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Documento BOE-A-2023-22492

Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Instalación Híbrida El Llano de 45 MW de tecnología fotovoltaica y 5 MW de un módulo de almacenamiento con inyección de energía a la red, y su infraestructura de evacuación, en Rueda de Jalón (Zaragoza)".

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 2 de noviembre de 2023, páginas 146951 a 146957 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-22492

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 13 de junio de 2023, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Instalación Híbrida El Llano de 45 MW de tecnología fotovoltaica y 5 MW de un módulo de almacenamiento con inyección de energía a la red, y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Rueda de Jalón, provincia de Zaragoza», promovido por Molinos del Ebro, SA, al amparo del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Tras su análisis, se verifica que el expediente no incluye estudio de fauna completo ni informe de la Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón, por lo que se procede a requerir subsanación de documentación con fecha 26 de junio de 2023, la cual es remitida por el promotor el 6 de julio de 2023.

Completado el expediente, se constata que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, por lo que se procede a suspender el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, en tanto se resuelve el presente procedimiento de determinación de afección ambiental.

La Central Solar Fotovoltaica y de Almacenamiento Hibridación El Llano (CSFA) consiste en la construcción, montaje, operación y mantenimiento de un módulo de generación eléctrica de tecnología fotovoltaica, de 45 MW de potencia instalada, y de un módulo de almacenamiento, de 5 MW de potencia instalada que, hibridados con el Parque Eólico El Llano existente, de 50 MW de potencia instalada, formarán la Central Híbrida «El Llano». Hasta el centro de seccionamiento y medida (CSM), llegarán los circuitos de 20 kV, procedentes de los módulos de generación eléctrica, y el circuito de 20 kV, procedente del módulo de almacenamiento. Desde ese punto, saldrá una única línea de media tensión soterrada de 20 kV de 3,35 Km, que conectará con la subestación existente SET Cantales 220/20 kV, desde donde, a través de la línea eléctrica en funcionamiento de alta tensión 220 kV SET Cantales – SE Jalón 220 kV, se conectará con la Subestación SE Jalón 220 kV de REE, punto final de entrega de la energía.

La planta solar fotovoltaica ocupará una superficie aproximada de 25,78 ha de forma permanente por infraestructuras del proyecto (paneles solares, centros de transformación y viales) es de 25,78 ha más 1,59 ha de servidumbres, mientras que el total de la superficie de las parcelas ocupadas es de 68,83 ha. La longitud total de vallado es de 6.363 m, engloba una superficie de 68,83 ha.

Los principales elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, basado en los criterios recogidos en el artículo 6.3.b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario.

No existe coincidencia territorial de la planta solar, el centro de almacenamiento o su línea de evacuación con la Red de Espacios Naturales Protegidos de Aragón, situándose el más próximo, «Parque Natural del Moncayo», a unos 26,1 Km al oeste. En relación a los espacios pertenecientes a la Red Natura 2000, según consta en el resumen ejecutivo, no se verían afectado. La Zona de Especial Conservación (ZEC) más próxima a la planta es «Monte Alto y Siete Cabezos» (ES2430086), situada a unos 4,3 km al norte de la misma. Aproximadamente a 10,8 km de la instalación, se encuentra la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) «Dehesa de Rueda y Montolar» (ES2430090).

Ningún Hábitat de Interés Comunitario (HIC) se encuentra afectado ni la zona de emplazamiento ni por el trazado de la línea de evacuación, aunque es colindante al sur de la zona central con el HIC prioritario 1520* «Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia)».

La planta no se ubica en Dominio Público Forestal, siendo el Monte de Utilidad Pública más cercano a unos 2,4 km al suroeste del proyecto el número 508 «Camporroyo y Chiló», situado en el término municipal de Rueda de Jalón (Zaragoza), cuyo titular es el Ayuntamiento de Rueda de Jalón.

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas.

El proyecto se implanta íntegramente sobre parcelas agrícolas dedicadas al cultivo de cereal de secano y se alternan con los cultivos de cereales de invierno, junto con barbechos. Menos abundantes son las parcelas agrícolas dedicadas al cultivo de frutales. Tras una intensificación de la agricultura en la zona, la vegetación natural ha quedado relegada a los taludes, ribazos del interior de los campos de cultivo, elevaciones, márgenes de las parcelas agrícolas y a los bordes de los caminos.

La vegetación natural que se desarrolla en los márgenes de los campos de cultivo, está sometida a los efectos directos e indirectos de las labores agrícolas (arado de la tierra, depósito de polvo, aplicación de herbicidas, plaguicidas, etc.).Esta vegetación natural es de tipo ruderal, formada principalmente por especies anuales y vivaces, entre las que dominan las especies gramíneas generalistas. En menor medida, en las márgenes de las parcelas la representación de las especies arbustivas es escasa, siendo las más abundantes tomillo (Rosmarinus officinalis), aliaga (Genista scorpius) y romero (Rosmarinus officinalis) y lastón (Brachypodium retusum).

De acuerdo con las coberturas disponibles en la Infraestructura de Datos Espaciales de Aragón (IDEAragón), el proyecto se sitúa sobre cuadrículas de 1 km de flora catalogada, situándose la más próxima 30TXM3923, con presencia de tomillo sanjuanero (Thymus loscosii), a una distancia aproximada de 900 m, especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón en la categoría «de interés especial».

De acuerdo con la cartografía de la Infraestructura de Datos Espaciales de Aragón (IDEAragón), en el entorno no se sitúa ningún Árbol Singular de Aragón. El ejemplar más próximo, Espino albar del Collado del Campo, se encuentra a una distancia aproximada de 29 km del proyecto.

Se han llevado a cabo prospecciones sobre el terreno para la elaboración de estudios de avifauna entre los meses de abril de 2022 y marzo de 2023. En las visitas de campo, se han registrado un total de 87 especies de aves diferentes que han hecho uso del área analizada. Según el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón (CEAA), de las especies detectadas, se han observado dos especies incluidas en la categoría de «En Peligro de Extinción», el milano real (Milvus milvus) y el sisón común (Tetrax tetrax), con la misma consideración en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA). Se han detectado 5 especies catalogadas como «Vulnerables» para el CEAA, de las cuales 3 tienen la misma categoría en el CEEA. Estas especies son el aguilucho cenizo (Circus pygargus), ganga ibérica (Pterocles alchata) y ganga ortega (Pterocles orientalis). Las otras dos especies «Vulnerables» en el CEAA serían el cernícalo primilla (Falco naumanni) y la chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax). Se han censado 11 especies incluidas en el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LAESPRE).

El emplazamiento de la CSFA se sitúa dentro de área crítica de la especie cernícalo primilla (Falco naumanni), especie catalogada como «Vulnerable» según el CEAA. En un radio de 2 km en torno a la central solar se localizan 3 edificaciones en las que en el pasado se ha reproducido la especie pero que en el censo de 2022 no se han encontrado parejas. El primillar en uso más próximo a se sitúa aproximadamente a 2,1 km según el estudio de impacto ambiental, aunque para el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) recoge este estudio sea mucho menor (400 m).

Por otra parte, la CSFA se encuentra dentro del ámbito preseleccionado para el Plan de recuperación de especies esteparias en Aragón, cuya tramitación administrativa comenzó a partir de la Orden de 26 de febrero de 2018, del Consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por el que se acuerda iniciar el proyecto del decreto por el que se establece un régimen de protección para el sisón común (Tetrax tetrax), ganga ibérica (Pterocles alchata) y ganga ortega (Pterocles orientalis), así como para la avutarda común (Otis tarda) en Aragón, y se aprueba el Plan de recuperación conjunto. En lo que respecta a su inclusión en el CEAA, la ganga ibérica y la ganga ortega se incluyen como «Vulnerables», mientras que el sisón común y la avutarda común se incluyen como «En peligro de extinción».

En relación a la ganga ibérica (Pterocles alchata), a una distancia de 3,8 Km se localiza un dormidero con concentraciones de hasta 32 ejemplares. Las instalaciones proyectadas para las instalaciones de paneles solares se localizan a una distancia de 2,5 - 3,5 km de la zona de alimentación. Respecto de la ganga ortega (Pterocles orientalis), en las parcelas en las que se proyectan las instalaciones no se ha registrado la especie, detectándose ejemplares posados a una distancia mínima de 1 km, situándose el dormidero más cercano a 6,5 Km. Se ha observado el sisón común (Tetrax tetrax) un mínimo de 7 leks, dos de ellos situados al Norte y Oeste de la zona donde se proyectan las instalaciones, a una distancia de 0,95 km y 2,5 km aproximadamente de los terrenos en los que se proyecta la instalación de los paneles solares y uno cerca del trazado de la línea de evacuación.

Así mismo, a 780 m del proyecto, se sitúa el ámbito preseleccionado para el Plan de conservación de la alondra ricotí (Chersophilus duponti) en Aragón, según la Orden de 18 de diciembre de 2015, del Consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad.En lo que respecta a su inclusión en el CEAA y el CEEA, la alondra ricotí se incluye como «En peligro de extinción».

Se ha detectado la presencia del milano real (Milvus milvus), localizándose en la zona Sur del área de estudio, utilizando ocasionalmente los terrenos donde se proyecta la CSFA y la línea subterránea de evacuación. En la zona de estudio, no se detectan dormideros comunales de esta especie.

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral.

El proyecto de planta solar fotovoltaica no contempla la ejecución de vertidos a cauces públicos, salvo derrames accidentales de aceite o gasoil procedente de los vehículos de mantenimiento y vigilancia de la planta solar, con ocurrencia rara, imprevista y deslocalizada.

Según la cartografía de la Confederación Hidrográfica del Ebro, la central solar ha sido diseñada teniendo en cuenta la presencia del cauce del barranco de Puyapastores, localizándose el vallado fuera del trazado. La línea eléctrica de evacuación soterrada intersectaría dicho cauce en un punto, de forma temporal mientras dure la realización de los trabajos. Se ha comprobado que el cauce de dicho barranco ha sido puesto en cultivo por los agricultores.

La zona de proyecto presenta una susceptibilidad baja al riesgo de inundaciones. Según se indica en el Plan Territorial de Protección Civil de Aragón (PLATEAR), la zona de proyecto no se localiza próxima a un área que presenta probabilidad alta para periodos de retorno de 10 años (T10), media para periodos de retorno de 100 años (T100) o baja de inundación para periodos de retorno de 500 años (T500). Según la información disponible en la Infraestructura de Datos Espaciales de Aragón (IDEAragón), las zonas más próximas se encuentran a unos 8,7 km al Sureste, correspondiéndose con el río Jalón.

No se aporta estudio hidrológico de la zona de la planta fotovoltaica para determinar el dominio público hidráulico, la zona de flujo preferente y las zonas inundables. Según el EsIA, el área de proyecto no se localiza próxima a una zona de flujo preferente. Según la información disponible en la Infraestructura de Datos Espaciales de Aragón (IDEAragón), la zona más próxima se encuentra a unos 8,7 km al Sureste, correspondiéndose con el río Jalón.

Se dispondrá de baños y servicios con depósitos químicos que serán tratados por empresas especializadas, evitando los vertidos a cauces públicos.

4. Afección por generación de residuos.

Los residuos generados por este tipo de proyectos se derivan fundamentalmente de la obra civil. Cada residuo será almacenado en la obra según su naturaleza, y serán gestionados mediante gestor autorizado y su gestión cumplirá con toda la normativa de aplicación.

Dadas las características de la obra, se ha realizado una estimación, tanto en peso como en volumen, en función de la tipología del residuo generado. Según el proyecto técnico, durante la fase de obra, se ha estimado 134,36 t de residuos, siendo prácticamente nulos los residuos de carácter inerte. La mayor cantidad de residuos son de plástico (LER 17.02.03) con un peso de 61,96 t de peso y un volumen de 16,31 m3 y los residuos de papel y cartón (LER 20.01.01) con 29,46 t de peso y un volumen de 32,62 m3. En relación a la fracción de los residuos de carácter peligroso, se han calculado una cantidad de 0,13 t de peso clasificados como tierras y piedras que contienen sustancias peligrosas (LER 17.05.03*), aceites minerales no clorados de motor, de transmisión mecánica y lubricantes (LER 13.02.05*) y de envases que contiene restos de sustancias peligrosas o están contaminados por ellas (LER 15.01.10*), procedente principalmente del mantenimiento de la maquinaria a emplear.

Se ha calculado un excedente de 15.441,77 de tierras.

5. Afección por utilización de recursos naturales.

La ocupación del suelo es la principal afección significativa del proyecto, mayoritariamente constituido por terrenos agrícolas. Durante la vida útil de la instalación, la superficie afectada por el proyecto (paneles solares, centros de transformación y viales) se estima en 25,78 ha, frente a las 68,63 ha que ocuparía el vallado perimetral durante la fase de obra.

El estudio de impacto ambiental estima la necesidad de llevar a cabo trabajos de desbroces consistente en la limpieza, eliminación de los restos de cultivos y suavizado del terreno, quedando el emplazamiento preparado para los trabajos de construcción de la instalación. Dicho desbroce se llevará a cabo afectando lo menos posible a la capa de tierra vegetal, evitando el decapado completo de la misma y preservando así la mayor parte de la capa superficial que contiene las semillas de la vegetación natural. No se prevé que sean necesarias actuaciones adicionales al desbroce descrito salvo en las zonas de lindes entre las parcelas actuales donde así lo determine la dirección de obra. Los restos de cultivos retirados se triturarán y mezclarán con la tierra vegetal que se vaya a utilizar en las tareas de restauración, para favorecer la revegetación natural del terreno. Se ha estimado para estos trabajos un volumen de desmonte/excavación de 28.573,60 m3 y de un volumen terraplén/relleno de 13.131,83 m3. Señalar que la diferencia de volúmenes de excavación y relleno en las zanjas se debe a la capa de arena que debe aportarse para el tendido de los cables, que genera un excedente de excavación equivalente al volumen aportado.

Para el suministro de agua al edificio, al no poder realizarse con una acometida desde la red municipal, se dispondrá de un depósito enterrado de al menos 12 m³ de capacidad y grupo de presión ubicado en el exterior. En este caso se dispondrá además lo necesario para el aprovechamiento de las aguas pluviales de la cubierta del edificio.

La limpieza de los paneles será realizada mediante medios mecánicos, utilizando normalmente un tractor que lleva acoplado un rodillo que va limpiando los paneles conforme va avanzando. Se estima que para la limpieza de un panel solar se requiere entre 0,15-0,20 l de agua. El agua necesaria para la limpieza de los paneles solares procederá de los puntos de agua que se encuentren próximos y se contratarán empresas especializadas que garanticen el uso óptimo del recurso.

6. Afección al patrimonio cultural.

Según Resolución de la Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón, relativa a los resultados de las prospecciones arqueológicas en el ámbito del proyecto de la planta y las infraestructuras de almacenamiento y evacuación, el informe presentado reúne la información resultante de las prospecciones realizadas, no habiéndose detectado afecciones al patrimonio arqueológico, por lo que no se proponen medidas correctivas. En relación al patrimonio etnológico, se han detectado tres elementos (Paridera de Pillapastores, Mojón 1 y Mojón 2) que tampoco se verían afectado por el proyecto.

Conforme a la cartografía disponible en la Infraestructura de Datos Espaciales de Aragón (IDEAragón), a unos 25 m al Norte de la CSFA discurre la vía pecuaria «Cordel de Valverde», que cuenta con una longitud de 15.829 m, y una anchura oficial y real de 37,61 m, quedando las infraestructuras proyectadas fuera de los terrenos, pudiendo producir afecciones indirectas en el caso de que se realicen ocupaciones temporales. Para ello sería necesario contar con las autorizaciones pertinentes.

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio.

La población de Rueda de Jalón es de 312 habitantes a fecha de 2020, con una media de edad de 49,2 años. El sector económico que prima es el sector primario, pues se trata de un pueblo agrario dedicado principalmente al cultivo de cereales para grano en régimen de secano, seguido del sector servicios, de la construcción y de la industria. El municipio consta con 111 explotaciones, de las cuales 106 son agrícolas, 2, ganaderas y 3 mixtas. Se encuentra a más de 12 Km de la zona de implantación del proyecto.

El resumen ejecutivo resalta la modificación el uso actual del suelo y la generación de molestias temporales en los caminos agrícolas que discurren por el entorno. Por otra parte, contabiliza la creación de 65 empleos directos, así como numerosos empleos indirectos (principalmente en la industria y en el sector servicios), permitiendo estos a fijar población en el medio rural, sirviendo como ejemplo lo ocurrido con el parque eólico objeto de hibridación, el cual el personal contratado reside en las localidades próximas al mismo.

La zona de implantación de la planta presenta un riesgo potencial entre bajo y medio de incendios forestales. Conforme a la información cartográfica disponible en la Infraestructura de Datos Espaciales de Aragón (IDEAragón), la central solar se localiza principalmente sobre terrenos inventariados de riesgo de incendio forestal como Tipo 7, es decir «Medio/bajo peligro y baja importancia de protección», y muy localmente sobre Tipo 5, es decir, «Bajo peligro y media importancia de protección». Por tanto, se corresponde con áreas que presentan una peligrosidad baja de incendio.

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.

En un ámbito de actuación de 10 Km, existen un total de 22 recintos solares innominados existentes y una planta fotovoltaica existente y 19 proyectos de nueva construcción, incluido la presente. En relación a los parques eólicos, existen 10 instalaciones, con un total de 475 aerogeneradores y 9 proyectados, con un total de 45 aerogeneradores. En las inmediaciones del área de estudio, existen varias líneas aéreas en funcionamiento con 870 apoyos. Actualmente se están tramitando 23 líneas áreas compartidas entre varios proyectos anteriores en tramitación con un total 252 apoyos.

La superficie desde la que serán visibles las infraestructuras permanentes de la CSFA en estudio en el ámbito de radio 10 km será de 22,6 km2 (6,3 % respecto al área total de dicho radio), de 16,0 km2 (15,7 %) en el de radio 5 km y de 9,1 km2 (40,3 %) en el de radio 2 km.

El término municipal donde se emplaza el proyecto, Rueda de Jalón, presentará 3,6 km2 desde donde será visible la CSFA «El Llano». Asimismo, las plantas en proyecto y las existentes incrementarán e incrementan también la visibilidad desde dicho término.

En relación a las infraestructuras desde podría ser visible, las carreteras son las pertenecientes a la CV-620 (4,0 km), la A-121 (0,1 km), la A-1303 (0,1 km) y la AP-68 (0,0 km). Además, dentro del ámbito de estudio se localizan varios tramos de líneas de ferrocarril desde los cuales no será visible la futura instalación de la planta.

La expansión de las plantas fotovoltaicas en zonas anteriormente ocupadas por de cultivos de cereal puede suponer una importante pérdida y fragmentación de hábitat para numerosas especies si no se lleva a cabo una adecuada gestión de las mismas, eliminando no solo la comunidad vegetal donde habitan, sino también sus zonas de campeo, alimentación, reproducción o cortejo.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, propuso la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Instalación Híbrida El Llano de 45 MW de tecnología fotovoltaica y 5 MW de un módulo de almacenamiento con inyección de energía a la red, y su infraestructura de evacuación» continuase con la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental fue remitida al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del Gobierno de Aragón, el 13 de septiembre de 2023, con el fin de que emitiera observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental, sin que conste a fecha de esta resolución la remisión de observaciones por parte del órgano autonómico.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Instalación Híbrida El Llano de 45 MW de tecnología fotovoltaica y 5 MW de un módulo de almacenamiento con inyección de energía a la red, y su infraestructura de evacuación», continúe con la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 6, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 23 de octubre de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

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