De conformidad con lo acordado por la Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo, Sección Cuarta, se emplaza a todos los interesados en el mantenimiento del Real Decreto 517/2024, de 4 de junio, por el que se desarrolla el régimen jurídico para la utilización civil de sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS), y se modifican diversas normas reglamentarias en materia de control a la importación de determinados productos respecto a las normas aplicables en materia de seguridad de los productos; demostraciones aéreas civiles; lucha contra incendios y búsqueda y salvamento y requisitos en materia de aeronavegabilidad y licencias para otras actividades aeronáuticas; matriculación de aeronaves civiles; compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos; Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea; y notificación de sucesos de la aviación civil, para personarse en el recurso contencioso-administrativo número 001/0000574/2024, y con NIG 28079 13 3 2024 0004099, interpuesto por la Asociación Nacional de Pilotos de Drones («ANPD») frente a la citada disposición, en el plazo de nueve días, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», según lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 17 de septiembre de 2024.–El Director General de Aviación Civil, David Benito Astudillo.
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