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Documento BOE-A-2024-20959

Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Universidad de las Illes Balears, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 14 de octubre de 2024, páginas 131155 a 131166 (12 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2024-20959

TEXTO ORIGINAL

De conformidad, con el apartado 2 del artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU), el artículo 29 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, el Decreto 64/2010, de 14 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de las Illes Balears y el Acuerdo Normativo 15356/2024, de 21 de febrero, por el que se regula el régimen de concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios y de contratación en la modalidad de profesor permanente laboral.

Este Rectorado, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 50 de la LOSU, y el artículo 38.h) de los Estatutos de la Universidad de las Illes Balears, conforme a las previsiones del mencionado artículo 71.2 para la convocatoria de plazas del cuerpo de Catedráticos de Universidad, ha resuelto convocar los correspondientes concursos de acceso a las plazas de funcionarios docentes universitarios que se detallan en el anexo I de la presente resolución, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de las Illes Balears correspondiente al año 2024 y exentas de aplicación de tasa de reposición en aplicación de la letra b) del apartado Tres.4 del artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogada para el año 2024 de acuerdo con lo establecido en el artículo 134.4 de la Constitución Española, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 A los presentes concursos de acceso les será aplicable la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP); los Estatutos de la Universidad de las Illes Balears, aprobados por el Decreto 64/2010, de 14 de mayo; el Acuerdo Normativo 15356/2024, de 21 de febrero, por el que se regula el régimen de concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios y de contratación en la modalidad de profesor permanente laboral; y las normas de general aplicación y, en lo no previsto, con carácter supletorio, las disposiciones estatales que regulan el régimen general de ingreso en la Administración Pública.

1.2 A los efectos de los respectivos concursos el mes de agosto será inhábil, excepto para la presentación de las correspondientes solicitudes en el procedimiento.

1.3 En aplicación del apartado 1.b) artículo 45 («Publicación») de la LPACAP, las publicaciones de listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos y propuestas de nombramientos, de este procedimiento selectivo de concurrencia competitiva se llevarán a cabo a través de la Sede electrónica de la Universidad de las Illes Balears en su Tablón Electrónico Oficial.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Requisitos generales:

Para ser admitido en las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales de acceso a la Función Pública (artículos 56 –«Requisitos generales»– y 57 –«Acceso al empleo público de nacionales de otros Estados»– del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) y, en particular:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 del Estatuto del Empleado Público.

También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a Profesor de Universidad.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.2 Requisitos específicos:

a) Estar acreditado para el cuerpo docente de Catedráticos de Universidad de acuerdo con lo que prevé el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, o el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por los que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios o estar habilitado conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso.

b) Pertenecer al cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o a la Escala de investigadores científicos de los Organismos Públicos de Investigación.

c) Haber prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos en el puesto de origen, en las condiciones establecidas por el artículo 71.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

d) Los candidatos que no tengan la nacionalidad española o que la lengua castellana no sea oficial en su lugar de procedencia, tendrán que acreditar el conocimiento al menos de una de las dos lenguas oficiales de las Illes Balears. La acreditación tendrá que ser preferentemente con un certificado del Marco Europeo Común de referencia para las lenguas (MECR) o mediante una titulación oficial de idioma.

2.3 Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse dentro del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso, en turno de promoción interna, lo solicitaran al Rector de la Universidad de las Illes Balears, mediante solicitud específica disponible en la sede electrónica de la UIB en el apartado Catálogo de Procedimientos, Gestión de Recursos Humanos, «Convocatoria para cubrir plazas de profesor permanente laboral y de cuerpos docentes universitarios» en el plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.2 Los derechos de participación en las pruebas serán de 37,16 euros, que se ingresaran en la cuenta restringida de recaudación de ingresos de la Universidad de las Illes Balears, código internacional de cuenta (IBAN): ES25 2100 7359 7113 0010 3721, abierta en la entidad bancaria «Caixabank» y se deberá indicar nombre y apellidos, el documento acreditativo de la identidad y el código de la plaza a la que se quiere concursar. Junto con la solicitud se deberá adjuntar el justificante acreditativo original del pago de los derechos.

En ningún caso el abono de los mencionados derechos supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.1.

3.3 La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante.

3.4 Los aspirantes adjuntarán a su solicitud la documentación original en formato electrónico, o escaneada cuando sea original en papel, acreditando los requisitos de participación que se determinan en la convocatoria y que se detallan a continuación:

a) DNI para los aspirantes que posean la nacionalidad española.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar el documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de no estar separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. Los documentos indicados se presentarán traducidos al castellano o al catalán.

b) Documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base 2.2 para participar en el concurso de acceso.

c) Justificante acreditativo del pago de los derechos de participación en las pruebas. En el citado documento se deberá indicar asimismo el código de la plaza a la que se concursa.

d) Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad y quieran participar en los concursos de acceso, turno de promoción interna, deberán indicarlo en la solicitud y también deberán acreditarlo documentalmente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, en las cuales estas adaptaciones sean necesarias. Para que la Comisión pueda resolver de forma objetiva la solicitud planteada, el concursante deberá adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de discapacidad.

3.5 Una vez registrada la solicitud, el aspirante recibirá un correo electrónico con un enlace al sistema de contratación de PDI de la Universidad de las Illes Balears, donde podrá subir la documentación requerida en el punto 7 de estas bases, en la forma y plazo que allí se indica.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará resolución en el plazo de treinta días, declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos al concurso de acceso. Dicha resolución, junto con las listas completas de admitidos y excluidos, así como las causas de exclusión, se publicarán en su Tablón Electrónico Oficial en la Sede electrónica de la Universidad de las Illes Balears.

Contra dicha resolución los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos mediante el formulario electrónico disponible en la Sede electrónica de la UIB en el apartado Catálogo de Procedimientos, Gestión de Recursos Humanos, «Solicitud de subsanación y/o reclamación a las listas provisionales de admitidos y excluidos». Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando el derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

4.2 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se publicará en la forma anteriormente establecida, en el plazo de treinta días.

4.3 Contra esta última resolución se podrá interponer, en su caso, recurso de reposición en los términos previstos en los artículos 123 («Objeto y naturaleza») y 124 («Plazos») de la LPACAP.

4.4 En aplicación del apartado 1.b) artículo 45 («Publicación») de la LPACAP, la publicación de las listas surtirá los efectos de la notificación cuando se trate de actos integrantes de un procedimiento selectivo, como es el caso.

5. Comisión de selección

5.1 Las Comisiones estarán formadas por los miembros que figuran en el anexo II de la convocatoria, nombrados de acuerdo con el procedimiento y condiciones establecidas en los artículos 31 («Comisiones de selección») y 32 («Composición de las comisiones») del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, y el artículo 6 («composición de las comisiones de selección») del Acuerdo Normativo 15356/2024, de 21 de febrero, por el que se regula el régimen de concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios y de contratación en la modalidad de profesor permanente laboral.

5.2 El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando concurran causas justificadas que impidan su actuación como miembro de ésta. En este caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá al Rector de la Universidad de las Illes Balears, que deberá resolver en el plazo legalmente establecido.

En los supuestos de abstención o recusación que puedan plantearse se tramitarán y resolverán conforme a lo dispuesto en los artículos 23 («Abstención») y 24 («Recusación») de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Una vez resuelta la solicitud de renuncia o el incidente de abstención o recusación que pudiera haberse planteado, los miembros afectados serán, en su caso, sustituidos por los suplentes.

En el supuesto excepcional de que también en el miembro suplente de que se trate concurriese alguna de las circunstancias citadas anteriormente, su sustitución se podrá hacer por alguno de los demás suplentes. Si tampoco fuera posible esta sustitución, el Rectorado procederá al nombramiento de una nueva comisión de selección siguiendo el procedimiento establecido.

5.3 Corresponderá al presidente considerar si la comisión deberá constituirse y ejercer sus funciones de forma presencial o a través de medios electrónicos. En cualquier caso, la comisión deberá constituirse en el plazo de sesenta días contados desde el siguiente al de la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos. Para ello, el presidente de la comisión dictará resolución convocando a los miembros titulares y, en su caso, a los suplentes para proceder al acto de constitución de la comisión, fijando la fecha, la hora y el lugar de celebración. En dicha citación, que deberá ser notificada por medios electrónicos, se indicará el día, la hora y el lugar en la que tendrá lugar el acto de constitución.

5.4 La constitución de la comisión exigirá la presencia de la totalidad de sus miembros titulares. Los miembros titulares que no concurrieran al citado acto cesarán y serán sustituidos conforme a lo previsto en el artículo 12 del Acuerdo Normativo 15356/2024, de 21 de febrero, por el que se regula el régimen de concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios y de contratación en la modalidad de profesor permanente laboral.

Los miembros de la comisión presentes en el acto de constitución deberán haber firmado una declaración de no incurrir en ninguna de las circunstancias de incompatibilidad recogidas en el artículo 32.4 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos.

5.5 En el acto de constitución, que se realizará en línea, la comisión deberá establecer: a) los criterios específicos para la valoración de los méritos curriculares con relación al perfil de la plaza; b) la fecha en la que la comisión procederá a la valoración de los méritos curriculares; y, si procede, c) la fecha, hora y lugar en el que se realizará la entrevista a los candidatos admitidos y el orden de intervención. En cualquier caso, la fecha en la que la comisión procederá a la valoración de los méritos curriculares deberá respetar los plazos establecidos en el artículo 19.5 del Acuerdo Normativo 15356/2024, de 21 de febrero, por el que se regula el régimen de concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios y de contratación, en la modalidad de profesor permanente laboral y celebrarse, como mínimo, diez días naturales después del acto de la constitución.

Esta resolución de la comisión se publicará en el Tablón Electrónico Oficial de la Sede electrónica de la Universidad de las Illes Balears.

5.6 De conformidad con el apartado 3 del artículo 11 («Normas generales») del Acuerdo Normativo 15356/2024, de 21 de febrero, por el que se regula el régimen de concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios y de contratación en la modalidad de profesor permanente laboral, los currículums vitae de los miembros de las comisiones se harán públicos a través de la plataforma de gestión de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECyT).

5.7 Los miembros de las Comisiones que no sean de la Universidad de las Illes Balears tendrán derecho a percibir los gastos de viaje, dietas y asistencias de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

6. Procedimiento de celebración de los concursos

6.1 Se ha de garantizar en todo momento que la comisión esté integrada por una totalidad de dos miembros para actuar válidamente. Si la comisión queda con menos de dos miembros, no podrá actuar válidamente anulándose las actuaciones que hubieran podido llevar a cabo en esta situación. A continuación, se nombrará una nueva comisión por el procedimiento establecido en el artículo 12.8 del Acuerdo Normativo 15356/2024, de 21 de febrero, por el que se regula el régimen de concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios y de contratación en la modalidad de profesor permanente laboral.

6.2 La comisión tomará sus acuerdos por mayoría simple y no se permite la abstención; en caso de empate, será dirimente el voto de calidad del presidente. Las deliberaciones tendrán carácter secreto.

6.3 Durante el desarrollo de los concursos de acceso, las comisiones resolverán las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la LPACAP.

6.4 Los concursos de acceso se realizarán en las instalaciones de la Universidad de las Illes Balears, sin perjuicio de que se puedan realizar utilizando medios telemáticos.

6.5 Los aspirantes deberán presentar la documentación en el plazo establecido y acudir, si procede, a la celebración de la entrevista. Los aspirantes que no presenten dicha documentación o no comparezcan a la entrevista, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados por la comisión, serán excluidos del concurso. En todo caso corresponderá a la comisión adoptar las medidas adecuadas para la verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del concurso, adoptando al respecto los acuerdos que considere pertinentes.

6.6 La comisión deberá adoptar las medidas necesarias en el caso de concursantes con necesidades especiales de forma que éstos tengan condiciones similares para la realización de las pruebas al resto de concursantes. En este sentido se establecerán para los concursantes con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4 d), las adaptaciones posibles en tiempo y medios para la realización de las pruebas.

7. Documentación a presentar por los concursantes

7.1 Los concursantes deberán entregar la siguiente documentación:

a) Curriculum vitae según modelo utilizado en la solicitud de acreditación a la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación (ANECA). El uso de este modelo de currículum exime a los candidatos de presentar documentación acreditativa de los méritos alegados.

7.2 Forma y plazo de presentación:

a) La documentación se podrá presentar hasta cinco días antes de la fecha fijada por la comisión para la entrevista. Toda la documentación se aportará en formato electrónico a través del enlace indicado en el punto 3.5 de estas bases.

8. Desarrollo del concurso de acceso, turno de promoción interna

8.1 La valoración de méritos que se realizará en sesión secreta y la celebración de la entrevista si procede, en sesión pública, será un mínimo de diez días después de la constitución. La comisión tendrá acceso a la documentación de los candidatos cinco días antes de la entrevista.

8.2 La entrevista, que podrá ser presencial o en línea, constará de una exposición y defensa por parte del aspirante, en un máximo de treinta minutos, de los méritos académicos y la adecuación a la plaza. Seguidamente, la comisión debatirá con el concursante, durante un máximo de sesenta minutos, sobre todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con la documentación aportada, la exposición y la defensa realizadas.

8.3 Finalizada la valoración de méritos o, si procede, la entrevista, cada miembro de la comisión elaborará un informe razonado sobre la valoración de cada uno de los candidatos y en los que se tienen que desglosar cada uno de los aspectos evaluados respecto de los criterios establecidos. Estos informes pueden ser sustituidos por un solo informe de la comisión, cuando haya consenso entre todos los miembros.

A la vista de los informes, los miembros de la comisión votarán, sin que sea posible la abstención en las votaciones, qué candidatos han superado el concurso de méritos.

9. Propuesta de provisión

9.1 La comisión elevará al Rector, en el plazo máximo de tres meses desde el acto de constitución, una propuesta motivada, y con carácter vinculante, en la que se relacionarán todos los candidatos por orden de preferencia para su nombramiento, y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas que hayan sido objeto de la convocatoria, pero sí un número inferior de ellas o, incluso, la no propuesta de candidato alguno.

La propuesta de provisión se publicará en el Tablón Electrónico Oficial de la Sede electrónica de la Universidad de las Illes Balears.

9.2 El secretario de la comisión remitirá al Servicio de Recursos Humanos de la Universidad en el plazo de los cinco días siguientes al de finalización de la entrevista, la propuesta de provisión junto con toda la documentación relativa a las actuaciones de la comisión. Una vez finalizado el concurso y firme la resolución del mismo, se procederá al borrado de la documentación aportada por el candidato, salvo que se interponga recurso, en cuyo caso el depósito y la conservación de los archivos continuará hasta que haya resolución firme.

9.3 Los interesados podrán acceder a los informes y/o valoraciones efectuadas por la comisión y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes copias, mediante instancia genérica dirigida a la Secretaria General de la Universidad.

10. Protección de datos de carácter personal

10.1 En cumplimiento del Reglamento 2016/679 de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), le informamos que el responsable del tratamiento de los mismos es la Universidad de las Illes Balears y que sus datos personales serán tratados con el objeto de gestionar la selección de personal y provisión de puestos de trabajo mediante convocatorias públicas.

10.2 Dicho tratamiento se realiza según las bases jurídicas recogidas en la cláusula del artículo 6.1.c) por ser necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento y en la cláusula del artículo 6.1.e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Los datos personales recogidos en la solicitud de participación de esta convocatoria serán tratados con la finalidad de la gestión del proceso selectivo y las comunicaciones necesarias para ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.

10.3 No están previstas cesiones o transferencias internacionales de los datos tratados.

10.4 Se prevé la comunicación de datos mediante la publicación de listas y resultados conforme a lo establecido en las bases de esta convocatoria.

10.5 Los datos de carácter personal se tratarán y conservarán por la Universidad por el tiempo que sea necesario conforme a la legislación vigente incluyendo, en su caso, la resolución de reclamaciones y recursos.

10.6 Si lo desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad previstos, así como la limitación u oposición a su tratamiento dirigiendo una solicitud a la Universidad de las Illes Balears, ctra. de Valldemossa, km 7,5, 07122 Palma (Illes Balears).

En caso de no haber obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, los aspirantes/candidatos pueden dirigirse a la delegada de protección de datos de la Universidad (dpo@uib.cat) o en reclamación a la Agencia Española de Protección de Datos a través de los formularios que esa entidad tiene habilitados al efecto y que son accesibles desde su página web: https://sedeagpd.gob.es.

11. Reclamaciones

11.1 Contra la propuesta de la comisión evaluadora de los concursos de acceso, los concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector a través del Registro electrónico general de la UIB, en el plazo máximo de diez días a partir del siguiente de la publicación de la propuesta.

Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su resolución definitiva.

La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones en la forma prevista en el artículo 18 («Reclamaciones contra la propuesta de la comisión») del Acuerdo Normativo 8942/2009, de 4 de febrero, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios de la Universidad de las Illes Balears.

12. Presentación de documentos y nombramientos

12.1 Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar en la Oficina de Soporte en Materia de Registro de la Universidad de las Illes Balears, en el plazo de los veinte días siguientes a partir de la finalización de las actuaciones de la comisión o, en su caso, de la resolución firme, los siguientes documentos:

a) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a profesor de Universidad.

b) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el caso que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

c) Declaración jurada de que se compromete a cumplir el plazo de dos años antes de poder concursar a otra plaza de profesor de Universidad.

d) Título de Doctor.

e) Declaración jurada en la que se compromete a seguir las normas de convivencia de la Universidad de las Illes Balears.

Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera en activo, estarán exentos de justificar los documentos y requisitos de los apartados a), b) y c), debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

12.2 Los candidatos que tengan la condición de funcionarios públicos de carrera de los cuerpos docentes universitarios de la Universidad de las Illes Balears únicamente tienen que presentar la declaración jurada del apartado 12.1 c) y el documento del apartado 12.1.e) en el caso de que no conste en su expediente administrativo.

12.3 El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Rector, con posterioridad a que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos en los puntos anteriores. El nombramiento especificará la denominación de la plaza: cuerpo y área de conocimiento, así como su código de plaza. Los nombramientos serán comunicados al correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número de Registro Personal e inscripción en los Cuerpos respectivos, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» y comunicados a la Secretaría General del Consejo de Universidades.

12.4 Los concursantes que, en el plazo establecido, y excepto casos de fuerza mayor, no presenten la documentación, o a los cuales, una vez examinada ésta, se deduzca la falta de algún requisito de los señalados en la base 12.1, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y sus actuaciones quedarán anuladas, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

13. Toma de posesión

En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de funcionario de carrera del cuerpo de Catedráticos de Universidad, con los derechos y deberes que le son propios.

14. Norma final

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución. No obstante, con carácter potestativo, podría interponerse recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de las Illes Balears en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Palma, 2 de octubre de 2024.–El Rector, P. D. (Resolución de 14 de junio de 2021), el Vicerrector de Personal Docente e Investigador, Antonio Bordoy Fernández.

ANEXO I

Número de concurso de acceso: 22/2024.

Código de la plaza: 011054.

Tipo de concurso: Concurso de méritos.

Cuerpo al que pertenece: Catedrático de Universidad.

Área de conocimiento: Ecología.

Departamento al que está adscrita: Biología.

Perfil docente: Ecología.

Perfil investigador: Ecología.

Número de plazas: 1.

Número de concurso de acceso: 23/2024.

Código de la plaza: 012258.

Tipo de concurso: Concurso de méritos.

Cuerpo al que pertenece: Catedrático de Universidad.

Área de conocimiento: Microbiología.

Departamento al que está adscrita: Biología.

Perfil docente: Microbiología.

Perfil investigador: Microbiología.

Número de plazas: 1.

Número de concurso de acceso: 24/2024.

Código de la plaza: 012259.

Tipo de concurso: Concurso de méritos.

Cuerpo al que pertenece: Catedrático de Universidad.

Área de conocimiento: Microbiología.

Departamento al que está adscrita: Biología.

Perfil docente: Microbiología.

Perfil investigador: Microbiología.

Número de plazas: 1

Número de concurso de acceso: 25/2024.

Código de la plaza: 050253.

Tipo de concurso: Concurso de méritos.

Cuerpo al que pertenece: Catedrático de Universidad.

Área de conocimiento: Derecho Administrativo.

Departamento al que está adscrita: Derecho Público.

Perfil docente: Derecho Administrativo.

Perfil investigador: Derecho Administrativo.

Número de plazas: 1.

Número de concurso de acceso: 26/2024.

Código de la plaza: 110245.

Tipo de concurso: Concurso de méritos.

Cuerpo al que pertenece: Catedrático de Universidad.

Área de conocimiento: Geografía Física.

Departamento al que está adscrita: Geografía.

Perfil docente: Área 1: Geografía Física, Área 2: Análisis Geográfica Regional, Área 3: Geografía Humana.

Perfil investigador: Área 1: Geografía Física, Área 2: Análisis Geográfica Regional, Área 3: Geografía Humana.

Número de plazas: 1.

ANEXO II
Composición de las comisiones

Número de concurso: 22/2024.

Código de la plaza: 011054.

Cuerpo al que pertenece: Catedrático de Universidad.

Área de conocimiento: Ecología.

Comisión de selección:

Comisión Miembros Apellidos y nombre Categoría/Cuerpo/Escala Organismo
Titular. Presidenta. Reche Cañabate, Isabel. Catedrática de Universidad. Universidad de Granada.
Titular. Secretaria. Vidal-Abarca Gutiérrez, María del Rosario. Catedrática de Universidad. Universidad de Murcia.
Titular. Vocal. Garcia Berthou, Emili. Catedrático de Universidad. Universidad de Girona.
Suplente 1. Vocal. Marbà Bordalba, Nuria. Profesora Investigadora. CSIC-Instituto Mediterráneo de Estudios Avanzados (IMEDEA).
Suplente 2. Vocal. Muñoz Gracia, M. Isabel. Catedrática de Universidad. Universidad de Barcelona.
Suplente 3. Vocal. Arístegui Ruiz, Javier. Catedrático de Universidad. Universidad de Las Palmas.
Suplente 4. Vocal. Sintes Elvelin, Eva. Profesora Investigadora. CSIC-Instituto Español de Oceanografía (IEO).
Suplente 5. Vocal. Olabarria Uzquiano, Celia. Catedrática de Universidad. Universidad de Vigo.
Suplente 6. Vocal. Brun Murillo, Fernando Guillermo. Catedrático de Universidad. Universidad de Cádiz.

Número de concurso: 23/2024.

Código de la plaza: 012258.

Cuerpo al que pertenece: Catedrático de Universidad.

Área de conocimiento: Microbiología.

Comisión de selección:

Comisión Miembros Apellidos y nombre Categoría/Cuerpo/Escala Organismo
Titular. Presidente. Albertí Serrano, Sebastián. Catedrático de Universidad. Universidad de las Illes Balears.
Titular. Secretaria. Estevez Toranzo, M. Alicia. Catedrática de Universidad. Universidad de Santiago de Compostela.
Titular. Vocal. Martínez García, Manuel. Catedrático de Universidad. Universidad de Alicante.
Suplente 1. Vocal. Juan Clar, Carlos Eduardo. Catedrático de Universidad. Universidad de las Illes Balears.
Suplente 2. Vocal. Martínez Cañamero, M. Magdalena. Catedrática de Universidad. Universidad de Jaén.
Suplente 3. Vocal. Tomás Magaña, Juan. Catedrático de Universidad. Universidad de Barcelona.
Suplente 4. Vocal. Picornell Rigo, Antònia. Catedrática de Universidad. Universidad de las Illes Balears.
Suplente 5. Vocal. Aznar Novella, Rosa Catedrática de Universidad. Universidad de Valencia.
Suplente 6. Vocal. Copa Patiño, José L. Catedrático de Universidad. Universidad de Alcalá de Henares.

Número de concurso: 24/2024.

Código de la plaza: 012259.

Cuerpo al que pertenece: Catedrático de Universidad.

Área de conocimiento: Microbiología.

Comisión de selección:

Comisión Miembros Apellidos y nombre Categoría/Cuerpo/Escala Organismo
Titular. Presidente. Albertí Serrano, Sebastián. Catedrático de Universidad. Universidad de las Illes Balears.
Titular. Secretaria. Estevez Toranzo, M. Alicia. Catedrática de Universidad. Universidad de Santiago de Compostela.
Titular. Vocal. Martínez García, Manuel. Catedrático de Universidad. Universidad de Alicante.
Suplente 1. Vocal. Juan Clar, Carlos Eduardo. Catedrático de Universidad. Universidad de las Illes Balears.
Suplente 2. Vocal. Martínez Cañamero, M. Magdalena. Catedrática de Universidad. Universidad de Jaén.
Suplente 3. Vocal. Tomás Magaña, Juan. Catedrático de Universidad. Universidad de Barcelona.
Suplente 4. Vocal. Picornell Rigo, Antònia. Catedrática de Universidad. Universidad de las Illes Balears.
Suplente 5. Vocal. Aznar Novella, Rosa Catedrática de Universidad. Universidad de Valencia.
Suplente 6. Vocal. Copa Patiño, José L. Catedrático de Universidad. Universidad de Alcalá de Henares.

Número de concurso: 25/2024.

Código de la plaza: 050253.

Cuerpo al que pertenece: Catedrático de Universidad.

Área de conocimiento: Derecho Administrativo.

Comisión de selección:

Comisión Miembros Apellidos y nombre Categoría/Cuerpo/Escala Organismo
Titular. Presidente. Font i Llovet, Tomàs. Catedrático de Universidad. Universidad de Barcelona.
Titular. Secretaria. Blasco Díaz, José Luis. Catedrático de Universidad. Universidad Jaume I.
Titular. Vocal. Noguera de la Muela, Belén. Catedrática de Universidad. Universidad de Barcelona.
Suplente 1. Vocal. Nogueira López, Alba Catedrática de Universidad. Universidad de Santiago de Compostela.
Suplente 2. Vocal. Gamero Casado, Eduardo. Catedrático de Universidad. Universidad Pablo de Olavide
Suplente 3. Vocal. Zambonino Pulito, María. Catedrática de Universidad. Universidad de Cádiz.
Suplente 4. Vocal. Barrero Rodríguez, Concepción. Catedrática de Universidad. Universidad de Sevilla.
Suplente 5. Vocal. Cerrillo Martínez, Agustí. Catedrático de Universidad. Universidad Oberta de Catalunya.
Suplente 6. Vocal. Alonso Ibáñez, María Rosario. Catedrática de Universidad. Universidad de Oviedo.

Número de concurso: 26/2024.

Código de la plaza: 110245.

Cuerpo al que pertenece: Catedrático de Universidad.

Área de conocimiento: Geografía Física.

Comisión de selección

Comisión Miembros Apellidos y nombre Categoría/Cuerpo/Escala Organismo
Titular. Presidente. Lois González, Rubén. Catedrático de Universidad. Universidad de Santiago de Compostela.
Titular. Secretario. García Palomares, Juan Carlos. Catedrático de Universidad. Universidad Complutense de Madrid.
Titular. Vocal. Alonso Logroño, María Pilar. Catedrática de Universidad. Universidad de Lleida.
Suplente 1. Vocal. Brunet Índia, Manuela Catalina. Catedrática de Universidad. Universidad de Rovira i Virgili.
Suplente 2. Vocal. García Álvarez, Jacobo. Catedrático de Universidad. Universidad Carlos III de Madrid.
Suplente 3. Vocal. Hernández Hernández, María. Catedrática de Universidad. Universidad de Alicante.
Suplente 4. Vocal. Camarasa Belmonte, Ana María. Catedrática de Universidad. Universidad de Valencia.
Suplente 5. Vocal. Díaz del Olmo, Fernando. Catedrático de Universidad. Universidad de Sevilla.
Suplente 6. Vocal. Pérez-Chaco Espino, María Emma. Catedrática de Universidad. Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/10/2024
  • Fecha de publicación: 14/10/2024
  • Convocatoria. Promoción interna: Catedrático de Universidad 5 plazas.

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