y uso cotidiano a lo largo de los siglos.

Las balsas, normalmente de fondo plano y realizadas con la madera local disponible, se adaptaban en medios y tamaños a los requerimientos funcionales, con asientos, plataformas o cavidades variadas, en especial acondicionadas para los trabajos agrícolas y el transporte de productos y personas.

La tipología y modelos de barcas, con sus diferentes adaptaciones y funcionalidades, dió lugar a la balsa de Os Peares, las barcas de Portomarín, de Chantada, del Cabe y del Sil, la lancha o el barco de duernas, uno de los modelos más originales y singulares, compuesto de un doble casco de troncos enteros vaciados con una plataforma superior.

La abundante producción de pescado produjo a lo largo de los siglos, hasta la construcción de los embalses, una relación particular de las comunidades locales que acudían a esta fuente de abundante generosidad y variedad. La pesca, además de las embarcaciones, produjo asimismo una amplia colección de aparejos específicos, una variedad compleja y adaptada a las condiciones del lugar y a los propios volúmenes y comercialización de los recursos.

Uno de estos recursos más singulares son las pesqueiras, pescos o caneiros, de las que permanecen en la toponimia significativos ejemplos y que probablemente surgieron como evolución de unos primeros sistemas más efímeros de cañas atadas, que conducían los flujos de las aguas por medio de muros de piedra estables, espigones o guiás, reforzados en su lecho, por uno o varios huecos o bocas, en los que disponer redes con un sistema complejo de troncos, ramas y cuerdas. Aun son visibles, cuando las aguas bajan, su nivel estos muros de piedra e incluso las casetas, ejecutadas sobre ellas, para guardar estos tesoros durante la noche. También estas casetas tenían sus antecedentes efímeros en pallozas o pallazas hechas de cañas con la finalidad de abrigarse. La anguila y su cría, el meixón, eran la presa más abundante y la que le daban más fama y más rentabilidad a este trabajo.

De tal forma estaba especializado, que se podían salar para transportar o conservar con vida en arquetas que se hundían en el río, bien protegidas por fuertes candados, y hacer de esta pesca el sistema económico de sustento de muchas familias, ya que los caneiros eran infraestructuras de propiedad familiar que podían transmitirse en herencia.

El río conforma en el valle además un hito en el que se confrontan las relaciones y las identidades. Entre estos elementos de reconocimiento propio de las comunidades están los gritos que en las cosechas se dirigen los vecinos de las riberas de Chantada y de Lemos (papeiros y rabudos), y las múltiples consideraciones con respecto a pertenencia a una comunidad específica: la casa como primer núcleo y la parroquia como la agrupación inmediata, y dignificada por la presencia de la advocación de una santidad como factor propiciatorio de beneficios y ventajas varias en relación a los de alrededor.

El río como propiciador pero también como amenaza se personifica en las figuras de las xacias y los mouros, o los ibios, que atraen las personas con sus magias pero, de la misma forma, producen la desgracia y la perdición, mezclando tanto los aspectos propios de los deseos humanos más incontrolables frente a la seguridad y rigor del orden y la ortodoxia, identificada en el sentimiento religioso.

Asociaciones como O Carrual, relacionada con los caneiros del Miño, Barcas do Miño, que atesora en Chantada la mayor colección de embarcaciones fluviales y promueve trabajos específicos de investigación, o el Ecomuseo de Arxeriz, son muestras de la actividad de las propias comunidades en el conocimiento, gestión y revitalización de este patrimonio cultural específico propio de la Ribeira Sacra.

La construcción mental del territorio y la pertenencia

El territorio de la Ribeira Sacra se entiende cómo un paisaje cultural bien delimitado por sus valores culturales y naturales, a pesar de la ausencia de una consideración administrativa, un poder histórico identificable o mismo una conciencia propia. Sin embargo, es un paisaje representativo de los valores esenciales de la identidad gallega, su esencia más original y propia, depurada a lo largo del tiempo en un espacio que requiere el sacrificio y el amor a su tierra. Un territorio intensamente vivido y construido, educado a la forma de ser propia, desde el origen de la memoria hasta hoy. Hoy a Ribeira Sacra, ya sin oro y con nuevos eremitas, con los moros escondidos en los castros y en las rocas y en las peñas sin mostrar su caprichoso actuar, como el capricho de las fuerzas de la naturaleza, es concebida, a lo mejor más que nunca, como un lugar sagrado, un lugar santificado por el esfuerzo heroico de los que aún viven en él y hacen posible, contra la inercia de una forma de vida que cada vez les exige un mayor esfuerzo y militancia para seguir viviendo su vida.

La misma apreciación cultural existente desde el paleolítico, sacralizado por los primeros eremitas, acrecentado por los singulares monasterios de la Edad Media, los singulares pazos y casas grandes, barrocas y renacentistas, hasta las centrales hidroeléctricas del pasado siglo, primeras en su categoría y, desde luego, en las pendientes vitivinícolas que la caracterizan hoy, y que seducen a los que las visitan y que muestran con modestia sus propietarios. La estrecha relación con el territorio propició el surgimiento de un riquísimo catálogo de conocimiento popular, creencias, ritos y ceremonias, una sistemática de saber relativos a la naturaleza y a la vida que gira alrededor de los ríos y de los principales elementos del paisaje, y que fue transmitiéndose a lo largo de los siglos, en muchas ocasiones con las piedras y con los lugares como soporte material y evidencia de su validez.

Las xacias, las brujas o los moros son figuras habituales en la transmisión oral y en la propia percepción del territorio. La toponimia y la diversidad. Del mismo modo, nacieron tradiciones ancestrales que siguen manteniéndose como el carnaval, fiestas del final de invierno o fiestas de primavera, de celebración de la resurrección de la vida y de la naturaleza, ritos relacionados con el sol, con el fuego y las actividades necesarias para propiciar los beneficios de una buena cosecha o de una buena salud.

Estos seres fantásticos, mouras (habitantes de los castros, de los petroglifos, de las peñas), xacias (mitad pescado mitad mujer, que viven en los charcos de los ríos), santos y vírgenes, suelen relacionarse con los vecinos del lugar, a veces con nefastos resultados que justifican una catástrofe apenas presente en el recuerdo, pero muy activa en la memoria. Entre estos seres de la memoria encajaría también el lobishome, temor recogido ya en el siglo XVI por Torquemada, y que en el siglo XIX se evidenciaría en el cuerpo de Romasanta, nacido en Esgos. Como manifestaciones más relevantes, en este expediente se han recogido de manera específica:

1. Folión de fachadas y fiesta de los Fachós. Ejemplo de esta especial relación entre las vidas de la personas, los cambios cíclicos y la geografía real y de la memoria, son las fiestas de fachas y fachóns, actos festivos realizados por el conjunto de los vecinos, que en la víspera de una celebración religiosa, celebran el folión, la fiesta propia de la comunidad, en la que juntan elementos previamente preparados a lo largo de días o semanas, de material vegetal, paja, herbáceas o madera, según el caso, para portarlas ardiendo y luego quemarla en un lugar significativo, festejando con música y baile, por la noche y hasta que el fuego se apaga.

Las comunidades locales asumen que son fiestas de antiguo y están asociadas a lugares relevantes de su geografía próxima, en concreto los castros o el Castillo, los lugares más elevados y visibles desde lo alrededor, en los que cada casa tiene el lugar para su facha y esta puede ser vista desde el resto de parroquias del territorio.

Se trata de celebraciones festivas multitudinarias en que participan todos los miembros de las familias y abiertas a las parroquias del entorno. Entre las que se conservan están la Fiesta de los Fachós de Castro Caldelas tiene lugar el 19 de enero, en la víspera de San Sebastián, y que resulta espectacular por la porte y quema del inmenso fachón de unos 30 metros de largo, así como el Folión de Fachadas de Vilelos (O Saviñao), promovida por la Asociación de Vecinos de San Martiño de Vilelos, y la Quema de las Fachadas de Castelo (Taboada), promovida por la Asociación Cultural As Fachas.

En estos actos se evidencian tanto el sentido de pertenencia a una comunidad acostumbrada a un territorio, el especial significado de algunos de sus lugares que remite a un pasado mítico y poco conocido, y a la necesidad de reivindicarse como parte de una estructura del territorio, la parroquia, frente a otras a las que se les invita a una buena y fraternal convivencia, con música, baile y comida a la luz de las fachas y fachós.

2. Fiestas del Carnaval. El carnaval, o el entroido, entrado, introito, entrudio... fue declarado manifestación representativa del patrimonio cultural inmaterial de España por el Real Decreto 383/2017, de 8 de abril, al amparo de lo dispuesto en la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial, por ser una de las manifestaciones más emblemáticas, vivas y representadas en todo el territorio nacional.

Su origen es muy antiguo y ha recibido muchas aportaciones culturales a lo largo del tiempo, en especial de ceremonias del invierno y propiciadoras de la primavera. Por su carácter catártico y libertario, ha sido condenada y prohibida en ocasiones.

Son festividades en que los roles personales se transforman o exageran y que se celebran en comunidad, en los espacios públicos, con la participación, activa o pasiva, mismo involuntaria, de todos los vecinos. Sus aspectos lúdicos y pícaro se anteponen, en el ciclo religioso, a un período de penitencia y devoción pero, en sus aspectos más universales, la celebración del final del invierno y la promesa de la primavera estarían en relación con la futura fertilidad.

Todos esos aspectos se mantienen en común en las fiestas de carnaval, pero en la Ribeira Sacra esta manifestación consigue rangos distintivos y de singularidad que hace falta reconocer, ya que es una de las fiestas que con más incidencia redundan en la formación de un carácter propio, sobre todo en la actualidad, en que el Carnaval es una ceremonia que perdió su significación en relación con los ritos agrarios y que fue recuperada y mantenida como refuerzo de la identidad amenazada de desaparición.

El Entroido Ribeirao se celebra principalmente en la parroquia de Santiago de Arriba de Chantada, con sus volantes y gorras, que son sus elementos más vistosos y complejos, con grandes pesos y exigencias físicas tanto para su transporte como para dar vueltas y saltos. También hay otros singulares adornos de la festividad como las máscaras o caraútas y los peliqueiros, que en contraste con la figura de colores y compleja de los volantes, civilizada y festiva, acercan la parte animal, con pieles, cabezas de animales y cornamentas. Completan el elenco representativo los maragatos, coroceiros y mecos, que asumen los diferentes roles sociales. Actividades ellas recuperadas y promovidas por la Asociación de Amigos do Entroido Ribeirao, que se esfuerza en hacer partícipes a los más pequeños, en muchas ocasiones ajenos a lo largo de sus primeros años a las formas de vida en el rural o mismo en Galicia, y que recuperan su pertenencia al lugar a través de estos procesos.

Otro carnaval tradicional en la Ribeira Sacra son los Felos de Esgos, que comparten elementos con los tradicionales carnavales ourensanos, pero con características propias y diferenciadas, como en el uso de máscaras de papel, a manera de grande cilindro en que se mete la cabeza, que tiene una decoración libre y personal. Andan a las carreras con los bastones en la mano y visten botas altas que en la actualidad suelen ser de goma para el agua, acompañados de madamas¸ que personifican jóvenes finas y bien vestidas, así como enanos, vestidos con ropas flojas y rellenas de paja para abultar, así como imitaciones de bestias y burros hechos de pelliza y ramas. Entre los ritos de este Carnaval se recuperó la práctica de poner la cuaresma, que consistía en llevar un muñeco de paja a la puerta de una casa, lo que implicaba ser el objeto de la burla de todos los vecinos.

Desde época reciente a Asociación de Vecinos de Salcedo Asociación Cultural-Etnográfica Felos y Madamas de Esgos mantiene la tradición.

También destaca en A Pobra do Brollón, un carnaval que combina de los que junta elementos de transiciones entre las comunidades ribereñas y las de la montaña, como es el Oso de Salcedo. Durante las fiestas del Carnaval de Salcedo madamas, mujeres que visten de blanco y llevan en cabeza sombreros de flores y cintas de papel de colores, y danzantes, hombres que visten de negro con una máscara blanca, imitan el baile de parejas ricas.

También se realizan representaciones paródicas de acontecimientos domésticos y familiares y cantigas, hasta que llega el día del Oso, que es el lunes de Carnaval. Ese día, huido o llevado por los siervos, llega el Oso por algún lugar de los callejones de la aldea, vestido de pieles de oveja y una máscara de cuero con el aspecto del animal. El Oso lleva unas cinchas con campanas colgando de la cintura y va precedido por el osezno y por sus siervos, andan por la villa por medio de la gente, se mete a hacer algún revuelo y con la ayuda de los criados, envueltos en pieles y trapos pardos, armados con una vara y un caldero donde llevan el sarrio (mezcla grasa de ceniza), y tirando sobre el suelo a la gente les tizna la cara y, si le coincide, el pecho y barriga, hasta que marcha sin que le den caza. En la actualidad la ceremonia festiva es sostenida por la Asociación de Vecinos de Salcedo.

3. Folión de Carros de Chantada. Entre estas actividades de difusión y puesta en valor de lo propio, destaca el acto festivo del Folión de Carros que se celebra en Chantada en el cuarto sábado de agosto y, como el resto de folións de Galicia, es una fiesta previa a las fiestas patronales, una actividad libre de los actos más regulados y ligados a los ritos religiosos del día siguiente. Esta actividad sostenida y difundida por la Asociación Cultural Amigos del Folión, después de su recuperación en 1949, le da continuidad a una manifestación que, sin conocer su origen, está documentada desde hace casi 200 años, y que muestra un compromiso por la exhibición de la identidad rural y agraria, extendida a los oficios y profesiones propias del ámbito, a las personas y a sus medios. Más allá del proceso de recreación o de simple simulación, no existe una intención grotesca o de evidenciar lo pintoresco, sino de valorar lo propio, lo que enlaza con la tierra.

El Folión se desarrolla cómo una parada de carros tirados por bueyes sobre los que se representan escenas de trabajos, con los atuendos, las maneras tradicionales y los medios apropiados para desarrollarlas, de tal forma que, además de la componente festiva se completa con la exposición didáctica tanto de las actividades como de los propios carros, que son uno de sus elementos fundamentales y en los que cada vez las juntas de vacas o de bueyes son más escasas, pero también de las circunstancias propias de las comunidades y su sentimiento identitario, como la propia pérdida de un modelo de vida, el sacrificio del trabajo en el rural, la emigración… El Folión es la muestra de la actividad de barrios y familias carroceras, especialmente las del alrededor de la villa, que durante las fechas previas se dedican al diseño y construcción de carrozas sobre los carros, bien sea con una intención lúdica o emotiva y en la que participan todos los miembros y vecinos, sean niños o mestres facedores, y el resto de vecinos que colaboran con sus aportaciones y recuerdos.

4. Alfarería de Gundivós y Niñodaguia. La alfarería de la Ribeira Sacra es un ejemplo paradigmático de la conservación y salvaguarda de los saberes técnicos ligados a las formas de vida tradicionales y la apuesta por su conservación y difusión como una manera de vida.

La alfarería es, tal vez, la técnica que encontró un medio propio de subsistencia al recuperar las formas tradicionales propias, derivadas de una funcionalidad específica y herederas de su componente estética y emocional, y que pueden ser usadas en la actualidad como soporte de esa memoria, aunque con una funcionalidad limitada.

No obstante, alrededor del vino y de las visitas de las personas interesadas en el territorio, existen nuevas posibilidades, tanto prácticas como ornamentales, que se beneficien del esfuerzo y trabajo de recuperadores y conocedores del oficio como Elías González en su Centro Oleiro de Gundivós o la Alfarería de Agustín y José Vázquez y la Asociación de Amigos do Barro de Niñodaguia.

5. Otras actividades y técnicas tradicional. Entre las técnicas tradicionales de la Ribeira Sacra, características y muy propias de su singularidad, hay otras muy relevantes que se están realizando, dentro de los procesos de documentación e información, y en la medida en que pueda acreditarse su valor singular y sus características destacables, podrán también ser reconocidas como manifestaciones de interés cultural.

Entre estas actividades pueden señalarse los trabajos de cordelería, de cestería o de tonelería. También los trabajos de hoja de lata y de cobre, en especial los alambiques y las piezas para el trabajo en las viñas. O, además de todos ellos, el de los afiladores y paragueros de Esgos y Castro Caldelas, que llevaron su oficio por toda la Península, precedidos por el sonido de su silbato y acompañados de una rueda de afílar. Errantes por el mundo adelante, llevando a la vez que ellos su herramienta y un idioma propio, el barallete.

ANEXO V
Régimen de protección general de los bienes integrantes del paisaje cultural

A) Régimen general de protección de los bienes clasificados

El régimen de protección derivado de la delimitación del paisaje cultural de la Ribeira Sacra y su zona de amortiguamiento complementa al sistema de protección del conjunto de bienes inmuebles e inmateriales existentes en el territorio y que cuentan con clasificación en virtud de sus valores culturales, bien reconocidos por figuras de protección previas, por la pertenencia a catálogos de instrumentos de planeamiento urbanístico existentes o por haberse incoado su protección o clasificación específica como medida complementaria a este procedimiento.

De tal manera, en los anexos I a III de este decreto se recogen los elementos que singularmente se clasifican como bienes de interés cultural en el territorio de la Ribeira Sacra, bienes inmuebles catalogados en el ámbito del paisaje cultural (tanto en la zona BIC cómo en la zona de amortiguamiento) y bienes inmuebles catalogados por su carácter sagrado o religioso en el territorio de la Ribeira Sacra, extendido a la totalidad de los Ayuntamientos.

Para este conjunto de bienes y sus entornos de protección serán de aplicación las normas generales derivadas del régimen de protección en función de su clasificación, que de forma sintética se recogen a continuación y que son las que derivan de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia (LPCG):

1. Autorización: En virtud del dispuesto en los artículos 39, 65 y 96, será precisa la autorización de la Dirección General do Patrimonio Cultural (DGPC) para intervenir en los bienes clasificados, con las excepciones establecidas y sin perjuicio de las habilitaciones de las que puedan ser objeto los Ayuntamientos recogidas en la LPCG.

2. Uso: Los usos quedarán condicionados a que no se pongan en peligro los valores por los que fueron protegidos, por lo que sus cambios de uso sustanciales también requerirán de la autorización de la DXPC.

3. Deber de conservación: los propietarios, poseedores y demás titulares de derechos reales sobre estos bienes están obligados a conservarlos, mantenerlos y custodiarlos debidamente y a evitar su pérdida, destrucción o deterioro (artículo 32 LPCG).

4. Acceso: los propietarios, poseedores y demás titulares de derechos reales sobre los bienes facilitarán el acceso, con fines de inspección, a la DXPC y el acceso de los investigadores, después de solicitud motivada.

5. Proyectos de intervención y memoria final: las intervenciones que excedan de las de conservación y mantenimiento requerirán la elaboración de un proyecto de intervención y de una memoria final de la intervención segundo las condiciones descritas en el artículo 43 de la LPCG.

B) Régimen general de aplicación a los bienes de interés cultural

Adicionalmente a lo establecido en el punto anterior, para los bienes clasificados como bienes de interés cultural así como a aquellos que en virtud de su tipología o antigüedad puedan tener la misma consideración, en aplicación de las diferentes determinaciones establecidas en la LPCG, y en especial aquellas que hacen referencia a las muestras de arte rupestre, a los hórreos, cruceiros y petos de ánimas anteriores a 1901, y castillos y otros elementos de arquitectura defensiva anteriores a 1849, serán de aplicación los siguientes deberes y condiciones:

1. Visita pública: los propietarios, poseedores y demás titulares deberán facilitar la visita pública en las condiciones y con las excepciones establecidas en la normativa vigente (artículo 48 LPCG y 13 LPHE).

2. Transmisión: toda pretensión de enajenación o venta que afecte el bien deberá ser notificada a la Dirección General do Patrimonio Cultural, con indicación del precio y de las condiciones en que se proponga realizar (artículo 49 LPCG y 38 LPHE).

3. Expropiación: el incumplimiento de los deberes de protección y conservación será causa de interés social para la expropiación forzosa por parte de la Administración competente.

4. Desplazamiento: un inmueble es inseparable de su entorno y no se podrá proceder a su desplazamiento salvo que resulte imprescindible por causa de fuerza mayor o interés social, después del informe favorable de la DGPC y según lo dispuesto en el artículo 52 LPCG y en el 18 LPHE.

5. Plan de conservación: Los inmuebles clasificados bien de interés cultural del anexo I requerirán de la elaboración de un plan director o plan integral de conservación, en función de su complejidad y la de los problemas, patologías o necesidades de rehabilitación que puedan contemplarse, o por justificarse no resultar necesarios los anteriores, un plan de conservación preventiva.

C) Régimen general de actuaciones puntuales de mantenimiento y uso común en bienes clasificados por su valor cultural

Deben considerarse como actuaciones que no precisan de la autorización previa de la DGPC las actuaciones puntuales de mantenimiento o el uso común, de muy escasa entidad técnica y constructiva, justificadas por el deterioro material de los elementos sobre los cuáles se propone la intervención, con un alcance muy concreto y parcial y que requieren de una rápida ejecución por la amenaza que puede suponer para su conservación o apreciación. Estos trabajos, que tienen un alcance semejante a los de mantenimiento recogidos en el artículo 40.c) de la LPCG, pero que poseen un menor alcance y se realizan con carácter puntual ante una situación de deterioro, se entenderán siempre de forma restrictiva y se limitarán a los de la tipología y naturaleza descritas, como los que se relacionan:

1. La limpieza y retirada de polvo o basura depositada y no fuertemente adherida, siempre que no requiera medios auxiliares que puedan comprometer su integridad.

2. La eliminación de residuos y depósitos sobre alcantarillas, canalones y bajantes que formen parte del sistema de evacuación de agua pluvial de las cubiertas o la substitución parcial de elementos de este sistema por otros de idénticas características dimensionales y de material, siempre que no supongan la substitución total de todos ellos.

3. La limpieza con técnicas no agresivas y sin afectar al material de soporte existente. En cualquiera caso se prohíben los chorros de arena sobre las fábricas de piedra vista y los chorros de agua a presión precisarán de autorización.

4. La reposición parcial de material de cubrición o revestimiento de fachada movido accidentalmente o la substitución puntual de algún elemento deteriorado del material de cubierta, siempre que sea parcial y sin afectar a los elementos estructurales que lo soportan y la composición constructiva y formal de la cobertura.

5. El ajuste de ventanas y puertas, sin actuar sobre el material o cuando la actuación sea muy parcial y limitada sobre sus elementos de anclaje o ajuste.

6. La substitución de vidrios deteriorados y la reposición de vidrios siempre que se empleen otros de similar espesor y aspecto que no requieran de técnicas o materiales diferentes que los originales para su disposición.

7. La revisión y afianzamiento de soportes y anclajes de instalaciones existentes desprendidas o deterioradas parcialmente, siempre que no sea precisa la substitución o refuerzo. Se excluyen de este criterio las líneas aéreas de transporte de energía o comunicación y las antenas existentes en yacimientos o zonas arqueológicas.

8. El corte de hierba o maleza y el desbroce por medios manuales o con maquinaria ligera portátil, sin movimientos de tierra y respetando todos los ejemplares arbóreos existentes o elementos de jardinería, así como podas parciales de mantenimiento.

9. La instalación de medios auxiliares para el desarrollo de los trabajos agrícolas y forestales de escasa entidad como guías y protecciones individuales, así como la acumulación y movimiento del propio producto del cultivo, sin afectar elementos reconocibles del paisaje como los propios caminos, taludes, cierres, terrazas, setos y otros de naturaleza análoga.

10. El cultivo de terrenos siempre que no sea precisa la modificación de las rasantes existentes y los trabajos que se produzcan la nula o escasa profundidad, y siempre fuera de los bienes arqueológicos.

11. La reposición o reparación que incluya la substitución puntual y parcial de los elementos de jardinería, pavimento y mobiliario urbano por otros análogos.

12. La realización de actividades y eventos efímeros, siempre que se produzcan de forma aislada y sin instalaciones de carácter permanente, ligadas a actividades públicas periódicas como fiestas, actividades lúdicas, culturales o deportivas, romerías, encuentros, conciertos, y se disponga de los medios para la normal vigilancia y cautela de los bienes que puedan verse afectados y que, con carácter general, no permanezcan montadas un plazo mayor de 72 horas, y siempre que no se afecten materialmente los bienes protegidos, en especial con los anclajes, instalaciones, medios auxiliares o apoyos en inmuebles protegidos.

13. La venta ambulante, en los casos en que no esté prohibida por la legislación sectorial en la materia.

14. Tampoco precisan de la autorización previa las actuaciones en inmuebles protegidos con un nivel de protección ambiental que no afecten a los elementos y valores que determinaron el alcance de dicha protección, como obras de fontanería, modificación de distribuciones interiores, nuevos azulejados, pavimentos y otras semejantes que no afectan la envolvente del edificio.

15. Paralización y solicitud de autorización de la DGPC. Si en cualquier momento, por falta de previsión o por circunstancias sobrevenidas, las actuaciones indicadas propuestas o en realización sobre bienes protegidos por su valor cultural superan el alcance definido, deberá requerirse la paralización de la intervención y que se definan adecuadamente las actuaciones necesarias para su autorización por la DGPC.

16. Intervenciones de mantenimiento de carácter continuo o periódico. Para el caso de las intervenciones de mantenimiento que tienen un carácter continuo o periódico, deberá evaluarse la posibilidad de establecer o requerir la elaboración de un protocolo o proyecto de mantenimiento adaptado a las características propias del inmueble, siempre que resulte proporcionado a la previsión de las intervenciones o a los especiales valores culturales del bien. En su caso, y una vez que dicho protocolo de mantenimiento sea autorizado, podrán entenderse autorizadas todas las intervenciones que lo desarrollen, siempre que se hayan especificado convenientemente las características técnicas y materiales de las operaciones y su vigencia y periodicidad, así como los criterios para la evaluación de su eficacia y necesaria revisión, si fuere el caso. Esto es, que una vez autorizado un protocolo de mantenimiento a realización de las operaciones que lo desarrollen a lo largo del tiempo, y hasta que sea necesaria su revisión en función de los indicadores objetivos que se establezcan, tampoco serán necesarias posteriores autorizaciones.

17. El mismo procedimiento podrá establecerse o requerirse para el caso de desbroces de mantenimiento y limpiezas periódicas de vegetación en los suelos afectados por ámbitos de protección del patrimonio cultural, especialmente en los entornos de protección del patrimonio arqueológico, así como para determinadas operaciones de mantenimiento de los tendidos de líneas eléctricas.

D) Régimen general de protección en los conjuntos históricos de Castro Caldelas y Monforte de Lemos

En el caso del conjunto histórico de Castro Caldelas, puesto que cuenta con un plan especial de protección aprobado en vigor, el Ayuntamiento será competente para autorizar las intervenciones que lo desarrollan en las condiciones descritas en el artículo 58 de la LPCG. En el caso de Monforte de Lemos, puesto que en estos momentos está en tramitación el plan especial de protección, será de aplicación el régimen específico recogido en el artículo 57 de la LPCG.

E) Régimen general de protección de bienes muebles y el patrimonio cultural inmaterial

Para los bienes muebles y para las manifestaciones del patrimonio inmaterial incluidos en el anexo I como bienes de interés cultural, será de aplicación además el régimen de protección específico recogido en la LPCG, en los artículos 62 y 63 para el caso de los bienes muebles y 69 y 70 para el establecimiento de medidas de salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial.

La protección de los bienes inmuebles ligados a las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial asumirá su celebración en las condiciones que vienen desarrollándose y en cualquier caso podrán coordinarse con las entidades identificadas como organizaciones las medidas específicas que pueda requerir su conservación e interpretación.

Asimismo, podrán ser añadidos al listado del anexo I aquellos bienes muebles y manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial que se identifiquen y se propongan en el futuro, siempre que resulten compatibles y coherentes con las líneas generales de los valores reconocidos en este decreto.

F) Régimen general de protección en los entornos de protección de los bienes clasificados

En los entornos de protección de los bienes clasificados singularmente en el ámbito del territorio de la Ribeira Sacra, sea en la zona BIC como en la zona de amortiguamiento y más allá de ella en el ámbito de todos los Ayuntamientos recogidos en esta declaración, será de aplicación a estructura interpretativa de la Instrucción de 8 de noviembre de 2017 relativa al trámite de autorizaciones en materia de patrimonio cultural en los bienes inmuebles catalogados y declarados de interés cultural, sus entornos de protección y las zonas de amortiguamiento (DOG número 231, de 5 de diciembre de 2017), en la cual se recogen los criterios para determinar el alcance de las autorizaciones en función de la intensidad de las intervenciones sobre los bienes del patrimonio cultural de Galicia.

1. Actuaciones con autorización de la DGPC: Requerirán autorización previa de la DGPC las intervenciones que se realicen en el entorno de protección de los bienes declarados de interés cultural y catalogados cuando tengan por objeto:

a) Nuevas construcciones e instalaciones de carácter definitivo o provisional.

b) Intervenciones de cualquier tipo que se manifiesten hacia el espacio exterior público o privado de las edificaciones existentes.

c) Actuaciones que afecten a la estructura parcelaria, los elementos configuradores característicos de la estructura territorial tradicional, los espacios libres y la topografía característica del ámbito, incluidos los proyectos de urbanización.

d) La implantación o los cambios de uso que puedan tener incidencia sobre la apreciación de los bienes en el territorio, incluidas talas y repoblaciones forestales.

e) Las remociones de tierras de cualquier tipo en el entorno de protección de los bienes integrantes del patrimonio arqueológico.

2. Actuaciones sin necesidad de autorización previa de la DGPC: el resto de intervenciones en los entornos de los bienes clasificados que no tengan efectos sobre las condiciones de apreciación ni perturben el sentido del bien protegido en su ambiente no precisan de autorización previa en materia de protección del patrimonio cultural, como:

a) Las intervenciones que por su carácter de escasa complejidad técnica y nula afección a los bienes protegidos (a sus valores, a su consideración, apreciación o estudio y al carácter arquitectónico y paisajístico de la zona), y que no impidan o perturben su consideración ni supongan ningún riesgo para los bienes –por producirse en el interior de edificios o locales que no cuenten con ninguna protección por su valor cultural y no supongan ninguna manifestación en absoluto hacia el exterior– no requieren de la autorización previa de la DGPC.

b) Las actuaciones de investigación y mantenimiento que, realizadas sobre los inmuebles localizados en el entorno, no afecten los propios bienes protegidos. Estas intervenciones deben interpretarse de manera estricta según la definición del artículo 40.a) y c) de la Ley 5/2016 y no implicar efectos sobre la conservación de los materiales tradicionales, la integración volumétrica y los aspectos cromáticos del conjunto, es decir, aplicando los criterios definidos en el artículo 46, en especial, empleando «materiales, soluciones constructivas y características dimensionais y tipológicas en coherencia con el ámbito en cualquier tipo de intervenciones».

c) Las reparaciones de cubiertas que afecten solo al material de cubrición, reponiendo el mismo material tradicional existente, si este es coherente con la tradición del área geográfica en que se encuentra el inmueble. Estas reparaciones no podrán incluir modificaciones de la forma del tejado, apertura de huecos, construcción de chimeneas ni modificación de la solución de los aleros introduciendo cornisas, vuelos, etc. que, si fuere el caso, sí precisarán de autorización.

d) El pintado de fachadas y de las carpinterías exteriores en la mismo color existente, siempre que esta sea coherente con la tradición del área geográfica en que se encuentre el inmueble o se ajuste a los criterios de color que se puedan definir u orientar desde la Xunta de Galicia. En el caso contrario, deberá someterse a autorización con el objeto de determinar el color y acabados apropiados.

e) La reparación de carpinterías siempre que se mantenga el material, la solución formal y constructiva y los acabados existentes, excepto en los casos en que se haya establecido por alguna condición general de protección del ámbito la necesaria adaptación a algún tipo original característico del ámbito.

f) La reparación de revestimientos si se mantiene la solución formal y constructiva existente, así como sus colores y acabados. No se aplicará este criterio al mantenimiento de materiales constructivos diseñados para emplearse revestidos y que permanezcan vistos o sin finalizar como las fábricas de bloque de hormigón o ladrillo visto o el empleo de materiales de construcción en sistemas o funciones para los cuáles no estén diseñados, como los forros de fachadas con materiales de cobertura de cubiertas, o los cierres de fincas y edificios con elementos de mobiliario o desechos industriales. Se admitirán las reparaciones de las impermeabilizaciones de medianeras y fachadas secundarias con forros de placa de fibrocemento minionda siempre que como acabado se pinten del mismo color que el resto de las fachadas del inmueble.

g) Los trabajos de refuerzo o mejora estructural, siempre que no produzcan ningún efecto visible o aparente desde lo exterior y no exista una protección, aun con carácter general, que establezca alguna determinación concreta de protección estructural para los inmuebles localizados en el dicho entorno. También deberán ser sometidos a autorización este tipo de trabajos cuando afecten al subsuelo en el caso de entornos de bienes del patrimonio arqueológico.

h) Las reparaciones y reposiciones de cierres de fincas que empleen los materiales, técnicas y soluciones constructivas tradicionales originales de los elementos en que se interviene o la construcción de nuevos cierres según los modelos que puedan definirse desde la Xunta de Galicia, excepto en el caso de los entornos de protección de los bienes del patrimonio arqueológico.

i) La reposición de tendidos de instalaciones de suministro de energía, voz y datos, u otros servicios públicos existentes siempre que se realicen sin alterar el trazado, posición y características ambiental de los tendidos de redes, líneas e instalaciones existente y no afecten al registro arqueológico de los bienes, o los nuevos elementos disminuyan el impacto de los que sustituyen.

j) La reparación de materiales de pavimentación de vías o espacios públicos manteniendo los existentes y siempre que no suponga actuaciones de carácter general.

k) La reparación del mobiliario urbano manteniendo el material, la solución formal y constructiva y los acabados existentes.

l) Los trabajos de limpieza de bienes inmuebles, espacios libres, vías públicas o bienes artísticos localizados en ellos que no cuenten con una clasificación individualizada.

m) Los trabajos de desbroce y los de gestión de la biomasa forestal relacionados con el cumplimiento de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales, en especial en lo relativo a los perímetros de protección que establece la Ley para la seguridad de las personas y de los bienes, siempre que no afecten ámbitos específicamente protegidos por su valor arqueológico, para los cuáles será necesaria la autorización previa de la DGPC. Como indica la disposición adicional tercera de la dicta ley, la gestión de la biomasa se limitará a las especies señaladas en el texto y, en todo caso, podrán conservarse aquellos que cumplan funciones ornamentales o estén aislados y no supongan un riesgo para la propagación de incendios forestales.

n) Los trabajos de poda y tratamiento de silvicultura sobre árboles y arbustos de relevancia ambiental, siempre que no se altere su carácter en relación con la escena urbana y el paisaje natural en que se encuadran.

ñ) Los cambios de actividad sin reforma de los locales o cuando la reforma no afecta al aspecto exterior. Los rótulos y señalización sí deberán someterse a la autorización, excepto en los casos en que se empleen los mismos soportes y dimensiones que los existentes y ya fueran autorizados previamente.

o) Paralización y solicitud de autorización de la DGPC: en caso de que, aunque las obras sean semejantes a las definidas en los puntos anteriores pero se propongan diferencias de materiales, acabados y técnicas constructivas, o la incorporación de nuevas instalaciones visibles o cambios dimensionales, las intervenciones descritas sí tendrían efectos sobre su apreciación y, por tanto, requerían de la correspondiente autorización de la DGPC.

p) Actuaciones de carácter continuo o periódico: para el caso de intervenciones que tengan un carácter continuo o periódico, deberá evaluarse la posibilidad de establecer o requerir la elaboración de un protocolo o proyecto de mantenimiento, adaptado a las características propias del ámbito, que resulte proporcionado a la previsión de las intervenciones o a los especiales valores culturales del bien. En su caso, y una vez que dicho protocolo de mantenimiento sea autorizado, podrán entenderse autorizadas todas las intervenciones que lo desarrollen, siempre que se hayan especificado convenientemente las características técnicas y materiales de las operaciones y su vigencia y periodicidad, así como los criterios para la evaluación de su eficacia y necesaria revisión, si fuere el caso. Esto es, que una vez autorizado un protocolo de mantenimiento, la realización de las operaciones que lo desarrollen a lo largo del tiempo, y hasta que sea necesaria su revisión en función de los indicadores objetivos que se establezcan, tampoco precisará de posteriores autorizaciones.

q) Cuando las intervenciones requieran la substitución total de los elementos originales por su grado de deterioro, si no se pudiera garantizar la total correspondencia con los materiales, diseño y técnicas tradicionales, será precisa la autorización de la DGPC.

G) Régimen general de protección en la zona de amortiguamiento del paisaje cultural

El régimen de la zona de amortiguamiento será el que corresponde a su naturaleza y justificación como medida adicional de salvaguarda de los aspectos territoriales, de implantación, integración y percepción y, por lo tanto, el de control de la actuación en materia de grandes infraestructuras e instalaciones que por su alcance puedan suponer un impacto territorial. En la zona de amortiguamiento podrán realizarse en general todo tipo de obras e instalaciones fijas o provisionales y las actividades normales segundo la naturaleza del suelo o cambiar su uso o destino de conformidad con el planeamento vigente sin necesidad de la autorización de la DGPC.

Sin embargo, por su alcance y el riesgo de deterioro o destrucción de los valores naturales y culturales identificados en el paisaje cultural de la Ribeira Sacra y que están íntimamente relacionados con su implantación territorial, se requerirá la autorización previa de la DGPC en las siguientes intervenciones localizadas en las parroquias que rodean el paisaje cultural delimitado:

1. La construcción de nuevas explotaciones agrícolas, ganaderas o de acuicultura que superen los 1.000 m2.

2. Los proyectos de explotación de las extractivas que supongan una actividad a cielo abierto del material, sus instalaciones o escombros, cualquiera que sea su dimensión.

3. La nueva implantación de instalaciones de la industria energética como refinerías, centrales térmicas, de combustibles fósiles, hidráulicas, eólicas, solares, nucleares o de cualquier otro tipo de producción, transporte o depósito.

4. La nueva implantación de instalaciones de la industria siderúrgica, minera, química, textil o papelera.

5. El nuevo diseño o la modificación de sus trazados de infraestructuras de transporte y comunicación como carreteras, ferrocarril, puertos, aeropuertos, canales, centros logísticos o similares. En caso de que a través de algún procedimiento de consulta previa se justifique la poca relevancia de la modificación, no será precisa la autorización en la zona de amortiguamiento para modificaciones menores.

6. La nueva implantación de infraestructuras hidráulicas y de aprovechamiento del agua.

7. Las instalaciones de depósito, gestión y tratamiento de residuos.

8. Las transformaciones de la naturaleza del territorio para la implantación de nuevos usos, superiores a 2 ha. En el caso de las riberas en que se constate la existencia de socalcos tradicionales, se someterán a la autorización de la DGPC las intervenciones que puedan suponer su desaparición. En el resto de los casos, no será necesaria la autorización para su puesta en uso, conservación o restauración ni para su adecuación.

9. Las explotaciones forestales superiores a 2 ha, excepto aquellas que cuenten con un instrumento de ordenación o gestión aprobada con informe favorable de la consellería competente en materia de patrimonio cultural o las que supongan la plantación de especies como el roble, el castaño, el olivo, frutales y otras autóctonas.

Las actuaciones de mantenimiento y conservación de las instalaciones y construcciones existente tanto en la zona de amortiguamiento como en el propio paisaje cultural no requerirán de la dicha autorización en las condiciones descritas en los puntos anteriores.

Las actuaciones de modificación o ampliación de instalaciones existentes requerirán también de la autorización previa de la DGPC en iguales condiciones que las nuevas instalaciones excepto que se acredite que, ni por las condiciones de implantación, ni por las dimensiones de los elementos renovados o por otras consideraciones relevantes, no se afecta a la percepción del territorio en su contexto.

Los instrumentos de gestión y planificación territorial tomarán la referencia de la especial condiciones de protección de este paisaje cultural, a los efectos de aplicar y priorizar medidas de carácter ambiental y sostenibles en el ámbito del paisaje cultural de la Ribeira Sacra y su zona de amortiguamiento.

Las actividades e instalaciones de carácter territorial deberán incluir en su evaluación el estudio detallado de las consecuencias ambientales de apreciación sensorial en todos sus aspectos, así como las medidas correctoras y protectoras que habían podido derivarse.

La DGPC podrá determinar la necesidad de medidas complementarias o incluso su prohibición en caso de que se determine su total incompatibilidad para la conservación del paisaje cultural, entendida esta como la viabilidad para las comunidades locales para desarrollar sus formas de vida tradicionales.

ANEXO VI
Régimen de protección específico del paisaje cultural de la Ribeira Sacra

El paisaje cultural exige un régimen de protección propio adaptado a su dimensión territorial y a los valores culturales, naturales y mixtos que lo conforman. El artículo 59 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia (LPCG), establece la necesidad de un instrumento específico de ordenación territorial o urbanística que contenga las determinaciones precisas para asegurar su protección y salvaguardar sus valores. El contenido básico de este documento desarrollará, según el artículo citado, tres aspectos principales: la caracterización de su estructura territorial, su naturaleza, significación cultural y las características generales del entorno, que son los que se recogen en esta declaración con carácter general; un catálogo exhaustivo de todos los bienes que lo conforman, de los que en este documento se avanzan los que deben contar con una clasificación del más alto nivel; y las directrices generales para la protección del patrimonio cultural.

Entre tanto y de forma previa a la elaboración del dicho documento, es preciso que existan unas normas para la intervención que sean de aplicación directa y específica para garantizar la protección de los valores culturales de la Ribeira Sacra concebida como un paisaje cultural. En definitiva, unos criterios que establezcan tanto la forma de intervenir en el territorio como las cautelas para su idónea integración, siempre desde la perspectiva que la protección de un paisaje es permitir la viabilidad para las comunidades que la habitan y el respeto por las decisiones que tienen que ver con su interpretación y el juicio sobre los aspectos esenciales de su valoración.

En este procedimiento se especifican cuáles son las intervenciones que, por su afección potencial a los valores que se identifican, deben contar con la antedicha autorización previa de la DGPC en el ámbito del paisaje cultural, y de forma complementaria al régimen general que se recogió en el anexo anterior.

En cualquier caso, podrán desarrollarse las medidas del documento específico de forma global o de forma parcial por ámbitos o sectores de la actividad de tal manera que, de forma gradual y adaptándose a las circunstancias y eventualidades que puedan ser precisas, se favorezcan las medidas de salvaguarda y las propias inercias del paisaje cultural orgánico, evolutivo y vivo de la Ribeira Sacra.

A) Actuaciones sometidas a la autorización previa de la DGPC

El objetivo principal de la protección del paisaje cultural de la Ribeira Sacra es garantizar que sus valores culturales se conserven y se transmitan, y que existan las condiciones idóneas para su interpretación de forma compatible con los modos de vida de las comunidades implicadas. Para ello, además del régimen establecido para los bienes clasificados y su entorno de protección, en el resto del territorio del paisaje cultural será precisa la autorización de la DGPC en:

1. Las intervenciones en bienes clasificados y en su entorno de protección según lo descrito en el régimen general del anexo V de este decreto.

2. Las nuevas construcciones de edificaciones. La ejecución de pavimentos de madera o de piedra sin movimientos de tierra, y la construcción de pérgolas abiertas o descubiertas asociadas a construcciones existentes no tendrá la consideración de construcción o edificación y no requerirá autorización previa de la DGPC.

3. Las nuevas infraestructuras e instalaciones de carácter definitivo, con las excepciones que se reproducen en los siguientes epígrafes. En el caso modificaciones de las redes de instalaciones existentes de servicios de abastecimiento y electricidad, así como las de saneamiento, solo requerirán de autorización las partes de las actuaciones que supongan nuevos trazados y las edificaciones nuevas que las acompañen. En la substitución de redes, arquetas, elementos de control y transformación, y soportes no será necesaria la solicitud de autorización siempre que las dimensiones de los elementos visibles no sea superior a los existentes. En cualquiera caso, se priorizará la integración ambiental de las instalaciones con el carácter tradicional de los núcleos, evitando los trazados aéreos y los materiales plásticos.

4. La reconstrucción de inmuebles arruinados. La recuperación de edificaciones tradicionales existentes en estado ruinoso será también un objetivo prioritario y se favorecerá su recuperación por medio de la reconstrucción, reestructuración o rehabilitación cuando tenga por objeto posibilitar su puesta en uso relacionada con las actividades tradicionales ligadas a la sostenibilidad del paisaje, a la asistencia a las comunidades locales y sus servicios, a la interpretación cultural y natural del territorio y, excepcionalmente, a otras actividades complementarias o servicios para los visitantes.

5. Las intervenciones de reestructuración de edificaciones existentes no clasificadas, excepto cuando la reestructuración sea puntual y justificada como consecuencia de la recuperación de los elementos y sistemas constructivos arruinados, sin que se produzca modificación ni del volumen ni de los sistemas constructivos.

6. Las obras de ampliación de construcciones existentes que superen de por sí o en conjunto con las existentes los 50 m2. Todas las actuaciones de ampliación que requieran la autorización de la DGPC deberán justificar la necesidad objetiva, la funcionalidad y el beneficio que para la apreciación del conjunto en el paisaje pueda suponer la ampliación en relación con nuevas implantaciones.

7. Las actuaciones que modifiquen la estructura territorial tradicional y sus elementos configuradores característicos, en especial muros, vallados, cierres y caminos. No tendrán esta consideración las intervenciones que afecten a una única parcela catastral, siempre que no exceda los 2.000 m2, o las que en su conjunto sean inferiores a 5.000 m2.

8. Las actuaciones que tengan por objeto a construcción de nuevos socalcos o abancalamentos sin muras en ámbitos que carezcan de ellos que superen los 5.000 m2 de superficie, con las siguientes condiciones:

a) Los muros serán preferentemente construidos con la técnica de la piedra en seco y sus dimensiones dependerán de la pendiente existente, pero no superarán la altura más alta de las muras tradicionales de su entorno. La técnica tradicional de la piedra en seco es una manifestación del patrimonio cultural de Galicia censada según la Resolución de 31 de agosto de 2016 (DOG número 186, del 29 de septiembre).

b) Se prohíbe el uso como material de acabado del bloque o muro de hormigón o del ladrillo cerámico.

c) Excepcionalmente, podrán ser autorizados muros y socalcos en los que la piedra seca sea el acabado visible, mientras que la función estructural la asuma otro tipo constructivo. Esta solución no será la habitual y deberá estar justificada por razones puntuales de estabilidad, de precariedad o de seguridad.

d) El uso de abancalamientos sin muras será también excepcional, justificado en las condiciones de no visibilidad y siempre que los taludes resultantes se ajusten a las alturas de muras de su entorno.

9. Las actuaciones de abancalamiento con terrazas sin muras en pendientes superiores al 30 % en cualquier superficie. La ejecución de abancalamientos sin muras no será autorizada en los ámbitos en los que se acredite la permanencia o existencia de paredes tradicionales.

10. La construcción de plataformas, viales y accesos en el interior de los predios, que serán los mínimos, preferentemente en material de jabre compactado u hormigones con arenas pardas y de anchos limitados.

11. Las intervenciones de integración ambiental de socalcos y edificaciones existentes no tradicionales, así como los materiales apropiados para su mejora.

12. La instalación de medios de señalización de carácter turístico o interpretativo del patrimonio cultural, así como las instalaciones destinadas la este objeto, en concreto los miradores, aparcamientos, mobiliario público, paneles y otros que se localicen en el ámbito del paisaje cultural. Todos los elementos de señalización tendrán carácter provisional en tanto no se elabore y ajusten a las condiciones de un plan específico, y en su caso podrá prohibirse su instalación sí resultara redundante o perjudicara a la apreciación del paisaje o los bienes del patrimonio cultural.

B) Actuaciones que no requieren autorización previa de la DGPC en el paisaje cultural

En el ámbito del paisaje cultural de la Ribeira Sacra y en su zona de amortiguamiento, siempre que no esté afectado por la protección de algún otro elemento clasificado, será de aplicación el régimen general de protección en los entornos de protección de los bienes clasificados en el referente a las actuaciones que no requieren de autorización previa de la DGPC y que recogen el dispuesto en la de la Instrucción de 8 de noviembre de 2017 relativa al trámite de autorizaciones en materia de patrimonio cultural en los bienes inmuebles catalogados y declarados de interés cultural, sus entornos de protección y las zonas de amortiguamiento (DOG número 231, de 5 de diciembre de 2017). Asimismo, en virtud de los aspectos específicos que se han señalado en las consideraciones antedichas, relativas a las actuaciones que sí precisan de autorización o que resultan prohibidas, no requerirán de la autorización previa de la DGPC las que supongan el normal desarrollo de la actividad agrícola y de mantenimiento de las infraestructuras y construcciones existente.

1. Actividad agrícola. Se respetará la estructura del territorio del paisaje cultural, en especial la que deriva de la organización de la propiedad y de las comunicaciones y accesos, tomando en consideración que se trata de un paisaje vivo sostenido por una actividad agrícola fundamentalmente mantenida por el cultivo de la vid y el castaño. Esta actividad agrícola, tanto de viñedos como de otras producciones tradicionales del ámbito (olivos, frutales, etc.) no precisará de autorización previa de la DGPC.

La recuperación de ámbitos en los que existan y permanezcan muras y socalcos tradicionales, aunque se hubiera producido eventualmente el abandono del cultivo, no requerirá de la autorización previa de la DGPC, sin perjuicio de otras autorizaciones que puedan corresponder en función de los valores naturales o de las condiciones establecidas para el propio ejercicio de la actividad agrícola.

En cualquier caso, en el ámbito de la protección del patrimonio, todos los cultivos y usos agrícolas tradicionales se estiman compatibles con la protección de los valores del paisaje cultural, excepto la introducción de especies forestales como los pinos, eucaliptos o acacias, cuyo cultivo estará prohibido. La tala de pinos, eucaliptos y acacias existentes no precisará de autorización, pues su eliminación debe ser considerada como una prioridad en el ámbito del paisaje cultural.

La poda o tala puntual de ejemplares vegetales sin aprovechamiento forestal que inciden en los predios destinados al desarrollo de la actividad agrícola y que no tienen la condición de masas significativas de valor natural podrán ser realizadas según los procedimientos que se arbitren en el marco de la legislación sectorial correspondiente.

Las actuaciones para la conservación y el mantenimiento de las instalaciones existentes asociadas tanto a los trabajos agrícolas como ganaderos, así como los cierres, puertas, iluminación y otros no precisarán de la autorización de la DGPC, sin perjuicio de que pueda determinarse la necesidad de su mejora o integración ambiental así como otras medidas correctoras.

Tampoco será precisa la autorización de la DGPC para instalar medios provisionales para la realización de las actividades agrícolas o ganaderas, incluso cuando se puedan valer de maquinaria o instalaciones que requieran de un especial montaje o la permanencia temporal durante su ejecución. Se preverán los efectos sobre los elementos permanentes del paisaje, en especial muros, caminos y vegetación, y las medidas para su protección o recuperación.

2. Muras y socalcos tradicionales. Como elemento esencial en la caracterización del paisaje, se respetarán las muras y socalcos tradicionales existentes, estén o no en uso y con independencia de su estado de conservación, y sin perjuicio de su necesidad de restauración y recuperación funcional. Las pendientes superiores al 30 % son consideradas por el CERVIM (Centro di Ricerche, Studi y Valorizzazione per la Viticoltura Montana), uno de los criterios para definir, por su dificultad, la viticultura como heroica. En el ámbito del paisaje cultural de la Ribeira Sacra prácticamente todas las pendientes superan el 30 %, son habituales las que superan el 80 % y muchas llegan hasta el 200 %, que implica terrazas de 1m de ancho con muras de 2 m de alto.

La puesta en uso de socalcos tradicionales abandonados no precisará de autorización cuando sea factible respetar su trazado, sus condiciones originales y los sistemas constructivos y materiales tradicionales. Su regularización parcial, la reconstrucción puntual y la reparación estructural tampoco requerirán de autorización cuando se desarrolle según las técnicas tradicionales de la piedra en seco y las dimensiones requeridas por la pendiente y el uso.

La ejecución de nuevas muras y socalcos, según las técnicas y dimensiones tradicionales, no requerirá de autorización de la DGPC cuando el ámbito de la intervención resulte inferior a 5.000 m2. Es recomendable el uso de muras de piedra en seco y altura máxima 2 m. Será obligado el uso de socalcos con muras para pendientes superiores al 60 % y los abancalamIentos sin muras solo serán viables en pendientes inferiores al 30 %. Las actuaciones que propongan otras soluciones o alternativas de las indicadas, o las que afecten a ámbitos mayores, requerirán de la autorización previa de la DGPC.

También se considera apropiada la recuperación de espacios en la actualidad improductivos, o la substitución de cultivos impropios del ámbito del paisaje cultural (sobre todo el pino y el eucalipto), para su uso y, de ser el caso, nueva configuración segundo los procedimientos tradicionales de la Ribeira Sacra. Estas actuaciones deberán acreditar la existencia previa del cultivo o de las infraestructuras tradicionales de terrazas, muras y caminos existentes, si bien deberá evaluarse su impacto sobre el entorno inmediato y en especial la necesidad de accesos, comunicaciones u otras instalaciones, así como el posible incidente sobre otros aspectos que puedan acreditar la existencia de valores culturales, naturales, paisajísticos u otros relevantes.

3. Postes y elevadores mecánicos. Se estima que la instalación de rodrigas, de guías y riostras, elevadores mecánicos para el movimiento de cajas y herramientas y de otros elementos similares, como instalaciones de riego o depósitos provisionales, etc., son consubstanciales al desarrollo de la actividad y, por lo tanto, no precisan de autorización para su instalación, retirada, reforma o reparación. Sin embargo, con el objeto de su mejor integración, estos elementos usarán preferentemente materiales naturales o, de ser el caso, materiales que no tengan un incidente en su percepción que deturpe sus valores. Por tal razón serán asumibles materiales plásticos o metálicos, siempre que su acabado no sea llamativo o brillante. Se emplearán tonos mates y sin brillos o se pintarán en colores negros, verdes o térreos. Se evitará el uso de materiales no idóneos o el reciclaje de elementos de construcción que no estén diseñados para su función.

Los elevadores mecánicos buscarán el menor trazado y recorrido, en las cercanías de los accesos y pistas, y manteniendo la estructura de socalcos existente. Reducirán su ancho al mínimo necesario, no superior a 1 m y procurarán seguir trazados perpendiculares a la línea de pendiente y no trazado diagonales.

4. Cierres. En el paisaje de los socalcos no suelen existir los cierres de parcela, por su propia configuración. Se evitarán los cierres de telas metálicas con acabado plástico y los cierres opacos y macizos. Cuando la actividad, especialmente la ganadera, lo requiera, el uso de cerramientos o vallados que respondan a los modelos identificados en la Guía de caracterización e integración paisajística de vallados, con la preferencia de los vallados vegetales, aunque reforzados por estructuras de madera y mallas metálicas sencillas, no precisará de la autorización de la DGPC.

5. Depósitos e instalaciones provisionales. En el caso de instalaciones provisionales, sobre todo los depósitos para riego o los asociados a tratamientos fitosanitarios, y tomando en cuenta a limitación que supone mantener sus condiciones de funcionamiento, serán dispuestos en lugares discretos, sin estructuras de carácter permanente y se preverá su retirada cuando no sean necesarios o se preverá su ocultación. En el paisaje cultural y siempre que no se afecte zonas protegidas específicamente por su potencial arqueológico, se permitirán las instalaciones de abastecimiento, riego y suministro eléctrico soterradas en las parcelas que no afecten al mantenimiento de los socalcos.

6. Pistas y accesos. El acondicionamiento de pistas y accesos particulares en el interior o alrededor de los predios existentes también será considerado una actividad agrícola normal, con el criterio de emplear el material existente. Dadas las pendientes existentes, y para garantizar la seguridad y conservación, se permitirá el uso de hormigón, si bien deberán usarse arenas pardas en su ejecución, evitar peraltes y derramamientos del material, que se limitará al ancho mínimo, estimado alrededor de 2,5 m. Este tipo de intervenciones no requerirá de la autorización previa.

Las pistas se limitarán a las mínimas necesarias para facilitar los accesos y tendrán un uso preferente para la funcionalidad de los terrenos, lo que permitirá usar magnitudes en condiciones de pendiente más elevadas y de anchos más estrechos y una mejor integración en el paisaje.

La apertura de pistas nuevas, accesos, comunicaciones interiores y plataformas de trabajo que impliquen movimientos de tierras sí requerirá la autorización previa de la DGPC.

7. Edificaciones existentes no clasificadas. En el caso de las edificaciones existentes no clasificadas específicamente, no será necesaria la autorización de la DGPC para las obras de mantenimiento, conservación, consolidación, restauración ni de rehabilitación. Las de reestructuración tampoco precisarán de la dicha autorización siempre que se limiten a la reconstrucción de los elementos derribados con el mismo sistema constructivo y el uso de materiales tradicionales.

También podrán realizarse pequeñas ampliaciones, en el marco de lo factible por la ordenación urbanística, sin la autorización de la DGPC, siempre que la edificación ampliada en su conjunto no supere los 50 m2.

En cualquier caso, todas las actuaciones que se realicen en el ámbito del paisaje cultural deberán acreditar el cumplimiento de los criterios e instrucciones legales en materia de integración y armonización con los valores culturales del ámbito, en concreto los criterios recogidos en los artículos 44, 46 y 89 de la LPCG, con especial atención a las tipologías constructivas y a los materiales tradicionales. Como referencia y orientación la este respeto se empleará la Guía de buenas prácticas para la intervención en los núcleos rurales y el tomo V de la Guía de color y materiales de Galicia promovidas por la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Las actuaciones sobre edificaciones existentes que supongan una superficie final superior a los 50 m2, así como las obras de reconstrucción o de reestructuración de carácter global o significativo, sí requerirán la autorización previa de la DGPC.

C) Condiciones adicionales para las nuevas construcciones en los ámbitos de muras y socalcos tradicionales del paisaje cultural: bodegas de guardia y otras instalaciones

1. Bodegas de guardia: Las construcciones localizadas en el ámbito más singular del paisaje cultural que son los socalcos tradicionales, suelen ser edificaciones tradicionales de escaso tamaño y sencillez constructiva con un uso complejo necesario para el idóneo desarrollo de la actividad agrícola, y que se sitúan en el ámbito de las propias producciones de los terrenos abancalados, hace falta establecer unas medidas precisas con carácter general tanto en el referido a su uso:

– Su uso implica, de forma eventual, pero repetida, la presencia de personas con carácter habitual, que por concentrar en jornadas continuas su trabajo, puede implicar la necesaria localización de servicios propios para el confort, como son los aseos y los medios para poder preparar alimentos, sin que eso implique un uso como vivienda.

– Que son compatibles con la actividad agraria y no precisarán de autorización de la DGPC las intervenciones que tenga por objeto a mejora o implantación de las condiciones sanitarias que sea necesario asegurar, su acondicionamiento para la estadía de las personas, además de los aperos y herramientas necesarias. Estas actuaciones requerirán el uso de materiales, técnicas y sistemas tradicionales, por lo que la ejecución de chimeneas, la ampliación de huecos y las actuaciones que supongan un efecto sobre su apreciación exterior, requerirán de la autorización previa de la DGPC.

– También se estiman compatibles con el desarrollo de la actividad agrícola aquellas actividades relacionadas con la venta, la exposición, la interpretación del producto, la recepción de visitantes y los servicios básicos para atender sus necesidades.

Se estima que estas actividades pueden complementar el ejercicio de la actividad principal que, por su interés cultural y sus singularidades, puede incidir tanto en la mejora de las condiciones de las personas que la practican, colaborando a su ejercicio responsable y sostenible, como el interés de las personas que visiten el lugar.

En lo relativo a las condiciones físicas de estas construcciones, que pueden encuadrarse en la denominación de adegas o bodegas de guardia, se establecen unas medidas básicas que tienen por objeto por una parte asegurar el mantenimiento de la tipología tradicional y por otra mejorar sus condiciones de integración.

En caso de que las propuestas supongan unas condiciones diferentes de las descritas, las intervenciones de cualquier tipo sobre edificaciones existentes o nuevas construcciones sobre los socalcos requerirían de la autorización previa de la DGPC, que las podría condicionar, limitar o incluso prohibir si no quedan garantizadas las antedichas condiciones de integración:

– En las bodegas que se localicen en los propios socalcos su construcción y estará justificada por la existencia de la actividad agrícola y no se autorizarán nuevas construcciones si existiesen otras en las mismas parcelas.

– Sus dimensiones de referencia no deberían superar los 50 m2 de superficie cubierta. No se computarán a estos efectos las superficies soterradas, con independencia de la extensión y siempre que se adapten a las condiciones del sistema de terrazas y muras.

– Su ocupación en planta ajustará su posición y dimensiones a las de los abancalamientos en los que se localiza, procurando el soterramiento de la pared paralela a la pendiente más elevada, sin perjuicio de que pueda aprovecharse de forma soterrada toda la superficie necesaria.

– El material para su construcción o restauración será preferentemente la técnica de la piedra en seco para los muros, con la piedra según la zona, y cubierta a una única agua, en el sentido de la pendiente, de pizarra o teja según la zona. Se prohíbe el uso como material de acabado del bloque o muro de hormigón o de ladrillo cerámico. Podrá autorizarse el uso de otros materiales siempre que sea convenientemente justificado, lo que será también factible para el material y forma de la cubrición, siempre con un carácter excepcional que tome en consideración la posición, la visibilidad, la funcionalidad y especiales condiciones que deban ser evaluadas.

– La ejecución o pistas de acceso o plataformas definitivas que impliquen la modificación de la disposición de los terrenos será excepcional y podrá ser limitada o prohibida si su impacto no puede ser integrado o asumido por medio de medidas correctoras específicas.

– Con independencia de su viabilidad, sí podrán ser ejecutados los pasos, escalas y caminos de paso para personas, así como la instalación complementaria de pérgolas abiertas o sin cubrir, de reducidas dimensiones, complementarias y anexas la estas construcciones, sin necesidad de la autorización previa de la DGPC.

2. Construcciones de carácter complementario a la explotación: La construcción de otro tipo de instalaciones, de mayor tamaño y carácter industrial, ligadas al almacenamiento, embotellado u otras actividades de carácter más específico y con unos especiales requerimientos, se localizará preferentemente fuera del ámbito del paisaje cultural. Para el caso de las instalaciones existentes, se evaluarán las intervenciones necesarias para su uso y mantenimiento en el marco de un proyecto global que prevea la mejora de las condiciones de integración.

Otro tipo de instalaciones de nueva planta solo serán viables a través de una planificación específica, con carácter global, en el que se acrediten los especiales beneficios para el paisaje cultural y las comunidades locales, proyectos que propongan una política general de explotación sostenible de los recursos, de los sistemas constructivos, en el uso de la energía y en la planificación complementaria de una actividad social y cultural que reviertan directamente en el territorio de la Ribeira Sacra. Por su carácter excepcional, estas actuaciones deberían contar, además de con la autorización de la DGPC, con el informe favorable de al menos una de las instituciones asesoras y consultivas previstas en la LPCG.

3. Instalaciones: Los trabajos relacionados con la operación, mantenimiento y conservación de las infraestructuras relacionadas con las comunicaciones y la producción y transporte de energía existentes y en uso no estarán sometidas a la autorización de la DGPC ni en el ámbito del paisaje cultural ni en la zona de amortiguamiento. No será necesaria la autorización en las intervenciones directamente ligadas con la actividad de las instalaciones dedicadas a la producción de energía, sobre todo las presas de los embalses y sus elementos de control, sus compuertas, canales y conducciones, las centrales y edificios auxiliares (almacenes, talleres, estaciones de medición) y subestaciones existentes.

Tampoco será necesaria la autorización para los trabajos de conservación y mantenimiento, ni para las actuaciones de restauración, consolidación ni rehabilitación de las edificaciones que forman parte de los poblados industriales ligados la estas explotaciones, excepto que se hayan clasificado de forma específica en su conjunto, como el poblado de los Covallos en Montefurado, o la capilla de Os Peares. Por sus especiales valores como muestra de una tipología específica del patrimonio arquitectónico, podrá preverse su clasificación específica a través de los procedimientos legales vigentes.

Las ampliaciones o reestructuración de las edificaciones y construcciones existente sí requerirán de la autorización previa a DGPC.

En el caso de las redes y tendidos para su transporte, cuando se produzcan cambios en las dimensiones y materiales de los soportes no será precisa la autorización previa de la DGPC siempre que los nuevos elementos sean de la misma o menor dimensión o se reduzca su número aminorando el impacto global de la instalación.

Sin embargo, cuando sea preciso incorporar nuevos elementos auxiliares no previstos con una evidente presencia física, o cuando se afecte al subsuelo en ámbitos bajo cautela por su potencialidad arqueológica, sí será precisa la autorización de la DGPC.

La tramitación ambiental y valoración de las medidas de protección y correctoras de carácter general que se tengan impuesto a los efectos de la explotación de los recursos hidrológicos existentes, y en el marco de las limitaciones temporales y tiempos de concesión legal vigentes, no implica en ningún caso que la ejecución específica de las intervenciones no requiera de la autorización previa de la DGPC, tal y como se indica en el artículo 34.1 de la LPCG.

4. Embarcaderos y miradores: En lo relativo a los embarcaderos y miradores localizados en los ámbitos del paisaje cultural no será precisa una autorización de la DGPC para el uso y reparación de las instalaciones existentes, y no existirá tampoco inconveniente en la utilización de las estructuras tradicionales existentes para tal fin.

Sin embargo, dado su potencial impacto o el de las infraestructuras necesarias para su uso, en especial las vías de acceso, las superficies de aparcamiento e intercambio de vehículos y otras edificaciones complementarias, las nuevas instalaciones de este tipo requerirán de la autorización de la DGPC.

En cualquier caso, se estima necesaria la consideración en conjunto de este tipo de instalaciones por lo que podrá condicionarse su instalación, limitarse o mismo prohibirse, y en su caso los documentos que se elaboren para la idónea gestión del paisaje cultural deberán incorporar un estudio conjunto del impacto ambiental de este tipo de instalaciones, de su viabilidad y de su necesidad, de tal forma que se evite el deterioro del territorio por su profusión.

ANEXO VII
Delimitación del paisaje cultural y de la zona de amortiguamiento

Delimitación del paisaje cultural de la Ribeira Sacra

La delimitación del paisaje cultural de la Ribeira Sacra incluye un ámbito territorial completo con unas características homogéneas en los aspectos geográficos, naturales y históricos. Fruto de la gran variedad de valores que atesora este territorio, existen ya en la actualidad numerosas figuras de protección, tanto declaraciones singulares del patrimonio cultural arquitectónico, etnológico y arqueológico, como otras derivadas de las perspectivas del patrimonio natural o del paisaje.

Existen zonas de especial protección de los valores naturales, espacios Red Natura, protección de la flora y fauna y áreas de especial interés paisajístico. Todas estas afectaciones, entre otras, fueron estudiadas y recogidas para formular las propuestas de este documento. Para afrontar el conocimiento y acercamiento a una delimitación apropiada del paisaje cultural se definió un área de estudio inicial del conjunto de 25 Ayuntamientos que se consideran como constituyentes de la Ribeira Sacra, y que pertenecen a alguna de las herramientas de gestión existentes como el Consorcio de Turismo de la Ribeira Sacra, el Geodestino Ribeira Sacra o la Denominación de Origen Ribeira Sacra, ya que en uno, o en otro, o en todos ellos existe una voluntad de pertenencia y reconocimiento baja esta figura de identidad.

Debe comprenderse la delimitación de la protección de la Ribeira Sacra no como una delimitación excluyente o administrativa de los territorios que pueden identificarse con el término, sino como una herramienta de salvaguarda de sus aspectos más específicos y singulares, o aquellos que en virtud de su naturaleza excepcional pueden resultar más sensibles o precisar de una mayor atención. Por tal motivo, lo que se establece con la delimitación es una zonificación representativa en su integridad de la totalidad del conjunto, por presentarse en este ámbito a totalidad de los aspectos de valoración cultural del paisaje, si bien naturalmente complementados por otros a su alrededor. Así la delimitación corresponde con tres zonas diferenciales, estableciendo medidas concretas y específicas de protección para sus primeras, y siendo la tercera la que debe centrar el objeto de las herramientas de gestión:

1. Paisaje cultural declarado bien de interés cultural: delimitado por unos límites básicamente geográficos, que marcan una línea de coherencia formal de aspectos más territoriales, esencialmente los socalcos en las mayores pendientes.

2. Zona de amortiguamiento. delimitada como el ámbito parroquial propio de la zona sometida al régimen de BIC, por sus relaciones propias de carácter más inmaterial y organizativo.

3. Territorio de la Ribeira Sacra. Compuesto por la totalidad de los Ayuntamientos de Carballedo, Castro Caldelas, Chantada, Esgos, Montederramo, Nogueira de Ramuín, Pantón, Parada de Sil, Paradela, Monforte de Lemos, A Peroxa, A Pobra de Brollón, A Pobra de Trives, Portomarín, Quiroga, Ribas de Sil, San Xoán de Río, O Saviñao, Sober, Taboada, A Teixeira y Xunqueira de Espadanedo.

El paisaje cultural de la Ribeira Sacra está también atravesado por el Camino de Santiago denominado Camino de Invierno, reconocido en el artículo 73 de la LPCG. Sin embargo, no se recoge su trazado ni la delimitación de su territorio ya que la dicta ley prevé un procedimiento específico para eso en su artículo 76, y puesto que su alcance y régimen tienen unas especificidades que obligan a un expediente separado.

Límites principales del paisaje cultural

Los límites de esta vasta área tienen su armadura en los propios trazados de los ríos Sil y Miño, y desde su eje el territorio se extiende por las pendientes de muras o socalcos que las moldean y que luego surcan caminos y puentes, carreteras y ferrocarriles, y otros ríos que las presas amansan, preservando bajo sus aguas un paisaje fosilizado. Un patrimonio construido material e intangible de edificios y leyendas que conforman el genius loci del lugar. Sobre el terreno, la delimitación del paisaje cultural de la Ribeira Sacra propuesta se configura con los siguientes límites:

Al norte el cañón del Miño limitado por la presa de Belesar, en las parroquias de Rebordaos en O Saviñao y Pesqueiras en Chantada, en el cual se conjugan las extraordinarias y complejas relaciones de la construcción del territorio, humanizado en socalcos de vino e impresionado en el muro parabólico de la presa que corona el área. Al sureste el cañón del Sil limitado por las parroquias de Vilachá en A Pobra de Brollón y Torbeo en Ribas de Sil. De un lado, el magnífico ejemplo del conjunto de las Bodegas de Vilachá de Salvadur y el sur Torbeo en que se manifiestan de forma imponente los codos del Sil. Al sudoeste se marcaría el tercer pie de la delimitación en los elementos asociados de los lechos de los ríos, en la parroquia de Os Peares, en A Peroxa, y colindantes, en el cual se produce la conjunción de provincias, parroquias y ríos Miño y Sil.

Siendo los tres anteriores los vértices de la figura, su perímetro estaría definido por la línea de borde de la bocarribera, el lugar donde se produce la vertiginosa caída de pendientes, incorporando las extremas pendientes que acogen los socalcos, y que se asumen como la línea o espacio que identifica un uso intensivo del territorio, en el cambio de pendiente, y que la geografía y el río caracterizan con un microclima y condiciones de trabajo y manejo diferenciadas.

Criterios de la delimitación del paisaje cultural

Los criterios para la delimitación se fundamentan en el concepto de paisaje cultural, que integra la relación del hombre y la naturaleza, identificada como un paisaje cultural orgánico y viva que conserva una función social contemporánea vinculada a los modos de vida tradicionales y que prosigue en su proceso evolutivo y al mismo tiempo presenta pruebas materiales manifiestas de interés singular de ese proceso evolutivo a lo largo del tiempo.

El objetivo de esta delimitación es fijar el límite de los valores principales para proteger que se diividen en tres grupos: naturales, en los cuáles se combinan factores climáticos, geomorfológicos, acuáticos y biológicos; culturales, en relación con los bienes existentes con la máxima protección y otros elementos religiosos, seculares y etnológicos; y mixtos, que reflejan la interacción hombre-naturaleza en la construcción de este territorio. La extensión de un paisaje cultural orgánico, vivo en el sustento del tradicional, respetuoso con las huellas que testimonian su devenir y que dirigen su futuro, se fundamenta en su funcionalidad y en su inteligibilidad: el ámbito elegido representa la totalidad del paisaje cultural que ilustra, aunque esta efectivamente es más extensa.

La delimitación se fundamenta en el estudio conjunto de todas las variables para tratar de objetivar tanto los hitos límite (Belesar, Os Peares y Torbeo) como la línea que debe representar un límite tangible que se materialice en el espacio. El paisaje es una larga línea flexible con su eje de los canales del Miño y del Sil hasta su confluencia, que son el hilo conductor del territorio y de sus elementos más significativos.

Para abarcar los tres grupos de valores principales se tuvieron en cuenta los siguientes criterios:

1. El límite entre la ribera y la bocarribera: Este límite resulta del análisis del mapa de pendientes, llegando a la conclusión de que la ribera de los cañones está formada por las pendientes superiores al 30 %, siendo la bocarribera caracterizada, al contrario, con pendientes inferiores la este valor. Aproximándose a este límite, se fija un trazado con base en los elementos físicos más próximos: caminos que discurren a unas cuotas homogéneas y que se pueden percibir por sí mismos como el límite de la bocarribeira, y senderos o caminos de tierra en el caso de inexistencia de los anteriores; corrientes naturales de agua, tal como aparecen en la imagen de satélite o en el parcelario; elementos geomorfolóxicos destacables como hitos en la percepción del territorio, como picos, puertos o laderas; y finalmente los principales miradores reconocidos por su relación con la apreciación del paisaje y herramienta para su compresión.

En el caso de no haber ninguno de estos elementos próximos y para no extenderse más allá de los cañones, la delimitación recurre a los límites de parcelario completo, o a las subparcelas con cambio de cultivo en los ámbitos generales. En las zonas en que resulta aún algún criterio complementario por su complejidad, como en la cercanía de los núcleos de población, el límite se traza por las parcelas adyacentes a las construcciones dentro del núcleo. Cuando la delimitación recurre a los lindes parroquiales, se emplean los procedentes de los datos geográficos de la Xunta de Galicia, que se adoptan muy puntualmente en situaciones en las cuales fijar el límite con los métodos anteriores produciría distorsiones en la continuidad del ámbito delimitado.

Finalmente se emplea el criterio de la visibilidad en situaciones singulares, como en el caso de la parroquia vecina de Os Peares, la de Beacán (Santa María), en la cual se lleva el límite del BIC considerando zonas visibles desde el mirador principal de esta zona: O Torrón, y adaptándose al viario y parcelario.

2. Bienes protegidos del patrimonio cultural de Galicia: En las riberas de los ríos Miño y Sil hay un número elevado de bienes de interés cultural ya declarados, en especial monumentos relacionados con la actividad de los monasterios y de los prioratos, pero también algunos conjuntos de interés por su valor etnológico singular y porque completan la descripción de la identidad del territorio más allá de las dependencias del monacato. Estos elementos a los efectos de los trabajos de reconocimiento y delimitación se denominan intraámbitos. Las superficie definidas para la protección de estos elementos, de los cuales ya existía en muchos casos o una delimitación específica delimitada o un estudio sobre las relaciones con los entornos en los archivos de la DGPC, se incorporan por completo, y en casos como límites, para la protección de los valores culturales del territorio.

Este criterio también se emplea para la incorporación de otros bienes de valor cultural catalogados que existen en el área de estudio, cuya delimitación también sirve como referencia. Los límites se adaptan también, por lo tanto, a la delimitación y entorno establecidos en declaraciones o catalogaciones previas.

3. Los socalcos: Las laderas de los cañones las caracteriza el cultivo en socalcos. Este tipo de cultivo permanece hasta nuestros días, mas no en su completa extensión. Con la ayuda de fotografías e imágenes de satélite actuales y históricas se procuró identificar su máxima extensión. En la mayor parte, los socalcos ocupan las laderas más adosadas con la pendiente superior al 30%, aunque excepcionalmente se identifican también viñedos más adentro, en la bocarribera.

Criterios de la delimitación de la zona de amortiguamiento

Como medida complementaria, con el objeto de reforzar la protección del paisaje cultural y sus condiciones de implantación en el territorio, se delimita una zona de amortiguamiento, según lo previsto en el artículo 13 de la LPCG.

Para definir esta zona de amortiguamiento se toma como límite general, ajustado y operativo, el del territorio completo de las parroquias afectadas por la delimitación del paisaje cultural, ya que la parroquia representa la unidad cultural de la comunidad en que se asienta, es el marco de su identidad grupal y, asimismo, testimonia los procesos de consolidación y gestión del territorio que se están reconociendo como valores del paisaje cultural de la Ribeira Sacra.

Las características geográficas, sentido de pertenencia y comunidad, con unos límites definidos por condicionantes geográficos y morfológicos, y asentados por la tradición, hacen que la elección de la entidad parroquial sea la idónea.

Esta zona de amortiguamiento y los ámbitos por ella afectados no tendrán la consideración de bien de interés cultural, aunque para garantizar sus efectos se determina un régimen de protección relacionado con el establecimiento de medidas específicas de integración y mejora ambiental de las infraestructuras, instalaciones y otras intervenciones que, por su magnitud o características, supongan una afección significativa ao territorio, a las condiciones de percepción del bien y a su comprensión.

En la propuesta de delimitación se recogen parroquias enteras siguiendo el criterio de límite de que se dispone en la cartografía oficial de la Xunta de Galicia. En el cuadro se identifican con PC las que están afectadas por el régimen de protección del bien de interés cultural y ZA las de la zona de amortiguamiento.

ANEXO VII.1
Parroquias del paisaje cultural de la Ribeira Sacra

Núm.

Parroquia

Zona

Ayuntamiento

Provincia

1

A Cova (San Xoán)

PC/ZA

Carballedo.

Lugo.

2

Chouzán (Santo Estevo)

PC/ZA

Carballedo.

Lugo.

3

Erbedeiro (San Pedro)

PC/ZA

Carballedo.

Lugo.

4

Oleiros (San Miguel)

PC/ZA

Carballedo.

Lugo.

5

San Romao de Campos (San Romao)

PC/ZA

Carballedo.

Lugo.

6

Temes (Santa María)

PC/ZA

Carballedo.

Lugo.

7

Veascós (Santa Mariña)

ZA

Carballedo.

Lugo.

8

Alais (San Pedro)

PC/ZA

Castro Caldelas.

Ourense.

9

Castro Caldelas (San Sebastián)

ZA

Castro Caldelas.

Ourense.

10

Mazaira (Santa María)

PC/ZA

Castro Caldelas.

Ourense.

11

Paradela (San Vicenzo)

PC/ZA

Castro Caldelas.

Ourense.

12

San Paio de Abeleda (San Paio)

ZA

Castro Caldelas.

Ourense.

13

Santa Tegra de Abeleda (Santa Tegra)

PC/ZA

Castro Caldelas.

Ourense.

14

Tronceda (Santiago)

PC/ZA

Castro Caldelas.

Ourense.

15

A Sariña (San Vicente)

PC/ZA

Chantada.

Lugo.

16

Belesar (San Bartolomeu)

PC

Chantada.

Lugo.

17

Camporramiro (Santa María)

PC/ZA

Chantada.

Lugo.

18

Líncora (San Pedro)

PC/ZA

Chantada.

Lugo.

19

Nogueira de Miño (Santa María)

PC/ZA

Chantada.

Lugo.

20

Pesqueiras (Santa María)

PC/ZA

Chantada.

Lugo.

21

Sabadelle (Santa María)

ZA

Chantada.

Lugo.

22

San Fiz de Asma (San Fiz)

PC/ZA

Chantada.

Lugo.

23

Santiago de Arriba (Santiago)

PC/ZA

Chantada.

Lugo.

24

Vilaúxe (San Salvador)

ZA

Chantada.

Lugo.

25

Marcelle (San Miguel)

PC/ZA

Monforte de Lemos.

Lugo.

26

Rozavales (Santa María)

ZA

Monforte de Lemos.

Lugo.

27

Vilamarín (San Fiz)

PC/ZA

Monforte de Lemos.

Lugo.

28

Cerreda (Santiago)

PC/ZA

Nogueira de Ramuín.

Ourense.

29

Moura (San Xoán)

PC/ZA

Nogueira de Ramuín.

Ourense.

30

Santo Estevo de Ribas de Sil (Santo Estevo)

PC/ZA

Nogueira de Ramuín.

Ourense.

31

Vilar de Cerreda (Santa Baia)

PC/ZA

Nogueira de Ramuín.

Ourense.

32

Viñoás (Santa María)

ZA

Nogueira de Ramuín.

Ourense.

33

Acedre (San Romao)

PC/ZA

Pantón.

Lugo.

34

Atán (Santo Estevo)

PC/ZA

Pantón.

Lugo.

35

Cangas (Santiago)

PC/ZA

Pantón.

Lugo.

36

Frontón (San Xoán)

PC/ZA

Pantón.

Lugo.

37

Pombeiro (San Vicente)

PC/ZA

Pantón.

Lugo.

38

Ribeiras de Miño (Santo André)

PC

Pantón.

Lugo.

39

Vilar de Ortelle (Santiago)

PC/ZA

Pantón.

Lugo.

40

Caxide (Santa Cristina)

PC/ZA

Parada de Sil.

Ourense.

41

Chandrexa (Santa María)

PC/ZA

Parada de Sil.

Ourense.

42

Forcas (San Mamede)

PC/ZA

Parada de Sil.

Ourense.

43

Parada de Sil (Santa Mariña)

PC/ZA

Parada de Sil.

Ourense.

44

Sacardebois (San Martiño)

PC/ZA

Parada de Sil.

Ourense.

45

San Lourenzo de Barxacova (San Lourenzo)

PC

Parada de Sil.

Ourense.

46

Beacán (Santa María)

PC/ZA

A Peroxa.

Ourense.

47

Celaguantes (San Xulián)

ZA

A Peroxa.

Ourense.

48

Os Peares (Nosa Señora do Pilar)

PC

A Peroxa.

Ourense.

49

Vilachá (San Mamede)

PC/ZA

A Pobra de Brollón.

Lugo.

50

Augas Mestas (Santiago)

ZA

Quiroga.

Lugo.

51

Torbeo (Santa María)

PC/ZA

Ribas de Sil.

Ourense.

52

Vilardá (Santa María)

ZA

San Xoán de Río.

Ourense.

53

A Cova (San Martiño)

PC/ZA

O Saviñao.

Lugo.

54

Diomondi (San Paio)

PC/ZA

O Saviñao.

Lugo.

55

Fión (San Lourenzo)

PC/ZA

O Saviñao.

Lugo.

56

Louredo (Santiago)

PC/ZA

O Saviñao.

Lugo.

57

Mourelos (San Xulián)

PC/ZA

O Saviñao.

Lugo.

58

Rebordaos (Santalla)

PC/ZA

O Saviñao.

Lugo.

59

Rosende (Santa Mariña)

PC/ZA

O Saviñao.

Lugo.

60

Santo Estevo de Ribas de Miño (Santo Estevo)

PC/ZA

O Saviñao.

Lugo.

61

Amandi (Santa María)

PC/ZA

Sober.

Lugo.

62

Anllo (Santo Estevo)

PC/ZA

Sober.

Lugo.

63

Barantes (San Xoán)

PC/ZA

Sober.

Lugo.

64

Bolmente (Santa María)

PC/ZA

Sober.

Lugo.

65

Doade (San Martiño)

PC/ZA

Sober.

Lugo.

66

Lobios (San Xillao)

PC/ZA

Sober.

Lugo.

67

Pinol (San Vicente)

PC/ZA

Sober.

Lugo.

68

Rosende (San Miguel)

PC/ZA

Sober.

Lugo.

69

San Martiño de Anllo (San Martiño)

PC/ZA

Sober.

Lugo.

70

Santiorxo (San Xurxo)

PC/ZA

Sober.

Lugo.

71

A Abeleda (Santa María)

PC

A Teixeira.

Ourense.

72

Cristosende (Santa María)

PC/ZA

A Teixeira.

Ourense.

73

Fontao (San Bartolomeu)

PC

A Teixeira.

Ourense.

74

Lumeares (San Salvador)

PC/ZA

A Teixeira.

Ourense.

75

Montoedo (Santa Mariña)

PC/ZA

A Teixeira.

Ourense.

76

Pedrafita (San Martiño)

PC/ZA

A Teixeira.

Ourense.

ANEXO VII.2
Características generales de la delimitación

Área delimitada total

Superficie individual

ha

Superficie total

ha

Paisaje cultural.

BIC.

16.447

17.973

Exoámbitos.

1.526

Zona de amortiguamiento.

31.979

31.979

Área de estudio.

298.614

298.614

Perímetro delimitado

km

km totales

Paisaje cultural.

BIC.

273

341

Exoámbitos.

68

Zona de amortiguamiento.

204

204

Medidas internas

km

km totales

Mín.

Mín.

BIC.

55

1

6

Zona de amortiguamiento.

58

3

15

Entidades

Ayuntamientos

Parroquias

Núcleos

BIC.

22

76

167

Zona de amortiguamiento.

456

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

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