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Documento BOE-A-2023-25095

Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre la Secretaría de Estado de Justicia y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, en materia de colaboración y coordinación en la gestión de obras de arte encomendadas a la Dirección General de Modernización de la Justicia, Desarrollo Tecnológico y Recuperación y Gestión de Activos.

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 9 de diciembre de 2023, páginas 163652 a 163654 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2023-25095

TEXTO ORIGINAL

El Secretario de Estado de Justicia y el Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía han suscrito una adenda de modificación y prórroga del convenio en materia de colaboración y coordinación en la gestión de obras de arte encomendadas a la Dirección General de Modernización de la Justicia, Desarrollo Tecnológico y Recuperación y Gestión de Activos, firmado el 27 de septiembre de 2019.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anexo a la presente resolución.

Madrid, 1 de diciembre de 2023.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Adenda de modificación y prórroga del convenio entre la Secretaría de Estado de Justicia y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía en materia de colaboración y coordinación en la gestión de obras de arte encomendadas a la Dirección General de Modernización de la Justicia, Desarrollo Tecnológico y Recuperación y Gestión de Activos

20 de noviembre de 2023.

SE REÚNEN

De una parte, don Antonio Julián Rodríguez Esquerdo, Secretario de Estado de Justicia, nombrado mediante Real Decreto 1088/2021, de 7 de diciembre, por el que se nombra Secretario de Estado de Justicia a don Antonio Julián Rodríguez Esquerdo, en nombre y representación del Ministerio de Justicia, de conformidad con el artículo 62.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, don Manuel Segade Lodeiro, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, nombrado mediante Real Decreto 436/2023, de 6 de junio, por el que se nombra Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía a don Manuel Segade Lodeiro y actuando en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 11 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE de 5 de octubre de 2011) y el artículo 9.2. letras c) y k) del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE de 6 de abril de 2013).

Las partes intervienen en virtud de sus respectivos cargos, y en el ejercicio de las facultades y atribuciones que por ellos tienen concedidas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir la presente adenda, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.

Con fecha 27 de septiembre de 2019 (BOE de 9 de diciembre de 2019), se suscribió un Convenio entre la Secretaría de Estado de Justicia y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (en adelante, el «Convenio»), cuyo objeto era definir las líneas de colaboración y coordinación en la gestión de obras de arte cuando le hayan sido encomendadas judicialmente a la Dirección General de Modernización de la Justicia, Desarrollo Tecnológico y Recuperación y Gestión de Activos.

Segundo.

La Dirección General de Modernización de la Justicia, Desarrollo Tecnológico y Recuperación y Gestión de Activos fue suprimida mediante el artículo 2.2 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

En la actualidad, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 7.2 letras c) y d) del Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio de Justicia del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, tanto la Subdirección General de Localización y Recuperación de Bienes como la Subdirección General de Conservación, Administración y Realización de Bienes, anteriormente dependientes de la Dirección General de Modernización de la Justicia, Desarrollo Tecnológico y Recuperación y Gestión de activos, han pasado a depender jerárquica y funcionalmente de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

Por todo ello resulta necesario modificar parcialmente el título del convenio suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019.

Tercero.

Conforme a lo dispuesto en los puntos 1.m) a 1.s), del artículo 7, del Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública tiene encomendadas las funciones de localización y recuperación de efectos, bienes, instrumentos y ganancias procedentes de actividades delictivas, su conservación, administración y realización, cuando le hayan sido encomendadas judicialmente.

Cuarto.

Dichas funciones son llevadas a cabo por la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA), conformada por la Subdirección General de Localización y Recuperación de bienes y la Subdirección General de Conservación, Administración y Realización de Bienes, dependientes, como se ha mencionado anteriormente de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

Quinto.

De conformidad con la cláusula quinta del citado convenio, los efectos del mismo tienen una duración de cuatro años a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE de 9 de diciembre de 2019).

Finalizado su plazo de vigencia, las partes estudiarán la continuidad de la colaboración mediante la suscripción de un nuevo Convenio o, en su caso, mediante la prórroga por escrito del acuerdo conforme al artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, tramitándose dicha prórroga conforme a lo previsto en el artículo 50 de la citada ley.

En consecuencia, dado el alto grado de satisfacción obtenido en el cumplimiento de los objetivos del Convenio, así como la experiencia acumulada, y dada la necesidad de adecuar su dispositivo en relación con lo dispuesto por el Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio de Justicia del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, las partes firmantes de esta adenda de modificación y prórroga, estiman necesario modificar el convenio y continuar con dicha cooperación por un nuevo periodo de cuatro años adicionales, de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación del título del convenio de 27 de septiembre de 2019.

Se modifica el título del convenio, quedando redactado del siguiente modo:

«Convenio entre la Secretaría de Estado de Justicia y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, en materia de colaboración y coordinación en la gestión de obras de arte encomendadas a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (Oficina de Recuperación y Gestión de Activos).»

Segunda. Prórroga y duración de ésta.

Se acuerda la prórroga, por cuatro años adicionales, del «Convenio entre la Secretaría de Estado de Justicia y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, en materia de colaboración y coordinación en la gestión de obras de arte encomendadas a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (Oficina de Recuperación y Gestión de Activos)» suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019 (BOE de 9 de diciembre de 2019), hasta el 9 de diciembre de 2027.

La prórroga del convenio se regirá por todas y cada una de las condiciones estipuladas en el convenio del que trae causa.

Tercera. Clausulado del convenio.

Se mantiene el contenido del clausulado del convenio suscrito el 27 de septiembre de 2019.

Cuarta. Eficacia.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda de modificación y prórroga resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO). Dicha adenda de prórroga surtirá efectos con su inscripción en el REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

De conformidad con cuanto antecede, y en ejercicio de las atribuciones de que son titulares las personas firmantes, en representación de las Partes, suscriben electrónicamente la presente Adenda de modificación y prórroga.–El Secretario de Estado de Justicia, Antonio Julián Rodríguez Esquerdo.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel Segade Lodeiro.

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