Antecedentes de hecho
La Fundación citada fue constituida por doña Francisca García Guerrero, según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid Martin González-Moral García el 14 de julio de 2022, con el número 1.494 de protocolo, subsanadas por otras otorgadas ante el mismo notario el 26 de julio de 2023, protocolo 1.150, y 18 de enero de 2023, protocolo 74.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Londres, 28, 28028 Madrid, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada tal y como se acredita con la correspondiente certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.
Los fines de la Fundación son la ayuda humanitaria ofreciendo atención psicológica y terapia EMDR a usuarios de bajos recursos y víctimas de desastres naturales o provocados por el hombre, así como la formación a terapeutas en países desfavorecidos, fundamentalmente países africanos.
Doña Francisca García Guerrero, doña María del Roser Doménech Torres y doña Carmen Isabel Fernández Reveles.
Cargos:
Presidente: Doña Francisca García Guerrero.
Secretario no patrono: Don Ricardo Fernández y García de los Ríos.
Vocales: Doña María del Roser Doménech Torres y doña Carmen Isabel Fernández Reveles.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 15 de septiembre de 2023.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Emdr Francisca García patronato y cargos dentro del mismo.
Madrid, 4 de junio de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.
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