"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada interpuesto por
don Urbano Contreras Benede y doña Rosa María
Lamo Marín, contra Resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Cataluña, de 1
de julio de 1998, en la reclamación número 4961/95
y acumuladas números 8941/95, 4889/97 y
8065/97, relativas al Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas del ejercicio 1988, acuerda:
Desestimarlo, confirmando dicha Resolución por
estar ajustada a Derecho". Lo que notifico
reglamentariamente a Vd. advirtiéndole que contra esta
Resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de
dos meses, a contar del día siguiente a la fecha
de esta notificación.
Madrid, 21 de enero de 2002.-María de Rus
Ramos Puig.-3.080.
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