Está Vd. en

Documento BOE-A-2023-23522

Resolución de 8 de noviembre de 2023, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Fundación Dialnet de la Universidad de La Rioja, para la colaboración y prestación de servicios documentales.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 20 de noviembre de 2023, páginas 154578 a 154584 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2023-23522

TEXTO ORIGINAL

La Fundación Dialnet y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, han suscrito, con fecha 7 de noviembre de 2023, un Convenio para incluir en Dialnet los títulos de las publicaciones acordadas por las partes y sentar las bases para la prestación de nuevos servicios documentales, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 8 de noviembre de 2023.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel Segade Lodeiro.

ANEXO
Convenio entre la Fundación Dialnet de la Universidad de La Rioja y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, para incluir en Dialnet los títulos de las publicaciones acordadas por las partes y sentar las bases para la prestación de nuevos servicios documentales

En Madrid, a 7 de noviembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, don Juan Carlos Ayala Calvo, Rector Magnífico de la Universidad de La Rioja, nombrado para su cargo mediante Decreto número 100/2020, de 25 de noviembre, publicado en el «Boletín Oficial de La Rioja» de 27 de noviembre de 2020 (número 160, página 14452), de acuerdo con las competencias que le otorga el artículo 20 de la Ley Orgánica número 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y los Estatutos de la mencionada Universidad, actuando en nombre y representación de la Universidad de La Rioja, y también en calidad de Presidente de la Fundación Dialnet, haciendo uso de las facultades que tiene concedidas en virtud del artículo 17 de los Estatutos fundacionales, con domicilio a estos efectos en Logroño, Calle Barriocepo, 10 y CIF G26454157.

De otra parte, don Manuel Segade Lodeiro, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, nombrado por Real Decreto 436/2023, de 6 de junio (BOE número 135, de 7 de junio), actuando conforme a las competencias atribuidas por el artículo 11 la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE de 5 de octubre de 2011) y el artículo 9.2, letra c) del Estatuto del Museo Reina Sofía aprobado por Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo (BOE de 6 de abril de 2013).

Las partes se reconocen con competencia y capacidad suficientes para formalizar el presente convenio de colaboración y, en consecuencia,

EXPONEN

I. Que ambas partes consideran extraordinariamente importante la cooperación interbibliotecaria para poder acometer proyectos conjuntos que beneficien a todos los usuarios de las bibliotecas cooperantes y que sirvan de catalizador de esfuerzos individuales hacia servicios bibliotecarios comunes.

II. Que es de gran importancia dar la mayor visibilidad posible a la literatura científica iberoamericana.

III. Que la Universidad de La Rioja, ha desarrollado el proyecto Dialnet, que facilita el acceso a la producción científica del ámbito hispano a partir de la recopilación de las fuentes de información en las que dicha producción se publica y que integra distintos recursos y servicios documentales que se prestan de forma libre y gratuita a través de Internet a cualquier usuario. Este proyecto se gestiona por la Fundación Dialnet, Fundación expresamente constituida para la realización de tal fin.

IV. Que las partes comparten el objetivo común de contribuir al desarrollo de una infraestructura que facilite un acceso exhaustivo a la producción científica del ámbito hispano y de ofrecer recursos y servicios documentales en beneficio de la comunidad académica e investigadora y de la sociedad en general, a través de la cooperación bibliotecaria.

A tal efecto, las Instituciones firmantes suscriben el presente convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones de colaboración entre Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (en adelante MNCARS) y la Fundación Dialnet de la Universidad de La Rioja y detallar las actuaciones a realizar por las partes para su cumplimiento.

Los objetivos son:

– Incluir en Dialnet los títulos de publicaciones acordados entre las partes con el fin de poder ofrecer, de una forma rápida y eficiente, los contenidos a los usuarios de Dialnet.

– Sentar las bases para la prestación de nuevos servicios documentales que puedan ser del interés del colectivo docente e investigador en general, y para los usuarios de MNCARS en particular.

Segunda. Compromisos de la Fundación Dialnet.

La Fundación Dialnet de la Universidad de La Rioja se compromete a prestar al MNCARS los siguientes servicios:

– Coordinar el proyecto Dialnet.

– Coordinar el trabajo de todas las bibliotecas colaboradoras.

– Promover desarrollos tecnológicos que redunden en la mejora de los servicios que se prestan a las bibliotecas y a los usuarios de las mismas.

– Mantener las bases de datos que constituyen Dialnet en los servidores de la Universidad de La Rioja.

– Ofrecer los servicios de Dialnet Plus a los usuarios del MNCARS de acuerdo con el anexo.

– Facilitar al personal designado por el MNCARS los permisos necesarios para la realización de las tareas objeto de este convenio.

– Proporcionar los medios técnicos, formación y asesoramiento necesarios para hacer posible las tareas de introducción de contenidos en la base de datos de Dialnet.

Tercera. Compromisos del MNCARS.

El MNCARS va a colaborar en el desarrollo del proyecto mediante la aportación de recursos, especialmente los procedentes de la participación directa del personal de su biblioteca en la indexación de contenidos en Dialnet, y adquiere los siguientes compromisos:

– Introducir contenidos en la base de datos de Dialnet, utilizando las herramientas que se establezcan para ello.

– En el caso de las revistas, el MNCARS se compromete a la aportación sistemática y periódica a Dialnet de los contenidos de las revistas del ámbito hispano asignadas. El MNCARS podrá sustituir la indización de algunas revistas asignadas por la indización sistemática de los contenidos de libros colectivos publicados en el ámbito hispano.

– De aquellas revistas que sean editadas por el MNCARS, se deberá facilitar el acceso al texto completo a través de Dialnet, ya sea autorizando el alojamiento de los mismos en los servidores de la Fundación Dialnet o enlazando los contenidos al repositorio institucional o a sus webs originales. En este último caso, el MNCARS debe velar por la perdurabilidad y buen funcionamiento de los mismos.

– Introducir los contenidos de las revistas asignadas a la mayor brevedad desde su recepción en la biblioteca o desde el momento en el que se publique una nueva edición electrónica de las mismas.

– Priorizar el mantenimiento de las suscripciones de aquellas revistas cuyos contenidos se incluyen en Dialnet y carecen de versión en acceso libre, y comunicar a la Fundación Dialnet la cancelación de dichos títulos en el caso de producirse, y asumir la indización de otras revistas, o bien sustituirla por la indización de los contenidos de libros colectivos publicados en el ámbito hispano.

– Añadir la máxima información sobre los autores de los registros e intentar resolver los problemas de la identificación, ambigüedad y duplicidad en los nombres de los investigadores.

– Supervisar la corrección y calidad de la información de las publicaciones que le han sido asignadas, realizando las actuaciones o correcciones necesarias para garantizar que esta información sigue los estándares de calidad de Dialnet.

– Formar a los usuarios de su institución en el manejo de Dialnet y atender las dudas y consultas que estos puedan tener.

– Utilizar la información descargada de Dialnet para los fines indicados de forma expresa en los términos de este convenio.

Cuarta. Descarga de registros.

La Biblioteca del MNCARS podrá descargar de Dialnet registros bibliográficos de aquellos fondos que disponga en sus colecciones con el único fin de incorporar esta información a sus catálogos y repositorios institucionales.

Dichos registros se suministrarán mediante un servicio de descarga de ficheros a través de los formatos: MARC; MARC-XML; BRS-Absys; BRS-Unicorn y texto separado por tabuladores. En el caso de otro tipo de formatos, se analizará conjuntamente la posibilidad de descarga.

No se autorizan otros usos de la información descargada de Dialnet que no se hubiesen indicado expresamente en los términos del presente convenio, en particular no se autorizan los siguientes:

– No se podrá copiar, distribuir a terceros o hacer pública por cualquier otro medio que no sean los catálogos y repositorios institucionales.

– No se utilizará con fines comerciales. En ningún caso se podrá vender, copiar o usar a cambio de una contraprestación económica.

– No se utilizará para realizar estudios estadísticos, bibliométricos o de cualquier otro tipo sin contar con la autorización previa de la Fundación Dialnet.

Quinta. Incorporación de nuevas instituciones al proyecto Dialnet.

La Fundación Dialnet podrá firmar, con otras instituciones, los convenios que estime oportunos para la mejora, difusión y enriquecimiento del proyecto Dialnet.

Sexta. Transparencia y acceso a la información pública.

El convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.

Séptima. Protección de datos personales.

En aplicación de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de carácter personal que figuran en este convenio serán tratados por el MNCARS y Fundación Dialnet incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento, cuya finalidad es la suscripción, tramitación y ejecución de los convenios y protocolos generales de actuación de los que es parte MNCARS o Fundación Dialnet, conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, y en el caso del MNCARS, la Ley reguladora del museo y su estatuto. El suministro de los datos con este fin es obligado e impediría el cumplimiento del convenio en caso contrario.

Los responsables del tratamiento son:

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

Domicilio en la Calle Santa Isabel, 52, 28012 Madrid.

Fundación Dialnet.

Domicilio en la calle Barriocepo, 10, 26001 Logroño.

Los delegados de protección de datos son:

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

Domicilio en la Calle Santa Isabel, 52, 28012 Madrid.

(dpd@museoreinasofia.es).

Fundación Dialnet.

Domicilio en la Calle Barriocepo, 10, 26001 Logroño.

(maría.calleja@unirioja.es).

Plazo de conservación:

Los datos se tratarán por el MNCARS durante todo el tiempo que dure la relación mantenida entre las partes. Finalizada dicha relación, se procederá al bloqueo de los datos durante el periodo en que se pueda derivar cualquier tipo de responsabilidad como consecuencia del presente convenio. Una vez finalice el plazo de prescripción legal y expiren tales responsabilidades, los datos serán eliminados.

Destinatarios:

Los datos serán comunicados por el MNCARS a las administraciones públicas competentes, en los casos previstos en la ley y para los fines en ella definidos y a las correspondientes entidades financieras, para la gestión de cobros y pagos, en su caso.

Los afectados tienen derecho a solicitar el acceso a sus datos personales, su rectificación o supresión, así como a la limitación de su tratamiento, a oponerse al mismo y a la portabilidad de sus datos dirigiéndose respectivamente al responsable del tratamiento que corresponda, en la siguiente dirección de correo electrónico: infoderechos@museoreinasofia.es. Así mismo, pueden poner en conocimiento de la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) o, en su caso, de la autoridad autonómica de protección de datos, cualquier situación que considere que vulnera sus derechos.

Octava. Comisión Mixta de Seguimiento.

Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio se constituirá, a partir de la firma del mismo, una Comisión Mixta de Seguimiento con representantes designados por las partes en régimen de paridad. Dicha comisión se responsabilizará de la ejecución de las acciones derivadas del presente convenio y de los compromisos adquiridos por las partes. Asimismo, resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse en el desarrollo del presente convenio.

En caso de discrepancias entre los miembros de la Comisión de Seguimiento, se someterá la solución de las mismas a la decisión de los que suscriben el presente convenio. La comisión se reunirá con la frecuencia que sus integrantes consideren necesaria y podrán asistir a sus reuniones las personas que en cada momento consideren oportuno los miembros de la comisión.

La Comisión de Seguimiento estará constituida por las siguientes personas:

– Por parte del MNCARS: La Jefa de Departamento de Biblioteca y Centro de Documentación y la Técnica superior en Bibliotecas.

– Por parte de Fundación Dialnet el Director Gerente y la responsable del Área de Contenidos de la Fundación Dialnet.

Novena. Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el capítulo sexto del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir de su interpretación, modificación, efectos o resolución, se sustanciarán conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Décima. Modificación del convenio.

El presente convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes en relación con su objeto y contenido. Cualquier modificación del mismo deberá ser efectuada por escrito y requerirá acuerdo unánime de los firmantes, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las modificaciones se tramitarán conforme a lo previsto en el artículo 50 de la citada Ley 40/2015.

Undécima. Efectos y extinción.

El presente convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El plazo de vigencia del convenio será de cuatro años. No obstante, las partes podrán acordar expresamente y por escrito su prórroga, en cualquier momento antes de su finalización, por un máximo de hasta cuatro años adicionales, manteniendo las mismas obligaciones de las partes.

El presente convenio quedará extinguido por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Son causas de resolución del presente convenio:

a) El acuerdo mutuo y unánime entre las partes actoras.

b) El transcurso del plazo de su vigencia.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

d) La decisión judicial declaratoria de su nulidad.

e) Cualesquiera otros motivos que puedan ser aplicables de conformidad con la legislación actual.

En el caso de incumplimiento establecido en el apartado c) del párrafo anterior, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado a los miembros de la Comisión de Seguimiento y a la entidad incumplidora.

Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

Duodécima. Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.

Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes que lo firman.

Y para que conste, en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento, expiden y firman el presente documento.–Por la Fundación Dialnet de la Universidad de La Rioja, el Presidente y Rector, Juan Carlos Ayala Calvo.–Por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, el Director, Manuel Segade Lodeiro.

El presente convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado con fecha 23 de octubre de 2023, y autorizado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública con fecha 27 de octubre de 2023.

ANEXO 1

Dialnet es un portal de información bibliográfica cuyo principal objetivo es dar la mayor visibilidad posible a la literatura científica hispana. Las instituciones firmantes del presente convenio disfrutarán de acceso a Dialnet Plus, versión avanzada de Dialnet que proporciona a la institución y a todos sus usuarios los siguientes servicios avanzados y de valor añadido:

Búsqueda:

− Búsqueda avanzada de documentos: Aplicación de filtros de búsqueda (tipo de documento, disponibilidad de texto completo, materia, submateria, rango de años, editor, idioma, descriptores, país de publicación). En el caso de artículos de revista posibilidad de limitar las búsquedas según criterios de calidad (CIRC y CARHUS).

− Buscador avanzado de autores: Aplicación de filtros de búsqueda (materias, áreas de conocimiento, institución, periodo de publicación, enlace del autor a otros catálogos); directorio de autores por institución y área de conocimiento.

− Buscador avanzado de congresos: Aplicación de filtros de búsqueda (años, materias, países, organizadores, disponibilidad de texto completo).

− Buscador avanzado de tesis: Aplicación de filtros de búsqueda (disponibilidad de texto completo, materia, UNESCO, rango de años, universidad, idiomas, descriptores, países); listados de tesis por universidad.

− Buscador avanzado de revistas: Aplicación de filtros de búsqueda (disponibilidad de texto completo, idioma, Latindex, clasificación CIRC, clasificación CARHUS+, materias, editores, países); listado de revistas disponibles a texto completo; directorio de revistas por materia y submateria; listado alfabético de revistas.

Visualización de resultados:

− Visualización de la página de autor: navegación por el listado de autores; enlace de autores en otros catálogos (BNE, ResearcherID, GoogleScholar, Scopus, etc.); visualización de nubes de coautorías; visualización del árbol académico de tesis doctorales propias, tesis dirigidas y participación en tribunales doctorales.

− Visualización de revistas: información sobre disponibilidad de los documentos en la biblioteca de la Institución; enlace entre las revistas en Dialnet y el catálogo propio de la institución.

Trabajar con los resultados:

− Selección de documentos, que se guardan durante la sesión abierta como usuario registrado.

− Exportación de documentos seleccionados en diversos formatos (Refworks, RIS, formato texto y BibTex) o envío por correo electrónico.

− Almacenamiento de las búsquedas realizadas para recuperarlas o recibir alertas tras la incorporación de nuevos documentos.

− Creación de listas bibliográficas para compartir.

− Posibilidad de tramitar la petición de documento a la biblioteca a través de Dialnet.

− Enlace al resolvedor de enlaces OpenURL de la biblioteca, proporcionando a los usuarios enlaces directos al texto completo.

Descarga de registros analíticos:

− Permite incluir en el catálogo de su biblioteca los registros analíticos de las revistas de la institución que están en Dialnet.

Otros servicios:

− Personalización de la imagen del portal.

− Personalización de las alertas suscritas por los usuarios de la institución.

− Acceso a estadísticas de uso: usuarios de la Institución registrados, visitas, accesos, etc.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid