Por Resolución de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, de fecha 5 de septiembre de 2024 (BOE de 13 de septiembre de 2024) se convoca entre otros, el concurso número 12, de Profesorado Titular de Universidad, Área/Especialidad de Conocimiento «Economía Aplicada», adscrita al Departamento de Métodos Cuantitativos en Economía y Gestión, Perfil docente e investigador de la plaza: «Docencia: Estadística II y Estadística III (Grado en Economía). Investigación: Estadística aplicada en la ciencia actuarial y de los seguros», Código Unesco: 5302.04, 1209.07, 1209.08, 1208.01, Código de RPT: 1452251001.
De acuerdo con lo establecido en la convocatoria, se abre un plazo para presentación de instancias de veinte días naturales, comenzando el día 14 de septiembre de 2024 y finalizando el día 3 de octubre de 2024.
Finalizado el plazo de presentación de instancias y no habiéndose presentado ningún aspirante al mismo, es por lo que este Rectorado ha resuelto dar por concluido el procedimiento y, en consecuencia, declarar desierta la plaza del concurso número 12 de Profesorado Titular de Universidad, Área/Especialidad de Conocimiento «Economía Aplicada», adscrita al Departamento de Métodos Cuantitativos en Economía y Gestión, Perfil docente e investigador de la plaza: «Docencia: Estadística II y Estadística III (Grado en Economía). Investigación: Estadística aplicada en la ciencia actuarial y de los seguros», Código Unesco: 5302.04, 1209.07, 1209.08, 1208.01, Código RPT: 1452251001.
Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de que pueda presentarse cualquier otro que resulte procedente. Asimismo, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Vicerrectora de Profesorado, Ordenación Académica e Innovación Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación, teniendo en cuenta que si se opta por esta vía no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. Todo ello sin prejuicio de cualquier otro recurso que los interesados estimen oportuno interponer.
Las Palmas de Gran Canaria, 14 de octubre de 2024.–El Rector, P. D. (Resolución de 5 de abril de 2021), la Vicerrectora de Profesorado, Ordenación Académica e Innovación Educativa, Cecilia Dorado García.
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