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Documento BOE-A-2023-21783

Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la implementación de los programas de optimización de uso de antibióticos (PROA) en el ámbito hospitalario, de atención primaria y sociosanitario.

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 23 de octubre de 2023, páginas 140213 a 140216 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2023-21783

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 11 de octubre de 2023, Adenda de prórroga del convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia para la implementación de los programas de optimización de uso de antibióticos (PROA) en el ámbito hospitalario, de atención primaria y sociosanitario, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Adenda, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 18 de octubre de 2023.–La Secretaria de Estado de Sanidad, Silvia Calzón Fernández.

ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia para la implementación de los programas de optimización de uso de antibióticos (PROA) en el ámbito hospitalario, de atención primaria y sociosanitario

A 11 de octubre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, doña María Jesús Lamas Díaz, Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por nombramiento del Consejo Rector de la misma de fecha 19 de julio de 2018 (BOE de 21 de julio de 2018), y en virtud del artículo 14.2 f) del Estatuto de la Agencia estatal «Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios» aprobado por Real Decreto 1275/2011, de 16 de septiembre, en representación de esta Agencia estatal.

Y de otra, don Julio García Comesaña, Consejero de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Galicia, nombrado por Decreto 112/2020, del 6 de septiembre, del Presidente de la Junta de Galicia y en virtud de lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y su Presidencia.

Intervienen en función de sus respectivos cargos que han quedado expresados y en el ejercicio de las facultades que a cada uno le están conferidas, reconociéndose mutuamente la capacidad necesaria y suficiente para ello,

MANIFIESTAN

Primero.

Que, con fecha 11 de septiembre de 2019, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia, formalizaron un convenio para la implementación de los programas de optimización de uso de antibióticos (PROA) en el ámbito hospitalario, de atención primaria y sociosanitario.

Segundo.

Que, el convenio, tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal el 24 de septiembre de 2019, fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 14 de octubre de 2019.

Tercero.

Que, en virtud de lo establecido en la cláusula octava del citado convenio, su duración es de cuatro años con efectos desde la publicación en el BOE, tras la inscripción en el citado Registro.

Que, asimismo, la citada cláusula octava prevé la posibilidad de prorrogar el convenio por cuatro años más.

Cuarto.

Que la AEMPS sigue coordinando el Plan estratégico y de acción para reducir el riesgo de selección y diseminación de resistencias a los antimicrobianos (PRAN), aprobado en el año 2014 por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de la Salud y por la Conferencia Intersectorial de Agricultura como respuesta a la Comunicación de la Comisión Europea del 17 de noviembre de 2011, que solicitó a los Estados miembros un Plan de Acción sobre Resistencias Antimicrobianas, así como a las Conclusiones del Consejo de la UE del 29 de mayo de 2012, en las que se instó a un abordaje conjunto de este problema.

Que en marzo de 2019 el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y la Conferencia Sectorial de Agricultura aprobaba el PRAN 2019-2021 y, en septiembre de 2022, se publicaba el PRAN 2022-2024, que continúa avanzando sobre la base ya construida con los mismos objetivos.

Quinto.

Que, estando vigente el compromiso de ambas partes en su desarrollo y continuación, las mismas han decidido acordar su prórroga expresa para dar cumplimiento a lo pactado, y a tal fin,

ACUERDAN

Primera. Objeto.

Esta adenda tiene por objeto prorrogar el convenio de 11 de septiembre de 2019, formalizado entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia, para la implementación de los programas de optimización de uso de antibióticos (PROA) en el ámbito hospitalario, de atención primaria y sociosanitario.

Segunda. Adhesión de sujetos.

Podrán adherirse a esta adenda de prórroga las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, a través, en este último caso, del Instituto Nacional del Gestión Sanitaria (INGESA). La adhesión se formalizará mediante firma del modelo de acto de adhesión anexo a esta adenda.

Tercera. Periodo de prórroga.

Mediante el presente acuerdo, y al amparo de lo establecido en el artículo 49 h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en la cláusula octava del convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia, para la implementación de los programas de optimización de uso de antibióticos (PROA) en el ámbito hospitalario, de atención primaria y sociosanitario, queda prorrogado por cuatro (4) años adicionales.

Cuarta. Permanencia inalterada del resto del clausulado del convenio.

En todo lo no previsto, ni expresamente modificado por la presente adenda, serán de aplicación las estipulaciones contenidas en el convenio formalizado por ambas partes con fecha 11 de septiembre de 2019.

En ningún momento la suscripción de los actos de adhesión de prórroga supondrá modificación alguna del contenido de la presente adenda y tampoco supondrá ninguna modificación del convenio prorrogado por ella, siendo de aplicación, en todo lo no previsto, las estipulaciones contenidas en el convenio formalizado de fecha 11 de septiembre de 2019.

Quinta. Validez y eficacia.

La presente adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», siendo el día de inicio de cómputo del nuevo periodo de duración del convenio el 14 de octubre de 2023.

Los actos de adhesión de prórroga que se suscriban tendrán efectos desde la fecha de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

Para la debida constancia y, en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente acuerdo de prórroga del convenio a la fecha de la última firma electrónica.–Por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, La Directora, María Jesús Lamas Díaz.–Por la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia, El Consejero de Sanidad, Julio García Comesaña.

ANEXO
Acto de adhesión de prórroga de (Comunidad Autónoma de […]/INGESA, en nombre de la ciudad de […])

Adenda de prórroga del Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia (Xunta de galicia) para la implementación de los programas de optimización de uso de antibióticos (PROA) en el ámbito hospitalario, de atención primaria y sociosanitario

Don/doña (nombre, cargo y capacidad jurídica) …………….., en representación de (Comunidad Autónoma de […]/INGESA, en nombre de la ciudad de […]).

MANIFIESTA

Primero.

La (comunidad autónoma de […]/INGESA, en nombre de la ciudad de […]) ha acordado adherirse a la adenda de prórroga del convenio inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicada en el BOE número………, de…de… de 20…, suscrita entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia, para la implementación de los programas de optimización de uso de antibióticos (PROA) en el ámbito hospitalario, de atención primaria y sociosanitario.

Segundo.

La voluntad de la (comunidad autónoma de […]/INGESA, en nombre de la ciudad de […]), cuya representación ostenta, de adherirse expresamente a todas y cada una de las cláusulas del acuerdo de prórroga del convenio mencionado, asumiendo las obligaciones derivadas del mismo y con sujeción a todas sus cláusulas. De manera que todas las menciones realizadas a la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia se entienden referidas con esta adhesión a la (comunidad autónoma de […]/INGESA, en nombre de la ciudad de […]).

Tercero.

La Comunidad Autónoma de […]/INGESA, en nombre de la ciudad de […] designa a la persona titular del puesto […] como representante de la comisión de seguimiento del convenio formalizado el 11 de septiembre de 2019.

Cuarto.

Este acto de adhesión de prórroga tendrá efectos desde la fecha de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

En prueba de la conformidad del presente acto de adhesión al convenio, se suscribe el mismo en un único ejemplar electrónico.

(Cargo y nombre)

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