Antecedentes de hecho
La Fundación citada fue constituida por don Pedro Espada Lobato, doña Ana María Perdigones Oliva, doña Ana Espada Perdigones, don Abraham Espada Perdigones y don Francisco José Laz Boada según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Jerez de la Frontera don Luis Troyano de Loma-Ossorio, el 14 de mayo de 2024, con el número 540 de protocolo.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Taxdirt, 19, 11404 de Jerez de la Frontera (Cádiz) y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada tal y como se acredita con la correspondiente certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.
A) El apoyo para la integración social de colectivos sociales marginados; especialmente inmigrantes, mujeres víctimas de violencia de género y niños.
B) La protección, atención y asistencia de cualquier índole a víctimas de trata con fines de explotación sexual o personas en contextos de prostitución.
C) La ayuda social de personas con escasos recursos económicos.
D) La ayuda a la rehabilitación de personas con cualquier problema de adicción y asistencia a sus familiares.
E) La preparación y desarrollo del voluntariado social.
F) El fomento de valores éticos y morales saludables entre la juventud.
G) El apoyo a la familia e infancia.
H) El fomento de la identidad europea, especialmente entre Jos jóvenes.
l) La ayuda a ancianos con problemas de soledad y otras necesidades.
J) La solidaridad internacional.
K) El apoyo a personas refugiadas, solicitantes de asilo y la protección internacional.
L) La Cooperación internacional para el desarrollo.
Don Pedro Espada Lobato, doña Ana María Perdigones Oliva, doña Ana Espada Perdigones, don Abraham Espada Perdigones y don Francisco José Laz Boada.
Cargos:
Presidente: Don Pedro Espada Lobato.
Vicepresidente: Don Abraham Espada Perdigones.
Secretaria: Doña Ana Espada Perdigones.
Vocales: Doña Ana María Perdigones Oliva y don Francisco José Laz Boada.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 23 de septiembre de 2024.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Banim Lucas Patronato y cargos dentro del mismo.
Madrid, 7 de octubre de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.
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