Desconociéndose el actual domicilio de doña Rosa Vázquez Samper, hija de la que fuera titular por subrogación del contrato de cesión de uso de vivienda militar, doña Luisa Samper de la Gándara, por no hallársela en el del paseo de la Reina Cristina, n.º 5, 3.º-C, de Madrid, se le hace saber que por la Instructora, en el expediente incoado para el ejercicio del desahucio de la vivienda militar, se ha formulado con fecha 16 de mayo de 2007, Propuesta de Resolución, por la causa de resolución de contrato de vivienda militar contemplada en el artículo 10.1.g) («El fallecimiento del titular si no existen beneficiarios definidos en el artículo 6 o el de estos en su caso»), de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.
Durante el plazo de ocho días, contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Propuesta de Resolución, podrá alegar cuanto considere conveniente a su defensa, en relación con la propuesta formulada, que se elevará con todas las actuaciones y alegaciones formuladas, para su resolución definitiva al Director general Gerente del INVIFAS.
Madrid, 11 de julio de 2007.-La Instructora, Cristina Úbeda Murillo.
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