Antecedentes y fundamentos de derecho
En la Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa («Scomber scombrus») de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de A Coruña, se estableció el inicio de la pesquería dirigida de los buques de otras artes diferentes de arrastre y cerco con puerto base en la provincia de A Coruña para la campaña de 2024 a partir de las 00:00 horas (hora peninsular) del día 18 de marzo de 2024, a excepción de lo establecido en el punto cuarto para la modalidad de volanta.
En dicha resolución se fijaba una cuota inicial de caballa para los barcos objeto de esta resolución de 787.352 kg. El 50 % de dicha cantidad se destina para la pesca dirigida de caballa, es decir, 393.676 kg, que podrá ser realizada por los buques que figuren en el listado del anexo de esa resolución y que utilicen líneas de mano y anzuelos. Para estos barcos, se establece un tope de capturas máximo de 10.000 kg por embarcación a la semana.
No obstante, mientras permanezca abierta la pesquería dirigida, se autorizan los mismos topes de captura a las embarcaciones que, no estando incluidas en el listado del anexo de pesca dirigida, son susceptibles de capturar caballa con artes de pesca distintos de arrastre y cerco, sin que estas artes tengan que ser necesariamente las de línea de mano y anzuelo.
Del resto de la cantidad de la cuota provincial, se reservó el 11 % de la misma, 86.609 kg, para ser pescada por los barcos de la modalidad de volanta. Las capturas de los barcos del censo de volanta recogidos en el anexo de la mencionada resolución, y que por tanto forman parte de la pesca dirigida mediante líneas de mano y anzuelos, computarán contra la cantidad fijada para la pesca dirigida.
Por último, se reservó el 39 % de la cuota provincial, 307.067 kg, a pesca accesoria de caballa para los barcos distintos de la modalidad de volanta, siendo esta cantidad gestionada de forma global, estableciéndose un tope de captura de 3.000 kg por embarcación al mes.
Según la comunicación recibida el pasado 15 de marzo por parte de la Federación Provincial de A Coruña, los buques CACHARULO (20589) y SAN PEDRITO (2288) han informado que cuentan actualmente con 6 y 3 tripulantes enrolados, respectivamente y no 4 y 1 como aparece en el anexo de la Resolución de 13 de marzo. Asimismo, mediante comunicación recibida el 1 de abril, la Federación provincial solicitó la inclusión en el listado del anexo de los buques AROAMAR (27516) y NOVO VIANA (100264) en el tramo de tope de captura con 4 y 5 tripulantes enrolados respectivamente, la modificación en el tramo del tope de captura del anexo del buque PLAYA DE TRABA (22378) que pasa del tramo de 4 al de 5 tripulantes enrolados y la baja voluntaria de los buques CHIRLATEIRA (23216) y O JOSÉ RAMÓN (26618) del tramo de tope de captura de 3 tripulantes enrolados.
Por todo ello, procede modificar el anexo correspondiente del listado de barcos de otras artes distintas del arrastre y del cerco que pueden hacer pesca dirigida de caballa para 2024 en la provincia de A Coruña.
En virtud de lo anterior, la Secretaría General de Pesca, a propuesta de la Federación Provincial de Cofradías de Pescadores de A Coruña, para los buques de la modalidad de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de A Coruña, y oído el sector afectado, resuelve lo siguiente:
Se modifica el anexo de la Resolución de 13 de marzo de 2024 a petición de la Federación Provincial de A Coruña tras las comunicaciones recibidas el pasado 15 de marzo y 1 de abril por los siguientes motivos:
– Cambio del tramo de tope de captura de los buques CACHARULO (20589), SAN PEDRITO (2288) y PLAYA DE TRABA (22378) por modificar el número de tripulantes enrolados a 6, 3 y 5, respectivamente.
– Inclusión en el listado del anexo de los buques AROAMAR (27516) y NOVO VIANA (100264) en el tramo de 4 y 5 tripulantes enrolados, respectivamente.
– Baja voluntaria del listado del anexo de los buques CHIRLATEIRA (23216) y O JOSÉ RAMÓN (26618) del tramo de tope de captura de 3 tripulantes enrolados.
Esta resolución se aplicará a partir del día siguiente de su publicación.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 3 de abril de 2024.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.
«ANEXO
Listado de barcos que pueden hacer pesca dirigida y topes de captura en kilos de caballa para la Campaña 2024
Tope común de 2.000 kg por semana (buques con 1,00 tripulante)
Puerto base Nombre del buque CFPO CAMARIÑAS. MAR DE EMMA. 58544 CAMELLE. CARMEN. 53446 CAMELLE. DOS CUÑADOS. 57572 CAMELLE. ESTEBAN. 100530 CAMELLE. MARIMAR. 56510 CAMELLE. PESCADORA. 5661 CAMELLE. PLAYA DE AROU. 57347 CAMELLE. SARA. 57423 CORCUBIÓN. CAMARNOTI. 100409 CORCUBIÓN. PANTALLEIRO DOS. 26888 FINISTERRE. A CHARCA. 58957 FINISTERRE. CALA FIGUEIRA. 58870 FINISTERRE. CARMEN. 57400 FINISTERRE. CONCHA P. 57429 FINISTERRE. LOUP DE MAR. 58968 FINISTERRE. O CARECO. 58448 FINISTERRE. SUÁREZ BUJÁN. 100403 FINISTERRE. YOLI. 13175 MALPICA DE BERGANTIÑOS. BOA XERA. 27603 Tope común de 4.000 kg por semana (buques con 2,00 tripulante)
Puerto base Nombre del buque CFPO A CORUÑA. ESMERALDA DO MAR. 100316 CAMARIÑAS. DELFIN DOCE. 23305 CAMELLE. CELIA G. 58341 CAMELLE. CHAMO. 100021 CAMELLE. CONSUELO. 5675 CAMELLE. ESCACHIÑO. 27232 CAMELLE. MARÍA ELENA. 52074 CAMELLE. MARÍA INÉS. 56801 CAMELLE. PRIXELO. 57348 CAMELLE. SILVIA. 5652 CEDEIRA. O FREDY. 58922 CORCUBIÓN. RONSEL TRES. 58506 FINISTERRE. A TALIEIRA. 100314 FINISTERRE. ANA. 53260 FINISTERRE. BALBINA PRIMERO. 100368 FINISTERRE. COSTA NOVA. 58457 FINISTERRE. GOLPE DE MAR. 57948 FINISTERRE. ISAURA DOUS. 58623 FINISTERRE. NATI. 56392 FINISTERRE. NUEVO MARIÑA. 24750 FINISTERRE. RAYGON. 24058 FINISTERRE. TRES HERMANOS. 57453 FINISTERRE. TRICHA. 57160 LIRA-CARNOTA. BORSIL. 23096 LIRA-CARNOTA. PEPITA CONSUELO. 11312 LIRA-CARNOTA. PORTO ALEGRE. 55217 MUGIA. NAIARA. 58923 SANTA EUGENIA DE RIBEIRA. ARENIS. 22257 SADA. AITANA DO MAR. 24715 Tope común de 6.000 kg por semana (buques con 3,00 tripulante)
Puerto base Nombre del buque CFPO A CORUÑA. ABELAN UNO. 23265 A CORUÑA. SAN PEDRITO. 2288 CAMARIÑAS. HERMANOS TRILLO. 26712 CAMELLE. AMABLE. 53240 CAMELLE. NUEVO JORMAR. 27249 CEDEIRA. NUEVA CEDEIRA. 22117 CEDEIRA. O CANOURA. 58929 CEDEIRA. SIELAN. 27491 CORME. LUMARA DOS. 58171 FINISTERRE. CORAL CINCO. 23884 FINISTERRE. OS PAQUETES. 58115 FINISTERRE. SALSEIRO. 56399 FINISTERRE. SEGUNDA ESTRELLA DEL MAR. 22325 SADA. O TRONADA. 100160 PUENTEDEUME. JATO ROXO. 100213 PUENTEDEUME. JOSE ELVIRA. 58894 PUENTEDEUME. NUEVO TONY. 100406 SANTA EUGENIA DE RIBEIRA. SUAMAR. 24661 Tope común de 8.000 kg por semana (buques con 4,00 tripulante)
Puerto base Nombre del buque CFPO A CORUÑA. JOSÉ GERMÁN. 15496 ARES. ALAY. 100489 ARES. BRISA DO MAR. 26839 CAYÓN. BARRIGOLAS. 24833 CAMARIÑAS. BORRASCA DOS. 25506 CAMELLE. PLAYA DE LAGO. 100424 CEDEIRA. MAÑÓN UN. 21719 CEDEIRA. NUEVO MADRE DOLORES. 27141 CORCUBIÓN. DON CAMARON. 26050 CORCUBIÓN. NOETA PRIMERO. 25098 FINISTERRE. COSTA DO SOL. 24336 FINISTERRE. NUEVA MARÍA TERESA. 15403 FINISTERRE. O BARCO. 100549 FINISTERRE. PAPÍN PRIMERO. 24599 FINISTERRE. PLAYA DE SEIRAS. 26762 FINISTERRE. SIEMPRE AIRIÑOS. 26856 LAGE. VIRGEN PODEROSA 1.º. 23657 MUGIA. SILVA II. 26758 PUERTO DEL SON. AROAMAR. 27516 SADA. PIRINGÜELA. 22574 Tope común de 10.000 kg por semana (buques con 5,00 tripulante)
Puerto base Nombre del buque CFPO CAMARIÑAS. AS DE GUIA. 23637 CAMARIÑAS. BERNALDO. 24120 CAMARIÑAS. DEXO. 23984 CAMARIÑAS. NOVO VIANA. 100264 CAMARIÑAS. PLAYA DE TRABA. 22378 CAMARIÑAS. RENE SEGUNDO. 22907 CAMARIÑAS. VILLANUEVA. 26755 CAMELLE. ZEUS UNO. 23734 CEDEIRA. MANUEL TERESA. 25284 FINISTERRE. LOS JAIMES. 100199 FINISTERRE. SAN MARTIÑO DOUS. 24495 FINISTERRE. SEMPRE AVANTE. 27790 MALPICA DE BERGANTIÑOS. ROSALINA. 15464 MUGIA. MAR DE NEMIÑA. 24659 MUGIA. NUEVO VIRGEN DE GUADALUPANA. 23487 MUGIA. PLAYA DE NEMIÑA. 25746 PUENTEDEUME. SAN ROQUIÑO. 100179 SANTA EUGENIA DE RIBEIRA. ANTAEUS. 27638 SANTA EUGENIA DE RIBEIRA. METEORO TERCERO. 8715 Tope común de 10.000 kg por semana (buques con 6,00 tripulante)
Puerto base Nombre del buque CFPO LAXE. CACHARULO. 20589 LAXE. CAPRICHOSA DOS. 21637 LAXE. SAN MANUEL. 15650 Tope común de 10.000 kg por semana (buques con 8,00 tripulante)
Puerto base Nombre del buque CFPO MUXIA. ABRA DE MUXIA. 22321.»
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