De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, que establece como objetivo la protección de los asegurados, y de conformidad con el artículo 102.3 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, se pone en conocimiento del público en general, y de los asegurados en particular, que la autoridad de supervisión de seguros de Irlanda (Central Bank of Ireland) ha comunicado la aprobación, con fecha 20 de septiembre de 2022, de la cesión de cartera de la entidad domiciliada en Irlanda, Quilter International Ireland DAC, autorizada para operar en España en régimen de libre prestación de servicios con clave L0295, a la entidad domiciliada en Irlanda Utmost PanEurope DAC, autorizada para operar en España en régimen de libre prestación de servicios con clave L0466.
Se advierte que, en el caso de los contratos de seguro por los que se asuman compromisos o riesgos localizados en España, los tomadores podrán ejercer el derecho de resolución de estos en el plazo de un mes desde la presente publicación, teniendo derecho asimismo al reembolso de la parte de prima no consumida.
Madrid, 6 de mayo de 2024.–El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, Sergio Álvarez Camiña.
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