Por la presente se comunica que en sesión ordinaria de fecha 4 de diciembre de 2023 la Comisión Ejecutiva de CNAG ha acordado la delegación permanente en el Director de CNAG de las siguientes facultades en materia de contratación:
Resolución de publicación de la licitación (DOUE, BOE y DOGC); Solicitud del informe del artículo 235 LCSP en la Oficina de Supervisión de Proyectos designada, con carácter previo a la aprobación del proyecto; Aprobación del proyecto (previo informe favorable de la Oficina de Supervisión de Proyectos); Replanteo del proyecto previo a la aprobación del expediente de contratación de la obra conforme al artículo 236 LCSP; Autorización, en caso necesario, del inicio de expediente de modificación de proyecto a solicitud de la Dirección Facultativa, aprobación del mismo y de los gastos complementarios precisos, conforme el artículo 242.4 LCSP; Gestión de las licitaciones en la Plataforma de Contratación del Sector Público y en la plataforma y herramientas de Contratación Centralizada; Gestión y firma de contratos basados en Acuerdos Marco o específicos en el marco de un Sistema Dinámico de Adquisición de la Dirección General de; Designación miembros de órganos de asistencia (Mesa de Contratación, Comisión de Selección y Negociación, Comisión Técnica, etc); Concesión de acceso de los interesados a terrenos en caso de contratación de obras, conforme lo indicado en el artículo 241.3.b) LCSP; Resoluciones informativas y aclaratorias; Comunicación de apertura de sobres; Requerimiento a licitador de la documentación previa a la adjudicación; Resolución de la publicación de la formalización en Boletines oficiales; Aprobación definitiva del gasto; Formalización del contrato; Subsanación de errores y corrección de deficiencias; Recepción del acta de comprobación de lo replanteo indicada en el artículo 237 LCSP; Autorización de continuación provisional de obras y, en caso necesario, solicitud de informe de la Oficina de Supervisión de Proyectos, en los supuestos previstos en el artículo 242.5 LCSP; Reajuste de anualidades; Ampliaciones del plazo de ejecución o entrega; Sanciones relativas a incumplimientos del contrato; Modificación del contrato recogidas en el pliego de cláusulas administrativas; Ampliación del plazo de ejecución o entrega; Acuerdo de prórrogas; Acta de recepción o conformidad; Resolución de designación de representante para la recepción de obra y comunicación del acto de recepción a la Intervención; Aprobación certificaciones mensuales; Devolución de garantía; Comunicación al Registro de Contratos del Sector Público y Tribunal Cuentas.
Barcelona, 20 de marzo de 2024.–El Director del Consorcio Centro Nacional de Análisis Genómico, Ivo Glynne Gut.
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