De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la «Adenda de prórroga y modificación al convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Centro Tecnológico Ainia, para el desarrollo de startups y cadenas de valor innovadoras en bioeconomía», que figura como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 26 de junio de 2024.–La Directora General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, Isabel Bombal Díaz.
Madrid, a 20 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, doña Begoña García Bernal, Secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación, en virtud del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, designada por el Real Decreto 1118/2023, de 12 de diciembre, y actuando en representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (en lo sucesivo MAPA), conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, de otra parte, doña Cristina del Campo Asenjo, en nombre y representación de Ainia, domiciliada en calle Benjamín Franklin, números 5 a 11, de 46980 Paterna (Valencia), y NIF G46421988, en su calidad de directora general, con poder para este acto, concedido en escritura otorgada ante el Notario de Valencia don Jorge A. Milz Ramón, en fecha 23 de junio de 2021, con su número de protocolo 2.358.
Actuando ambos en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose poderes y facultades suficientes para formalizar la presente adenda de prórroga y modificación, a tal efecto:
EXPONEN
Con fecha 30 de junio de 2023 se suscribió el convenio entre el MAPA y el centro tecnológico Ainia con el objeto de diseñar y poner en práctica, de forma conjunta, medidas para fomentar el emprendimiento y el desarrollo de startups (empresas emergentes) de base tecnológica en el ámbito de la bioeconomía que impulsen cadenas de valor innovadoras vinculadas al sector agroalimentario (de aprovechamiento de biomasa sostenible e incorporación de bioproductos al mercado), contribuyendo así a la mejora de la competitividad del sector
El primer año de ejecución de las actuaciones incluidas en el convenio a través del programa START-BEC/StartBEC ha permitido el asesoramiento y acompañamiento tecnológico de 10 startups seleccionadas de entre un gran número de startups innovadoras candidatas a su exitosa de convocatoria.
Se pretende dar continuidad a esta iniciativa en 2025 y 2026, teniendo en cuenta los factores siguientes:
– Maximización del retorno de la inversión: explotación de la infraestructura y procedimientos creados durante la primera anualidad, además de aprovechamiento del efecto tractor de la primera edición del programa.
– Continuidad del impulso tecnológico: la innovación en bioeconomía es un proceso continuo que requiere tiempo y recursos para madurar y llegar al mercado. La prórroga del programa permitirá seguir brindando el acompañamiento necesario a startups para que sus proyectos alcancen su pleno potencial tecnológico y comercial.
– Adaptación a nuevas oportunidades y retos: el entorno empresarial y tecnológico está en constante evolución, con la aparición de nuevas tendencias, regulaciones y retos. La prórroga del programa ofrecerá la flexibilidad necesaria para adaptarse a estos cambios y continuar impulsando la innovación y la competitividad en el sector de la bioeconomía.
– Consolidación de la Comunidad StartBEC: la Comunidad StartBEC está diseñada para ser un hub dinámico de colaboración y aprendizaje que beneficie tanto a las startups como a los expertos e instituciones involucradas. Extender el programa permitirá consolidar esta red y aprovechar su potencial para generar más impacto en el ecosistema de la bioeconomía, fomentando la creación de sinergias y alianzas estratégicas y potenciando el desarrollo de soluciones más completas y escalables, con un impacto más amplio en el sistema económico y en la sociedad.
Para dar continuidad a esta iniciativa y lanzar la próxima convocatoria de acompañamiento tecnológico a startups de 2025, y teniendo en cuenta que existen fondos disponibles para 2024 de los Presupuestos Generales del Estado, por parte del MAPA, se incrementa económicamente, con 75.000 euros adicionales, la dotación financiera establecida en el convenio para el ejercicio 2024. Por su parte Ainia también incrementa su aportación en dicho ejercicio con 15.000 euros más.
Por otra parte, se prorroga el convenio hasta el 1 diciembre de 2026. La aportación del MAPA en 2025 y 2026 será de 150.000 euros anuales. Ainia aportará 30.000 euros en cada una de esas anualidades, colaborando así con el MAPA en esta iniciativa conjunta.
La partida presupuestaria para los ejercicios 2024, 2025 y 2026 será la 21.08.414B.640, o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico correspondiente.
Por todo ello, ambas Partes acuerdan suscribir la presente Adenda de prórroga y modificación al convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
La presenta Adenda tiene como objeto prorrogar a los años 2025 y 2026 el convenio suscrito el 30 de junio 2023 entre el MAPA y Ainia para el desarrollo de startups y cadenas de valor innovadoras en bioeconomía vinculadas al sector agroalimentario.
En segundo lugar, modificar su clausulado, tanto para adaptarlo a dicha prórroga como para dotarlo de financiación adicional por ambas Partes, ampliando las cuantías contempladas para el ejercicio financiero 2024 y estableciendo las aportaciones para los ejercicios financieros 2025 y 2026, tanto por parte del MAPA como de Ainia.
1. Se modifica la cláusula primera eliminando la referencia al periodo de ejecución de las actuaciones, quedando por tanto redactada de la siguiente forma:
«El objeto del presente convenio es la colaboración para el diseño y puesta en práctica, de forma conjunta entre el MAPA y Ainia, de medidas para fomentar el desarrollo de startups de base tecnológica en el ámbito de la bioeconomía que permitan impulsar cadenas de valor innovadoras, vinculadas al sector agroalimentario.»
2. Se modifica la cláusula tercera apartado 3, que queda redactada de la siguiente forma:
«Aportar la cantidad máxima indicada en la cláusula quinta a) durante el periodo de duración del presente convenio, y con el desglose indicado en la misma para cada uno de los ejercicios a los que se extiende, una vez ejecutadas y justificadas las acciones programadas en su totalidad o en lo que corresponda a los hitos parciales intermedios que se establezcan en el plan detallado de actuaciones.»
3. Se modifica la cláusula cuarta apartado 8, cuya redacción queda como sigue:
«Aportar la cantidad máxima indicada en la cláusula quinta b) durante el periodo de duración del presente convenio, y con el desglose indicado en la misma para cada uno de los ejercicios a los que se extiende.»
4. Se modifica la cláusula quinta, de financiación y forma de pago, quedando redactada de la siguiente forma:
«El presupuesto total que conlleva la organización y ejecución de las actuaciones programadas objeto del convenio asciende a setecientos cincuenta mil euros (750.000 euros).
a) El MAPA participará en las acciones objeto de este convenio con un presupuesto máximo de seiscientos veinticinco mil euros (625.000 euros):
– Ciento veinticinco mil euros (125.000 euros) para el ejercicio económico 2023, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.08.414B.640 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
– Doscientos mil euros (200.000 euros) para el ejercicio económico 2024, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.08.414B.640 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2024 o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico correspondiente.
– Ciento cincuenta mil euros (150.000 euros) para el ejercicio económico 2025, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.08.414B.640 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2025 o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico correspondiente.
– Ciento cincuenta mil euros (150.000 euros) para el ejercicio económico 2026, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.08.414B.640 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2026 o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico correspondiente.
b) Ainia participará en las acciones objeto de este convenio con un presupuesto máximo de ciento veinticinco mil euros (125.000 euros) en la totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio de los ejercicios 2023, 2024, 2025 y 2026, y de acuerdo con el siguiente desglose:
– Veinticinco mil euros (25.000 euros) para el ejercicio económico 2023.
– Cuarenta mil euros (40.000 euros) para el ejercicio económico 2024.
– Treinta mil euros (30.000 euros) para el ejercicio económico 2025.
– Treinta mil euros (30.000 euros) para el ejercicio económico 2026.
c) Ainia adelantará los fondos correspondientes a las actividades a realizar previstas bajo el presente convenio, y presentará una memoria de las actuaciones realizadas amparadas en el convenio acompañada de un informe de auditoría, de un profesional de auditoría inscrito como ejerciente en el Registro oficial de auditores de cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditorias de Cuentas, en cuatro momentos:
– A más tardar el 4 de diciembre de 2023. Primera aportación correspondiente a las acciones ejecutadas hasta como máximo el 4 de diciembre de 2023.
– A más tardar el 5 de diciembre de 2024. Segunda aportación correspondiente a las acciones ejecutadas, desde el 5 de diciembre de 2023 hasta el 1 de diciembre de 2024.
– A más tardar el 1 de diciembre de 2025. Tercera aportación correspondiente a las acciones ejecutadas, desde el 2 de diciembre de 2024 hasta el 1 de diciembre de 2025.
– A más tardar el 1 de diciembre de 2026. Cuarta aportación correspondiente a las acciones ejecutadas, desde el 2 de diciembre de 2025 hasta el 1 de diciembre de 2026.
Si se produjera algún retraso en las actividades previstas en el calendario se analizará la situación en la comisión de seguimiento para acomodar el calendario de aportaciones previstas dentro del plazo de duración del convenio. En el caso de que se produzcan estos retrasos, y, en consecuencia, alguno de las aportaciones previstas tuviera que realizarse más allá del periodo de duración fijado en el presente convenio, las partes, de común acuerdo, suscribirán la correspondiente adenda.»
5. Las referidas modificaciones de las cláusula tercera, cuarta y quinta conllevan la modificación del anexo al convenio, que se sustituye por el anexo a la presente Adenda.
Se modifica la cláusula octava ampliándose la duración del convenio hasta el 1 de diciembre de 2026, por lo que queda con la siguiente redacción:
«El presente convenio surtirá efectos desde su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, que se producirá dentro de los cinco días hábiles siguientes a su formalización, y su duración se extenderá hasta el 1 de diciembre del año 2026.
Sin perjuicio de lo anterior, dentro de los diez días hábiles siguientes a su formalización el convenio será publicado en el “Boletín Oficial del Estado”.»
La presente Adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, siempre que se produzca antes de la extinción del convenio. Asimismo, será publicada, en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial del Estado».
En prueba de conformidad con sus términos, suscriben la presente adenda en el lugar indicado en el encabezado y en la fecha de la firma electrónica.–La Secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación, Begoña García Bernal.–La Directora General de Ainia, Cristina del Campo Asenjo.
StartBEC (Convenio Ainia-MAPA) |
2023 | 2024 | 2025 | 2026 | Duración total | ||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Líneas de Actuación | MAPA | Ainia | Total | MAPA | Ainia | Total | MAPA | Ainia | Total | MAPA | Ainia | Total | MAPA | Ainia | Ambas partes |
1. PLATAFORMA DIGITAL StartBEC. | 15.000 | 1.500 | 16.500 | 2.500 | 1.000 | 3.500 | 2.500 | 1.000 | 3.500 | 2.500 | 1.000 | 3.500 | 22.500 | 4.500 | 27.000 |
2. ELABORACIÓN DE CONTENIDOS, DISEÑO y GESTIÓN DE ACTIVIDADES DEL PROGRAMA StartBEC. | 15.000 | 2.500 | 17.500 | 15.000 | 2.500 | 17.500 | 15.000 | 2.500 | 17.500 | 15.000 | 2.500 | 17.500 | 60.000 | 10.000 | 70.000 |
3. IDENTIFICACIÓN Y PRIORIZACIÓN DE RETOS EN BIOECONOMÍA. | 10.000 | 5.000 | 15.000 | 2.500 | 1.000 | 3.500 | 3.000 | 1.000 | 4.000 | 3.000 | 1.000 | 4.000 | 18.500 | 8.000 | 26.500 |
4. ORGANIZACIÓN DE HACKATONES. | 10.000 | 2.500 | 12.500 | 0 | 0 | 0 | 15.125 | 1.700 | 16.825 | 15.125 | 1.700 | 16.825 | 40.250 | 5.900 | 46.150 |
5. SCOUTING. | 12.000 | 12.000 | 12.680 | 2.000 | 14.680 | 12.000 | 0 | 12.000 | 12.000 | 0 | 12.000 | 48.680 | 2.000 | 50.680 | |
6. EVENTOS, DIFUSIÓN Y COLABORACIÓN CON EL ECOSISTEMA. | 25.000 | 3.500 | 28.500 | 34.220 | 5.160 | 39.380 | 19.500 | 3.300 | 22.800 | 19.500 | 3.300 | 22.800 | 98.220 | 15.260 | 113.480 |
7. ACOMPAÑAMIENTO TECNOLÓGICO A LAS STARTUPS. | 38.000 | 10.000 | 48.000 | 133.100 | 28.340 | 161.440 | 82.875 | 20.500 | 103.375 | 82.875 | 20.500 | 103.375 | 336.850 | 79.340 | 416.190 |
Total. | 125.000 | 25.000 | 150.000 | 200.000 | 40.000 | 240.000 | 150.000 | 30.000 | 180.000 | 150.000 | 30.000 | 180.000 | 625.000 | 125.000 | 750.000 |
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