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Documento BOE-B-2007-155087

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la modificación del tramo comprendido entre los apoyos 111-114 de la línea eléctrica a 220 kV, doble circuito, «Mesón-Santiago/Santiago-Tambre», en el término municipal de Ames, en la provincia de La Coruña.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 29 de junio de 2007, páginas 7570 a 7571 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2007-155087

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en La Coruña, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo Conde de los Gaitanes, número 177, solicitando la autorización y aprobación del proyecto de ejecución de la modificación arriba citada. Resultando que a los efectos previstos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», no recibiéndose alegaciones. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Ames, solicitando el condicionado técnico procedente en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo, según lo establecido en los artículos 127, 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; se recibe informe favorable con fecha 13 de abril de 2007 del citado ayuntamiento, manifestando la necesidad de petición de una licencia municipal de obras. «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» responde al ayuntamiento de Ames que según recoge la Ley 13/2003 reguladora del contrato de concesión de obras públicas en su disposición adicional tercera dispone que «la construcción, modificación o ampliación de las obras de interés general no estarán sometidas a licencia o cualquier otro acto de control preventivo municipal». Se remite la contestación de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» al ayuntamiento de Ames el 20 de abril de 2007, no recibiendo respuesta, por lo que se considera evacuado el informe en sentido favorable en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Resultando que solicitado informe a la Dirección Xeral de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial de Obras Públicas e Transportes de la Xunta de Galicia, a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas; se recibe informe el día 2 de febrero de 2007 del organismo mencionado, en el que no se formula objeción alguna. Resultando que solicitado informe el día 1 de febrero de 2007 a la Subdirección Xeral de Estradas de la Consellería de Política Territorial de Obras Públicas e Transportes de la Xunta de Galicia, a los efectos de lo establecido en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo; no se recibe respuesta por lo que se reitera la petición y se recibe respuesta el día 2 de abril de 2007 en la que se informa favorablemente estableciendo condicionados que son aceptados por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», en comunicado recibido el día 19 de abril de 2007. Vistas las actas de ocupación de las fincas afectadas por la modificación de la línea eléctrica, expropiadas a favor de la beneficiaria, siendo esta la concesionaria de la autovía AG-56, por la Xunta de Galicia. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en La Coruña. Resultando que la modificación solicitada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 154 del Real Decreto 1955/2000, viene motivada por la petición de Brión, Sociedad Anónima, empresa concesionaria de la Xunta de Galicia que acomete las obras correspondientes a la autovía AG-56, tramo Santiago-Brión, causante de la necesidad de la modificación de la línea entre los apoyos 111‑114. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Capítulo II y V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la modificación del tramo comprendido entre los apoyos 111-114 de la línea eléctrica a 220 kV, doble circuito, «Mesón-Santiago/Santiago-Tambre», en el término municipal de Ames, en la provincia de La Coruña, cuyas características principales son: Término municipal afectado: Ames, provincia de La Coruña.

Tipo: Línea aérea. Tensión: 220 kV. Frecuencia: 50 Hz. Número de circuitos: Dos. Fases: conductores del tipo LA-455 Cóndor, de 454,5 milímetros cuadrados de sección. Cable de tierra: Un cable tipo OPGW de 118 milímetros cuadrados de sección. Puesta a tierra: Anillos cerrados de varilla de acero descarburado. Cimentaciones: Independientes para cada pata del apoyo, de hormigón en masa. La modificación supondrá la sustitución de los apoyos 112 y 113 por tres nuevos apoyos de tipo Drago y Tejo o equivalentes, estando el 112 bis fuera de la traza existente.

La finalidad de la modificación de la línea es la realización de las obras por parte de la empresa Brión U.T.E. que tienen por fin la construcción de la autovía AG-56 en el tramo Santiago-Brión.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada antes el señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 12 de junio de 2007.-El Director general, Jorge Sanz Oliva.

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