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Documento BOE-A-2023-14335

Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques eólicos "Estacas de Trueba", 50,40 MW y "Merindades", de 50,40 MW, y de su infraestructura de evacuación, en Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana (Burgos)».

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 15 de junio de 2023, páginas 85272 a 85295 (24 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-14335

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 30 de marzo de 2023 tiene entrada en esta Dirección General solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parques eólicos "Estacas de Trueba" 50,40 MW y "Merindades" de 50,40 MW, y de su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana, en la provincia de Burgos», del que Villar Mir Energía, SL, y Mowe Eólica 2, SL, son promotores y la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ostenta la condición de órgano sustantivo.

Alcance de la evaluación

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor y se pronuncia sobre los impactos asociados al proyecto, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de su vulnerabilidad, recogidos en el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA). Se incluye, asimismo, en la evaluación, el proceso de participación pública y consultas.

No comprende el ámbito de la evaluación de la seguridad y salud en el trabajo, ni de seguridad industrial, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.

Por otra parte, tampoco se extiende al cese y desmantelamiento de la instalación, que deberá ser objeto en el futuro de un proyecto específico, que incluya la retirada de elementos, la gestión de los residuos generados, la restitución del terreno a la situación original y la restauración del suelo y de la vegetación, lo cual será sometido, al menos, a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.

1. Descripción y localización del proyecto

Se trata de dos parques eólicos (PE) en los términos municipales (TT.MM.) de Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana, en la provincia de Burgos.

El PE Estacas de Trueba comprende las siguientes infraestructuras:

– PE Estacas de Trueba, con ocho aerogeneradores, seis de con una potencia unitaria de 6,2 MW y dos de 6,6 MW. La potencia total es de 50,4 MW. Se ubica en los TT.MM. de Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana.

– Línea de media tensión (LMT) mixta de 30 kV entre los aerogeneradores y la SET PE Estacas de Trueba, conformada por un tramo aéreo de 312 m y varios tramos soterrados de aproximadamente 5,4 km de longitud total. Se ubica en los TT.MM. de Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana.

– Subestación eléctrica transformadora (SET) PE Estacas de Trueba 30/132 kV, con una superficie de 3.016,08 m2. Se ubica en el municipio de Valle de Valdebezana.

El total de infraestructuras correspondientes al PE Merindades es el siguiente:

– PE Merindades, con ocho aerogeneradores. Cuatro de ellos con una potencia unitaria de 6,2 MW, dos de potencia 6,6 MW y otros dos de 6.2 MW. La potencia total es de 50,4 MW. Se ubica en el municipio de Valle de Valdebezana.

– LMT soterrada de 30 kV entre los aerogeneradores y la SET PE Merindades, con una longitud total de aproximadamente 9,3 km, en el municipio de Valle de Valdebezana.

– SET PE Merindades 30/132 kV, con una superficie de 3.016,08 m2. Se ubica en el municipio de Merindad de Valdeporres.

– Línea aérea de alta tensión (LAAT) SET PE Merindades-SET Colectora Virtus de 13,07 km, discurre por los TT.MM. de Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana. Se divide en cinco tramos.

• El tramo 1 consiste en un circuito simple de 132 kV desde la SET PE Merindades hasta el apoyo T13, con una longitud de 3,68 km.

• El tramo 2 está compuesto de un circuito doble de 132 kV y 66 kV, desde el apoyo T13 hasta la SET PE Estacas de Trueba. Discurre por 3,85 km.

• El tramo 3 consta de un circuito doble de 132 kV y 66 kV desde el apoyo T24 (en que se produce la conexión con la SET PE Estacas de Trueba) hasta el apoyo T40 donde se bifurca. Ocupa 4,42 km.

• El tramo 4 va desde el apoyo T40, en circuito simple de 132 kV hasta la SET Colectora Virtus, de 0,63 km de largo.

• El tramo 5, que discurre en circuito simple de 66 kV desde el apoyo T40 hasta el apoyo T46, mediante el que se conecta con la línea de 66 kV previamente existente asociada al PE Coterejón. Tiene una longitud de 0,50 km.

El presente proyecto incluye el desmantelamiento del tramo de la LAAT desde el PE Coterejón entre los apoyos TM19 y TM46, para su reinstalación compartida con la LAAT SET PE Merindades-SET Colectora Virtus. Además, el presente proyecto incluye la ampliación de la SET Colectora Virtus 132/400 kV, que se sitúa en el municipio de Valle de Valdebezana.

2. Tramitación del procedimiento

Con fecha 26 de mayo de 2022, subsanado con fecha 22 de junio de 2022, se registra en el Ministerio para la transición Ecológica y el Reto Demográfico escrito de Villar Mir Energía, SLU, por el que presenta solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del parque eólico Estacas de Trueba y su infraestructura de evacuación.

Con fecha 26 de mayo de 2022, subsanado con fecha 22 de junio de 2022, tiene entrada en el Registro del Ministerio para la transición Ecológica y el Reto Demográfico escrito de Mowe Eólica 2, SLU, por el que presenta solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del parque eólico Merindades y su infraestructura de evacuación.

La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 15 de julio de 2022, dicta acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de los dos parques eólicos, con número de expediente asociado PEol-817 AC.

En relación a dicha solicitud, se lleva a cabo el trámite de información pública y de consultas de acuerdo con los artículos 36 y 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. En relación al trámite de información pública se realizaron las siguientes publicaciones:

– «Boletín Oficial del Estado» el 8 de septiembre de 2022.

– «Boletín Oficial de la Provincia de Burgos» el 16 de septiembre de 2022.

Con fecha de 30 de marzo de 2023, se recibe en esta Dirección General toda la información obrante en el expediente que incluye el resultado del trámite previo de información pública y de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.

En fecha 8 de mayo de 2023, se recibe informe de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y León.

3. Análisis técnico del expediente

a. Análisis de alternativas. En el presente proyecto, además de la alternativa 0 o de no ejecución, se consideraron las siguientes alternativas.

Las alternativas analizadas para el PE Estacas de Trueba son:

– Alternativa 1: Constituida por diecisiete aerogeneradores. Ubicada en los TT.MM. de Alfoz de Bricia y Valle de Valdebezana, en la provincia de Burgos.

– Alternativa 2: Constituida por diecisiete aerogeneradores. Ubicada en los TT.MM. de Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana.

– Alternativa 3 (seleccionada): Constituida por ocho aerogeneradores. Ubicada en los TT.MM. de Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana.

– Alternativa 4: Constituida por ocho aerogeneradores. Ubicada en el municipio de Merindad de Valdeporres.

El promotor justifica la elección de la alternativa 3 para este PE alegando menores afecciones al patrimonio cultural, paisaje, vegetación, espacios, fauna e impacto sinérgico, además de la predisposición de los propietarios del terreno para el arrendamiento.

En relación a la infraestructura de evacuación del PE Estacas de Trueba, se consideraron las siguientes:

– Alternativa 1: Línea aérea de 132 kV y con una longitud de 3 km. Discurre por los TT.MM. de Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana, conectando con la LAAT SET PE Merindades-SET Colectora Virtus. Atraviesa el Arroyo del Bayo y tres MUP.

– Alternativa 2: Línea aérea de 132 kV y con una longitud de 3,3 km. Discurre paralela a la alternativa 1, ocupando los mismos TT.MM. y conectando con la LAAT SET PE Merindades-SET Colectora Virtus. Atraviesa cuatro MUP.

– Alternativa 3 (seleccionada): Línea de 30 kV con un tramo aéreo de 312 m y un tramo soterrado de 5,4 km. Ocupa los mismos TT.MM. y conecta con la LAAT SET PE Merindades-SET Colectora Virtus. Atraviesa dos MUP.

El promotor argumenta la elección de la alternativa 3 atendiendo a un impacto más reducido sobre la avifauna, paisaje y a Montes de Utilidad Pública (MUP) y no afección a cursos de agua.

Las alternativas analizadas para el PE Merindades son:

– Alternativa 1: Constituida por veintiún aerogeneradores. Ubicada en el término municipal de Merindad de Sotoscueva, en la provincia de Burgos.

– Alternativa 2: Constituida por veintisiete aerogeneradores. Ubicada en los TT.MM. de Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana.

– Alternativa 3A: Constituida por 10 aerogeneradores. Ubicada en los TT.MM. de Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana.

– Alternativa 3B (seleccionada): Constituida por ocho aerogeneradores. Ubicada en los TT.MM. de Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana. Resultado de modificar la alternativa 3A ante los estudios de fauna y flora, y un informe de la Delegación Territorial de Medio Ambiente de Burgos de fecha 18 de agosto de 2021, perteneciente a la fase de consultas previas.

El promotor elige la alternativa 3B por su menor efecto sobre todos los elementos ambientales por el número más bajo de aerogeneradores. Alega que no produce afección directa a espacios naturales protegidos, menor afección a la hidrología, a la vegetación y menor impacto visual.

En relación a la infraestructura de evacuación del PE Merindades, se consideraron las siguientes:

– Alternativa 1 (seleccionada): Línea aérea de 132 kV y con una longitud de 13,07 km. Discurre por los TT.MM. de Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana. Incluye el desmantelamiento parcial de la línea de 66 kV del PE Coterejón y su unificación con la línea de evacuación del presente proyecto.

– Alternativa 2: Línea aérea de 132 kV y con una longitud de 12,38 km. Discurre por los mismos TT.MM. que la alternativa 1, con un recorrido muy similar a la alternativa 1.

– Alternativa 3: Línea aérea de 132 kV y con una longitud de 12,75 km. De nuevo, discurre por los mismos TT.MM., con un recorrido muy similar a las alternativas anteriores.

El promotor apoya su elección de la alternativa 1 sobre la base de afección reducida en todos los elementos ambientales, ya que no se haya sobre espacios naturales protegidos, se proyecta en paralelo a otras estructuras existentes e incluye la compactación con la línea existente del PE Coterejón.

Ninguna de las alternativas descritas por el promotor contempla la ubicación de las SET.

b. Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

Atmósfera y clima: Los municipios afectados por los PE Estacas de Trueba y Merindades se enmarcan en climas denominados Atlántico y Oceánico Verano Seco. En cuanto a la calidad del aire, los Estudios de Impacto Ambiental (EsIA) de los PE indican que, a grandes rasgos, puede clasificarse como buena.

Durante la fase de obras, se producirán afecciones derivadas de los movimientos de tierras, excavaciones y tránsito de vehículos, que conllevan la emisión de polvo y partículas en suspensión, además de gases contaminantes como CO2, SOx y NOx. Las obras también provocarán ruidos y vibraciones con niveles elevados. Durante la actividad de los PE, podría producirse la emisión de gases por la eventual pérdida de SF6 en las subestaciones. Se indica que el volumen de estas emisiones sería mínimo y las fugas de gas serían detectadas. El funcionamiento de los aerogeneradores generará ruido que disminuirá la calidad ambiental de la zona. El EsIA indica que los aerogeneradores se sitúan a más de 800 m de núcleos habitados.

El promotor propone una serie de medidas para mitigar las afecciones por la emisión de polvo y partículas, como el riego de los caminos y de la vegetación, la limitación de la velocidad de los vehículos a 30 km/h, y el cubrimiento con lonas de materiales y acopios, entre otras. Para mitigar la producción de gases, ruidos y olores, se realizará un mantenimiento preventivo y regular de la maquinaria, los motores de las máquinas permanecerán apagados mientras estas no estén en funcionamiento, y se controlará periódicamente el consumo de SF6 de los interruptores de las SET, entre otros.

El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos indica que al menos los aerogeneradores situados en el cerro de la Maza sobre la parcela 553 del polígono 47 de Merindad de Valdeporres, y los situados en la parcela 1098 del polígono 9 de Valle de Valdebezana, se encuentran dentro del criterio de exclusión del Decreto Legislativo 2/2022 de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de fondos europeos y el impulso de actividad económica de la Comunidad de Castilla y León, que determina que no serán autorizables los terrenos ubicados a menos de 1.000 m de núcleos urbanos.

Geología y suelo: Los aerogeneradores se sitúan sobre las unidades «calizas arcillosas con intercalaciones de margas», «calizas y dolomías», «arenas y areniscas conglomeríticas con estratificación cruzada», «calizas, calcarenitas y calizas arcillosas en bancos potentes», «margas con intercalaciones de bancos de calizas arcillosas» y «calcarenitas con Orbitolinas y/o Praealveolinas». Las SET y líneas eléctricas se sitúan sobre las unidades «calizas y dolomías», «calizas arcillosas con intercalaciones de margas», «calcarenitas con Orbitolinas y/o Prealveolinas» y «arenas y areniscas conglomeríticas con estratificación cruzada».

El proyecto no se ubica sobre Lugares de Interés Geológico. En cuanto a la edafología, en el emplazamiento aparecen distintos tipos de cambisoles, leptosoles, regosoles, luvisoles y fluvisoles.

El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos señala que se han eliminado aerogeneradores que, en una versión anterior del PE Merindades, coincidían con el Lugar de Interés Geológico (LIG) PR-VC-72 Formas de modelado kárstico en Covanegra y el río Trifón, de gran interés geomorfológico, paisajístico y científico. Concretamente, el promotor elimina los aerogeneradores M9 y M10 y desplaza ligeramente el resto de aerogeneradores al oeste. A pesar de ello, las posiciones de los aerogeneradores de la versión actual del proyecto se mantienen cercanas a cavidades kársticas, que suponen además buenos refugios para quirópteros. Aparecen muy próximas las cavidades de Correcaballos II, Sima de Villamares y Sima del Amor de Otoño, cercanas al complejo de las cuevas de Piscarciano, que sí se encuentra en el LIG PR-VC-72. No solo resultan de interés las propias cavidades de endokarst, sino las formaciones características del relieve exokárstico, como dolinas y lapiaces. La Sima de Covanegra, junto con la cueva de Piscarciano, se consideran de las más relevantes e interesantes del LIG.

Durante la fase de obras, se producirán afecciones al suelo y geomorfología por la apertura y acondicionamiento de pistas, desbroces, movimientos de tierras, y posiblemente por vertidos o derrames accidentales de sustancias peligrosas. Esto último puede ocurrir también durante la fase de explotación de los PE.

El promotor propone una serie de medidas para reducir las afecciones al suelo. Se delimitarán las zonas y actuaciones a realizar antes del inicio de las obras para minimizar las superficies afectadas y se vigilará que las actividades se realicen en las zonas adecuadas, no se permitirá la circulación fuera de la zona de obra o accesos señalados, se incorporarán sistemas de drenaje de aguas y la capa de tierra vegetal se separará según los horizontes del suelo para optimizar su uso posterior, preferentemente en el propio emplazamiento, entre otras.

Agua: El área objeto de estudio se encuentra en el límite noroeste de la demarcación hidrográfica del Ebro. El EsIA del PE Estacas de Trueba indica que no se afecta a ningún río ni arroyo directamente. Sin embargo, aparecen varios cursos de agua en las cercanías. Los más próximos son el arroyo de San Juan (a una distancia aproximada de 350 m del aerogenerador más cercano), el arroyo de la Matia (500 m), el arroyo Saúl (1.200 m) y el río Torriente (1.500 m). En el entorno también se encuentran algunas fuentes naturales, estando la más cercana a unos 750 m.

Por su parte, el EsIA del PE Merindades también muestra que no se afecta a ningún río ni arroyo directamente. No obstante, de nuevo surgen diversos cursos de agua en sus cercanías como: varios arroyos innominados afluentes del río Trifón (a 865 m del aerogenerador más cercano), el barranco de la Vallengua (1.050 m), arroyo de los Canales (1.100 m) y el arroyo de Leva (1.350 m). En el entorno también aparecen algunas fuentes y pozas, estando la más cercana a unos 1.800 m. Por otro lado, este EsIA indica que la línea de evacuación atraviesa el río Torriente, el arroyo Saúl, el arroyo de San Juan, el arroyo del Bayo y varios arroyos innominados.

En cuanto a las aguas subterráneas, el PE Estacas de Trueba queda a unos 1.900 m de la unidad hidrogeológica «ES091003-Sinclinal de Villarcayo». Atendiendo al EsIA, la mitad de los aerogeneradores (ET-01, ET-02, ET-05 y ET-06) están ubicados sobre formaciones de permeabilidad muy alta, mientras que la otra mitad (ET-03, ET-04, ET-07 y ET-08) se encuentran en zonas de permeabilidad baja o muy baja. Las áreas de mayor vulnerabilidad corresponden con formaciones de permeabilidad alta, de tipo detrítico (cuaternarios aluviales) o de kárstico (calizas del Páramo y calizas y dolomías cretácicas). En estas áreas el impacto contaminante puede ser muy elevado y de difícil solución si llega a degradar la calidad de las aguas subterráneas.

Los aerogeneradores del PE Merindades se ubican muy próximos a la unidad hidrogeológica «ES091003-Sinclinal de Villarcayo». Un pequeño tramo de la línea soterrada de media tensión se encuentra sobre dicha unidad hidrogeológica. Los aerogeneradores de este PE, la línea de media tensión, la SET PE Merindades y la mayoría de la LAAT se ubican sobre zonas de permeabilidad muy baja. El recorrido final de la LAAT atraviesa zonas de permeabilidad media. La SET Colectora Virtus se ubica sobre formaciones detríticas y cuaternarias de permeabilidad muy alta.

La Confederación Hidrográfica del Ebro confirma los datos hidrográficos y no se muestra desfavorable, pero aporta una serie de condicionantes a la ejecución del proyecto. El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos señala que las zanjas, viales y caminos del proyecto podrían modificar el muy específico régimen hídrico que sustenta la vegetación de importancia de la zona.

El promotor identifica que las principales afecciones sobre las aguas podrían producirse a causa vertidos o derrames accidentales de sustancias peligrosas, así como por las partículas provenientes de movimientos de tierras.

Como medidas para reducir estas afecciones, se indica que los vehículos que transporten materiales se cubrirán con lonas para evitar la producción de lixiviados en periodos lluviosos, se realizarán los acopios a más de 50 m de los cursos de agua y se impermeabilizarán las zonas en que se ubiquen las instalaciones auxiliares temporales de obra o parques de maquinaria, entre otras. El EsIA señala que se realizará un estudio geotécnico previo al inicio de las obras que analizará las cargas del terreno, capacidad de infiltración, expansividad, hundimiento, etc.

Vegetación, flora y Hábitats de Interés Comunitario (HICs): La vegetación de la zona de implantación de los parques eólicos se compone principalmente de cultivos, áreas de matorral y pastizal, masas forestales y vegetación de ribera. Los cultivos serían la unidad de vegetación más afectada, junto con los matorrales y pastizales, por el PE Estacas de Trueba. Por el contrario, el PE Merindades afectaría principalmente a matorrales y pastizales, seguido por las masas forestales.

En la zona del PE Estacas de Trueba se detectan HICs, incluidos algunos prioritarios. En ámbito inmediato del parque (a menos de 100 m) se encuentran los hábitats 4020* Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix y 4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga. El HIC prioritario 4020* se vería afectado directamente por el aerogenerador ET-04, mientras que el aerogenerador ET-08 se emplazaría colindante al mismo. A su vez, la línea eléctrica de media tensión atraviesa este HIC durante unos 220 m. El EsIA indica que, aunque la cartografía señala la presencia de estos HIC, los aerogeneradores se localizan en tierras de cultivo. Se especifica que antes del inicio de la construcción se realizará una prospección para catalogar expresamente la presencia de HIC y establecer medidas.

En las cercanías del PE Merindades se identifican también una serie de HICs, incluidos prioritarios. A menos de 100 m se encuentran los hábitats 4030 Brezales secos europeos, 4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga y 6210* Prados secos semi-naturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia). Este último constituye un hábitat prioritario, ya que alberga gran diversidad de orquídeas, algunas de ellas raras o amenazadas.

Atendiendo al EsIA, el aerogenerador M5 afecta parcialmente al HIC 6210*, mientras que otros cuatro se encuentran a escasos metros. Parte de los viales de acceso y la canalización de la línea eléctrica de media tensión afectarían a este HIC directamente, que también se vería atravesado por la LAAT durante 1.870 m. Existen discrepancias entre el cuerpo del EsIA y el estudio de flora del anexo VI en cuanto a las afecciones al HIC 6210*. El anexo señala que se produce afección a 578,44 ha del HIC, que cinco aerogeneradores se encuentran muy próximos y que la línea de alta tensión lo atraviesa 3,5 kilómetros. La LAAT también atravesaría el hábitat 4090 durante unos 17 m.

El promotor realiza una recopilación bibliográfica de las especies del ámbito del PE Estacas de Trueba, que señala la presencia de dos especies protegidas en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León (Decreto 63/2007). Estas son Baldellia alpestris (Atención preferente) y Pilularia globulifera (Vulnerable). Un análisis de flora potencial basado en espacios protegidos cercanos menciona otras posibles especies protegidas. Tras las prospecciones de campo, se han inventariado 114 taxones vegetales, ninguno de ellos incluido en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León.

Para el PE Merindades, la recopilación bibliográfica señala la presencia de varias especies incluidas en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León. Catalogadas como «Con aprovechamiento regulado» aparecen Arnica montana y Sideritis hyssopifolia. Con categoría de «Atención preferente» se encuentran Aster linosyris, Badellia alpestris, Callitriche palustris, Convallaria majalis, Drosera intermedia, Equisetum hyemale, Menyanthes trifoliata, Nuphar luteum, Nymphaca alba, Rhynchospora alba y Taxus baccata. Catalogadas como «Vulnerable» se incluyen Eriophorum vaginatum y Pilularia globulifera.

Los estudios de campo identifican 107 taxones. La única especie catalogada detectada es Orchis provincialis, con categoría de «Atención preferente». También se detectan los endemismos ibéricos Fritillaria pirenaica y Narcissus asturiensis.

La mayoría de los aerogeneradores del PE Estacas de Trueba ocupan superficie correspondiente a Montes de Utilidad Pública (MUP). Los aerogeneradores ET-01, ET02, ET-05 y ET-06 se sitúan sobre el MUP Rozas (506), y los aerogeneradores ET-03 y ET-04 sobre el MUP La Cuesta (354). ET-07 y ET-08 no coinciden con ningún MUP. Además, la línea de media tensión se ubica sobre los MUP Rozas (506), Argobeo (351) y La Cuesta (354), atravesándolos en una franja de 5,62 km.

Todos los aerogeneradores del PE Merindades, con excepción del aerogenerador M4, se encuentran sobre superficie catalogada como Monte de Utilidad Pública. Los MUP afectados son Fuentemiñé (357), Valluenga (309), y Tremedal y Los Caleros (361). Los viales de acceso afectan a los MUP Valluenga (309), Tremedal y Los Caleros (361) y Ladrero (502). La SET Merindades se ubica sobre el MUP Ladrero (502). La LAAT atraviesa los MUP Campo de la Dehesa (352), Cigüe (353), La Cuesta (354), Fuentemiñçe (357), Hayedal (359), Tremedal y Los Caleros (361), Ladrero (502) y Corcos (618), hasta un total de 6,42 km de longitud.

El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos constata que en las ubicaciones de ambos PE hay presencia de HIC, en algunos casos prioritarios, que deben ser preservados. El HIC prioritario 4020*, de no poder evitar interceptarlo en su totalidad por viales, zanjas o caminos, puede verse afectado al modificarse el régimen hídrico que lo sustenta. Esto también afectaría a su flora característica de formaciones turbosas, que en muchos casos es endémica y está catalogada para su estricta protección. Aunque el promotor ha propuesto como medida compensatoria la restauración de este hábitat con la misma superficie afectada, esto no se considera pertinente por el hecho de deteriorar y destruir superficie de un hábitat prioritario, así como por la dificultad de localizar superficies hídricas similares que lo favorezcan.

Ante las afecciones al HIC prioritario 6210*, el promotor propone el trasplante de los ejemplares de orquídeas y flora protegida a otro lugar. No obstante, el Servicio territorial de Medio Ambiente de Burgos considera que esto no es suficiente para garantizar la no afección. Además, señala que el resto del territorio ocupado y afectado por el PE Merindades es de características botánicas muy similares, aunque no esté incluido en la cartografía ni definido oficialmente como HIC. Multitud de aerogeneradores y viales se encuentran muy próximos a los límites orientativos de la cartografía del HIC prioritario, aumentando por tanto la probabilidad de ocupación del mismo.

En cuanto a las especies de flora, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos especifica que el ámbito del proyecto se sitúa sobre un singular relieve de la cuenca del Ebro, de reconocida diversidad botánica, ligada en muchos casos a los hábitats rocosos que acompañan el curso de sus aguas. Tiene constancia de especies protegidas como Drosera intermedia, característica de ambientes húmedos que a menudo coinciden con el HIC 4020*, en el entorno de la SET Colectora Virtus y el recorrido desde esta SET hasta la subestación de Red Eléctrica Española.

Asimismo, incide en la multitud de citas de taxones con nivel de protección que no se han citado y en la incompatibilidad de transformación de los terrenos, especialmente por los accesos, lo que ya se indicó al promotor durante la fase potestativa de consultas previas. Las vías de acceso requieren mayor alteración del suelo y, por tanto, mayor eliminación de vegetación. Además, pueden seccionar arroyos y superficies con condiciones hídricas muy específicas, modificándolas y derivando en cambios de humedad que repercutirían en la vegetación que sustentan. Estas zonas susceptibles no han sido estudiadas adecuadamente en el EsIA.

El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos enfatiza también que la práctica totalidad de ambos PE y sus estructuras asociadas ocupan superficies de MUP con valores ambientales destacables. Muchos de ellos están situados en cabezas de cuencas hidrográficas, juegan un papel ecológico y protector importante y actúan como reservorio de paisaje y tradición en una comarca tan emblemática como la de Merindades. Además de los MUP especificados en el EsIA, el citado Servicio Territorial añade la afección al denominado Encina, Cabaña y Portillo Rojo (355) por el vuelo de un aerogenerador.

De acuerdo con la Ley 3/2007, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, para la ocupación de estos MUP debería acreditarse la compatibilidad del uso previsto con la utilidad pública del monte y la conservación de sus valores naturales, garantizando que no se producirán repercusiones negativas sobre sus funciones ecológicas, socioeconómicas y paisajísticas, y estableciendo en su caso las medidas preventivas y correctoras necesarias. Además, debería acreditarse la no sustitución posible o conveniente de dicho uso fuera de él, así como el interés público del uso, y su viabilidad técnica o económica. El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos aprecia que el proyecto supone una depreciación de los valores de los montes, con una pérdida importante de sus valores ambientales y paisajísticos.

En su respuesta, el promotor añade algunas medidas de carácter genérico ante el impacto sobre el HIC 4020* y la modificación de los regímenes hídricos que lo sustentan. Consisten en el respeto de las servidumbres legales de los cursos de agua, la no realización de vertidos, la delimitación de zonas de movimientos de tierras o el establecimiento de balsas de decantación. Asimismo, propone la restauración en proporción 2:1 de las superficies de los HIC 4020* y 6210*.

En esta respuesta, el promotor también afirma que realizaría una prospección previa al inicio de las obras en todo el ámbito del proyecto, con tal de localizar taxones protegidos. Indica que se prospectó la zona de la SET Colectora Virtus, no encontrando ejemplares de Drosera intermedia. También apunta que la SET Colectora Virtus y la línea de dicha SET a la SET propiedad de REE no son objeto de este expediente.

Asimismo, el promotor asegura que las instalaciones son compatibles con los usos ganaderos, cinegéticos y las dos estaciones de telefonía del MUP Rozas, pero no analiza la compatibilidad con sus valores ambientales o paisajísticos.

Fauna: De acuerdo con la cartografía de la Junta de Castilla y León, ambos PE y la LAAT ocupan territorio tipificado como zona de sensibilidad muy alta para las aves planeadoras con respecto a la instalación de proyectos de energías renovables.

El promotor aporta un estudio de avifauna de ciclo anual para el PE Estacas de Trueba. Entre las especies detectadas, destacan tres incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA). Estas son el milano real (Milvus milvus), catalogado como en Peligro de Extinción, el alimoche común (Neophron percnopterus) y el aguilucho cenizo (Circus pygargus), ambos catalogados como Vulnerable. El aguilucho cenizo ha sido detectado en el punto de observación del embalse del Ebro, a unos 6 km del aerogenerador más cercano y a unos 2 km de la SET Colectora Virtus.

Aunque el embalse se encuentra fuera de los límites estrictos del PE, el promotor ha incorporado este punto de observación por su cercanía y al considerar que puede aportar diferentes especies, muchas de ellas habitualmente ligadas a medios acuáticos, que pueden utilizar el espacio aéreo del parque como la agachadiza común (Gallinago gallinago) o el zarapito real (Numenius arquata).

Igualmente, se detectan multitud de especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE). Cabe mencionar varias especies de rapaces diurnas como el busardo ratonero (Buteo buteo), aguilucho pálido (Circus cyaneus), cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), buitre leonado (Gyps fulvus), águila calzada (Hieraaetus pennatus) y milano negro (Milvus migrans), que, a pesar de su menor categoría de protección, son susceptibles de sufrir afecciones por los aerogeneradores.

Entre las mencionadas hasta el momento, la más abundante con gran diferencia es el buitre leonado, seguida por el busardo ratonero, el milano real y el cernícalo vulgar. Las especies que más uso hacen de las diferentes cuadrículas que el promotor ha utilizado para dividir el área de estudio son el buitre leonado, avistado en seis cuadrículas diferentes, y el milano real, avistado en cuatro cuadrículas. En torno al 72 % de los vuelos observados por aves rapaces de interés tuvieron lugar a la altura del radio de acción de las aspas del aerogenerador, es decir, a la altura de mayor riesgo. El comportamiento de la mayoría de avistamientos, en torno al 89 %, se corresponde a vuelos de campeo.

En cuanto al PE Merindades, es estudio de avifauna de ciclo anual detecta cuatro especies incluidas en el CEEA. Se trata del milano real, el aguilucho cenizo, el alimoche común, a los que se añade el colirrojo real (Phoenicurus phoenicurus), de categoría Vulnerable. El aguilucho cenizo y el colirrojo real han sido detectados en el punto de observación del embalse del Ebro, que también se ha incluido en este estudio. También se detectan numerosas especies incorporadas en el LESRPE, incluidas las mencionadas anteriormente para el PE Estacas de Trueba.

Entre las rapaces de interés, la más abundante según el estudio aportado vuelve a ser el buitre leonado, seguido por el busardo ratonero, milano negro, y cernícalo vulgar, según el promotor. El milano real y el alimoche común cuentan con un mayor número de avistamientos que en el PE Estacas de Trueba. Las especies que más uso hacen de las diferentes cuadrículas son el buitre leonado, avistado en trece cuadrículas diferentes, y el cernícalo vulgar, avistado en once cuadrículas. En torno al 26 % de los vuelos observados por aves rapaces de interés tuvieron lugar a la altura del radio de acción de las aspas del aerogenerador, es decir, a la altura de mayor riesgo. El comportamiento de la mayoría de avistamientos, en torno al 70 %, se corresponde a vuelos de campeo. El promotor indica la presencia de un nido de cigüeña blanca (Ciconia ciconia) aproximadamente a 500 m de la LAAT y 5 km del aerogenerador más cercano. También se da la presencia de un nido de búho chico (Asio otus) a unos 250 m del aerogenerador más cercano y 1,2 km de la LAAT.

El promotor incluye un índice de sensibilidad de las aves catalogadas en el CEEA frente al PE Merindades. El rango de valores de este índice está entre 1 y 16. Las especies más sensibles serían el alimoche, con un valor de 11,7, y el milano real, con un valor de 7. Al aguilucho cenizo se le asigna un valor de 6.

En la franja futura de la LAAT se detectan trece especies diferentes. Dos de ellas están catalogadas como Vulnerable (aguilucho cenizo y alimoche común). El resto de especies están incluidas en el LESRPE a excepción de una de ella, no catalogada. De nuevo, el más numeroso es el buitre leonado, seguido por el vencejo común (Apus apus) y la cigüeña blanca. En torno al 81,5 % de los vuelos observados se dan en el radio de acción del cableado, aunque el EsIA indica erróneamente un 5 %.

El EsIA del PE Estacas de Trueba incluye un estudio de quirópteros. Entre las especies detectadas, Nyctalus lasiopterus, Miniopterus schreibersii, Rhinolophus euryale y Rhinolophus ferrumequinum están catalogadas como Vulnerable en el CEEA. Barbastella barbastellus, Eptesicus serotinus, Hypsugo savii, Myotis daubentonii, Nyctalus leisleri, Pipistrellus pipistrellus, Rhinolophus hipposideros y Tadarida teniotis están incluidas en el LESRPE. Dos taxones solo se consiguen identificar a nivel de género: Myotis sp., que podría corresponderse con M. daubentonii, y Plecotus sp. Todas las especies del género Plecotus en el territorio peninsular están incluidas en el LESRPE.

La especie con mayor número de detecciones es P. pipistrellus, seguida por B. barbastellus y R. hipposideros. Aunque no se ha confirmado, se supone la presencia de una colonia de R. hipposideros en las cercanías. Se indica que la mortalidad de quirópteros por parques eólicos parece concentrarse en los géneros Nyctalus, Eptesicus, Pipistrellus e Hypsugo. Nyctalus lasiopterus podría ser la especie más vulnerable al proyecto, dada su categoría de amenaza y susceptibilidad a la colisión.

El EsIA del PE Merindades también aporta un estudio de quiropterofauna. Entre las especies detectadas, aparecen Miniopterus schreibersii, Myotis emarginatus, Nyctalus lasiopterus, Rhinolophus euryale y Rhinolophus ferrumequinum, todas ellas con categoría de Vulnerable. Incluidas en el LESRPE se encuentran Barbastella barbastellus, Eptesicus serotinus, Hypsugo savii, Myotis daubentonii Nyctalus leisleri, Rhinolophus hipposideros y Tadarida teniotis. A nivel de género, se vuelven a identificar Myotis sp. y Plecotus sp.

En este caso, R. ferreumequinum presenta el mayor número de detecciones. También es destacable el número de detecciones de R. hipposideros y N. leisleri. Asimismo, se localizan 4 colonias de quirópteros en las cercanías. Una de ellas es especialmente relevante, pues consiste en un gran refugio de multitud de especies, principalmente R. ferrumequinum, R. hipposideros, R. euryale, Myotis myotis y B. barbastellus. En una de las visitas se censó la salida de setenta y cinco ejemplares de esta colonia.

Con respecto a otras especies de fauna, el EsIA del PE Estacas de Trueba indica la presencia de seis especies de anfibios, tres de ellas incluidas en el LESRPE y una Vulnerable en el CEEA, el tritón alpino (Ichthyosaura alpestris). Se detectan cuatro especies de reptiles, todas incluidas en el LESRPE, y cuatro de mamíferos no quirópteros. El EsIA del PE Merindades señala la presencia de 4 especies de anfibios, dos de ellas incluidas en el LESRPE, una sola especie de reptil y dos de mamíferos no quirópteros.

El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos señala que el proyecto puede tener repercusiones negativas muy significativas sobre las poblaciones de aves de especies sensibles y poco abundantes que se dan en la zona, a causa de la mortandad por colisión con aerogeneradores. Destaca la situación del alimoche, que se encuentra en un declive patente en la zona. Esta especie ha sido detectada de forma muy escasa en los estudios de ambos PE, lo que contrasta con otros estudios de la provincia y con la categoría de muy alta sensibilidad para las aves planeadoras que tiene el territorio. Se debe señalar que esta categoría se ha fundamentado sobre estudios de riqueza de especies en función de su área de campeo, los cuales se han basado en los resultados de censos completos y considerando la categoría de conservación de las aves.

Además, indica la presencia de nidificación de especies como el águila real (Aquila chrysaetos), alimoche común y buitre leonado a escasa distancia, como es el caso de las buitreras al pie de los aerogeneradores sobre La Maza y en áreas que circundan las ubicaciones elegidas, existiendo movimiento de las especies en el territorio elegido.

Atendiendo a lo que indica el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, el embalse del Ebro se caracteriza por sus poblaciones de pato colorado (Netta rufina), ánade friso (Mareca strepera) y somormujo lavanco (Podiceps cristatus), además de tratarse de la única localidad de Castilla y León donde nidifica habitualmente la gaviota patiamarilla (Larus michahellis) y una de las pocas localidades donde cría el chorlitejo patinegro (Charadrius alexandrinus). El embalse se encuentra próximo a la línea de evacuación de los PE, por lo que estas especies podrían ser susceptibles a colisión. Esto también es cierto para las especies detectadas en el ámbito de la LAAT, algunas de ellas con difícil maniobrabilidad como el buitre leonado, milano negro y cigüeña blanca.

Para concluir sobre la afección sobre las aves, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos remarca el valor conservacionista de la zona, haciendo referencia a su tipificación como de muy alta sensibilidad para las aves planeadoras y la importante biodiversidad detectada por los estudios de avifauna presentados. El Servicio estima que deben ubicarse proyectos de esta índole sobre territorios con menor sensibilidad.

Del mismo modo, considera especialmente importante incidir sobre las poblaciones de quirópteros, ya que los resultados de los estudios del promotor reflejan datos muy significativos, incluso habiéndose realizado desde un solo punto de observación para cada PE. Además, especifica que la franja entre las provincias de Burgos y Cantabria, en la que se ubica el proyecto, alberga algunas de las mayores concentraciones de refugios de quirópteros de Castilla y León. Estos valores naturales destacan también en la ZEC aledaña Hoces del Alto Ebro y Rudrón, que alberga especies como R. hipposideros, R. ferreumequinum, R. euryale, B. barbastellus, Myotis myotis y M. schreibersii, mayoritariamente detectadas en los estudios del promotor.

El PE Merindades se ubica sobre un hábitat kárstico con diversas cavidades identificadas como refugios de quirópteros y no tenidas en cuenta en el EsIA. Los estudios muestran una alta presencia de varias especies con un elevado número de detecciones, que superan las 15.000 en este PE y las 9.000 en el PE Estacas de Trueba, recordando aun así que el número de detecciones no implica número de individuos.

Dos nuevas ubicaciones del PE Merindades con respecto al proyecto presentado en la fase de consultas previas se sitúan muy cercanas a las cavidades de Cueva de Correcaballos II, Sima de Amor de Otoño y Sima de Villamares, próximas al importante complejo de las cuevas de Piscarciano, con presencia de colonias. El alto número de detecciones en el PE Estacas de Tueba podría corresponderse con refugios de quirópteros en las cavidades situadas en la ubicación del parque, denominadas Los Cárabos I, Los Cárabos II, La Cuevona, Sima de Argomedo y las Cuevas del Cortado de la Maza.

A pesar de que las medidas propuestas por el promotor son valoradas positivamente por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, estas resultan insuficientes ante la evidente abundancia de quirópteros. No se puede asegurar que no vayan a producirse impactos negativos sobre sus poblaciones a causa de colisiones con los aerogeneradores de ambos PE o barotrauma. El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos indica que no se han planteado dispositivos activos y discriminatorios de parada de aerogeneradores, aunque el promotor propuso la instalación de sistemas como DTBird o 3D Observer. Asimismo especifica que los dispositivos activos no suelen ser efectivos para la detección de quirópteros siendo el impacto sobre las especies de quirópteros, sensibles y en regresión, uno de los más relevantes del proyecto.

En su respuesta al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, el promotor propone una serie de medidas para disminuir las afecciones sobre la fauna, algunas de ellas ya mencionadas en el EsIA, entre las que destaca el sistema de vigilancia y parada de emergencia por técnicos ambientales, junto con la gestión de carroñas y la puesta en marcha de puntos de alimentación suplementaria.

La Asociación Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU) hace referencia a los errores e incongruencias presentes en los estudios de quirópteros del promotor, y proporciona numerosos aspectos técnicos a tener en cuenta. Considera que debería adoptarse como medida preventiva obligatoria la parada de los aerogeneradores durante las noches con viento de baja velocidad (menos de 6 m/s). Esta medida debería adoptarse durante toda la noche para tener utilidad. De acuerdo con literatura científica especializada, los valores medios de mortalidad en Europa son de entre cinco y doce murciélagos por aerogenerador por año, siendo mayor en áreas de montaña. En base a ello, SECEMU calcula que el efecto sinérgico del gran número de aerogeneradores presentes en la zona causaría una mortalidad anual estimada de entre 990 y 2.376 murciélagos en un radio de 15 km en torno al PE Merindades, mientras que para el entorno del PE Estacas de Trueba la estimación es de 515 a 1.236 ejemplares al año.

En su respuesta a esta asociación, el promotor asume algunos de estos errores, aporta información adicional y trata de refutar otros. Ante la ausencia de medidas preventivas necesarias expuesta por SECEMU, el promotor propone la parada de los aerogeneradores a velocidades iguales o inferiores a 5 m/s durante los meses de más actividad, desde una hora antes del ocaso hasta el amanecer, solo en las zonas donde la abundancia detectada sea media o alta o existan especies amenazadas, cuando las condiciones meteorológicas permitan el vuelo. No se especifica a qué aerogeneradores se aplicaría este protocolo, ni se aportan estudios que determinen las zonas de mayor abundancia o especies protegidas. El promotor propone también realizar una serie de estudios de actividad de quirópteros durante al menos el primer año de actividad del parque.

Según el promotor, las medidas propuestas disminuirían notablemente la mortalidad de los parques, no resultando tan impactantes como los circundantes.

La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico detalla numerosas deficiencias en los estudios de avifauna y quirópteros. Concluye que el diseño y esfuerzo de muestreo podría haber sido insuficiente o inadecuado para caracterizar adecuadamente estos grupos de fauna en el entorno de los proyectos en cuanto a diversidad, abundancia, movimientos, etc., en especial para determinadas especies propensas a morir como consecuencia de colisiones y barotrauma. La citada Subdirección proporciona una serie de indicaciones a seguir para desarrollar estudios apropiados y proporciona medidas a implementar.

Durante la fase de construcción las afecciones a la fauna podrían consistir en alteraciones del comportamiento, eliminación de hábitat apropiado, atropellos, destrucción de nidos o de madrigueras, desplazamiento y restricción de la movilidad, entre otras. Durante la fase de funcionamiento, las más relevantes son el riesgo de muerte por colisión o barotrauma de fauna voladora que suponen los aerogeneradores, riesgo de colisión y electrocución de las líneas eléctricas aéreas, y el efecto barrera de las instalaciones.

Como medidas para mitigar estas afecciones, el promotor propone la utilización de luminarias que disminuyan la atracción, la instalación de medidas anti-colisión y anti-electrocución en la LAAT y la instalación de sistemas automáticos de detección de aves en los aerogeneradores, entre otras. Además, el arranque de los aerogeneradores se producirá a más de 5-6 m/s en la época y horas de máxima actividad de quirópteros. Se pararán los aerogeneradores de forma sistemática en la época estival durante las tres horas posteriores al ocaso y una hora previa al alba, y se efectuarán prospecciones de nidos y balizamientos antes de las obras.

Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000: Las instalaciones de los PE no coinciden con espacios de la Red Natura 2000 (RN2000), aunque aparecen varios en sus cercanías:

– ZEC ES4120066 Riberas del Río Nela y afluentes: Se encuentra a 1,69 km del PE Estacas de Trueba, 1,43 km del PE Merindades y unos 37 m de la LAAT.

– ZEPA ES4120036 y ZEC ES4120089 Hoces del Alto Ebro y Rudrón: Coinciden entre sí y con el Parque Natural Hoces del Alto Ebro y Rudrón en gran parte de su extensión. Aparecen a unos 2,7 km del PE Estacas de Trueba, 693 m del PE Merindades y 1,7 km de la LAAT.

– ZEPA ES0000191 Embalse del Ebro y ZEC ES4120090 Embalse del Ebro-Monte Hijedo: Coinciden en gran parte de su extensión. Se encuentran a unos 5,1 km del PE Estacas de Trueba, 7,2 km del PE Merindades y 1,3 km del final de la LAAT, en su conexión con la SET Colectora Virtus.

– ZEC ES4120025 Ojo Guareña: Coincide en casi toda su extensión con el Monumento Natural Ojo de Guareña. Se encuentra a 5,4 km del PE Estacas de Trueba, 7,49 km del PE Merindades y 6,24 km de la LAAT.

Los EsIA de ambos PE indican que no existen Parques Nacionales ni Parques Regionales en las proximidades. El Parque Natural Hoces del Alto Ebro y Rudrón se encuentra a unos 2,7 km al sur del PE Estacas de Trueba y a 700 m al oeste del PE Merindades. El Monumento Natural más próximo es el Ojo de Guareña, junto con sus zonas periféricas de protección, a unos 5,4 km al noreste del PE Estacas de Trueba y 7,6 km al norte del PE Merindades.

Por el contrario, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos remarca la escasa distancia entre los PE y los espacios de la RN2000, especialmente en el caso del PE Merindades. Asimismo, destaca que se han detectado especies de aves y quirópteros propias de estos espacios, de importancia conservacionista y susceptibles a sufrir impactos negativos, en el área de implantación de los PE. Por tanto, resulta difícil aseverar que no vayan a producirse efectos negativos indirectos sobre los espacios de la RN2000, principalmente provocados por la mortandad de los aerogeneradores.

Es particularmente notable la proximidad del PE Merindades con la ZEPA/ZEC Hoces del Alto Ebro y Rudrón, que acoge varias de las especies detectadas en los estudios del promotor. La mortalidad por colisión o barotrauma de los aerogeneradores puede conllevar una afección indirecta sobre este espacio de la RN2000 y una merma de las poblaciones de murciélagos presentes en el entorno. El PE Estacas de Trueba también conlleva una probabilidad de impacto sobre poblaciones de quirópteros, aunque la afección indirecta sobre espacios de la RN2000 resulta menos evidente, al situarse más alejados y desconocerse los movimientos de los individuos entre distintos territorios. Las medidas aportadas por el promotor, a juicio del Servicio Territorial, no son suficientes para garantizar la conservación de fauna de interés asociada a estos espacios.

Aunque no se trata de espacios naturales protegidos, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos señala que 3 aerogeneradores del PE Estacas de Trueba se ubican en zona de sensibilidad ambiental máxima-no recomendada según la zonificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. El ámbito del Plan de Conservación del águila perdicera (Aquila fasciata) en Castilla y León (Decreto 83/2006, de 23 de noviembre) se sitúa a unos 650 m del aerogenerador más próximo del PE Merindades y a unos 1.650 m de la LAAT. Coincide en gran medida con la ZEPA/ZEC Hoces del Alto Ebro y Rudrón.

En su respuesta a este organismo, el promotor afirma que la ejecución de todas las medidas iniciales junto con la adición de las nuevas medidas propuestas disminuiría considerablemente la afección indirecta existente sobre las especies relevantes conformantes de los espacios de la Red Natura 2000.

La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico argumenta que los estudios de afección a la RN2000 no se han realizado apropiadamente, por lo que no aportan información suficiente para valorar las afecciones a los espacios mencionados. Resulta especialmente relevante la ausencia de evaluación de impactos acumulativos y sinérgicos sobre los espacios, teniendo en cuenta la presencia de parques eólicos existentes y proyectados en el entorno. Además, añade a los espacios posiblemente afectados la ZEC ES4120094 Sierra de Tesla-Valdivielso, ZEPA ES0000193 Sierra de Tesla-Valdivielso, y ZEPA ES0000253 Hoces del Ebro. A pesar de estar más alejados del proyecto, estos espacios cuentan con especies objetivo de conservación capaces de desplazarse y vulnerables al mismo. Entre ellas, se mencionan el murciélago de bosque (Barbastella barbastellus), el alimoche y el buitre leonado.

El promotor aporta estudios específicos de afecciones a la RN2000 como parte de los EsIA. Estos estudios describen los valores de los espacios anteriormente mencionados, y concluyen que no se producen afecciones directas por las estructuras del proyecto, ya que quedan fuera de los límites de estos espacios.

Teniendo en cuenta las medidas planteadas, el EsIA concluye también que los efectos potenciales son de tipo indirecto y se consideran no significativos.

Paisaje: El EsIA indica que la unidad paisajística en que se emplaza el PE Estacas de Trueba se corresponde con el código 37.08, «Valle de Sotocueva», subtipo «Depresiones de la Cordillera Cantábrica». El tipo de paisaje son depresiones vascas, navarras y de la Cordillera Cantábrica. Los aerogeneradores M7 y M8 del PE Merindades se sitúan sobre esta misma unidad, mientras que el resto lo hacen sobre la codificada como 72.02 «Valle de Manzanedo», siendo el tipo de paisaje valle del norte de Burgos. La LAAT transcurre mayoritariamente por la unidad 37.08, atravesando en su tramo final la unidad 37.09 «Depresión de Reinosa».

El entorno de los parques se caracteriza por un paisaje dominado por zonas montañosas con valles pronunciados en los que se ha asentado la actividad humana, predominando los prados y pastos arbustivos, cultivos de cereales y masas forestales de aparición más reciente.

El análisis de calidad del paisaje del PE Estacas de Trueba divide en entorno en las unidades de «Bosques», «Matorrales», «Prados, pastizales y tierras de cultivo» y «Antrópico». Se asigna una calidad alta a los bosques, media a matorrales y pastizales, y baja a antrópico. La fragilidad se califica como media en los bosques, pastizales y espacios antropizados, y baja en los matorrales. En cuanto a la capacidad de acogida, se califica como baja para los bosques, alta para los matorrales, media para los pastizales y muy alta para las zonas antropizadas. Se señala que las unidades que recibirían la mayor parte del impacto serían las de matorrales y pastizales.

Además, se aportan un análisis de cuencas visuales en una envolvente de 25 km alrededor del PE y un análisis de zonas de concentración potencial de observadores (ZCPO). El análisis de cuencas visuales concluye que los aerogeneradores serán visibles desde un 82,56 % de la envolvente. Del análisis de ZCPO se extrae que el PE es visible principalmente desde todos los núcleos de población y la mayoría de tramos de carreteras comarcales y nacionales en una envolvente de 3,5 km, pero también desde algunos espacios naturales protegidos, bienes de interés cultural, senderos y puntos de interés.

El promotor considera que, tras la aplicación de las medias propuestas en el EsIA, no se da un impacto significativo sobre la cuenca visual, ya que el PE no se encuentra en más de un 4,24 % de su cuenca visual en nuevas áreas visibles, sino que se encuentra dentro de áreas ya impactadas por otros PE existentes.

Para el PE Merindades se aportan análisis de calidad visual equivalentes, que califican la calidad de los bosques, matorrales y pastizales como media, y la de las zonas antropizadas como baja. La fragilidad y la capacidad de acogida de todas las unidades se considera media.

En cuanto a la cuenca visual, el PE resulta visible, según el promotor, desde un 22,3 % de la envolvente de 25 km. El análisis de ZCPO indica que los aerogeneradores resultan visibles desde 4 de los núcleos poblacionales cercanos, la mayoría de los tramos de la autovía N-232, BU-526 y la carretera convencional hacia el núcleo de Leva, espacios naturales protegidos cercanos, bienes de interés cultural, senderos y puntos de interés. Resalta el sendero GR-85 «La Ruta de los Sentidos», uno de los más relevantes de la comarca, desde el que resulta ampliamente visible el PE. De nuevo, considera que no existe un impacto significativo sobre la cuenca visual, al encontrarse el PE sobre áreas visibles ya impactadas por otros PE.

El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos señala que todo el proyecto se sitúa sobre la Comarca de Merindades, que se identifica por su naturaleza bien conservada y paisaje singular, con un interés turístico en auge. No considera que se haya analizado la percepción del proyecto desde los espacios naturales protegidos y senderos concurridos, siendo estos los focos de observación hacia la zona del proyecto. La línea de evacuación, a pesar de haberse planteado la compactación con otra existente, seguiría suponiendo la introducción de nuevos tramos de línea aérea en un entorno de alta calidad paisajística, aun cuando se ha calificado como media en los EsIA. También remarca la importancia de la percepción visual del paisaje circundante desde los espacios naturales protegidos cercanos, que forma parte de los valores que ofrecen al usuario. Lugares como el Monumento Natural Ojo de Guareña y el Parque Natural Hoces del Alto Ebro y Rudrón actúan como puntos de observación, desde los que las visuales de los parques eólicos desvirtúan la percepción de lugares naturales sin intervenir. Es importante mantener la conectividad de paisajes y salvaguardar una armonía entre ellos para evitar que se empobrezcan los valores naturales y de percepción de los visitantes a los espacios protegidos.

En su contestación al informe de este Servicio, el promotor manifiesta que se llevaron a cabo análisis de visibilidad y calidad paisajísticos sobre los espacios naturales protegidos, así como los senderos más concurridos de la zona. También afirma que los impactos sobre el paisaje serían más leves de lo estipulado, dada la metodología que se utilizó en los análisis.

El promotor señala que el proyecto conlleva la pérdida de calidad del paisaje y la intrusión visual, por la instalación de elementos distorsionadores como los aerogeneradores, así como el despeje, desbroce y acondicionamiento de viales, que modificarán los atributos del marco perceptual. También producirán un impacto visual las líneas eléctricas aéreas.

Con tal de minimizar las afecciones al paisaje, el EsIA menciona la utilización de materiales propios de la zona y la aplicación de colores similares a los del fondo visual, así como la construcción de elementos siguiendo la arquitectura tradicional de los municipios del entorno. No se producirán rellenados con tierra exógena que presente colores o texturas diferentes a los propios de la zona, y se reducirán al mínimo los movimientos de tierra, entre otros.

Salud y población: Los municipios de Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana cuentan con tendencias poblacionales negativas. Merindad de Valdeporres contaba en 2018 con 86,77 ha catalogadas como tierras de cultivo, la mayoría de secano. Se catalogaban 8.099,98 ha como pastizales y prados, y el terreno forestal ocupaba 3.531 ha. Valle de Valdebezana contaba en 2018 con 380,06 ha catalogadas como tierras de cultivo, la mayoría de secano. Se catalogaban 8.967,9 ha como pastizales y prados. El terreno forestal ocupaba 3.561 ha.

La Dirección General de Salud Pública de la Junta de Castilla y León indica que, revisados los aspectos con posible impacto para la salud, no estima hacer alegación alguna, siempre que las medidas que establece el proyecto se cumplan.

El Ayuntamiento de Merindad de Valdeporres muestra su oposición al proyecto, considerándolo incompatible e inviable en la ubicación seleccionada, por sus afecciones medioambientales, paisajísticas, arqueológicas y sinérgicas, entre otras, que trata en profundidad. Del mismo modo, sostiene que es altamente improbable que se cumplan las previsiones del promotor en materia de personal contratado de los municipios aledaños. Durante la fase de obras, estos proyectos producen cierto impacto positivo en la economía de la zona. Sin embargo, una vez construidos, no generan empleo local estable y de calidad, cubriéndose los puestos, de gran especificidad, por personal que se desplaza de otras áreas. Además, el proyecto pondría en jaque el principal motor socioeconómico de la zona, el turismo. Ante el creciente número de visitantes que recibe el municipio, el ayuntamiento ha realizado inversiones que se verían afectadas directamente por el PE Estacas de Trueba. En una encuesta sobre este parque, 136 de 153 vecinos votaron en contra de su implantación.

El Ayuntamiento de Valle de Valdebezana también se opone al PE Estacas de Trueba y a las líneas eléctricas no soterradas, alegando afecciones ambientales similares, así como claros perjuicios económicos ante la disminución del turismo. Delega la valoración del PE Merindades a la Entidad Local Menor de Cubillos del Rojo.

Por último, la Asociación Mesa Eólica Merindades de Burgos comparte las valoraciones de los ayuntamientos, alegando que las centrales eólicas no fijan población ni crean empleos estables que contribuyan a una mejora de las circunstancias socioeconómicas de los lugares donde se instalan. Por el contrario, el proyecto devaluará el atractivo turístico del entorno, lo que se traducirá́ en la destrucción de empleo ligado a este sector.

El EsIA sostiene que el proyecto tendrá un efecto socioeconómico positivo mediante la contratación de trabajadores en la fase de obra. Por otro lado, el tránsito de vehículos, el uso de maquinaria o los movimientos de tierra generarán molestias a las personas del entorno. Además de la generación del polvo y ruido, se producirán cortes en vías y accesos para la ejecución de la obra.

En la fase de funcionamiento, el promotor considera que también existirán efectos socioeconómicos positivos derivados de contrataciones para el seguimiento ambiental, la operación de las plantas y labores de mantenimiento. También se considera positiva la mejora de la red viaria. No estima un impacto negativo sobre el turismo. Tampoco prevé impactos eléctricos o electromagnéticos negativos, efecto sombra parpadeante ni contaminación acústica.

El EsIA propone una serie de medidas para mitigar las afecciones sobre la población local. Algunas de ellas son la valoración de contratación de personal de la zona, la planificación de las actividades para disminuir los cortes de calles y accesos, evitar los trabajos nocturnos o la señalización de salidas de camiones y otra maquinaria, que dispondrá de elementos de limpieza antes de su salida a las vías públicas en caso de que esto sea necesario.

Patrimonio cultural: El promotor aporta un estudio arqueológico de patrimonio cultural para ambos parques. Destacan los yacimientos arqueológicos denominados Cerro de la Maza (61751) y Los Campos (2293653), entre otros elementos etnológicos, en el ámbito del PE Estacas de Trueba. Se detectan los yacimientos arqueológicos de Villábascones I (81131), San Miguel I (80872), Cueva de Correcaballos (88530), San Miguel II (80882) y Trincheras de Riaño (2673126) en el ámbito del PE Merindades.

El informe del Servicio Territorial de Cultura y Turismo en Burgos de la Junta de Castilla y León, estima favorablemente la incidencia sobre el patrimonio arqueológico. Sin embargo, señala que deberán llevarse a cabo algunas medidas preventivas y de seguimiento.

Los aerogeneradores M1 y M2 del PE Merindades se encuentran colindantes con la vía pecuaria denominada Vereda de Villarcarcayo a Santander. La línea de evacuación atraviesa la vía pecuaria Colada de Soncillo a Espinosa de los Monteros en su tramo medio, y la Vereda de Villarcarcayo a Santander a su llegada la SET Colectora Virtus.

El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos recuerda que se debe mantener el correcto estado de estos bienes y no se debe interrumpir el paso ganadero en ningún momento. No se debe instalar ningún elemento constructivo sobre la superficie de dominio público, ni deben ocuparse las vías por ningún elemento de forma permanente, ni por acopios ni obras auxiliares, restituyendo en su caso las condiciones naturales que se hayan podido perder.

El promotor asegura, en su respuesta al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, que no se ubicarán elementos del PE que obstruyan las vías pecuarias de forma permanente, aunque lo harán grúas y elementos de acopio durante la fase de obra. Se compatibilizará el uso ganadero mediante una serie de medidas y posteriormente se restaurarán las vías pecuarias.

El yacimiento de Los Campos se vería afectado severamente por uno de los viales del proyecto, mientras que el impacto sobre el resto de elementos patrimoniales junto a PE Estacas de Trueba se considera compatible. Al tiempo, se consideran compatibles los efectos del PE Merindades sobre los yacimientos de su entorno, con excepción de Trincheras de Riaño, que se vería afectado severamente por la LAAT.

Se propone la medida preventiva de control arqueológico del yacimiento de Los Campos durante la fase de obras. El yacimiento de Cerro de la Maza no se vería afectado. Se plantea a su vez el balizamiento de los elementos etnológicos. El EsIA incluye la modificación del trazado de la línea para conservar el yacimiento de Trincheras de Riaño.

Efectos sinérgicos y acumulativos: El promotor identifica otros 5 parques eólicos en funcionamiento y uno proyectado (el PE Merindades) en una envolvente de 10 km alrededor del PE Estacas de Trueba. Identifica diez parques eólicos en explotación y dos proyectados (uno de ellos el PE Estacas de Trueba) en una envolvente de 15 km alrededor del PE Merindades. Se analizan los efectos del conjunto de parques sobre el paisaje y la fauna en estas envolventes.

En cuanto al paisaje, los EsIA indican que los nuevos aerogeneradores generarían un aumento de la incidencia visual, que se dará especialmente a distancias cercanas (menos de 3.500 m) y va resultando menos significativo a distancias mayores. El promotor no considera que se aumente significativamente el impacto visual en áreas no afectadas anteriormente por otros PE.

Los núcleos de población de Castrillo de Benzana, Riaño, Soncillo, Pedrosa de Valdeporres, San Martín de las Ollas y Dosante serían los más afectados por la implantación del PE Estacas de Trueba. Por otro lado, Hoz de Arreba y Pradilla de Hoz de Arreba serían los más afectados por el PE Merindades. Estos núcleos se encontraban más alejados de los PE existentes, pero quedarían a 3.500 m de los nuevos aerogeneradores.

La cuenca visual desde la que resultarían visibles aerogeneradores en una envolvente de 25 km del PE Estacas de Trueba aumentaría en un 4,24 %. En una envolvente de 25 alrededor del PE Merindades, aumentaría en un 0,91%. Esto se calcula sin tener en cuenta solo los parques construidos.

El promotor considera que se producirá un efecto sinérgico sobre la mortalidad por colisión de aves y quirópteros. En un radio de 10 km alrededor del PE Estacas de Trueba, los parques ya existentes suman ochenta aerogeneradores. Junto con este, se estima una mortalidad anual conjunta de entre dieciséis y dos colisiones al año en base a datos bibliográficos. Esto supone un incremento de un 10 % de las colisiones anuales. En un radio de 15 km alrededor del PE Merindades, los parques en funcionamiento ya suman ciento ochenta y dos aerogeneradores. El gran número de generadores producirá también un efecto sinérgico sobre el efecto barrera, dificultando el movimiento de la fauna voladora.

No se considera que la LAAT produzca efectos acumulativos y sinérgicos, ya que discurre de forma paralela a otras existentes, aunque sí producirá la perdida de unas 5.660,75 ha de vegetación, incluyendo deforestación, y las líneas de la zona generan un efecto jaula al cruzarse entre sí. Se proponen una serie de medidas para aminorar los efectos negativos de la línea. El promotor estima el efecto acumulativo y sinérgico de riesgo de electrocución sobre la fauna del conjunto de líneas como moderado.

El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos tiene constancia de otros proyectos solicitados que han planeado su línea de evacuación por el mismo trazado, añadiendo más líneas eléctricas a este espacio. Da como ejemplo el PE Merindad, promovido por Naturgy Renovables y proyectado muy próximo a los parques de El Coterejón. El promotor no ha tenido este proyecto en sus estudios de sinergias, como tampoco ha tenido en cuenta el PE instalado de Montejo de Bricia. Asimismo, este Servicio indica que los datos tratados en estos estudios no aportan información relevante que evalúe el efecto real en conjunto. Este efecto sería todavía mayor que el que han querido plasmar los estudios del promotor, que lo señalan como asumible en el medio.

El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos indica que se están instalando numerosos parques eólicos en la provincia de Burgos, que están saturando el territorio y menoscaban el patrimonio natural de la provincia, existiendo alternativas menos gravosas en otros parajes. Otros parques se han proyectado más cercanos a Burgos capital, en territorios con menores altitudes, donde las tecnologías actuales permiten producir energía con menor impacto visual y menor huella ambiental. Por tanto, concluye que resulta inadecuada a día de hoy la ubicación seleccionada en un entorno de gran singularidad.

En su contestación al informe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, el promotor afirma que se tuvo en cuenta el PE Montejo de Bricia en el EsIA del PE Merindades. Con respecto al PE Meridad promovido por Naturgy, comenta que su información pública fue posterior a la de los parques de su competencia, y que no recibió información sobre el mismo.

La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico señala otro PE en el entorno que no se ha tenido en cuenta en los estudios del promotor, denominado Virtus 1. Además, señala carencias relevantes en la consideración de impactos acumulativos y sinérgicos de los EsIA, indicando los aspectos necesarios para completarlos.

c. Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto. En el análisis de la vulnerabilidad del proyecto presente en el EsIA se determinan los siguientes riesgos considerando su probabilidad de ocurrencia, así como la vulnerabilidad:

– Riesgos naturales:

• Temperaturas extremas, vientos fuertes y terremotos: Tanto el riesgo como la probabilidad de ocurrencia y la vulnerabilidad se consideran muy bajos.

• Inundaciones: Tanto el riesgo como la vulnerabilidad se consideran muy bajos. La probabilidad de ocurrencia se considera baja.

• Incendios: Los TT.MM. en que se ubica el proyecto se consideran Zona de Alto Riesgo de Incendios conforme a la Orden MAM/851/2010, por la que se declaran zonas de alto riesgo de incendios en la Comunidad de Castilla y León. El riesgo de incendio se considera bajo o muy bajo. La probabilidad de ocurrencia y la vulnerabilidad de consideran altas.

• Movimiento de laderas: El riesgo se considera medio o bajo. La probabilidad de ocurrencia se considera media o alta, mientras que la vulnerabilidad se considera alta.

• Hundimientos: El riesgo y la probabilidad de ocurrencia se caracterizan como bajos. La vulnerabilidad se clasifica como alta.

• Hundimientos kársticos: Se analizan solo para el PE Merindades. Se considera un riesgo y probabilidad de ocurrencia medios, pero la vulnerabilidad ante hundimientos kársticos es alta.

• Expansividad de arcillas: El riesgo se considera muy bajo o bajo. La probabilidad de ocurrencia es baja o media. La vulnerabilidad es media.

– Riesgos antrópicos:

• Vertidos o emisiones accidentales y sistemas de transporte: El riesgo es bajo o muy bajo. La probabilidad de ocurrencia y la vulnerabilidad se consideran muy bajas.

Cabe destacar que los aerogeneradores M1 y M2 del PE Merindades y tramos de la línea eléctrica se ubican sobre una zona de peligrosidad por alto riesgo de movimientos de ladera o hundimientos. La zona de estudio se encuentra en un área de gran importancia kárstica aumentado el riesgo de hundimiento debido a la disolución de minerales en el agua.

La Agencia de Protección Civil y Emergencias de la Junta de Castilla y León indica que el riesgo de inundaciones es bajo o nulo. En cuanto al riesgo de incendios forestales, Merindad de Valdeporres cuenta con un índice de riesgo local muy alto, mientras que el índice de riesgo local de Valle de Valdebezana se considera alto. El índice de peligrosidad para ambos TTMM es moderado. El área de implantación del proyecto no se encuentra afectada por la zona de alerta e intervención de los establecimientos que almacenan sustancias peligrosas afectados por la directiva SEVESO. Esta Agencia concluye que ninguna de las actuaciones que se planifiquen, ni los diferentes usos que se asignen al suelo deben incrementar el riesgo hacia las personas, sus bienes y el medio ambiente.

Sobre el PE Merindades, que se emplaza en un área de mayor riesgo geotécnico, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos comenta que se han reubicado mínimamente los aerogeneradores con respecto a la fase de consultas previas del proyecto, asentándose prácticamente en el mismo entorno, pero alejándose los más orientales de las cavidades kársticas donde estaban ubicados originalmente.

Ante la fragilidad del territorio en que se asienta el PE Merindades, el promotor sugiere, en su contestación a este organismo, la aplicación de medidas como el control arqueológico y la prospección geofísica por tomografía eléctrica de las ubicaciones de los aerogeneradores cercanas a cavidades y de las propias cavidades, derivando en un estudio geofísico que asegure la no afección del proyecto y las medias a adoptar. En el EsIA, especifica que tendrá lugar un estudio geotécnico previo al inicio de las obras que permitirá conocer las cargas del terreno, capacidad de infiltración, expansividad, hundimiento, etc.

d. Programa de vigilancia ambiental. En el EsIA se propone un programa de vigilancia cuyos contenidos básicos, referidos a la fase de construcción y explotación son:

– Fase de obras:

• Control del cerramiento perimetral de la obra y de localización de zonas auxiliares.

• Jalonamiento de la zona de ocupación de obra.

• Control de la maquinaria en construcción.

• Control de la emisión de polvo y partículas.

• Control de la gestión de residuos en obra.

• Protección vegetación, fauna y paisaje.

• Protección específica sobre los hábitats de interés comunitario y el bosque.

• Eliminación de vegetación en altura.

• Protección de cauces.

• Protección de patrimonio.

– Fase de funcionamiento:

• Seguimiento de la calidad de los suelos en funcionamiento.

• Control de los niveles acústicos y lumínicos, emisiones de vehículos, posibles fugas de sf6 de la subestación, en funcionamiento.

• Seguimiento del nivel sonoro en poblaciones cercanas.

• Seguimiento de la incidencia en fauna. Pérdida de hábitats y biodiversidad.

• Seguimiento de la incidencia de mortandad por colisión y electrocución en aves.

• Control de la gestión de residuos en funcionamiento.

• Control de medidas compensatorias de restauración de hábitats.

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto inicial de la presente resolución se encuentra comprendido en el grupo 3 epígrafe i) del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación de Impacto Ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: El documento técnico del proyecto, el EsIA y su adenda, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental desfavorable a la realización del proyecto «Parques Eólicos «Estacas de Trueba» 50,40 MW y «Merindades» de 50,40 MW, y de su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana, en la provincia de Burgos» al haberse identificado impactos negativos significativos sobre el medio ambiente para los que las medidas propuestas no presentan garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o compensación.

Entre los principales factores con impactos incompatibles se halla la vegetación. Las unidades que soportarían mayoritariamente los efectos negativos serían las de matorrales y pastizales, concretamente varios HICs, entre ellos dos prioritarios: 4020* y 6210*, así como especies de flora catalogada. Todos ellos están asociados al régimen hídrico (al igual que el tritón alpino), que hacen incompatible la transformación de los terrenos. Esto no podría ser remediado por las restauraciones propuestas por el promotor, ya que debe primar la conservación de los hábitats frágiles ya existentes sobre su deterioro. Su posible posterior translocación o restauración resulta improbable por la sensibilidad del ambiente turboso. También se darían afecciones sobre los MUP y sus valores de protección por todos los aerogeneradores proyectados menos uno.

Además, debe destacarse la afección sobre las poblaciones de aves rapaces protegidas, como el milano real (en peligro de extinción) o alimoche común (vulnerable) y otras rapaces planeadoras del LESRPE, con alto riesgo de siniestralidad con aerogeneradores, algunas de ellas con puntos de nidificación a escasa distancia. Es especialmente relevante el impacto sobre los quirópteros, vista la alta presencia de refugios y de especies protegidas en este paraje, así como la elevada mortalidad que sufrirían ante el proyecto.

Aunque algunas de las medidas del promotor contribuyen generalmente a reducir los perjuicios de los parques eólicos sobre la fauna, no se consideran suficientes para reducir el impacto hasta niveles aceptables, dados los valores naturales y alta sensibilidad de la zona. En relación con ello, procede recordar la prohibición de destruir o deteriorar los lugares de reproducción, invernada o reposo de especies protegidas, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

La afección a los espacios de la RN2000 también se considera significativa e inevitable. Se encuentra ligada a las afecciones a la fauna, dado que las poblaciones de estos espacios se desplazarían fácilmente y serían víctimas de la mortalidad provocada por los aerogeneradores. Un ejemplo son las colonias de quirópteros del complejo de cuevas de Piscarciano, incluido en la ZEC Hoces del Alto Ebro y Rudrón y situado a poco más de un kilómetro del aerogenerador más cercano.

Varios aerogeneradores se ubican a menos de 1.000 m de núcleos habitados por lo que el ruido sobre la población es otro efecto nocivo a considerar. A lo anterior se añade la afección a un paisaje singular bien conservado, que ha adquirido importancia como motor económico de las poblaciones locales mediante el turismo. Todo ello se vería incrementado por los efectos sinérgicos y acumulativos derivados de la multitud de PE ya construidos en la zona, y provoca que el proyecto resulte inviable ambientalmente. Parte del proyecto se ubica además en un área de importantes fenómenos kársticos con alta permeabilidad y numerosas cavidades, lo que implica un riesgo aumentado en cuanto a la ocurrencia de hundimientos o deslizamientos de laderas, aparte del comentado alto valor como refugio de quirópteros de interés.

Hay que destacar además que en la zona de proyecto existen otros proyectos eólicos planteados como el PE Estacas de Trueba que coincide parcialmente con el PE La Maza y que cuenta con Declaración de Impacto Ambiental desfavorable de resolución de 12 de junio de 2006. Esa Declaración señalaba la afección sobre el entorno de alto valor paisajístico (especialmente por un acceso que también presenta el PE que os ocupa), el elevado número de aerogeneradores en la zona y la proximidad a figuras de protección.

Igualmente, la Declaración de Impacto Ambiental de PE La Peñuca, con resolución de 22 de mayo de 2003, cita la alta calidad del paisaje de la zona y su importancia como hábitat de especies de avifauna de interés, que no aconsejan desde el punto de vista ambiental la construcción de más parques eólicos en el entorno inmediato.

Los PE Virtus 1 y Virtus 2, ubicados en los municipios vecinos de Merindad de Sotoscueva y Espinosa de los Monteros, cuentan con Declaración de Impacto Ambiental desfavorable en su Resolución 26 de abril de 2023. La Declaración se fundamenta en afecciones ambientales similares a las del presente proyecto, como el impacto a avifauna y quirópteros, la alta presencia de cavidades que son utilizadas como refugio de quirópteros, las afecciones sobre la vegetación, HIC, MUP y espacios naturales protegidos. Se mencionan además afecciones a valores patrimoniales y paisajísticos. Todo ello se agravaría por los efectos sinérgicos y acumulativos con un nuevo PE en la zona.

Por todo ello, y de acuerdo con lo manifestado por el Servicio Territorial de Medioambiente de Burgos de la Junta de Castilla y León, se concluye que la concurrencia de impactos relevantes incluidos en la presente resolución sobre numerosos factores como suelo, flora, fauna, paisaje, bienes culturales o usos, así como la sinergia con parques existentes, no permite que se puedan aplicar medidas efectivas que soslayen el efecto global negativo sobre los valores del entorno.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de Evaluación Ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 5 de junio de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

ANEXO I
Consultas a las Administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones
Consultas Contestación
Consultados estatales  
Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.
Confederación Hidrográfica del Ebro. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental. Dirección General de Carreteras. Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.
Dirección General de Infraestructura. Secretaría de Estado de Defensa. Ministerio de Defensa.
Oficina Española de Cambio Climático. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Subdelegación de Gobierno en Burgos. No
Subdirección General de Aire Limpio y Sostenibilidad Industrial. Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. No
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina. Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Subdirección General de Economía Circular. Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. No
Subdirección General de Gestión y Coordinación de Bienes Culturales. Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes. Ministerio de Cultura y Deporte.
Consultados de Castilla y León  
Agencia de Protección Civil y Emergencias. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.
Ayuntamiento de Merindad de Valdeporres.
Ayuntamiento de Valle de Valdebezana.
Dirección General de Energía y Minas. Consejería de Economía y Hacienda. No
Diputación Provincial de Burgos. No
Dirección General de Análisis y Planificación. Consejería de Presidencia. No
Dirección General de Desarrollo Rural. Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.
Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.
Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. Junta de Castilla y León. No
Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.
Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad.
Dirección General de Vivienda, Arquitectura, Ordenación del Territorio y Urbanismo. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. No
Servicio Territorial de Cultura y Turismo. Delegación Territorial de Burgos. Junta de Castilla y León.
Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Burgos. Delegación Territorial de Burgos.
Servicio Territorial de Medio Ambiente. Delegación Territorial de Burgos. Junta de Castilla y León
Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital. Sección de Urbanismo y Ordenación del Territorio. Delegación Territorial de Burgos.
Asociaciones y empresas consultadas  
Asociación Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU).
Asociación Mesa Eólica Merindades de Burgos.
Ecologistas en Acción Burgos. No
Fundación Oxígeno. No
Greenpeace España. No
Plataforma para Defensa de la Cordillera Cantábrica. No
SEO/BirdLife. No
Sociedad Española para la Conservación y Estudio de los Mamíferos (SECEM). No
WWF/ADENA. No
Parque Eólico Alto del Coterejón, SL. No
Red Eléctrica de España, SA. (REE). No
Telefónica, SA.

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