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Documento BOE-A-2023-20547

Resolución de 27 de septiembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Fundación Atlético de Madrid, para el fomento del deporte en los centros penitenciarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 3 de octubre de 2023, páginas 132485 a 132487 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2023-20547

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito el 8 de septiembre de 2023 la Adenda al Convenio suscrito el 15 de noviembre de 2019 entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) y la Fundación Atlético de Madrid para el fomento del deporte en los centros penitenciarios, por la que se prorroga la vigencia del Convenio, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 27 de septiembre de 2023.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.

ANEXO
Adenda al Convenio suscrito el 15 de noviembre de 2019 entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) y la Fundación Atlético de Madrid para el fomento del deporte en los centros penitenciarios, por la que se prorroga la vigencia del convenio

En Madrid, a 8 de septiembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, don Ángel Luis Ortiz González, Secretario General de Instituciones Penitenciarias, por Real Decreto de nombramiento 504/2018, de 18 de junio, a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto 952/2018, de 27 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, y con competencia para firmar convenios según Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.

De otra parte, Fundación Club Atlético de Madrid, con CIF G-81.635.682 y domicilio social en Av. Luis Aragonés, núm. 4, 28022, Madrid, España, representada por doña Irene Rodríguez Aseijas, mayor de edad, de nacionalidad española y con DNI/Pasaporte núm. ***3455** y don Antonio Alonso Sanz, mayor de edad, de nacionalidad española y con DNI/Pasaporte núm. ***2624**. Fue clasificada como Fundación Cultural de Ámbito Estatal, por Orden Ministerial de 27 de enero de 1997 e inscrita en el Registro de Fundaciones Docentes del Ministerio de Educación y Ciencia, con número 323, según Real Decreto 532/2007, de 17 de abril. Su representación resulta de su calidad de Gerente de la Fundación, elevado a público su nombramiento, mediante escritura otorgada ante el Notario de Madrid, don Pedro Antonio Mateos Salgado, el 23 diciembre de 2020 con el número 10.079 de su protocolo, reconociéndose mutuamente la necesaria capacidad jurídica y de obrar para este otorgamiento en las representaciones que ostentan.

EXPONEN

Que el día 15 de noviembre de 2019 se firmó un convenio entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) y la Fundación Atlético de Madrid para el fomento del deporte en los centros penitenciarios.

Que el citado convenio, en su cláusula duodécima, establecía una vigencia de cuatro años, posibilitando su prórroga por otros cuatro años con el consentimiento expreso de las partes.

Que teniendo en cuenta los beneficios derivados del desarrollo del convenio durante este periodo, se estima oportuno ampliar su vigencia.

Por todo lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente adenda al convenio referido de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Las partes firmantes acuerdan la prórroga por cuatro años del convenio suscrito con fecha 15 de noviembre de 2019, entre el Ministerio del Interior y la Fundación Atlético de Madrid para el fomento del deporte en los centros penitenciarios.

Segunda. Obligaciones.

Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones objeto del citado convenio para dar continuidad al mismo. La presente adenda se regirá por las cláusulas estipuladas en el convenio, formando parte integrante del mismo.

La pérdida de vigencia del convenio no eximirá del cumplimiento de las obligaciones en curso de ejecución asumidas por las partes, estableciéndose un plazo improrrogable de tres meses para el cumplimiento de las mismas, transcurrido dicho plazo el convenio quedará liquidado.

Tercera. Financiación.

El gasto asumido por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias asciende a doce mil ochocientos noventa y seis euros (12.896 €). Se trata de un gasto de carácter anual, que se realiza a cargo de las partidas presupuestarias de los centros penitenciarios determinados por la Comisión de Seguimiento, según lo establecido en la cláusula octava del convenio. Su imputación presupuestaria se corresponde con la aplicación 16.05.133.A.226.06 prevista para el 2023 y de acuerdo con las previsiones presupuestarias que se lleven a cabo durante los restantes años de vigencia de la prórroga del convenio.

La aportación que la Fundación Atlético de Madrid asume en la ejecución del presente convenio, para un máximo de cuatro centros penitenciarios, será por un valor previsto de doce mil seiscientos euros anuales (12.600 €), de acuerdo con las previsiones presupuestarias aprobadas por la Fundación Atlético de Madrid para el año 2023 y de acuerdo con las previsiones presupuestarias que se lleven a cabo durante los restantes años de vigencia del convenio.

Cuarta. Eficacia.

La presente adenda de prórroga resultará eficaz una vez inscrita en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. A su vez, de acuerdo con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, será publicado en el Portal de Transparencia de la Administración General del Estado.

Quinta. Vinculación entre las partes.

La presente adenda no generará ningún tipo de vinculación contractual ni laboral entre las partes firmantes y las personas físicas que desempeñen las actividades propias del mismo.

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda, en lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio del Interior, el Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz González.–Por la Fundación Club Atlético de Madrid, Irene Rodríguez Aseijas y Antonio Alonso Sanz.

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