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Documento BOE-A-2023-18905

Real Decreto 691/2023, de 18 de julio, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el Centro de Estudios Hidrográficos del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), situado en el municipio de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 209, de 1 de septiembre de 2023, páginas 122167 a 122173 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2023-18905

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución, de 27 de abril de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, se acuerda incoar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, a favor del Centro de Estudios Hidrográficos del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), situado en el municipio de Madrid.

El Centro de Estudios Hidrográficos es uno de los órganos en los que se estructura el CEDEX, alzándose como el referente español en el campo de la asistencia técnica y la investigación científica hidrológica e hidráulica con un elevado prestigio en el ámbito nacional e internacional.

El edificio del Centro de Estudios Hidrográficos, que fue proyectado por el arquitecto español Miguel Fisac (Daimiel 1913-Madrid 2006) y se inauguró en el año 1963, se encuentra situado en Madrid Río, enclave lúdico y cultural paralelo al río Manzanares y próximo al Puente de Segovia. La concepción arquitectónica de este Centro, que plantea dos edificios independientes comunicados por un pasillo en la primera planta, se desarrolló con una gran sencillez formal y con una absoluta expresividad estructural, donde todos los materiales utilizados muestran su calidad, textura y coloración propios.

El Centro de Estudios Hidrográficos es el encargado de realizar los trabajos en relación con el estudio de las aguas continentales. Para el desempeño de sus funciones cuenta con una plantilla de personas dedicadas a diversas líneas de actividad relativas a recursos hídricos, crecidas e inundaciones, planificación hidrológica, seguridad de obras hidráulicas, hidráulica fluvial, estado de las aguas y tecnologías del agua, para lo que cuenta con instalaciones tan singulares como el Laboratorio de Hidráulica.

La obra arquitectónica de Miguel Fisac representa en buena medida el testimonio arquitectónico y cultural de una época, siendo el Centro de Estudios Hidrográficos uno de los edificios más visitados de la obra de Fisac, que constituye todo un ejemplo de la arquitectura madrileña y española de los años sesenta. El Centro de Estudios Hidrográficos es un edifico precursor e iniciador en el campo de la prefabricación y la industrialización en el contexto español, en primer lugar, por el uso del hormigón como único material constructivo, y en segundo, por la solución estructural que diseña el arquitecto para cubrir la Nave de Modelos, con unas vigas de hormigón postesado bautizadas por Fisac con el nombre de «vigas-hueso».

Queda de manifiesto que conjunto del Centro de Estudios Hidrográficos del CEDEX, constituye un bien integrante del Patrimonio Histórico Español, como inmueble de interés artístico, histórico, científico y técnico, según lo establecido en el artículo 1.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

El CEDEX es un organismo autónomo que se compone de una serie de unidades técnicas especializadas denominadas centros y laboratorios, como el caso del Centro de Estudios Hidrográficos. Se encuentra adscrito orgánicamente al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y funcionalmente, además, de al Ministerio mencionado, al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Disposición adicional segunda del Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana). Por lo que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6.b) y 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, corresponde al Ministerio de Cultura y Deporte la incoación y tramitación del expediente, dado que, el Centro de Estudios Hidrográficos del CEDEX, está adscrito a servicios públicos de titularidad y gestión estatal.

La tramitación del citado expediente se ha llevado a efecto según lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consta en el expediente el informe favorable a la declaración de bien de interés cultural de la Universidad Politécnica de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 2.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, y 14 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, a propuesta del Ministro de Cultura y Deporte, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de julio de 2023,

DISPONGO:

Artículo 1. Declaración de Bien de Interés Cultural.

Se declara Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, el Centro de Estudios Hidrográficos del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), situado en el Paseo Bajo de la Virgen del Puerto, 3, del municipio de Madrid.

Artículo 2. Descripción.

El Centro de Estudios Hidrográficos es un conjunto realizado en distintas fases proyectadas por Miguel Fisac y en una segunda etapa por José Antonio Torroja, está situado en un entorno de 14.169 metros cuadrados con dos edificios independientes de hasta siete plantas, comunicados sólo por un pasillo en la primera planta y con áreas diferenciadas con una superficie construida de 21.569 metros cuadrados.

Desde los primeros esquemas se ve claramente la disposición de dos edificios frente al río, dando por fachada y acceso principal al Paseo Bajo de la Virgen del Puerto. El edificio no es concebido como una unidad de dos partes, sino, como un conjunto de sucesivas ampliaciones y extensiones. Más allá de pensar en una modulación para todo el edificio nos encontramos con distintos módulos estructurales para cada una de ellas, y una respuesta que hace ver el Centro de Estudios Hidrográficos como un conjunto de elementos independientes agrupados; hay pautas de relación, como lo demuestran sus alzados, pero también hay autonomía. El módulo de la Nave de Modelos es de 5 metros, porque 5 es múltiplo de 1,25, que es la separación de cada viga postesada. El módulo del Edificio de Oficinas es de 6 metros, muy fácil de subdividir para los despachos en 3 metros. El cuerpo de unión entre los dos edificios tiene un módulo para la estructura de 4,50 metros.

a) Plantas: Fisac dispone el programa, fundamentalmente en dos edificios, uno de Oficinas y otro de Laboratorio, comunicados por un pasillo en la planta primera. En la planta baja, del Edificio de Oficinas, se sitúan el acceso principal, el salón de actos y el núcleo de aseos, ascensores y escalera. La cafetería con acceso directo desde el vestíbulo se encuentra situada, en el edificio charnela o de unión, entre las Oficinas y la Nave de Modelos. En el edificio de Laboratorio, se encuentra la gran Nave de Modelos, con las zonas de talleres y salas de ensayos anexas. Existe un acceso para personal por la calle Virgen del Puerto (además de la entrada para material directa a la Nave de Modelos) a nivel de la primera planta.

b) Alzados: el Edificio de Oficinas presenta un aspecto de caja minimalista que nos recuerda a una concepción racionalista diseñada mediante franjas horizontales de hormigón visto y unas carpinterías de aluminio, como únicos elementos de su composición. Los alzados recuerdan alguna de las propuestas del arquitecto Mies van der Rohe, en sus dibujos del proyecto del edificio de oficinas de hormigón, de 1923, para la Grosse Berliner Kunstausstellung.

c) Análisis constructivo: la solución arquitectónico-constructiva del Centro de Estudios Hidrográficos, está basada en el empleo del hormigón armado en muros y postesado en vigas y marquesina. Esta solución de material único es utilizada tanto en la Nave de Modelos como en el Edificio de Oficinas (con la excepción de los pilares metálicos), abordando de idéntica manera todas las cuestiones de tipo constructivo que plantea la resolución formal de este edificio, es decir, con el empleo del hormigón resuelve el problema de la estructura y del cerramiento sin necesidad de recubrimientos posteriores. El empleo de los pilares y vigas metálicos, en el edificio de Oficinas, son una excepción que viene forzada por un empleo racional del material. Los pilares en hormigón armado habrían tenido unas secciones excesivas.

Artículo 3. Partes integrantes del bien.

Las partes integrantes de la estructura del bien son:

a) Edificio de Oficinas: presenta una disposición horizontal de 7 plantas una encima de la otra, de 3,06 metros de altura cada una.

b) Nave de Modelos: siguiendo la concepción espacial adintelada, se conforma como una sección rectangular donde la principal característica está en la cubierta mediante unas vigas de hormigón postesado, que proporcionan en la Nave de Modelos, un espacio con luz cenital uniforme. El gran protagonista son las vigas-hueso que resuelven de una manera precisa y efectiva la transmisión de luz natural al interior de la Nave (evitando en todo momento la entrada directa del sol), una solución que responde a un largo proceso de síntesis, que apunta a un claro principio constructivo basado en un elemento adintelado estructuralmente resuelto con el hormigón postesado mediante vigas independientes y autónomas de 22 metros de luz. Este tipo de concepción estructural y espacial enlaza con la idea de posibilidad de extensión que tenían las plantas de las basílicas cristianas, o las mezquitas islámicas, una posibilidad expansiva modular.

c) Ampliación de 1969 (José Antonio Torroja): estructura tridimensional de acero para crear un espacio de mayores dimensiones que enlaza con la nave en la parte sur.

Asimismo, el conjunto del Centro de Estudios Hidrográficos comprende en su interior una serie de bienes muebles diseñados por Miguel Fisac, Harry Bertoia y Mies van der Rohe, murales cerámicos de Juan Ignacio Cárdenas y un bajorrelieve de Pablo Serrano que constituyen parte esencial de su historia, de conformidad con el artículo 27 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y que, a su vez, son objeto de protección.

Artículo 4. Delimitación del bien.

Los elementos que, bajo la figura de Bien de Interés Cultural se considera necesario proteger, están constituidos por el conjunto del Centro de Estudios Hidrográficos compuesto por el edificio de oficinas y el edificio de laboratorio, donde se encuentra la gran Nave de Modelos, con una superficie construida de 21.569 m2 cuya delimitación viene definida por las siguientes coordenadas U.T.M. Huso: 30 ETRS89:

Coordenada X Coordenada Y
438715,04 4473822,89
438798,91 4473818,29
438788,73 4473733,53
438786,12 4473733,67
438783,66 4473683,36
438782,75 4473683,37
438781,04 4473655,16
438782,06 4473654,92
438781,14 4473625,57
438782,39 4473625,33
438780,78 4473596,10
438782,26 4473596,09
438781,44 4473578,98
438782,69 4473578,86
438782,36 4473565,82
438783,89 4473530,22
438773,87 4473529,51
438772,01 4473566,59
438765,75 4473567,09
438759,05 4473582,11
438761,33 4473583,34
438755,30 4473597,10
438757,47 4473598,22
438751,55 4473612,21
438753,84 4473613,21
438747,58 4473626,87
438749,98 4473628,21
438743,72 4473641,97
438746,00 4473642,97
438739,74 4473656,74
438742,26 4473658,08
438736,11 4473671,96
438738,51 4473673,19
438732,25 4473686,84
438734,65 4473687,95
438728,39 4473701,83
438730,90 4473703,06
438724,30 4473716,83
438725,12 4473733,03
438752,30 4473731,79
438754,78 4473784,03
438710,65 4473786,43
438711,31 4473798,66
438747,49 4473796,78
438747,98 4473815,71
438714,77 4473817,45
Artículo 5. Delimitación del entorno de protección.

El entorno de protección se define como el medio físico que rodea el monumento y contribuye a resaltar su significación, su adecuada percepción y comprensión cultural.

La delimitación propuesta viene justificada por la necesidad de preservar la zona de usos no compatibles con el bien y con la percepción de este, permitiendo además su conservación de una manera más adecuada y una mejor percepción y comprensión cultural.

La delimitación de dicho entorno en la parcela urbana número 88399 del catastro de Madrid, afectando a la totalidad de esta, con una superficie total de 14.169 m2, estando delimitada por las siguientes coordenadas U.T.M. Huso: 30 ETRS89:

Coordenada X Coordenada Y
438706.16 4473823.99
438708.53 4473823.81
438715.15 4473823.31
438718.38 4473823.14
438729.74 4473822.53
438735.27 4473822.24
438740,50 4473821,96
438750,94 4473821,40
438755,21 4473821,15
438766,61 4473820,56
438781,95 4473819,74
438784,88 4473819,58
438799,16 4473818,82
438797,21 4473802,68
438795,97 4473792,53
438793,10 4473768,81
438791,39 4473754,51
438788,97 4473733,82
438786,68 4473714,17
438785,03 4473714,25
438784,88 4473710,63
438783,98 4473688,81
438783,76 4473683,59
438782,72 4473683,60
438781,07 4473655,24
438782,37 4473655,18
438781,09 4473625,83
438782,33 4473625,79
438781,47 4473608,80
438780,84 4473596,30
438782,35 4473596,20
438781,48 4473579,22
438782,85 4473579,09
438782,45 4473566,50
438783,40 4473542,52
438783,95 4473530,08
438773,94 4473529,59
438773,28 4473542,53
438772,06 4473566,96
438765,74 4473567,38
438758,94 4473582,31
438761,42 4473583,54
438755,24 4473597,25
438757,61 4473598,46
438753,06 4473608,81
438751,52 4473612,32
438753,88 4473613,45
438747,65 4473627,17
438750,03 4473628,41
438743,73 4473642,29
438746,20 4473643,34
438739,89 4473657,19
438742,33 4473658,39
438736,15 4473672,29
438738,54 4473673,39
438732,31 4473687,20
438734,67 4473688,25
438734,42 4473688,81
438728,40 4473702,07
438730,84 4473703,26
438724,48 4473717,06
438724,40 4473717,23
438714,18 4473768,81
438710,65 4473786,64
438709,94 4473792,53
438706,16 4473823,99
Artículo 6. Descripción complementaria.

La descripción complementaria del monumento a que se refiere el presente real decreto, así como la zona afectada por la declaración, son las que constan en los planos y demás documentación que obran en el expediente.

Artículo 7. Publicidad.

La Declaración de Bien de Interés Cultural tendrá efectos a partir de la fecha de publicación del presente real decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 18 de julio de 2023.

FELIPE R.

El Ministro de Cultura y Deporte,

MIQUEL OCTAVI ICETA I LLORENS

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