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Documento BOE-A-2023-24909

Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica Adenda de prórroga del Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de Farmacovigilancia.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 6 de diciembre de 2023, páginas 162407 a 162409 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2023-24909

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 21 de noviembre 2023, Adenda de prórroga del Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud y Familias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de Farmacovigilancia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 29 de noviembre de 2023.–El Secretario de Estado de Sanidad, Javier Padilla Bernáldez.

ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Consejería de Salud y Familias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de Farmacovigilancia

A 21 de noviembre 2023.

REUNIDOS

De una parte, doña Catalina Montserrat García Carrasco, en calidad de Consejera de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, en uso de las facultades propias de su cargo, de conformidad con lo establecido en los apartados 1 y 2.i) del artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y el artículo 63 de la Ley 2/1998, de 15, de junio, de Salud de Andalucía, y en relación con el Decreto del Presidente 11/2022, de 25 de julio, por el que se designan los Consejeros y las Consejeras de la Junta de Andalucía (BOJA Extraordinario 25, de 26 de julio), relativo a su nombramiento.

De otra parte, doña María Jesús Lamas Díaz, Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por nombramiento del Consejo Rector de dicha Agencia mediante Acuerdo de fecha 19 de julio de 2018 (BOE número 176, de 21 de julio de 2018), y en virtud del artículo 14.2.f) del Estatuto de la Agencia estatal «Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios», aprobado por Real Decreto 1275/2011, de 16 de septiembre, en representación de esta Agencia estatal, con domicilio social en calle Campezo n.º 1 28022 de Madrid.

Intervienen en función de sus respectivos cargos que han quedado expresados y en el ejercicio de las facultades que a cada uno le están conferidas, reconociéndose mutuamente la capacidad necesaria y suficiente para ello,

MANIFIESTAN

Primero.

Que con fecha 3 de diciembre de 2019, la AEMPS y la Consejería de Salud y Familias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, formalizaron un convenio en materia de farmacovigilancia, al objeto de llevar a cabo de forma coordinada el Sistema Español de Farmacovigilancia de medicamentos de uso humano.

Segundo.

Que el convenio, tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) el 19 de diciembre de 2019.

Tercero.

Que, en virtud de lo establecido en la cláusula octava del citado convenio, su duración es de 4 años con efectos desde la publicación en el BOE, tras la inscripción en el citado Registro.

Cuarto.

Que estando vigente el compromiso de ambas partes en su desarrollo y continuación, las mismas han decidido acordar su prórroga expresa para dar cumplimiento a lo pactado, y a tal fin,

ACUERDAN

Primero. Objeto.

Prorrogar el Convenio de 3 de diciembre de 2019, formalizado entre la AEMPS y la Consejería de Salud y Familias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de farmacovigilancia.

Segundo. Periodo de prórroga.

Mediante el presente acuerdo, y al amparo de lo establecido en el artículo 49.h)2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio entre la AEMPS y la Consejería de Salud y Familias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de farmacovigilancia, queda prorrogado por cuatro (4) años adicionales.

Tercero. Permanencia inalterada del resto del clausulado del convenio.

En todo lo no previsto, ni expresamente modificado por la presente adenda, serán de aplicación las estipulaciones contenidas en el convenio formalizado por ambas partes con fecha 3 de diciembre de 2019.

Cuarto. Validez y eficacia de la presente adenda.

La presente adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40//2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo el día de inicio de cómputo del nuevo periodo de duración del convenio el 19 de diciembre de 2023.

Para la debida constancia y, en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente acuerdo de prórroga del convenio a la fecha de la última firma electrónica.–Por la Consejería de Salud y Consumo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Consejera de Salud y Consumo, Catalina Montserrat García Carrasco.–Por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, la Directora, María Jesús Lamas Díaz.

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