En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021, en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022 y en el artículo 28 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, se acuerda, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, convocar procesos selectivos para ingreso por acceso libre y acceso por promoción interna, como personal laboral fijo de la Administración General del Estado en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1 en el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, y se regirá por las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 La presente resolución y los actos que se deriven de ella se publicarán, al menos, en la página web del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes www.educacionfpydeportes.gob.es, en el punto de acceso general www.administracion.gob.es, y en el Portal Funciona.
1.2 Se convocan procesos selectivos para ingreso por acceso libre y acceso por promoción interna, como personal laboral fijo sujeto al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en los siguientes grupos profesionales y especialidades:
GP | Especialidad | Turno libre | Promoción interna | Total | ||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
General | Reserva discapacidad | Total turno libre | General | Reserva discapacidad | Total promoción interna | |||
M3 | MEDICINA. | 2 | 2 | 2 | ||||
M3 | QUÍMICA. | 1 | 1 | 1 | ||||
M3 | CIENCIAS DE LA INFORMACIÓN. | 1 | 1 | 1 | ||||
M2 | CIENCIAS DE LA INFORMACIÓN. | 1 | 1 | 1 | ||||
M2 | FISIOTERAPIA. | 3 | 3 | 3 | ||||
M2 | ENFERMERÍA. | 1 | 1 | 1 | ||||
M1 | DISEÑO Y GESTIÓN DE LA PRODUCCIÓN GRÁFICA. | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 | ||
E2 | PREIMPRESIÓN DIGITAL. | 2 | 2 | 2 | ||||
E2 | COCINA Y GASTRONOMÍA. | 2 | 2 | 2 | 2 | 4 | ||
E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | 5 | 5 | 49 | 1 | 50 | 55 | |
E1 | COCINA Y RESTAURACIÓN. | 4 | 1 | 5 | 5 | |||
E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | 26 | 3 | 29 | 29 | |||
Total.. | 48 | 4 | 52 | 51 | 3 | 54 | 106 |
Del total de las plazas convocadas se reservarán las plazas que se han señalado en el cuadro anterior para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, las personas aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad en el turno de acceso libre no se acumularán a las de acceso general.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad en el turno de acceso por promoción interna se acumularán a las de acceso general por promoción interna.
En el caso de que las plazas convocadas por promoción interna quedarán vacantes, no podrán acumularse a las de la convocatoria de ingreso libre.
1.3 La persona aspirante deberá optar exclusivamente por un turno de acceso (ingreso libre o promoción interna), que deberá consignar en la casilla 17 de su solicitud (según Resolución de 31 de octubre de 2019 de la Secretaría de Estado de Función Pública).
Las referencias contenidas en la presente convocatoria a las actuaciones realizadas durante los procesos selectivos se entenderán hechas a los turnos de acceso libre y promoción interna, excepto aquellas que se refieran específicamente a uno de ellos, que se entenderán referidas a este.
1.4 El proceso selectivo de turno libre se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en los anexos V y VII, en función de la especialidad.
1.5 El proceso selectivo de promoción interna se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en los anexos V y VII, en función de la especialidad.
1.6 Las plazas convocadas se desglosan, según la distribución contenida en el anexo IV, quedando identificadas por el grupo profesional, especialidad y, en su caso, programa.
1.7 La persona aspirante deberá optar exclusivamente por un grupo profesional, que hará constar en la casilla 15 de su solicitud, y dentro del mismo sólo podrá optar por una especialidad que consignará en la casilla 16 de su solicitud. En el caso de que la especialidad cuente con varios programas, solo podrá optarse a uno de ellos, que se consignará en la casilla 27, apartado A.
1.8 El primer ejercicio o ejercicio único de la fase de oposición se iniciará en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación de la convocatoria. La duración máxima del proceso selectivo será de doce meses a partir de la publicación de la reseña de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», salvo causa justificada de la que se informará en la Comisión Paritaria. El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, con el desarrollo de cualquier otro proceso selectivo para el acceso al empleo público mediante las modalidades de nuevo ingreso o promoción interna.
1.9 El programa que ha de regir las pruebas selectivas será único, en cada uno de los turnos de acceso, para cada grupo profesional y especialidad, salvo en el caso de aquellas especialidades que cuenten con más de un programa, de acuerdo con lo que figure en el anexo VI, en relación con el temario relativo a la parte común, y el anexo VII, respecto de los temas específicos correspondientes a cada especialidad.
1.10 Sin perjuicio de lo dispuesto en la base 7.6, las personas aspirantes que superen el proceso selectivo por el turno de promoción interna y hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, elegirán en primer lugar y por orden de prelación de entre todas las plazas incluidas en esta convocatoria señaladas en el anexo IV, para ser promovidas al grupo profesional superior al que se aspire y eligiendo, como máximo, el mismo número de plazas convocadas en el turno de promoción interna para cada especialidad y, en su caso, programa.
Concluida la adjudicación de plazas a promoción interna, las personas aspirantes del turno de ingreso libre que hubieran superado el proceso selectivo y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán, en un número igual al de plazas convocadas por ingreso libre, contratadas con carácter fijo para la adjudicación de aquellas plazas que elijan de entre las restantes, las que no hayan sido adjudicadas previamente mediante promoción interna, también por orden de prelación, y hasta como máximo el número de plazas convocadas por el turno libre para cada especialidad y, en su caso, programa.
1.11 Será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, que regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad (BOE del 17 de diciembre). En las pruebas selectivas se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten, las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para su realización, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
1.12 En el caso de que la fase de oposición del proceso selectivo estuviera conformada por más de un ejercicio, a las personas que participen por el turno de reserva de personas con discapacidad que superen algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima posible a obtener en el citado ejercicio, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota, sean análogos.
2. Requisitos de las personas aspirantes
2.1 Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Las personas extranjeras que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
2.1.2 Edad: Tener cumplidos los 16 años.
2.1.3 En el proceso selectivo por promoción interna podrá participar todo el personal laboral fijo, del grupo profesional inmediatamente inferior, siempre que haya prestado dos años de servicios efectivos en dicho grupo profesional y cumpla los requisitos de titulación y cualificación exigidos.
Asimismo, se podrá participar para acceder al grupo inmediatamente superior y de la misma familia profesional cuando se trate de personal con dos años de permanencia en puestos que se encuadren en especialidades coincidentes con títulos de Formación Profesional, sin tener la titulación exigida para el grupo al que acceden, pero teniendo, al menos, una cualificación profesional completa del título correspondiente a la especialidad a la que se pretende acceder, y siempre que se cuente con la titulación exigida en el grupo profesional desde el que se promociona.
De este proceso señalado en el párrafo anterior, se exceptúan los procesos que afecten a puestos de trabajo de los grupos profesionales M3 y M2 o cuando pertenezcan a áreas de actividad en las que esas previsiones no resulten adecuadas o cuando se trate de funciones cuyo ejercicio requiera estar en posesión de una titulación académica o profesional habilitante.
En los procesos de promoción interna a puestos de trabajo encuadrados en el grupo M2, podrán participar las personas trabajadoras del grupo profesional E2 con dos años de servicios en puestos de dicho grupo que no se encuadren en especialidades coincidentes con títulos de Formación Profesional, siempre que cuente con la titulación exigida para el ingreso en el grupo M2.
2.1.4 Titulación: Estar en posesión, o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título que se indica en el anexo VII en relación con la especialidad convocada correspondiente.
Para las plazas de los Grupos Profesionales M3 y M2, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Para las plazas de los Grupos Profesionales M1, E2 y E1, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
2.1.5 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.6 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Igualmente, serán excluidas las personas aspirantes que pertenezcan como personal laboral fijo del ámbito del IV Convenio colectivo único para la Administración General del Estado al mismo grupo profesional y especialidad a cuyas pruebas selectivas se presenta o al grupo profesional y especialidad equivalentes según la clasificación profesional del III Convenio único.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.1.7 Además, para cada especialidad y, en su caso, programa, se deberá estar en posesión, en su caso, de los requisitos específicos que figuran en la columna «formación específica» del anexo VII en relación con cada especialidad convocada.
2.1.8 Será requisito para el acceso y ejercicio de cualesquiera profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad, el no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
Son profesiones, oficios y actividades que implican contacto habitual con personas menores de edad, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, todas aquellas que por su propia naturaleza y esencia conllevan el trato repetido, directo y regular y no meramente ocasional con niños, niñas o adolescentes, así como, en todo caso, todas aquellas que tengan como destinatarios principales a personas menores de edad.
2.1.9 Las personas aspirantes que se presenten por el cupo de reserva para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
2.1.10 Se estará a lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
3. Solicitudes
3.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial de solicitud 790, aprobado mediante Resolución de 31 de octubre de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, al que se accederá, con carácter general, a través de la página web administracion.gob.es o de los registros electrónicos para la tramitación de las inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos.
3.2 Las solicitudes y, en su caso, la subsanación y procedimientos de impugnación de las actuaciones en el proceso selectivo, deberán presentarse obligatoriamente por vía electrónica, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
La presentación de la solicitud se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital válido de persona física, de los incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación» (TSL) establecidos en España, (más información en http://firmaelectronica.gob.es y en http://www.dnielectronico.es).
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
3.3 El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips) en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia del correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
3.4 En el caso de las personas aspirantes que cursen su solicitud en el extranjero, para los que el órgano de selección haya acordado la cumplimentación y presentación sustitutoria en papel, estos podrán presentarla en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o, cuando se disponga de una cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, mediante transferencia a la cuenta corriente código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Derechos de examen». El sistema de pago mediante transferencia a esta cuenta sólo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero y desde cuentas bancarias abiertas en entidades extranjeras, no siendo admitida esta modalidad de pago en ningún otro caso.
3.5 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la reseña de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. En caso de que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, un mismo interesado presente más de una solicitud, únicamente se tendrá en cuenta la última de las presentadas.
En relación con el cómputo de plazos de la presente convocatoria, se declara inhábil el mes de agosto.
3.6 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo I.
3.7 Estarán exentas de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad las personas incluidas en el apartado a) de la base 2.1.1, así como las personas extranjeras residentes en España incluidas en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
3.8 Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
3.9 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.10 El tratamiento de la información por medios electrónicos se ajustará a lo establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos Personales) y en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes es responsable del tratamiento de esos datos. Los derechos de protección de datos de las personas solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica o presencialmente a través de la red de oficinas de asistencia en materia de registros. En caso de incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados podrán reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), www.aepd.es.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución en el plazo máximo de un mes, determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio o del ejercicio único, según sea el caso, de la oposición. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, señalándose un plazo de 10 días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.
5.2 El órgano convocante publicará un breve currículum profesional de las personas que formen parte del citado Tribunal en la página web del Portal del ciudadano www.administracion.gob.es y en la del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes www.educacionfpydeportes.gob.es.
5.3 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
5.4 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes.
5.5 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015 citada en la base anterior.
5.6 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
5.7 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
5.8 El Tribunal publicará en la página web del Portal del ciudadano www.administracion.gob.es y en la del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes www.educacionfpydeportes.gob.es un cronograma orientativo con las fechas de realización de los procesos selectivos.
5.9 Las plantillas correctoras de las pruebas con respuestas alternativas se harán públicas en el plazo máximo de 2 días hábiles contados desde la finalización de la prueba. En el plazo de 2 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las plantillas podrán presentarse alegaciones a través los medios indicados por el Tribunal Calificador, que se entenderán contestadas mediante la publicación de las plantillas correctoras definitivas. No se admitirán alegaciones fuera de plazo ni presentadas por cualquier otro medio distinto del indicado.
5.10 Se habilita al Tribunal para que adopte las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las pruebas selectivas o de alguna de sus fases, pudiendo establecer el procedimiento a seguir de los medios electrónicos, incluidos los audiovisuales para hacer accesibles los procesos mediante la territorialización, siempre que el número y distribución de las personas admitidas lo permita.
Asimismo, siempre que ello sea posible en función del tipo de pruebas y el número de personas aspirantes, se habilita al Tribunal para acumular la celebración de las diferentes pruebas en un mismo día y lugar de celebración.
5.11 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, Subdirección General de Personal, C/ Alcalá, N.º 36, 4.ª planta, teléfono 917018379, dirección de correo electrónico sppl@educacion.gob.es
5.12 Las referencias realizadas en la presente convocatoria al Tribunal deben entenderse hechas a cada uno de los Tribunales que se constituyan. Podrá nombrarse un Tribunal para los procesos correspondientes a cada grupo profesional, en cada turno de acceso. Asimismo, un mismo Tribunal podrá nombrarse para los procesos de varios grupos profesionales. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «W», según lo establecido en la Resolución de 27 de julio de 2023 («Boletín Oficial del Estado» del día 29 de julio), de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
6.2 En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.
6.3 Las personas aspirantes serán convocadas a cada ejercicio de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
6.4 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública, en los medios citados en la base 1.1, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida por cada especialidad y, en su caso, programa del anexo IV.
6.5 En el caso del proceso selectivo de promoción interna, las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de 20 días hábiles para presentar la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo V y anexo VII, respecto de cada especialidad convocada. Dicho plazo de 20 días hábiles podrá reducirse a la mitad en aplicación de lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.6 El Tribunal publicará, en los medios citados en la base 1.1, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia a la persona interesada deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.
6.8 Si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de la fase que hubieran quedado aplazada, no pudiendo demorarse ésta de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de la misma tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
6.9 Se adoptarán las medidas necesarias para salvaguardar la identidad de las personas aspirantes cuando resulte de aplicación en virtud de la normativa en la materia, siempre que se haya solicitado y acreditado por el interesado la concurrencia de las circunstancias previstas en la norma de aplicación.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizada la fase de oposición y, en su caso, de concurso, la persona que ostente la Presidencia del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo por orden de puntuación por cada grupo profesional, especialidad y, en su caso, programa del anexo IV.
7.2 Dicha relación se publicará en los medios citados en la base 1.1, disponiendo las primeras personas aspirantes de dicha relación, hasta como máximo el número de plazas convocadas por cada especialidad y, en su caso, programa del anexo IV, de un plazo de 20 días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. Dicho plazo de 20 días hábiles podrá reducirse a la mitad en aplicación de lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.3 Las plazas sin cubrir incluidas en cada especialidad y, en su caso, programa no podrán acumularse a las de ninguna otra.
7.4 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de puestos de trabajo convocados en cada especialidad y, en su caso, programa.
7.5 La adjudicación de los puestos a las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará por la autoridad convocante en cada especialidad y, en su caso, programa, según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, salvo lo dispuesto en el apartado siguiente. Las características de los puestos que se ofertan para cada especialidad y, en su caso, programa, vienen detallados en el anexo IV de la presente convocatoria.
De conformidad con lo establecido en el apartado 1.10 de las presentes bases, y sin perjuicio de lo dispuesto en la base 7.6, tendrán preferencia en la elección, por orden de prelación, las personas aspirantes que superen el proceso selectivo por el turno de promoción interna y hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos.
Concluida la adjudicación de plazas a promoción interna, las personas aspirantes del turno de ingreso libre que hubieran superado el proceso selectivo y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán, en un número igual al de plazas convocadas por ingreso libre, contratadas con carácter fijo para la adjudicación de aquellas plazas que elijan, también por orden de prelación, y hasta como máximo el número de plazas convocadas por el turno libre para cada especialidad y, en su caso, programa.
7.6 A propuesta del Ministerio u organismo en el que estén destinadas las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo de promoción interna convocado por el departamento ministerial en el que prestan servicios, y previa conformidad de éstos, se podrá adjudicar destino dentro del mismo, en el puesto que vinieran desempeñando, o en otros puestos vacantes dotados presupuestariamente existentes en el municipio o en la provincia de destino, que ya hubieran sido convocados mediante concurso y quedado vacantes.
En este caso, dichas personas quedarán excluidas del sistema de adjudicación de destinos por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.
7.7 La adjudicación de los puestos de trabajo tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, (BOE del 17 de diciembre).
7.8 El personal de nuevo ingreso de los grupos profesionales convocados tendrá que superar un período de prueba de tres meses para los grupos profesionales M3 y M2 y de un mes para los demás trabajadores o trabajadoras, excepto para el personal sin titulación, para el que será de 15 días laborables, de acuerdo con el artículo 32 del IV Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado. Durante este período, la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo y, en su caso, podrá poner fin a la relación laboral sin que ninguna de las partes tenga derecho a indemnización alguna. Quedan exentos del período de prueba las personas trabajadoras que accedan por promoción interna y todas aquellas que hayan ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad, bajo cualquier modalidad de contratación, dentro del ámbito de aplicación del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
7.9 En el caso de que alguna de las personas aspirantes no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará a la siguiente persona aspirante de cada turno de acceso (ingreso libre y promoción interna) de la relación a la que se refiere la base 7.1 que no hubiese obtenido plaza y según el número de orden obtenido.
8. Relación de candidatos
8.1 Con la finalidad de aprovechar las actuaciones realizadas en el proceso selectivo el Tribunal deberá elaborar relaciones de candidatos, preferiblemente de carácter provincial, para la contratación de personal laboral temporal en cada grupo profesional, especialidad y, en su caso, programas convocados, siempre que exista un número suficiente de personas aspirantes que hayan obtenido la puntuación mínima exigida.
8.2 Se considerará como puntuación mínima exigida, haber obtenido al menos el 10 por ciento de la puntuación teórica máxima del primer ejercicio o del ejercicio único de la fase de oposición, según corresponda. Para poder formar parte de las relaciones de personas candidatas deberán poseer todos los requisitos que se exijan en la correspondiente convocatoria.
8.3 Los tribunales ordenarán cada relación en función de la puntuación obtenida por las personas candidatas, haciendo públicas las listas.
8.4 De conformidad con el artículo 33.3 del IV Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado, estas relaciones tendrán una vigencia de tres años desde su publicación, salvo que antes de esta fecha se publique una nueva relación de personas candidatas resultante del desarrollo de un nuevo proceso selectivo.
8.5 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de las relaciones de candidatos será necesaria autorización de la Dirección General de la Función Pública.
8.6 Este procedimiento de gestión se hará público en la página web del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, www.educacionfpydeportes.gob.es.
9. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en lo que proceda de conformidad su disposición transitoria tercera; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrán interponerse, con carácter potestativo, los recursos que procedan con arreglo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien demanda ante los Juzgados de lo Social de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Madrid, 17 de julio de 2024.–El Subsecretario de Educación, Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la presentación de la instancia se realizará obligatoriamente por vías electrónicas. A tal efecto, se realizará a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias.
La solicitud se deberá cumplimentar y presentar de acuerdo con el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias), siguiendo las siguientes instrucciones particulares:
En el recuadro centro gestor: se consignará «Subsecretaría de Educación, Formación Profesional y Deportes».
En el recuadro 15, «Cuerpo, Escala, Grupo Profesional o Categoría», se consignará el grupo profesional al que se opta.
En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará la especialidad a la que se opta, no pudiendo optar el aspirante nada más que por un grupo profesional y, dentro de este, por una única especialidad.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L» para acceso libre, o «PI» para promoción interna.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la reseña por la que se anuncia la convocatoria.
En el recuadro 20 «Provincia de examen», las personas aspirantes indicarán una entre las provincias ofrecidas, en su caso, si bien la o las provincias de examen definitivas serán determinadas con posterioridad en función del número de personas aspirantes. La provincia seleccionada por las personas aspirantes será la que se tenga en cuenta, preferentemente, para la confección de las relaciones de candidatos a las que se refiere la base 8.1.
En el recuadro 21, «Discapacidad», las personas aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se posea y que habilite para presentarse a las pruebas.
En el recuadro 26, «Otros títulos», se consignará, en su caso, la posesión de la formación específica exigida en el anexo VII de la convocatoria.
El importe de la tasa por derechos de examen serán las que se consignan en el cuadro adjunto en el que indica su importe en euros según la categoría de las plazas convocadas y la reducción del 50 % para las familias numerosas de categoría general:
Turno libre:
Grupo Profesional | General | Reducción 50 % |
---|---|---|
M3 | 31,10 | 15,55 |
M2 | 23,33 | 11,67 |
M1 | 15,57 | 7,79 |
E2 | 11,66 | 5,83 |
E1 | 9,32 | 4,66 |
Promoción interna:
Grupo Profesional | General | Reducción 50 % |
---|---|---|
M3 | 15,55 | 7,78 |
M2 | 11,67 | 5,84 |
M1 | 7,79 | 3,90 |
E2 | 5,83 | 2,92 |
E1 | 4,66 | 2,33 |
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a. Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento explícito de la persona solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b. Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la reseña de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La condición de demandante de empleo deberá verificarse, en todo caso y con el consentimiento de la persona solicitante, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Ambos documentos deberán acompañar a la solicitud.
c. Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de protección de la Familia Numerosa. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento explícito del solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
d. Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio que añade una nueva letra al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión de la persona aspirante.
Durante el plazo de subsanación de solicitudes, cuando la causa de exclusión estuviera relacionada con la exención del pago de la tasa, se deberá adjuntar necesariamente a través de IPS la documentación requerida que legitime la subsanación de la misma.
En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Subsecretaría de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Don/doña ………………………………………………………………………......................
Cargo ……………………………………………………………………………………….......
Centro directivo o unidad administrativa: ……………………………………………..........
Departamento: ...............................................................................................................
Certifico:
Que según los antecedentes que obran en este Centro, la persona abajo indicada tiene acreditados los siguientes extremos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Primer apellido | Segundo apellido | Nombre | DNI |
---|---|---|---|
Méritos profesionales:
Tiempo de servicio efectivo de acuerdo con lo dispuesto en el anexo V y anexo VII, en su caso.
Grupo y especialidad del IV CUAGE o categoría equivalente del III CUAGE | Período | Años* | Meses* | Días* | |
---|---|---|---|---|---|
Del ….. | al …… | ||||
Total. | |||||
* Cuando la jornada de trabajo no sea completa, se señalará el tiempo en función de la jornada efectiva prestada. |
Méritos académicos:
1. Cursos de formación.
Cursos de formación recibidos con un mínimo de 20 horas | Duración (en horas) |
---|---|
Total. |
Cursos de formación impartidos | Duración (en horas) |
---|---|
Total. |
2. Titulaciones o cualificaciones profesionales.
Denominación de la titulación | Codificación de la titulación |
---|---|
Código | Titulación |
---|---|
1 | Cualificación profesional completa de formación profesional básica. |
2 | Cualificación profesional completa de formación profesional de grado medio. |
3 | Cualificación profesional completa de formación profesional de grado superior. |
4 | Título de formación profesional básico. |
5 | Título de formación profesional de grado medio. |
6 | Título de formación profesional de grado superior. |
7 | Título de grado universitario. |
8 | Título de máster. |
Expedido en ……………………, a …… de ……………………… de 202...
(Firma y sello)
(A cumplimentar por el Órgano de Selección) Total puntuación fase de concurso
|
La composición del tribunal calificador del presente proceso selectivo será hecha pública con las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
La composición del tribunal se ajustará, en términos de paridad entre hombres y mujeres, a lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Grupo profesional: M3
N.º orden | GP | Especialidad (y, en su caso, Programa) | Centro Directivo/OO.AA. | Identificación del puesto | Provincia de destino | Localidad de destino |
---|---|---|---|---|---|---|
1 | M3 | MEDICINA. | SG PERSONAL. | 4906613 | MADRID. | MADRID. |
2 | M3 | MEDICINA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4906607 | CEUTA. | CEUTA. |
3 | M3 | QUÍMICA. | A.E.CELAD. | 4906633 | MADRID. | MADRID. |
4 | M3 | CIENCIAS DE LA INFORMACION. | CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES. | 4906554 | MADRID. | MADRID. |
Grupo profesional: M2
N.º orden | GP | Especialidad (y, en su caso, Programa) | Centro Directivo/OO.AA. | Identificación del puesto | Provincia de destino | Localidad de destino |
---|---|---|---|---|---|---|
5 | M2 | CIENCIAS DE LA INFORMACION. | CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES. | 4906759 | MADRID. | MADRID. |
6 | M2 | FISIOTERAPIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4906809 | CEUTA. | CEUTA. |
7 | M2 | FISIOTERAPIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4918512 | CEUTA. | CEUTA. |
8 | M2 | FISIOTERAPIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4906800 | CEUTA. | CEUTA. |
9 | M2 | ENFERMERÍA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4906799 | CEUTA. | CEUTA. |
Grupo profesional: M1
N.º orden | GP | Especialidad (y, en su caso, Programa) | Centro Directivo/OO.AA. | Identificación del puesto | Provincia de destino | Localidad de destino |
---|---|---|---|---|---|---|
10 | M1 | DISEÑO Y PRODUCCIÓN DE ARTES GRÁFICAS. | SG OFICILIA MAYOR. | 4907199 | MADRID. | MADRID. |
11 | M1 | DISEÑO Y PRODUCCIÓN DE ARTES GRÁFICAS. | SG OFICILIA MAYOR. | 4906915 | MADRID. | MADRID. |
Grupo profesional: E2
N.º orden | GP | Especialidad (y, en su caso, Programa) | Centro Directivo/OO.AA. | Identificación del puesto | Provincia de destino | Localidad de destino |
---|---|---|---|---|---|---|
12 | E2 | PREIMPRESIÓN DIGITAL. | SG OFICILIA MAYOR. | 4907926 | MADRID. | MADRID. |
13 | E2 | PREIMPRESIÓN DIGITAL. | SG OFICILIA MAYOR. | 4907814 | MADRID. | MADRID. |
14 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4907982 | CEUTA. | CEUTA. |
15 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4907995 | CEUTA. | CEUTA. |
16 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 5642013 | CEUTA. | CEUTA. |
17 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4907984 | CEUTA. | CEUTA. |
18 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4907993 | CEUTA. | CEUTA. |
19 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4908003 | CEUTA. | CEUTA. |
20 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4908004 | CEUTA. | CEUTA. |
21 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD001 | CEUTA. | CEUTA. |
22 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD002 | CEUTA. | CEUTA. |
23 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD003 | CEUTA. | CEUTA. |
24 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD004 | CEUTA. | CEUTA. |
25 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD005 | CEUTA. | CEUTA. |
26 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD006 | CEUTA. | CEUTA. |
27 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD007 | CEUTA. | CEUTA. |
28 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD008 | CEUTA. | CEUTA. |
29 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD009 | CEUTA. | CEUTA. |
30 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD010 | CEUTA. | CEUTA. |
31 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD011 | CEUTA. | CEUTA. |
32 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD012 | CEUTA. | CEUTA. |
33 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD013 | CEUTA. | CEUTA. |
34 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD014 | CEUTA. | CEUTA. |
35 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD015 | CEUTA. | CEUTA. |
36 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD016 | CEUTA. | CEUTA. |
37 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD017 | CEUTA. | CEUTA. |
38 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD018 | CEUTA. | CEUTA. |
39 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD019 | CEUTA. | CEUTA. |
40 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD020 | CEUTA. | CEUTA. |
41 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD021 | CEUTA. | CEUTA. |
42 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD022 | CEUTA. | CEUTA. |
43 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD023 | CEUTA. | CEUTA. |
44 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD024 | CEUTA. | CEUTA. |
45 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD025 | CEUTA. | CEUTA. |
46 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD026 | CEUTA. | CEUTA. |
47 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD027 | CEUTA. | CEUTA. |
48 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD028 | CEUTA. | CEUTA. |
49 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD029 | CEUTA. | CEUTA. |
50 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD030 | CEUTA. | CEUTA. |
51 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD031 | CEUTA. | CEUTA. |
52 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD032 | CEUTA. | CEUTA. |
53 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | MEFPD033 | CEUTA. | CEUTA. |
54 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908014 | MELILLA. | MELILLA. |
55 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4907795 | MELILLA. | MELILLA. |
56 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | MEFPD034 | MELILLA. | MELILLA. |
57 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | MEFPD035 | MELILLA. | MELILLA. |
58 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | MEFPD036 | MELILLA. | MELILLA. |
59 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | MEFPD037 | MELILLA. | MELILLA. |
60 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | MEFPD038 | MELILLA. | MELILLA. |
61 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | MEFPD039 | MELILLA. | MELILLA. |
62 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | MEFPD040 | MELILLA. | MELILLA. |
63 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | MEFPD041 | MELILLA. | MELILLA. |
64 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | MEFPD042 | MELILLA. | MELILLA. |
65 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | MEFPD043 | MELILLA. | MELILLA. |
66 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | MEFPD044 | MELILLA. | MELILLA. |
67 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | MEFPD045 | MELILLA. | MELILLA. |
68 | E2 | ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | MEFPD0046 | MELILLA. | MELILLA. |
69 | E2 | COCINA Y GASTRONOMÍA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4907914 | CEUTA. | CEUTA. |
70 | E2 | COCINA Y GASTRONOMÍA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4907917 | CEUTA. | CEUTA. |
71 | E2 | COCINA Y GASTRONOMÍA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4907916 | CEUTA. | CEUTA. |
72 | E2 | COCINA Y GASTRONOMÍA. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4907919 | CEUTA. | CEUTA. |
Grupo profesional: E1
N.º orden | GP | Especialidad (y, en su caso, Programa) | Centro Directivo/OO.AA. | Identificación del puesto | Provincia de destino | Localidad de destino |
---|---|---|---|---|---|---|
73 | E1 | COCINA Y RESTAURACIÓN. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4908490 | CEUTA. | CEUTA. |
74 | E1 | COCINA Y RESTAURACIÓN. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4908494 | CEUTA. | CEUTA. |
75 | E1 | COCINA Y RESTAURACIÓN. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4908500 | CEUTA. | CEUTA. |
76 | E1 | COCINA Y RESTAURACIÓN. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4908609 | CEUTA. | CEUTA. |
77 | E1 | COCINA Y RESTAURACIÓN. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4908497 | CEUTA. | CEUTA. |
78 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4908620 | CEUTA. | CEUTA. |
79 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4908838 | CEUTA. | CEUTA. |
80 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4908864 | CEUTA. | CEUTA. |
81 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4908849 | CEUTA. | CEUTA. |
82 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4908865 | CEUTA. | CEUTA. |
83 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4908875 | CEUTA. | CEUTA. |
84 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4909135 | CEUTA. | CEUTA. |
85 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4908868 | CEUTA. | CEUTA. |
86 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4908866 | CEUTA. | CEUTA. |
87 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEUTA. | 4909120 | CEUTA. | CEUTA. |
88 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908831 | MELILLA. | MELILLA. |
89 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908812 | MELILLA. | MELILLA. |
90 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908871 | MELILLA. | MELILLA. |
91 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908829 | MELILLA. | MELILLA. |
92 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908840 | MELILLA. | MELILLA. |
93 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908837 | MELILLA. | MELILLA. |
94 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908872 | MELILLA. | MELILLA. |
95 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908711 | MELILLA. | MELILLA. |
96 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4909123 | MELILLA. | MELILLA. |
97 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908828 | MELILLA. | MELILLA. |
98 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908858 | MELILLA. | MELILLA. |
99 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908853 | MELILLA. | MELILLA. |
100 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908612 | MELILLA. | MELILLA. |
101 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908870 | MELILLA. | MELILLA. |
102 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908815 | MELILLA. | MELILLA. |
103 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908876 | MELILLA. | MELILLA. |
104 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4909124 | MELILLA. | MELILLA. |
105 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 5157937 | MELILLA. | MELILLA. |
106 | E1 | SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MELILLA. | 4908841 | MELILLA. | MELILLA. |
Respecto de cada especialidad, debe consultarse el anexo VII para comprobar si existen especialidades en el proceso selectivo.
Sección I. Acceso libre
El proceso selectivo constará de una única fase de oposición.
1. Fase de oposición
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de esta que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Grupo profesional M3.
La fase de oposición constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios. En el caso de que ambos ejercicios se realicen en el mismo día, de acuerdo con lo establecido en la base 5.10 de la presente convocatoria, será necesario superar el primer ejercicio para que se proceda a la valoración del segundo ejercicio.
Primer ejercicio: consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Este ejercicio constará de dos partes que se realizarán el mismo día:
1. Primera parte: incluirá 50 preguntas que versarán sobre el temario común de esta convocatoria.
2. Segunda parte: consistirá en 50 preguntas que tratarán sobre contenidos incluidos en el temario de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante.
Se incluirán 6 preguntas adicionales de reserva (3 correspondientes al temario común y 3 al temario específico) que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 50 del bloque correspondiente.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 100 minutos.
Se calificará con un máximo de 40 puntos, correspondiendo 20 puntos a cada una de las partes y siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superar el ejercicio.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en este ejercicio para que pueda evaluarse el siguiente.
Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de una prueba práctica planteada por el Tribunal, relacionada con los temas de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante, que se realizará o bien por escrito o bien en sesión pública ante el tribunal en el caso de que las características de la especialidad así lo requirieran.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 2 horas.
En el supuesto de que el caso práctico consistiera en la realización de un ejercicio escrito, deberá ser leído posteriormente en sesión pública ante el órgano de selección quien podrá dialogar con la persona aspirante sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de 15 minutos.
En esta prueba se valorarán las capacidades de quienes concurran para desempeñar las funciones del puesto objeto de provisión.
Este ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal fije para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlo. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios, siendo necesario un mínimo de 50 puntos para superarla.
Grupo profesional M2.
La fase de oposición constará de dos ejercicios, todos ellos eliminatorios. En el caso de que ambos ejercicios se realicen en el mismo día, de acuerdo con lo establecido en la base 5.10 de la presente convocatoria, será necesario superar el primer ejercicio para que se proceda a la valoración del segundo ejercicio.
Primer ejercicio: consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 90 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Este ejercicio constará de dos partes que se realizarán el mismo día:
1. Primera parte: incluirá 45 preguntas que versarán sobre el temario común de esta convocatoria.
2. Segunda parte: consistirá en 45 preguntas que tratarán sobre los contenidos incluidos en el temario de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante.
Se incluirán 6 preguntas adicionales de reserva (3 correspondientes al temario común y 3 al programa específico) que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 45 del bloque correspondiente.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 90 minutos.
Se calificará con un máximo de 40 puntos, correspondiendo 20 puntos a cada una de las partes y siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superar el ejercicio.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en este ejercicio para que pueda evaluarse el siguiente.
Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de una prueba práctica planteada por el Tribunal, relacionada con los temas de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante, que se realizará o bien por escrito o bien en sesión pública ante el tribunal en el caso de que las características de la especialidad así lo requirieran.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 2 horas.
En el supuesto de que el caso práctico consistiera en la realización de un ejercicio escrito, deberá ser leído posteriormente en sesión pública ante el órgano de selección quien podrá dialogar con la persona aspirante sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de 15 minutos.
En esta prueba se valorarán las capacidades de quienes concurran para desempeñar las funciones del puesto objeto de provisión.
Este ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal fije para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlo. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios, siendo necesario un mínimo de 50 puntos para superarla.
Grupo profesional M1.
La fase de oposición se conformará por un ejercicio único, que constará de las dos partes que a continuación se indican, ambas obligatorias y eliminatorias, y que se realizarán conjuntamente. Será necesario superar la primera parte del ejercicio para que se proceda a la valoración de la segunda parte.
Primera parte: consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 80 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Este ejercicio constará, a su vez, de dos bloques:
1. Bloque primero: incluirá 40 preguntas que versarán sobre el temario común de esta convocatoria.
2. Bloque segundo: consistirá en 40 preguntas que tratarán sobre los contenidos incluidos en el temario de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante.
Se incluirán 6 preguntas adicionales de reserva (3 correspondientes al temario común y 3 al programa específico) que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 40 del bloque correspondiente.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 80 minutos.
Se calificará con un máximo de 40 puntos, correspondiendo 20 puntos a cada una de las partes y siendo necesario obtener un mínimo de 20 para superar el ejercicio.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en esta primera parte para que pueda evaluarse la segunda.
Segunda parte: consistirá en la resolución por escrito de 2 supuestos de carácter práctico relacionados con los temas de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante. Cada supuesto se desglosará en 10 preguntas y 2 adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 10 preguntas anteriores correspondientes. Cada una de las preguntas contará con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una respuesta correcta.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será 70 minutos.
En esta prueba se valorarán las capacidades de quienes concurran para desempeñar las funciones del puesto objeto de provisión.
Este ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en esta parte para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal fije para superar cada parte del ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos partes, siendo necesario un mínimo de 50 puntos para superarla.
Grupo profesional E2.
La fase de oposición constará de un ejercicio que consistirá en la realización por escrito de un cuestionario de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Este ejercicio constará de dos partes:
1. Primera parte: incluirá 40 preguntas sobre el temario incluido en la parte común de esta convocatoria.
2. Segunda parte: las 60 preguntas restantes versarán sobre el temario específico correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido.
Se incluirán 6 preguntas adicionales de reserva (2 correspondientes al temario común y 4 al temario específico) que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las preguntas del bloque correspondiente.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 100 minutos.
El ejercicio se calificará con un máximo de 100 puntos, correspondiendo un máximo de 40 puntos a la primera parte y un máximo de 60 puntos a la segunda, siendo necesario obtener un mínimo de 50 puntos para superarlo.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal fije para superar el ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlo. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos partes, siendo necesario un mínimo de 50 puntos para superarla.
Grupo profesional E1.
La fase de oposición constará de un ejercicio que consistirá en la realización por escrito de un cuestionario de 60 preguntas, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Este ejercicio constará de dos partes:
1. Primera parte: incluirá 20 preguntas sobre el temario incluido en la parte común de esta convocatoria.
2. Segunda parte: las 40 preguntas restantes versarán sobre el temario de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Se incluirán 6 preguntas adicionales de reserva (2 correspondientes al temario común y 4 al temario específico) que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las preguntas del bloque correspondiente.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 60 minutos.
El ejercicio se calificará con un máximo de 100 puntos, correspondiendo 40 puntos a la primera parte y un máximo de 60 puntos a la segunda, siendo necesario obtener un mínimo de 50 puntos para superar el ejercicio.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal fije para superar el ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlo. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos partes, siendo necesario un mínimo de 50 puntos para superarla.
2. Calificación final
La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. Para las plazas de los grupos profesionales M3, M2:
a. mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio;
b. mayor puntuación obtenida en la segunda parte del primer ejercicio;
c. mayor puntuación obtenida en la primera parte del primer ejercicio;
d. mayor número de respuestas correctas obtenidas en la segunda parte del primer ejercicio;
e. mayor número de respuestas correctas obtenidas en la primera parte del primer ejercicio;
f. menor número de contestaciones erróneas realizadas en la segunda parte del primer ejercicio;
g. menor número de contestaciones erróneas realizadas en la primera parte del primer ejercicio.
Si aun así siguiera existiendo empate, se dirimirá atendiendo a la letra que para el año 2023 establece el orden de actuación de los aspirantes y que es la letra «W», según lo establecido en la Resolución de 27 de julio de 2023 («Boletín Oficial del Estado» del día 29 de julio), de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
2. Para las plazas del grupo profesional M1:
a. mayor puntuación obtenida en la segunda parte del ejercicio único;
b. mayor puntuación obtenida en el segundo bloque de la primera parte del ejercicio único;
c. mayor puntuación obtenida en el primer bloque de la primera parte del ejercicio único;
d. mayor número de respuestas correctas obtenidas en el segundo bloque de la primera parte del ejercicio único;
e. mayor número de respuestas correctas obtenidas en el primer bloque de la primera parte del ejercicio único;
f. menor número de contestaciones erróneas realizadas el segundo bloque de la primera parte del ejercicio único;
g. menor número de contestaciones erróneas realizadas en el primer bloque de la primera parte del ejercicio único.
Si aun así siguiera existiendo empate, se dirimirá atendiendo a la letra que para el año 2023 establece el orden de actuación de los aspirantes y que es la letra «W», según lo establecido en la Resolución de 27 de julio de 2023 («Boletín Oficial del Estado» del día 29 de julio), de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
3. Para las plazas de los grupos profesionales E2 y E1:
a. mayor puntuación obtenida en la segunda parte del ejercicio;
b. mayor número de respuestas correctas obtenidas en la segunda parte;
c. mayor puntuación obtenida en la primera parte del ejercicio;
d. mayor número de respuestas correctas obtenidas en la primera parte;
e. menor número de contestaciones erróneas realizadas en la segunda parte;
f. menor número de contestaciones erróneas realizadas en la primera parte.
Si aun así siguiera existiendo empate, se dirimirá atendiendo a la letra que para el año 2023 establece el orden de actuación de los aspirantes y que es la letra «W», según lo establecido en la Resolución de 27 de julio de 2023 («Boletín Oficial del Estado» del día 29 de julio), de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
Sección II. Promoción interna
El proceso selectivo constará de dos fases:
Fase de oposición.
Fase de concurso.
1. Fase de oposición
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de esta que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Grupo profesional M3.
La fase de oposición constará de dos ejercicios eliminatorios. En el caso de que ambos ejercicios se realicen en el mismo día, de acuerdo con lo establecido en la base 5.10 de la presente convocatoria, será necesario superar el primer ejercicio para que se proceda a la valoración del segundo ejercicio.
Primer ejercicio: consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 50 preguntas con 4 respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, que tratarán sobre contenidos incluidos en el temario correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante. Se incluirán 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 50 anteriores.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 50 minutos.
Se calificará con un máximo de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 para superarlo.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en este ejercicio para que pueda evaluarse el siguiente.
Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de una prueba práctica planteada por el tribunal, relacionada con los temas de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante, que se realizará o bien por escrito o bien en sesión pública ante el tribunal en el caso de que las características de la especialidad así lo requirieran.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 2 horas.
En el supuesto de que el caso práctico consistiera en la realización de un ejercicio escrito, deberá ser leído posteriormente en sesión pública ante el órgano de selección quien podrá dialogar con la persona aspirante sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de 15 minutos.
En esta prueba se valorarán las capacidades de quienes concurran para desempeñar las funciones del puesto objeto de provisión.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal fije para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlo. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios, siendo necesario un mínimo de 30 puntos para superarla.
Grupo profesional M2.
La fase de oposición constará de dos ejercicios eliminatorios. En el caso de que ambos ejercicios se realicen en el mismo día, de acuerdo con lo establecido en la base 5.10 de la presente convocatoria, será necesario superar el primer ejercicio para que se proceda a la valoración del segundo ejercicio.
Primer ejercicio: consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 45 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, que tratarán sobre contenidos incluidos en el temario correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante. Se incluirán 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 45 anteriores.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de cuarenta y cinco minutos.
Se calificará con un máximo de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 para superarlo.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en este ejercicio para que pueda evaluarse el siguiente.
Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de una prueba práctica planteada por el tribunal, relacionada con los temas de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante, que se realizará o bien por escrito o bien en sesión pública ante el tribunal en el caso de que las características de la especialidad así lo requirieran.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 2 horas.
En esta prueba se valorarán las capacidades de quienes concurran para desempeñar las funciones del puesto objeto de provisión.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal fije para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlo. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios, siendo necesario un mínimo de 30 puntos para superarla.
Grupo profesional M1.
La fase de oposición se conformará por un ejercicio único, que constará de las dos partes que a continuación se indican, ambas obligatorias y eliminatorias, y que se realizarán conjuntamente. Será necesario superar la primera parte del ejercicio para que se proceda a la valoración de la segunda parte.
Primera parte: consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 40 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Todas las preguntas versarán sobre los contenidos incluidos en el temario de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante. Se incluirán 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 40 preguntas correspondientes.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 40 minutos.
Se calificará con un máximo de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 para superar el ejercicio.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para que pueda evaluarse la segunda parte.
Segunda parte: consistirá en la resolución por escrito de 2 supuestos de carácter práctico relacionados con los temas de la parte específica correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido por la persona aspirante. Cada supuesto se desglosará en 10 preguntas y 2 adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 10 preguntas anteriores correspondientes. Cada una de las preguntas contará con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una respuesta correcta.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 70 minutos.
En esta prueba se valorarán las capacidades de quienes concurran para desempeñar las funciones del puesto objeto de provisión.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en esta parte para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal fije para superar cada parte del ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos partes, siendo necesario un mínimo de 30 puntos para superarla.
Grupo profesional E2.
La fase de oposición constará de un ejercicio que consistirá en la realización por escrito de un cuestionario de 60 preguntas que versarán sobre contenidos incluidos en el temario correspondiente a la especialidad y, en su caso, programa elegido, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Se incluirán 4 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 60 anteriores.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de 60 minutos.
Se calificará con un máximo de 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 para superar el ejercicio.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio.
En cada ejercicio, la calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal fije para superar el ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en este ejercicio, siendo necesario un mínimo de 30 puntos para superarla.
2. Fase de concurso
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 40 puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
1. Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 30 puntos.
Se valorará la experiencia profesional en el ámbito del IV Convenio Colectivo, según los siguientes criterios:
a) Por servicios prestados en puestos encuadrados en la misma especialidad que la del puesto por el que se opta: 0,36 puntos por mes completo a jornada completa trabajado. En este caso, también se tendrán en cuenta los servicios prestados como personal laboral temporal en puestos encuadrados en la misma especialidad que la del puesto por el que se opta.
b) Por servicios prestados en puestos encuadrados en especialidades de la misma familia profesional que la del puesto por el que se opta: 0,26 puntos por mes completo a jornada completa trabajado. Lo servicios valorados en el apartado anterior no podrán valorarse de nuevo en este apartado.
c) Por servicios prestados en puestos encuadrados en especialidades distintas de las previstas en los apartados anteriores: 0,18 puntos por mes completo a jornada completa trabajado.
2. Méritos Académicos: La puntuación máxima será de 10 puntos.
Se valorarán:
a) Cursos de formación y perfeccionamiento: Puntuación máxima 4,5 puntos.
Se valorarán los cursos de formación impartidos a razón del número de horas conforme al baremo que figura posteriormente y los cursos de formación recibidos en que se acredite debidamente un mínimo de 20 horas, siempre y cuando el contenido de ambos tenga relación directa con el puesto de trabajo por el que se opta, que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, Instituciones Públicas o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación Para el Empleo de las Administraciones Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados o impartidos directamente por las Administraciones Públicas o por otros centros a los que se les haya encargado su impartición, a razón de:
– Cursos recibidos: 0,01 puntos por hora.
– Cursos impartidos: 0,05 puntos por hora.
Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figure en créditos, se realizará la equivalencia de un crédito igual a 10 horas. No se valorarán las jornadas o ponencias que no constituyan cursos de formación.
b) Para los grupos profesionales M3 y M2, en aquellas especialidades en que así se determine en la convocatoria correspondiente atendiendo a la existencia de normativa específica o por demandarlo la naturaleza de las plazas, previa información en la Comisión Paritaria, se valorarán las publicaciones con una puntuación máxima de 5,5 puntos.
Se valorarán las publicaciones directamente relacionadas con el puesto por el que se opta, que hayan sido publicadas en revistas especializadas en materias relacionadas con la especialidad del puesto al que se opta, a razón de 0,5 puntos por publicación.
En ningún caso, la puntuación máxima obtenida como consecuencia de la valoración de las publicaciones aquí referenciadas y de las titulaciones especificadas en el apartado siguiente, podrá ser superior a los 5,5 puntos.
c) Titulaciones o cualificaciones profesionales:
Estar en posesión de titulaciones o de cualificaciones profesionales distintas de la aportada como requisito para el acceso a la especialidad de que se trate y pertenecientes a la misma familia profesional o a la misma área de conocimiento en el caso de las titulaciones universitarias.
En aquellas especialidades en las que se permita el acceso mediante titulaciones genéricas, en caso de contar con la titulación específica exigida, ésta se valorará incluso en el caso de ser la titulación aportada como requisito para el acceso a la especialidad de que se trate.
Puntuación máxima: 5,5 puntos.
Todo ello, de acuerdo con el siguiente baremo de puntuación:
– Cualificación profesional completa de formación profesional básica: 0,5 puntos.
– Cualificación profesional completa de formación profesional de grado medio: 1 punto.
– Cualificación profesional completa de formación profesional de grado superior: 1,5 puntos.
– Título de formación profesional básico: 2,5 puntos.
– Título de formación profesional de grado medio: 3,5 puntos.
– Título de formación profesional de grado superior: 4,5 puntos.
– Título de grado universitario: 5 puntos.
– Título de máster: 5,5 puntos.
La forma de acreditación tanto de los méritos profesionales como de los académicos será a través del certificado emitido por la unidad de personal del Departamento u Organismo en el que la persona aspirante esté prestando servicios o haya tenido su último destino, según el modelo que figura como anexo II de la convocatoria. No se admitirá otra forma de acreditación distinta del modelo señalado, salvo que, debido a las características propias de la especialidad, el órgano que gestiona el proceso selectivo lo indique expresamente.
En el certificado de méritos la persona responsable de su emisión deberá incluir todos los cursos que consten en el Registro Central de Personal, en la base de datos del Ministerio u Organismo o aquellos que en ese momento aporte la persona que solicita el certificado, siempre que cumplan los requisitos para su valoración en la fase de concurso.
Asimismo, se deberá hacer constar en el certificado de méritos las titulaciones o publicaciones que acredite documentalmente la persona que solicita el certificado o que consten en el Registro Central de Personal, de ser el caso.
3. Calificación final
La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. La mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2. La mayor puntuación alcanzada en la fase de concurso.
3. La mayor puntuación alcanzada en el mérito servicios prestados en puestos encuadrados en la misma especialidad que la del puesto por el que se opta.
Si aun así persistiera el empate, se desempatará atendiendo al mayor tiempo, computado en días, de servicios efectivos prestados:
– En puestos encuadrados en la misma especialidad que la del puesto por el que se opta.
– En puestos encuadrados en especialidades de la misma familia profesional que los puestos por los que se opta.
– En puestos encuadrados en otras especialidades.
Si aun así siguiera existiendo empate, se dirimirá atendiendo a la letra que para el año 2023 establece el orden de actuación de los aspirantes y que es la letra «W», según lo establecido en la Resolución de 27 de julio de 2023 («Boletín Oficial del Estado» del día 29 de julio), de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado
Grupo profesional M3
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos.
Tema 2. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.
Tema 3. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.
Tema 4. El Gobierno. Composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado.
Tema 5. La Administración Pública: principios constitucionales. La Administración General del Estado y su organización periférica. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas.
Tema 6. La Unión Europea: Antecedentes. Objetivos y naturaleza jurídica. Los Tratados originarios y modificativos. La Constitución Europea.
Tema 7. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho originario. Derecho derivado: Reglamentos, directivas y decisiones. Otras fuentes. Las relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.
Tema 8. El Derecho Administrativo. Concepto y fuentes.
Tema 9. El acto administrativo. El procedimiento Administrativo (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Tema 10. El contrato administrativo. Concepto, tipos, principios, características y elementos. Adjudicación. Ejecución. (Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014).
Tema 11. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. Derechos y deberes del personal al servicio de la administración Pública.
Tema 12. Los procesos selectivos en la Administración Pública. Principios Constitucionales. Selección de Personal en la Administración General del Estado. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 13. El IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado. Sistema de clasificación. Órganos de seguimiento y aplicación del convenio: Comisión Negociadora y Comisión Paritaria. Grupos de trabajo y Subcomisiones de la Comisión Paritaria. Organización del trabajo. Provisión de puestos y movilidad. Derechos y obligaciones. Régimen disciplinario.
Tema 14. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido. Sindicación del personal Laboral. Comités de Empresa y Delegados de Personal.
Tema 15. El derecho de huelga y su ejercicio. La huelga en los servicios esenciales de la comunidad. Los conflictos colectivos y su solución: Especial referencia a las Administraciones Públicas.
Tema 16. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario: elaboración, ejecución y control.
Tema 17. Normas sobre seguridad y prevención de riesgos laborales.
Tema 18. Políticas Sociales Públicas: Política de igualdad de género. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Política contra la Violencia de Género. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Discapacidad y dependencia: Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención de las personas en situación de dependencia. Plan de Igualdad de género en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.
Tema 19. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Funciones. El Portal de Transparencia. Las Unidades de Información y Transparencia (UITS).
Tema 20. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Principios informadores de la actividad en el servicio público: transparencia, colaboración, participación y rendición de cuentas.
Grupo profesional M2
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos.
Tema 2. El Gobierno. Composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado.
Tema 3. La Administración Pública: principios constitucionales. La Administración General del Estado y su organización periférica. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas.
Tema 4. El Derecho Administrativo. Concepto y fuentes.
Tema 5. El acto administrativo. El procedimiento administrativo (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Tema 6. El contrato administrativo. Concepto, tipos, principios, características y elementos. Adjudicación. Ejecución. (Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014).
Tema 7. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública.
Tema 8. Los procesos selectivos en la Administración Pública. Principios Constitucionales. Selección de personal en la Administración General del Estado. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 9. El IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado. Sistema de clasificación. Órganos de seguimiento y aplicación del convenio: Comisión Negociadora y Comisión Paritaria. Grupos de trabajo y Subcomisiones de la Comisión Paritaria. Organización del trabajo. Provisión de puestos y movilidad. Derechos y obligaciones. Régimen disciplinario.
Tema 10. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido. Sindicación del personal Laboral. Comités de Empresa y Delegados de Personal.
Tema 11. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario: elaboración, ejecución y control.
Tema 12. Normas sobre seguridad y prevención de riesgos laborales.
Tema 13. Políticas Sociales Públicas: Política de igualdad de género. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Política contra la Violencia de Género. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Discapacidad y dependencia: Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención de las personas en situación de dependencia. Plan de Igualdad de género en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.
Tema 14. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Funciones. El Portal de Transparencia. Las Unidades de Información y Transparencia (UITS).
Tema 15. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Principios informadores de la actividad en el servicio público: transparencia, colaboración, participación y rendición de cuentas.
Grupo profesional M1
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos.
Tema 2. La Administración Pública: principios constitucionales. La Administración General del Estado y su organización periférica. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas.
Tema 3. El Gobierno y la Administración. La Administración Central del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y demás órganos administrativos.
Tema 4. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El personal funcionario y el personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública.
Tema 5. Los procesos selectivos en la Administración Pública. Principios Constitucionales. Selección de personal en la Administración General del Estado. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 6. El IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado. Sistema de clasificación. Órganos de seguimiento y aplicación del convenio: Comisión Negociadora y Comisión Paritaria. Grupos de trabajo y Subcomisiones de la Comisión Paritaria.
Tema 7. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido. Sindicación del personal Laboral.
Tema 8. Políticas de igualdad de Género. Plan de Igualdad de género en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. Políticas contra la Violencia de género. Discapacidad y Dependencia. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI.
Grupo profesional E2
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos.
Tema 2. El Gobierno y la Administración. La Administración Central del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y demás órganos administrativos.
Tema 3. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El personal funcionario y el personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública.
Tema 4. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido. Sindicación del personal Laboral.
Tema 5. Políticas de igualdad de Género. Plan de Igualdad de género en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. Políticas contra la Violencia de género. Discapacidad y Dependencia. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI.
Grupo profesional E1
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos.
Tema 2. El Gobierno y la Administración. La Administración Central del Estado. Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.
Tema 3. Régimen jurídico del personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes del personal laboral al servicio de la Administración Pública. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido.
Tema 4. Políticas de igualdad de Género. Plan de Igualdad de género en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. Políticas contra la Violencia de género. Discapacidad y Dependencia. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI.
Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
---|---|---|---|
M3 | Medicina. |
Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
---|---|
Licenciatura o Grado en Medicina. |
Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
Temario: parte específica
Tema 1. Alergia. Reacciones alérgicas. Urticarias. Angiodema.
Tema 2. Infección e inmunidad. Inmunodeficiencias.
Tema 3. Insuficiencia respiratoria aguda.
Tema 4. EPOC reagudizado.
Tema 5. Neumonías. Asma bronquial.
Tema 6. Insuficiencia cardiaca. Edema agudo de pulmón.
Tema 7. Cardiopatía Isquémica. Angor.
Tema 8. Infarto Agudo de miocardio.
Tema 9. Hipertensión arterial.
Tema 10. Arritmias hiperactivas. Arritmias hipoactivas.
Tema 11. Accidentes cerebrovasculares agudos.
Tema 12. Epilepsia.
Tema 13. Comas. Diagnostico. Diferencias. Tratamiento.
Tema 14. Traumatismo craneoencefálico.
Tema 15. Diabetes.
Tema 16. Coma hiperosmolar.
Tema 17. Catoacidosis diabética.
Tema 18. Hipoglucemia.
Tema 19. Alteraciones del metabolismo ácido base.
Tema 20. Alteraciones del metabolismo hidroelectrolítico.
Tema 21. Shock.
Tema 22. Isquemia arterial aguda.
Tema 23. Enfermedad tromboembólica venosa.
Tema 24. Tromboembolismo pulmonar.
Tema 25. Cólico hepático.
Tema 26. Colelitíasis. Colecistítis.
Tema 27. Cirrosis hepática. Encefalopatía hepática. Descompensación hidrópica.
Tema 28. Pancreatitis aguda.
Tema 29. Hemorragia digestiva.
Tema 30. Gastroenteritis aguda.
Tema 31. Abdomen Agudo.
Tema 32. Insuficiencia renal aguda.
Tema 33. Litiasis renoureteral.
Tema 34. Infecciones del tracto urinario. Pielonefritis.
Tema 35. Síndrome anémico.
Tema 36. Trastornos de la coagulación.
Tema 37. Manejo de los corticoides.
Tema 38. Intoxicaciones agudas.
Tema 39. Drogodependencias.
Tema 40. Intoxicación etílica aguda. Alcoholismo.
Tema 41. Trastornos de ansiedad. Depresión.
Tema 42. Traumatismo torácico. Traumatismo abdominal.
Tema 43. Politraumatizado.
Tema 44. Fracturas y luxaciones en general.
Tema 45. Síndromes psiquiátricos agudos.
Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
---|---|---|---|
M3 | Química. |
Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
---|---|
Licenciatura o Máster en Química. | |
Licenciatura o Máster en Ciencias Químicas. |
Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
Temario: parte específica
Tema 1. Estados de agregación de la materia. Fuerzas intermoleculares. Propiedades.
Tema 2. El sistema periódico de los elementos. Clasificación de los elementos. Configuración electrónica.
Tema 3. Elementos químicos, abundancia natural, isótopos, elementos artificiales.
Tema 4. Estructura atómica y molecular. Determinación de fórmulas empíricas y moleculares. Determinación de pesos moleculares a partir de las fórmulas.
Tema 5. Estados de agregación, descripción de la concentración de sustancias, metodologías de medida.
Tema 6. Leyes fundamentales de las reacciones químicas. Estequiometría. Unidades de medida y concentraciones. Unidades del sistema internacional.
Tema 7. Ácidos y bases. Concepto de pH. Métodos de determinación, electrodos selectivos de iones. Cinética química. Velocidad de reacción y equilibrio químico. Métodos básicos de análisis químico.
Tema 8. Reacciones de oxidación reducción. Concepto de oxidación-reducción. Ajuste de reacciones redox.
Tema 9. Disoluciones. Tipos y propiedades de las disoluciones. Formas de expresar la concentración de una disolución. Solubilidad de compuestos iónicos. Concepto de solubilidad.
Tema 10. El proceso analítico. Principios básicos del análisis químico. Análisis cualitativo y cuantitativo.
Tema 11. Limpieza y preparación de material de laboratorio. Requisitos para material de uso del laboratorio.
Tema 12. Seguridad en el laboratorio. Instalaciones, elementos de seguridad, señalización de riesgos, almacenamiento de productos y tratamiento de residuos.
Tema 13. Técnicas para la preparación de muestras en análisis fisicoquímicos de alimentos. Objeto y fundamentos. Representatividad. Homogeneidad. Instrumental y aplicaciones.
Tema 14. Sistemas de extracción: principios generales. Extracción en fase sólida, líquido-líquido, con soxhlet, con microondas, con fluidos supercríticos, destilación. Objeto y aplicaciones.
Tema 15. Instrumentos de pesada en el laboratorio. Tipo, calibración y verificación.
Tema 16. Material volumétrico en el laboratorio. Tipos y calidad del material volumétrico. Calibración y verificación.
Tema 17. Parámetros fundamentales de la estadística descriptiva. Población y muestra. Frecuencias. Medidas de centralización y dispersión. La distribución de resultados de medidas repetidas. Intervalos de confianza. Representación gráfica.
Tema 18. Tratamiento de los datos analíticos. Precisión y exactitud. Tipos de error. Errores determinados e indeterminados. Intervalo de confianza de la media. Expresión de resultados. Propagación de errores.
Tema 19. Estadística aplicada a los resultados analíticos. Tipos de distribuciones. Análisis de resultados. Contraste de hipótesis y toma de decisiones. Análisis de la varianza.
Tema 20. Validación de los métodos de ensayo. Principales parámetros utilizados en la validación y verificación de métodos. Evaluación de la incertidumbre de medida.
Tema 21. Aseguramiento de la validez de los resultados. Gráficos de control. Ensayos de intercomparación: tipos y finalidad.
Tema 22. Análisis volumétrico. Reacciones químicas en análisis volumétrico. Tipos de volumetrías (ácidobase, complexometrías, de precipitación, redox). Detección del punto final. Curvas de valoración. Error de valoración. Patrones primarios.
Tema 23. Equipos de laboratorio de química. Calibración y verificación. Mantenimiento preventivo y correctivo.
Tema 24. Métodos instrumentales de análisis. Tipos de análisis. Límite de detección y límite de cuantificación. Rango dinámico. Interferencias en los análisis.
Tema 25. Correlación y regresión. Recta de regresión. Error de la pendiente y ordenada en el origen de la recta de regresión. Tipos de errores en análisis instrumental.
Tema 26. Métodos de calibración en el análisis instrumental. Patrón interno. Patrón externo. Método de las estándar. Materiales de referencia.
Tema 27. Técnicas espectroscópicas en química analítica. Fundamentos. Identificación y cuantificación. Tema 28. Espectroscopía de absorción molecular ultravioleta y visible. Fundamentos. Componentes básicos de los equipos. Mantenimiento, verificación y calibración.
Tema 29. Espectroscopía de fluorescencia molecular. Fosforescencia. Quimioluminiscencia. Fundamentos. Componentes básicos de los equipos. Mantenimiento, verificación y calibración.
Tema 30. Espectroscopía de Infrarrojo. Fundamentos. Componentes básicos de los equipos. Mantenimiento, verificación y calibración.
Tema 31. Espectrometría de emisión atómica de plasma. Fundamentos. Componentes básicos de los equipos. Mantenimiento, verificación y calibración.
Tema 32. Espectrometría de absorción atómica de llama. Fundamentos. Componentes básicos de los equipos. Mantenimiento, verificación y calibración.
Tema 33. Espectrometría de absorción atómica con atomización electrotérmica. Fundamentos. Componentes básicos de los equipos. Metodología para el análisis cuantitativo. Mantenimiento y verificación.
Tema 34. Espectrometría de masas con plasma acoplado inductivamente. Fundamentos, componentes básicos de los equipos y aplicaciones.
Tema 35. Espectrometría de masas. Fundamentos. Componentes de los equipos. Espectro de masas. Análisis cualitativo y cuantitativo.
Tema 36. Espectrometría de masas en acoplamiento con otras técnicas: cromatografía de gases, cromatografía de líquidos. Fundamentos. Componentes básicos de los equipos. Análisis cualitativo y cuantitativo.
Tema 37. Separaciones cromatográficas y técnicas afines.
Tema 38. Cromatografía de gases. Fundamentos, equipos y aplicaciones. Mantenimiento, verificación y calibración.
Tema 39. Cromatografía líquida de alta resolución. Fundamentos, equipos y aplicaciones. Mantenimiento, verificación y calibración.
Tema 40. Cromatografía en capa fina y papel. Fundamentos, equipos y aplicaciones. Mantenimiento, verificación y calibración.
Tema 41. Cromatografía por permeación de gel. Fundamentos, componentes de los equipos y aplicaciones.
Tema 42. Cromatografía iónica. Fundamentos, equipos y aplicaciones. Mantenimiento, verificación y calibración.
Tema 43. Electroforesis capilar. Técnicas. Aplicaciones.
Tema 44. Acreditación de laboratorios de ensayo. Norma UNE-EN ISO/IEC 17025: Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración.
Tema 45. Requisitos de la Norma UNE-EN ISO/IEC 17025 relativos a la documentación del sistema de gestión, al control de documentos del sistema de gestión y al control de registros.
Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
---|---|---|---|
M3 | Ciencias de la Información. |
Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
---|---|
Licenciatura o Máster de la rama de las Ciencias de la Información. |
Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
Temario: parte específica
Tema 1. Información y derechos humanos. Derecho al honor, a la intimidad, y a la propia imagen. Regulación, principios y límites. Jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Tema 2. Derecho de la información. Implicaciones jurídicas del hecho informativo. Derechos de réplica y rectificación. El derecho a la información: regulación en España y en la Unión Europea. Doctrina constitucional. Regulación legal en materia de transparencia.
Tema 3. La deontología informativa. La verdad y la neutralidad en la información. Conceptos de objetividad. La veracidad informativa y sus quiebras. Códigos deontológicos. El secreto profesional. Cláusula de conciencia.
Tema 4. Teoría de la comunicación y teoría de la información. Elementos, procesos y estructuras. Sociología de la información.
Tema 5. Estructura de la comunicación en España. Marco general y características. Las empresas informativas. Los grupos de comunicación en España. Grupos Multimedia.
Tema 6. El sector de la prensa escrita. Prensa diaria, prensa no diaria y prensa gratuita en el mundo y en España. Características. Difusión. Perspectivas. Evolución y realidad actual. Prensa impresa versus prensa digital. Las publicaciones especializadas.
Tema 7. El sector radiofónico: Marco general y características. Mercado y evolución de la radio en el mundo y en España. Cuotas del mercado radiofónico: audiencia, publicidad, formatos. Estructura y agentes del sector. Nuevos modelos y soportes en radio.
Tema 8. El sector televisivo. Marco general y características. Mercado y evolución de la televisión en el mundo y en España. Cuotas del mercado televisivo: audiencia, publicidad, formatos. Estructura y agentes del sector. Nuevos modelos y soportes televisivos.
Tema 9. Las agencias informativas. Agencias españolas: Características y ámbitos de actuación. Agencias internacionales: Características y ámbitos de actuación. Principales agentes en el sector de las agencias informativas.
Tema 10. El control de la difusión y de las audiencias de la comunicación en España. Entidades, parámetros y estudios para conocer la aceptación de los diferentes medios.
Tema 11. Publicidad. Derecho de la Publicidad. Persuasión publicitaria. Creación del mensaje y elementos creativos. Algunas tendencias en la publicidad.
Tema 12. La industria publicitaria. Estructura publicitaria y sus principales actores. El mercado publicitario español: cuotas, inversión, anunciantes. Investigación de mercados. Planificación de campañas. La contratación publicitaria.
Tema 13. La publicidad institucional. Regulación legal. La Comisión de Publicidad y Comunicación Institucional. Actividad publicitaria de las instituciones y empresas públicas en España. Objetivos y medios utilizados. Aspectos económicos.
Tema 14. La opinión pública. Definición, formación y métodos de evaluación. Características, utilización y marco legal de los sondeos. El fenómeno de la post-verdad y las fake news.
Tema 15. Comunicación institucional y comunicación política. Sistema político, medios de comunicación y acción política.
Tema 16. La Sociedad de la Información (I). Internet como soporte de los medios de comunicación. Del papel a la multiplataforma. Medios digitales.
Tema 17. La Sociedad de la Información (II). El multisoporte como concepto: texto, audio y vídeo como puntos de vista de un mismo hecho.
Tema 18. La Sociedad de la Información (y III). Streaming. Redes Sociales. Comunicación online permanente.
Tema 19. Redacción periodística. Teoría y análisis del mensaje periodístico. Concepto. Análisis de los mensajes.
Tema 20. Géneros de periodismo escrito. Información, crónica, reportaje, entrevista, etc.
Tema 21. El lenguaje audiovisual. El lenguaje audiovisual en televisión: Elementos y características. El lenguaje radiofónico: Elementos y características.
Tema 22. El guion. El guion en radio. El guion en televisión. La escaleta en radio y televisión.
Tema 23. La información en televisión. Características especiales de la información televisiva. Géneros informativos en televisión.
Tema 24. La información en radio. Rasgos diferenciales de la información radiofónica. Géneros informativos en radio.
Tema 25. La documentación informativa. Concepto. El papel de la documentación informativa en la sociedad de la información. Funciones y organización de un centro de documentación. Análisis y lenguajes documentales. Tecnología y nuevos soportes en información y documentación.
Tema 26. Los medios técnicos al servicio de la información (I) Tecnología aplicada a la elaboración y emisión de programas informativos en radio, televisión e internet. Redacciones informatizadas.
Tema 27. Los medios técnicos al servicio de la información (II). La Red. Sistemas y medios de trabajo para la digitalización de la producción informativa.
Tema 28. Los medios técnicos al servicio de la información (III). Satélites. Unidades móviles. Enlaces. Otros medios técnicos.
Tema 29. La programación de espacios informativos en radio (I). Boletines y avances informativos. Informativos diarios.
Tema 30. La programación de espacios informativos en radio (II). Programas de actualidad política y especiales informativos. Las transmisiones. La información deportiva y cultural. Otros formatos de información especializada.
Tema 31. La programación de espacios informativos en televisión (I). Boletines y avances informativos. Informativos diarios.
Tema 32. La programación de espacios informativos en televisión (II). Programas de actualidad política y especiales informativos. Las transmisiones. La información deportiva y cultural. Otros formatos de información especializada.
Tema 33. Información nacional en sus diversos ámbitos: Política, Economía, Deportes, Sociedad, Cultura, Sucesos, etc. Hechos. Acontecimientos. Protagonistas. Escenarios. Instituciones. Representantes y cargos institucionales.
Tema 34. Información internacional en sus diversos ámbitos: Política, Economía, Deportes, Sociedad, Cultura, Sucesos, etc. Hechos. Acontecimientos. Protagonistas. Escenarios. Instituciones. Representantes y cargos institucionales.
Tema 35. Información autonómica en sus diversos ámbitos: Política, Economía, Deportes, Sociedad, Cultura, Sucesos, etc. Hechos. Acontecimientos. Protagonistas. Escenarios. Instituciones. Representantes y cargos institucionales.
Tema 36. Gabinetes de Comunicación. Definición, organigrama y dependencias funcionales. La Dirección de comunicación. Comunicación interna y externa. Herramientas.
Tema 37. Gabinetes de comunicación de las instituciones públicas. Objetivos y funciones. Medios utilizados. Gabinetes y oficinas de comunicación de la Administración General del Estado en España y en el exterior.
Tema 38. Empresas de imagen y asesoría en materia de comunicación. Servicios que prestan. Implantación en España. Imagen e identidad institucional.
Tema 39. Herramientas de la comunicación corporativa (I). Técnicas y métodos. Publicaciones. Agenda de la Comunicación. Páginas web y redes sociales. Referencia a las páginas web y redes sociales de la Administración pública.
Tema 40. Herramientas de comunicación corporativa (II). Programas de relaciones con los medios. Programa de relaciones con la comunidad.
Tema 41. La organización de la redacción. Recursos humanos propios. Recursos humanos ajenos. Organización y secciones.
Tema 42. El seguimiento de la información (I). Concepto y métodos. Recuperación y análisis de la información.
Tema 43. El seguimiento de la información (II). Criterios para el tratamiento de la información en las Instituciones del Estado.
Tema 44. El seguimiento de la información (III). Uso de nuevas tecnologías de la información. Sistemas de alerta.
Tema 45. Comunicación institucional en situaciones de crisis. Planificación de la comunicación de crisis. Mensajes, portavoz y público. Herramientas.
Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
---|---|---|---|
M2 | Ciencias de la Información. |
Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
---|---|
Diplomatura o Grado de la rama de las Ciencias de la Información. |
Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
Temario: parte específica
Tema 1. Información y derechos humanos. Derecho al honor, a la intimidad, y a la propia imagen. Regulación, principios y límites. Jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Tema 2. Derecho de la información. Implicaciones jurídicas del hecho informativo. Derechos de réplica y rectificación. El derecho a la información: regulación en España y en la Unión Europea. Doctrina constitucional. Regulación legal en materia de transparencia.
Tema 3. La deontología informativa. La verdad y la neutralidad en la información. Conceptos de objetividad. La veracidad informativa y sus quiebras. Códigos deontológicos. El secreto profesional. Cláusula de conciencia.
Tema 4. Teoría de la comunicación y teoría de la información. Elementos, procesos y estructuras. Sociología de la información.
Tema 5. Estructura de la comunicación en España. Marco general y características. Las empresas informativas. Los grupos de comunicación en España. Grupos Multimedia.
Tema 6. El sector de la prensa escrita. Prensa diaria, prensa no diaria y prensa gratuita en el mundo y en España. Características. Difusión. Perspectivas. Evolución y realidad actual. Prensa impresa versus prensa digital. Las publicaciones especializadas.
Tema 7. El sector radiofónico: Marco general y características. Mercado y evolución de la radio en el mundo y en España. Cuotas del mercado radiofónico: audiencia, publicidad, formatos. Estructura y agentes del sector. Nuevos modelos y soportes en radio.
Tema 8. El sector televisivo. Marco general y características. Mercado y evolución de la televisión en el mundo y en España. Cuotas del mercado televisivo: audiencia, publicidad, formatos. Estructura y agentes del sector. Nuevos modelos y soportes televisivos.
Tema 9. Las agencias informativas. Agencias españolas: Características y ámbitos de actuación. Agencias internacionales: Características y ámbitos de actuación. Principales agentes en el sector de las agencias informativas.
Tema 10. El control de la difusión y de las audiencias de la comunicación en España. Entidades, parámetros y estudios para conocer la aceptación de los diferentes medios.
Tema 11. Publicidad. Derecho de la Publicidad. Persuasión publicitaria. Creación del mensaje y elementos creativos. Algunas tendencias en la publicidad. La industria publicitaria. Planificación de campañas: la contratación publicitaria.
Tema 12. La publicidad institucional. Regulación legal. La Comisión de Publicidad y Comunicación Institucional. Actividad publicitaria de las instituciones y empresas públicas en España. Objetivos y medios utilizados. Aspectos económicos.
Tema 13. La opinión pública. Definición, formación y métodos de evaluación. Características, utilización y marco legal de los sondeos. El fenómeno de la post-verdad y las fake news.
Tema 14. Comunicación institucional y comunicación política. Sistema político, medios de comunicación y acción política.
Tema 15. La Sociedad de la Información. Internet como soporte de los medios de comunicación. Del papel a la multiplataforma. Medios digitales. El Multisoporte. Streaming y Redes Sociales.
Tema 16. Redacción periodística. Teoría y análisis del mensaje periodístico. Concepto. Análisis de los mensajes. Géneros de periodismo escrito.
Tema 17. El lenguaje audiovisual. El lenguaje audiovisual en televisión: Elementos y características. El lenguaje radiofónico: Elementos y características.
Tema 18. El guion. El guion en radio. El guion en televisión. La escaleta en radio y televisión.
Tema 19. La información en televisión. Características especiales de la información televisiva. Géneros informativos en televisión.
Tema 20. La información en radio. Rasgos diferenciales de la información radiofónica. Géneros informativos en radio.
Tema 21. La documentación informativa. Concepto. El papel de la documentación informativa en la sociedad de la información. Funciones y organización de un centro de documentación. Análisis y lenguajes documentales. Tecnología y nuevos soportes en información y documentación.
Tema 22. Los medios técnicos al servicio de la información (I) Tecnología aplicada a la elaboración y emisión de programas informativos y la digitalización de la producción informativa. Redacciones informatizadas.
Tema 23. La programación de espacios informativos en radio. Boletines y avances informativos. Informativos diarios. Las transmisiones. La información deportiva y cultural en la radio. Otros formatos de información especializada.
Tema 24. La programación de espacios informativos en televisión. Boletines y avances informativos. Informativos diarios. La información deportiva y cultural en la televisión. Otros formatos de información especializada.
Tema 25. Información nacional en sus diversos ámbitos: Política, Economía, Deportes, Sociedad, Cultura, Sucesos, etc. Hechos. Acontecimientos. Protagonistas. Escenarios. Instituciones. Representantes y cargos institucionales.
Tema 26. Información internacional en sus diversos ámbitos: Política, Economía, Deportes, Sociedad, Cultura, Sucesos, etc. Hechos. Acontecimientos. Protagonistas. Escenarios. Instituciones. Representantes y cargos institucionales.
Tema 27. Información autonómica en sus diversos ámbitos: Política, Economía, Deportes, Sociedad, Cultura, Sucesos, etc. Hechos. Acontecimientos. Protagonistas. Escenarios. Instituciones. Representantes y cargos institucionales.
Tema 28. Gabinetes de comunicación de las instituciones públicas. Objetivos y funciones. Medios utilizados. Gabinetes y oficinas de comunicación de la Administración General del Estado en España y en el exterior.
Tema 29. Empresas de imagen y asesoría en materia de comunicación. Servicios que prestan. Implantación en España. Imagen e identidad institucional.
Tema 30. Herramientas de la comunicación corporativa. Técnicas y métodos. Publicaciones. Imagen e identidad institucional. Referencia a las páginas web y redes sociales de la Administración pública.
Tema 31. La organización de la redacción. Recursos humanos propios. Recursos humanos ajenos. Organización y secciones.
Tema 32. El seguimiento de la información. Concepto y métodos. Recuperación y análisis de la información. Criterios para el tratamiento de la información en las Instituciones del Estado.
Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
---|---|---|---|
M2 | Fisioterapia. |
Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
---|---|
Diplomatura o Grado en Fisioterapia. |
Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
Temario: parte específica
Tema 1. Metodología de intervención en fisioterapia asistencial. Aspectos de valoración fisioterapéuticas: entrevista clínica, exploración física. Definición de problemas y planes de actuación.
Tema 2. Intervención fisioterapéutica: objetivos y planificación. Discapacidad: concepto.
Tema 3. Fisioterapia propioceptiva. Reeducación propioceptiva. Facilitación neuromuscular propioceptiva.
Tema 4. Fisioterapia respiratoria. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisoterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento fisioterapéuticos en las patologías frecuentes: Epoc, asma, cirugía cardio respiratoria; otras cirugías.
Tema 5. Fisioterapia en pacientes críticos. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterapéuticos. Técnicas y métodos de tratamiento fisioterapéuticos. Técnicas y métodos de tratamiento fisioterapéutico: pacientes en UCI, infarto de miocardio.
Tema 6. Fisioterapia en traumatología. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento fisioterapéutico en las patologías más frecuentes.
Tema 7. Fisioterapia en las patologías óseas y de partes blandas. Valoración Fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos en las patologías más frecuentes. Técnicas y métodos de tratamiento fisioterapéutico en las patologías más frecuentes.
Tema 8. Fisioterapia en las malformaciones congénitas. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos en las patologías más frecuentes. Técnicas y métodos de tratamiento fisioterápicos en las patologías más frecuentes.
Tema 9. Fisioterapia en las patologías osteoarticulares. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos en las patologías más frecuentes. Técnicas y métodos de tratamiento fisioterapéutico en las patologías más frecuentes.
Tema 10. Fisioterapia en las algias crónicas. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos en las patologías más frecuentes. Técnicas y métodos de tratamiento fisioterapéutico en las patologías más frecuentes.
Tema 11. Fisioterapia en reumatología. Caloración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos en las patologías más frecuentes. Técnicas y métodos de tratamiento fisioterapéutico.
Tema 12. Cinesiología: ejes y planos del cuerpo. Movimientos articulares elementales. Coniometría articular: concepto, registro, técnicas goniométricas y amplitudes articulares de los miembros superiores, miembros inferiores y columna vertebral.
Tema 13. Valoración muscular. Patologías más frecuentes: artropatías inflamatorias, reumatismos degenerativos, periartritis escápulo-humeral.
Tema 14. Cinesiterapia: Concepto y modalidades. Principios generales, indicaciones y contraindicaciones.
Tema 15. Cinesiterapia pasiva y activa. Definición, tipos. Efectos terapéuticos, indicaciones y contraindicaciones.
Tema 16. Cinesiterapia activa-resistida. Definición métodos de musculación dinámicos con carga crecientes indirectas y directas: métodos estáticos, sus características. Indicaciones y contraindicaciones.
Tema 17. Cinesiterapia activa específica: ejercicios de Codman, Buerger, Frankel, Chandler.
Tema 18. Fisioterapia en neurología del sistema nervioso central. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos en las patologías más frecuentes. Técnicas y métodos de tratamiento fisioterapéutico en las patologías más frecuentes del sistema nervioso central: síndromes neurológicos, lesiones de la médula, lesiones cerebrales.
Tema 19. Fisioterapia en neurología del sistema nervioso periférico-central. Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos en las patologías más frecuentes. Técnicas y métodos de tratamiento fisioterapéutico en las patologías más frecuentes del sistema nervioso central: poliomelitis anterior aguda, lesiones del plexo branquial y miembro inferior, parálisis periféricas tronculares.
Tema 20. Fisoterapia en el desarrollo psicomotor del niño normal. Valoración y actividades de promoción y prevención. Valoración fisioterapéutica de la parálisis cerebral (PC), valoración de los trastornos motores y de los trastornos asociados. Educación terapéutica del PC.
Tema 21. Fisioterapia en el anciano: valoración fisioterapéutica, escalas de actividades de la vida diaria (AVD), actividades de prevención y promoción. Atención fisioterapéutica en el anciano discapacitado. Los accidentes en el anciano: caídas y otros riesgos. Plan Gerontológico Nacional: Generalidades.
Tema 22. Fisioterapia en el adulto: riego cardiovascular. Ejercicio físico. Adaptación en función de las patologías de base. Hipertensión (HTA), diabetes, obesidad, Plan fisioterapéutico personalizado. Adherencia terapéutica.
Tema 23. Electroterapia: Concepto, indicaciones y contraindicaciones. Clasificación de las corrientes eléctricas más utilizadas en fisioterapia. Acoplamiento entre el aparato de electroterapia y el paciente: factores a valorar. Normas de seguridad en el manejo de aparatos electroterapia.
Tema 24. Técnicas electroterápicas con corrientes de baja, media y alta frecuencia. Indicaciones terapéuticas y contraindicaciones. Factores a tener en cuenta en la dosificación de las diferentes técnicas electroterápicas.
Tema 25. Técnicas electroterápicas con ultrasonidos, radiaciones infrarrojas y ultravioletas, láser y campos magnéticos. Indicaciones terapéuticas y contraindicaciones. Factores a tener en cuenta en la dosificación de las diferentes técnicas electroterápicas.
Tema 26. Técnicas eléctricas musculares. Fortalecimiento y elongación muscular por medio de corrientes eléctricas. Técnicas de las corrientes alternas más utilizadas para el fortalecimiento y la elongación muscular. Indicaciones terapéuticas y contraindicaciones.
Tema 27. Masoterapia. Concepto, indicaciones y contraindicaciones. Efectos terapéuticos. Técnicas de masoterapia y maniobras fundamentales: rozamiento, fricción presión, amasamiento, vibración y percusión.
Tema 28. Técnicas especiales de masoterapia: masaje transverso, profundo, drenaje linfático manual y masaje del tejido conjuntivo: efectos fisiológicos y terapéuticos, técnicas específicas, indicaciones y contraindicaciones.
Tema 29. Mecanoterapia: concepto, indicaciones y contraindicaciones. Interés actual. Equipos especiales: aparatos de tracción, bicicleta cinética, mesa de mano, espalderas, escaleras, rampas, escaleras de dedos, tabla de Boheler: utilidades y aplicaciones.
Tema 30. Suspensioterapia y poleoterapia: Concepto, indicaciones y contraindicaciones. Principios generales. Utilidades y aplicaciones.
Tema 31. Termoterapia y crioterapia: concepto, indicaciones y contraindicaciones. Forma de propagación del calor. Termo regulación: estímulo térmico y frío. Técnicas de aplicación, efectos fisiológicos y terapéuticos.
Tema 32. Hidroterapia. Concepto, indicaciones y contraindicaciones. Principios generales. Tipos de agua. Temperatura del agua. Efectos fisiológicos terapéuticos. Técnicas hidroterápicas: baños, compresas y envolturas, abluciones, proceso hidrocinético.
Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
---|---|---|---|
M2 | Enfermería. |
Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
---|---|
Diplomatura o Grado en Enfermería. |
Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
Temario: parte específica
Tema 1. El usuario: Derechos y deberes. El Consentimiento informado. Ética de los cuidados enfermeros. Responsabilidad civil.
Tema 2. Metodología de los cuidados enfermeros. El Proceso de enfermería: valoración. Diagnostico enfermero. Planificación de Cuidados, Evaluación.
Tema 3. Salud Pública y Medio Ambiental: Evolución histórica del Concepto de Salud Pública. Concepto de salud y enfermedad.
Tema 4. Salud Laboral. Condiciones físico-ambientales del Trabajo. Accidentes de riesgos biológicos. Enfermedades profesionales. Ergonomía: Posturas viciosas durante el Trabajo.
Tema 5. Epidemiología. Concepto. Indicaciones de morbimortalidad. Vigilancia epidemiológica.
Tema 6. Registros de actividad enfermera. Guías de uso y manejo. Historia clínica.
Tema 7. Garantía y mejora de la calidad en la asistencia enfermera. Sistemas de evaluación.
Tema 8. Nuevo modelo de atención residencial centrado en la persona.
Tema 9. La discapacidad. Concepto. Evaluación de la capacidad psicofísica. Cuidados enfermeros en la patología medular. Cuadriplejía y paraplejía.
Tema 10. Cuidados enfermeros en los estados de estupor y coma. Epilepsia.
Tema 11. Cuidados de enfermería a personas con problemas gastro-intestinales; abdomen agudo, ulcera gastrointestinal.
Tema 12. Cuidados enfermeros en las alteraciones de esfínteres e incontinencias.
Tema 13. Cuidados de las personas mayores. Cambios fisiológicos, psicológicos y sociales. Prevención de accidentes y depresiones.
Tema 14. Diabetes: Definición, tipos de diabetes, planificación de cuidados enfermeros. Administración de insulina. Pautas de aprendizaje y de autocontrol.
Tema 15. Obesidad: definición y tipos de obesidad. Dieta equilibrada y hábitos de nutrición. Peso ideal y fórmula.
Tema 16. Hipertensión: Definición y tipos de hipertensión. Métodos de medición de la presión arterial. Hábitos nutricionales y de vida. Crisis hipertensiva: pautas de actuación.
Tema 17. Proceso pulmonar crónico. Definición y tipos de proceso. Métodos de medición de la capacidad pulmonar. Hábitos alimentarios y de vida en relación a su enfermedad. Oxigenoterapia complementaria. Crisis obstructiva. Actuación de enfermería
Tema 18. Actuación de enfermería ante una situación crítica. Reanimación Cardio-Pulmonar Básica.
Tema 19. Actuación de enfermería ante una situación crítica: Quemados. Politraumatizados. SOC anafiláctico.
Tema 20. Cuidados de enfermería al paciente con problemas en el sistema renal IRC-IRA.
Tema 21. Actuación de enfermería ante una situación crítica: Urgencia Psiquiátrica y toxicomanías.
Tema 22. Papel de la enfermería en el control de las enfermedades infectocontagiosas prevalentes. SIDA. Hepatitis. Tuberculosis.
Tema 23. Úlceras de decúbito. Definición, factores de riesgo, localización, proceso de formación. Valoración, escala de Norton. Medidas de prevención y tratamiento.
Tema 24. Administración de medicamentos. Precauciones previas. Administración de fármacos por vía gastrointestinal. Administración por vía parenteral. Técnicas. Cálculo de dosis y ritmo en la administración intravenosa.
Tema 25. Cuidados de enfermería al paciente con dolor.
Tema 26. Conceptos generales de higiene hospitalaria. Antisépticos/Desinfectantes. Esterilización. Métodos según tipo de material.
Tema 27. El papel de la enfermería en la prevención y control de la Infección Nosomial. Medidas preventivas. Aislamiento en el hospital.
Tema 28. Cuidados enfermeros al paciente con drenaje. Tipos de drenaje. Protocolos de actuación en drenajes vesical y quirúrgico.
Tema 29. Cuidados enfermeros al paciente ostomizado. Tipos de ostomías. Protocolos de actuación.
Tema 30. Cuidados enfermeros al paciente quirúrgico. Prequirúrgico, intraquirúrgico y postquirúrgico. Heridas: Tipos y técnica de cura.
Tema 31. Alimentación. Nutrición y Dietética. Alimentos. Valoración nutricional. Principales dietas en enfermos hospitalizados.
Tema 32. Cuidados enfermeros del paciente con trastornos de Salud Mental: Angustia, Hipocondría, Depresión, Alzheimer.
Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
---|---|---|---|
M1 | Artes Gráficas. | Diseño y Gestion de la Producción Gráfica. |
Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
---|---|
Técnico Superior en Diseño y Gestión de la Producción Gráfica o equivalente (disposición adicional tercera del RD 175/2013, de 8 de marzo, BOE n.º 72, de 25 de marzo de 2013). |
Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
Temario: parte específica
Tema 1. Procesos de preimpresión: Tratamiento de textos. Tratamiento de imágenes. Ensamblado y filmación.
Tema 2. Cámaras y prensas de contacto. Escáneres. Discos magnéticos y cintas. Discos ópticos: CD ROM y discos ópticos borrables.
Tema 3. Equipos de tratamiento: «Hardware»: procesadores, memorias RAM y virtual Plataformas informáticas. Redes informáticas.
Tema 4. «Rips». Filmadoras. Procesadoras. Impresoras.
Tema 5. Sistemas de impresión. Materias primas. Características.
Tema 6. Proceso de impresión: En Offset; En huecograbado; En serigrafía; En flexografía.
Tema 7. Máquinas de impresión. Clases y características. Partes principales. Estructuras.
Tema 8. Proceso general de las operaciones de encuadernación. Principios tecnológicos.
Tema 9. Clases de encuadernaciones: revistas, libros. Encuadernación en piel; en badana; en cartoné.
Tema 10. Máquinas de encuadernación: Clases y características. Tipos de máquinas. Funcionamiento y componentes.
Tema 11. Proceso general de las operaciones de manipulados de papel. Principios tecnológicos.
Tema 12. Clases de manipulados: bolsas, libretas, etiquetas, estuches, cajas, «displays».
Tema 13. Máquinas de manipulado de papel y cartón. Clases, características, funcionamiento.
Tema 14. Materiales de producción en Artes Gráficas: Soportes de impresión; Tintas; Formas impresoras y películas; Materiales complementarios.
Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
---|---|---|---|
E2 | Artes Gráficas. | Preimpresion Digital. |
Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
---|---|
Técnico en Preimpresión Digital o equivalente (disposición adicional tercera del RD 1586/2011, de 4 de noviembre, BOE n.º 301, de 15 de diciembre de 2011). |
Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
Temario: parte específica
Tema 1. Identificación de los procesos gráficos. Archivos digitales de texto. Digitalización de documentos de textos.
Tema 2. Tratamiento de documentos digitales de textos. Creación de archivos de texto. Manejo de los equipos y de las aplicaciones informáticas implicadas en el tratamiento de textos.
Tema 3. Identificación de originales de imagen. Digitalización de originales de imágenes. Tratamiento de la imagen digital.
Tema 4. Realización de fotomontajes. Ajuste de la calidad de la imagen digital. Pruebas intermedias de color.
Tema 5. Características de las formas impresoras de los sistemas de impresión: offset, flexografía y serigrafía. Elaboración del trazado. Configuración del rip controlador del CTP. Obtención de la forma impresora de offset, flexográfica, serigráfica.
Tema 6. Impresión digital: Ejecución de ficheros informáticos. Configuración del procesador de imagen ráster (rip). Materias primas y los consumibles.
Tema 7. Compaginación: Realización de páginas maqueta. Compaginación de productos gráficos editoriales. Realización de compaginaciones de productos gráficos comerciales y publicitarios. Realización de correcciones de compaginación.
Tema 8. Los procesos de impresión y postimpresión. Las emulsiones de las formas impresoras. Los soportes papeleros. Los soportes plásticos y complejos. Las tintas de impresión.
Tema 9. Preparación de archivos de imagen, texto, vídeo y sonido. Realización de animaciones. Realización de páginas para la web. Realización de maquetaciones para libros electrónicos. Realización de la integración de elementos para publicaciones multimedia. Publicación de páginas, ediciones electrónicas y multimedia.
Tema 10. Manipulación, preservación y conservación de fondos documentales, bibliográficos y artísticos, materiales y soportes fotosensibles y productos químicos de procesado. Conceptos básicos de preservación digital (obsolescencia, fijeza, integridad, checksum, validación…) y herramientas y software utilizados en preservación digital.
Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
---|---|---|---|
E2 | Hostelería y Turismo. | Cocina y Gastronomia. |
Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
---|---|
Técnico en Cocina y Gastronomía o equivalente (disposición adicional tercera del RD 1396/2007, de 29 de octubre, BOE n.º 281, de 23 de noviembre). |
Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
Temario: parte específica
Tema 1. Alimentos: Definición. Clasificación y grupos. Nutrientes: Definición y clases. Funciones. Dietas tipo. Dieta mediterránea. Caracterización de dietas para personas con necesidades alimenticias específicas.
Tema 2. Determinación de ofertas gastronómicas: Descripción, caracterización y clases de ofertas. Elementos y variables de las ofertas. Ofertas básicas: menús, cartas, buffet y otros. Descripción y análisis.
Tema 3. Descripción, clasificación de Los equipos de cocina: Descripción, clasificación, ubicación, distribución, uso y mantenimiento. La batería, útiles y herramientas de cocina: Descripción, clasificación, uso, aplicaciones y mantenimiento.
Tema 4. Materias primas: Descripción, variedades, características, clasificaciones y aplicaciones. Cortes básicos y cortes específicos: Descripción, formatos y aplicaciones. Descripción y análisis de las técnicas de regeneración. Descripción y análisis de sistemas y métodos de envasado y conservación de géneros crudos, semielaborados y elaborados.
Tema 5. Confección de elaboraciones básicas de múltiples aplicaciones. Preparación de elaboraciones culinarias elementales. Guarniciones y decoraciones: Descripción, finalidad, tipos, análisis y aplicaciones. Normas de decoración y presentación.
Tema 6. Maquinaria, batería, útiles y herramientas de uso específico en pastelería y repostería: Descripción, clasificación, ubicación, distribución y procedimientos de uso y mantenimiento. Incidencias tipos en la manipulación de los equipos. Eliminación de residuos.
Tema 7. Masas hojaldradas, masas batidas o esponjadas, masas escaldadas y masas azucaradas: Proceso de elaboración y principales elaboraciones. Congelación-descongelación y refrigeración de productos de pastelería.
Tema 8. Cremas con huevo y cremas batidas, rellenos dulces y salados, cubiertas y de preparados a base de frutas, coberturas de chocolate, jarabes y semifríos: Ingredientes, clasificación, formulación, secuencia de operaciones y conservación. Parámetros de control.
Tema 9. Cocinas territoriales: Descripción y características generales. Ejecución de elaboraciones más representativas. Fases, técnicas, procedimientos. Puntos clave en su realización.
Tema 10. Postres en restauración: Descripción, caracterización, clasificaciones y aplicaciones. Ingredientes básicos. Elaboración de los postres.
Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
---|---|---|---|
E2 | Servicios Socioculturales y a la Comunidad. | Atencion a personas en situacion de dependencia. |
Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
---|---|
Técnico en Atención a personas en situación de dependencia o equivalente (disposición adicional tercera del RD 1593/2011, de 4 de noviembre, BOE n.º 301, de 15 de diciembre de 2011). |
Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
Temario: parte específica
Tema 1. El cuidador dentro de la escuela. Su participación en el proceso educativo. Coordinación del cuidador con el maestro. Relaciones con los padres.
Tema 2. La labor del cuidador dentro de los programas de integración escolar. Su papel como elemento favorecedor de la comunicación entre el niño normal y el niño integrado.
Tema 3. Características básicas del niño con deficiencias intelectuales. Problemas que plantea su escolarización. El cuidador en el aula de niños con deficiencias intelectuales.
Tema 4. Características básicas del niño con deficiencias motóricas. Problemas que plantea su escolarización. El cuidador en el aula de niños con deficiencias motrices.
Tema 5. Características básicas del niño sordo. Problemas que plantea su escolarización. El cuidador en el aula de niños con deficiencias auditivas.
Tema 6. El papel del cuidador en las actividades de ocio y tiempo libre: recreos, salidas, excursiones, campamentos.
Tema 7. El cuidador como dinamizador de juegos y actividades. Como estimular el juego.
Tema 8. Técnicas para conseguir los hábitos de alimentación e higiene.
Tema 9. Técnicas de apoyo para la locomoción. El cuidador como medio para la consecución de independencia en la locomoción. Estrategias para favorecer una mayor independencia del niño.
Tema 10. El control de esfínteres.
Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
---|---|---|---|
E1 | Hostelería y Turismo. | Cocina y Restauración. |
Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
---|---|
Título Profesional Básico en Cocina y Restauración. | |
Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. | |
Título de Formación Profesional Básica. | |
Títulos equivalentes. |
Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
Temario: parte específica
Tema 1. Técnicas elementales de preelaboración y procesos básicos de producción culinaria. Maquinaria de cocina. Realización de operaciones previas de manipulación de materias primas. Realización de elaboraciones básicas. Preparación de elaboraciones culinarias sencillas.
Tema 2. Aprovisionamiento y conservación de materias primas e higiene en la manipulación. Limpieza y desinfección de utillaje, equipos e instalaciones. Buenas prácticas higiénicas. Recogida de los residuos. Envasado y conservación de géneros crudos, semielaborados y elaborados.
Tema 3. Técnicas elementales de servicio. Preparación de equipos, útiles y menaje propios del área de restaurante. Asistencia o realización de operaciones sencillas de servicio de alimentos y bebidas.
Tema 4. Procesos básicos de preparación de alimentos y bebidas. Preparación de equipos, útiles y menaje propios del área de bar. Preparación y presentación de elaboraciones sencillas de bebidas. Asistencia o realización en el servicio de alimentos y bebidas en barra.
Tema 5. Preparación y montaje de materiales para colectividades y catering. Recepción de mercancías procedentes de servicios de catering. Aplicación de protocolos de seguridad e higiene alimentaria.
Tema 6. Prevención de riesgos laborales en las tareas que se desarrollan en el puesto de trabajo.
Grupo | Familia | Especialidad | Programa |
---|---|---|---|
E1 | Administración y Gestión. | Servicios Administrativos. |
Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas
De acuerdo con lo establecido en la Base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Titulación requerida | Formación específica (en su caso) |
---|---|
Título de Formación Profesional Básica en Servicios Administrativos. | |
Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. | |
Título de Formación Profesional Básica. | |
Títulos equivalentes. |
Particularidades del proceso selectivo
No existen condiciones particulares para este proceso selectivo. Las pruebas a realizar son las que figuran en el anexo V para cada grupo profesional.
Temario: parte específica
Tema 1. Control de acceso, identificación, información, atención y recepción de personal visitante.
Tema 2. Recepción, distribución y entrega de paquetería y documentación.
Tema 3. Manejo de máquinas reproductoras y otras análogas.
Tema 4. Franqueo, depósito, entrega, recogida y distribución de correspondencia.
Tema 5. Realización de recados oficiales fuera y dentro del centro de trabajo.
Tema 6. Información de anomalías o incidentes en el centro de trabajo.
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