La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 21 de mayo de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las medidas tomadas por el Grupo RENFE en relación con las restricciones de movilidad de viajeros implantadas durante el ejercicio 2020, acuerda:
1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas en este informe de fiscalización de las medidas tomadas por el Grupo Renfe en relación con las restricciones de movilidad de viajeros implantadas durante el ejercicio.
2. Aprobar el informe de fiscalización de las medidas tomadas por el Grupo Renfe en relación con las restricciones de movilidad de viajeros implantadas durante el ejercicio 2020 tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas en le Declaración emitida sobre la misma, que limitan y afectan a su representatividad.
3. Instar a la Administración General del Estado a que, junto a la Generalitat de Cataluña, formalicen un contrato o acuerdo de financiación que regule la prestación de los servicios de cercanías en Cataluña, que especifique al menos, los servicios a prestar, las compensaciones máximas a recibir, quien debe abonarlas, las obligaciones de las partes, los compromisos de calidad y puntualidad, los posibles incentivos y penalizaciones, y la forma en la que se realizará el seguimiento y liquidación del contrato.
4. Instar a Renfe Operadora a:
– Continuar trabajando en la formalización de un contrato de servicio público entre Renfe Viajeros y la Generalitat de Cataluña que especifique los servicios a prestar, las compensaciones máximas a recibir por Renfe Viajeros, las obligaciones de las partes, los compromisos de calidad y puntualidad, los posibles incentivos y penalizaciones, y cualquier otro aspecto contemplado en el Reglamento (CE) n.º 1370/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 1191/69 y (CEE) n.º 1107/70 del Consejo. Además, es imperativo que se ejecute la sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y que se abone la deuda imputable al Plan de Acción de Rodalles.
– Realizar, a través del Consejo de Administración de Renfe Operadora, un seguimiento frecuente de las iniciativas e indicadores del Plan estratégico 2019-2023 que le permita adoptar, sin dilación, las medidas correctoras necesarias que subsanen las salvedades para la consecución de les objetivos fijados. Las actas del órgano colegiado deben expresar la información aportada a los miembros, los debates realizados y los acuerdos tomados.
– Tomar medidas para reducir el absentismo laboral entre sus empleados. Además, se recomienda intensificar las medidas orientadas a reducir la edad media de sus empleados y a mejorar la productividad, eficiencia y satisfacción de sus empleados, tal como se recoge en su Plan estratégico 2019-2023.
– Implantar nuevas medidas que afecten a la gestión comercial, en especial cuando esta se realiza de forma descentralizada, Renfe Viajeros S.M.E., SA, debería aprobar procedimientos escritos en los que se indiquen todas las actuaciones a desarrollar por los distintos órganos intervinientes junto con los plazos y la forma de realizarlas.
– Ajustar, mediante la adecuada gestión, los saldos de tesorería mantenidos diariamente a la menor cantidad posible utilizando para ello las cuentas de crédito que contrata regularmente todos los años, de manera que se consigan ahorros en los costes financieros que soporta, lo que resulta especialmente aconsejable en un contexto de tipos de interés al alza.
– Revisar su plan estratégico con el fin de dotar a su gestión de criterios de eficiencia y eficacia enfocados a la consecución de beneficios, para evitar sus recurrentes pérdidas, que son asumidas por todos los españoles.
– Que, cuando se acuerde implantar nuevas medidas que afecten a la gestión comercial, en especial cuando esta se realiza de forma descentralizada, Renfe Viajeros S.M.E., SA, apruebe procedimientos escritos en los que se indiquen todas las actuaciones a desarrollar por los distintos órganos intervinientes junto con los plazos y la forma de realizarlas.
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de mayo de 2024.–El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.
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