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Documento BOE-A-2021-17439

Resolución de 22 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Dirección General de Bellas Artes, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, para la organización de la exposición "La flota de Nueva España y la búsqueda del galeón Nuestra Señora del Juncal (Archivo General de Indias, Sevilla, noviembre 2021- abril de 2022)".

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 26 de octubre de 2021, páginas 130124 a 130130 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2021-17439

TEXTO ORIGINAL

La Directora General de Bellas Artes, el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y el Presidente y la Directora de Programación de la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, S.A., han suscrito Convenio para la organización de la exposición La flota de Nueva España y la búsqueda del galeón Nuestra Señora del Juncal (Archivo General de Indias, Sevilla, noviembre 2021-abril de 2022).

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 22 de octubre de 2021.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEJO
Convenio entre la Dirección General de Bellas Artes (Ministerio de Cultura y Deporte), la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, S.A. para la organización de la exposición La flota de Nueva España y la búsqueda del galeón Nuestra Señora del Juncal (Archivo General de Indias, Sevilla, noviembre 2021-abril de 2022)

5 de julio de 2021.

REUNIDOS

De una parte, Ministerio de Cultura y Deporte, representado por doña María Dolores Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz, Directora General de Bellas Artes, designada mediante Real Decreto 861/2020, de 22 de septiembre, y en virtud de las competencias que le vienen conferidas en el Capítulo II, apartado quinto, f), de la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.

De otra parte, don Magdy Estebán Martínez Solimán, en nombre y representación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en adelante AECID, con domicilio en Avda. Reyes Católicos, 4, 28040, Madrid, y NIF Q2812001B, actuando en calidad de Director de la misma, en virtud del nombramiento acordado por el Consejo Rector de la AECID en su reunión de 28 de julio de 2020 (BOE núm. 260, de 30 de julio), y de acuerdo con las competencias delegadas por la Presidencia de la AECID mediante Resolución de 2 de julio de 2009 (BOE núm. 183, de 30 de julio, páginas 65217 a 65219).

Y de otra parte, don José Andrés Torres Mora, con DNI número ***9164**, y doña Isabel Izquierdo Peraile, con DNI número ***4784**, en nombre y representación de la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, S.A., (con CIF número A-81/553521), con domicilio social en la calle José Abascal, núm. 4 de Madrid (28003), en su calidad de Apoderados Mancomunados (Presidente y Directora de Programación) de la misma, en uso de las facultades delegadas en su favor y que ejercen, Don José Andrés Torres Mora según consta en la Escritura de Poder otorgada ante el Notario de Madrid, don Carlos Huidobro Arreba, bajo el número de orden de su protocolo 277, de fecha 3 de marzo de 2020, y doña Isabel Izquierdo Peraile según consta en la Escritura de Poder otorgada ante el Notario de Madrid, don Carlos Huidobro Arreba, bajo el número de orden de su protocolo 1251, de fecha 8 de octubre de 2020, en adelante AC/E.

Las partes se reconocen competencia y capacidad legal necesaria para celebrar el presente Convenio y

EXPONEN

I. Que la DGBBAA tiene como fines, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte:

– La promoción de la creación artística y de las exposiciones y cualesquiera otras actividades de difusión de las bellas artes.

– El fomento de la conservación del patrimonio documental y su promoción y difusión nacional e internacional, así como la gestión del Portal de Archivos Españoles (PARES), la coordinación del Sistema Español de Archivos y la cooperación con otras Administraciones y entidades públicas o privadas en materia de archivos.

II. Que AECID está adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional. La Ley 23/1998, de 7 de Julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo contempla a la Agencia como órgano ejecutivo de la Cooperación Española, y enmarca su objeto dentro de sus prioridades: el fomento del desarrollo y del equilibrio en las relaciones internacionales, la prevención y atención de situaciones de emergencia, la promoción de la democracia y el impulso de las relaciones con los países socios. Para ello, cuenta con instrumentos como la cooperación técnica, la cooperación económica y financiera, la ayuda humanitaria y la educación para el desarrollo y sensibilización social.

III. Que AC/E tiene como objeto social la planificación, organización y ejecución de las exposiciones, eventos e iniciativas de difusión y promoción de las culturas de España que contribuyan a la promoción de las mismas, tanto en al ámbito nacional como internacional, y particularmente con motivo de conmemoraciones de personas, obras y acontecimientos destacados.

IV. Que la DGBBAA ha dirigido a AC/E y a AECID la petición de colaborar en la producción y organización de una exposición dedicada a uno de los buques insignia de la Flota de la Nueva España en el siglo XVII: el navío Nuestra Señora del Juncal.

Se trata de un proyecto de cooperación internacional, en el marco de un memorándum de entendimiento firmado entre España y México en 2014, como parte de la política de nuestro país para colaborar internacionalmente en la salvaguarda, protección, recuperación, conservación y difusión del patrimonio cultural subacuático, ya que España ratificó en 2005 la Convención de la UNESCO para la Protección de dicho patrimonio cultural.

V. Que la DGBBAA, AC/E y AECID tienen interés en organizar conjuntamente la exposición mencionada, centrada en la Flota de la Nueva España, concretamente en el navío Nuestra Señora del Juncal, para su presentación en el Archivo General de Indias, Sevilla, de Noviembre 2021 a abril de 2022.

En virtud de lo anteriormente expuesto, la DGBBAA, AECID y AC/E acuerdan suscribir un Convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El presente Convenio tiene por objeto definir el marco y los términos de colaboración entre las partes para la organización conjunta de la exposición titulada La Flota de Nueva España y la búsqueda del Galeón Nuestra Señora del Juncal, que se celebrará en Sevilla, en el Archivo General de Indias, de Noviembre 2021 a abril de 2022.

Las fechas definitivas de inauguración y clausura serán decididas de común acuerdo por las tres entidades firmantes con el fin de planificar una adecuada producción de las partidas que asumen conforme a lo previsto en el presente Convenio.

Como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID 19, la fecha de la exposición dispuesta en la presente clausula podría estar sujeta a cambios en función de la evolución de la mencionada crisis y las medidas de prevención que puedan acordarse. Este cambio de fechas se realizará en el marco de la vigencia del Convenio y mediante acuerdo de las partes en la Comisión de Seguimiento prevista en la Cláusula novena.

Segunda. Organización de la exposición: compromisos de la DGBBAA.

La DGBBAA, como entidad coorganizadora de la exposición, asume en virtud del presente Convenio los siguientes compromisos:

– Compromisos integrados en la actividad propia del Archivo General de Indias, sede receptora de la exposición, que no conllevan la ejecución de aportaciones económicas adicionales por parte del organismo con cargo a su presupuesto, así como el refuerzo en los servicios de gestión de sala, limpieza y seguridad que se estimen necesarios durante los periodos de montaje, exhibición y desmontaje.

– Comisariado.

– Préstamo de las obras integrantes de la exposición pertenecientes a la colección del Archivo General de Indias.

– Coordinación general y técnica de la exposición, incluyendo la solicitud y gestión de los préstamos de las obras integrantes de la exposición que no pertenezcan al Archivo General de Indias.

– Tareas de acondicionamiento previo y, en su caso, de restauración, requeridas para la preparación general de las obras que integran la Exposición, así como la elaboración de los correspondientes Informes de conservación que acompañarán las obras durante su manipulación y traslado. Los elaborarán los correos que viajen con las obras

– Diseño gráfico.

– Construcción de embalajes, transporte y gestión de los correos designados por las instituciones prestadoras.

– Seguro clavo a clavo de las piezas integrantes de la exposición.

– Producción íntegra del catálogo de la exposición para una tirada de 150 ejemplares, del que entregará a AC/E 50 y a AECID 50, para compromisos institucionales y distribución no venal.

Este compromiso incluye la gestión y abono de las licencias de propiedad intelectual que, en su caso, requiera la utilización de las obras de la exposición reproducidas, distribuidas y/o comunicadas en todos los materiales de la exposición.

– Organización de la rueda de prensa y del acto de inauguración, en coordinación con AC/E y AECID.

La estimación económica de los costes directos mencionados se detalla en el Anexo al presente Convenio (Presupuesto de coorganización).

Tercera. Organización de la exposición: compromisos de AC/E.

AC/E, como entidad co-organizadora de la exposición, asume en virtud del presente Convenio los siguientes compromisos:

– Coordinación técnica de la exposición con personal propio para la gestión de los aspectos relativos a las partidas cuya contratación asume, así como asistencia a la coordinación general del proyecto.

Se incluyen los gastos de viaje, alojamiento y manutención en los desplazamientos que se estimen necesarios por AC/E durante las fases de producción y montaje.

– Encargo a un estudio de arquitectos responsable del proyecto museográfico de la exposición y dirección de montaje consensuado por las partes.

– Se incluyen los honorarios, gastos de viaje y alojamiento del profesional en los desplazamientos que se estimen necesarios por AC/E durante las fases de producción y dirección de montaje.

– Licitación y contratación del servicio de ejecución y producción del proyecto museográfico, con excepción de las partidas asumidas por el resto de entidades organizadoras.

La estimación económica de los costes directos mencionados se detalla en el Anexo al presente Convenio (Presupuesto de coorganización).

Cuarta. Organización de la exposición: compromisos de AECID.

AECID, como entidad co-organizadora de la exposición, asume en virtud del presente Convenio los siguientes compromisos:

– Coordinación técnica de la exposición con personal propio para la gestión de los aspectos relativos a las partidas cuya contratación asume.

– Contratación de las producciones audiovisuales e interactivas de la exposición que se relacionan en el presupuesto que se adjunta al presente Convenio como Anexo.

Quinta. Logotipos y créditos.

5.1 Todo el material impreso (publicaciones, folletos, invitaciones, dossier de prensa, anuncios, etc.) con motivo de la exposición será revisado y expresamente aprobado por los Departamentos de Comunicación de las partes con carácter previo a su edición.

5.2 El material referido en el apartado precedente deberá incluir los logotipos institucionales de las tres partes al mismo nivel de créditos y representación.

Sexta. Vigencia.

El presente Convenio tendrá efectos una vez inscritos en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización. Una vez formalizado, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de 10 días hábiles, según se establece en el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El convenio tendrá vigencia de un año desde su entrada en vigor.

Dicho plazo será susceptible de prórroga siempre que así lo acuerden las partes.

Séptima. No constitución de vínculo o sociedad entre las partes.

7.1 El presente Convenio no implica la constitución de ninguna sociedad, asociación u otra clase de vinculación entre las partes, que asumen sólo las obligaciones que figuran en la redacción de su texto, y a las cuales limitan sus responsabilidades respectivas.

7.2 Los acuerdos, contratos o convenios que cada una de las partes pueda formalizar con terceros durante la vigencia del presente Convenio y no estén expresamente previstos en el mismo, serán del todo ajenos a la contraparte y al propio Convenio.

7.3 Entre las partes no existe relación de solidaridad o subsidiariedad alguna, y cada una responde de forma individual y exclusiva de sus acciones y omisiones que traigan causa del presente Convenio.

Octava. Modificaciones.

El presente Convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes en relación con la materia aquí contenida. Cualquier modificación de los términos del mismo deberá ser hecha por escrito y firmada por las partes, y requerirá acuerdo unánime de los firmantes, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las modificaciones serán tramitadas conforme a lo previsto en el artículo 50 de la citada Ley 40/2015.

Novena. Comisión mixta de vigilancia y seguimiento.

Se constituye una Comisión mixta de vigilancia y seguimiento del Convenio a la que corresponderá velar por el correcto desarrollo y seguimiento de lo dispuesto en el mismo, así como la resolución de los eventuales problemas de interpretación y ejecución que de éste pudieran derivarse. La Comisión, de composición paritaria, se reunirá tantas veces como estime oportuno y estará integrada por dos representantes de cada institución co-organizadora, designados al efecto por cada parte. Una vez constituida, la Comisión aprobará sus normas internas de funcionamiento. Será de aplicación en dicha comisión lo dispuesto para órganos colegiados en la ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico el Sector Público (LRJSP).

Décima. Causas de extinción.

10.1 El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

10.2 Son causas de resolución del presente Convenio:

a) El transcurso de su plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga de este.

b) El acuerdo mutuo entre las partes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, la parte afectada podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa conllevará la indemnización de los daños y perjuicios causados, teniendo en cuenta, en su caso, la valoración de los gastos asumidos por la parte perjudicada a consecuencia del incumplimiento y hasta el momento de resolución del Convenio.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en las leyes.

Undécima. Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.

11.1 El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

11.2 Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Convenio se resolverán entre las partes de manera amistosa, en el seno de la Comisión prevista en la Cláusula Décima. A falta de acuerdo, se acogerán a las fórmulas que se señalan en el artículo 5 de la ley 52/1997 de Asistencia jurídica del Estado así como al Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, concretamente al artículo 10 del RD 997/2003.

Y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman este acuerdo por triplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–La Directora General de Bellas Artes, María Dolores Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Magdy Estebán Martínez Solimán.–El Presidente y la Directora de Programación de la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, José Andrés Torres Mora y Isabel Izquierdo Peraile.

ANEXO
Convenio entre la Dirección General de Bellas Artes (Ministerio de Cultura y Deporte), la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, S.A. para la organización de la exposición La flota de Nueva España y la búsqueda del galeón Nuestra Señora del Juncal

Exposición La Flota de Nueva España y la búsqueda del Juncal

Concepto

Exposición NS Juncal AGI

Partidas desglosadas

Presup. estimado
Importe Subtotal
Producción, montaje y desmontaje de los elementos de la exposición   260.100,00
ACE Proyecto expositivo y dirección de obra. 18.000,00  
ACE Diseño gráfico. 3.600,00  
ACE Producción carpintería y montaje de exposición. 64.000,00  
ACE Vitrinas. 30.000,00  
ACE Gráfica. 12.000,00  
ACE Iluminación. 12.000,00  
ACE Montaje piezas. 7.000,00  
ACE Soportes. 3.600,00  
ACE Suelo/moqueta. 12.000,00  
ACE Pintura/adecuación. 6.000,00  
ACE Equipamiento audiovisual y programación. 50.500,00  
ACE Producción escenografía cuaderna. 7.500,00  
ACE Producción escenografía Galeón interior. 22.000,00  
ACE Producción carcasa sonar para av. 2.400,00  
ACE Producción escenografía lancha. 9.500,00  
Producciones audiovisuales e interactivas   100.000,00
AECID Av. Mapping rutas, flotas y armadas. 8.000,00  
AECID Av. Mapping cuaderna maestra. 6.000,00  
AECID Av. Interactivo gestual cargamento. 7.000,00  
AECID Av. Mapping y efectos vias de agua. 10.000,00  
AECID Av. Sonar Barrido lateral. 3.000,00  
AECID Av. Recreacion virtual del naufragio. 32.000,00  
AECID App. Exposición. 8.000,00  
AECID Maqueta plano Atlántico. 3.000,00  
AECID Maqueta Galeón. 15.000,00  
AECID Maqueta kit buque oceanográfico y sonar. 3.000,00  
AECID Coordinación técnica maquetas y audiovisuales. 5.000,00  
Comisariado, transporte, embalaje, enmarcados, seguro y restauración   147.126,40
MECD Transporte, embalajes y correos. 111.126,40  24.05.337C.223
MECD Gestión, limpieza y seguridad. 5.000,00  24.05.337C.22706
MECD Catálogo. 7.000,00  24.02.331M.240
MECD Comisariado. 7.000,00  24.05.337C.22706
MECD Informes registro/restauración. 1.000,00  24.05.337C.22706
MECD Restauraciones. 4.000,00  24.05.337C.22706
MECD Seguros. 12.000,00  24.05.337C.224
    Total proyecto IVA inc.   507.226,40

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