Antecedentes de hecho
La Fundación citada fue constituida por la entidad Alcobendas Rugby (club deportivo básico) según resulta de la escritura otorgada ante la notaria doña María Dolores Peña Peña, el 29 de diciembre de 2023, con el número 4.203 de protocolo, subsanada por otra otorgada ante la misma notaria, el 24 de julio de 2024, con el número 2.490 de protocolo.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Carretera de Alcobendas a Barajas, km 1.4, 28108 de Alcobendas (Madrid) y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada tal y como se acredita con la correspondiente certificación bancaria
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.
(a) La difusión y el fomento del rugby como deporte, impulsando la actividad deportiva y la promoción de sus valores y el juego limpio en la sociedad, en colaboración con, entre otros, clubes deportivos, asociaciones, otras entidades y administraciones.
(b) EI fomento de la práctica deportiva como elemento fundamental del sistema educativo y normativo y como instrumento para la mejora de la calidad de vida de las personas.
(c) La promoción y el desarrollo de jugadores y jugadoras de rugby en sus diferentes categorías para la participación e integración social de todo tipo de personas, colectivos desfavorecidos y personas con discapacidad.
(d) La canalización, por medio del deporte, de actuaciones en materia de sostenibilidad; inclusión, diversidad de género, apoyo a la comunidad e integración de colectivos vulnerables.
Don Íñigo Prados Ramos, don Garret Paul Curran y don Jorge Sanz Gras.
Cargos:
Presidente: Don Íñigo Prados Ramos.
Secretario: Don Garret Paul Curran.
Tesorero: Don Jorge Sanz Gras.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 23 de septiembre de 2024.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Alcobendas Rugby Patronato y cargos dentro del mismo.
Madrid, 7 de octubre de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.
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