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Documento BOE-A-2024-7565

Resolución de 10 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Hibridación Torozos C, de 38 MW de potencia instalada, para su hibridación con el Parque Eólico Torozos C, de 39,6 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Valladolid".

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 16 de abril de 2024, páginas 42814 a 42825 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2024-7565

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 19 de septiembre de 2023, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Planta Solar Fotovoltaica Hibridación Torozos C, de 38 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico Torozos C, de 39,6 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en el términos municipal de Torrelobatón y Villasexmir, en la provincia de Valladolid», promovido por Naturgy Renovables, SLU, al amparo del artículo 6 del Real Decreto-Ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Tras el análisis realizado, se verifica que el expediente reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-Ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

El proyecto consiste en una planta solar fotovoltaica que hibridará con el parque eólico existente «Torozos C» de 39,60 MW, con el que compartirá acceso a la red. La planta hibrida fotovoltaica «Torozos C» se proyecta con una potencia de 38,00 MW en el punto de conexión, una potencia instalada de 42,10 MWp y una superficie de afección de unas 99,70 ha. aproximadamente. La energía producida se evacuará a través de una línea subterránea de interconexión de 30 Kv, de unos 650 m de longitud hasta la subestación existente ST Torozos 30/220 kV. El resto de la infraestructura de evacuación de la planta, desde la subestación ST Torozos 30/220 kV a la ST Tordesillas 220 kV, titularidad de Red Eléctrica de España, se realiza a través de una línea eléctrica existente y en funcionamiento aerosubterránea (LASAT) SET Las Matas – SET Torozos – SET Tordesillas de 30,401 km de longitud total. La PHFV tendrá una longitud de 12.392 m de vallado perimetral.

Los principales elementos del análisis ambiental para determinar las afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, basado en los criterios recogidos en el artículo 6.3. b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario

No existe coincidencia territorial del proyecto con Espacios Naturales Protegidos pertenecientes a la Red de Espacios Naturales de Castilla y León. El Espacio Natural Protegido más cercano a la zona de estudio es el Parque Natural «Riberas de Castronuño‐Vega del Duero» situado a unos 13,40 km al sur del emplazamiento.

Los terrenos afectados por la planta híbrida fotovoltaica proyectada no afectan a ninguna Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), siendo las más cercanas al emplazamiento: la denominada «La Nava – Campos Sur» (ES0000216), ubicada a 25 km al noreste; la ZEPA «Tierra del Pan» (ES0000209) a 27 km al noroeste y la ZEPA «Riberas de Castronuño» (ES4180017), localizada a 13 km al sur. Respecto a las Zonas de Especial Conservación (ZEC), no se verán afectadas al proyectarse las instalaciones de la planta híbrida fuera de ellas, siendo la más cercana la denominada ZEC «Montes Torozos y Páramos de Torquemada‐Astudillo» (ES4140129), situada a 12,60 km al noroeste del límite más cercano a dicha ZEC.

El proyecto no presenta coincidencia territorial con ningún Monte de Utilidad Pública (MUP), localizándose el más cercano a 2,50 km al sur del emplazamiento de la PHFV, el MUP núm. 140 «Las Higueritas», mientras que la línea de evacuación se encuentra a 1 km de su punto más cercano.

La Zona Húmeda Catalogada más cercana al emplazamiento del proyecto sería la denominada «Castromonte» (VA‐09) situada entre la localidad de Castromonte, Villasexmir y La Santa Espina, a 15,6 km al norte del emplazamiento elegido para la PHFV «Torozos C».

No hay presencia de Hábitats de Interés Comunitario (HIC) en la zona de implantación de la planta ni en la línea de evacuación.

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas

La planta fotovoltaica PFVH «Torozos C» se ubica, principalmente, en tierras de cultivos, siendo escasa la vegetación natural que pueda verse afectada. El área de los recintos se localiza en su mayoría (99,57 %) sobre tierras agrícolas en su mayoría cultivos de secano y vegetación ruderal-arvense, que aparece principalmente en los bordes de los caminos rurales lindes entre tierras. En relación a la construcción de la línea de evacuación, se verán directamente afectados sólo cultivos (1,55 ha) y vegetación ruderal‐arvense (0,40 ha).

Para la cartografía de la vegetación, se tienen en cuenta el Sistema de Información sobre Ocupación del Suelo de España (SIOSE), como el Mapa Forestal de España, así como los datos obtenidos de las visitas a campo. Para los datos de flora protegida se ha consultado por un lado el Proyecto Anthos obteniendo tanto los listados florísticos del T.M. de Torrelobatón, así como la cuadricula UTM10x10, 30TUM21, 30TUM30 y 30TUM 31 en la que se sitúa la planta híbrida fotovoltaica y por otro una recopilación de citas de especies que se encuentran incluidas en el Decreto 63/2007 a menos 10 km de distancia del emplazamiento de la planta híbrida fotovoltaica «Torozos C». Durante los trabajos de campo se prospectó la zona de estudio comprendida por las parcelas de la planta híbrida fotovoltaica y la línea de interconexión con la SET, así como en su entorno próximo, no detectándose ninguna especie protegida.

Respecto a las citas de flora protegida del Decreto 63/2007, se obtienen dos citas dentro del buffer de estudio de 10 km establecido en torno al emplazamiento del proyecto pertenecientes a Nepeta hispanica Bosiss & Reuter y a Moricandia moricandioides (Boiss.) Heywood subsp. moricandioides. La cita más cercana se sitúa a unos 6,7 km en dirección suroeste correspondiente a Nepeta hispanica.

No se afecta a ninguna Microrreserva de flora o propuesta de la misma (artículo 6 del Decreto 63/2007) situándose la más cercana a 32 km al sureste de del área de estudio (Microrreserva de Aldeamayor de San Martín (código VA‐001).

El estudio anual de la avifauna presente en el entorno del proyecto se llevó a cabo sobre una zona de afección que engloba toda la superficie ocupada por el parque fotovoltaico, y un buffer de 5 km alrededor de la poligonal, desde el mes de mayo de 2022 hasta abril de 2023. En el entorno del proyecto, se citan en bibliografía 113 especies reproductoras según los registros pertenecientes a las cuadrículas UTM de 10 × 10 km donde se ubican las instalaciones proyectadas y que figuran en el Banco de Datos de la Biodiversidad (MITECO). En el conjunto de los muestreos de campo efectuados, se registran un total de 58 especies de aves, 8 de las cuales no se encontraban citadas.

De entre todas especies del catálogo, destacan dos aves amenazadas según el en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA), el milano real (Milvus milvus) catalogado como «En peligro de extinción», con 33 ejemplares y el aguilucho cenizo (Circus pygargus), como «Vulnerable», con 29 individuos censados.

Se añade a este grupo de mayor interés, la presencia de aves esteparias como la avutarda (Otis tarda), especie incluida en el LESPRE, que durante los trabajos de campo se detectaron individuos aislados o en pequeños grupos de 2 o 3 individuos al norte y sur del área de estudio. En una sola ocasión, se observó un grupo de 27 ejemplares, a 4 km de la PHFV Torozos C, sin observarse comportamientos reproductores. Los datos de campo del Plan de Vigilancia Ambiental del Parque Eólico con el que hibrida y su la LAAT de evacuación son coincidentes con lo observado en el estudio de campo específico para la PHFV «Torozos C».

El promotor no ha encontrado ningún ejemplar de sisón (Tetrax tetrax), ganga ortega (Pterocles orientalis) y ganga ibérica (Pterocles alchata), especies En peligro de extinción y vulnerables según el CEEA, respectivamente. Las citas de sisón más próximas las localizadas a más de 20 km del proyecto, según los datos aportados por la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal en 2020. Para las especies de gangas, en la zona de estudio existen referencias históricas de su presencia en el año 2002, pero no en los últimos censos. Tampoco han sido localizadas durante los tres años de los Planes de Vigilancia Ambientales de los parques eólicos con los que se hibridarán las plantas.

Durante el trabajo de campo, en época invernal se localizó un dormidero con un máximo de 25 milanos reales sobre una chopera cercana al núcleo de Castrodeza, a una distancia superior a 12,6 km al este de la PHFV. Respecto a zonas de nidificación, destaca la pequeña colonia de cernícalo primilla (Falco naumani), especie incluida en el LESPRE, en una edificación en Torrecilla de la Torre, que estaría formada por 3 o 4 parejas reproductoras 5,7 km al norte de la zona de implantación de la PHFV. También se observaron comportamientos reproductores de un macho de aguilucho cenizo en un terreno próximo al núcleo de Adalia a 5,7 km al noroeste. No se han detectado muladares o vertederos ocasionales que pueden provocar la concentración de aves carroñeras.

Ningún ámbito de planes de recuperación o conservación de especies amenazadas presenta coincidencia territorial con la zona de estudio, ni se localizan cercanos a la misma. El ámbito más próximo corresponde al Plan de Recuperación de la Cigüeña Negra, a más de 57 km al oeste de la instalación más próxima.

No existen áreas de importancias para las aves (IBA) en la zona de estudio, localizándose la más próxima a más de 6 km al suroeste de la planta la denominada IBA núm. 58 «Tordesillas-Mota del Marqués».

La Junta de Castilla y León ha desarrollado una cartografía de zonas de sensibilidad ambiental para aves esteparias y planeadoras, de acuerdo con la cual, en relación a las aves esteparias, el proyecto se encuentra en zonas de «Sensibilidad Baja» y, respecto a aves planeadoras, en zonas de «Sensibilidad media».

En la zona de estudio, se han encontrado en total tres especies de quirópteros inlcuidas en el LESPRE: el murciélago enano (Pipistrellus pipistrellus), el murciélago hortelano (Eptesicus serotinus) y el murciélago rabudo (Tadarida teniotis). En referencias bibliográficas se señala la presencia de otras especies en el área de estudio catalogadas como vulnerables según el CEEEA, como el murciélago ratonero mediano (Myotis blythii) y el murciélago ratonero grande (Myotis myotis) y otras especies incluidas en el LESPRE como el murciélago orejudo meridional (Plecotus austriacus) y el murciélago de Cabrera (Pipistrellus pygmaeus).

En los trabajos de campo llevados a cabo no se han encontrado refugios de quirópteros, localizándose el más cercano a 4,7 km del emplazamiento del proyecto según la bibliografía,aparecen citada la iglesia de Bercero (Valladolid), donde se encontró una colonia de entre 20 a 25 individuos de murciélago orejudo meridional y en un molino abandonado sobre el río Hornija, a más de 12,8 km del emplazamiento del proyecto, donde se localizó una colonia de murciélago orejudo meridional y un individuo de murciélago ratonero mediano.

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral

La intensidad de los movimientos de tierra que se realizan en fase de construcción podría generar efectos sobre la calidad de las aguas superficiales, como consecuencia de la producción de sedimentos y el eventual arrastre de los mismos hacia las corrientes de agua más próximas, provocando una alteración de la calidad de sus aguas por incremento de su carga sólida.

En la fase de desmantelamiento, se producirán efectos sobre la calidad de las aguas superficiales, como consecuencia de la producción de sedimentos durante los trabajos de desmantelamiento de las infraestructuras de la planta solar fotovoltaica y el eventual arrastre de los mismos hacia corrientes de agua.

Existen varios arroyos en la zona identificados por la Confederación Hidrográfica del Duero, con los que la planta híbrida fotovoltaica no presenta coincidencia territorial. El más próximo es el arroyo de los Molinos o de Juncos Gordos, afluente del río Hornija, a unos 860 metros al este de un bloque de la planta fotovoltaica. Tampoco las instalaciones proyectadas presentan coincidencia territorial con Zonas de policía de cauces. Las instalaciones proyectadas se encuentran dentro de la Zona de influencia de la zona de captación de agua para abastecimiento de la masa del río Hornija 1, en concreto un abastecimiento subterráneo a 2,7 km al noroeste y un abastecimiento superficial a 2,8 km al noreste.

Por otra parte, la zona de estudio se encuentra fuera de las Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSIs) más cercana establecida para el río Duero, por lo que la ubicación de la planta estaría fuera de la zona de probabilidad de inundación más baja.

No se generarán aguas sanitarias durante el funcionamiento ya que el proyecto no contempla su producción en las instalaciones. Preferentemente, se usarán depósitos estancos de acumulación o de wáter químico, que serán desmontados una vez hayan finalizados los trabajos.

4. Afección por generación de residuos

Los residuos generados por este tipo de proyectos se derivan fundamentalmente de la obra civil. Los residuos definidos como no peligrosos corresponden a escombros (áridos, hormigón), restos de madera, clavos, despuntes de hierros, etc. Estos se generarán de manera relativamente constante durante toda la etapa de construcción y serán acopiados en un área especial dentro de la Instalación de forma provisional donde serán clasificados por tipo y calidad para posteriormente ser llevados a un vertedero autorizado. Durante toda la etapa de construcción, se llevará un registro escrito de control para verificar que los residuos sólidos sean dispuestos en lugares autorizados. En relación a los residuos peligrosos, se corresponden a grasas, aceites y/o lubricantes bien sea impregnado en paños o en material arenoso. Los residuos peligrosos serán almacenados en forma segregada al interior de un área especialmente habilitada, la que contará con un cierre perimetral y demarcación interior para las áreas donde se acumularán los distintos tipos de residuos.

El EsIA estima la cantidad de residuos generados en la obra, a partir de las dimensiones del proyecto, en función del peso de materiales integrantes de cada unidad de obra, determinando el peso de los restos de los materiales sobrantes y del embalaje de los productos suministrados. En relación a los residuos peligrosos, se ha estimado un total 2,47 t de peso, correspondiéndose principalmente a envases de plástico o metálicos que han contenido sustancias peligrosas (LER 15 01 10*) que generarán 1,17 t de peso. En relación con los residuos no peligrosos, se calcula un total de 145,54 t de peso, en el que destaca los restos procedentes de hormigón de los centros de transformación, de los tramos hormigonados de las canalizaciones eléctricas y del vallado (LER 17 01 01) con 65,00 t de peso.

En relación a la minimización de la generación de los residuos, se ha establecido que el balance de tierras en los movimientos de tierras y explanaciones sea el mínimo posible.

5. Afección por utilización de recursos naturales

Los trabajos de construcción van a deteriorar los suelos directamente afectados por las instalaciones, por la ocupación directa por las mismas, o por la compactación al ser temporalmente ocupados por la maquinaria o acopios de materiales. La presencia de los módulos fotovoltaicos va a impedir que se mantenga el uso anterior a su instalación.

La ejecución de las obras provocará una afección negativa sobre el suelo, ya que se disminuirá la posibilidad de su uso durante ese periodo. Debido a la suavidad del relieve del emplazamiento elegido para la planta solar fotovoltaica, el proyecto no contempla la realización de grandes movimientos de tierra. Al inicio de los trabajos se procederá a la retirada de la tierra vegetal, para su posterior reutilización, de forma que esta no se mezcle con sustratos profundos o que quede sepultada por acumular sobre ella tierra de menor calidad, almacenándose en zonas no afectadas por los movimientos de tierra hasta que se proceda a su disposición definitiva y se realizará de tal modo que no pierda sus características, estableciéndose una altura máxima de los acopios de 2 metros. Se podrá reutilizar gran parte de las tierras de excavación en rellenos y en el caso que existiera un excedente, este sería enviado a graveras de la zona o a vertederos.

De acuerdo con las mediciones del proyecto, la longitud de los viales interiores previstos será de 4.625 m con una anchura de 4 m. En relación a las zanjas de interconexión, las longitudes previstas son para las de baja tensión se estiman 8.010,43 m y para las zanjas de media tensión en 4.781.08 m.

En la fase de funcionamiento, únicamente será necesario el aporte de agua a presión para la limpieza de los colectores solares cuando esta sea necesaria. Esta agua será abastecida mediante camiones cisterna que se trasladarán a las instalaciones a tal efecto y no empleará aditivos (detergentes, etc.) de ningún tipo.

6. Afección al patrimonio cultural

En mayo de 2023, se realiza una prospección arqueológica previa de los terrenos por gabinete arqueológico especializado. Dicha prospección no arrojó el hallazgo de bienes del patrimonio cultural que pudieran verse afectados por el proyecto. El Informe correspondiente a dicha prospección arqueológica fue tramitado ante la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de Valladolid, con fecha julio de 2023, estando pendiente de ser evaluado por la citada Comisión a fecha de esta propuesta.

Los Bienes de Interés Cultural (BIC) más próximos a la ubicación elegida para la implantación de la PHFV es el «Castillo de Torrelobatón», en el término municipal de Torrelobatón, a unos 4 km. Según el Catálogo de Patrimonio arqueológico, en los términos municipales afectados, están inventariados diversos yacimientos arqueológicos, los cuales, no afectan al emplazamiento elegido para el proyecto PFVH «Torozos C», situándose el más cercano, el denominado «Páramo de Doña María», a 800 m al este de distancia la zona de implantación.

Las instalaciones del Proyecto de la PHFV «Torozos C» colindan con dos vías pecuarias. La «Colada de la Palomera» limita con varios recintos al oeste de las instalaciones, mientras que el «Cordel de Marialba» se sitúa al norte del recinto vallado. La línea de evacuación subterránea presenta coincidencia territorial con la «Colada de la Palomera», que se verá afectado por un único cruzamiento con la zanja de canalización para el cableado.

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio

Las instalaciones proyectadas afectan a los términos municipales de Torrelobatón y Villasexmir, que han estado tradicionalmente vinculados a la tierra, con un fuerte carácter agrícola y ganadero. Durante años su economía se ha basado en el sector primario. En las últimas décadas, la actividad de este sector ha ido disminuyendo ante el aumento de otros sectores. En la actualidad las actividades económicas se centran en el sector servicios, acompañadas en menor medida del sector agrícola y construcción en el término de Torrelobatón, siendo el único sector activo en el término de Villasexmir.

La construcción de la planta llevará aparejada la creación de empleo directo. Si, además, se tiene en cuenta que habitualmente se recurre, en lo posible, a proveedores y subcontratistas de ámbito local para satisfacer las demandas que puedan surgir en cuanto a materiales, repuestos, manutención, etc., la construcción de la planta solar constituirá una fuente de empleo nada despreciable en esta comarca y en el contexto del mercado de trabajo actual. Una vez que la PHFV «Torozos C» entre en funcionamiento, generará puestos de trabajo de forma permanente, para su mantenimiento y conservación.

Además, los Ayuntamientos y propietarios afectados por la implantación de las plantas fotovoltaicas y sus instalaciones de conexión a red reciben un canon por la ocupación de sus terrenos. Las instalaciones incluidas en el estudio supondrán una importante inyección económica para la región, redundando en una mejora de los servicios de los habitantes de la zona. Otros efectos sobre el medio socioeconómico de los municipios y su entorno, está relacionada con las aportaciones económicas vía impuestos.

Según el Plan de Protección Civil ante emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (INFOCAL), la frecuencia de aparición es calificada por como «muy baja», la peligrosidad de las causas o causalidad se califica como «baja», la peligrosidad de los combustibles como «baja», considerando este riesgo por el EsIA como bajo.

El estudio acústico llevado a cabo, se concluye que la configuración de la actividad de la PHFV no producirá, en la práctica, niveles de contaminación acústica reseñables y en todo caso está dentro de los límites exigibles por la normativa de aplicación vigente.

Los terrenos ocupados por la PHFV «Torozos C» se encuentran dentro de los cotos privados de caza matrícula VA‐10.489 y VA‐10.280. La red de media tensión también atraviesa una pequeña parte del acotado VA‐10.489, pero al ser soterrada, sólo afectaría a la actividad cinegética en el momento de su construcción, que además podría no coincidir con época de caza.

Durante la fase de obra y funcionamiento, se producirán afecciones derivadas del uso puntual de los caminos rurales para acceder a las distintas zonas de la planta fotovoltaica.

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos

En la actualidad, se encuentran en funcionamiento varias instalaciones de energía renovable en un radio de 10 km, tomado como área de estudio entorno a las ST Torozos y ST Las Matas. En concreto, además del P.E. Torozos C con el que hibrida la planta fotovoltaica, se localizan un total de 15 parques eólicos en construidos o autorizados, haciendo un total de 260 aerogeneradores y una potencia total de 594,30 MW y 1 parque en tramitación con 19 aerogeneradores y un total de 38 MW. Respecto a los proyectos fotovoltaicos, existe 9 plantas que cuentan con autorización o están ya construidas con una potencia de más de 140 MW y 9 plantas en tramitación, que suman más de 425 MW de potencia. A fecha de esta resolución, hay dos plantas fotovoltaicas que cuentan con resolución favorable por el Procedimiento de Determinación de Afección Ambiental que no se mencionan en el estudio de sinergias facilitado, las PHFV San Lorenzo A (BOE 1 de febrero de 2024) y San Lorenzo B (BOE 23 de enero de 2024), que suman una potencia de 90 MW. A su vez, hay otras dos plantas en tramitación de evaluación ambiental ordinaria (PHFV San Lorenzo C y D), con un total de 61,21 MW.

En la zona, en relación a las infraestructuras de evacuación (subestaciones y líneas eléctricas) vinculadas a las instalaciones anteriores, existen 7 líneas existentes y autorizadas, y 5 líneas aéreas de alta en tramitación, de las cuales una de ellas es subterránea. En relación a las subestaciones, actualmente se encuentra en la zona estudiada 6 subestaciones existentes o autorizadas y 3 subestaciones en tramitación.

La superficie ocupada por las todas las plantas fotovoltaicas autorizadas, tramitadas y en estudio consideradas en el estudio supondrían sólo un 2,64 % de la superficie total de los 21 municipios afectados, correspondiendo el 3,16 % de los terrenos con uso agrícola. En el caso de los parques eólicos, la presencia de aerogeneradores no impide que, en general, se puedan mantener los usos previos en prácticamente la totalidad de los terrenos donde se ubican, con la excepción de las áreas ocupadas por las instalaciones en sí.

En 4 de los 26 núcleos de población incluidos en la banda de estudio, podría resultar potencialmente visibles alguna de las instalaciones de las PHFV Torozos C. En 3 de ellos, Barruelo, Berceruelo y Monte San Lorenzo, podría producirse efecto acumulativo y/o sinérgico con los parques eólicos, las plantas fotovoltaicas y las líneas de alta tensión, es decir serían potencialmente visibles simultáneamente instalaciones de las plantas fotovoltaicas en estudio, junto a aerogeneradores de los parques incluidos, instalaciones pertenecientes a otras plantas fotovoltaicas e instalaciones de las líneas de alta tensión.

La superficie en la que se podría producir efecto sinérgico de la planta híbrida fotovoltaica junto al resto de instalaciones incluidas en el estudio es muy reducida, representando únicamente el 3,16 % de la banda de estudio. Desagregada por tipo de instalación, las plantas fotovoltaicas híbridas serían potencialmente visibles en un 3,12 % de la banda de estudio junto a parques eólicos, en un 0,49 % junto a las otras plantas fotovoltaicas incluidas en el estudio y en un 3 % junto a líneas eléctricas.

En cuanto a la fauna, se considera la posibilidad de que se produzcan efectos acumulativos sobre aquella que utiliza el medio agrícola, aves esteparias principalmente, por la reducción del hábitat de campeo, si bien la mayor parte de las aves esteparias amenazadas, excepto el aguilucho cenizo, no se encuentran en la zona de ubicación de la PHFV o su presencia es muy puntual. No obstante, debe destacarse que esta afección se minimiza al aprovecharse las infraestructuras de evacuación ya existentes de los parques con los que se hibridan.

El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y el Plan de Vigilancia contemplados en el estudio de impacto ambiental, en tanto no contradigan lo establecido en la presente propuesta y las siguientes condiciones:

Si durante las actuaciones asociadas al presente proyecto se detectase algún impacto no analizado o cuya magnitud fuera superior a la evaluada se comunicará dicha circunstancia al órgano autonómico competente para la determinación de la forma de proceder.

Al tratarse de un proyecto de hibridación, las medidas y condiciones deben ir acordes en su conjunto, coordinadas y relacionadas en lo posible con las establecidas para la parte eólica del proyecto.

Se deberá realizar un muestreo de campo exhaustivo previo las obras de construcción del complejo solar en la zona de actuación y su área de influencia (en torno a 1 km), así como en las masas forestales circundantes o de ribera, con el fin de detectar posibles especies amenazadas de flora y de fauna para identificar la posibilidad de aves nidificando en la zona y en sus inmediaciones, así como refugios de quirópteros, por si hay que establecer medidas preventivas adicionales, debiendo comunicarse al Servicio Provincial de Medio Ambiente de Valladolid.

Se aportarán parcelas con una superficie equivalente al 100 % de la instalación proyectada, a modo de mejora de los hábitats de la avifauna esteparia, elaborando un Plan de Conservación de esteparias aprobado y consensuado con el Servicio Provincial de Medio Ambiente de Valladolid. Entre las medidas a incorporar y siguiendo las estrategias de conservación del «Programa de Estepas Cerealistas de Castilla y León», se aumentarán las superficies de barbecho tradicional y su mantenimiento a largo plazo, alzado tardío del rastrojo, empleo de leguminosas de grano y/o utilización de cereales de ciclo largo y no tratadas con productos fitosanitarios, fungicidas o rodenticidas, mantenimiento de pastizales naturales así como restablecer lindes con vegetación herbáceas y fomentar la transformación de cultivos herbáceos en pastizales permanentes.

Se respetará el periodo de nidificación para aquellos trabajos que puedan incidir en la avifauna, presentando un plan de trabajo que minimice su afección, estableciendo un calendario de obras se fijará en coordinación con el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid.

De forma conjunta, se considera necesaria la elaboración de un plan de seguimiento específico para la fauna que se extenderá durante toda la vida útil desde la puesta en marcha por la instalación, prorrogables por periodos de igual o menos duración, en función de los resultados obtenido, llevándose a cabo por una empresa independiente de la responsable de la obra. Dicho plan deberá incluir tanto dentro como fuera de las instalaciones mediante censos de fauna (aves esteparias, rapaces, quirópteros, invertebrados) y seguimiento de mortalidad de la fauna, con aprobación del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid, e informes anuales de seguimiento.

A la hora de realizar las zanjas, se minimizará su afección con la vegetación de las lindes evitando su afección y si fuese necesario de procederá a su restauración y mejora. De igual modo, los caminos públicos de paso para acceso a la instalación deberán mantenerse en perfectas condiciones de uso, evitando su deterioro, así como las ocupaciones que dificulten el tránsito o la funcionalidad de los mismos.

En relación a las vías pecuarias, deberán garantizarse el mantenimiento del correcto estado de estos bienes de dominio público, y que no se vea interrumpido el paso ganadero en ningún momento, tanto en explotación como en obra, así como garantizar los demás usos compatibles y complementarios según se recogen en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. De forma previa a la ejecución de cualquier actuación que afecte a los terrenos de vías pecuarias es preceptiva la correspondiente autorización, tramitada ante el citado Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid de la Junta de Castilla y León.

Se avisará a los propietarios de cotos de caza afectados por la instalación de la PHFV Torozos C.

Durante las obras, se seleccionará el procedimiento de construcción que minimice la alteración de la capa superficial del suelo, respetando la vegetación existente, minimizando los movimientos de tierra en la superficie de la planta, así como los acopios de cualquier tipo de material y zonas auxiliares deberán disponerse dentro del perímetro del proyecto, fuera de las áreas naturales a conservar y evitando la evacuación de solidos por escorrentía superficial.

Al inicio de los trabajos se procederá a la retirada de la tierra vegetal, para su posterior reutilización, de forma que esta no se mezcle con sustratos profundos o que quede sepultada por acumular sobre ella tierra de menor calidad.

La tierra vegetal se acumulará en zonas no afectadas por los movimientos de tierra hasta que se proceda a su disposición definitiva y se realizará de tal modo que no pierda sus características (altura máxima de los acopios de 2 metros).

Se podrá reutilizar gran parte de las tierras de excavación en rellenos. Si existiera un excedente deberá ser gestionado por empresas acreditadas, enviado a graveras de la zona o a vertederos.

La disposición de zonas de acopios en fase de obras se situará dentro de la propia parcela en una zona sin valores ambientales destacables y alejados de cursos de agua, terrenos de monte, vías pecuarias, etc. Las zonas temporales de acopios que posteriormente queden libres deberán restablecerse para cultivos o bien especies autóctonas.

Se evitará que en los movimientos de tierras se produzcan acumulaciones de materiales en los cauces y zonas de policía de estos, facilitando la continuidad de las aguas.

Se señalará adecuadamente la salida de camiones de las obras, procurando que se mantenga la limpieza de polvo y barro de las vías y carreteras aledañas para la seguridad de los usuarios. Durante la realización de la explanación del parque, se evitará en lo posible la compactación de los suelos no afectados por esta, limitando al máximo las zonas en las que vaya a entrar maquinaria pesada.

En los casos en que sea preciso el aporte de materiales de excavación ajenos a la zona de la subestación, se procurará evitar los vertidos de estos sobre los suelos circundantes de la explanación.

La instalación de los paneles debe de realizarse mediante hincado, ocupando la mínima superficie de suelo posible. Respecto a la vegetación del sustrato bajo los paneles solares, deberán permitir el desarrollo de vegetación herbácea y arbustiva dejando una distancia al suelo de al menos 0,5 m que favorezca su presencia sin que esta interfiera con el correcto funcionamiento de la planta ni al mantenimiento o seguimiento de la misma.

En relación a la vegetación existente, no se utilizará herbicidas para su limpieza, debiéndose plantear desbroces periódicos mecánicos o manuales, o bien favoreciendo el pastoreo para su mantenimiento, manteniendo una cobertura vegetal del suelo que aporte al paisaje y a la fauna a modo de reservorios. Se propone mantener zonas verdes sin desbrozar entre grupos de paneles como reservorios y aportes para la fauna y al paisaje. Se deberá dejar al menos 1 % de la superficie de instalación para la formación de rodales de vegetación con una superficie mínima de 0,5 ha y distribuidos en varias zonas a una distancia de 20 m a modo de reservorios de fauna. Se mantendrá el mantenimiento de linderos y los márgenes con vegetación natural sin cultivar.

Se recomienda el uso de bandas sobre los paneles fotovoltaicos en forma de rejilla que minimicen la mortalidad de insectos y los posibles impactos de pequeñas aves. Sería recomendable que no todos los paneles se recubrieran con el fin de profundizar en el análisis de las afecciones, con el fin de evaluar los efectos a lo lago de los primeros años estableciéndolos en el programa de vigilancia ambiental. Del mismo modo, se instalarán pequeñas placas de color claro cada 10 metros del vallado y de la subestación para aumentar su visibilidad.

Se evitará la iluminación nocturna de la planta fotovoltaica, así como los trabajos nocturnos durante la construcción, con las únicas excepciones de sistemas requeridos por la normativa y de dispositivos de iluminación imprescindibles en las edificaciones auxiliares o para hacer frente a situaciones de riesgo. En tal caso, se utilizarán luminarias que no emitan luz blanca rica en longitudes de onda corta (azules y UV), la iluminación se proyectará hacia el suelo por debajo del plano horizontal, y se limitará a lo estrictamente necesario.

Se dejarán tres manchas de 100 m2 distribuidas por distintas zonas de los módulos fotovoltaicos donde existe vegetación natural que no se va a tocar y en cada mancha se instalarán estructuras tipo bug-hotel a modo de refugios para favorecer a los polinizadores. El seguimiento de estas manchas se incluirá en el Plan de Seguimiento y Vigilancia Ambiental.

En relación con el vallado y con objeto de garantizar un adecuado nivel de permeabilidad, deberían instalarse pasos de fauna a lo largo de todo el perímetro del vallado. Se proponen aperturas de este a ras de suelo en forma de rectángulos de 30 cm en sentido horizontal y 20 cm en sentido vertical, enmarcado por listones de acero corrugado, cada 200 m, evitando la cimentación en todo caso.

Se retranqueará el vallado proyectado para limitarlo a las áreas ocupadas por los paneles solares y otros elementos de tensión en superficie, como los centros de transformación, con el fin de reducir el efecto barrera y favorecer la conectividad y el movimiento de la fauna.

Se retranqueará el vallado en 5 m en el lado colindante con la planta PHFV Torozos B, para dejar un corredor de 10 m de anchura entre ambas plantas, que favorezca la conectividad y disminuya el efecto barrera.

Se llevará a cabo la plantación de una franja de especies forestales a una densidad de 1.000 plantas/ha, de plantas de 2 savias, en contenedor de al menos 300 cm3 y protector de 50 cm de altura. La composición estaría formada por especies vegetales de la zona y aprobado por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid. Se deberá mantener en adecuado estado vegetativo para que cumpla con el objetivo de ser un corredor verde. El material forestal debe de cumplir con lo establecido en el Decreto 54/2007, de 24 de mayo, por el que se regula la comercialización de los materiales forestales de reproducción en la Comunidad de Castilla y León.

El Material Forestal de Reproducción a emplear en la restauración vegetal (frutos y semillas, plantas y partes de plantas) deberá cumplir con el Decreto 54/2007, de 24 de mayo, por el que se regula la comercialización de los materiales forestales de reproducción en la Comunidad de Castilla y León, y su procedencia estar conforme con el Catálogo de Material Forestal de Reproducción vigente que los delimita y determina.

El vallado y las zanjas de la línea de evacuación deberán evitar cualquier afección que pudiera producirse cerca de un HIC. Si se encuentras pies aislados de quercinas se deberá informar al Servicio de Medio Ambiente de Valladolid y establecer un perímetro de protección.

Las plantaciones se realizarán en función de la climatología, entre los meses de octubre y abril y se deberá garantizar el mantenimiento (riegos, podas, etc.) de la misma durante la vida útil de la instalación. Se deberán reponer las marras producidas al año siguiente de la misma durante al menos los 10 primeros años de la plantación, admitiéndose unas marras de un máximo de un 10 % del total de la planta o siempre que no se consiga el efecto de apantallamiento o de corredor con la vegetación superviviente. Este seguimiento deberá estar contemplado en el Plan de Vigilancia.

Dada la cercanía del Parque Eólico Torozos C, no se instalarán cajas nido para aves ni quirópteros, ni posaderos para aves, con el fin de reducir el riesgo de colisión con los aerogeneradores.

Se procederá al mantenimiento de majanos existentes en la zona, que presenten vegetación arbórea y arbustiva, para mantener la biodiversidad de la zona.

El diseño final del proyecto debe contar con informe favorable del Servicio Territorial de Cultura de Valladolid, previo a la autorización de construcción del proyecto.

A fin de garantizar la correcta documentación y protección de posibles evidencias arqueológicas no detectadas durante la prospección, se realizará un seguimiento y control arqueológico periódico y puntual de los movimientos de tierra asociados a la ejecución de la planta solar fotovoltaica, fundamentalmente vinculados a los desbroces, apertura de viales y zanjas de baja y media tensión. Si durante el seguimiento y vigilancia de las obras, se localizaran yacimientos arqueológicos no visualizados, será notificado inmediatamente al Servicio Territorial de Cultura de Valladolid, balizándose para evitar que sufran daños y se establecerán las medidas de protección que eviten la destrucción de los niveles arqueológicos, quedando a la espera de las indicaciones de la Administración competente en protección patrimonial.

Debido a la cercanía del Monte de Utilidad Pública n.º 140 «Las Higueritas», se estará a lo establecido a la Orden FYM/510/20134 de 25 de junio, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León. En la época de peligro alto quedará prohibido, en general, el uso de maquinaria y equipos, cuyo funcionamiento pueda generar deflagración, chispas o descargas eléctricas (como los sopletes, soldadores, radiales, antorchas de goteo, etc.), en los montes y en las áreas rústicas situadas en una franja de 400 metros alrededor de zonas de monte (arbolado o desarbolado).

Se deberá de disponer de un Plan de Autoprotección, estableciendo las actuaciones a desarrollar con los medios propios de que se dispongan, para los casos de emergencia por incendios forestales que puedan afectarles. Tendrá un mantenimiento, con comprobación periódica de los sistemas de alerta y avisos, actualización de medios y recursos, formalización y actualización del personal actuante, contemplando especialmente los simulacros.

Se realizará un estudio hidrológico sobre los terrenos de la planta fotovoltaica que permita determinar con precisión el dominio público hidráulico (DPH) en los mismos, las zonas de servidumbre y policía, las zonas inundables y las zonas de flujo preferente. Este estudio se enviará a la Confederación Hidrográfica del Duero para que informe sobre el mismo, determine la viabilidad del proyecto y establezca las condiciones y medidas protectoras y correctoras necesarias.

Se deberá realizar el proyecto respetando estrictamente el DPH y su zona de servidumbre, y no colocando ningún tipo de instalación, como módulos fotovoltaicos, centros de transformación, líneas eléctricas, ni subestaciones eléctricas, en la Zona de Flujo Preferente. Los cerramientos y vallados que se implanten en la zona de flujo preferente, deben ser en todo caso permeables. No se debe poner en riesgo la capacidad de desagüe por modificaciones de terreno en estas zonas y se debe evitar el acopio en la Zona de flujo preferente de materiales que puedan ser arrastrados o puedan degradar el DPH, así como evitar el almacenamiento de residuos de todo tipo.

Deberán garantizar la no alteración significativa de la dinámica hídrica de la zona y asegurar en todo momento la calidad de las aguas superficiales y subterráneas, garantizando el drenaje de las aguas superficiales, manteniendo los márgenes limpios, no afectando a la vegetación de la ribera, disponiendo de sistemas eficiente para la recogida y evacuación de la zona de lluvia. Será necesario la autorización para actuaciones en el Dominio Público Hidráulico por parte de Confederación Hidrográfica del Duero.

Durante los movimientos de tierras, se deberán establecer las medidas necesarias para la retención de sólidos previa a la evacuación de las aguas de escorrentía superficial, así como otras posibles medidas para reducir al mínimo el riesgo de contaminación de las aguas superficiales. Cualquier acopio de materiales se ubicará de manera que se impida cualquier riesgo de vertido, ya sea directo o indirecto; por escorrentía, erosión, infiltración u otros mecanismos sobre las aguas superficiales o subterráneas.

En caso de realización de captaciones de aguas directamente del DPH o de cualquier otra actividad se deberá disponer de la correspondiente autorización, cuyo otorgamiento corresponde a la Confederación. En todo caso se atenderá a lo que indique en relación a las medidas a tener en cuenta.

Tras las obras, antes del inicio de la actividad y dentro del primer informe del plan de vigilancia ambiental, se deberá elaborar un documento acerca del grado de cumplimiento de las medidas de restauración propuestas en el estudio de impacto ambiental, en aspectos tales como la gestión de las tierras (desbroces, acopios y almacenamiento de la tierra vegetal, preparación de suelo) y la regeneración de la vegetación en la planta fotovoltaica.

Durante el primer año, se realizará una búsqueda intensiva de cadáveres o cualquier resto de animales en torno al vallado y dentro de la superficie de la planta para poder detectar la mortalidad por colisión tanto con los paneles como con la valla del cerramiento. Se realizará una visita quincenal, recorriendo la totalidad de los pasillos entre los paneles. Se efectuará también un recorrido siguiendo el borde exterior del vallado, quedando todo ello recogido en el Plan de Vigilancia Ambiental.

La restauración deberá ir encaminada a la recuperación de las superficies temporales afectadas, especialmente las formaciones vegetales formadas por especies leñosas y hábitat de interés comunitario. Se presentará un Plan de Desmantelamiento y Restauración de los terrenos afectados por la planta fotovoltaica una vez finalice el periodo de vida útil de la Planta, para que las afecciones que plantean se minimicen y sean temporales. Dicho plan deberá presentarse antes de finalizar la obra como máximo, incluyendo el compromiso de su realización por parte del promotor. El proyecto de desmantelamiento y restauración de las zonas afectadas deberá contar con la aprobación del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid de la Junta de Castilla y León.

Cada una de las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental y en esta resolución deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a su aprobación. Será imprescindible un correcto desarrollo del Plan de Vigilancia Ambiental tanto en lo relacionado con las distintas fases del proyecto como con las medidas en él establecidas, relativas a periodos, plazos y seguimientos previstos.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental fue remitida a la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León, el 1 de marzo de 2024, con el fin de que emitiera observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto Ley 6/22, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental, sin que conste a fecha de esta resolución la remisión de observaciones por parte del órgano autonómico.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 3 del Real Decreto-Ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Planta Solar Fotovoltaica Hibridación Torozos C, de 38 MW de potencia instalada, para su hibridación con el Parque Eólico Torozos C, de 39,6 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación», en el términos municipal de Torrelobatón y Villasexmir, en la provincia de Valladolid, continúe con la correspondiente tramitación del procedimiento de autorización, al no apreciarse efectos adversos significativos en el medio ambiente que requieran su sometimiento a procedimiento de evaluación ambiental, siempre que se cumplan las medidas previstas en el estudio de impacto ambiental, las aceptadas durante la información pública y las recogidas en esta resolución.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 6 del Real Decreto Ley 6/22.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 6, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 10 de abril de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

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