De conformidad con la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre,
Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación (10/24), de puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes bases:
El puesto de trabajo que se convoca en anexo I podrá ser solicitado por las personas funcionarias que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño.
Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Subsecretaría de Hacienda (Subdirección General de Recursos Humanos, calle Alcalá, 9, 4.ª planta, 28071 Madrid), de acuerdo con formulario recogido en el anexo II.
Adicionalmente incluirán en la solicitud su curriculum vitae en formato normalizado, pudiendo valerse de estándares europeos (https://europass.europa.eu/es/create-europass-cv). En este habrán de constar los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.
Complementariamente, aportarán una justificación por escrito de idoneidad para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
Finalmente, incorporarán el cuestionario de autoevaluación previsto en anexo III, debidamente cumplimentado, dirigido a valorar las competencias directivas.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución, y se presentarán a través del Registro Electrónico General AGE (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido para el puesto, se celebrarán entrevistas, que serán comunicadas a las personas candidatas con, al menos, 48 horas de antelación.
El órgano competente para el nombramiento designará, para su asesoramiento, a dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en procesos de selección de personal directivo público, que deberán estar presentes en las entrevistas y emitir informe de valoración.
La valoración de las competencias profesionales evaluables se hará por el órgano competente para el nombramiento, debiendo motivarse la importancia dada a cada uno de los elementos en términos de idoneidad en relación con el perfil del puesto.
De existir un número elevado de solicitudes, el órgano competente para el nombramiento podrá, con el asesoramiento de las personas designadas, y de acuerdo con lo previsto en punto anterior, realizar una selección de aquellos participantes que, por su idoneidad, sean objeto de entrevista.
No será necesaria la solicitud de los informes de los procedimientos de libre designación previstos en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
El nombramiento derivado de la presente convocatoria, cuya resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.
El plazo para tomar posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia de la persona seleccionada o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese o al del cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda.
Si la persona seleccionada presta sus servicios en Ministerio u Organismo distinto del convocante, deberá adjuntar un certificado extendido por la Unidad de personal donde se encuentre destinada, especificando el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel del puesto de trabajo que estuviera desempeñando y el tiempo de servicios efectivos reconocido para el cómputo de trienios.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el mismo órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del domicilio del interesado, a elección del mismo (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
Madrid, 25 de junio de 2024.–La Subsecretaria de Hacienda, Lidia Sánchez Milán.
N.º orden | Centro directivo-Unidad puesto de trabajo | Provincia-Localidad | Nivel | CE | GR/SB | Admón. | Requisitos y méritos | Observaciones |
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S. de E. de Presupuestos y Gastos | ||||||||
D.G. de Presupuestos | ||||||||
S.G. de Programas Presupuestarios de Actividades Económicas | ||||||||
1 | SUBDIRECTOR / SUBDIRECTORA GENERAL (2034449). | MADRID - MADRID. | 30 | 33.714.66 | A1 | AE |
Requisitos: 1. Ocho años de antigüedad como personal funcionario de carrera del Subgrupo A1. |
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Méritos: 1. Experiencia mínima de 10 años en la elaboración de análisis de carácter económico-financieros relacionados con los Presupuestos Generales del Estado. 2. Experiencia mínima de 5 años en la elaboración y coordinación de informes, de disposiciones legales y reglamentarias, de actos administrativos, de contratos, de convenios, así como de cualquier otra actuación, con impacto presupuestario para la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos y para otros órganos colegiados. 3. Coordinación del proceso de elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y planes de consolidación fiscal. 4. Experiencia en análisis y tramitación de modificaciones presupuestarias y en la elaboración de normativa jurídica y técnica de presupuestación. 5. Pertenecer al Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado. |
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Competencias: a) Liderazgo transformador. b) Comunicación y relaciones interpersonales. c) Adaptabilidad y toma de decisiones. |
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Administración: AE: Administración del Estado. |
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