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Documento BOE-A-2020-11116

Resolución de 11 de septiembre de 2020, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación EOI, F.S.P., para la realización de actividades de la Cátedra Fernández-Nóvoa de Innovación y Propiedad Industrial durante el año 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 23 de septiembre de 2020, páginas 80406 a 80416 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2020-11116

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio entre la Fundación EOI, F.S.P, y la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., para la realización de actividades de la Cátedra Fernández-Nóvoa de Innovación y Propiedad Industrial durante el año 2020.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del correspondiente al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 11 de septiembre de 2020.–El Director de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., José Antonio Gil Celedonio.

CONVENIO ENTRE LA FUNDACIÓN EOI, F.S.P, Y LA OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS, O.A., PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE LA CÁTEDRA FERNÁNDEZ-NÓVOA DE INNOVACIÓN Y PROPIEDAD INDUSTRIAL DURANTE EL AÑO 2020

Madrid, 9 de septiembre de 2020.

REUNIDOS

De una parte, doña Nieves Olivera Pérez-Frade, Directora General de la Fundación EOI, F.S.P., actuando, en virtud de los poderes conferidos por el Patronato y recogidos en la escritura de elevación a público de notario de Madrid, doña María del Rosario Algora Wesolowski, del 24 de septiembre de 2018, con número 935 de su protocolo, e inscritos en el Registro de Fundaciones el nombramiento y el otorgamiento de poderes el día 8 de marzo de 2019, y de las competencias que le atribuye el artículo 16.b del Estatuto de la Fundación EOI, en nombre y representación de la Fundación EOI (en adelante, EOI), con NIF G-81718249 y domicilio social en Avenida Gregorio del Amo, 6, 28040 Madrid.

De otra parte, don José Antonio Gil Celedonio, Director de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (en adelante, OEPM), con NIF Q2820005C, nombrado por Real Decreto 652/2018, de 22 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 23), actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 6.3 del Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, que regula la OEPM.

Los firmantes, en la representación que ostentan, declaran tener la capacidad legal necesaria para formalizar este documento y, al efecto,

EXPONEN

I. EOI es una fundación del sector público estatal dedicada a formar profesionales, producir y difundir conocimiento y ofrecer servicios de valor a empresas, emprendedores y administraciones, en los valores de una economía abierta, social, verde y digital.

II. La OEPM es un Organismo Autónomo del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo que tiene atribuida, en virtud del artículo 2 del Real Decreto 1270/1997, antes mencionado, la actividad administrativa que corresponde al Estado en materia de Propiedad Industrial conforme a la legislación y convenios internacionales vigentes, y será el instrumento de la política tecnológica en este campo. El Real Decreto le atribuye igualmente en su artículo 3.4. la función de promover iniciativas y desarrollar actividades conducentes al mejor conocimiento y a la más adecuada protección de la propiedad industrial, tanto en el orden nacional como en el internacional y mantener relaciones directas con cuantos Organismos y Entidades españolas o extranjeras se ocupen de estas materias. Se ocupa igualmente del desarrollo de actuaciones destinadas a la sensibilización, promoción y uso de la Propiedad Industrial entre las universidades, instituciones y empresas españolas.

III. Teniendo en cuenta la coincidencia en objetivos de las dos entidades en el marco de sus fines y competencias éstas consideran nuevamente de interés común establecer una línea de colaboración en el ámbito de la formación para el desarrollo de las actividades propias una cátedra en materia de Propiedad Industrial.

Por ello, es voluntad de ambas partes suscribir un Convenio que regule los términos de la colaboración para el desarrollo conjunto de actividades enmarcadas en la Cátedra de Innovación y Propiedad Industrial Carlos Fernández-Nóvoa para el año 2020, que formalizan mediante este documento, en cuya virtud,

ACUERDAN

1. Objeto.

El objeto de este Convenio es desarrollar los términos de la colaboración entre EOI y la OEPM para la realización de actividades durante el año 2020 de la Cátedra de Innovación y Propiedad Industrial Carlos Fernández-Nóvoa (en adelante, la Cátedra) que tiene como objetivos generales el fomento de la docencia, la investigación y la difusión de los conocimientos en el campo de la Propiedad Industrial (en adelante PI).

Su objetivo, por tanto, es promover un sistema integrado de formación e información que facilite la transferencia de conocimiento mutuo entre las Universidades y el mundo de la empresa.

Tanto EOI como la OEPM proveerán los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades de la Cátedra durante el tiempo de duración del Convenio en los términos fijados en el Convenio.

En el Anexo I adjunto se indican las actividades a realizar para el año 2020.

La Cátedra estará compuesta por un Comité Técnico. En el Comité Técnico, teniendo en cuenta el carácter multidisciplinar de la PI, se han intentado reunir expertos de todos los ámbitos: empresa, universidad, instituciones públicas y privadas, tanto nacionales como internacionales. La finalidad de dicho Comité consistirá en la detección de necesidades y tendencias del panorama nacional en materia de PI, sugiriendo la programación de actividades orientadas a satisfacer tales necesidades. La composición del Comité Técnico se detalla en el Anexo V de este Convenio.

2. Líneas de actuación.

Con carácter enunciativo y no limitativo, se desarrollarán las siguientes líneas de actuación para el desarrollo de la Cátedra:

Desarrollo y ejecución conjunta de Programas Formativos destinados a formar de manera ágil y experta a las empresas españolas.

Organización de foros de encuentro que permitan el intercambio de conocimientos, experiencias e inquietudes.

Plataforma de innovación e información sobre Buenas Prácticas en materia de PI.

Acercar el mundo de la PI al ámbito educativo de forma interdisciplinar y transversal.

Desarrollo de programas de formación específicos para los estudiantes universitarios con validez académica.

Difusión de actividades para el fomento del conocimiento de la PI.

Fomento de la vigilancia tecnológica por parte de las empresas españolas.

Investigación de nuevas herramientas para el fomento del conocimiento de la PI.

La finalidad de la Cátedra estriba en aportar a la industria, a la universidad y en definitiva a la sociedad, nuevas perspectivas en el ámbito de la Propiedad Industrial que no son abordadas ni en los másteres ni en los currículos universitarios y que en estos momentos se adquieren por la propia experiencia profesional y con estudios dispersos.

3. Aportaciones de las partes.

a) EOI contribuirá al desarrollo de las actividades de la Cátedra mediante las siguientes actuaciones:

Vicepresidencia de la Cátedra a través de la Dirección General de EOI.

Ejecución académica de las actividades de la Cátedra.

Diseño de las actividades de la Cátedra, en colaboración con la OEPM.

Administración de las actividades de la Cátedra.

Aportación de la sede física de la Cátedra.

Coordinación y realización de acciones difusión, comunicación, y publicitarias en colaboración con la OEPM.

Contratación de personal docente con experiencia probada en la realización de las actividades de la Cátedra, así como con la cualificación técnica necesaria para desarrollarlas: Curso de Gestión Administrativa de la Propiedad Industrial, Jornada Centros Regionales PI; Curso de Derecho Europeo de Patentes, Generación de materiales didácticos sobre Marcas, Patentes y Diseños dirigidos a público infantil y adolescente.

Infraestructura técnica y administrativa suficiente para el desarrollo de las actividades.

Realización del Curso de Gestión Administrativa de la Propiedad Industrial.

Realización de la jornada Centros Regionales PI.

Realización de un Curso de Derecho Europeo de Patentes.

Elaboración de la publicación «Propiedad intelectual y derechos fundamentales».

Generación de materiales didácticos sobre Marcas, Patentes y Diseños dirigidos al público infantil y adolescente.

Las actuaciones indicadas se valoran en treinta y cinco mil ochocientos treinta y tres euros (35.833,00 €) indicadas en el Anexo I y desglosadas en el Anexo II.

b) La OEPM contribuirá al desarrollo de las actividades de la Cátedra mediante el desarrollo de las siguientes actividades:

Presidencia de la Cátedra a través del Director de la OEPM.

Secretaría de la Cátedra.

Dirección Académica de las actividades de la Cátedra.

Apoyo técnico, documental o equivalente necesario para el desarrollo de las actividades.

Realización de acciones de difusión, comunicación, y publicitarias relativas a la Cátedra, de acuerdo con los criterios y directrices de ambas entidades.

Aportación dineraria de cincuenta y un mil euros (51.000,00 €) destinada a cubrir los gastos derivados del desarrollo de las actividades previstas en el Plan de Actividades indicadas en el Anexo I, así como aportación de personal propio cuya valoración es de cuatro mil cien euros (4.100 €) según el desglose del anexo III.

Con el fin de que se puedan iniciar las actividades previstas en el Anexo I del presente Convenio se efectuará una primera aportación por el 10% del importe indicado en el párrafo anterior en los dos meses posteriores a la firma del presente Convenio.

Tras la realización de las actividades, y previo examen y conformidad de la Comisión de Seguimiento con las actividades realizadas, así como con los correspondientes gastos satisfechos (mediante la aportación de las facturas, notas de cargo o similares documentos probatorios, con un adecuado desglose de gastos), la OEPM procederá a hacer efectiva el resto de la aportación dineraria mediante la transferencia de la cuantía justificada, con el máximo indicado anteriormente. El acta de la Comisión, así como la documentación justificativa del convenio (memoria de actividades realizadas, factura a la OEPM, así como la certificación de las actividades con su valoración económica llevadas a cabo por la EOI) deberá presentarse un mes antes de la fecha de finalización del Convenio. La transferencia de la cuantía una vez justificada se hará antes de que finalice el Convenio.

La aportación dineraria de la OEPM antes indicada, que tendrá el carácter de aportación máxima, se hará con cargo a la partida 20.102.421N.226.06 de su presupuesto vigente de gastos, en la cual existe crédito adecuado y suficiente.

La previsión de gastos derivado del Plan de Actividades 2020 se detalla en el Anexo I.

4. Descuentos y becas de los programas.

La política de descuentos y becas vigente en el actual Plan de becas y descuentos de la Fundación EOI 2020, accesible en su página web, podrá ser de aplicación a los alumnos que accedan al programa de Gestión Administrativa de la Propiedad Industrial.

La OEPM abonará hasta un máximo de seis matrículas completas de alumnos de su elección para cursar el programa de Gestión Administrativa de la Propiedad Industrial contemplado en las Actividades del presente Convenio (anexo I) o la cantidad correspondiente a los módulos que se realicen, con un máximo de 7.200 €, conforme al desglose de su aportación establecido en el anexo IV de este Convenio. A estos alumnos no podrá aplicársele la política de becas y descuentos establecidos en el Plan de becas y descuentos de la Fundación EOI 2020.

5. Régimen de personal.

Este Convenio no supone asociación alguna o dependencia entre las partes firmantes, que actuarán de forma absolutamente independiente y autónoma, siendo obligación específica y exclusiva de cada parte cumplir con cuantas obligaciones legales le correspondan en desarrollo de su actividad de acuerdo con la normativa que les resulte de aplicación.

La suscripción del presente Convenio no comporta relación laboral, contractual o de cualquier otro tipo entre el personal de una de las Instituciones firmantes respecto de la otra.

6. Comisión de seguimiento.

A efectos de realizar un seguimiento de las actividades contempladas en el presente Convenio se constituye una Comisión de Seguimiento integrada por dos representantes de cada una de las partes. El Presidente y un vocal serán designados por el Director de la OEPM y el Secretario, que tendrá voz y voto, y otro vocal serán designados por la Dirección General de EOI. La Comisión se reunirá cuando lo solicite alguna de las partes y, al menos, dos veces al año. El funcionamiento de la Comisión de Seguimiento se acoge a lo dispuesto sobre Órganos Colegiados, en la sección 3 del capítulo II del título Preliminar relativo a los órganos colegiados de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

7. Competencias de la comisión de seguimiento.

Son funciones de la Comisión de Seguimiento, la evaluación periódica del desarrollo del Convenio, la elaboración de los programas de trabajo, la revisión de las obligaciones de las partes firmantes del Convenio, la conformidad con las actividades realizadas, así como la resolución de las dudas y controversias que pudieran originarse en la interpretación o aplicación del Convenio. En particular la Comisión podrá modificar las partidas presupuestarias con el fin de redistribuir los gastos entre las mismas siempre y cuando no suponga una modificación sustancial de las mismas, entendiendo como tal que no suponga una modificación superior al 5% de la aportación dineraria máxima del convenio ni se altere la aportación dineraria máxima recogida en la cláusula 3 y se realice con carácter previo a la ejecución de la actividad.

8. Resolución de controversias.

Dado el carácter de ambas partes de personas jurídicas del mismo sector público estatal, en caso de controversias que no hayan podido resolverse en el seno de la comisión de seguimiento del presente Convenio, se estará a las fórmulas que señalan tanto la Ley 52/1997, de Asistencia Jurídica del Estado (art. 5), cuanto al Reglamento del Servicio Jurídico del Estado (Real Decreto 997/2003, art. 10).

9. Difusión.

La colaboración de las partes se difundirá de la siguiente forma:

Ambas partes se comprometen a difundir la colaboración mediante la inserción del nombre y logo de ambas partes en los elementos de promoción y difusión de la Cátedra.

Ambas partes se comprometen a que sea mencionada su colaboración en los actos de difusión referidos a la Cátedra.

La difusión de la participación de la OEPM y de EOI en el Programa se limitará al uso de sus logotipos o signos distintivos, quedando expresamente excluida de este Convenio la publicidad, o la difusión de cualquier producto o servicio que pueda prestar la OEPM o EOI.

10. Confidencialidad.

Ambas partes se comprometen a no difundir, bajo ningún concepto, cualquier información referente a aspectos científicos, técnicos, económicos o de organización interna perteneciente a la otra parte, a la que haya podido tener acceso en la ejecución de este Convenio, salvo que esas informaciones sean de dominio público.

Las disposiciones de esta cláusula continuarán vigentes durante un período de cinco años a partir de la fecha de firma de este documento, salvo consentimiento expreso de la parte propietaria de dicha información.

11. Derechos de propiedad intelectual e industrial.

Todos los derechos de Propiedad Intelectual e Industrial derivados del know-how, tecnología, patentes y modelos de utilidad o títulos de obtención legal que pudieran desarrollarse durante la ejecución del ejercicio de las actividades de la Cátedra pertenecerán a las Partes, como titulares de los mismos. Dicha participación será indivisa por mitades.

12. Modificación, vigencia y extinción.

La modificación del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes, según lo dispuesto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015.

El convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 48.8 de la Ley 40/2015) y tendrá vigencia de un año natural desde que resulte eficaz.

El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Son causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) Incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento que deberá ser comunicado de forma motivada por escrito, concediendo un plazo de treinta días para la subsanación de las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento o comunicación motivada de incumplimiento deberá ser comunicado a la Comisión de Seguimiento de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. El incumplimiento no dará lugar a indemnizaciones sino a la mera resolución del convenio.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

En cualquier supuesto de resolución anticipada, las partes se comprometen a finalizar las actividades en curso quince días antes de la fecha límite de justificación de actividades.

13. Régimen jurídico.

El presente convenio queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el capítulo VI del título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y cumple con los requisitos de la misma.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman este documento y su anexo, por duplicado, en el lugar y fecha indicados.–Por OEPM, el Director, José Antonio Gil Celedonio.–Por Fundación EOI, la Directora General, Nieves Olivera Pérez-Frade.

ANEXO I
Plan de actividades 2020 para la Cátedra Fernández-Nóvoa de Propiedad Industrial. Aportación económica de las partes

Actividad

Valoración aportación no dineraria personal OEPM

Aportación OEPM

Aportación EOI

Coste

Diseño, ejecución académica y administración Cátedra.

500

0

8.735

9.235

Aportación sede física Cátedra.

0

0

12.000

12.000

Coordinación y realización acciones difusión, comunicación y publicitarias.

1.060

0

900

1.960

Curso de Gestión Administrativa de la Propiedad Industrial.

492

23.200

7.825

31.517

Jornada Centros Regionales PI.

48

2.800

200

3.048

Curso Derecho Europeo de Patentes. Madrid.

Sin coste para la Cátedra

Publicación Propiedad intelectual y derechos fundamentales.

500

18.000

4.488

22.988

Generación de materiales didácticos sobre Marcas, Patentes y Diseño dirigidos a público infantil y adolescente.

1500

7.000

1.685

10.185

Total.

4.100

51.000

35.833

90.933

ANEXO II
Desglose aportación EOI a la Cátedra Fernández-Nóvoa

Actividad

Perfil profesional

Dedicación anual

(n.º de horas)

Coste asumido por EOI

Valoración aportación EOI total por actividad

-

Euros

Diseño de las actividades de la Cátedra.

Vicedecano.

70 horas

3.430,00

3.430

Ejecución académica de las actividades de la Cátedra.

Director del Área de Formación.

5 horas

245,00

3.205

Director de Programas.

40 horas

1.960,00

Coordinador de programas.

50 horas

1.000,00

Administración de las actividades de la Cátedra.

Técnico administrativo.

100 horas

2.000,00

2.100

Técnico de contratación.

5 horas

100,00

Aportación de la sede física de la Cátedra.

Salas de reuniones, aulas….

12.000,00

12.000

Coordinación y realización de acciones difusión, comunicación y publicitarias.

Técnico administrativo.

15 horas

300,00

900

Técnico informático.

20 horas

600,00

Realización del Curso de Gestión Administrativa de la Propiedad Industrial.

Director del Área de Formación.

5 horas

375,00

7.825

Director de Programas.

50 horas

2.450,00

Coordinador de Programas.

100 horas

2.000,00

Coordinador de Programas online.

100 horas

3.000,00

Jornada Centros Regionales PI.

Técnico administrativo.

10 horas

200,00

200

Curso Derecho Europeo de Patentes. Madrid.

Sin coste para la Cátedra

Publicación Propiedad intelectual y derechos fundamentales.

Director de Área de Investigación.

10 horas

490,00

4.488

Responsable de proyectos.

100 horas

2.800,00

Técnico administrativo.

50 horas

1.000,00

Técnico de contratación.

5 horas.

100,00

Director de Área de Contratación.

2 horas

98,00

Generación de materiales didácticos sobre Marcas, Patentes y Diseño dirigidos a público infantil y adolescente.

Director de Área de Investigación.

5 horas

245,00

1.685

Responsable de proyectos.

30 horas

840,00

Técnico administrativo.

30 horas

600,00

Total.

35.833

ANEXO III
Desglose de la aportación no dineraria de la OEPM a la Cátedra Fernández-Nóvoa

Actividad

Perfil profesional

Dedicación anual

Valoración aportación OEPM

-

Euros

Diseño de las actividades de la Cátedra.

Director Académico.

10 horas

500

Ejecución académica de las actividades de la Cátedra.

Sin dedicación

Administración de las actividades de la Cátedra.

Sin dedicación

Aportación de la sede física de la Cátedra.

Sin dedicación

Coordinación y realización de acciones difusión, comunicación y publicitarias.

Técnico Superior.

20 horas

680

Técnico informático.

20 horas

380

Curso Gestión Administrativa de la PI.

Técnico Superior.

12 horas

408

Auxiliar administrativo.

6 horas

84

Jornada Centros Regionales PI.

Técnico superior.

1 hora

34

Auxiliar administrativo.

1 hora

14

Curso Derecho Europeo Patentes. Madrid.

Sin dedicación

Publicación Propiedad intelectual y derechos fundamentales.

1 coordinador.

10 horas

500 €

Generación de materiales didácticos sobre Marcas, Patentes y Diseño dirigidos a público infantil y adolescente.

2 coordinadores.

15 horas/coordinador

1500 €

Total.

4.100

ANEXO IV
Desglose de la aportación dineraria de la OEPM a la Cátedra Fernández-Nóvoa

Actividad

Concepto

-

Euros

Aportación OEPM

-

Euros

Realización del Curso de Gestión Administrativa de la Propiedad Industrial

(se optará por desarrollar una versión online o presencial en función de la situación COVID 19).

Versión presencial:

Honorarios ponentes- 12.500.

Viajes y alojamiento ponentes- 1.500.

Suplidos- 500.

Varios (Catering, maquetación, etc.)- 1.500.

Inscripciones OEPM**- 7.200.

23.200 (versión presencial)

20.200 (versión online)

Versión online:

Honorarios ponentes- 12.500.

Varios (maquetación, etc)– 500.

Inscripciones OEPM**- 7.200.

Jornada Centros Regionales PI.

Honorarios ponentes- 800.

Viajes y alojamiento ponentes- 1.500.

Suplidos- 500.

2.800

Curso Derecho Europeo Patentes. Madrid.

Sin coste

Publicación Propiedad intelectual y derechos fundamentales.

Elaboración del estudio- 15.000.

Diseño y maquetación- 3.000.

18.000

Generación de materiales didácticos sobre Marcas, Patentes y Diseño dirigidos a público infantil y adolescente.

Honorarios docentes: 5.000.

Diseño y maquetación: 2.000.

7.000

Total.

51.000*

* Total teniendo en cuenta la realización de la versión presencial del Curso de Gestión Administrativa de la Propiedad Industrial.

** El precio de matrícula para los alumnos del programa de Gestión Administrativa de la Propiedad Industrial contemplado en las Actividades del presente Convenio (anexo I) será de 1.200 € por la realización de todos los módulos del curso. La Oficina Española de Patentes y Marcas abonará a la Fundación EOI la inscripción de hasta 6 alumnos, o cantidad equivalente por módulos, que establezca la OEPM, por un importe máximo de 7.200 €.

ANEXO V
Estructura del Comité de la Cátedra

La Cátedra estará compuesta por un Comité Directivo y un Comité Técnico que constará de los siguientes miembros:

Miembros del Comité Directivo:

Presidente: José Antonio Gil Celedonio, Director de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.

Vicepresidente: Nieves Olivera Pérez-Frade, Directora General EOI.

Director Ejecutivo: José Manuel Otero Lastres, Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Alcalá de Henares.

Director Adjunto: Carlos Lema Devesa, Catedrático Derecho Mercantil. Universidad Complutense de Madrid.

Secretaria: Silvia Navares González, Vocal Asesora, Unidad de Apoyo al Director. OEPM.

Miembros del Comité Técnico:

Instituciones:

OEPM: Ana Cariño Fraisse. Consejera Técnica Unidad de Apoyo.

CSIC: Angela M.ª Ribeiro Seijas. Vicepresidencia Adjunta de Transferencia del Conocimiento.

Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial: Titular de la Dirección General.

Escuela Organización Industrial EOI: Eduardo Lizarralde González- Varela, Vicedecano.

Fundación COTEC: Titular de la Dirección General.

Universidades: Adoración Pérez Troya. U. Alcalá de Henares.

Representantes Sector Propiedad Industrial:

AIPPI: Titular de la Presidencia.

COAPI: Titular de la Presidencia.

ANDEMA-CSC: Jose Antonio Moreno. Director General.

Foro Marcas Renombradas Españolas: Ignacio Osborne Cólogan. Presidente.

Representantes Sector Empresarial:

EADS-CASA: Titular de la Secretaría del Consejo de Administración.

Navantia: Titular de la Consejería Delegado.

BSH Electrodomésticos España, S.A: José Longás. Director General.

Grupo Televes: José Gabriel Barreiro. Director General.

Telefónica: Marta Pastor López. Telefónica - IP & New Technologies Manager.

Plataforma Tecnológica Española de Sanidad Animal (VET+i): Santiago de Andrés. Presidente.

Asociación de Empresas del Sector TIC, las Comunicaciones y los Contenidos Digitales (AMETIC): Titular de la Vicepresidencia.

Asociación Nacional Empresarial de la Industria Farmacéutica (Farmaindustria): Humberto Arnés. Director General.

Colaboradores Internacionales:

Organización Mundial Propiedad Industrial (OMPI): Academia OMPI.

Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO): Academia EUIPO.

Oficina Europea de Patentes (OEP): Academia Europea de Patentes.

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