Está Vd. en

Documento BOE-A-2019-4195

Resolución de 25 de febrero de 2019, de la Universidad de La Laguna, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 22 de marzo de 2019, páginas 29788 a 29804 (17 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2019-4195

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 y siguientes de la Ley Orgánica de Universidades, en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, en el artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y a tenor de lo establecido en los Estatutos de la Universidad de La Laguna y el Reglamento de Desarrollo de los Concursos de Acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de La Laguna, aprobado por Resolución de la Universidad de La Laguna de fecha 3 de febrero de 2009.

Visto que la dotación de las plazas que figuran en el Anexo I de esta Resolución, se corresponde con la Oferta de Empleo del año 2018 efectuada por esta Universidad mediante resolución de 12 de septiembre de 2018 («Boletín Oficial de Canarias» núm. 189, de 28 de septiembre) y su convocatoria fue autorizada por la Dirección General de Universidades del Gobierno de Canarias con fecha 6 de febrero de 2019.

Tomando en consideración que todas las referencias que se efectúan a las diferentes disposiciones normativas, que se contienen en la presente resolución, han de entenderse hechas en la redacción vigente a la fecha de la misma.

Este Rectorado, ha resuelto convocar 3 plazas de Cátedras de Universidad y 12 de Titular de Universidad a concurso de acceso para ingreso como funcionarios docentes universitarios que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes

Bases

1. Normas generales

1.1 Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades («Boletín Oficial del Estado» núm. 307, de 24 de diciembre); lo dispuesto en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios («Boletín Oficial del Estado» núm. 240, de 6 de octubre), en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios («Boletín Oficial del Estado» núm. 241, de 8 de octubre), modificado por el R.D. 415/2015 de 29 de mayo, en los Estatutos de la Universidad de La Laguna aprobados por Decreto 89/2004, de 6 de julio, de la Comunidad Autónoma de Canarias («BOC» de 26 de julio), en el Reglamento de Desarrollo de los Concursos de Acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de La Laguna, aprobado por Resolución de la Universidad de La Laguna de fecha 3 de febrero de 2009 («BOC» núm. 031 de lunes 16 de febrero) modificado por Resolución de 20 de mayo de 2010 («BOC» núm. 104 de viernes 28 de mayo de 2010), así como por las bases de la presente convocatoria.

Igualmente por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Estatuto Básico del Empleado Público, en lo que resulte aplicable, conforme a lo establecido en su artículo 2.

Para lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública («Boletín Oficial del Estado» núm. 185 de 3 de agosto); en lo que resulte aplicable la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas («Boletín Oficial del Estado» núm. 236, de 2 de octubre); la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público («Boletín Oficial del Estado» núm. 236, de 2 de octubre) y en el resto de la legislación general de funcionarios civiles del Estado que resulte de aplicación.

No podrá admitirse al concurso a aquellas personas que hayan sido inhabilitadas para el ejercicio de funciones públicas. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas («Boletín Oficial del Estado» núm. 4, del 4 de enero de 1985) y las disposiciones de desarrollo.

1.2 El plazo para resolver el concurso no podrá exceder de cuatro meses desde la fecha de la publicación de la convocatoria y la resolución del concurso, sin perjuicio de la suspensión o ampliación del mismo conforme a lo dispuesto en los artículos 21.5, 22 y 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, período o periodos inhábiles. Según Resolución del Rector de 21 de diciembre de 2018, el periodo comprendido entre los días 15 y 21 de abril de 2019, ambos incluidos, y el periodo comprendido entre los días 8 y 23 de agosto de 2019, ambos incluidos, se declaran inhábiles a efectos de cómputo de plazos para resolver los procedimientos en el ámbito de la Universidad de La Laguna («BOC» 31 de diciembre de 2018). En el caso de que fuere precisa la suspensión o ampliación del plazo máximo para resolver el concurso, la competencia para acordar tales actuaciones corresponderá al Rector.

2. Requisitos de las personas candidatas

Para participar en el presente concurso se requieren los siguientes requisitos:

2.1 Requisitos de carácter general:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Igualmente, podrán participar las personas de nacionalidad extranjera no comunitaria cuando en el Estado de su nacionalidad se reconozca a los españoles aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de cuerpos docentes universitarios españoles, circunstancia que deberá acreditar la persona aspirante.

c) También podrán participar los descendientes, el cónyuge, y los descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, acreditando este extremo.

d) El beneficio del apartado c) será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.

e) Asimismo, podrán participar en el concurso de acceso convocado, los habilitados o acreditados de nacionalidad extranjera no comunitaria, cuando se cumplan los requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 89 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, y la disposición adicional 4.ª del R.D. 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.

f) Los nacionales de otros estados distintos a los de la Unión Europea, y aquellos de ésta para cuyos estados no sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán estar en posesión del permiso de residencia.

2.1.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa, de acuerdo con lo regulado en el artículo 67.4 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

2.1.3 Deberán reunir el resto de requisitos generales para el acceso al empleo público, regulados en los artículos 56 y siguientes del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Estatuto Básico del Empleado Público.

2.1.4 No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones de profesorado de universidad.

2.1.5 Poseer la titulación exigida.

2.2 Requisitos específicos.

a) La persona solicitante deberá estar habilitada o acreditada para el cuerpo y área o rama de conocimiento de la plaza convocada, conforme a las previsiones contenidas en la disposición adicional 10.ª de la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, o en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, respectivamente.

b) No podrán participar en los concursos de acceso quienes ostenten la condición de profesorado de una plaza de igual categoría y de la misma área de conocimiento en la Universidad de La Laguna o en otra Universidad, obtenida mediante concurso de acceso previo, salvo que hayan transcurrido dos años desde el acceso a la plaza correspondiente, según se establece en el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y en el artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios.

Igualmente, no podrán participar, los empleados públicos que perteneciendo al mismo régimen jurídico, cuerpo, categoría o plaza, y siendo idénticas las características de la plaza que desempeña, en cuanto al área de conocimiento, el departamento, el centro y la localidad, que la plaza que se convoca, tengan destino definitivo en la Universidad de La Laguna.

c) Estar en posesión del título de doctor que deberá tener plena validez oficial en el Estado español de acuerdo con las normas vigentes al efecto y para el acceso al cuerpo de funcionarios al que corresponda a la plaza.

d) En el caso de los nacionales de otros Estados, si en el proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento del castellano, deberán acreditar el conocimiento del mismo mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. Quedan eximidos de realizar la prueba quienes estén en posesión del diploma de español como lengua extranjera (nivel superior) regulado por el Real Decreto 1137/2002 de 31 de octubre, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas. A tal efecto deberán aportar junto a la solicitud fotocopia compulsada de dicho diploma o del mencionado certificado de aptitud.

e) Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse dentro del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Las solicitudes para participar en el concurso de acceso se ajustarán al modelo oficial (que figura como anexo II de la presente convocatoria) estarán a disposición de las personas interesadas en la página web: https://www.ull.es/portal/convocatorias/categorias/personal-docente-e-investigador-funcionario/, accediendo al enlace de esta convocatoria o el formulario de solicitud disponible.

Las solicitudes se dirigirán al Rector de la Universidad de La Laguna en el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.2 Las solicitudes podrán presentarse por medio de los siguientes procedimientos:

a) Preferentemente a través de la sede electrónica de la Universidad (https://sede.ull.es/).

b) En el Registro General de la Universidad de La Laguna.

c) A través de cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en concordancia con lo establecido en la disposición transitoria segunda de la mencionada Ley.

Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán aportarse en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal de correos antes de ser certificadas. Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse en el plazo establecido, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.

La documentación indicada en el bloque II a que se refiere la base 3.8, deberá adjuntarse a la solicitud, en formato pdf, sin comprimir, y no debe sobrepasar la capacidad de 10 Mb.

3.3 Las personas interesadas se responsabilizan de la veracidad de los datos que hagan constar en la solicitud, así como en toda la documentación que aporten asumiendo, en caso contrario, las responsabilidades que pudieran derivarse de las inexactitudes de los mismos.

La Universidad podrá solicitar en cualquier momento del procedimiento administrativo los documentos originales a partir de los cuales se generaron los archivos electrónicos incorporados a la solicitud, con el fin de contrastar su validez y concordancia.

3.4 Los errores materiales y de hecho que se pudiesen advertir, podrán enmendarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hiciesen constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 4 para la presentación de solicitudes. Transcurrido ese plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la Universidad.

3.5 Las personas aspirantes que tengan reconocida legalmente una discapacidad, deberán presentar, acompañando a su solicitud de participación en el concurso, un escrito solicitando las adaptaciones correspondientes, al objeto de que se pueda garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y poder adoptar las oportunas medidas de adaptación a sus necesidades. En este caso también deberán aportar copia del reconocimiento de la discapacidad de que se trate.

De no solicitar las adaptaciones en el momento de presentar la solicitud de participación al concurso, se entenderá que no las precisan o que renuncian a ellas, sin que pueda plantearse solicitud de las mismas en ningún otro momento posterior del procedimiento.

3.6 Las personas aspirantes deberán abonar a la Universidad de la Laguna la cantidad de veinticinco euros (25,00 €) en concepto de derechos de examen que ingresarán directamente o mediante transferencia en la Cuenta núm. n.º ES14 3076 0620 19 2281304523 de CajaSiete. A la solicitud deberá adjuntarse el justificante original acreditativo del ingreso por el citado concepto. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de solicitudes no será subsanable y determinará la exclusión definitiva de las personas.

En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

3.7 Las notificaciones se practicarán en la dirección de correo electrónico señalado a efectos de notificación por las personas aspirantes en sus solicitudes de participación. El profesorado perteneciente a la Universidad de La Laguna señalará la dirección de correo electrónico de la ULL. Será responsabilidad exclusiva de quien concurra a la convocatoria tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación a la Administración de cualquier cambio de dicha dirección a efectos de notificación.

3.8 Documentación administrativa para admisión al concurso.

Bloque I. Solicitud de participación en el modelo oficial.

Se utilizará el modelo oficial (anexo II) debidamente cumplimentado, y que se encuentra también disponible en la web oficial de la Universidad.

Bloque II. Documentación administrativa necesaria para la admisión al concurso.

a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.

b) Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

c) Original o fotocopia cotejada del Título de Doctor.

d) Original o fotocopia cotejada de la documentación justificativa de que se reúnen los requisitos exigidos en el artículo 4 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre.

e) En caso de ser funcionario o funcionaria de Cuerpos Docentes Universitarios en otras Universidades, hoja de servicios actualizada a la fecha de convocatoria.

f) Resguardo original justificativo del abono de derechos de examen, en el que conste nombre y apellidos, DNI y código de la plaza a la que concursa.

No obstante, la acreditación de las condiciones generales exigidas por la legislación vigente para el acceso a la Función Pública, se realizará por quienes resulten propuestos para la provisión de las respectivas plazas antes de su nombramiento.

4. Admisión de aspirantes

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el Rector dictará, en el plazo máximo de diez días, una Resolución conteniendo la relación provisional de personas admitidas y excluidas con indicación de las causas de exclusión. Dicha Resolución se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado (Calle Padre Herrera, s/n, 38071-La Laguna, Tenerife) así como en la Web de la Universidad de La Laguna (https://www.ull.es/portal/convocatorias/categorias/personal-docente-e-investigador-funcionario/).

Contra dicha Resolución, las personas interesadas podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio, o bien subsanar, en el mismo plazo, el defecto que motivó la exclusión.

Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará Resolución aprobando la lista definitiva de personas candidatas admitidas y excluidas, que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra la Resolución por la que se publican las listas de personas admitidas, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, conforme al artículo 123 de la ley 39/2015, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación o publicación ante el mismo órgano que dictó el acto que se impugna, o bien directamente interponer el recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación o publicación ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunidad Autónoma de Canarias.

5. Comisiones

La composición de las comisiones es la que figura en el anexo III de esta convocatoria, según lo establecido en el artículo 6.1 del Reglamento de desarrollo de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios en la Universidad de La Laguna.

Los currículos de los miembros de las Comisiones juzgadoras se publicarán en el tablón de anuncios del Rectorado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios.

El nombramiento como miembro de la Comisión de selección es irrenunciable, salvo cuando concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma. En este caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá al Rector, que deberá resolver en el plazo de 10 días, a contar desde la recepción de la solicitud.

En los casos de renuncia justificada, abstención o recusación que impidan la actuación de los miembros de la Comisión titular, éstos serán sustituidos por alguno de los suplentes.

La Comisión de selección deberá constituirse en el plazo de treinta días hábiles siguientes a la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas a que se refiere la base 4. Transcurrido dicho plazo sin que hubiera tenido lugar la constitución, la persona titular de la presidencia será cesada en sus funciones y el Rector procederá, de oficio o a instancia de parte interesada, a su sustitución.

La constitución de la Comisión de selección exigirá la presencia de la totalidad de sus miembros. Los miembros titulares que no concurran al citado acto serán cesados y sustituidos conforme a lo previsto para los casos de renuncia, abstención o recusación.

El funcionamiento de la Comisión de selección se regirá por lo dispuesto en el Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y del Reglamento de Desarrollo de los Concursos de Acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de La Laguna.

6. Desarrollo del concurso

6.1 Quien ejerza la titularidad de la presidencia de la comisión, convocará a los miembros titulares y en su caso a los suplentes para proceder al acto de constitución de la misma, fijando lugar, fecha y hora. En dicho acto, la Comisión fijará, y hará públicos, en la sede de celebración de las pruebas, siempre antes del acto de la presentación de candidaturas, los criterios para la valoración del concurso de acceso.

El Presidente o Presidenta de la Comisión, oídos sus miembros, dictará Resolución convocando a todas las personas candidatas admitidas para realizar el acto de presentación, con señalamiento de día, hora y lugar de su celebración. Dicha Resolución se notificará a sus destinatarios con una antelación mínima de diez días naturales respecto a la fecha del acto para el que son convocadas,

6.2 En el acto de presentación, que será público, las personas concursantes entregarán al Presidente o Presidenta de la comisión la siguiente documentación:

a) Historial académico, docente e investigador.

b) Proyecto docente e investigador que pretenda desarrollar el candidato o candidata.

Además entregarán un ejemplar de las publicaciones y cuantos documentos acreditativos de los méritos estimen conveniente.

Esta documentación se presentará, preferentemente, en soporte electrónico que permita su lectura en los dispositivos electrónicos convencionales, diferenciando los ficheros del proyecto docente, proyecto investigador y documentación acreditativa. Si la documentación se presenta en soporte papel, el historial académico docente e investigador y el proyecto investigador deberán presentarse por sextuplicado.

6.3 Asimismo, en dicho acto de presentación se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de las personas candidatas y se fijará lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas, todo lo cual se hará público por la Comisión de selección. Igualmente, se fijará el plazo durante el cual las personas candidatas podrán examinar la documentación presentada por las demás aspirantes.

7. Pruebas

El concurso de acceso será público y se celebrará en el Centro donde tenga su sede el Departamento en el que se integra el Área de conocimiento objeto del concurso.

7.1 La primera prueba del concurso de acceso comenzarán en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al del acto de presentación, y consistirá, tanto para los concursos de Profesor Titular de Universidad como de Catedrático de Universidad, en la presentación oral durante una hora como máximo y posterior discusión ante la Comisión de los méritos e historial académico, docente e investigador del candidato o candidata. Pasarán a la segunda prueba quienes hayan obtenido al menos tres votos favorables de los miembros de la Comisión. Con la publicación de los resultados de la primera prueba, la comisión hará público el lugar, día y hora de realización de la segunda.

7.2 La segunda prueba será pública y consistirá:

a) Para los concursos a Profesor Titular de Universidad consistirá en la exposición oral durante una hora como máximo y posterior discusión del proyecto docente e investigador presentado por el candidato o candidata.

b) En los concursos a Catedrático de Universidad, esta segunda prueba consistirá en la exposición oral durante una hora como máximo y posterior discusión del proyecto investigador presentado por el candidato o candidata.

Finalizadas las pruebas correspondientes, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente o Presidenta un informe razonado, ajustado a los criterios previamente establecidos por la Comisión, valorando los méritos comprendidos en los criterios a que se refiere el artículo 10.3 del Reglamento de Desarrollo de los Concursos de Acceso a los Cuerpos Docentes universitarios de la Universidad de La Laguna, modificado por Resolución de 20 de mayo de 2010. Dicha valoración será publicada en el lugar de celebración de las pruebas.

8. Resolución del concurso

Las Comisiones que juzguen los concursos de acceso propondrán al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todas las personas candidatas que hayan superado las pruebas por orden de preferencia para su nombramiento. La citada propuesta se publicará en el lugar donde se haya celebrado la prueba.

El proceso podrá concluir con la decisión de la Comisión de no proveer la plaza convocada.

Junto con la propuesta, y en el plazo de tres días hábiles siguientes a la finalización de las pruebas, quien ostente la secretaría de la Comisión deberá entregar en la Secretaría General de la Universidad el expediente administrativo del concurso, incluido una copia de la documentación entregada por cada candidato o candidata la cual, una vez finalizado y firme la resolución del mismo, les podrá ser devuelta si así lo solicitan. Dicha propuesta se hará pública también en el tablón de anuncios del Rectorado.

Finalizado el concurso, y siempre que no se haya interpuesto ninguna reclamación y/o recurso, la documentación depositada en el Servicio de Recursos Humanos deberá ser retirada por las personas interesadas en el plazo máximo de tres meses desde la resolución del concurso.

Transcurrido un mes después de dicho plazo, se procederá a la destrucción de la documentación que no haya sido retirada.

Contra la propuesta de la Comisión juzgadora las personas candidatas podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo máximo de diez días contados a partir del siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios del Rectorado.

Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento de la candidatura propuesta hasta su resolución definitiva. No se admitirá la reclamación en el supuesto de que la persona reclamante hubiese desistido tácitamente del concurso o no se hubiese presentado a alguna de las pruebas.

Dicha reclamación será valorada y tramitada conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento de Desarrollo de los Concursos de Acceso a los Cuerpos Docentes universitarios de la Universidad de La Laguna.

9. Documentación a presentar por las personas candidatas propuestas

En el plazo de veinte días a contar desde el siguiente al de la publicación en el tablón de anuncios del Rectorado de la propuesta de la Comisión de acceso, el candidato o candidata propuesta en primer lugar para la provisión de la plaza deberá presentar en el Registro General de esta Universidad o por cualesquiera de los demás procedimientos señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en concordancia con lo establecido en la disposición transitoria segunda de la mencionada Ley, los siguientes documentos:

a) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni discapacidad física ni psíquica que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a profesorado de Universidad.

b) Declaración de no haber sido separado o separada de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas en virtud de expediente disciplinario, y de no hallarse en situación de inhabilitación para el ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Declaración de no estar afectado o afectada por incompatibilidad en el caso de venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.

En el caso de que conste en el expediente los documentos solicitados en formato original y los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de personal funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

10. Nombramiento y toma de posesión

10.1 El nombramiento como personal funcionario de carrera, que no podrá exceder de uno para cada plaza, será efectuado por el Rector de la Universidad de La Laguna, después de que el candidato o candidata propuesta para la provisión de la plaza haya presentado la documentación a que se refiere la base anterior.

10.2 En caso de que la persona propuesta renuncie o no presente oportunamente la documentación requerida, el Rector procederá al nombramiento de la siguiente persona en el orden de valoración formulado por la Comisión juzgadora una vez presentada la documentación a que se refiere la base anterior en el plazo que se habilite al efecto.

10.3 El nombramiento será comunicado al correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número de Registro Personal e inscrito en el Cuerpo respectivo, especificará la denominación de la plaza: Cuerpo, Área de conocimiento y Centro. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Canarias, y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria.

10.4 En el plazo máximo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del nombramiento del candidato o candidata seleccionada, ésta deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de personal funcionario del cuerpo docente universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.

La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse al menos durante dos años antes de poder participar en un nuevo concurso a efectos de obtener plaza en otra Universidad.

11. Norma final

11.1 Durante el desarrollo del concurso, la Comisión de selección resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

11.2 De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales («BOE» núm. 294, de 6.12.18), y en el marco del Reglamento (UE) 2016/679  del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 (Reglamento General de Protección de Datos, RGPD), los datos facilitados por los aspirantes, pasarán a formar parte del fichero de Personal, cuya finalidad es la gestión del personal de la Universidad de La Laguna, gestión de la docencia e investigación, gestión de la participación del personal en los servicios y actos universitarios, así como la gestión de la participación de los candidatos en los procesos de selección. Siendo algunos de los servicios prestados por empresas externas, la activación de los mismos (p. ej. el correo electrónico) puede requerir que el interesado preste su conocimiento a condiciones adicionales sobre el uso de sus datos de carácter personal; en todo caso la activación de dichos servicios y, por ende, la aceptación de tales condiciones, es plenamente voluntaria para el interesado. Los datos contenidos en este fichero podrán ser tratados con fines históricos o estadísticos.

11.3 A través de la presentación de la solicitud de participación en el concurso, la persona interesada consiente en que los datos personales recogidos en aquella puedan ser cedidos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria, o a cualquier entidad obligada por Ley; lo que en todo caso se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el RGPD, y en la LOPD y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 1720/2007. En los términos establecidos en el citado Reglamento General de Protección de Datos, los interesados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, así como de limitación y oposición a su tratamiento cuando corresponda, a través del procedimiento electrónico de Ejercicio de derechos sobre datos de carácter personal, habilitado en la Sede electrónica de la ULL y disponible en el siguiente enlace: https://sede.ull.es/ecivilis-site/catalog/showProcedure/230. Para cualquier duda en relación con el ejercicio de estos derechos pueden ponerse en contacto con el Delegado de Protección de Datos de la ULL en la dirección de correo electrónica dpd@ull.es, o en cualesquiera de las referidas en la web del DPD, https://www.ull.es/la-universidad/servicios-universitarios/dpd/

11.4 Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer, conforme al artículo 123 de la ley 39/2015, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación o publicación ante el mismo órgano que dictó el acto que se impugna, o bien directamente interponer el recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación o publicación ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunidad Autónoma de Canarias.

La Laguna, 25 de febrero de 2019.‒El Rector, Antonio Martinón Cejas.

ANEXO I
Resolución de 25 de febrero de 2019, de la Universidad de La Laguna, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios

Categoría

N.º de concurso

Área de conocimiento

Departamento al que está adscrita

Materia a la que va referida la actividad docente e investigadora

Catedrático de Universidad.

DF3042

Estudios Árabes e Islámicos.

Filología Clásica, Francesa, Árabe y Románica.

Docencia de la materia «Lengua árabe» (asignaturas de «Árabe moderno de los países francófonos» del Grado en Estudios Francófonos Aplicados). Investigación en literatura científico-técnica árabe medieval.

Catedrático de Universidad.

DF3041

Física Aplicada.

Física.

Docencia en Física Cuántica I (Grado de Física) y Ampliación de Mecánica Cuántica (Posgrado). Investigación: Gap-Solitones en Condensados de Bose-Einstein.

Catedrático de Universidad.

DF3039

Didáctica y Organización Escolar.

Didáctica e Investigación Educativa.

Docencia e Investigación.

Profesor Titular de Universidad.

DF3043

Periodismo.

Ciencias de la Comunicación y Trabajo Social.

Docencia e investigación en periodismo especializado, con interés en la aplicación de las tecnologías de visualización.

Profesor Titular de Universidad.

DF3045

Producción Vegetal.

Ingeniería Agraria, Náutica, Civil y Marítima.

Docencia en Fruticultura, Frutales Tropicales y Subtropicales y Cultivo de la Platanera. Investigación en Fruticultura Tropical y Subtropical.

Profesor Titular de Universidad.

DF3046

Expresión Gráfica en la Ingeniería.

Técnicas y Proyectos en Ingeniería y Arquitectura.

Docencia en asignaturas de Expresión Gráfica en el grado de Ingeniería Civil. Investigación en Nuevas Tecnologías para la mejora del aprendizaje y modelos de información en la Ingeniería.

Profesor Titular de Universidad.

DF3047

Lengua Española.

Filología Española.

Docencia e Investigación en Español como Lengua Extranjera en el Grado de Español, Lengua y Literatura.

Profesor Titular de Universidad.

DF3048

Geometría y Topología.

Matemáticas, Estadística e Investigación Operativa.

Docencia e Investigación en el área de Geometría y Topología.

Profesor Titular de Universidad.

DF3049

Química Orgánica.

Química Orgánica.

Docencia e Investigación en el área de Química Orgánica.

Profesor Titular de Universidad.

DF3050

Filología Románica.

Filología Clásica, Francesa, Árabe y Románica.

Docencia en Filología Románica e Investigación en Estudios del Siglo XVIII.

Profesor Titular de Universidad.

DF3051

Sociología.

Sociología y Antropología.

Género, Identidades y Patrimonios, Migraciones: Canarias-Atlántico.

Profesor Titular de Universidad.

DF3052

Lenguajes y Sistemas Informáticos.

Ingeniería Informática y de Sistemas.

Docencia en las asignaturas «Computabilidad y Algoritmia» (Grado en Ingeniería Informática) y «Técnicas Experimentales» (Grado en Matemáticas). Investigación en técnicas algorítmicas para optimización mono y multi-objetivo: paralelizaciones y aplicaciones a problemas de corte y planificación.

Profesor Titular de Universidad.

DF3053

Estadística e Investigación Operativa.

Matemáticas, Estadística e Investigación Operativa.

Docencia en Análisis de Datos y Control Estadístico de Calidad e Investigación en Diseño Óptimo de Experimentos.

Profesor Titular de Universidad.

DF3054

Arquitectura y Tecnología de Computadores.

Ingeniería Informática y de Sistemas.

Docencia en las asignaturas de Sistemas Operativos y Control Inteligente. Investigación en modelado y simulación, control borroso e interfaces inteligentes con aplicación en gestión de recursos y educación.

Profesor Titular de Universidad.

DF3055

Sociología.

Sociología y Antropología.

Sociología de la Población y Género: Migraciones, educación y trabajo.

ANEXO II
Solicitud para participar en el concurso de acceso de cuerpos docentes universitarios de la Universidad de La Laguna

1

ANEXO III
Resolución de 25 de febrero de 2019, de La Universidad de La Laguna, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios

Composición de las Comisiones

Categoría del puesto: Catedrático de Universidad.

Área de conocimiento: Estudios Árabes e Islámicos.

Departamento: Filología Clásica, Francesa, Árabe y Románica.

N.º de concurso: DF3042.

Miembros titulares

Presidente.

Francisco Franco Sánchez.

Universidad de Alicante.

Secretario.

Dulce M.ª González Doreste.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Jorge Aguadé Bofill.

Universidad de Cádiz.

Vocal.

Celia del Moral Molina.

Universidad de Granada.

Vocal.

Mohamed Meouak.

Universidad de Cádiz.

Miembros suplentes

Presidente.

Juan Pedro Monferrer Sala.

Universidad de Córdoba.

Secretario.

Dolores Covadonga Corbella Díaz.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Ahmed-Salem Ould Mohamed-Baba.

Universidad Complutense de Madrid.

Vocal.

Julia María Carabaza Bravo.

Universidad de Granada.

Vocal.

Rachid El Hour Amro.

Universidad de Salamanca.

Categoría del puesto: Catedrático de Universidad.

Área de conocimiento: Física Aplicada.

Departamento: Física.

N.º de concurso: DF3041.

Miembros titulares

Presidente.

Vicente Daniel Rodríguez Armas.

Universidad de La Laguna.

Secretario.

Justo Roberto Pérez Cruz.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Alfonso Muñoz González.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

María del Pilar Aceituno Cantero.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

María del Carmen Carrión Pérez.

Universidad de Granada.

Miembros suplentes

Presidente.

José Diego Bretón Peña.

Universidad de La Laguna.

Secretario.

Ángel Carlos Yanes Hernández.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Ricardo Luis Guerrero Lemus.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

María del Carmen Arévalo Morales.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

María del Pilar Carro Reglero.

Universidad de La Laguna.

Categoría del puesto: Catedrático de Universidad.

Área de conocimiento: Didáctica y Organización Escolar.

Departamento: Didáctica e Investigación Educativa.

N.º de concurso: DF3039.

Miembros titulares

Presidente.

Jurjo Torres Santomé.

Universidad de La Coruña.

Secretario.

Lidia Esther Santana Vega.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Pilar Arnaiz Sánchez.

Universidad de Murcia.

Vocal.

José Ignacio Rivas Flores.

Universidad de Málaga.

Vocal.

Nieves Blanco García.

Universidad de Málaga.

Miembros suplentes

Presidente.

Rafael Santana Hernández.

Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Secretario.

Olga María Alegre de la Rosa.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

José Luis San Fabián Maroto.

Universidad de Oviedo.

Vocal.

María Clemente Linuesa.

Universidad de Salamanca.

Vocal.

Sebastián Sánchez Fernández.

Universidad de Granada.

Categoría del puesto: Profesor Titular de Universidad.

Área de conocimiento: Periodismo.

Departamento: Ciencias de la Comunicación y Trabajo Social.

N.º de concurso: DF3043.

Miembros titulares

Presidente.

María Montserrat Quesada Pérez.

Universidad Pompeu Fabra.

Secretario.

Julio Antonio Yanes Mesa.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Humberto Hernández Hernández.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

María Antonia Paz Rebollo.

Universidad Complutense de Madrid.

Vocal.

Carolina Moreno Castro.

Universidad de Valencia.

Miembros suplentes

Presidente.

Juan Antonio García Galindo.

Univesidad de Málaga.

Secretario.

Rafael Llano Sánchez.

Universidad Complutense de Madrid.

Vocal.

Mercedes López Suárez.

Universidad Complutense de Madrid.

Vocal.

Pastora Magdalena Moreno Espinosa.

Universidad de Sevilla.

Vocal.

Antonia del Rey Reguillo.

Universidad de Valencia.

Categoría del puesto: Profesor Titular de Universidad.

Área de conocimiento: Producción Vegetal.

Departamento: Ingeniería Agraria, Náutica, Civil y Marítima.

N.º de concurso: DF3045.

Miembros titulares

Presidente.

Aurelio Gómez Cadenas.

Universidad Jaume I de Castellón.

Secretario.

Rosa María Pérez Clemente.

Universidad Jaume I de Castellon.

Vocal.

Eduardo Sobrino Vesperinas.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Begonya Vicedo Jover.

Universidad Jaume I de Castellón.

Vocal.

Antonio Domínguez Moreno.

Universidad de Huelva.

Miembros suplentes

Presidente.

Salvador Antonio Roselló Ripollés.

Universidad Jaume I de Castellón.

Secretario.

María de los Ángeles Camacho Pérez.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Valerio Gutiérrez Afonso.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Axel Ritter Rodríguez.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Javier Mata González.

Universidad de La Laguna.

Categoría del puesto: Profesor Titular de Universidad.

Área de conocimiento: Expresión Gráfica en la Ingeniería.

Departamento: Técnicas y Proyectos en Ingeniería y Arquitectura.

N.º de concurso: DF3046.

Miembros titulares

Presidente.

Manuel Roberto Contero González.

Universidad Politécnica de Valencia.

Secretario.

Rosa Elena Navarro Trujillo.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

José Pablo Suárez Rivero.

Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Vocal.

Teresa Magal Royo.

Universidad Politécnica de Valencia.

Vocal.

José Luis Saorín Pérez.

Universidad de La Laguna.

Miembros suplentes

Presidente.

Pedro Company Calleja.

Universidad Jaume I de Castellón.

Secretario.

Jorge Martín Gutiérrez.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Margarita Vergara Monedero.

Univerisdad Jaume I de Castellón.

Vocal.

Manuel Drago Díaz Alemán.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Ana Piquer Vicent.

Universidad Jaume I de Castellón.

Categoría del puesto: Profesor Titular de Universidad.

Área de conocimiento: Lengua Española.

Departamento: Filología Española.

N.º de concurso: DF3047.

Miembros titulares

Presidente.

Javier Medina López.

Universidad de La Laguna.

Secretario.

Alejandro Fajardo Aguirre.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Inmaculada Delgado Cobos.

Universidad Complutense de Madrid.

Vocal.

Carmen Nieves Díaz Alayón.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Dolores del Pino García Padrón.

Universidad de La Laguna.

Miembros suplentes

Presidente.

Marcial Morera Pérez.

Universidad de La Laguna.

Secretario.

María Teresa Cáceres Lorenzo.

Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Vocal.

Rosario González Pérez.

Universidad Autónoma de Madrid.

Vocal.

Javier Herrero Ruiz de Loizaga.

Universidad Complutense de Madrid.

Vocal.

Joan Tomás Pujolà Font.

Universidad de Barcelona.

Categoría del puesto: Profesor Titular de Universidad.

Área de conocimiento: Geometría y Topología.

Departamento: Matemáticas, Estadística e Investigación Operativa.

N.º de concurso: DF3048.

Miembros titulares

Presidente.

Domingo Chinea Miranda.

Universidad de La Laguna.

Secretario.

José Carmelo González Dávila.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Juan Carlos Marrero González.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Francisco Javier Martín Cabrera.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Edith Padrón Fernández.

Universidad de La Laguna.

Miembros suplentes

Presidente.

Manuel de León Rodríguez.

Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Secretario.

Narciso Román Roy.

Universidad Politécnica de Cataluña.

Vocal.

Eduardo Martínez Fernández.

Universidad de Zaragoza.

Vocal.

David Martín de Diego.

Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Vocal.

Modesto Ramón Salgado Seco.

Universidad de Santiago de Compostela.

Categoría del puesto: Profesor Titular de Universidad.

Área de conocimiento: Química Orgánica.

Departamento: Química Orgánica.

N.º de concurso: DF3049.

Miembros titulares

Presidente.

Víctor Sotero Martín García.

Universidad de La Laguna.

Secretario.

María Luisa Souto Suárez.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Jesús María Trujillo Vázquez.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Ana María Estévez Braun.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

María del Mar Afonso Rodríguez.

Universidad de La Laguna.

Miembros suplentes

Presidente.

José Antonio Palenzuela López.

Universidad de La Laguna.

Secretario.

Rosa Lelia Dorta Díaz.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

José Javier Fernández Castro.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

José Adrián Gavín Sazatornil.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Isabel López Bazzocchi.

Universidad de La Laguna.

Categoría del puesto: Profesor Titular de Universidad.

Área de conocimiento: Filología Románica.

Departamento: Filología Clásica, Francesa, Árabe y Románica.

N.º de concurso: DF3050.

Miembros titulares

Presidente.

M.ª Dolores Corbella Díaz.

Universidad de La Laguna.

Secretario.

Alejandro Fajardo Aguirre.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Manuel González González.

Universidad de Santiago de Compostela.

Vocal.

Pilar García Mouton.

Centro Superior de Investigaciones Científicas.

Vocal.

Josefa Dorta Luis.

Universidad de La Laguna.

Miembros suplentes

Presidente.

Dulce M.ª González Doreste.

Universidad de La Laguna.

Secretario.

Domingo Luis Hernández Álvarez.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

José Manuel Lucía Megías.

Universidad Complutense de Madrid.

Vocal.

M.ª Teresa Cáceres Lorenzo.

Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Vocal.

Meritxell Simó Torres.

Universidad de Barcelona.

Categoría del puesto: Profesor Titular de Universidad.

Área de conocimiento: Sociología.

Departamento: Sociología y Antropología.

N.º de concurso: DF3051.

Miembros titulares

Presidente.

Almudena Moreno Mínguez.

Universidad de Valladolid.

Secretario.

José Quevedo Abu-Tarbush.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Miguel Suárez Bosa.

Las Palmas de Gran Canaria.

Vocal.

Jorge Rodríguez Guerra.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Carmen Nieves Pérez Sánchez.

Universidad de La Laguna.

Miembros suplentes

Presidente.

Mercedes Alcañiz Moscardó.

Universidad Jaume I.

Secretario.

Agustín Santana Talavera.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Manuela Cantón Delgado.

Universidad de Sevilla.

Vocal.

Ramón Llopis Goig.

Universidad de Valencia.

Vocal.

Pilar Gil Tébar.

Universidad de Huelva.

Categoría del puesto: Profesor Titular de Universidad.

Área de conocimiento: Lenguajes y Sistemas Informáticos.

Departamento: Ingeniería Informática y de Sistemas.

N.º de concurso: DF3052.

Miembros titulares

Presidente.

Casiano Rodríguez León.

Universidad de La Laguna.

Secretario.

Coromoto León Hernández.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Francisco Almeida Rodríguez.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

María Luisa Mico Andrés.

Universidad de Alicante.

Vocal.

Vicente José Blanco Pérez.

Universidad de La Laguna.

Miembros suplentes

Presidente.

Francisco de Sande González.

Universidad de La Laguna.

Secretario.

María Aránzazu Illarramendi Echave.

Universidad del País Vasco.

Vocal.

José Luis Roda García.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

María Nieves Rodríguez Brisaboa.

Universidad de La Coruña.

Vocal.

Jesús Manuel Jorge Santiso.

Universidad de La Laguna.

Categoría del puesto: Profesor Titular de Universidad.

Área de conocimiento: Estadística e Investigación Operativa.

Departamento: Matemáticas, Estadística e Investigación Operativa.

N.º de concurso: DF3053.

Miembros titulares

Presidente.

Miguel Ángel González Sierra.

Universidad de La Laguna.

Secretario.

Enrique Francisco González Dávila.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Joaquín Sicilia Rodríguez.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Isabel María Ortíz Rodríguez.

Universidad de Almeria.

Vocal.

María Dolores Esteban Lefler.

Universidad Miguel Hernández.

Miembros suplentes

Presidente.

Carlos González Martín.

Universidad de La Laguna.

Secretario.

Arturo Javier Fernández Rodríguez.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

José Miguel Gutiérrez Expósito.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Inmaculada Rodríguez Martín.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

María Jesús García-Ligero Ramírez.

Universidad de Granada.

Categoría del puesto: Profesor Titular de Universidad.

Área de conocimiento: Arquitectura y Tecnología de Computadores.

Departamento: Ingeniería Informática y de Sistemas.

N.º de concurso: DF3054.

Miembros titulares

Presidente.

Lorenzo Moreno Ruiz.

Universidad de La Laguna.

Secretario.

Jonay Tomás Toledo Carrillo.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Leopoldo Acosta Sánchez.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Rosa M.ª Aguilar Chinea.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Carina Soledad González González.

Universidad de La Laguna.

Miembros suplentes

Presidente.

José Demetrio Piñeiro Vera.

Universidad de La Laguna.

Secretario.

Evelio González González.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Marta Sigut Saavedra.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Julio Abascal González.

Universidad del País Vasco.

Vocal.

Silvia Alayón Miranda.

Universidad de La Laguna.

Categoría del puesto: Profesor Titular de Universidad.

Área de conocimiento: Sociología.

Departamento: Sociología y Antropología.

N.º de concurso: DF3055.

Miembros titulares

Presidente.

Mercedes Alcañiz Moscardó.

Universidad Jaume I de Castellón.

Secretario.

Jorge Rodríguez Guerra.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Almudena Moreno Minguez.

Universidad de Valladolid.

Vocal.

Leopoldo José Cabrera Rodríguez.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Carmen Nieves Pérez Sánchez.

Universidad de La Laguna.

Miembros suplentes

Presidente.

Cristina García Sainz.

Universidad Autónoma de Madrid.

Secretario.

José Quevedo Abu-Tarbush.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Sandra Dema Moreno.

Universidad de Oviedo.

Vocal.

José Luis Castilla Vallejo.

Universidad de La Laguna.

Vocal.

Josefa Rosa Marrero Rodríguez.

Universidad de La Laguna.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid