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Documento BOE-B-2006-179150

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se declara, en concreto, la utilidad pública de la Addenda II a la Central Termoeléctrica de Ciclo Combinado de Plana del Vent, en el término municipal de Vandellos i l'Hospitalet de l'Infant (Tarragona) de Gas Natural SDG, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 28 de julio de 2006, páginas 8215 a 8215 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2006-179150

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Departamento de Trabajo e Industria de la Generalitat de Catalunya, a instancia de Gas Natural SDG, S.A. con domicilio en la Avenida de América n.º 38 (Madrid), solicitando la declaración, en concreto, de utilidad pública de la Addenda II al proyecto de la central termoeléctrica de ciclo combinado de Plana del Vent (Tarragona). Vista la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 27 de septiembre de 2004, por la que se autoriza a Gas Natural SDG, S.A. la instalación de una central térmica de ciclo combinado de 800 MW en el término municipal de Vandellos i l'Hospitalet de l'Infant (Tarragona) y se declara, en concreto, la utilidad pública de la misma. Resultando que las obligaciones que la Agencia Catalana del Agua y el Ministerio de Fomento han impuesto a Gas Natural SDG, S.A. en la tramitación de las distintas autorizaciones y permisos necesarios para la construcción de la citada central y sus instalaciones auxiliares, han implicado la ampliación del ámbito de actuación más allá de los terrenos contemplados en la declaración de utilidad pública otorgada, y por tanto, la presentación de una Addenda II al proyecto de la Central Térmica de Ciclo Combinado original. Resultando que a los efectos previstos en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública la petición de Gas Natural SDG, S.A., recibiéndose alegación por parte de la Asociación Nuclear Ascó-Vandellós II, AIE, en la que se presenta copia del recurso ordinario contra la Resolución de 12 de julio de 2005 de los Servicios Territoriales en Tarragona del Departament de Treball i Industria por la que se otorga a Gas Natural SDG, S.A. la autorización administrativa del proyecto y la declaración de utilidad pública de la red de distribución para el suministro de gas natural a la central térmica de ciclo combinado de 800 MW en el término municipal de Vandello i l'Hospitalet de l'Infant. Resultando que enviadas separatas del proyecto y solicitado informe perceptivo de acuerdo con lo establecido en el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes y derecho a su cargo, al Ayuntamiento de Vandellos i l'Hospitalet de l'Infant, a la Agencia Catalana del Agua, al Consorcio de Aguas de Tarragona y a la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña del Ministerio de Fomento; se recibe informe favorable de cada uno de ellos, adeptándose asimismo por Gas Natural SDG, S.A. las indicaciones efectuadas por la Agencia Catalanadel Agua y por la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña. Visto el informe preceptivo favorable del Departamento de Trabajo e Industria de la Generalitat de Catalunya, de 9 de mayo de 2006. Esta Dirección General ha resuelto:

Declarar, en concreto, la utilidad pública, a los efectos previstos en el Título IX de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, de 27 de noviembre, de la Addenda II a la central termoeléctrica de ciclo combinado de Plana del Vent (Tarragona) de Gas Natural SDG, S.A.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 17 de julio de 2006.-El Director General de Política Energética y Minas, Jorge Sanz Oliva.

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