Por Resolución de 14 de diciembre de 2022 (BOE del 22) se convocaron pruebas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.
Por razones organizativas, se procede a la modificación del citado Tribunal en los términos siguientes:
Tribunal titular
Baja:
Presidente: Santiago Gracia Campillo. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Secretario: Daniel de Lucas García. Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.
Vocal: Antonia Aguayo Sánchez. Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Alta:
Presidente: Gregorio Chamorro García. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
Secretario: Gerardo Sánchez Peña. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Vocal: Antonia Aguayo Sánchez. Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Tribunal suplente
Baja:
Presidente: Gregorio Chamorro García. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
Secretaria: María Dolores Pasalodos Tato. Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.
Vocal: Gerardo Sánchez Peña. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Alta:
Presidente: Santiago Gracia Campillo. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Secretaria: María del Mar Valdeita Gómez. Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.
Vocal: José Angel Montejo Hernández. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Contra la presente Resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 31 de enero de 2023.–El Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Miguel González Suela.
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