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Documento BOE-B-2007-126060

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la línea eléctrica aérea a 220 kV, doble circuito, «El Palmar 220 kV- El Palmar 400 kV» y la modificación de línea eléctrica a 220 kV, simple circuito, «Fausita 220 kV- El Palmar 220 kV», en el término municipal de Murcia, y se declara su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 26 de mayo de 2007, páginas 5914 a 5915 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2007-126060

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» con domicilio en la Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes número 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración, de utilidad pública, de las instalaciones arriba citadas. Resultando que la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» ha sido sometida a información pública a los efectos previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, presentándose alegaciones por parte de particulares que fueron contestadas por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima». Resultando que la información pública de la solicitud de Red Eléctrica fue expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Murcia durante el plazo reglamentario no habiéndose presentado alegaciones según consta en la certificación emitida por el citado Ayuntamiento. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto a los efectos previstos en el artículos 127, 131 y 146 al Ayuntamiento de Murcia solicitándose además informe favorable o desfavorable sobre la adaptación de las instalaciones proyectadas al planeamiento urbanístico que resulte de aplicación, de acuerdo con lo previsto en la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, y reiterada dicha solicitud, por el Ayuntamiento se emite informe acerca de lo proyectado por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» manifestando que «las líneas proyectadas atraviesan suelos urbanos y urbanizables sin que el proyecto adopte las soluciones de diseño necesarias para compatibilizar los usos urbanísticos e incumpliendo las Prescripciones del Plan General, y que el proyecto carece de cualquier referencia urbanística, tanto gráfica como literal, lo que supone que los redactores no han conocido ni tenido en cuenta los condicionantes urbanísticos que legalmente son de obligado cumplimiento». Contestadas estas alegaciones por Red Eléctrica, y remitidas al Ayuntamiento de Murcia para que emitiera informe favorable o desfavorable a raíz de las mismas, no se pronuncia al respecto, por lo que debe entenderse emitido informe favorable, y que no existe condicionado alguno por su parte. Resultando que enviado un ejemplar del proyecto a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Costas de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia solicitando informe favorable o desfavorable sobre la adaptación de la instalación al planeamiento urbanístico de acuerdo con la Ley 13/2003, de 23 de mayo, se emitió informe favorable con declaración de compatibilidad con el planeamiento urbanístico vigente. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto a los efectos previstos en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000 a la Confederación Hidrográfica del Segura, a la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda y Transporte de la Región de Murcia y a las empresas «Iberdrola Distribución Eléctrica Sociedad Anónima Unipersonal» y «Telefónica de España, Sociedad Anónima»; todas manifiestan su no oposición a lo proyectado por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima». Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia. Visto el informe de la Comisión Nacional de la Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 25 de abril de 2007. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la línea eléctrica a 220 kV, doble circuito, «El Palmar 220 kV- El Palmar 400 kV», en el término municipal de Murcia, cuyas características principales son: Tramo aéreo: Número de circuitos: dos.

Capacidad térmica de transporte por circuito: 800 MVA. Conductores por fase: dos. Tipo de conductor: GULL. Cables de tierra: Dos (OPGW-Tipo-1-17 kA-15,3). Aislamiento: bastones de caucho silicona tipo 11. Apoyos: Torres metálicas de celosía. Cimentaciones: zapatas individuales. Puestas a tierra: anillos cerrados de acero descarburado. Longitud total: 442 metros.

Tramo subterráneo:

Número de circuitos: dos (uno instalado).

Capacidad térmica de transporte por circuito: 660 MVA. Cables por fase: uno. Tipo de cable: Aislamiento seco XLPE. Conexión a tierra: single-point. Número de terminales exteriores: tres. Configuración de los cables: Tresbolillo. Tipo de instalación: zanja con tubos hormigonados. Longitud total aproximada: 320 metros. La finalidad de la instalación que se autoriza es el transporte de energía entre las subestaciones de El Palmar 220 kV y El Palmar 400 kV, reforzando la red de Transporte de 220 kV de la región de Murcia, dando una mayor fiabilidad y garantía del suministro en la ciudad de Murcia y su área de influencia.

2. Autorizar «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la modificación de la línea eléctrica a 220 kV, simple circuito, «Fausita 220 kV- El Palmar 220 kV», en el término municipal de Murcia, cuyas características principales son:

Tramo aéreo:

Número de circuitos: uno.

Capacidad térmica de transporte por circuito: 800 MVA. Conductores por fase: dos. Tipo de conductor: GULL. Cables de tierra: Dos (7N8 AWG). Aislamiento: bastones de caucho silicona tipo 11. Apoyos: torres metálicas de celosía. Cimentaciones: zapatas individuales. Puestas a tierra: anillos cerrados de acero descarburado. Longitud total: 227 metros.

Tramo subterráneo:

Número de circuitos: uno.

Capacidad térmica de transporte por circuito: 660 MVA. Cables por fase: uno. Tipo de cable: Aislamiento seco XLPE. Conexión a tierra: single-point. Número de terminales exteriores: tres. Configuración de los cables: Tresbolillo. Tipo de instalación: zanja con tubos hormigonados. Longitud total aproximada: 80 metros. La finalidad de la modificación de la instalación es realizar la conexión de la línea aérea con el nuevo parque blindado de SF6 de tecnología GIS El Palmar 220 kV.

3. Declarar la utilidad pública de las instalaciones que se autorizan a los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 10 de mayo de 2007.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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