En fecha 3 de julio de 2000, el excelentísimo
señor Delegado del Gobierno en La Rioja ha dictado
la siguiente Resolución, por la que se declara la
necesidad de ocupación de diversas fincas,
necesarias para la continuación de los trabajos de
explotación de la concesión minera de la sección C),
denominada "Tarraco", número 3.367 de La Rioja.
Visto el expediente instruido a instancias de la
mercantil "Cerámica Tarragona, Sociedad
Anónima", con domicilio en Ronda de Lérida, número 18
de Alfaro (La Rioja), solicitando la expropiación
de las parcelas que en anexo se relacionan,
necesarias para continuar con los trabajos de explotación
de la concesión directa de explotación denominada
Anexo
Fincas afectadas
Parcela Polígono
Superficie
-m2 Municipio Titular
26 a) y b) 26 16.680 Alfaro (La Rioja). Lourdes Ruiz Moreno y dos más.
26 y 33 25 99.780 Alfaro (La Rioja). Lourdes Ruiz Moreno y dos más.
28, 29 y 30 25 10.380 Alfaro (La Rioja). Lourdes Ruiz Moreno y dos más.
32 25 10.920 Alfaro (La Rioja). Lourdes Ruiz Moreno y dos más.
31 25 2.200 Alfaro (La Rioja). Lourdes Moreno Pascual.
126 25 1.370 Alfaro (La Rioja). Lourdes Moreno Pascual.
"Tarraco", número 3.367, en término municipal de
Alfaro (La Rioja).
Resultando que la referida solicitud fue sometida
a información pública de acuerdo con lo establecido
en el artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre
de 1954 sobre Expropiación Forzosa, publicándose
en el diario "La Rioja", el 2 de mayo de 2000;
en el "Boletín Oficial de La Rioja" número 61, de
13 de mayo de 2000; en el "Boletín Oficial del
Estado" número 124, de 24 de mayo de 2000; siendo
notificada a los interesados mediante tarjeta rosa
de acuse de recibo y publicándose en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Alfaro.
Resultando que en el plazo establecido al efecto
no han sido presentadas ningún tipo de alegaciones.
Visto el informe favorable emitido por los
Servicios Jurídicos del Estado en La Rioja, en virtud
de lo establecido en el artículo 19.2 del Reglamento
de la Ley de Expropiación.
Visto el artículo 105 de la Ley 22/1973, de Minas,
de 21 de julio, y el 131 del Reglamento General
para el Régimen de la Minería, aprobado por Real
Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, así como la
Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
Esta Delegación del Gobierno en La Rioja, de
acuerdo con las facultades que le confiere la Ley
de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación
Forzosa y su Reglamento de aplicación, así como el
Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de
integración de Servicios Periféricos y estructura de las
Delegaciones del Gobierno, y de conformidad con
lo establecido en la referida Ley de Minas y en
su Reglamento General para el Régimen de la
Minería, acuerda declarar la necesidad de ocupación de
las fincas que en el anexo se relacionan, afectadas
en su totalidad, necesarias para continuar con los
trabajos de la concesión de explotación para
recursos de la sección C), arcillas, denominada "Tarraco",
número 3.367 de La Rioja, solicitada por "Cerámica
Tarragona, Sociedad Anónima".
Esta Resolución no agota la vía administrativa
y contra la misma podrá interponerse recurso de
alzada en el plazo de un mes, ante el excelentísimo
señor Ministro de Economía, bien directamente o
a través de estas Dependencias, de acuerdo con
lo establecido en los artículos 114 y siguientes de
la Ley 30/1992, precitada, modificada por la
Ley 4/1999.
Dado en Logroño a 5 de julio de 2000.-El
Director del Área de Industria y Energía de la Delegación
del Gobierno en La Rioja, Pedro Calatayud
Fernández.-44.973.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid