La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 11 de abril de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización del Sistema Retributivo y de Designación o Contratación de los órganos de Gobierno y Dirección de las Entidades del Sector Público Empresarial Estatal no financiero, ejercicio 2018, acuerda:
1. Instar al Gobierno a:
– Impulsar en el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (CDTI) la modificación de su Reglamento para adaptarlo, en lo que se refiere al número máximo de miembros del Consejo de Administración, al Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades.
– Impulsar a las entidades para que adopten las medidas oportunas que limiten la concentración de delegaciones de voto en los presidentes ejecutivos, al objeto de evitar el desequilibrio que puede generar el fortalecimiento de la posición de estos, más allá de las funciones que tienen encomendadas por delegación del Consejo de Administración.
– Impulsar que las entidades del sector empresarial estatal implanten instrumentos de planificación y gestión que garanticen la continuidad y consistencia en su estrategia empresarial, para atenuar en lo posible la inestabilidad que puede generar en su gestión la elevada volatilidad en los principales puestos organizativos de las entidades, que se ven supeditadas, en muchas ocasiones, a los ciclos electorales.
– Adoptar las medidas oportunas para que las designaciones del personal directivo de las entidades del sector empresarial estatal se acompañen de una motivación que los justifique, así como de los méritos y la idoneidad del candidato para el desempeño del puesto.
– Efectuar las modificaciones legales oportunas para que los ceses del personal directivo se acompañen de una motivación que los justifique y que las entidades respeten el plazo de preaviso estipulado en los contratos mercantiles y de alta dirección, para evitar el abono de la indemnización derivada de su incumplimiento.
– Impulsar a las entidades que apliquen la modalidad de retribución flexible o en especie con exención de IRPF, recojan en los contratos de alta dirección estas modalidades retributivas, sus conceptos e importes y que las incluya en la información que se remite al Registro del Personal Directivo del Sector Publico.
– Impulsar las modificaciones oportunas para que las memorias de las cuentas generales anuales de las entidades informen con detalle de la composición del consejo de administración, del importe de las compensaciones por asistencia percibida y de forma separada de las retribuciones del máximo responsable y del personal directivo.
– Efectuar las modificaciones legales oportunas para que solo puedan percibir dietas por asistencia a las entidades del sector empresarial quien acudan a las reuniones, prohibiéndose taxativamente el devengo de las mismas si se hubiera delegado el voto.
2. Instar a las entidades fiscalizadas a:
– Acompañar de una motivación que lo justifique las designaciones y ceses del personal directivo.
– Respetar el plazo de preaviso estipulado en los contratos mercantiles y de alta dirección, para evitar el abono de la indemnización derivada de su incumplimiento.
– Realizar una valoración del desempeño de los puestos existentes y de optimización del número de personal directivo en la dirección de las entidades del sector empresarial estatal no financiero antes de proceder a la contratación o designación de nuevos miembros.
3. Instar a las entidades del sector público empresarial estatal no financiero que aplican la modalidad de retribución flexible o en especie exenta de gravamen, a que recojan en los contratos de alta dirección estas modalidades retributivas, sus conceptos e importes y que las incluyan en la información que se remite para el registro del personal directivo del sector público.
Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de abril de 2024.–El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.
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