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Documento BOE-A-2023-18904

Resolución de 11 de agosto de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "Tendetes" de 172 MWp, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Alicante».

Publicado en:
«BOE» núm. 209, de 1 de septiembre de 2023, páginas 122141 a 122166 (26 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-18904

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 25 de enero de 2023 tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parque Solar Fotovoltaico "Tendetes" de 172 MWp, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Alicante», remitida por Proyecto Fotovoltaico Tendetes, SLU, como promotor y respecto de la que Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ostenta la condición de órgano sustantivo.

Alcance de la evaluación

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor y se pronuncia sobre los impactos asociados al proyecto, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de su vulnerabilidad, recogidos en el estudio de impacto ambiental (en adelante EsIA). Se incluye, asimismo, en la evaluación, el proceso de participación pública y consultas.

No comprende el ámbito de la evaluación de la seguridad y salud en el trabajo, ni de seguridad industrial, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos. Por otra parte, tampoco se extiende al cese y desmantelamiento de la instalación, que deberá ser objeto en el futuro de un proyecto específico, que incluya la retirada de elementos, la gestión de los residuos generados, la restitución del terreno a la situación original y la restauración del suelo y de la vegetación, lo cual será sometido, al menos, a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.

1. Descripción y localización del proyecto

Se trata de una planta solar fotovoltaica (PSFV) que ocupa una superficie total de 431,21 ha y un vallado perimetral de 52.229 m, con una potencia instalada de 165 MW y de 172 MWp de potencia pico. Se ubica en los términos municipales (TTMM) de Cañada, Biar y Villena, en la provincia de Alicante.

La evacuación de la energía generada será realizada a través de una serie de líneas de media tensión (LMT), consistente en 10 circuitos de diferente longitud, que discurren mayoritariamente de forma soterrada, a excepción de dos tramos de 70 m que discurren de forma aérea al cruzar el río Vinalopó. La longitud total de la red de 30 kV es de 48.686 m. Se ubica en los TTMM de Cañada, Biar y Villena.

La LMT conecta los centros de transformación de la PSFV con la subestación eléctrica (SET) SET Tendetes 220/30 kV, situada en el municipio de Villena y con una superficie aproximada de 4.666,93 m2.

Desde la SET Tendetes 220/30 kV, la energía será evacuada hasta la SET Colectora Bonalba 30/220 kV mediante una línea aérea de alta tensión (LAAT). La longitud de la LAAT 220 kV SET Tendetes-SET Colectora Bonalba es de unos 50,2 km, discurre por los TTMM de Villena, Biar, Onil, Ibi, Castalla, Tibi, Jijona, Alicante y Mutxamel, en la provincia de Alicante. La SET Colectora Bonalba 30/220 kV cuenta con una superficie de 4.666,93 m2 y se ubica en el municipio de Mutxamel.

La SET Colectora Bonalba será conectada con la SET El Cantalar 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, mediante una línea eléctrica aéreo-subterránea de alta tensión (LASAT) de 3,76 km, de los cuales 2,76 km son aéreos y 1 km es soterrado. La LASAT 220 kV SET Colectora Bonalba-SET El Cantalar se ubica en los TTMM Mutxamel y San Juan de Alicante, en la provincia de Alicante.

La SET «El Cantalar» es propiedad de Red Eléctrica de España (REE) y queda fuera del alcance de esta tramitación, y, por ende, de la resolución final.

La SET Colectora Bonalba y la LASAT SET Colectora Bonalba-SET El Cantalar están siendo evaluadas dentro del expediente de la PSFV Leima (20230046, PFOT-676), por lo que no serán afectadas por esta resolución.

2. Tramitación del procedimiento

Con fecha 15 de julio de 2021, Proyecto Fotovoltaico Tendetes, SLU, solicita la evaluación de impacto ambiental y autorización administrativa previa del Parque Solar Fotovoltaico «Tendetes» y sus infraestructuras de evacuación. Adicionalmente, con fecha 2 de junio de 2022 tienen entrada escritos del promotor que presentan modificaciones del proyecto.

El proyecto se somete a un trámite de información pública y consultas. En relación este trámite, se realizan las siguientes publicaciones:

– «Boletín Oficial del Estado», con fecha 16 de junio de 2022.

– «Boletín Oficial de la Provincia de Alicante», con fecha 20 de junio de 2022.

Con fecha de 25 de enero de 2023, se recibe en esta Dirección General la información obrante en el expediente que incluye el resultado del trámite previo de información pública y de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.

Con fecha 20 de febrero de 2023, se recibe documentación adicional del expediente, que incluye informe de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a Emergencias y la respuesta del promotor al citado informe.

Con fecha 2 de junio de 2023, se recibe documentación adicional del expediente, que incluye el tercer informe de la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana, respuesta del promotor al citado informe, e informe de la Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Generalitat Valenciana.

A fecha 12 de junio de 2023 tiene salida oficio de subsanación del expediente. Se reciben contestaciones del promotor y del órgano sustantivo a este oficio, a fechas 28 de junio y 3 de julio de 2023 respectivamente.

Con fecha 4 de julio tiene salida nuevo oficio de subsanación del expediente. Se recibe contestación del promotor a fecha 19 de julio, conteniendo el segundo y el cuarto informe de la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana y las respuestas del promotor a los mismos.

3. Análisis técnico del expediente

a. Análisis de alternativas.

En el presente proyecto, además de la alternativa 0 o de no ejecución, se consideraron las siguientes alternativas.

Las alternativas analizadas para la PSFV Tendetes son:

– Alternativa 1: Ubicada en el municipio de Villena. Cuenta con una superficie total aproximada de 485 ha.

– Alternativa 2: Ubicada en los municipios de Benejama y Biar. Cuenta con una superficie aproximada de 451 ha.

– Alternativa 3 (seleccionada): Ubicada en los municipios de Villena, Cañada y Biar. Cuenta con una superficie aproximada de 431,21 ha.

El promotor justifica la elección de la alternativa 3 basándose en su menor superficie y mayor distancia con espacios protegidos de la Red Natura 2000. Esta alternativa también presenta menor distancia al punto de conexión con la subestación de Red Eléctrica Española, menor afección a Hábitats de Interés Comunitario y terrenos forestales y se encuentra fuera de corredores territoriales, aunque colindante con los mismos.

En relación a la SET Tendetes 30/220 kV, se consideraron las siguientes:

– Alternativa 1: Situada en la parte norte de la PSFV, en el municipio de Cañada.

– Alternativa 2: Situada en la parte central de la PSFV, en el municipio de Cañada,

– Alternativa 3 (seleccionada): Situada en la parte sur de la PSFV, en el municipio de Villena.

El promotor justifica la elección de la alternativa 3 ya que se localiza sobre terrenos agrícolas y es la más próxima al punto de conexión.

En cuanto a las líneas de evacuación se consideraron las siguientes alternativas:

– Alternativa 1: Línea eléctrica de 220 kV que discurre de forma aérea desde la SET Tendetes, hasta el cruce con la ZEPA Riu Montnegre, que realiza de forma subterránea. Tras cruzar este espacio, vuelve a discurrir de forma aérea hasta la SET El Cantalar. La longitud total es de 60,103 km.

– Alternativa 2: Línea eléctrica de 220 kV con tres tramos aéreos y dos tramos soterrados, en el paso de la línea por las ZEPA Maigmó i Serres de la Foia de Castalla, y Riu Montnegre. La longitud total es de 56,594 km.

– Alternativa 3 (seleccionada): Línea de 220 kV que discurre de forma aérea desde la SET Tendetes hasta la SET Bonalba en un tramo de 50,223 km. Desde la SET Bonalba hasta la SET El Cantalar discurre de forma aérea durante 2,76 km y de forma soterrada durante aproximadamente 1 km. El tramo soterrado se divide en dos subtramos, entre los que se encuentra el recinto de medida. El tramo de línea eléctrica entre las SET Bonalba y El Cantalar será evaluado en la línea de evacuación de la PSFV Leima (20230046, PFOT-676). La longitud total es de 53,984 km.

El promotor justifica su elección de la alternativa 3 atendiendo a su menor longitud, menor interacción con espacios protegidos y menor afección a fauna, flora y paisaje.

b. Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

Atmósfera y clima.

La clasificación climática del ámbito de estudio corresponde a clima de estepa fría (Bsk), dentro del tipo de clima seco (tipo B), subtipo estepa (Bs) y con una temperatura media anual por debajo de los 18 °C (letra k). La precipitación anual media es de 311 mm, con las precipitaciones máximas ocurriendo en septiembre, octubre y noviembre. Las precipitaciones mínimas se dan en julio y agosto. La calidad del aire es buena, cumpliéndose los valores límite establecidos por la legislación vigente.

El Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) indica que el proyecto afectará a la atmósfera y calidad del aire principalmente durante la fase de construcción, a causa de la emisión de gases, polvo y partículas en suspensión, producida por el desbroce de materia vegetal, los movimientos de tierras, el tránsito de vehículos y uso de maquinaria, entre otras actividades. Debido a los trabajos a realizar, en esta fase también se prevén el incremento de los niveles sonoros y la emisión de ruido.

El promotor propone medidas para reducir estas afecciones. Algunas de ellas son humedecer las zonas afectadas previamente a los movimientos de tierra, dotar de lonas cerramientos los vehículos de transporte de material polvoriento o limitar la velocidad de circulación a menos de 30 km/h.

Geología y suelo.

La PSFV Tendetes se encuentra geológicamente sobre materiales cuaternarios, en principalmente gravas, arenas y arcillas, con la presencia puntual de materiales cretácicos como dolomías grises, biomicritas con intraclastos negros y calcarenitas, conos y depósitos de ladera. De manera puntual, se localiza sobre materiales del cretácico superior turoniense, que se corresponden con dolomicritas y margas dolomíticas.

Las líneas de evacuación cruzan una variedad de materiales. Los más abundantes son materiales del cretácico, terciario y cuaternario, como biomicritas, calcarenitas y margas amarillas, dolomías grises, calizas pararrecifales con algas y Amphisteginas, calizas y dolomías, arcilla verde, calciruditas bioclásticas con cantos, calcarenita bioclástica, calizas, margas y arenas tipo flysch, calizas margosas fétidas calizas con Amphisteginas y microconglomerados, entre otros.

En cuanto a la geomorfología, la PSFV se ubica en terrenos más llanos, con cotas entre los 500 y 700 m.s.n.m. y pendientes mayoritariamente reducidas. Estas pendientes presentan valores entre el 0 y el 3%, alcanzado puntualmente pendientes de entre el 3 y 12%. Las líneas de evacuación se ubican en un rango mayor de cotas, desde 0 a 1.200 m.s.n.m. Las pendientes del terreno por el que discurren las líneas son superiores, quedando comprendidas entre el 0 y 48%.

La LAAT SET Tendetes-SET Colectora Bonalba se asienta sobre terrenos del Lugar de Interés Geológico PT114 «Yacimiento paleontológico del Neocomiense, en la Sierra de Fontanella». La cartografía de este yacimiento es orientativa.

El promotor, tras visitar la zona, afirma que la línea eléctrica no coincide con la ubicación del yacimiento, sino que se encuentra unos 381 m al norte del mismo.

El EsIA indica que la PSFV se localiza en un área con un estado erosivo medio-alto, obteniéndose los valores más elevados en la parte sur de la planta. Las líneas eléctricas se ubican sobre terrenos de estados erosivos desde bajos hasta altos.

Se enumeran como afecciones al suelo la ocupación y compactación, la contaminación, la alteración de la geomorfología, la erosión y pérdida de suelo fértil. El EsIA también considera un efecto positivo de pequeña magnitud sobre el suelo, por el abandono de la actividad agrícola y el potencial desarrollo de vegetación espontánea.

Como medidas para mitigar las afecciones al suelo, se propone evitar los cambios de aceite, filtros y baterías a pie de obra, el almacenaje en depósitos adecuados, la extracción del suelo contaminado, la reutilización de materiales, el aprovechamiento de suelos fértiles o la circulación exclusiva dentro de los caminos habilitados, entre otras.

La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana hace hincapié en la alta relevancia de los suelos frente al cambio climático, funcionando como sumideros de carbono, sustentando a los productores primarios y permitiendo la infiltración de agua de lluvia a capas profundas con un buen mantenimiento. Siguiendo las directrices del Programa de Acción Nacional contra la Desertificación, no se permite la destrucción de los bancales y estructuras agrarias que participen en la función protectora del suelo y que eviten la pérdida por erosión, favoreciendo una mayor infiltración de agua y evitando el aumento de las consecuencias de la sequía. Será necesario realizar un estudio que demuestre las modificaciones en la capacidad de infiltración del suelo y el aumento de escorrentía a causa de la compactación de la instalación de la PSFV. No se permite la retirada de tierra fértil, pues destruiría la estructura edáfica reduciendo las capacidades de recuperación del suelo e invertiría su función como sumidero de carbono. Se insta al promotor a fijar los paneles mediante hincado directo sin cimentaciones o compactaciones, utilizando modelos que se adapten al terreno y no requieran nivelado ni desmontes.

En su respuesta a este informe, el promotor indica que no se prevé la transformación del suelo, que el fijado se hará a través de hincas, se evitará el uso de productos químicos y se garantizará la revegetación. En cuanto al estudio de infiltración y escorrentía, puntualiza que solo se compactará el suelo en los viales y caminos de acceso, que contarán con un sistema de drenaje por cunetas. El promotor afirma que no se afecta a la capacidad de infiltración del suelo ni a la función de sumidero de carbono de los suelos.

En su segundo informe, la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana señala el impacto que suponen la alteración del terreno y el aumento del riesgo de erosión debido a los movimientos de tierra y eliminación de la cubierta vegetal. Las actuaciones de la fase de construcción, junto con los actuales usos forestales del suelo y el riesgo de erosión potencial entre moderado y muy alto de las parcelas, condicionan que las parcelas 22, 21 y 193 del polígono 5 del municipio de Calera, Cañada (Alicante), deban excluirse del proyecto. En el resto de parcelas en que se ubica la PSFV, como mínimo, deberían tomarse una serie de medidas para minimizar los impactos sobre el suelo, que incluyen modificar el diseño de la planta para evitar nivelaciones o movimientos de tierra que cambien la geomorfología.

El promotor muestra su conformidad en este respecto.

La Dirección General de Política Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana señala que no puede entenderse que la instalación de placas fotovoltaicas no afectará al régimen natural del ciclo del agua. Esto se debe a que, a pesar de que el tipo de cimentación empleada no impermeabilizará la superficie, se modificará la topografía y se forzará el agua hacia nuevas corrientes y drenajes, donde la erosión y la sedimentación pueden causar graves problemas, incluso sin generar incremento de inundación. A falta de estudios de escorrentía, los proyectos de este tipo deberán ordenar las instalaciones de los recintos de forma que se mantengan las condiciones de escorrentía y no incrementar los daños de inundación en las parcelas adyacentes. Se proporcionan aspectos a seguir con este objetivo.

La Dirección General de Política Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana también señala que gran parte de los apoyos de la línea eléctrica se sitúan en zonas con pendientes superiores al 25%. La apertura de un nuevo corredor de infraestructuras, que cruzaría zonas con pendientes elevadas, significa un incremento de movimientos de tierra, aumentado las afecciones en el territorio, además de las generadas por la implantación de las nuevas torres.

Además, indica que la PSFV se proyecta sobre suelo de elevada capacidad agrológica de acuerdo con la cartografía al respecto, lo que va en contra de lo indicado en el Decreto Ley 14/2020. La planta ocuparía una gran extensión de este suelo, siendo una afección importante por su tamaño y la escasa existencia de este tipo de suelo en la zona.

En su respuesta a este informe, el promotor indica que intentará situar los apoyos en zonas con menor pendiente y diseñar el trazado de accesos en zonas de topografía suave. Especifica que la definición exacta de los apoyos tendrá lugar en un momento más avanzado de la tramitación del expediente.

Asimismo, declara que ha encargado un estudio sobre capacidad agrológica a una consultora externa, que clasifica esta superficie como de baja capacidad agrológica, al contrario de lo que indica la cartografía. Además, argumenta que el proyecto contribuirá a preservar y mejorar el suelo, al darle un periodo de reposo de los usos agrícolas.

Agua e Hidrología.

La red hidrológica superficial de la zona de implantación de la planta está formada por el río Vinalopó, el barranco del Toconar, el barranco de la Solana y la rambla de la Calera, que discurren entre las diferentes islas que conforman la PSFV, además de otros cauces estacionales, arroyos y ramblas menores. La rambla del Derramador aparece a 253 m de la poligonal y el barranco de la Solana está situado a 529 m. otros cauces aparecen a más distancia. La infraestructura de evacuación atraviesa unos 29 cursos de agua, la mayoría de ellos barrancos. El promotor afirma que los apoyos de las líneas eléctricas respetarán los 5 m de servidumbre a ambos lados de los cauces y solicitarán la autorización de la Confederación Hidrográfica del Júcar en caso de tener que ocupar la zona de policía de 100 m.

En cuanto a la hidrología subterránea, el EsIA indica que la PSFV se ubica totalmente sobre la masa de agua subterránea 080.160 «Villena-Benejama». Las líneas de evacuación se sitúan sobre las masas de agua subterránea 080.160 «Villena-Benejama», 080.170 «Salt San Cristóbal», 080.171 «Sierra Mariola», 080.175 «Hoya de Castalla», 080.184 «San Juan-Benidorm», 080.183 «Orcheta», 080.924 «Impermeable o acuífero de interés local 24», 080.176 «Barrancones-Carrasqueta» y 080.190 «Bajo Vinalopó».

Se considera posible la afección a la calidad de las aguas por el arrastre de materiales derivados de los movimientos de tierras, o por vertidos accidentales, principalmente de aceites, procedentes de la maquinaria utilizada en la fase de obras. En la fase de funcionamiento, el promotor estima efectos positivos en la calidad de las aguas por el cese de productos fitosanitarios y plaguicidas en el área del proyecto, así como por la reducción de consumo de agua para usos agrícolas.

Entre las medidas dirigidas a reducir los efectos negativos sobre las aguas, se evitará desarrollar las tareas constructivas impactantes como movimientos de tierras y hormigonados en periodos de lluvia fuertes, quedarán prohibidos los vertidos directos o indirectos a las aguas u otros elementos del dominio público hidráulico, los acopios temporales se ubicarán fuera de las zonas de influencia directa de arroyos y vaguadas, y se instalarán barreras de retención de sedimentos, balsas de decantación, zanjas de infiltración o similares, en los puntos donde exista riesgo de afección al dominio público hidráulico.

El informe de la Confederación Hidrográfica del Júcar recuerda aspectos de la legislación vigente en materia de aguas que condicionan la ejecución del proyecto.

El promotor manifiesta su conformidad con la Confederación en su respuesta al informe de este organismo.

La Dirección General de Política Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana indica que la totalidad de la superficie de la planta solar donde se van a implantar las instalaciones se encuentra sobre suelos de muy alta, alta y media permeabilidad. La masa de agua subterránea cuenta con un estado global malo. Por tanto, no se considera afección conforme al Decreto Ley 14/2020.

Vegetación, flora y Hábitats de Interés Comunitario (HIC).

El promotor caracteriza la vegetación del área del proyecto basándose en el inventario de CORINE Land Cover. Atendiendo a esta base de datos, la superficie de implantación de la PSFV se encontraría ocupada en su mayoría por terrenos agrícolas, dedicados al cultivo de la viña, frutales, olivares, tierras de labor en secano, terrenos regados permanentemente o mosaicos de cultivos. En las zonas sur y norte aparecen prados, praderas y pastizales naturales. En el sur aparecen también zonas industriales o comerciales y zonas de extracción minera.

Las líneas de evacuación atravesarían diversidad de terrenos, destacando tierras de labor en secano, terrenos regados permanentemente, viñedos, frutales, olivares, prados y praderas, mosaico de cultivos, bosques de coníferas, pastizales naturales, matorral boscoso de transición y espacios con vegetación escasa.

Para detectar la presencia de especies de flora amenazada, el promotor consulta la información de las cuadrículas UTM 10 × 10 km del Banco de Datos de Biodiversidad de la Comunidad Valenciana en que se ubica el proyecto. Se detectan 61 especies de flora, de las cuales 3 se encuentran en peligro de extinción, 4 son vulnerables, 22 son protegidas no catalogadas y 32 especies aparecen como vigiladas en el Catálogo Valenciano de Especies de Flora Amenazadas. Las especies en peligro de extinción son Rumex roseus, Halimium atriplicifolium y Orchis papilionacea. Las catalogadas como vulnerable son Callipeltis cucullaris, Campanula mollis, Lupinus mariae-josephae y Teucrium lepicephalum.

Restringiendo la búsqueda a las especies presentes en las cuadrículas UTM 1 × 1 km ocupadas por el proyecto, no se identifican especies en peligro de extinción. Se encuentran Callipeltis cucullaris como única especie vulnerable y Astragalus alopecuroides subsp. grosii como especie protegida no catalogada, además de seis especies vigiladas.

Mediante trabajo de campo, en el área de la PSFV se ha detectado la presencia de flora de interés como Helianthemum sp., Teucrium capitatum y otras especies características de arenales calcícolas, que han colonizado las parcelas agrícolas abandonadas. El promotor afirma que se han tenido en cuenta estos resultados al diseñar de la planta, excluyendo del perímetro afectado por el vallado los terrenos agrícolas abandonados que puedan albergar estas especies de interés y puedan ser hábitat potencial de las mismas.

También se ha realizado trabajo de campo en los puntos correspondientes a los apoyos de la línea eléctrica y sus cercanías. No se observan especies catalogadas de flora durante este trabajo.

La ubicación de la PSFV coincide con el Hábitat de Interés Comunitario (HIC) 8210 Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica y el HIC prioritario 6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea. La afección a estos HIC se extiende unas 0,09 ha correspondientes con las zonas de acopio, en las que se intentará respetar al máximo la vegetación natural existente.

Por otro lado, las líneas de evacuación atraviesan un gran número de HIC en una longitud acumulada de 27.352 m. Entre los afectados, se encuentran 9 HIC no prioritarios, de códigos 5210, 8210, 9340, 2260, 5330, 1430, 6420, 92A0 y 92D0, así como los siguientes HIC prioritarios:

– 6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea.

– 9560* Bosques endémicos de Juniperus spp.

– 1520* Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia).

– 6110* Prados calcáreos cársticos o basófilos del Alysso-Sedion albi.

Asimismo, la PSFV afecta a 6,05 ha de terreno forestal estratégico y 6,90 ha de terreno forestal del Plan de Acción Territorial Forestal de la Comunitat Valenciana (PATFOR), presentes en las áreas norte y sur del vallado. La línea de evacuación se ubica durante 13,65 km sobre terrenos forestales estratégicos y 29,12 km sobre terrenos forestales. La zona de implantación de la PSFV ocupa 0,037 ha del Monte de Utilidad Pública (MUP) AL065 «La Calera y San Mayor» y se encuentra colindante al MUP AL126 «Sierra de la Villa». En cuanto a la línea de evacuación, cruza el MUP AL008 «Conjunto de Montes de Biar» y el MUP AL080 «Vistabella y Cuervo».

Entre las afecciones a la vegetación, terrenos forestales e HIC, se valora la eliminación de la cubierta vegetal, que podrá ser temporal o permanente y producirá mayores impactos en el trazado de la línea de evacuación. La eliminación permanente de vegetación conlleva también compactación del suelo y hormigonado. Los movimientos de tierra acarrean del mismo modo la eliminación de la cubierta vegetal.

El EsIA propone, como medidas para minimizar las afecciones a la vegetación, el balizamiento de formaciones o elementos vegetales a proteger, la poda correcta y aplicación de pastas cicatrizantes de la vegetación dañada, el respeto de ejemplares y rodales sobresalientes de vegetación siempre que sea posible, la incorporación de material vegetal procedente del desbroce mediante trituradora en zonas no útiles o que sean objeto de restauración, y la revegetación con especies similares a las que componen la vegetación afectada, entre otras.

La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana indica que ha comprobado la presencia de especies de flora catalogada en las inmediaciones de la PSFV, aunque no en el interior de sus parcelas. Recuerda que para las especies protegidas por el Decreto 70/2009 que crea el Catálogo Valenciano de Espacies de Flora Amenazada queda prohibida la recogida, tala, mutilación, arranque o destrucción en la naturaleza de todos los taxones protegidos y cualquier afección a su hábitat, así como el uso de herbicidas y la plantación, siembra o dispersión de especies exóticas.

En cuanto a los HIC, observa que en el ámbito del proyecto se encuentran los hábitats prioritarios 9560*, 1520* y 6220*, que se corresponden con ecosistemas raros, frágiles, con riesgo de desaparición o que albergan una elevada concentración de espacies protegidas o endémicas.

Este organismo también señala la afección a terreno forestal y terreno forestal estratégico por la PSFV, en concreto las parcelas 22, 21 y 193 del polígono 5 del municipio de Calera, Cañada (Alicante), que deberán excluirse en todo caso del proyecto. Igualmente, la línea eléctrica afecta a terreno forestal y terreno forestal estratégico, al MUP «Conjunto de Montes de Biar», que cuentan con instrumentos de gestión y en los que se han realizado diversas repoblaciones recientes, al MUP «Vistabella y Cuervo», y a dos fincas forestales privadas por con instrumentos de gestión forestal.

La línea eléctrica generaría impactos mayores a las indicados por el EsIA, a causa de la necesidad de crear franja deforestada debajo de todo el tendido, como recoge el Decreto 150/2010, de 24 de septiembre, del Consell. Esto provocaría una fuerte afección a la capa de vegetación del terreno forestal estratégico además de una merma en el alcance de los objetivos perseguidos con la repoblación forestal realizada desde la administración pública.

La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana requiere en su primer informe la valoración de una alternativa que reduzca la longitud de la línea de evacuación y con ello las afecciones al medio natural. Considera las afecciones a terreno forestal estratégico y a montes públicos catalogados, así como a los hábitats prioritarios protegidos, entre los motivos principales para informar desfavorablemente acerca del proyecto, que causaría un elevado impacto sobre diferentes componentes del medio natural.

El promotor, en su respuesta al primer informe de la mencionada Dirección General, indica que la afección a terrenos forestales ordinarios y estratégicos por la PSFV sería mínima y únicamente referente al vallado, ya que en estas parcelas no prevé la instalación de placas fotovoltaicas. Además, señala que la alternativa seleccionada en cuanto al trazado de la línea eléctrica minimiza las afecciones a terrenos forestales estratégicos, ordinarios e HIC, con respecto a las otras dos alternativas propuestas por el promotor. Argumenta también la compatibilidad de la planta con los usos de los suelos forestales y MUP desde el punto de vista legal.

El segundo informe de la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana mantiene su valoración desfavorable sobre la PSFV y su infraestructura de evacuación. Requiere que se realice una prospección previa a las obras de instalación de apoyos de la línea, en presencia de agentes medioambientales, para que se levante acta que cerciore que no se afecta a especies protegidas de flora. También aclara que las zonas designadas como HIC, independientemente de que presenten las especies asociadas a ellos, presentan las características geológicas y climáticas necesarias para una potencial instalación de las mismas, motivo por el cual han sido protegidos y han de conservarse e incluso potenciarse. La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana insiste en que las afecciones al suelo forestal por la línea de evacuación, que discurre por terrenos con la alta vulnerabilidad indicada a perturbaciones y riesgo de erosión potencial muy alto, resultan inaceptables.

El promotor, en su respuesta a este informe, especifica la normativa al respecto no indica que sea necesario crear una franja deforestada bajo el tendido. En su lugar, se realizarían tratamientos para mantener una distancia concreta entre la vegetación y los conductores, y para conseguir unas densidades de la vegetación determinadas. El promotor indica que podrían colocarse apoyos 5 m más altos para minimizar la talla de árboles y eliminar especies invasoras como parte de las reducciones de densidad. A su vez, propone un nuevo trazado en el cruce con el MUP «Conjunto de Montes de Biar», que coincide mayoritariamente con franjas auxiliares para evitar la propagación de incendios, y reduce la longitud en que la línea atraviesa arbolado denso en 3 km. El promotor se compromete a realizar los tratamientos silvícolas necesarios para el correcto mantenimiento de las franjas, reforzarían la actuación contra la propagación de incendios y menciona beneficios de los tratamientos propuestos para las franjas. Para disminuir el riesgo de erosión, propone la gestión y mantenimiento de masas forestales arbustivas con al menos un 20% de fracción de cabida cubierta (FCC) y la revegetación de zonas con menor FCC con especies autóctonas.

En el tercer informe emitido por la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana, este organismo señala que se mantienen la longitud de la línea de evacuación y sus afecciones a hábitats prioritarios, MUP, terreno forestal y terreno forestal estratégico descritas. Por lo tanto, se reitera en sus conclusiones desfavorables sobre el proyecto, a causa de su elevado impacto.

El promotor responde a este informe, justificando que la longitud de la línea eléctrica se debe a la posibilidad de crear un corredor energético que conduzca la energía de otros proyectos fotovoltaicos y eólicos, y declarando que le resulta inviable volcar la energía producida en una subestación más próxima a la PSFV.

Asimismo, se reitera en las condiciones que requiere la franja de servidumbre de la línea. Sostiene que el tratamiento de la vegetación puede tener consecuencias positivas sobre los hábitats y servir como oportunidad en la prevención y extinción de incendios forestales a modo de cortafuegos.

Sobre los terrenos forestales arbolados, detalla los tratamientos mencionados en su respuesta al segundo informe de la citada Dirección General. La zona de servidumbre de la línea eléctrica requiere el mantenimiento de distancias mínimas reglamentarias entre la altura de la vegetación y los conductores, y una FCC máxima del 50% entre arbustos y árboles. Para ello, entre los apoyos del 27 al 32, del 43 al 59, del 61 al 65 y del 83 al 92, tendrán lugar tratamientos silvícolas como las cortas por aclareo sucesivo por bosquetes pequeños o medianos. Los restos de corta no aprovechables se eliminarán mediante astillado o trituración, y se dispondrán sobre las calles para ofrecer protección al suelo o acordonados sobre el terreno por curvas de nivel. El control de la vegetación se realizará mediante pastoreo controlado o mediante desbroces, claras y clareos. Como medida compensatoria, propone la plantación del doble de la superficie forestal afectada por la línea de evacuación, en terrenos cercanos o degradados a consensuar con la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana.

Sobre los terrenos forestales arbustivos, además de lo indicado en el párrafo anterior, propone gestionar y mantener las masas forestales cuando FCC sea mayor al 20%, realizar proyectos de revegetación con especies autóctonas cuando la FCC sea menor al 20%, así como medidas que persiguen la mejora de HIC afectados. Estas medidas incluyen la siembra de semillas y aportación de suelo de otras comunidades gipsícolas o la creación de sustrato a partir de margas, materia orgánica, yeso molido y rocas.

Además, plantea modificar el trazado del tendido eléctrico para que atraviese el MUP «Conjunto de Montes de Biar» de forma mayoritariamente soterrada, utilizando cortafuegos existentes, entre los apoyos 32 y 43. El trazado aéreo se mantendría en 0,75 km, frente los 4,40 km iniciales. También propone realizar la gestión forestal del monte y la adecuación de sus viales.

En cuanto a los HIC prioritarios afectados por los apoyos cuya presencia se ha comprobado en campo (6110*, 6220* y 1520*) el promotor plantea el balizamiento para evitar la afección y el desplazamiento de los apoyos 114, 130 y 135. Se realizarán también prospecciones botánicas previas al inicio de las obras y repoblaciones de las especies protegidas afectadas por la franja de servidumbre. No se estima afección al HIC 9560*.

La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana emite un cuarto informe, que vuelve a reiterarse en sus conclusiones desfavorables. En este, coincide en que resulta eficiente compartir infraestructura de evacuación entre varios proyectos, pero vistas las dimensiones del proyecto, considera necesario que se planifiquen las infraestructuras mediante una propuesta estratégica que permitiera estudiar minuciosamente la opción más conveniente. Aun así, considera que una línea tan extensa aumenta los impactos ambientales exponencialmente, ya que conlleva la necesidad de generar más energía para compensar las pérdidas en el recorrido. Esto a su vez produce más ocupación de superficie por paneles solares. Todo ello se podría reducir con una propuesta con un uso más racional de las infraestructuras y recursos naturales.

A su vez, mantiene que se producen afecciones a terreno forestal ordinario y estratégico y a MUP. Considera que el tramo elegido para el soterramiento de la línea en el MUP «Conjunto de Montes de Biar» puede causar afecciones muy graves a los recursos geológicos formados por litologías de margas, calizas, dolomías, arcillas y yesos, y aumentar considerablemente la erosión del suelo. El soterramiento debe seguir pistas existentes.

La citada Dirección General informa desfavorablemente de la propuesta del promotor de plantación del doble de superficie forestal afectada, ya que requeriría actuaciones de gestión posteriores. Considera más oportunas medidas de gestión forestal consensuadas. También de la restauración de hábitat gipsícola propuesta, por la alta probabilidad de perjudicar este hábitat frágil y protegido. Las medidas para estos hábitats deben limitarse a tareas de limpieza y adecuación del entorno sin intervenciones mecánicas. La propuesta de pastoreo requeriría un plan detallado.

Sobre la afección a HIC por los apoyos de la línea, recuerda al promotor que no se permite ningún tipo de afección a los mismos.

En su respuesta a este informe, el promotor considera que la línea es eficiente y las pérdidas de energía son pequeñas. Propone una ampliación del soterramiento de la línea con tal de que atraviese de forma completamente subterránea el MUP «Conjunto de Montes de Biar» siguiendo franjas auxiliares de prevención de incendios. Descarta trazados de la línea que no atraviesen el MUP o que sigan el corredor de infraestructuras A-31. Con respecto al tramo que atravesaba el MUP «Vistabella y Cuervo», modifica el trazado de forma que bordea el MUP por la zona norte, inicialmente de forma aérea y después de forma soterrada.

El promotor aporta un anteproyecto de medidas compensatorias de gestión forestal para los MUP, elaborado por una consultora externa. Muestra conformidad a limitar las medidas de los HIC a tareas de limpieza y adecuación del entorno.

Ecologistas en Acción del País Valenciano expresa en su alegación la excesiva longitud de la línea de evacuación, remarcando que 75 de sus 157 apoyos ocupan suelo forestal. Además, el 26,1% ocuparía suelos forestales estratégicos. También se da afección a HIC y a MUP. Estos últimos, atendiendo a la legislación al respecto, deben ser conservados y mejorados por su trascendencia hidrológico-forestal o por sus funciones ecológica o sociales. Se deberían considerar alternativas más cercanas al punto de conexión.

En su respuesta a esta asociación, el promotor expone las dificultades técnicas y económicas para evacuar la energía en una SET más próxima. Considera compatibles las afecciones a terrenos forestales y MUP.

Fauna.

El promotor elabora un estudio de la fauna del área del proyecto. Se divide en una recopilación de la información presente en las cuadrículas UTM 10 × 10 de la Base de Datos del Inventario Español de Especies Terrestres y un estudio de campo.

La recopilación bibliográfica del ámbito de la PSFV indica la presencia de 112 especies de aves, 21 especies mamíferos, 15 de reptiles, 6 de anfibios y 2 de peces. Entre las especies detectadas, una se encuentra catalogada como En Peligro de Extinción, 6 como Vulnerables y 12 incluidas en el listado de especies protegidas, en el Catálogo Valenciano de Especies de Fauna Amenazadas (CVEFA). A nivel estatal, una especie se encuentra En Peligro de Extinción y 4 son Vulnerables en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA), mientras que 102 especies están incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE).

En las cuadrículas correspondientes a la línea eléctrica se encuentran 117 especies de aves, 27 de mamíferos, 17 de reptiles, 5 de anfibios y 8 de peces. Atendiendo al CVEFA, una de las especies encontradas está En Peligro de Extinción, 5 son Vulnerables y 14 están en el listado de especies protegidas. A nivel estatal, una especie está catalogada como En Peligro de Extinción, 4 son Vulnerables y 101 están incluidas en el LESRPE.

Tanto para la PSFV como para la línea, la especie en peligro de extinción mencionada hasta el momento es el fartet (Aphanius iberus). Señala el promotor que, según el CEEA, las especies vulnerables son el aguilucho cenizo (Circus pygargus), sisón común (Tetrax tetrax), murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum) y murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii). En el CVEFA, aparecen las especies anteriores junto con el cernícalo primilla (Falco naumanni) y el gallipato (Pleurodeles waltl). Cabe destacar que el sisón común ha pasado a considerarse En Peligro de Extinción en el CEEA tras la Orden TED/339/2023, de 30 de marzo, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 139/2011. También está clasificado actualmente en el CVEFA como En Peligro de Extinción.

De los análisis del promotor se deriva que algunas de las cuadrículas en que se implantaría el proyecto tienen valores máximos de importancia para los vertebrados, las aves, la biodiversidad o los peces, y valores altos para otros grupos en otras cuadrículas del proyecto. También se dan cuadrículas de valor máximo o alto para las aves esteparias en el área de implantación de la PSFV. La planta y la línea ocuparían además áreas de alto valor natural agrícola y forestal.

El estudio de campo detecta una serie de especies de interés para el proyecto. Entre las aves esteparias solo identifica el alcaraván común (Burhinus oedicnemus), incluido en el LESRPE y abundante en la zona de implantación de la PSFV y sus alrededores. Cuenta con tres territorios dentro de los límites de la planta.

En cuanto a las aves rapaces, se detectan 17 especies. Entre ellas, se encuentra águila imperial ibérica (Aquila adalberti), catalogada como En Peligro de Extinción en el CEEA; águila perdicera (Aquila fasciata), Vulnerable en el CEEA y En Peligro de Extinción en el CVEFA; aguilucho cenizo (Circus pygargus), Vulnerable en el CEEA y CVEFA; aguilucho lagunero (Circus aeruginosus), Vulnerable en el CEEA y En Peligro de Extinción en el CVEFA; águila pescadora (Pandion haliaetus), Vulnerable en el CEEA y CVEFA. El aguilucho cenizo se cita como nidificante en una de las cuadrículas UTM de 10 × 10 km en que se plantea la PSFV, mientras que el águila perdicera se cita como reproductora a unos 5 km al sur de la PSFV y a 2,4 km de la línea eléctrica. Se han detectado vuelos nupciales de esta especie durante el trabajo de campo, en la Huerta de Villena.

Además, se detectan varias rapaces incluidas en el LESRPE que cuentan con áreas de campeo o territorios de nidificación en la zona de la PSFV, de la línea, o ambas. Estas son el águila real (Aquila chrysaetos), buitre leonado (Gyps fulvus), busardo ratonero (Buteo buteo), culebrera europea (Circaetus gallicus), gavilán común (Accipiter nisus), cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), halcón peregrino (Falco peregrinus), azor común (Accipiter gentilis) y águila calzada (Hieraaetus pennatus). También incluidos en el LESRPE, se han registrado el abejero europeo (Pernis apivorus), esmerejón (Falco columbarius) y milano negro (Milvus migrans). La rapaz más abundante fue el buitre leonado, seguido del cernícalo vulgar y el halcón peregrino.

Entre las aves ligadas a medios acuáticos se detectan 31 especies, la mayoría de ellas asociadas a las balsas de riego del ámbito de la PSFV o del final de la línea de evacuación. Destaca la presencia de porrón pardo (Aythya nyroca), considerado En Peligro de Extinción en el CEEA y el CVEFA, que llega a detectarse a unos 265 m de la línea eléctrica. También se identifican garcilla cangrejera (Ardeola ralloides), Vulnerable en el CEEA y el CVEFA, y garza imperial (Ardea purpurea), incluida en el LESRPE y Vulnerable en el CVEFA. Además, se detectan dos colonias de avión zapador (Riparia riparia), incluido en el LESRPE y Vulnerable en el CVEFA, una de ellas con unas 12 parejas a 1,5 km de la PSFV y otra con más de 100 nidos a 800 m del tendido. La especie se alimenta en una de las balsas de riego a 50 m de la implantación. Se registran otras 16 especies de aves acuáticas listadas en el LESRPE.

La chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax), incluida en el LESRPE, se constata como reproductora en el cauce del río Vinalopó, en el centro de la PSFV, así como en una cantera inactiva a 120 m de la misma. Utiliza la zona de implantación como área de alimentación. Una situación similar se da con la grajilla occidental (Coloeus monedula), con otra colonia de cría en el río Vinalopó. También se da presencia de varias aves nocturnas incorporadas en el LESRPE y de lechuza común (Tyto alba), Vulnerable según el CVEFA. Entre ellas, el mochuelo europeo (Athene noctua) cuenta con un mínimo de 5 territorios dentro de límites de la PSFV, mientras que el búho real (Bubo bubo) cuenta con un nido dentro del vallado de la PSFV, otro a 230 m y varios más en las cercanías del proyecto. El chotacabras cuellirrojo (Caprimulgus ruficollis) cuenta con un mínimo de 7 territorios dentro del vallado y varios cercanos a la línea eléctrica.

El EsIA incluye un estudio de quirópteros, que detecta 11 especies. Pipistrellus kuhlii, Pipistrellus pygmaeus, Pipistrellus pipistrellus, Eptesicus isabellinus, Tadarida teniotis, Hypsugo savii y Plecotus austriacus están incluidos en el LESRPE, mientras que Rhinolophus ferrumequinum, Miniopterus schreibersii, Myotis emarginatus y Myotis myotis se consideran Vulnerables en el CEEA y el CVEFA. Se identifican ejemplares del género Myotis sin poder determinar la especie. La especie más registrada es P. kuhlii. Se detectan tres colonias de R. ferrumequinum, a 250, 500 y 700 metros del trazado de la línea eléctrica.

Asimismo, se detectan 6 especies de anfibios, todas ellas incluidas en el LESRPE. El gallipato (Pleurodeles waltl), también catalogado como Vulnerable en el CVEFA. 10 especies de reptiles, 7 pertenecientes al LESRPE. La culebra bastarda (Malpolon monspessulanus) se incluye en el listado de especies de fauna protegidas del CVEFA. Por último, se identifican 15 especies de mamíferos no quirópteros, con 6 especies en el listado de especies de fauna protegidas del CVEFA y una catalogada en el LESRPE.

El promotor prevé afecciones a las especies de rapaces diurnas mencionadas, por molestias en la construcción, pérdidas de áreas de campeo o alimentación y riesgo de colisión con el tendido eléctrico. Al menos, el alcaraván común, el chotacabras cuellirojo, y el búho real se verían afectados por pérdida de territorios reproductivos y mortalidad por colisión. Posiblemente, la mortalidad de colisión y molestias durante la construcción también afectarán a las aves acuáticas. Los córvidos mencionados verían afectados sus territorios de cría y alimentación. Se darán afecciones a las zonas de cría y alimentación de anfibios, reptiles y mamíferos a causa de la alteración del entorno.

Se proponen medidas para mitigar los impactos sobre la fauna, como la mejora del hábitat para aumentar las especies presa, instalación de vallados permeables, mantenimiento de la cubierta vegetal en la PSFV o instalación de majanos.

La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana señala la presencia de numerosas especies prioritarias en la zona. Indica que la PSFV se ubica en el territorio de una pareja de águila real y el territorio de una pareja de águila perdicera. La PSFV supone una pérdida de hábitat para las aves rapaces, por lo que las parejas reproductoras que tengan en la zona de emplazamiento de la planta su área de campeo y de alimentación podrían verse desplazadas a zonas aledañas no ocupadas por las instalaciones. Las medidas compensatorias que se adopten deberán ir destinadas a compensar en al menos un 25%, la superficie de hábitat perdida, recuperando un espacio agrícola con especies tradicionales que favorezcan la presencia de poblaciones de fauna que sirvan de alimento para las aves rapaces. Estas medidas se mantendrán durante todo el período de tiempo que dure la explotación de la instalación.

En la zona de la línea eléctrica se da presencia de especies prioritarias, entre las que se encuentra el camachuelo trompetero (Bucanetes githagineus), En Peligro de Extinción en el CVEFA e incluido en el LERSPE. A lo largo del trazado aparecen dos zonas de nidificación de águila real a menos de 2 km, un nido de buitre leonado a 1,4 km y un nido de águila perdicera a 3 km. Este organismo considera que la línea supone un peligro de electrocución elevado para estas aves, además de un riesgo de colisión. Propone una serie de medidas correctoras al proyecto, aunque informa desfavorablemente del mismo, entre otros aspectos, por su afección a numerosas especies prioritarias.

En su respuesta al informe de la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana, el promotor se compromete a adoptar una serie de medidas destinadas a favorecer las poblaciones faunísticas. Entre ellas, la instalación de vivares y refugios de lagomorfos, de cajas nido para aves y quirópteros, y de colonias artificiales de avión zapador, así como la creación de charcas para anfibios.

En el segundo informe de la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana, señala que no es acertado construir majanos para conejos, ya que los municipios se encuentran dentro de zonas de daños por sobrepoblación de conejos. Indica que la afección más grave para la fauna es la perdida de superficie de campeo en el caso de las rapaces, y de hábitat de cría y alimentación en el caso de las esteparias. Por tanto, es necesario conservar los cultivos en todas las parcelas en que no se dispongan paneles solares, así como adquirir parcelas de cultivo por el 25% de la superficie de la PSFV para mantener cultivos tradicionales de cereales. Además, en la planta deberá diseñarse obligatoriamente de modo que se creen islas de paneles solares no superiores a 10 ha, con corredores entre ellas de un mínimo de 6 metros de anchura. Esta medida ya se incluida, de forma menos detallada, en el condicionado del primer informe de este organismo.

El promotor muestra conformidad a las medidas referentes a los cultivos, pero señala la inconveniencia técnica del diseño propuesto de la planta, que requerirían, entre otros, el aumento de superficie de la planta. Muestra su compromiso para determinar el diseño de la PSFV junto con la citada Dirección General.

En el tercer informe de la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana, este organismo se reitera en su valoración desfavorable por el elevado impacto del proyecto, haciendo alusión principalmente a la línea eléctrica.

La Asociación Salvatierra alega la afección a varias especies de aves que utilizan el área de implantación de la PSFV para la alimentación y reproducción. Destaca la afección al coleóptero Paratriodonta alicantina, un endemismo alicantino-murciano considerado En Peligro en el Libro Rojo de los Invertebrados de España. Sobre el riesgo de mortalidad que supone la línea eléctrica, es relevante la presencia de al menos dos nidos de buitre leonado a un kilómetro del trazado, en una zona con elevada presencia de buitres, dado que la especie está colonizando Alicante lentamente y cuenta con escasas parejas en la provincia. También es relevante la presencia de porrón pardo en las proximidades de la línea eléctrica.

En su respuesta a esta asociación, el promotor argumenta que las afecciones del proyecto a la fauna son reducidas y comenta las medidas mitigadoras propuestas.

Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000 (RN2000).

Varios espacios pertenecientes a la Red Natura 2000 se sitúan próximos y rodean al proyecto:

– ZEPA ES0000458 / ZEC ES5212008 Maigmó i Serres de la Foia de Castalla, situado a 191 m al sur de la línea eléctrica y a 1,53 km al sur de la PSFV.

– ZEPA ES0000474 / ZEC ES0000213 Serres de Mariola i el Carrascar de la Font Roja, situado a 2,88 km al noreste de la línea eléctrica.

– ZEPA ES0000460 Riu Montnegre, situada a 107 m al suroeste de la línea.

– ZEC ES5212007 Salero y Cabecicos de Villena, unos 4,6 km al oeste de la PSFV.

– ZEC ES5213054 Els Aforins, a 5 km en dirección norte de la PSFV, y ZEPA ES0000455 Els Alforins, a unos 8 km.

– ZEPA ES0000457 / ZEC ES5213039 Sierra de Salinas, situado a 4,96 km en dirección oeste de la PSFV.

– ZEPA ES0000463 Cabeço D’Or i la Grana, situada a 4,35 km al sureste de la línea de evacuación.

En las cercanías de las instalaciones aparecen los espacios naturales protegidos denominados Parque Natural del Carrascal de la Font Roja, a 3,59 km, Parc Natural de la Serra de Mariola, situado a 4,08 km, y Paraje Natural Municipal Els Plantadets, ubicado a 1,77 km. Además, la PSFV se sitúa sobre el área de recuperación del Plan de Recuperación del Fartet (Decreto 9/2007) y la línea eléctrica atraviesa la IBA «Sierras de La Safor y Norte de Alicante» y el Área Prioritaria «Montnegre-Cabeçó d’Or» que pertenece a las Zonas de Protección de Avifauna por Tendidos Eléctricos. A menos de 5 km del proyecto aparecen varias reservas de fauna y microrreservas de flora.

El proyecto se encuentra próximo a corredores territoriales identificados por la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana. La PSFV se sitúa colindante al corredor fluvial del Río Vinalopó. Además, la línea de evacuación presenta cruzamientos con dos corredores fluviales y dos terrestres.

El EsIA incluye un análisis de las repercusiones del proyecto sobre la RN2000. Este análisis describe los valores de los espacios mencionados, que principalmente consisten en poblaciones reproductoras de grandes aves como el águila real, águila perdicera, halcón peregrino, búho real, buitre leonado, chova piquirroja o alcaraván, así como numerosos HIC. Estos valores se consideran elementos clave de sus correspondientes espacios RN2000. Estima que los principales impactos del proyecto serán sobre las poblaciones de aves que caracterizan los espacios, ya sea por pérdida de hábitats de los que hacen uso, molestias durante la obra, efecto barrera o mortalidad.

Con el fin de contrarrestar estas afecciones, el promotor propone una serie de medidas, como la instalación de vivares y refugios de lagomorfos, de cajas nido para aves y quirópteros, y de colonias artificiales de avión zapador o la compensación de superficie afectada de HIC, terrenos PATFOR y MUP.

La Dirección General de Política Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana indica la afección al corredor territorio fluvial del Río Vinalopó por la PSFV y la parte inicial de la línea de evacuación. Atendiendo al Decreto Ley 14/2020, las estructuras de la PSFV deben ubicarse al menos a 100 del corredor territorial. La línea eléctrica también deberá respetar el corredor, situando todas las instalaciones fuera de su zona de afección.

La respuesta del promotor a la citada Dirección General indica que se tuvo en cuenta el corredor fluvial en el diseño de la PSFV, y que se compromete a aplicar las medidas que proponga la administración para la conservación del hábitat y las especies que lo habitan. También menciona la instalación de pantallas vegetales en el perímetro de la planta, que además de su función en la integración paisajística, podrían servir como corredor de fauna, mitigando afecciones de la cercanía al cauce. Sobre la afección de la línea a varios corredores territoriales, argumenta la compatibilidad normativa con estos territorios de la infraestructura verde regional, y manifiesta su compromiso por adoptar las medidas que se consideren oportunas.

Ecologistas en Acción del País Valenciano alega que la línea de evacuación se encuentra en su totalidad en las áreas prioritarias de Montnegre-Cabeçó d’Or y Monforte del Cid-Tabayal, de protección de la avifauna contra la colisión y electrocución por tendidos eléctricos, al contrario de lo que indica el EsIA.

El informe de esta asociación hace hincapié en la afección del proyecto corredores territoriales. Además de la afección al corredor territorial fluvial del Río Vinalopó por la PSFV, ya indicada, la línea eléctrica atraviesa el corredor territorial terrestre que une la ZEPA/ZEC Maigmó i Serres de la Foia de Castalla con la ZEPA/ZEC Serres de Mariola i el Carrascar de la Font Roja. También atraviesa el corredor territorial terrestre que conecta la ZEPA/ZEC Maigmó i Serres de la Foia de Castalla con la ZEPA Montañas de la Marina y ZEC Aitana, Serrella i Puigcampana. Se observa que este corredor también une los espacios RN2000 ZEPA Riu Montnegre y ZEPA Cabeço D’Or i la Grana. Por último, la línea atraviesa el corredor fluvial el Río Monnegre – Río Seco. Estos corredores permiten la permeabilidad del territorio para mejorar su resiliencia y la optimización de los bienes y servicios ambientales para la mitigación del cambio climático.

En su respuesta a esta asociación, el promotor señala que la línea cumplirá las exigencias de la normativa para mitigar el riesgo de colisión y electrocución de las aves. Sobre la ocupación de corredores territoriales, el promotor indica que los corredores no cuentan con un grado de protección ni limitaciones de uso concretas y que el EsIA dispone de medidas para disminuir la afección a estos espacios y sus valores.

Paisaje.

El EsIA indica que el proyecto se ubica en un valle agrícola en un paisaje dominado por cultivos frutales de secano, típico de las zonas noroccidentales de la provincia de Alicante. En menor grado, también aparecen cultivos de regadío en el fondo del valle, a lo largo del curso del Río Vinalopó. Existe un grado de humanización elevado, dados los usos agrícolas y la aparición de algunos núcleos urbanos, construcciones, caminos rurales e infraestructuras. También tienen relevancia y destacan por su valor paisajístico las sierras con terrenos forestales al norte y sur de las instalaciones.

Se realiza un análisis de cuencas visuales, que indica que la PSFV será visible desde el 52,30 % de la cuenca visual, que se establece como un radio de 3 km alrededor de alrededor de cada estructura de la planta. La máxima visibilidad se da en las zonas agrícolas inmediatas o las formaciones montañosas cercanas. Será visible principalmente desde el municipio de Biar, actuando las sierras próximas como barreras visuales. La línea de evacuación será visible desde el 90,30% de la cuenca visual.

El proyecto se ubica en los Paisajes de Relevancia Regional (PRR) 20 Sierras del interior de Alicante, Mariola, Maigmó y Penya Roja y 21 Foies d’Alcoi i Castalla i Vall de Bocairent. La PSFV y SET ocupan el PRR 20, mientras que la línea eléctrica ocupa los PRR 20 y 21.

El promotor elabora un análisis de la calidad y fragilidad de las unidades de paisaje y recursos paisajísticos en la zona de estudio del proyecto. La calidad de estos elementos paisajísticos se califica con valores medios, bajos o muy bajos. En cuanto a la fragilidad, se asignan valores desde altos hasta muy bajos. Los valores altos se corresponden principalmente a terrenos forestales, montañosos o con figuras de protección, mientras que los más bajos se asignan a zonas llanas, agrícolas o modificadas por otros usos humanos. Se considera que el paisaje cuenta una baja singularidad y una baja sensibilidad al cambio, con excepción de la zona ubicada en la Sierra de las Salinas sobre terreno forestal estratégico, que presentaría a singularidad media y valor paisajístico medio, por lo que la sensibilidad al cambio del paisaje se consideraría como media.

Junto con el resto de infraestructuras similares planteadas o construidas en la zona, la PSFV Tendetes supondría un efecto acumulativo que se traduce en el incremento del 12,98 % en la cuenca visual desde la que resulta visible alguna planta fotovoltaica. En total, resultarían visible al menos una PSFV desde el 86,99% del territorio analizado.

En la fase de construcción, producirán afecciones sobre el paisaje acciones como la eliminación de la cubierta vegetal, los movimientos de tierra, compactaciones, depósito y acopio de materiales, hincado de estructuras, cimentaciones y construcción de edificaciones, y la presencia de personal de obra y maquinaria, entre otras. En la fase de funcionamiento, la principal afección visual viene derivada por la presencia de las infraestructuras del proyecto (paneles solares, subestación, apoyos del tendido eléctrico, etc.). También tendrán un impacto negativo las labores de mantenimiento.

Algunas de las medidas que propone el promotor para mitigar las afecciones visuales son la utilización de corrientes arquitectónicas, materiales, colores y formas que favorezcan la integración paisajística y la restauración de superficies no necesarias en la fase de funcionamiento. Se restaurará toda la superficie a excepción de aquella ocupada por estructuras permanentes. También se propone la creación de una pantalla vegetal de 5 m de ancho en el perímetro de la planta y se permitirá el crecimiento de la vegetación natural en las parcelas de la planta.

El Servicio de Infraestructura Verde y Paisaje de la Dirección General de Política Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana señala que existen diversas plantas solares en tramitación en el ámbito, que alcanzarían una superficie total ocupada aproximada de 1.078 ha en los municipios ocupados. Los efectos sobre el paisaje están relacionados con el efecto acumulativo de la gran concentración de plantas en el ámbito, así como con el importante tamaño de la PSFV Tendetes y la longitud de la línea de evacuación planteada. Esto provocará una gran ocupación de suelo sobre un medio frágil como es el medio rural, portador de valores paisajísticos, territoriales, ambientales y culturales y productor de bienes y servicios ambientales para el conjunto de la sociedad. El proyecto afectaría a los PRR 20 y 21, así como suelos de elevada capacidad agrológica, lo que supone afecciones a la Infraestructura Verde Regional.

El citado Servicio, señala que no se ha aportado la documentación técnica necesaria para evaluar la afección sobre el paisaje y la infraestructura verde a una escala territorial adecuada, de acuerdo a la normativa vigente en la materia. En su ausencia, analiza el estudio de integración paisajística del promotor, señalando que no se ajusta a lo requerido, que minusvalora de manera injustificada paisajes como los agrícolas o los urbanos con valores culturales, tradicionales o paisajísticos, que no tiene en cuenta los paisajes de relevancia regional afectados, y carece de la justificación de los factores de visibilidad utilizados y de los resultados de la participación pública del instrumento de paisaje.

El informe del citado Servicio señala que la instalación planteada consolidará una pantalla o barrera de cierre físico y visual del valle. Esto afectará significativamente a la unidad de paisaje en que se encuentra, perteneciente a un PRR, fragmentándola. La preservación de los PRR afectados requiere el mantenimiento de las configuraciones agrarias y regadíos tradicionales de fondo de valle. La PSFV supondrá la sustitución del paisaje existente por uno totalmente nuevo, que afectará significativamente a la continuidad del paisaje y la infraestructura verde, alterando de manera relevante el carácter y el valor del paisaje local. Esta afección se verá incrementada por el efecto acumulativo del conjunto de plantas propuestas e implantadas. En base a su análisis, el Servicio de Infraestructura Verde y Paisaje determina que la PSFV sería incompatible con el paisaje afectado en los términos planteados.

En cuanto a la línea de evacuación, la afección por su gran longitud, las características de una línea de tal potencia y el incremento del impacto generado por tramos en que se acumula con otras líneas eléctricas, dificultarían significativamente y pueden imposibilitar que se garantice la menor afección sobre los paisajes de elevado valor, así como la integración paisajística y visual. Debería priorizarse la localización de la planta más próxima a redes existentes, o la evacuación a través de corredores de infraestructuras prioritarios ya definidos, compartiendo la evacuación con otras líneas ya construidas, evitando una mayor afección y fragmentación del paisaje y consiguiendo un diseño más eficiente. Por todo ello, la línea propuesta tampoco se considera compatible.

El Servicio concluye desfavorablemente del proyecto, declarando que resulta incompatible a efectos de su integración territorial y paisajística, en tanto que no respeta los criterios generales y particulares presentes en su informe y en la normativa de aplicación.

El Ayuntamiento de Biar remarca la afección al frágil paisaje del municipio, que debe reducirse dada su calidad paisajística y el elevado porcentaje de ocupación que supone el proyecto y otros circundantes. También destaca la excesiva longitud de la línea eléctrica, señalando que los proyectos deben ubicarse cerca de su punto de evacuación.

Salud y población.

Los municipios de Villena, Cañada y Biar en que se ubica la planta fotovoltaica, cuentan con una densidad poblacional inferior a la provincial, con una tendencia poblacional decreciente. El motor económico principal de los municipios es el sector servicios. Los municipios de Onil, Ibi, Castalla, Tibi, Jijona, Alicante, Mutxamel y San Juan de Alicante cuentan con características demográficas similares, con el sector servicios como principal actividad económica y un crecimiento vegetativo negativo.

Durante la fase de ejecución, se estiman molestias a la población por el incremento del tráfico y de las emisiones de partículas en suspensión, humos o ruidos que conllevan las obras. El promotor considera que tendrá lugar un efecto positivo sobre la economía de la zona, derivado de los puestos de trabajo asociados a la construcción del proyecto. Se extiende este efecto positivo a la fase de funcionamiento, a causa de los puestos de trabajo de gestión, mantenimiento y vigilancia ambiental de las instalaciones, y de los beneficios económicos de los propietarios de los terrenos afectados y de los ayuntamientos. Por otro lado, se producirá una pérdida de productividad agrícola por el cambio en los usos del suelo. Como riesgos para la salud humana, se estiman la merma en la calidad del agua y el aire, y los riesgos de accidentes o catástrofes. Se afirma que las emisiones eléctricas o magnéticas de las infraestructuras del proyecto no superarán los niveles de referencia para campos eléctricos y magnéticos del Real Decreto 1066/2001, por lo que no producirán afecciones sobre la salud humana.

Con tal de minimizar las molestias a la población, se procurará que los transportes en carretera se realicen en las horas de menor intensidad de tráfico, las obras se realizarán en el menor tiempo posible y se realizarán los señalizaciones y balizamientos necesarios en relación con la seguridad de la circulación y zanjas de líneas subterráneas, entre otras medidas.

El informe de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Generalitat Valenciana señala las incidencias negativas del proyecto sobre la población a causa de las afecciones a la hidrología y la calidad del aire, la generación del residuos, ruidos y vibraciones, y campos magnéticos y eléctricos. Con respecto de estas incidencias, especifica una serie de condiciones a seguir por el promotor.

En su respuesta al informe de este organismo, el promotor manifiesta su conformidad.

La Dirección General de Política Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana informa que, de acuerdo con las normativas vigentes, en los municipios de Biar y Cañada, la PFSV Tendetes supera en exceso los porcentajes de una ocupación racional del territorio (limitado en 3%), siendo la instalación no viable e incompatible. Con respecto al municipio de Villena, recalca el gran número de instalaciones que se están tramitando en este término municipal, cuya ocupación en el territorio de Villena ya asciende al 2,80%. Por ello, la PSFV Tendetes es incompatible y no viable conforme a una ocupación racional del suelo determinada en las normativas legales.

En cuanto a la línea eléctrica, se encuentra próxima al proyecto el corredor de infraestructuras prioritario (A-31). Se debería compartir la evaluación del proyecto con las líneas próximas ya existentes para respetar la infraestructura verde del territorio y minimizar los impactos sobre la fragmentación territorial y visual y la multiplicidad de infraestructuras. Se debería estudiar también el volcado a alguna SET más próxima. La línea en su estado actual se considera incompatible.

En su respuesta a este organismo, el promotor alega una ocupación del territorio de los municipios menor al 3%, teniendo en cuenta la superficie ocupada por las infraestructuras e instalaciones de la PSFV y no por su cerramiento perimetral. También alega que situar la línea dentro del corredor A-31 implicaría el soterramiento de unos 20 km, lo que supone dificultades técnicas y económicas, impide la conexión de nuevas instalaciones a la línea y produciría afecciones ambientales. La línea resultante tendría una longitud mayor a la original, con unos 63 km. Indica también las dificultades para compartir la línea con otras próximas existentes. El promotor remarca su intención de crear un corredor energético para otros proyectos en el trazado de la línea de evacuación propuesta. También indica la limitación a la hora de conseguir SET en las que volcar la electricidad y las penalizaciones que sufriría de renunciar al punto de conexión actual.

El Ayuntamiento de Biar presenta en forma de anexos a su segundo informe numerosas alegaciones en contra de la implantación del proyecto de asociaciones y particulares. También indica la afección a la Vía Verde del Chicharra, un recorrido escénico de alto tránsito viandantes y cicloturistas que discurre en medio de la PSFV propuesta.

El Ayuntamiento de Castalla manifiesta su oposición al proyecto, basándose en sus afecciones la ordenación de los suelos municipales y al paisaje, para el que no se adoptan criterios de minimización de la afección. El Ayuntamiento de Jijona también se opone al proyecto, alegando motivos similares. El Ayuntamiento de Mutxamel indica afecciones del proyecto a canalizaciones de agua, una vía pecuaria y el área prioritaria de protección de avifauna contra tendidos eléctricos. El Ayuntamiento de Onil manifiesta la incompatibilidad del proyecto a causa de la ordenación de los suelos.

La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana especifica que la superficie de implantación de la planta se corresponde a los cotos de caza A-10276, A-10277 y A-10194 y a zonas de daños por sobrepoblación de conejos. La línea eléctrica afecta a cuatro senderos regulados, y a el área recreativa y zona de acampada «Cova Negra» (03043-AL008-3000).

El promotor manifiesta su compromiso para que el diseño definitivo de la línea en el proyecto constructivo mantenga indemnes los senderos y el área recreativa.

Patrimonio cultural.

El EsIA señala la afección a varios yacimientos arqueológicos. Concretamente, la PSFV coincide con el enclave Paleolítico Casa del Alicantino (140- 019), mientras que los poblados de la Edad del Bronce de Fontanelles I (043-017) y Fontanelles II (043-018), y el elemento etnológico Aljibe del Derramador (043-037), serían atravesados por la línea eléctrica. Aparecen otros nueve elementos patrimoniales en las cercanías del proyecto. Seis de ellos se sitúan a menos de 200 m, el Barranco del Tuerto (140-004) se sitúa a 300 m y otros dos elementos a menos de 600 m.

Por otra parte, entre islas de la PSFV se encuentran las vías pecuarias denominadas Cordel de Cascante/Cordel de Cabreras por Peñarrubia, Cascante y la Zafra, Vereda del Camino de Caudete y Vereda del Camino de las Fuentes. El EsIA especifica se respetará en todos los casos la anchura legal de las vías. La línea de evacuación cruza 19 vías pecuarias.

El promotor indica que se realizará una prospección arqueológica intensiva para determinar la extensión y afección que pueden sufrir los elementos patrimoniales durante el desarrollo de las obras, y si es necesario se producirá el retranqueo de alguna infraestructura para evitar afecciones mayores.

Como medidas destinadas a minimizar los perjuicios al patrimonio cultural, se suspenderán los trabajos en caso de hallazgo de restos arqueológicos o paleontológicos, y se respetarán las normativas, resoluciones y legislaciones aplicables.

La Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Generalitat Valenciana emite dos informes favorables sobre el proyecto, enumerando una serie de afecciones y proponiendo condiciones a la ejecución del proyecto. Se especifican la excavación de sondeos arqueológicos suficientes en varios elementos, la prospección de varias parcelas previa a la autorización del proyecto, el seguimiento arqueológico y paleontológico de los movimientos de tierra y la conservación del Elemento N-10 Caseta de Calera, entre otros condicionantes.

Sobre la afección a vías pecuarias, la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana indica que se deberá respetar la servidumbre de paso de aquellas afectadas por la PSFV. Los apoyos de la línea deberán localizarse fuera de los límites de las vías. No se producirá ocupación de las vías mientras no se disponga de autorización de concesión demanial. Las obras no podrán interrumpir en ningún momento el transito ganadero ni impedir los demás usos compatibles o complementarios.

El promotor confirma que los apoyos no ocuparán las vías pecuarias y que se respetarán sus servidumbres. Indica que modificará el cruce subterráneo a una vía para que la línea discurra paralela o por debajo de esta, bajo la autorización necesaria.

Efectos sinérgicos y acumulativos.

El EsIA identifica 17 plantas fotovoltaicas en funcionamiento o en tramitación a menos de 10 km de la PSFV Tendetes. Una de ellas, la PSFV Benejama 1, aparecería colindante a la PSFV Tendetes. Otra planta fotovoltaica aparecería a 10,72 km. También se identifican otras infraestructuras como carreteras, autovías, vías de ferrocarril o núcleos urbanos.

El promotor señala efectos sinérgicos sobre la fauna, consistentes en el incremento de la ocupación de terrenos, que se traduce en alteración o pérdida de hábitats; el aumento de la presencia física de elementos verticales, que incrementa el efecto barrera, y la mayor probabilidad de aparición de accidentes que produzcan molestias (ruido, presencia de personal, maquinaria y vehículos) o mortalidad, ya sea por colisión con los cerramientos, módulos o la línea eléctrica, o por atropello.

También elabora un análisis de los efectos sinérgicos sobre la fragmentación del territorio y conectividad para las aves rapaces. Este indica que las zonas de alimentación de las rapaces se han visto reducidas por la ocupación de las PSFV en la zona, aunque no considera que exista pérdida de conectividad o fragmentación para estas especies.

Como ya se ha tratado en el apartado correspondiente, el proyecto supone un efecto acumulativo en la afección sobre el paisaje.

El promotor considera que los efectos sinérgicos negativos sobre la fauna por pérdida de hábitats son altos, ya sea por ocupación del territorio o efecto borde. A las molestias a la fauna por la presencia de infraestructuras, la mortalidad de fauna y la alteración del paisaje se le asignan efectos sinérgicos negativos medios. Se considera un impacto sinérgico positivo medio sobre la socioeconomía.

El Servicio de Infraestructura Verde y Paisaje señala que los efectos el territorio, la infraestructura verde y el paisaje, está estrechamente relacionado con el efecto acumulativo que produce una gran concentración de plantas en el ámbito. Solo en los municipios de Biar y Cañada, y en Villena únicamente en la zona sureste del término municipal, alcanzarían una superficie total ocupada aproximada de 1.078 ha. Desde el punto de vista de las afecciones a infraestructura verde y paisaje, este Servicio considera el proyecto como incompatible.

El Ayuntamiento de Biar indica que la zona ya está saturada de proyectos fotovoltaicos, con 6 PSFV aprobadas en el término municipal y otras en tramitación, cercanas a al proyecto actual, que el EsIA no ha tenido en cuenta. En total hay 17 solicitudes de implantación de centrales fotovoltaicas en el suelo del municipio, habiendo superado el suelo disponible para este uso. Tampoco se ha tenido en cuenta el efecto acumulativo de la línea con otras existentes ni se planta compartir líneas para evitar la degradación del paisaje y del medio ambiente. Este Ayuntamiento informa desfavorablemente del proyecto.

El Ayuntamiento de Jijona informa sobre la gran cantidad de líneas eléctricas ya presentes en la zona, junto con aquellas en tramitación, que producen efectos acumulativos e impactos que no parecen admisibles.

c. Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

En el análisis de la vulnerabilidad del proyecto se determinan los siguientes factores de riesgo considerando su probabilidad de ocurrencia y vulnerabilidad, en función de las que se calcula la categoría de riesgo de las posibles catástrofes naturales o accidentes graves.

– Inundación-Desprendimiento: probabilidad media, vulnerabilidad media y riesgo moderado.

– Terremoto: probabilidad media, vulnerabilidad baja y riesgo tolerable.

– Incendios forestales: probabilidad media, vulnerabilidad media y riesgo moderado.

– Emisión de contaminantes y residuos peligrosos: probabilidad baja, vulnerabilidad media y riesgo tolerable.

– Erosión: probabilidad baja, vulnerabilidad media y riesgo tolerable.

– Riesgos meteorológicos: probabilidad media, vulnerabilidad baja y riesgo tolerable.

Asociados a estos factores de riesgo, el promotor propone medidas como la realización de un estudio hidrológico y de inundabilidad, un estudio geotécnico, la adopción de normativa de prevención de incendios forestales, el manejo adecuado de residuos, comprobaciones periódicas de la erosión y medidas como la revegetación y preservación de la red hidrológica, así como medidas de seguridad y prevención frente a riesgos meteorológicos. Se especifica en el EsIA una serie de medidas específicas de construcción contra incendios.

La Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias señala que el ámbito de la PSFV está afectado por peligrosidad por inundaciones de niveles 6 y geomorfológica, mientras que las infraestructuras de evacuación atraviesan zonas con peligrosidad por inundaciones de niveles 1, 6 y geomorfológica. Se deberá consultar a la autoridad competente en ordenación del territorio, que deberá determinar si las actuaciones propuestas cumplen con la legislación vigente en materia de aguas y planificación hidrológica.

En cuanto al riesgo sísmico, los municipios del proyecto tienen aceleraciones sísmicas de 0,07 a 0,14 g, por lo que se deberán asumir todas las medidas establecidas al efecto en la Norma de Construcción Sismorresistente del 2002 (NCSR-02).

La línea de evacuación atraviesa zonas afectadas por este riesgo de deslizamiento en niveles bajo, medio, alto y de desprendimiento. Debería realizarse un estudio geotécnico de detalle para concretar la gravedad del riesgo existente y tomar las medidas correctoras pertinentes. También atraviesa zonas de especial exposición al riesgo ocasionado por accidente en el transporte de mercancías peligrosas, aunque este riesgo no supone un impedimento para el desarrollo de la actividad del proyecto.

Por último, el ámbito de la planta limita con suelo forestal y con suelo forestal estratégico y las infraestructuras de evacuación atraviesan grandes extensiones de suelo forestal y de suelo forestal estratégico. Por tanto, se deberá consultar al departamento competente en prevención de incendios forestales de la Generalitat Valenciana, que deberá determinar los condicionantes y limitaciones a cumplir por parte del proyecto.

En su respuesta al informe de este organismo, el promotor manifiesta su conformidad.

La Dirección General de Política Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana coincide en que la PSFV y su infraestructura de evacuación se encuentran parcialmente en zonas afectadas por peligrosidad de inundación. Considera necesario elaborar un estudio de inundabilidad detallado y específico sobre la peligrosidad de inundación. También deben ordenarse instalaciones dentro de los recintos de ocupación de la mejor forma posible, para las condiciones de escorrentía y no incrementar los daños de inundación en las parcelas adyacentes. Se deberá evitar en todo lo posible la implantación de torres de la línea eléctrica en zona de riesgo de inundación, asegurando que la localización de los apoyos no se encuentre dentro de zonas preferentes de evacuación de aguas, preservando las zonas de drenaje natural del territorio libres de obstáculos. De acuerdo con esto, se observan más de una veintena de apoyos situados en zonas con afección por peligrosidad de inundación.

El promotor, en su respuesta a este organismo, señala que no se instalarán módulos ni edificaciones en las zonas con peligrosidad de inundación 6. Indica que se ha elaborado un estudio de inundabilidad mediante una consultora externa, que recomienda evitar la implantación de estructuras en las zonas de cauce y mantener de esta forma las vías existentes como zonas de drenaje natural, con tal de disminuir el riesgo por acumulación de flujo y generación de vaguadas secundarias dentro del proyecto. en base a los resultados de este estudio, argumenta que las afecciones sobre los flujos de agua son leves, los riesgos de inundación son bajos y no se incrementarán los daños por inundación a parcelas aledañas. Sobre la línea eléctrica, indica su intención de que las torres no se encuentren dentro de zonas preferentes de evacuación de aguas y preservando las zonas de drenaje natural. Los apoyos que se sitúen en zonas inundables se instalarán, en la medida de lo posible, de manera que no provoquen un incremento del riesgo de inundación en los suelos urbanos actuales o planificados.

d. Programa de vigilancia ambiental.

En el EsIA se propone un programa de vigilancia cuyos contenidos básicos, referidos a la fase de construcción y explotación son:

– Fase de construcción:

● Controles generales.

● Control de la calidad del aire.

● Control de áreas de actuación.

● Control de residuos y vertidos.

● Control de la calidad de las aguas.

● Control de la vegetación e integraciones efectuadas.

● Control genérico de la fauna.

● Control de protección contra incendios.

● Control de la calidad del paisaje.

● Control de valores arqueológicos y de patrimonio.

– Fase de explotación:

● Control de las instalaciones.

● Control de la fauna.

● Control de la calidad de la vegetación o el paisaje.

El programa de vigilancia ambiental contempla la emisión de un informe único tras la finalización de las obras, informes anuales en la fase de funcionamiento durante el tiempo que establezca la administración competente, e informes especiales y puntuales sin periodicidad fija, a emitir cuando se presenten circunstancias o sucesos excepcionales.

e. Valoración del órgano ambiental.

Del análisis derivado de la documentación presentada en el EsIA, y de lo informado por los órganos con competencia en la gestión y protección del medioambiente, ecosistemas y biodiversidad en la región, y otros, este órgano ambiental considera que el proyecto es susceptible de producir impactos ambientales significativos sobre suelos de interés agrológico, Hábitats de Interés Comunitario prioritarios, Montes de Utilidad Pública, terrenos forestales estratégicos y ordinarios, poblaciones faunísticas, espacios protegidos pertenecientes a la Red Natura 2000, paisaje, riesgos de erosión e inundación y efectos sinérgicos.

Se estima que estas afecciones no pueden evitarse o reducirse mediante las medidas propuestas, provocando que el proyecto resulte inviable ambientalmente, tal y como apoyan los sucesivos informes desfavorables emitidos por la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental y por la Dirección General de Política Territorial y Paisaje, ambas de la Generalitat Valenciana. Estos derivan, en gran medida, de la ubicación en que se ha proyectado la planta fotovoltaica y la excesiva distancia desde la misma hasta el punto de volcado de la energía. En su respuesta a varios de los informes emitidos durante el proceso de consultas, el promotor afirma que es inviable cambiar el punto de conexión a una subestación más cercana, no pudiendo conseguir una línea eléctrica de menor longitud y menores afecciones ambientales.

Los soterramientos y apoyos se localizan en zonas de elevado riesgo de deslizamiento y erosión que pueden causar afecciones muy graves a los recursos geológicos, especialmente si afectan a zonas yesíferas de alta vulnerabilidad. A eso se une la coincidencia parcial con zonas de peligrosidad de inundación.

Además, la línea de evacuación causaría afecciones considerables sobre HIC prioritarios de gran fragilidad y difícil recuperación. Estos perjuicios no pueden eliminarse ni reducirse mediante las medidas propuestas. Como bien indica la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana, algunas de estas medidas se entienden poco acertadas, pudiendo producir impactos considerables a masas de HIC no afectadas originalmente.

Los impactos negativos sobre terreno forestal estratégico y Montes de Utilidad Pública tampoco se consideran aceptables. A pesar de que la franja de servidumbre de la línea no requiera la deforestación completa, se considera que produciría una merma notable de los valores actuales de estos terrenos. El soterramiento a lo largo del MUP «Conjunto de Montes de Biar» que propone el promotor es susceptible de producir afecciones muy graves a los suelos. La modificación del trazado a lo largo del MUP «Vistabella y Cuervo» solapa parcialmente con terrenos forestales estratégicos, por lo que tampoco se considera apropiada.

En cuanto a las afecciones a la fauna, la PSFV afecta directamente al territorio de cría de una pareja de águila perdicera, catalogada como En Peligro de Extinción según el Catálogo Valenciano de Especies de Fauna Amenazada y que está experimentando un importante declive en la Comunidad Valenciana. También afecta directamente a varios territorios de cría de aves incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, que incluyen, al menos, tres territorios de alcaraván común, un territorio de águila real, un territorio de búho real, 5 de mochuelo europeo, 7 de chotacabras cuellirrojo, así como las colonias de cría de chova piquirroja y grajilla occidental en los taludes del río Vinalopó. Aunque el grado de protección de estas especies es menor, la acumulación de las afecciones a estas especies de interés se vuelve relevante. A esto hay que añadir la pérdida de zonas de campeo y alimentación para otras mencionadas anteriormente. Las medidas de mantenimiento de cultivos tradicionales propuestas no se consideran suficientes. No se considera apropiado el aumento de la superficie que requeriría el promotor para implementar el diseño de islas y corredores de la PSFV. Por otro lado, aún sin aumento de la superficie, la efectividad de esta medida para para compatibilizar la planta con los usos de la fauna tampoco se entiende como segura.

Por otra parte, este órgano ambiental ha comprobado la existencia de citas recientes del coleóptero endémico Paratriodonta alicantina, en dos de las cuadrículas UTM 10 X 10 km en que se ubica la PSFV, así como de dos citas en cuadrículas UTM 1x1 km a aproximadamente 1 y 2 km de la PSFV. Se entiende como muy probable la presencia de la especie en los territorios de implantación. Debe asegurarse la no afección a un endemismo mundialmente exclusivo de esta región y en Peligro de Extinción según el Libro Rojo de los Invertebrados de España.

A su vez, próximos a la línea eléctrica aparecen territorios de cría de especies como el buitre leonado, águila real, águila perdicera, halcón peregrino, búho real, busardo ratonero o cernícalo vulgar, entre otros. Esta línea supone un riesgo de mortalidad importante y produce efecto barrera al cruzar. Mediante la afección a las poblaciones de las especies mencionadas, la línea afectaría también a la multitud de espacios de la Red Natura 2000 que aparecen en sus cercanías. Estos espacios destacan por sus poblaciones reproductoras de rapaces, algunas de ellas consideradas elementos clave de los mismos, que coinciden en gran medida con las especies detectadas en el ámbito de la línea. La afección a la coherencia y conectividad de estos espacios se vería magnificada por la intrusión de la línea en los dos corredores fluviales y dos terrestres que intercepta la línea. La PSFV también dificultaría la función del corredor territorial del río Vinalopó.

Asimismo, se da un importante impacto visual, con la afección a Paisajes de Relevancia Regional, considerada incompatible por el Servicio de Infraestructura Verde y Paisaje de la Generalitat Valenciana. Todo ello se vería magnificado por los efectos sinérgicos y acumulativos nacientes del gran número de plantas fotovoltaicas (17 en funcionamiento o tramitación en radio de 10 km) y líneas eléctricas, que superan la capacidad de carga de los municipios.

La justificación de la línea de evacuación como un futuro corredor energético por parte del promotor no parece corresponderse con la realidad ambiental actual de una zona ya copada por un alto número de instalaciones fotovoltaicas y LAT en funcionamiento y la pervivencia de espacios protegidos en sus alrededores que van a permitir un crecimiento ya muy limitado.

Teniendo en cuenta que el principio de precaución debe regir en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental conforme a lo establecido en el artículo 2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, este órgano ambiental concluye que el proyecto previsiblemente causará efectos negativos significativos sobre el medio ambiente, y que las medidas previstas en el estudio de impacto ambiental no son una garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o compensación.

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto inicial de la presente Resolución se encuentra comprendido en el grupo 3 epígrafe j del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, EsIA y su adenda, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental desfavorable a la realización del proyecto «Parque Solar Fotovoltaico "Tendetes" de 172 MWp, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Alicante», al haberse identificado la posibilidad de impactos negativos significativos sobre el medio ambiente para los que las medidas propuestas no presentan garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o compensación.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 11 de agosto de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

CONSULTAS A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS AFECTADAS E INTERESADOS, Y CONTESTACIONES
Consultados Contestación
Administración estatal
Confederación Hidrográfica del Júcar. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana. Unidad de Carreteras del Estado en Alicante. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Administración autonómica
Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias. Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública.
Dirección General de Agricultura, Ganadería y Pesca. Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica. No
Dirección General de Cultura y Patrimonio. Conselleria de Educación, Cultura y Deporte.
Dirección General de Prevención de Incendios Forestales y Sensibilización. Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica. No
Dirección General de Industria, Energía y Minas. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo. No
Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental. Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica.
Dirección General de Obras Públicas, Transportes y Movilidad Sostenible. Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad.
Dirección General de Política Territorial y Paisaje. Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad.
Dirección General de Salud Pública y Adicciones. Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.
Diputación Provincial de Alicante. No
Administración local
Ayuntamiento de Alicante. No
Ayuntamiento de Biar.
Ayuntamiento de Cañada. No
Ayuntamiento de Castalla.
Ayuntamiento de Ibi. No
Ayuntamiento de Jijona.
Ayuntamiento de Mutxamel.
Ayuntamiento de Onil.
Ayuntamiento de San Juan de Alicante. No
Ayuntamiento de Tibi. No
Ayuntamiento de Villena. No
Asociaciones y empresas
Ecologistas en Acción del País Valenciano. Sí*
SEO/BirdLife. No
WWF/ADENA. No
Federación de Comunidad de Regantes de la Comunidad Valenciana (FECOREVA). No
Beneixama Hive, SL.
Cemex Operaciones España, SL. No
Enagás Transporte, SAU.
I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU.
Protectionist Galleries System, SL. No
Red Eléctrica de España, SAU.
Telefónica de España, SAU.

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