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Documento BOE-A-2021-18886

Orden ETD/1257/2021, de 2 de noviembre, por la que se autoriza la segregación y reconstitución de determinados Bonos y Obligaciones del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 17 de noviembre de 2021, páginas 142038 a 142038 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2021-18886

TEXTO ORIGINAL

La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, señala en los artículos 98 y 99 que corresponde al Ministro de Economía la facultad de autorizar la separación de cupones y principal a efectos de su negociación, así como la reconstitución de valores a partir de aquellos. Dicha facultad ha sido delegada en la actual Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional en virtud del apartado c del artículo 9 de la Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio, de delegación de competencias.

– La Obligación a 10 años de cupón 0,5% y vencimiento 31 de octubre de 2031, fue emitida en junio de 2021 y pagó un primer cupón el 31 de octubre de 2021, que por motivos técnicos es una medida necesaria para declararlo segregable.

– La Obligación a 15 años de cupón 0,85% y vencimiento 30 de julio de 2037, fue emitida en abril de 2021 y pagó un primer cupón el 30 de julio de 2021, que por motivos técnicos es una medida necesaria para declararlo segregable.

– La Obligación a 50 años de cupón 1,45% y vencimiento 31 de octubre de 2071, fue emitida en febrero de 2021 y pagó un primer cupón el 31 de octubre de 2021, que por motivos técnicos es una medida necesaria para declararlo segregable.

Todas las anteriores referencias cuentan con un saldo igual o superior a los 5.000 millones de euros, que se considera suficiente para garantizar su liquidez.

Por lo que antecede, en uso de las citadas competencias, dispongo:

1. Autorizar las operaciones de segregación y reconstitución sobre la Obligación a 10 años de cupón 0,5% y vencimiento 31 de octubre de 2031.

2. Autorizar las operaciones de segregación y reconstitución sobre la Obligación a 15 años de cupón 0,85% y vencimiento 30 de julio de 2037.

3. Autorizar las operaciones de segregación y reconstitución sobre la Obligación a 50 años de cupón 1,45% y vencimiento 31 de octubre de 2071.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 2 de noviembre de 2021.–La Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, P.D. (ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario General del Tesoro y Financiación Internacional, P.S. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Subdirector General de Gestión de la Deuda Pública, Álvaro López Barceló.

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