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Documento BOE-A-2023-25480

Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Obras de la puesta fuera de servicio de la presa de Artikutza en la Regata Enobieta, en Goizueta (Navarra)".

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 15 de diciembre de 2023, páginas 165952 a 165973 (22 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-25480

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 29 de septiembre de 2022 tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico O.A. de evaluación ambiental simplificada del proyecto «Obras de la puesta fuera de servicio de la presa de Artikutza en la Regata Enobieta, T.M. Goizueta (Navarra)».

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

El proyecto consiste en la demolición parcial del cuerpo de la presa de Artikutza, situada sobre la regata Enobieta, en el término municipal de Goizueta, en Navarra. La presa objeto del proyecto formaba el embalse de Enobieta, cuyo desembalse finalizó en el año 2019, encontrándose actualmente fuera de servicio.

El promotor del proyecto es el Ayuntamiento de San Sebastián y el órgano sustantivo la Confederación Hidrográfica del Cantábrico O.A. de este Ministerio.

Con fecha 11 de enero de 2023, la Subdirección General de Evaluación Ambiental inicia la fase de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas en relación con el proyecto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de evaluación ambiental.

Con fecha 27 de marzo de 2023, se requiere al órgano jerárquicamente superior de la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra para que, de acuerdo con sus competencias, especialización o ámbito de actuación, informe sobre si el proyecto pudiera causar impactos ambientales significativos, informe recibido el 12 de abril de 2023.

La tabla siguiente recoge los organismos y entidades consultadas durante esta fase y si han remitido informe en relación con el documento ambiental:

Relación de consultados Respuestas recibidas
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. (MITECO) No
Confederación Hidrográfica del Cantábrico. (MITECO). Si
Delegación del Gobierno en Navarra. No
Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático. Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. Gobierno Vasco. Si
Dirección General de Montes y Medio Natural. Departamento de Innovación, Desarrollo Rural Y Turismo. Diputación Foral de Guipúzcoa. No
Dirección General de Medio Ambiente. Departamento de Medio Ambiente y Obras Hidráulicas. Diputación Foral de Guipúzcoa. No
Dirección General de Medio Ambiente. Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. Gobierno de Navarra. Si
Dirección General de Ordenación del Territorio. Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos. Gobierno de Navarra. No
Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. Gobierno de Navarra. No
Departamento de Cultura y Deporte. Comunidad Foral de Navarra. Si
Dirección General de Salud. Departamento de Salud. Gobierno de Navarra. No
Servicio de Protección Civil. Dirección General de Interior. Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia. Gobierno de Navarra. Si
Ayuntamiento De Goizueta. No
Centro de Estudios Hidrográficos (CEDEX) No
Instituto Geológico y Minero de España (IGME) Si
GURELUR-Fondo Navarro para la Protección del Medio Natural. No
IH Cantabria Instituto de Hidráulica Ambiental. No
Centro Ibérico de Restauración Fluvial (CIREF). No
Asociación Herpetológica Española. No
Asociación Española de Limnología. No
SIBIC. Sociedad Ibérica de Ictiología. Universidad de Navarra. Departamento de Biología Ambiental. No
Unidad Hidráulica e Hidrología. Departamento de Ingeniería y Gestión Forestal y Ambiental. Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Montes, Forestal y Medio Natural (UPM). No
Asociación para el Estudio y Mejora de los Salmónidos –AEMS– Ríos con Vida. No
Ecologistas en Acción de Navarra. No
Sociedad Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU). No
Sociedad Española para la Conservación y Estudio de los Mamíferos (SECEM). No
SEO/BirdLife. No
WWF/Adena. No

Como consecuencia de las consultas y del análisis realizado, se remiten al promotor una serie de condiciones con el fin de evitar los impactos significativos detectados, atendiendo a los informes de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico y la Dirección General de Medio Ambiente y el Servicio de Protección Civil y Emergencias del Gobierno de Navarra, las cuales han sido aceptadas expresa e íntegramente por el promotor con fecha 22 de noviembre de 2023, pasando a integrar la versión final del proyecto, sobre la que versa la evaluación.

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente y tomando en consideración las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II, del título II, según los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

a. Características del proyecto:

Para la ejecución del proyecto el promotor analiza tres alternativas. La alternativa 0 o de «No actuación», consiste en mantener la presa en su situación actual, con la compuerta de fondo abierta y la rejilla que protege la entrada del conducto a dicha compuerta eliminada para dejar circular el agua. La alternativa 1, de 7 meses de duración, consiste en una demolición parcial de la presa con la apertura de una escotadura en su estructura. La alternativa 2 plantea la retirada total de la presa, para lo cual se estima un plazo de 15 meses.

Las alternativas 1 y 2 garantizan la permeabilidad fluvial y conectividad faunística y la seguridad física de las personas en las inmediaciones de la infraestructura del cuerpo de la presa. El promotor selecciona la alternativa 1 por su menor impacto ambiental sobre casi todos los factores estudiados, al suponer un menor tiempo de actuación y una disminución significativa del material de demolición (la décima parte respecto a la alternativa 2) lo cual permite la gestión directa de este material in situ. Esto evita un tráfico continuo de camiones durante un año por una carretera estrecha que atraviesa dos espacios de la Red Natura 2000: las zonas de especial conservación (en adelante ZEC) Artikutza y Aiako Harria. Además, la alternativa 1 posibilita la conservación de parte de la presa, cuyas galerías cuentan con presencia de diversas especies de murciélagos, objetivo de conservación del plan de gestión de la ZEC Artikutza.

La alternativa seleccionada consiste en la ejecución de una escotadura de 7 m de anchura centrada en el vano izquierdo del aliviadero de la presa, desde su coronación hasta al menos un metro por debajo de la cota del terreno. El hormigón de la cimentación por debajo de un metro sobre el terreno se dejaría tal y como está hasta llegar al nivel del cauce del río. El proyecto implica igualmente la demolición del resalte existente aguas abajo del cuenco de amortiguación.

Para la ejecución de la obra se precisa una plataforma de trabajo en el trasdós de la presa y un camino de acceso hasta ésta. Para construir la plataforma se ejecutará un terraplén provisional en la zona del vaso de la presa, para poder acceder hasta la cota del aliviadero. Anteriormente se dotará de un desagüe a la regata Enobieta para lo cual se proyecta que la regata quede cubierta desde el pie del terraplén hasta el desagüe de fondo de la presa, a lo largo de 32 m mediante un marco de 2x2 m de ancho y alto, para evitar así la posibilidad de cualquier atasco dentro de la zona cubierta provisionalmente.

Una vez el flujo fluvial esté garantizado se realizará el terraplén provisional. Para su ejecución, se utilizará material de un acopio existente en la margen izquierda de la regata Enobieta con problemas de estabilidad que se pretenden solucionar con estas obras. La plataforma superior ascenderá hasta una cota 5 m por debajo de la cota de la coronación de la presa, lo cual obligará a realizar un terraplén de 10.267 m3 con material que una vez se rebaje la escotadura será devuelto al mismo acopio de procedencia, ya estabilizado con taludes 1,5H/1V y mediante tongadas bien compactadas de 40 cm. El proyecto prevé igualmente la estabilización de toda la margen izquierda de la regata con talud tipo 2H/1V, a la vez que se recupera el camino existente.

Para el acceso a la plataforma de trabajo, se ha previsto acondicionar un tramo de pista existente y, a continuación, crear uno nuevo tramo de unos 300 m de longitud hasta la zona de trabajo.

Los trabajos de demolición se llevarán a cabo en 4 fases con microvoladuras o pirotecnia con el objeto de generar menos polvo, ruido y vibraciones que las voladuras con explosivos convencionales o el empleo del martillo.

El proyecto contempla, también, la creación de un nuevo cauce tanto en el cuerpo de presa como en el cuenco de amortiguación y aguas abajo de éste. Este cauce tendrá una anchura de 3 m en el lecho y sus márgenes se crearán mediante relleno 2H/1V. Según indica el promotor, este talud es estable tanto para altas velocidades de la corriente del agua como para posibilitar su adecuada revegetación. Asimismo, aguas arriba de la escotadura se excavará en unos pocos metros el futuro lecho de la regata Enobieta para acomodar su nuevo paso, estabilizando el relleno existente en esta margen.

La obra va a generar 3.930 m3 de hormigón demolido (3.913 m3 de la presa y 17 m3 del cuenco). Éste será tratado en una planta machacadora móvil «in situ» y el material resultante se reutilizará para el acondicionamiento del firme de la pista perimetral del embalse y de los nuevos taludes de las zonas afectadas por las obras. El promotor indica que en el supuesto de que el acondicionamiento de la pista perimetral no sea simultáneo al resto de las obras, se habilitará una zona adecuada para el almacenamiento del hormigón machacado. Además, se prevén otro tipo de residuos (inertes, asimilables a urbanos producto de la actividad del personal de obra, residuos peligrosos, etc.) que serán gestionados de acuerdo con su normativa específica y cuyo estudio y valoración será incluido en el correspondiente proyecto de construcción. El contratista adjudicatario de la obra elaborará, antes del inicio de esta, un plan que refleje cómo llevará a cabo las obligaciones que le incumban en relación con los residuos y materiales de construcción y demolición que se vayan a producir.

La Confederación Hidrográfica del Cantábrico O.A. informa que el ámbito del proyecto no se encuentra dentro de los límites del Área de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI), de conformidad con la Cartografía elaborada de Peligrosidad y Riesgo y los Planes de Gestión del riesgo de inundación, Real Decreto 20/2016, de 15 de enero, por el que se aprueban los Planes de gestión del riesgo de inundación de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental y de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental.

El estudio hidráulico indica que la escotadura de 7 m de anchura consigue albergar la avenida ordinaria, sin que los restos de la presa, una vez realizada la obra, constituyan un obstáculo. En este sentido, la citada Confederación indica en su informe que la justificación hidráulica se realiza únicamente con la avenida de 2,33 años de periodo de retorno. Por este motivo y con el fin de poder comprobar las nuevas condiciones de inundabilidad del ámbito fluvial ante las actuaciones proyectadas y su capacidad de regulación de posibles avenidas, tanto el citado Organismo de cuenca como el Servicio de Protección Civil y Emergencias del Gobierno de Navarra consideran oportuno que el promotor presente durante las siguientes fases de tramitación del proyecto un estudio hidráulico que aborde, al menos, las avenidas de inundación de probabilidad alta (T=10 años), media (T=100 años) y baja (T=500 años), consideración que queda recogida en el apartado de prescripciones de la resolución.

De acuerdo con el promotor, una vez ejecutada la escotadura, el resto de la estructura va a ser estable, ya que se trata de una presa de gravedad, los muros restantes no van a tener que soportar ningún empuje de agua y la escotadura se va a realizar entre juntas de hormigonado. Asimismo, el proyecto cuenta con un estudio geológico-geotécnico que establece las pautas oportunas para las excavaciones e incorpora las medidas para los rellenos, en cuanto a la preparación del terreno, materiales a utilizar, espesor de tongadas, métodos de compactación, asientos, pendientes estables, etc.

En base a los resultados de los cálculos del estudio, se crearán nuevos taludes en el relleno existente en la margen izquierda de la regata Enobieta, aguas abajo de la presa una vez se retire el material potencialmente inestable, que será utilizado para la realización de la plataforma de trabajo en el trasdós de la presa. El estudio señala que podría resultar recomendable proyectar la construcción de muros de contención (escolleras sueltas u hormigonadas, muros, etc.) en el pie de la ladera, junto al cauce del río, para evitar posibles socaves del terreno.

En lo relativo a otros riesgos, el promotor indica que, de acuerdo con la información cartográfica facilitada por la Infraestructura de Datos Espaciales de Navarra, respecto a la contaminación de acuíferos, el conjunto del entorno analizado dispone de una vulnerabilidad de tipo «Medio». Asimismo, señala un riesgo sísmico y de incendio forestal bajo según lo establecido en el Plan Especial de Protección Civil ante riesgo sísmico en la Comunidad Foral de Navarra SISMA 2011 y el Plan Territorial de Emergencias de Navarra.

Por todo ello, el promotor valora la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o catástrofes como muy baja.

El Servicio de Protección Civil y Emergencias del Gobierno de Navarra indica que, desde el punto de vista de la reducción de riegos y disminución del impacto de la actuación, la alternativa elegida de demolición parcial de la presa parece la más adecuada.

En todo caso y al igual que con el resto de los aspectos técnicos del proyecto, la vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el promotor) es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo.

b. Ubicación del proyecto:

El proyecto se localiza en la finca de Artikutza, propiedad del Ayuntamiento de San Sebastián, situada en el término municipal de Goizueta (Navarra). La presa objeto del proyecto se encuentra sobre la regata Enobieta, en la cabecera del río Añarbe.

La Confederación Hidrográfica del Cantábrico indica que las actuaciones proyectadas se localizan sobre la masa de agua «Río Añarbe», con código ES017MAR002450, de acuerdo con el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental, cuya revisión fue aprobada por Real Decreto 35/2023, de 24 de enero. Esta masa de agua se encuentra incluida en el Registro de Zonas Protegidas del citado Plan, en la categoría de zona protegida para abastecimiento de origen superficial. También está catalogada como Reserva Natural Fluvial «Cabecera del río Añarbe» RNF009 y tramo de interés natural «río Añarbe, aguas arriba del río Articutza».

En concreto, la zona de actuación se corresponde con la zona 1 de la citada reserva fluvial, caracterizada por ser una zona muy antropizada al incluir el embalse y el poblado de Artikutza, única población dentro de la finca, que cuenta con diez construcciones y está habitada por 5 personas. La vegetación está muy modificada con plantaciones alóctonas en los alrededores del embalse y la población, donde el cauce se encuentra canalizado.

Además, el ámbito de actuación se corresponde a la zona protegida designada para la protección de hábitats o especies relacionadas con el medio acuático ZEC ES2200010 Artikutza.

En cuanto a las masas de agua subterránea, el proyecto se ubica en el ámbito de la masa «Macizos Paleozoicos», con código ES017MSBT017.001, según el citado Plan Hidrológico esta masa de agua también se encuentra incluida en el Registro de Zonas Protegidas en la categoría de zona protegida para abastecimiento de origen subterráneo.

El proyecto se desarrolla íntegramente en el espacio protegido de la Red Natura 2000 ZEC ES2200010 «Artikutza», designada mediante Decreto Foral 264/2015, de 2 de diciembre, y por el que también se aprueba su plan de gestión. Asimismo, a aproximadamente 3,5 km el río Añarbe, al cual vierte sus aguas la regata Enobieta, se introduce en la ZEC ES2120016 y Parque Natural Aiako Harria, designados por el Gobierno Vasco mediante Decreto 355/2013, de 4 de junio, y Decreto 241/1995, de 11 de abril, respectivamente.

La vegetación dominante en el entorno de la zona de actuación corresponde a bosques de ribera, robledales y hayedos, representados por los tipos de hábitat de interés comunitario (THIC) 91E0*, 9230 y 9120, respectivamente. Asimismo, aparecen enclaves puntuales de muy reducida extensión superficial con vegetación azonal de gran interés como las comunidades de turberas, esfangales y trampales, comunidades de fontinales y de manantiales y comunidades de roquedos. Estos enclaves cuentan con presencia de diversas especies de flora de gran interés y muchas de ellas protegidas como Soldanella vilosa, Vandenboschia speciosa Willd, Ptrocoptis pirenaica Bergeret, 1891 subsp. pyrenaica, Asplenium sptentrionale (L.) Hofmann subsp. septentrional, Sedum hirsutum All. subsp. hirsutum y S. anglicum Hudson (Peralta et al., 2013), Saxifraga clussi subsp. clussi, Hymenophyllum tunbringense y Carex paniculata subsp. lusitánica.

La fauna de la zona de actuación es abundante y variada. Tras la demolición de siete azudes en la finca de Artikutza por parte del Ayuntamiento de San Sebastián en septiembre de 2014, la presa objeto del proyecto es el único obstáculo que rompe actualmente la conectividad ecológica de su red fluvial. Esta pérdida de conectividad afecta sobre todo a los peces y adquiere especial relevancia por la presencia en el entorno del desmán ibérico (Galemys pyrenaicus) así como de otras especies de interés como el cangrejo de río (Austropotamobius pallipes). Esta última fue introducida en 2008 de manera experimental en el embalse de Enobieta con un rápido crecimiento poblacional. Tras el vaciado del embalse, la especie ocupa tramos lénticos de la red hidrográfica de la regata de Enobieta, entre las que destacan varias zonas húmedas en el antiguo vaso del embalse. El cangrejo de río está incluido en la categoría de «En Peligro de extinción» del Catálogo de Especies de Fauna Amenazada de Navarra aprobado por el Decreto Foral 254/2019, de 16 de octubre y en la categoría de «Vulnerable» en el Catálogo Español de Especies Amenazadas aprobado por el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero.

Durante el vaciado del embalse apareció un ejemplar viejo de náyade Anodonta anatina, especie de la que se conoce una población en la cola del embalse de Añarbe, unos 10 km aguas abajo de la zona de actuación. Las prospecciones realizadas por el promotor no han localizado nuevos ejemplares de la especie.

La comunidad piscícola en Artikutza presenta la ausencia de varias especies potenciales protegidas como la anguila (Anguilla anguilla) y el salmón (Salmo salar), cuyas vías migratorias se ven interrumpidas por diferentes infraestructuras transversales, entre las que figura la del presente proyecto. Las especies actualmente presentes tanto aguas arriba como abajo de la presa son la trucha común (Salmo trutta) y el ezkailu (Phoxinus phoxinus).

De entre la gran variedad de aves presentes en la zona de actuación cabe destacar el pico mediano (Leiopicus medius), especie incluida en el Catálogo de Especies de Fauna Amenazada de Navarra con la categoría de «Vulnerable» y el pico dorsiblanco (Dendrocopos leucotos), especie incluida en el Catálogo Español de Especies Amenazadas con la categoría de «En peligro de extinción».

El desmán Ibérico (Galemys pyrenaicus), especie emblemática de la zona y catalogada como «Vulnerable» en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, había desaparecido del arroyo de Enobieta, posiblemente como consecuencia de la desconexión con el resto de la red fluvial. Muestreos recientes (2021) han permitido confirmar que este nuevo hábitat potencial, las regatas del vaso del embalse, ha sido rápidamente colonizado por la especie y ahora está presente en toda la red fluvial de Artikutza. La recuperación de la conectividad en la regata Enobieta sirve para aumentar el hábitat disponible para la especie en la cuenca del Añarbe y posibilita el intercambio de ejemplares con la cuenca del Bidasoa a través de las cabeceras de regatas contiguas (Latsa y Onin).

La nueva vegetación surgida junto con la abundancia de charcas y zonas húmedas en el antiguo vaso del embalse sugieren la presencia de un hábitat óptimo para el visón europeo (Mustela lutreola) especie catalogada como «En Peligro de extinción» en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, aunque según indica el promotor, no hay constancia de su presencia actualmente en la zona de actuación. La nutria (Lutra lutra) ha recolonizado recientemente la red hidrográfica de Artikutza, aunque tampoco hay constancia de su presencia en la zona de Enobieta.

La representación de los quirópteros en la ZEC «Artikutza» es abundante, con la presencia de al menos 14 especies de murciélagos, entre las que caben destacar algunas catalogadas como vulnerables en el Catálogo Español de Especies Amenazadas como el murciélago ratonero grande (Myotts myotts), el murciélago ratonero forestal (Myotis bechsteinii), el murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii) o el nóctulo grande (Nyctalus lasiopterus), y otras escasas y poco conocidas como el murciélago ratonero bigotudo pequeño (Myotis alcathoe). Los túneles de la presa albergan una colonia de apareamiento del murciélago ratonero grande. Sólo se conocen dos colonias reproductoras de esta especie en los alrededores de Artikutza, ambas a más de 60 km de distancia. El edificio de la presa alberga también otras tres especies de quirópteros, el murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum), catalogado como vulnerable en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, el murciélago pequeño de herradura (Rhinolophus hipposideros) y el murciélago ribereño (Myotis daubentonii).

Respecto el paisaje, Artikutza queda integrada en la unidad paisajística MS.5 que forma parte del Plan de Ordenación Territorial de Navarra POT2 «Navarra Atlántica», tratándose de una unidad eminentemente forestal, donde los bosques cubren densamente las laderas y hay práctica ausencia de caseríos y bordas. La calidad paisajística se relaciona con su elevada naturalidad, aunque con presencia de plantaciones forestales intensivas y su fragilidad visual general, es baja. Los cordales y cuerdas son la única excepción, por su dominancia en el paisaje.

En cuanto al patrimonio cultural, según consulta efectuada por el promotor en el Registro de Bienes de la Dirección General de Cultura del Gobierno de Navarra, en el entorno de las obras no figuran Bienes de Interés Cultural ni bienes inventariados. En el mismo sentido, el Servicio de Patrimonio Histórico de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana del Gobierno de Navarra informa que no hay afecciones, en lo que compete a la Sección de Patrimonio Arquitectónico.

c. Características del potencial impacto:

Los principales impactos negativos derivados del proyecto tendrán lugar, principalmente, durante la ejecución de las obras y su periodo inmediatamente posterior, siendo los principales impactos los que se describen a continuación, en su mayoría de carácter temporal y reversible. Trascurridas unas semanas desde la finalización de estas, únicamente se esperan efectos positivos derivados de la mejora en la conectividad ecológica y la recuperación del régimen hidrológico natural de la regata de Enobieta y su correspondiente beneficio sobre numerosas especies de fauna ligadas al medio fluvial, muchas de ellas protegidas.

c.1 Agua y suelo.

La disminución temporal de la calidad de las aguas superficiales de la regata Enobieta como consecuencia de la incorporación en el cauce de finos y sedimentos durante las obras, representa uno de los potenciales impactos del proyecto. Estos materiales pueden incrementar la turbidez o disminuir la concentración de oxígeno del agua o cubrir el lecho de sedimentos finos en el tramo fluvial inferior a la presa. Para la fase de explotación, el promotor prevé que se movilicen una parte de los sedimentos acumulados hasta 220 m aguas arriba de la presa y estima que el volumen de sedimentos movilizados será de 2.310 m3.

El promotor indica que el arrastre de sedimentos causado por la incisión del cauce del río Enobieta al bajar el nivel del embalse ha sido pequeño y apenas ha tenido efectos sobre la biodiversidad. Éste calcula que el volumen máximo de sedimentos que se podrían movilizar una vez finalizadas las obras equivaldría a un 34 % del volumen de sedimentos movilizados durante el vaciado, tiempo durante el cual no se han producido afecciones significativas en la calidad de las aguas de tramos inferiores.

En el mismo sentido se pronuncia la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco en su informe, en el que indica que el desembalse de Artikutza fue objeto de un seguimiento exhaustivo que permitió verificar que la movilización de sedimentos fue reducida y no generó afecciones significativas sobre el ecosistema fluvial. Por ello, considera que la posible movilización de materiales y sedimentos durante la obra será mucho más reducida.

Asimismo, la nula contaminación de los sedimentos acumulados en el vaso del antiguo embalse junto a su rápida revegetación sugiere que el efecto de la movilización de sedimentos como consecuencia de la demolición de la presa será, previsiblemente, reducido y pasajero. Pese a ello y para evitar o minimizar al máximo cualquier impacto de las obras sobre la calidad de las aguas superficiales, el promotor incluye entre las medidas preventivas y correctoras el realizar todas las obras en seco mediante la creación de una plataforma de trabajo bajo la cual discurrirá temporalmente la regata Enobieta o la instalación de una barrera de sedimentos en el intradós de la presa para la retirada del material del relleno artificial del talud.

La contaminación del subsuelo y de las aguas subterráneas únicamente podría producirse como consecuencia de vertidos accidentales. Para evitar que se produzcan y minimizar su impacto en el hipotético caso de ocurrencia, el promotor establece, entre las medidas preventivas y correctoras, la impermeabilización de la solera de las zonas donde se ubiquen las instalaciones auxiliares, la creación de una cuneta perimetral a estas zonas que desemboque en una balsa de retención, la cual será vaciada periódicamente y se cubrirá para evitar que se desborde cuando haya precipitaciones. En la zona de instalaciones auxiliares se contará además con sistemas de recogida de residuos adecuados. En la obra no se realizará ninguna tarea de mantenimiento de maquinaria y se dispondrá de diferentes materiales (sepiolita, arena de diatomeas, mantas de polipropileno) para poder actuar con rapidez en caso de producirse algún vertido accidental.

La modificación morfológica del cauce de la regata Enobieta dada la diferencia de cota de su cauce de 4 m entre su base aguas arriba y aguas abajo dará lugar a un probable proceso de erosión remontante de la regata hasta que ésta alcance su perfil de equilibrio.

La ocupación de suelos para la obra se producirá en suelos de diferentes características. Según indica el promotor, para asentar la plataforma de trabajo será necesario retirar el sustrato constituido por los sedimentos del antiguo embalse que conforman un paquete uniforme de limos blandos, en muchos casos hasta los 2-3 m y cuya colonización vegetal es ya manifiesta. Por otra parte, serán necesarios acopios de material, disponiéndose en las cercanías de la presa de un relleno artificial con poco o nulo potencial para el desarrollo de vegetación, que se utilizará para elevar la plataforma de trabajo. El acondicionamiento y la apertura de la pista para acceder a ambos lados de la presa implicarán la ocupación de suelos con presencia de especies arbóreas.

Para minimizar la potencial afección del proyecto por la ocupación de suelos, previo al inicio de las obras, el contratista elaborará una cartografía de detalle en la que se delimite el área máxima de superficie a ocupar por las mismas, incluidos los accesos y las zonas de instalaciones auxiliares. Estas últimas estarán adecuadamente jalonadas para evitar el paso a toda persona ajena a la obra. Para corregir el impacto derivado de las nuevas superficies generadas durante la obra y que estas resulten menos artificiales, el promotor indica que se evitará la creación de líneas rectas en su interior, así como en las uniones con el terreno existente y se descompactarán los suelos afectados por las obras. Asimismo, el proyecto prevé suavizar las pendientes y mejorar los taludes de un relleno inestable aguas abajo de la presa cuyo pie confluye con el cauce y permitir así su adecuada fijación y posterior colonización vegetal.

Los taludes creados en las diferentes zonas afectadas por las obras se realizarán con material procedente de la demolición sobre el que se extenderá una capa de tierra vegetal para que pueda desarrollarse un hábitat natural. Los márgenes del nuevo cauce no serán rigidizados con el objeto de que el río encuentre su completo perfil de equilibrio y puedan ser rápidamente colonizados por la vegetación autóctona.

La Confederación Hidrográfica del Cantábrico O.A. señala la necesidad de prestar especial atención al cumplimiento de las medidas previstas en el documento ambiental, para evitar los impactos potenciales sobre el dominio público hidráulico superficial y subterráneo, y propone medidas adicionales para la ubicación de los acopios temporales, las operaciones de mantenimiento y limpieza de maquinaria y el cronograma de las actuaciones, señalando además que el plan de vigilancia ambiental deberá establecer controles de la calidad de las aguas superficiales para evaluar la eficacia de las medidas preventivas y correctoras adoptadas durante las fases del proyecto, aspectos todos ellos que se incluyen como prescripciones en la resolución.

c.2 Biodiversidad, vegetación, flora y fauna.

La modificación del talud del relleno a realizar en la margen izquierda de la regata implicará la afección a 1.797 m2. de vegetación arbórea, compuesta por abedules (Betula spp.), alisos (Alnus glutinosa), fresnos (Fraxinus excelsior), pinos (Pinus silvestris), robles (Quercus robur), algunos ejemplares de abeto rojo (Picea abies) y diferentes especies arbustivas. Asimismo, el acondicionamiento y la apertura de la pista para acceder a ambos lados de la presa supondrá la ocupación de suelos con presencia de especies arbóreas. En este sentido, tal y como indica Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, la creación de un nuevo tramo de pista a media ladera obliga a la eliminación de aproximadamente 2400 m2 de robledal abierto bastante antropizado, con escaso estrato arbustivo.

El promotor, dada la buena revegetación natural de las zonas descubiertas tras el desembalse, ha optado por no incluir plantaciones artificiales de las zonas afectadas y que la revegetación de estas se realice por la propia dinámica vegetal natural con la posibilidad de acelerar la revegetación natural en las secciones de encauzamiento de la regata mediante el empleo de estacas de sauce. No obstante, la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra establece la necesidad de realizar plantaciones con especies autóctonas de ribera, para lo cual indica una serie de directrices incluidas en el apartado de prescripciones de la resolución. Para permitir una adecuada revegetación de las zonas alteradas, el promotor establece una serie de medidas sobre el suelo expuestas en el apartado c.1 Agua y suelo, para su adecuada preparación y estabilidad. Asimismo, la presente resolución incluye medidas adicionales para el seguimiento de la estabilidad y erosión de las superficies afectadas o modificadas por las obras, su adecuada revegetación y el control de la aparición de especies exóticas, de acuerdo con el informe de la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra.

Asimismo, la obra supondrá la ejecución de actividades potencialmente perjudiciales para la fauna, que pueden provocar la destrucción total o parcial del hábitat fluvial, aunque a una escala reducida, el arrastre de sedimentos y la deposición de lodos en los cauces, los ruidos, las vibraciones y otras molestias que pueden interferir con la reproducción de diferentes especies, el incremento de partículas en suspensión y los posibles atropellos. Respecto a las especies potencialmente más afectadas por las obras merecen especial atención, por su grado de protección, aquellas citadas en el apartado b. Ubicación del proyecto. Asimismo, dada la naturaleza del proyecto, también se atenderá de manera genérica a todas aquellas especies ligadas a los cursos de agua presentes en la zona de actuación.

El desmán ibérico es una de las especies a la que hay que prestar máxima atención ya que los trabajos que implican la modificación de cauces y márgenes podrían afectar tanto a sus refugios como a la disponibilidad de alimento. La vulnerabilidad de la especie frente a perturbaciones humanas se ve agravada por la baja densidad poblacional que presentan, aún en condiciones favorables, por la nula capacidad de evitar las amenazas dispersando a tramos-refugio y la escasa y lenta capacidad de recuperación de sus poblaciones. Uno de los tramos más frecuentado por la especie en la actualidad es, precisamente, el tramo más próximo a la presa. Para evitar o minimizar afecciones a la especie el promotor incluye entre las medidas preventivas una prospección exhaustiva previa al inicio de las obras para detectar posibles lugares de refugio o cría de especies de fauna de interés como el desmán, así como el diseño de un cronograma de obra que minimice la afección a la especie durante sus periodos críticos (febrero a junio). Asimismo, la presente resolución incluye medidas adicionales para la adecuada protección y seguimiento de la especie.

Los quirópteros son especies muy sensibles a los ruidos, vibraciones y otras afecciones en sus áreas de refugio. El murciélago ratonero grande ocupa el edificio de la presa durante unas semanas al final de verano, donde se reúnen individuos de distinta procedencia para aparearse. Tal y como indica el documento ambiental, el periodo de reproducción es un momento muy importante del ciclo vital de los quirópteros asociado generalmente a espacios muy concretos que se mantienen en el tiempo y cuyo conocimiento se transmite entre generaciones. La pérdida de uno solo de estos lugares de referencia puede desestabilizar la población del entorno, pudiendo afectar a zonas de gran extensión.

El cronograma propuesto por el promotor implica la realización de actividades de gran impacto (demolición de la presa y machaqueo del material) en el periodo crítico de reproducción del citado quiróptero por lo que deberá modificarse tal y como se indica en el apartado de prescripciones de la presente resolución, donde quedan incluidas las directrices indicadas por la Dirección General de Medio Ambiente de Navarra al respecto. Deberá tener en cuenta, asimismo, los periodos críticos de cría (abril-junio) y apareamiento (agosto-septiembre) de las otras tres especies de murciélago que utilizan la presa como refugio habitual en distintas épocas del año. Durante la tramitación, el promotor indica que acordará el cronograma con la citada Administración, con carácter previo a la ejecución del proyecto.

Las principales afecciones potenciales del proyecto sobre el cangrejo de río y otras especies de anfibios, reptiles y en general especies de pequeño tamaño ligados a los cauces como micromamíferos, insectos y otros macroinvertebrados son las asociadas al aumento de la turbidez y el arrastre de sedimentos, que pueden alterar su hábitat físico, así como al aplastamiento de individuos refugiados en madrigueras en las inmediaciones del cauce. Las medidas preventivas para evitar o minimizar afecciones sobre el medio hídrico como las barreras de retención de sedimentos u otras como la prospección faunística previa a las obras permitirán una menor afección sobre este tipo de fauna. Asimismo, la presente resolución incluye medidas adicionales para el seguimiento del cangrejo de río.

Respecto a otras especies de gran interés ligadas a los cursos de agua, como la náyade, la nutria y el visón europeo, el promotor indica que en el momento de redactar el documento ambiental no existe constancia de su presencia en la zona de Enobieta. Una vez ejecutado el proyecto, la mejora de la conectividad fluvial resultante será beneficiosa para una posible recolonización por parte de estas especies. Si bien estas especies son tenidas en cuenta por el promotor al figurar como especies objetivo durante la prospección faunística previa a las obras, se considera necesario incluir el estudio de su evolución en el seguimiento del proyecto.

En cuanto a las numerosas especies forestales que habitan el entorno del proyecto, la principal afección vendrá derivada de las molestias y el desplazamiento temporal de éstas de los lugares cercanos a las obras por la presencia de ruidos y otras perturbaciones durante las obras.

Entre las medidas previstas para evitar, minimizar o corregir los potenciales impactos del proyecto sobre la fauna figura la programación de la obra de manera conjunta con el Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra como organismo competente en la gestión y conservación del medio natural y especialmente de los tipos de hábitats y las especies de interés comunitario de la Red Natura 2000 en la Comunidad Foral de Navarra. Asimismo, se llevará a cabo una prospección faunística previa al inicio de las obras y el cumplimiento de las medidas que la citada administración considere oportunas a partir de esta.

Para evitar la potencial afección derivada de la introducción de especies exóticas invasoras, el promotor indica que en ningún caso se introducirá planta ajena a la finca en ninguna de las nuevas superficies generadas. Asimismo, para evitar la colonización de la cuenca por parte del mejillón cebra (Dreissena polymorpha) la maquinaria y elementos auxiliares que se empleen en la obra que hayan sido empleados en obras situadas en zonas con presencia de la especie invasora deberán cumplir los protocolos de desinfección oportunos.

Una vez finalizadas las obras, la escotadura realizada en el muro de la presa permitirá la conectividad de poblaciones de fauna hasta ahora aisladas aguas arriba y aguas abajo de esta. El promotor indica que las limitaciones para diferentes especies de fauna, entre las que destaca el desmán ibérico, que pudieran derivarse del cañón artificial que se creará en la escotadura quedarán solventadas a través de su naturalización. Esta medida incluida por el promotor queda a su vez ampliada e incluida en el apartado de prescripciones de la presente resolución para asegurar que toda la fauna que habita el tramo afectado y sus inmediaciones pueda desplazarse efectivamente aguas arriba a través del nuevo cauce creado en la escotadura de la presa. También, traslada que las variaciones de caudal no tendrán efecto significativo sobre la velocidad del agua en contacto con el lecho, ámbito en el que se desplaza el desmán, y su movilidad quedaría únicamente condicionada por la rugosidad de las superficies que conforman el cañón. Del mismo modo, en el caso de la nutria y el visón europeo, la creación de este nuevo cauce artificial a través de la presa favorecerá sus desplazamientos. Por otro lado, el promotor indica que la conservación de las galerías de la presa podría favorecer durante esta fase el regreso de las especies de murciélagos que ahora las utilizan. La presente resolución incluye diferentes medidas adicionales para la adecuada conservación de las especies de quirópteros que habitan actualmente la presa.

c.3 Espacios protegidos y Red Natura 2000.

El documento ambiental incluye un capítulo específico relativo a las afecciones del proyecto en la Red Natura 2000, en el que refiere la relación directa del proyecto con la gestión de la ZEC Artikutza dado que con el mismo se responde a los objetivos operativos 2.1.2 «Garantizar y mejorar la calidad de las regatas» y 5.1.2 «Garantizar la capacidad de acogida del hábitat para el desmán ibérico, el visón europeo y la nutria» relacionados con dos elementos clave del espacio ZEC.

El vaciado del embalse de Enobieta ha permitido restaurar un tramo de cauce de más de 1 km, conectar el arroyo del mismo nombre con el resto de la cuenca, favorecer la población de desmán ibérico, mejorar la calidad del agua aguas abajo de la presa y, con ella, aumentar la diversidad de invertebrados, y revegetar el vaso del embalse con especies autóctonas. Todo ello supone una importante mejora en el estado de conservación de la ZEC Artikutza. Para evitar que las actuaciones no perjudiquen las mejoras ambientales producidas, el promotor incluye diversas medidas preventivas para cada uno de los factores analizados en la presente resolución que permitirán mantener y seguir mejorando el estado de conservación de los hábitats y las especies presentes en la citada ZEC.

Con el proyecto se conseguirá mejorar el estado de las «Regatas y Alisedas» y la «Fauna ligada a los cursos de agua», dos elementos clave del espacio protegido. La mejora de la permeabilidad de la presa que interrumpe la conectividad longitudinal de la regata de Enobieta conseguirá mejorar notablemente la calidad ambiental de esta y a su vez, mejorar la calidad del hábitat potencial para el desmán ibérico, el visón europeo y la nutria, entre otras especies.

Sin embargo, la ejecución de las obras del proyecto puede afectar a elementos clave del espacio protegido como los «Bosques Naturales» y especialmente a los «Murciélagos» ya que los efectos de las voladuras a emplear para la demolición parcial de la presa son poco predecibles. El hábitat fluvial de la regata de Enobieta y las especies ligadas a su cauce también se verán afectadas durante las obras.

Una vez finalizada la obra, se restituirá el régimen hidrológico y la dinámica natural de transporte de sedimentos y nutrientes de la regata Enobieta y se restituirá la conectividad entre poblaciones de fauna de especial interés como el desmán ibérico, hasta ahora aisladas aguas arriba y aguas abajo de la presa. Se prevé también la conservación de las galerías de la presa para su posible uso por parte de los murciélagos que ahora la utilizan. Todas las nuevas superficies que se generen deberán permitir la progresión hacia una vegetación similar a la existente en el vaso del embalse y con ello incrementar así en la ZEC la superficie total del tipo de hábitat de interés comunitario prioritario 91E0* «Alisedas y Fresnedas», hábitat de especial relevancia para la fauna asociada a los cursos de agua y que constituye un aspecto clave del citado espacio protegido.

La Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco indica que las medidas preventivas y correctoras propuestas por el promotor son adecuadas y suficientes para garantizar que no se producen afecciones ni en la ZEC Artikutza ni en la ZEC Aiako Harria, espacio protegido aguas abajo de la zona de actuación del cual ostenta la competencia en la gestión.

La Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra informa que la apertura parcial de la presa de la regata Enobieta es una acción positiva a medio y largo plazo de cara a mejorar la conectividad, los hábitats y las dinámicas fluviales, de acuerdo con las directrices de diversa normativa nacional e internacional entre la que figura la Directiva Marco de Agua, La Directiva de Hábitats, la Estrategia Europea de Biodiversidad 2030, el Plan Hidrológico de la Demarcación Cantábrico Oriental y el Plan de gestión de la ZEC Artikutza. Sin embargo, a corto plazo, los trabajos de desmantelamiento de la presa darán lugar a potenciales impactos que pueden generar una afección negativa sobre los ecosistemas fluvial y forestal y sus poblaciones de fauna y flora asociadas. Para que el proyecto no afecte de forma apreciable al lugar, ni a los elementos clave por lo que el espacio fue designado ZEC, la citada administración indica la consideración y aplicación de una serie de directrices que se incluyen como prescripciones en la presente resolución.

c.4 Atmósfera y población.

El aumento de ruido y de polvo durante las obras es probable que cause molestias a los habitantes del poblado de Artikutza. La mejora del firme de la pista perimetral del embalse con el material triturado procedente de la demolición también producirá un incremento de los niveles de polvo y ruido en la zona por lo que el promotor indica que esta actuación se programará por parte del Administrador de la finca, de modo que se generen las mínimas molestias al respecto. Además, se incluyen otras medidas para minimizar estas afecciones como el uso de una planta trituradora moderna, limitar la velocidad de circulación por la obra y, en caso necesario, el uso de un pavimento que minimice la generación de polvo. Asimismo, la presente resolución incluye medidas específicas adicionales a las establecidas por el promotor para minimizar la afección por el incremento de ruido y polvo.

En la finca de Artikutza existen cuatro senderos señalizados y balizados que serán afectados por las obras. El sendero denominado «Vuelta perimetral al embalse» (SL-NA 121) permite el acceso mediante sendos ramales a la coronación de la presa por lo que será el más afectado ya que durante la fase de obra se verá interrumpido. Tal y como indica el promotor, una vez finalizada la obra se creará una pasarela peatonal sobre la presa que permitirá mantener el sendero circular en uso.

El equipamiento de la zona de obra conllevará el empleo de las carreteras NA-4158, GI-3631 y del vial que a lo largo de 6 Km desciende desde Eskas hasta la presa por parte de vehículos pesados, lo cual puede incrementar el riesgo de accidente para los usuarios de estas vías, especialmente para los ciclistas. Para minimizar esta potencial afección el promotor indica que se realizará una campaña informativa con suficiente antelación y apoyada con la señalización oportuna para evitar accidentes durante el trasiego de maquinaria y vehículos.

c.5 Cambio climático.

Las emisiones de gases de efecto invernadero durante la fase de obra tendrán un impacto negativo, pero dada su magnitud será totalmente inocuo. Por el contrario, la mejora del hábitat fluvial que se conseguirá con el proyecto mejorará la resiliencia de la regata Enobieta ante el previsible incremento del stress hídrico derivado del cambio climático. Asimismo, la conexión de poblaciones aisladas puede ayudar a incrementar la capacidad de subsistencia y recuperación de diversas especies de fauna ante eventos extremos.

c.6 Paisaje.

Las emisiones de polvo, el trasiego de maquinaria y de personal o las instalaciones auxiliares necesarias para las obras producirán una degradación paisajística a escala reducida ya que únicamente podrá ser apreciable desde las inmediaciones de la presa. Una vez finalizada la obra, el paisaje de la zona no recuperará toda su naturalidad debido a la presencia del resto de la presa. Sin embargo, según indica el promotor, la exposición visual del frente irá reduciéndose paulatinamente, conforme crezcan los árboles y el desarrollo de vegetación que ya ocupa el vaso del antiguo embalse, minimizándose su efecto sobre el paisaje. Además, la Dirección General de Medio Ambiente de Navarra incluye entre sus directrices medidas para favorecer la integración paisajística del muro como la plantación de hiedra u otras especies autóctonas que acaben tapando la estructura.

c.7 Programa de vigilancia ambiental.

El programa de vigilancia ambiental del proyecto incluye el control de las instalaciones auxiliares de obra, el control de la adecuada gestión de los residuos, el control de las afecciones sobre el sistema hidrológico, el control de la adecuada protección de la vegetación, minimizar la afección sobre la fauna y asegurar el mantenimiento y el libre desplazamiento de sus poblaciones, el control de las especies invasoras, la integración paisajística de las superficies generadas a consecuencia de las obras, el mantenimiento del entorno de las obras en adecuadas condiciones de limpieza, el control del polvo, el control de las emisiones acústicas y el mantenimiento de la permeabilidad territorial.

Se considera que el seguimiento ambiental sobre el suelo, el agua, la vegetación y la fauna deberá incrementarse según lo indicado en el apartado de prescripciones adicionales de la resolución.

d. Prescripciones adicionales.

De forma general, en lo que no resulten contrarias a la presente resolución, el promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras que se contemplan en el documento ambiental. Además, el promotor deberá cumplir las prescripciones adicionales especificadas en este apartado, las cuales se derivan del análisis técnico realizado por el órgano ambiental, así como de los informes recibidos por parte de los organismos consultados.

1. Previo a la aprobación del proyecto, el promotor deberá presentar ante la Confederación Hidrográfica del Cantábrico Oriental O.A. y el Servicio de Protección Civil y Emergencias del Gobierno de Navarra un estudio hidráulico que aborde, al menos, las avenidas de inundación de probabilidad alta (T=10 años), media (T=100 años) y baja (T=500 años) para poder comprobar las nuevas condiciones de inundabilidad del ámbito fluvial en la zona de actuación y en su caso, integrar de forma efectiva en el proyecto las consideraciones realizadas por las citadas administraciones.

2. La ejecución de las obras deberá tener en cuenta los periodos críticos de las especies de interés y de mayor protección de la zona, con especial consideración al desmán ibérico y a las diferentes especies de quirópteros que utilizan la presa en la actualidad.

Asimismo, los trabajos que afecten al cauce y sus inmediaciones deberán respetar los periodos reproductivos de las especies presentes en el medio:

– En primer lugar, el promotor deberá contratar a personal especializado en la materia para comprobar la presencia de visón europeo y nutria. En el caso de que se constatase su presencia, con carácter general no se podrán realizar los trabajos que afecten a cauce y vegetación de ribera, entre el 1 de abril y el 1 de septiembre, salvo que un especialista compruebe que no existe ninguna madriguera o encame en la zona de actuación o que se hayan iniciado las actuaciones y en su caso el despeje de la vegetación antes del 1 de abril de forma que no exista riesgo que haya visones o nutrias criando en la zona.

– En todo caso, se respetará el periodo reproductivo de los salmónidos, pudiendo hacerse los trabajos desde el 1 de junio al 15 de noviembre.

– Cumpliendo con estas directrices se respetan también los meses de reproducción del desmán, no pudiéndose realizar actuaciones que afecten a cauce o puedan generar turbidez en las aguas entre los meses de enero a junio ambos incluidos.

– Así, estas restricciones establecen como mejor período para la ejecución de las obras el comprendido entre junio y noviembre, siempre y cuando se descarte la presencia de visón europeo y nutria.

En todo caso, el cronograma definitivo de las obras del proyecto deberá contar con la aprobación de la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra. Asimismo, el cronograma incluirá, en la medida de lo posible, las consideraciones del Organismo de cuenca para minimizar las afecciones al medio hídrico.

El cronograma del proyecto debe incluir la fase de mejora del firme de la pista perimetral del embalse con el material triturado procedente de la demolición. Si finalmente esta operación no fuera consecutiva o simultánea al resto de fases del proyecto se habilitará una zona adecuada para el almacenamiento del hormigón machacado, lo cual deberá contar también con la aprobación de la citada administración competente en la gestión del medio natural.

3. Se realizará una prospección exhaustiva previa a las obras con el fin de comprobar la posible presencia de lugares de refugio o reproducción de fauna amenazada, de taxones de flora catalogados o de enclaves de vegetación de interés. En caso de localizar alguno de los elementos anteriores, se comunicará a la Dirección general de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra para ver cómo proceder con exactitud. En cualquier caso, y hasta recibir las indicaciones oportunas de la citada administración, la zona donde se localicen los hallazgos se señalizará de manera adecuada para evitar el tránsito de personal o maquinaria por sus alrededores y se protegerá de la entrada de elementos perjudiciales como sedimentos, partículas o vertidos.

Esta prospección previa a las obras se realizará en todas las zonas afectadas por las obras, así como en su entorno inmediato. Será especialmente intensa en los cauces afectados directamente por las obras, así como en un tramo de 100 metros aguas abajo de estos y en las zonas húmedas del vaso del antiguo embalse cercanas a la obra, con el objeto de analizar la presencia de refugios o zonas de cría de especies acuáticas o ligadas a los cursos de agua, con especial atención al cangrejo de río y al desmán ibérico.

4. Una vez colocada la plataforma de trabajo, el promotor contratará a personal especializado en murciélagos para revisar su posible existencia en la presa antes de su demolición parcial. En cualquier caso, para la conservación de este grupo faunístico se procederá de la siguiente forma:

– Se colocará en las entradas a las dos galerías de la presa un cerramiento plástico que mantenga una apertura en su base de 10 cm, de tal modo que se permita la salida de los individuos y dificulte posteriormente su entrada.

– Se recomienda la instalación en las inmediaciones de la presa, pero alejada lo suficiente de la influencia de las obras, de un refugio de hormigón específico para murciélagos. Al finalizar las obras se valorará su retirada. El promotor, con asesoría del personal especializado, valorará la colocación de cajas nido en otros lugares del entorno, según las especies existentes, para que los murciélagos se puedan cobijar en las mismas antes y durante la obra.

Si en la zona destinada a demoler se hallan zonas de querencia de murciélagos, se procederá a la creación de nuevos refugios para estas especies, del siguiente modo:

– Creación de grietas artificiales anexas a la presa.

– En caso de no poder crear grietas artificiales se colocarán al menos el doble de cajas para murciélagos que de zonas de refugio afectadas. El tipo de caja será la indicada por el especialista adecuándose a las especies existentes.

– Si de la apertura de la escotadura quedara alguna de las dos galerías abiertas en sus laterales se ha de proceder a su cierre mediante tabique de obra con el objeto de preservar la oscuridad en las mismas y su nula ventilación y favorecer así el retorno de las poblaciones de quirópteros que actualmente utilizan estas galerías.

– Finalizadas las obras, se retirarán los cierres plásticos de las entradas a las galerías de la presa. Se recomienda mantener el enrejado actual en las entradas a las galerías por los buenos resultados obtenidos en la recolonización de estas por los quirópteros. En todo caso, se deberá impedir el paso por las nuevas aperturas de las galerías con objeto de no causar molestias a las colonias de murciélagos y los cerramientos instalados deberán permitir el libre tránsito de estas especies de fauna.

5. Justo antes del acceso de la maquinaria pesada al cauce y de la colocación del marco de hormigón de 2 x 2 m de sección, deberá retirarse la fauna piscícola de la zona de actuación. El promotor deberá afrontar estos trabajos, encargándoselos a una empresa especializada mediante la técnica de pesca eléctrica. Para ello, deben tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:

– El responsable de la empresa contratista contactará con el Servicio de Biodiversidad de la Dirección general de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra y la Guardería de Medio Ambiente de la Demarcación de Sakana-Mendialdea con una antelación mínima de 48 horas.

– Los trabajos serán realizados por el personal de la empresa y serán supervisados por el personal de Guardería de Medio Ambiente.

– La fauna recogida se depositará en un contenedor adecuado para su traslado al río. Se aportará agua fresca a los contenedores de manera periódica y cada poco tiempo y su traslado hasta el río será breve.

– La entrada de maquinaria y la colocación del marco se producirá de modo consecutivo e inmediato a la finalización de la retirada de la fauna piscícola, en caso contrario ésta no sería efectiva.

Para evitar problemas en el flujo de las aguas a través del marco, la cota de la parte interior del marco sobre la que discurrirá el agua será, en todo caso, inferior a la cota actual del lecho del cauce.

6. El acopio de materiales se ubicará de manera que se impida cualquier riesgo de vertido, ya sea directo o indirecto; por escorrentía, erosión, infiltración u otros mecanismos sobre las aguas superficiales o subterráneas. Los lugares de acopio, transformación de material de demolición a residuos de construcción y demolición y las ubicaciones del parque de maquinaria se definirán antes de comenzar la obra. Su localización estará en zonas que no supongan afecciones a los cauces fluviales. Los acopios temporales de materiales y restos de vegetación se realizarán fuera de la zona de policía de cauces y de las áreas de escorrentía natural del terreno, de forma que no puedan ser arrastrados por las aguas en caso de crecidas o de lluvias intensas. En las zonas inundables deberán tenerse en cuenta las limitaciones establecidas en los artículos 37 y 42 de la Normativa del Plan Hidrológico del Cantábrico Oriental.

En todo caso, las zonas en las que se ubiquen las instalaciones auxiliares y parques de maquinaria deberán ser impermeabilizadas y las aguas de la escorrentía de estas zonas deberán ser recogidas y gestionadas adecuadamente.

La cartografía de detalle en la que se delimite el área máxima de superficie a ocupar por las obras deberá incluir los diferentes elementos de interés (vegetación, cauces, zonas húmedas) y su perímetro de protección. Posteriormente se procederá al correcto replanteo de la obra con el balizado de las zonas ambientalmente valiosas.

Los ejemplares arbóreos más valiosos (en su mayoría robles pedunculados) potencialmente afectados por las obras deberán quedar adecuadamente protegidos de forma individual con la colocación de tablones de madera para evitar daños. La ejecución de los trabajos que afecten a vegetación natural (robledal y praderas de fondo de valle en regeneración), se hará en una calle de trabajo única, limitando el ancho de trabajo a lo mínimo imprescindible.

7. Previamente al inicio de los trabajos, con un plazo no inferior a 48 horas, una vez ejecutado el replanteo y seleccionadas las zonas auxiliares y de acopio necesarias para las obras se contactará con la guardería de medio ambiente, de la demarcación de Sakana Mendialdea a través del correo ogfopamp7@cfnavarra.es para estudiar el cumplimiento del condicionado de la presente resolución.

8. Para evitar o disminuir la afección sobre la calidad de las aguas, las actuaciones más próximas a los cursos de agua se realizarán en la época de estiaje, preferiblemente a finales del verano. Fuera de esta época no se realizarán actividades como el desbroce, movimiento de tierras, u otras actuaciones que puedan producir vertidos o arrastres a los cursos de agua o vaguadas naturales.

Durante las obras, se tendrá especial cuidado con la escorrentía y el aporte de sólidos en suspensión a la red hidrológica, disponiendo de barreras de sedimentos en todos aquellos puntos en los que se pueda producir este impacto. Se garantizará la no afección a las formaciones vegetales de la ribera, preservando la calidad y estado de conservación del ámbito fluvial ribereño, llevando a cabo una adecuada remodelación de la superficie afectada, así como de las correspondientes labores para facilitar la revegetación del terreno.

9. Se evitará la caída de materiales procedentes de la obra al cauce o a su entorno en todas las zonas afectadas por las obras mediante la instalación de las medidas pertinentes para evitar la caída de materiales al cauce y reducir la turbidez en la regata. Se tendrá especial atención a las zonas con elevada frecuencia de paso de los camiones. En el caso de producirse, deberán retirarse los materiales lo antes posible.

Se tomarán las medidas oportunas para asegurar que, en ningún caso, se produzcan vertidos accidentales de sustancias contaminantes al terreno o a los cursos de agua. Las operaciones de mantenimiento y limpieza de maquinaria, y el resto de las acciones que puedan provocar vertidos contaminantes, se realizarán en la zona habilitada al efecto. Dicha zona estará condicionada de tal manera que permita la recogida de líquidos o sólidos de posibles vertidos accidentales antes de que estos se infiltren en el suelo o lleguen a algún cauce.

Queda expresamente prohibido cualquier tipo de vertido al cauce, con especial cuidado en el manejo de sustancias contaminantes como el gasoil, aceites u hormigón. Un vertido de hormigón fresco en el cauce provoca la muerte inmediata de la fauna piscícola. Para evitar potenciales impactos derivados de vertidos accidentales, el promotor deberá elaborar protocolos de actuación específicos en previsión de la ocurrencia de incidentes de este tipo, para poder así actuar de la manera más rápida posible y evitar la contaminación de los suelos y las aguas superficiales y/o subterráneas. Dichos protocolos de actuación deberán contar con la aprobación del Organismo de cuenca.

En caso de producirse algún vertido accidental, tanto directo como indirecto, el contratista de la obra deberá adoptar medidas inmediatas para minimizar la afección al suelo y a las aguas superficiales y subterráneas. Asimismo, el promotor comunicará, inmediatamente, a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico O.A. y a la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra tanto el incidente producido como las medidas aplicadas.

10. El lecho del nuevo cauce creado en la escotadura y sus inmediaciones deberá contar, a ser posible, con materiales similares a los existentes en los lechos naturales presentes aguas arriba y abajo. En todo caso, las características del nuevo cauce (materiales del lecho, pendiente y velocidad de la corriente) deberán permitir el desplazamiento de todas las especies de fauna presentes en la zona de actuación y aquellas potencialmente presentes que por su proximidad o ecología puedan colonizar los nuevos cauces aguas arriba de la presa.

11. En caso de ser necesaria la construcción de muros de contención (escolleras sueltas u hormigonadas, muros, etc.) en el pie de la ladera, junto al cauce del río, para evitar posibles socaves del terreno y mantener así la estabilidad de los nuevos taludes, se tomarán todas las medidas preventivas necesarias para evitar la afección al medio hídrico por incremento de sólidos en suspensión o contaminación por vertidos accidentales entre las que figurará la instalación de barreras de sedimentos y la realización de las obras en seco. Si fuera necesaria la construcción de este tipo de estructuras artificiales para asegurar la estabilidad de las nuevas superficies generadas tras el proyecto se consultará, en todo caso, a la Dirección general de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra para ver cómo proceder con exactitud y que medidas concretas, además de las indicadas, será necesario aplicar.

12. Se procurará mantener la cobertura actual del suelo en cada sitio. En las superficies afectadas por las obras que dispongan de un mínimo perfil de suelo, salvo que se trate de depósitos de lodos poco consolidados (orillas de la regata en el trasdós de la presa) se retirará un perfil de al menos 30 cm de espesor que será acopiado convenientemente sin contaminación con materiales de menor calidad edáfica.

Se procederá a estabilizar la ladera de la margen derecha de la ribera aguas arriba de la presa, retirando el material orgánico vertido en la misma. Este material se podrá mezclar con la tierra vegetal o con los lodos (en el caso que se decida su retirada de la zona ocupada por las obras) para su posterior extendido en las superficies a restaurar.

Tras la reposición del material del relleno del acceso auxiliar tanto en las laderas de la margen derecha, aguas arriba de la presa, como en la margen izquierda, aguas abajo y en las orillas del cauce donde resulte necesario, se reperfilarán los taludes de nueva creación con pendientes lo más tendidas posibles, tratando de no superar la relación 2H/1V.

Los taludes del nuevo cauce que conduce las aguas hacia la escotadura tendrán pendientes 2H:1V, o incluso menores.

– El tramo de taludes afectado por la obra se restaurará de modo que su superficie quede al mismo nivel que la de los taludes no alterados.

– La restauración de las riberas deberá incluir también labores de descompactación de los suelos afectados por el paso de la maquinaria.

– Los residuos de construcción y demolición empleados en el relleno de los taludes se colocarán únicamente en las partes más alejadas del cauce, con el objetivo que se prevenga su arrastre aguas abajo.

– Para favorecer el establecimiento de especies vegetales en las nuevas márgenes de la regata y en las zonas más próximas al cauce, se extenderá una última capa de tierra vegetal de, al menos, 40 cm de espesor. Ésta se perfilará hasta alcanzar un buen ajuste fisiográfico en el terreno circundante.

– Se instalará vegetación autóctona propia de ribera y se colocará una malla orgánica para sujetar el terreno de manera que se eviten erosiones y transferencias de material de los taludes a la regata. La malla quedará bien enterrada y anclada al terreno por todos sus lados.

13. La instalación de vegetación en las márgenes de la regata deberá hacerse con especies autóctonas de ribera:

– La elección de especies deberá quedar justificada técnicamente. Deberán ser autóctonas y estar adaptadas al medio (suelo, clima, etc.). Deberá preverse su buena resistencia a las nuevas condiciones que ofrece el escenario actual de cambio climático.

– En las zonas más próximas al cauce se implantarán especies arbustivas flexibles de ribera, como es el caso de sauces (Salix spp.) y avellanos (Corylus avellana). Podrán estar en forma de planta o estaca, estas últimas recolectadas en época adecuada en la propia zona. Las estacas tendrán un diámetro aproximado de 2-3 cm y una longitud de 60-80 cm e irán hormonadas para favorecer su arraigo.

– En la coronación de los taludes se plantarán especies arbóreas, entre las que estará el aliso (Alnus glutinosa). La planta tendrá, al menos, 2 savias.

– Todo el material forestal de reproducción (estacas y plantas) deberá proceder de viveros autorizados y deberá contar con su certificado de procedencia. La procedencia del material deberá ser la misma que la correspondiente a la zona de actuación.

– Los individuos se distribuirán al tresbolillo y la plantación se realizará en los meses de noviembre-diciembre o en febrero-marzo, fuera del periodo de heladas y acompañándose de un riego de implantación.

14. Para favorecer la integración paisajística del muro resultante, en su base, aguas arriba y aguas abajo, se plantarán ejemplares de hiedra u otras especies autóctonas trepadoras con el fin de que ésta acabe tapando la estructura.

15. Una vez reperfiladas las superficies finales en la ladera forestal de la margen derecha aguas arriba de la presa, y en la ladera izquierda aguas abajo de la misma (tras la retirada completa del relleno de acceso a la coronación de la presa y en la zona de intervención en suelo forestal) se llevará a cabo una hidrosiembra en doble pasada con una mezcla de semillas herbáceas y arbustivas de especies autóctonas, adaptadas a la zona. Se propone la siguiente mezcla:

– Mezcla se semillas herbáceas: Lolium peremne 15 %, Festuca rubra 25 %, Agropyrum repens 5 %, Poa pratensis 10 % Dactylis glomerata 5 %, Medicago lupulina 10 %, Lotus corniculatus 15 %, Trifolium repens 5 %, Onobrychis viciefolia 5 %, Sanguisorba minor 5 %, (Dosis: 30 gr/m2).

– Mezcla de semillas arbóreas y arbustivas para añadir en laderas forestales: Ulex europeaus/gallii 1 gr/m2, Cytisus scoparius 1 gr/m2, Betula pubenscens 0.5 gr/m2, Rubus ulmifolius 0.25 gr/m2.

– Abonado (60 gr/m2), mulch (60 gr/m2 de celulosa de fibra mecánica larga), estabilizador (20 gr/m2 a base de polibutadieno) y agua (mínimo 1 litro/m2).

Tras la hidrosiembra se realizará una plantación con plantón forestal con las siguientes especies: Quercus robur, Betula celtiberica, Sorbus aucuparia y Sorbus aria, en una plantación abierta, no regular formando bosquetes. Dada la presencia de ganado, hasta el correcto arraigo de las plantas, se deberá instalar un cierre ganadero en el entorno de estas. En cualquier caso, las plantas irán protegidas con tubo protector, y al menos durante los tres primeros años, se les proporcionará los cuidados necesarios (abonado, riegos si fuese necesario, retirada de protectores, podas, etc.).

16. Todos los trabajos se efectuarán en horario diurno y se avisará a la población con antelación de las actuaciones que mayor ruido generen como la demolición parcial de la presa o el machaqueo del material. La cantidad de ruido y emisiones de gases de efecto invernadero de la maquinaria a emplear en el trabajo deberá ser una característica por valorar de manera significativa en la licitación del proyecto.

Las pistas de acceso a las diferentes zonas de obra y las zonas de trasiego de maquinaria pesada deberán disponer de pavimentos que minimicen la generación de polvo.

Durante las obras, el contratista pondrá en práctica un sistema de información personalizada a los habitantes del poblado de Artikutza desde el punto de vista de las emisiones de polvo y acústicas, de forma que éstos puedan conocer con detalle el plan de obra y las medidas previstas para aminorar y controlar los efectos derivados de las mismas. Dicho sistema incluirá, al menos, información acerca de la duración de las obras, el tipo de maquinaria que circulará, las limitaciones horarias, las limitaciones de velocidad y las condiciones de seguridad.

17. Si durante la ejecución de las obras apareciese cualquier indicio de afección a algún elemento del patrimonio cultural o a algún valor histórico, artístico o cultural, se pondrá inmediatamente en conocimiento de la Dirección General de Cultura del Gobierno de Navarra como órgano competente para su conocimiento y, en su caso, medidas oportunas.

18. Los restos de obra sobrantes no utilizados en el arreglo de pistas ni en los taludes serán trasladados a un gestor de residuos autorizado en los términos establecidos en la normativa sectorial de aplicación.

19. Si con posterioridad a la autorización de los trabajos se localizasen en la zona especies de fauna o flora protegida u otros valores a preservar, el personal de la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra podrá interrumpir provisionalmente los trabajos durante los periodos más críticos para proteger a las especies detectadas.

Cualquier cambio en las medidas preventivas, correctoras o en su caso, compensatorias, o en el Programa de Vigilancia Ambiental del proyecto del proyecto deberá estar aprobado por la citada administración.

20. El programa de vigilancia ambiental incluido por el promotor en el documento ambiental deberá ampliarse para establecer la vigilancia y control de los siguientes elementos:

a) Aguas: se establecerá el control y seguimiento de la calidad de las aguas superficiales para evaluar la eficacia de las medidas preventivas y correctoras adoptadas durante todas las fases del proyecto. Los análisis de aguas que se realicen, dentro del programa de seguimiento ambiental, para garantizar el cumplimiento de las indicaciones y medidas protectoras y correctoras propuestas en relación con los posibles impactos sobre la hidrología superficial y subterránea deberán ser realizados por Entidades Colaboradoras de la Administración Hidráulica, cuyo régimen jurídico se desarrolló por Orden MAM/985/2006, de 23 de marzo y han de cumplirse las especificaciones que se recogen en el apartado C. Especificaciones técnicas de los análisis químicos del anexo III del Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental.

Se recuerda que los límites de cuantificación de los métodos de análisis de aguas empleados han de ser iguales o inferiores a un valor del 30 % de las normas de calidad pertinentes y deberá darse traslado de dicha información al Organismo de cuenca.

Dado que la ejecución del proyecto podría conllevar impactos negativos tales como la alteración de la calidad de las aguas por la movilización de sedimentos o la aparición de fenómenos de inestabilidad de márgenes, en caso de que en el monitoreo posterior a las obras el promotor detecte dichos impactos se deberá comunicar al Organismo de cuenca su aparición, así como la propuesta de las medidas correctoras oportunas.

b) Fauna: para poder determinar la evolución de las siguientes especies de interés, se incluirá su control y seguimiento, al menos por un periodo de 5 años.

b.1 Quirópteros: seguimiento de las especies que utilizan la presa en la actualidad. Si durante el primer año de seguimiento tras las obras, se constata que estas no han vuelto a habitar las galerías de la infraestructura artificial, el promotor deberá crear nuevos refugios adecuados para la totalidad de las citadas especies. Para ello consultará a la Dirección general de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra y a la Asociación Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU) y seguirá sus propuestas e indicaciones.

b.2 Cangrejo rojo: se valorará la evolución de la especie tras la obra. Si durante el seguimiento de la especie se constata una reducción significativa de su hábitat potencial, se consultará a la Dirección general de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra la metodología adecuada para crear o favorecer nuevos hábitats lénticos y zonas húmedas adecuadas para la especie.

b.3 Evolución de la ocupación del hábitat fluvial para la población de desmán ibérico presente en la zona de actuación.

b.4 Evolución de la ocupación del hábitat fluvial por parte de las especies de fauna protegida que potencialmente pueden ocupar los nuevos tramos fluviales que recuperan su conectividad ecológica tras la ejecución del proyecto. Entre estas especies deberán figurar el visón europeo, la nutria, la náyade, el salmón y la anguila.

c) Vegetación: se incluirá un seguimiento específico, al menos durante los dos años siguientes a la finalización de las obras, de la adecuada revegetación de todas las zonas potencialmente afectadas por la erosión del nuevo cauce durante la dinámica fluvial asociada a la creación de su nuevo perfil de equilibrio.

Se deberá analizar la colonización natural, las especies implantadas, el estado de las plantaciones, la evolución del trazado y los taludes, etc. En el caso de que las márgenes hayan perdido vegetación y/o presenten signos patentes de erosión:

– Se repondrá la vegetación en las zonas donde se haya perdido o haya presencia patente de marras, en especial en los lugares donde se vea mayor erosión.

– Se llevarán a cabo medidas de contención de los procesos erosivos con técnicas de bioingeniería, acorde con los valores de la ZEC.

Asimismo, se incluirán controles periódicos para detectar el posible establecimiento de especies invasoras en las zonas afectadas por las obras. En caso de detectarse este tipo de especies, se contactará con la Dirección general de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra para ver cómo proceder con exactitud.

d) Suelo: hasta que el cauce adquiera su nuevo perfil de equilibrio y posteriormente durante las máximas avenidas registradas, se incluirá un seguimiento específico de la estabilidad y erosión del nuevo cauce creado en la escotadura y sus inmediaciones. Este seguimiento específico sobre la estabilidad y erosión de las nuevas superficies generadas por el proyecto se extenderá a todas aquellas zonas afectadas por el proyecto como las pistas de acceso, los nuevos taludes, etc. Se realizará un seguimiento especializado durante la ejecución de los rellenos, y posteriormente, para observar la magnitud de los asientos.

Deberá asegurarse que la acción de la corriente no deje al descubierto, en ningún caso ni en ninguna zona afectada por el proyecto (nuevo cauce, taludes, etc.), los rellenos de materiales artificiales. El Programa de Vigilancia Ambiental incluirá las medidas a aplicar en caso de detectarse erosión en las nuevas superficies, que deberán ser estables frente a la erosión.

Fundamentos de Derecho

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental establece, en el apartado segundo del artículo 7, los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada, de conformidad con el procedimiento previsto en la sección 2.ª del capítulo II del título II de la ley.

Este procedimiento se desarrolla en los artículos 45 y siguientes de la Ley de evaluación ambiental, y así, el artículo 47 dispone que, teniendo en cuenta el resultado de las consultas realizadas, el órgano ambiental determinará, mediante la emisión del informe de impacto ambiental, si el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente, o si por el contrario no es necesario dicho procedimiento en base a la ausencia de esos efectos, de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo III de la citada norma.

El proyecto «Obras de la puesta fuera de servicio de la presa de Artikutza en la Regata Enobieta, T.M. Goizueta (Navarra)» se encuentra encuadrado en el artículo 7.2 apartado b) «proyectos no incluidos ni en el anexo I ni el anexo II que puedan afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a Espacios Protegidos Red Natura 2000» de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental,

Esta Dirección General resuelve:

De acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de Derecho alegados y como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, que no es necesario el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria del proyecto «Obras de la puesta fuera de servicio de la presa de Artikutza en la Regata Enobieta, T.M. Goizueta (Navarra)», ya que no se prevén efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre y cuando se cumplan las medidas y prescripciones establecidas en el documento ambiental y en la presente resolución.

Esta resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es), sin perjuicio de la obligación del promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

De conformidad con el apartado 5, del artículo 47 de la Ley de evaluación ambiental, el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 1 de diciembre de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

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