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Documento BOE-A-2024-20952

Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se corrigen errores en la de 25 de mayo de 2024, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 14 de octubre de 2024, páginas 131025 a 131028 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Referencia:
BOE-A-2024-20952

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Resolución de 25 de mayo de 2024 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de junio) de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

Dentro de las bases específicas, en el punto 2.1 Sistema, donde dice:

«El proceso selectivo para las personas aspirantes que se presenten por el sistema general de acceso libre constará de fase de oposición, con las valoraciones, ejercicio y puntuaciones que se especifican en el anexo I.»

Debe decir:

«El proceso selectivo para las personas aspirantes que se presenten por el sistema general de acceso libre se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicio y puntuaciones que se especifican en el anexo I.»

Dentro de las bases específicas, en el punto 2.3 Desarrollo, donde dice:

«La duración máxima de la fase de oposición del proceso selectivo, salvo causa justificada, no podrá ser superior a nueve meses.

El ejercicio que forma parte del proceso de oposición se celebrará en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado” conforme al artículo 3.3 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por la que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023.

El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo con otros procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la realización de ejercicios o cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.

El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquél cuyo primer apellido comience por la letra “W” o por la letra “X” en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “W”, y así sucesivamente, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 27 de julio de 2023 (BOE del 29 de julio), por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.»

Debe decir:

«La duración máxima de la fase de oposición del proceso selectivo, salvo causa justificada, no podrá ser superior a nueve meses.

El ejercicio que forma parte del proceso de oposición se celebrará en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado” conforme al artículo 3.3 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por la que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023.

El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo con otros procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la realización de ejercicios o cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.»

En el anexo I, 1. Acceso libre, donde dice:

«a) Primera parte:

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de setenta preguntas basadas en las materias del programa detallado en el anexo II.A. y B. El cuestionario estará compuesto por preguntas con cuatro respuestas alternativas siendo sólo una de ellas la correcta. Podrán incluirse tres preguntas adicionales de reserva de cada supuesto que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las setenta anteriores.

El ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para acceder a la corrección de la segunda parte.

b) Segunda parte:

Consistirá en la resolución de un supuesto de carácter práctico.

El supuesto vendrá desglosado en quince preguntas con cuatro alternativas de respuesta, relacionadas con las materias del programa detallado en el anexo II.B. Podrán incluirse tres preguntas adicionales de reserva de cada supuesto que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las quince anteriores.

Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para superar el ejercicio.»

Debe decir:

«a) Primera parte:

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de setenta preguntas basadas en las materias del programa detallado en el anexo II.A. y B. El cuestionario estará compuesto por preguntas con cuatro respuestas alternativas siendo sólo una de ellas la correcta. Podrán incluirse tres preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las setenta anteriores.

El ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para acceder a la corrección de la segunda parte.

b) Segunda parte:

Consistirá en la resolución de un supuesto de carácter práctico.

El supuesto vendrá desglosado en quince preguntas con cuatro alternativas de respuesta, relacionadas con las materias del programa detallado en el anexo II.B. Podrán incluirse tres preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las quince anteriores.

Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para superar el ejercicio.»

En el anexo I, 2. Promoción interna, 2.1. Fase de Oposición, donde dice:

«1.1 Primera parte:

Consistirá en un cuestionario de 50 preguntas del programa detallado en el anexo II.B. El cuestionario estará compuesto por preguntas con cuatro respuestas alternativas siendo sólo una de ellas la correcta. Podrán incluirse tres preguntas adicionales de reserva de cada supuesto que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las cincuenta anteriores.

Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para acceder a la segunda parte.

1.2 Segunda parte:

Consistirá en la resolución de un supuesto de carácter práctico.

El supuesto vendrá desglosado en 12 preguntas con cuatro respuestas alternativas relacionadas con los contenidos a que hace referencia el anexo II.B de esta convocatoria. Podrán ponerse 3 preguntas adicionales de reserva de cada supuesto que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 12 anteriores.

Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para superar el ejercicio.»

Debe decir:

«1.1 Primera parte:

Consistirá en un cuestionario de 50 preguntas del programa detallado en el anexo II.B. El cuestionario estará compuesto por preguntas con cuatro respuestas alternativas siendo sólo una de ellas la correcta. Podrán incluirse tres preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las cincuenta anteriores.

Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para acceder a la segunda parte.

1.2 Segunda parte:

Consistirá en la resolución de un supuesto de carácter práctico.

El supuesto vendrá desglosado en 12 preguntas con cuatro respuestas alternativas relacionadas con los contenidos a que hace referencia el anexo II.B de esta convocatoria. Podrán ponerse 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 12 anteriores.

Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para superar el ejercicio.»

Se sustituye el anexo III «Tribunal» por el adjunto a esta resolución.

Esta corrección no modifica el plazo de presentación de solicitudes.

Madrid, 3 de octubre de 2024.–La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Cristina Navarro Enterría.

ANEXO III
Tribunal calificador

Titular:

Presidenta: doña Sonia Bucero Bravo, del Cuerpo de Subinspectores Laborales, escala Empleo y Seguridad Social.

Vocales:

Don Juan Carlos Herráez Mancebo, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Don Javier Cuadrado Castaño, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Doña María de los Llanos Colás Gómez, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Doña María Ondina López Sevilla, del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Doña Marta Gil Navalpotro, del Cuerpo de Subinspectores Laborales, escala Empleo y Seguridad Social.

Don Jesús Siguero Velasco, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social.

Doña Cristina Moreno Fernández, del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Don Gerardo Recio Sánchez, del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Don José Manuel Piqueras Fernández, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social especialidad Auditoría y Contabilidad.

Secretario: don Antonio José Moyano Martínez, del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Suplente:

Presidente: don Alfredo Sanz Ocón, de la Escala de Gestión de Empleo del Instituto Nacional de Empleo.

Vocales:

Doña Elena Martín Sánchez, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social.

Doña Ana Cristina Jiménez Peris, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Don Alberto Sanz Cerrato, del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Don Andrés del Pozo Martín, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social especialidad Auditoría y Contabilidad.

Doña Pilar Román Barreiro, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Don Álvaro Cruzado Barcos, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social.

Doña Nuria López Borsot, del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Don Alfonso Rosado Casero, del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social.

Doña Gloria Molina Giménez, del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social.

Secretaria: doña Guadalupe Salmerón Arribas, del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/10/2024
  • Fecha de publicación: 14/10/2024
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 25 de mayo de 2024 (Ref. BOE-A-2024-11403).

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