Se comunica a los señores partícipes de los
Fondos de Inversión que se detallan, que se establece
una comisión de reembolso del 3 por 100 del
importe reembolsado. Esta comisión no será de aplicación
en el caso de que el importe reembolsado se abone
en la cuenta del cliente o se reinvierta en otro fondo
comercializado por Banco Pastor:
MULTIFONDO BANCO PASTOR, FIAMM.
MULTIFONDO 2 BANCO PASTOR, FIAMM.
FONPASTOR DINERO, FIM.
FONPASTOR RENTA FIJA, FIM.
FONPASTOR 10, FIM.
FONPASTOR 25, FIM.
FONPASTOR 70, FIM.
FONPASTOR ACCIONES EUROPEAS, FIM.
De conformidad con lo establecido en el
artículo 35.2 del RD 1393/90, en el plazo de un mes
desde la fecha de la publicación de este anuncio,
o desde la remisión de la presente comunicación
si fuera posterior, los señores partícipes podrán
reembolsar las participaciones sin deducción de
comisión de reembolso ni gasto alguno, al valor
liquidativo de la fecha en que queden inscritas las
modificaciones en los Registros de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores, que coincidirá
con la entrada en vigor de las mismas. El ejercicio
de este derecho, deberá comunicarse por escrito
a Gespastor, dentro del plazo establecido.
Madrid, 27 de noviembre de 2002.-El Director
general.-52.356.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid