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Documento BOE-A-2023-25096

Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio entre el Ministerio de Sanidad, el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., y la Sociedad Española de Informática para la Salud, para la promoción y ejecución de acciones formativas ante la trasformación digital del Sistema Nacional de Salud.

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 9 de diciembre de 2023, páginas 163655 a 163657 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2023-25096

TEXTO ORIGINAL

La Directora General de Salud Digital y Sistemas de Información para el Sistema Nacional de Salud, el Director del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., y el Presidente de la Sociedad Española de Informática de la Salud han suscrito una adenda de prórroga del Convenio para la promoción y ejecución de acciones formativas ante la trasformación digital del Sistema Nacional de Salud, firmado el 20 de noviembre de 2019.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.

Madrid, 1 de diciembre de 2023.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio entre el Ministerio de Sanidad, el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P. y la Sociedad Española de Informática para la Salud para la promoción y ejecución de acciones formativas ante la trasformación digital del Sistema Nacional de Salud

16 de noviembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, doña Noemí Cívicos Villa, Directora General de Salud Digital y Sistemas de Información para el Sistema Nacional de Salud, del Ministerio de Sanidad (en adelante MSAN), en virtud del Real Decreto Real Decreto 779/2021, de 31 de agosto (BOE núm. 209, de 1 de septiembre), por el que se dispone su nombramiento y en virtud de la delegación de competencias de la Secretaria de Estado de Sanidad otorgada por el apartado tercero del artículo décimo noveno de la Orden SND/1298/2022, de 22 de diciembre, sobre fijación de límites para administrar determinados créditos para gastos, para conceder subvenciones y de delegación de competencias.

De otra parte, don Cristóbal Belda Iniesta, como Director del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P. (en adelante ISCIII), organismo público de investigación, nombrado por Real Decreto 732/2021, de 3 de agosto (BOE núm. 185, de 4 de agosto) actuando en nombre y representación del mencionado Instituto y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 11 del Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba su Estatuto.

De otra parte, don Luciano Sáez Ayerra, como Presidente de la Sociedad Española de Informática de la Salud (en adelante SEIS), ratificado por la Asamblea General de Socios celebrada día 23 de marzo de 2023, a la que representa en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 43.1 de los vigentes estatutos de SEIS, aprobados en la Asamblea General celebrada el 11 de febrero de 2010.

(en adelante, las Partes)

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 20 de noviembre de 2019, las Partes suscribieron el Convenio para la promoción y ejecución de acciones formativas ante la trasformación digital del Sistema Nacional de Salud (BOE núm. 9, de 10 de enero de 2020) (en adelante el Convenio) con el objeto de regular sus relaciones para la consecución de un objetivo común: la formación de los profesionales del sector salud en la aplicación de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) en Salud, mediante la realización de actividades docentes dirigidas a la formación en TIC para la salud y la formación continuada de profesionales sanitarios en competencias digitales, así como para la especialización de profesionales en la gestión directiva de las TIC en el ámbito de la salud.

Segundo.

Que la participación de estas entidades en la organización de actividades formativas relacionadas con la salud digital se debe a la coincidencia de objetivos y a la complementariedad en los ámbitos de actuación de las Partes, pues a la experiencia del Instituto de Salud Carlos III, a través de la Escuela Nacional de Sanidad, en la formación de profesionales sanitarios, en sus diferentes campos de conocimiento, se unen tanto los objetivos del Ministerio de Sanidad en cuanto a la transformación digital de la sanidad y la necesaria gestión de cambio en las organizaciones, como la especialización de la Sociedad Española de Informática de la Salud en el ámbito del conocimiento de las TIC aplicadas a la salud.

Tercero.

Que por parte del Ministerio de Sanidad (entonces Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social) el Convenio fue suscrito por la persona titular de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación, centro directivo que a la fecha de la firma ejercía competencias en materia de sistemas de información, interoperabilidad e innovación en el SNS.

Cuarto.

Que el Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, atribuye las competencias sobre los proyectos de modernización, innovación, mejora y transformación del Sistema Nacional de Salud a la luz de los nuevos retos derivados de la pandemia por COVID-19, en particular, los relacionados con la salud digital y los sistemas de información, a la Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud, de la cual depende la Dirección General de Salud Digital y Sistemas de Información del Sistema Nacional de Salud, cuya persona titular es competente en las materias que trata el Convenio.

Quinto.

Que el Convenio no conlleva obligaciones económicas entre las Partes, financiándose las actividades con el importe de las matrículas del alumnado.

Sexto.

Que en su cláusula sexta el Convenio establece que tendrá una vigencia de cuatro años y que podrá ser prorrogado por acuerdo unánime de las Partes, por un periodo máximo de cuatro años. El Convenio fue firmado con fecha de 20 de noviembre de 2019, resultando eficaz a partir del día 10 de enero de 2020 tras su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», por lo que su vigencia finaliza del 9 de enero de 2024.

Séptimo.

Que la Comisión Mixta de Seguimiento, creada en la cláusula tercera del Convenio, ha comprobado que se han cumplido los compromisos programados para cada año por las Partes, que se han centrado en la especialización de profesionales para la gestión directiva de las TIC en salud a través del Máster en Dirección de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la Salud, el cual se valora positivamente en las 4 ediciones realizadas en su marco, en las que se han formado 102 profesionales de perfiles tecnológicos y sanitarios, considerándose necesario seguir realizando este tipo de formación, sin perjuicio de otras actividades que puedan acordar las Partes entre las contempladas en el Convenio.

Octavo.

Que lo anteriormente expuesto aconseja mantener esta actividad que contribuye a impulsar la profesionalización y actualización de conocimientos de quienes trabajan en las TIC para la salud y especialmente de los profesionales que trabajan en el Sistema Nacional de Salud, para lo cual las Partes de manera unánime

ACUERDAN

Cláusula primera. Acuerdo de prórroga.

Se prorroga el Convenio en todos sus términos por un periodo de cuatro años.

Cláusula segunda. Eficacia.

En cumplimiento de lo establecido en el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en cuanto a los requisitos de eficacia, esta Adenda de Prórroga surtirá efecto a partir de su inscripción en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización.

Asimismo, serán publicadas en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Y, en prueba de conformidad, las Partes firman digitalmente el presente acuerdo de prórroga, en un único ejemplar.–La Directora General de Salud Digital y Sistemas de Información del Sistema Nacional de Salud, Noemí Cívicos Villa.–El Director del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., Cristóbal Belda Iniesta.–El Presidente de la Sociedad Española de Informática de la Salud, Luciano Sáez Ayerra.

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